Licitación ID: 48-41-LE22
Serv. de Elab. Informes Entidad Patrocinante
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA, SERVIU Metropolitano
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Informes de investigación de mercado 2 Unidad
Cod: 80141511
Elaboración, tramitación y aprobación de informe de mitigación vial IMIV.  

2
Informes de investigación de mercado 3 Unidad
Cod: 80141511
Elaboración, tramitación y aprobación de informe de mecánica de suelos.  

3
Informes de investigación de mercado 6 Unidad
Cod: 80141511
Elaboración de informe favorable de revisor independiente de obras de edificación.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv. de Elab. Informes Entidad Patrocinante
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “Servicio de Elaboración de Informes para la Entidad Patrocinante de SERVIU Metropolitano”, con el propósito de obtener proyectos para la Entidad Patrocinante de SERVIU Metropolitano.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-08-2022 15:01:00
Fecha de Publicación: 05-08-2022 16:05:47
Fecha inicio de preguntas: 05-08-2022 16:31:00
Fecha final de preguntas: 08-08-2022 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-08-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-08-2022 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-08-2022 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 13-10-2022 17:01:19
Fecha de entrega en soporte fisico 16-08-2022
Fecha estimada de firma de contrato 07-11-2022
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 20 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1. Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Todos o parte de los antecedentes administrativos solicitados para ofertar, pueden estar acreditados en ChileProveedores, en cuyo caso no será necesario adjuntarlos a la oferta. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el propio Reglamento de la Ley N° 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información. 2. 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. En caso contrario, al ser requisito obligatorio, los oferentes que no los adjunten o los presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación definitiva de los documentos solicitados, implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, si esta declaración se encuentra acreditada en ChileProveedores no será necesario adjuntarla. b) Aquellos oferentes que sean personas jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley N° 20.393, si esta declaración se encuentra acreditada en ChileProveedores no será necesario adjuntarla y el Decreto Ley N°211 de 1973. Al momento de ofertar, el oferente podrá adjuntar certificado de Inscripción en el Registro de Consultores MINVU, regulado por el D.S. N° 135, (V. y U), de 1978, en al menos uno de los cuatro rubros indicados en el artículo 6º del citado Registro. En caso que, el profesional que se postule a la línea 1 de licitación, no cuente con certificado o Resolución Exenta de inscripción en el Registro de Consultores de Informes de Mitigación de Impacto Vial (RECIMIV) de la Subsecretaría de Transporte, al momento de ofertar, se podrá adjuntar en esta instancia o al momento de ser adjudicado, el certificado o Resolución Exenta que acredite la inscripción del oferente en el Registro de Consultores de Informes de Mitigación de Impacto Vial (RECIMIV) de la Subsecretaría de Transporte.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso del anexo N°3, éste constituye requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura; mientras que lo solicitado en los literales a.1), b) y c), constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. Su no presentación definitiva dejará fuera de bases la oferta. a) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°3 “Experiencia del Profesional a Cargo”, por cada línea de licitación en la cual desea participar, en cuanto a la cantidad de servicios realizados de acuerdo al área solicitada. a.1) Los documentos que respalden la experiencia señalada en el anexo N°3, para la línea N°1 de licitación será:  Documento extendido por el Sistema de Evaluación de Impacto de Movilidad (SEIM), que indique el estado de aprobado del Informe de Mitigación Vial (IMIV) por la SEREMITT, de lo contrario no se considerará la experiencia. En caso que el documento aparezca a nombre del oferente de esta licitación, el oferente deberá demostrar, con documentos de respaldo, la participación del profesional en el informe declarado (contrato de trabajo donde se indique la contratación del profesional para la prestación del servicio en concreto, factura, boleta o finiquito en la cual aparezca la descripción del servicio prestado y declarado, o cualquier otro documento que demuestre de manera fehaciente dicha participación, de lo contrario no será considerará para efectos de la evaluación. Para el resto de las líneas de licitación, deberán considerar lo que a continuación se señala, de lo contrario no se considerarán para efectos de la evaluación: 1. Nombre del profesional. 2. Servicio prestado y corresponder a lo solicitado. 3. Solo se considerarán trabajos terminados y no en ejecución. 4. En caso de que el oferente de esta licitación, sea quien emite los certificados que acreditan la experiencia del profesional, en su calidad de empleador del mismo(a), éste(a) deberá consignar en dicho certificado (aplica también para las declaraciones juradas): 1. La información solicitada en los puntos 1 y 2 precedente; 2. El o los documentos de respaldo que acrediten que como empresa realizó los servicios señalados, y; 3. Los respaldos que acrediten que existía una relación contractual con el profesional en el periodo en que fueron realizados dichos trabajos. a.2) Solo se evaluará lo señalado en el anexo 3. En el caso de las declaraciones juradas simples o notariales, el oferente deberá indicar, además, los datos de contacto: nombre del contacto, cargo, correo electrónico y teléfono de contacto. Se hace presente que, sin perjuicio de que se pueda tomar contacto por otros medios (teléfono, mensaje de texto y/o WhatsApp) para dar aviso al citado contacto, solo se contabilizará aquella información que pueda ser verificada mediante correo electrónico, y el plazo será de hasta 72 horas luego de realizada la solicitud por dicho medio, (plazo considerando dentro de la etapa de evaluación) razón por la cual será responsabilidad del oferente entregar la información actualizada para su verificación. a.3) En caso que exista discrepancia entre los documentos de respaldo y el anexo respectivo, se considerará válida aquella que figure en el documento de acreditación de la experiencia. b) Adjuntar título o certificado de título, o copia de éstos, de todos los(as) profesionales solicitados en el punto 9.3.1 letra a) de las bases administrativas, los que deberán ser emitidos por alguna universidad o instituto profesional, acreditado por el estado chileno, y en caso de ser extranjero, autorizado por la entidad pública correspondiente. Del mismo modo, si corresponde, se deberán acreditar la mención, postítulo y/o magíster solicitados para las líneas 1 y 2 de licitación. c) En caso de postular a la línea 3 de licitación, el profesional a cargo deberá adjuntar certificado de inscripción en el registro nacional de revisores independientes de obras de edificación, en 1era categoría, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo. Se hace presente que, en caso que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o no proporcionen la información solicitada o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado. No se solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos, si corresponde.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al precio de la unidad de medida indicada para cada una de las líneas de licitación a las cuales haya decidido postular, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las especificaciones técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°4, formulario oferta económica. Los valores ingresados en este Anexo deben ser coincidentes con los ingresados al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el Anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- ver punto 6 de las bases administrativas antecedentes para ser contratado
No hay información de requisitos para persona jurídica

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: ver punto 6 de bases administrativas antecedentes legales para ser contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del Profesional a Cargo La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 60%
2 Precio u Oferta Económica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 30%
3 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 33.01.133.001
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 30 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme Santos
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Héctor Eduardo Araneda Burgos
e-mail de responsable de contrato: haranedab@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-29013395-3395
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: No Aplica
Fecha de vencimiento: 05-08-2022
Monto: 1 %
Descripción: No APlica
Glosa: No APlica
Forma y oportunidad de restitución: No APlica
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: No Aplica
Fecha de vencimiento: 05-08-2022
Monto: 1 %
Descripción: No APlica
Glosa: No APlica
Forma y oportunidad de restitución: No APlica
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Otras Cláusulas

9.  Otras Cláusulas

9.1.    Validez de las Ofertas

Los oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días hábiles contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

9.2.    Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura de las ofertas se efectuará solamente en relación a los oferentes que hubiesen cumplido oportunamente con los requisitos de admisibilidad solicitados en las presentes bases de licitación.

9.3.    Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por la Entidad Patrocinante de SERVIU Metropolitano mediante Orden de Servicio.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl.

SERVIU Metropolitano podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal Mercado Público, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración Ofertas del Portal www.mercadopublico.cl, para responder lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor, y en cada línea de licitación, aplicando la siguiente metodología de evaluación:

9.3.1. Evaluación de Ofertas

a)  Experiencia del Profesional a Cargo (A)

Para el presente criterio, se considerará la experiencia del o la profesional en servicios realizados de acuerdo al área solicitada, según lo declarado por el oferente en el Anexo N°3, y que se encuentre debidamente acreditado, de acuerdo al punto 5.2.3 letra a.1) numerales del 1 al 4, y las letras a.2) y a.3), de las bases administrativas de licitación.

La experiencia y formación que se solicita por línea de licitación será la siguiente:

Línea

Experiencia

Título Profesional

1

Experiencia en la realización y gestión, hasta su aprobación por SEREMITT, de al menos 3 Informes de Mitigación Vial (IMIV) .

Ingeniero Civil con mención en transporte, o Ingeniero con postitulo y/o magíster en el área de transporte.

2

Experiencia en la elaboración de al menos 3 informes de mecánicas de suelo.

Ingeniero Civil con postítulo o magister en geotecnia.

3

Experiencia en al menos 3 permisos en los que haya actuado como revisor independiente.

Arquitecto, Ingeniero civil, Ingeniero constructor o constructor civil, con inscripción vigente en el registro de revisores independientes de obras de edificación MINVU.

 

El profesional que no informe o no acredite o acredite una profesión distinta a la solicitada, no será considerado para efectos de la evaluación. Del mismo modo, que el profesional postulado para la línea 1 y 2 de licitación, que no acredite la mención, postítulo y/o magister en lo solicitado.

En caso que él o la oferente postule un número mayor de profesionales por cargo solicitado, se le gratificará considerando para la evaluación, a aquel que obtenga el mayor puntaje. Al respecto, será este último quien deberá prestar el servicio.

En caso que él o la oferente no cumpla con el número mínimo de 1 profesional para la prestación del servicio, la oferta se declarará fuera de bases.

Se contabilizará la experiencia que haya obtenido como profesional en el área solicitada, por ende, cualquiera que se haya realizado con fecha anterior a la titulación, no será considerada.

 

Se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla:

Experiencia en el rubro

Puntaje

9 o más proyectos en el área solicitada

100 puntos

7 u 8 proyectos en la área solicitada.

85 puntos

Entre 4 y 6 proyectos en el área solicitada

75 puntos

3 proyectos en el área solicitada

 55 puntos

 

b)     Precio u Oferta Económica (B)

Para la evaluación del presente criterio, se considera lo expresado en el anexo N°4, para cada una de las líneas de licitación a las que haya decidido postular.

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula para cada línea:

B = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación) *100

Donde:

ü  Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü  Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

c)     Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (C):

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar, o en la instancia posterior, establecida en el párrafo quinto del punto 10.3 de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.

Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio “Experiencia del Profesional a Cargo” (A) se le aplicará una ponderación de un 60%, al puntaje obtenido en el criterio “Precio U Oferta Económica” (B) se le aplicará una ponderación de un 30% y al puntaje obtenido en el criterio “Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (C)” se le aplicará una ponderación de un 10%, para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = 0, 60*A + 0, 30*B + 0, 10*C

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü PA: Puntaje Experiencia del Profesional a Cargo.

ü PB: Puntaje Precio u Oferta Económica.

ü PC: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Experiencia del Profesional a Cargo. Finalmente, en caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al proveedor que haya ingresado primero la oferta en el Portal de Mercado Publico y en última instancia a quien resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

 

9.4.    Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de la presentes bases.

9.5.    Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley N° 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

9.6.    Del Contrato

Conforme a lo dispuesto en el artículo 63 del D.S. N° 250, de 2004, el contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra a través del Sistema de Información y la aceptación de ésta por parte del proveedor.

9.7.    De la Orden de Compra

SERVIU Metropolitano emitirá una orden de compra por el monto total de la línea adjudicada, de acuerdo a lo indicado por el adjudicatario en el Anexo N°4, para lo cual la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra a través del Portal Mercado Público. Si un oferente se adjudica más de una línea ofertada, se emitirá una orden de compra por la totalidad en cada línea de manera individual.

9.8.    Del Pago

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor en dos estados de pago, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

El pago se realizará de acuerdo a lo siguiente:

Línea N°1 y N°2

30% del pago total, al cumplir los requerimientos descritos en la Etapa 1 del punto N°1 “PRODUCTOS A ENTREGAR” de las bases técnicas de la presente licitación.

70% del pago total al cumplir los requerimientos descritos en la Etapa 2 del punto N°1 “PRODUCTOS A ENTREGAR” de las bases técnicas de la presente licitación.

Línea N°3

30% del pago total, al cumplir los requerimientos descritos en la Etapa 1 del punto N°1 “PRODUCTOS A ENTREGAR” de las bases técnicas de la presente licitación.

40% del pago total al cumplir los requerimientos descritos en la Etapa 2 del punto N°1 “PRODUCTOS A ENTREGAR” de las bases técnicas de la presente licitación.

30% del pago total al cumplir los requerimientos descritos en la Etapa 3 del punto N°1 “PRODUCTOS A ENTREGAR” de las bases técnicas de la presente licitación.

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45, comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

ü  Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

ü  Acta recepción conforme prestación de servicio emitida por la Entidad Patrocinante de SERVIU Metropolitano.

Queda estrictamente prohibido para el proveedor emitir la Factura o Boleta de Honorarios, sin que antes SERVIU Metropolitano cuente con todos los antecedentes indicados anteriormente (a excepción de la Factura Cedible). En caso de no contar con dichos antecedentes, la Factura o Boleta de Honorarios será rechazada por SERVIU Metropolitano, dentro de los 8 días hábiles a su emisión.

La documentación indicada anteriormente, podrá ser entregada en soporte físico o en formato electrónico. Para formato electrónico debe ser enviado en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. Para formato físico, la documentación debe ser entregada en Equipo Entidad Patrocinante SERVIU RM, ubicada en Serrano N°45, 5to piso ala sur, teniendo en cuenta que el horario de atención de público es entre las 9:00 hrs y 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura o boleta de honorarios y toda la documentación adjunta que se requiere para tales efectos.

Los pagos se harán mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Sólo en casos excepcionales, y siempre que no esté disponible el pago mediante transferencia electrónica, SERVIU Metropolitano pagará al proveedor mediante cheque nominativo.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra o en la Factura o Boleta de Honorarios.

9.9.    Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, las cuales, en su conjunto no podrán superar las 10 UTM, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato.

 

a)   En caso de atraso en el plazo comprometido en la ejecución y entrega para revisión de la especialidad, de acuerdo a lo estipulado en el punto “plazo de ejecución y entrega del estudio” de las bases técnicas de las líneas 1 y 3 de licitación, y el entregado en la carta firmada al inicio de la elaboración del producto, en el caso de la línea 2 de licitación, por el monto de 1 UTM por cada día de atraso.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, SERVIU Metropolitano notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Subdirector de Administración y Finanzas, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa. El proveedor contratado tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la notificación, para pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso. Transcurrido dicho plazo, SERVIU Metropolitano estará autorizado para descontarla de los estados de pagos, en caso de que los hubiere.

9.10.  Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y, en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

9.11.  Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)     Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)     En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

b.1)         No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.

b.2)         Que las multas aplicadas, en su conjunto, superen las 10 UTM.

c)     Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

d)     En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

e)     Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f)      Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el N° 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.

9.12 Exigencias por contingencia Pandemia COVID-19

El proveedor adjudicado o contratista deberá considerar que, producto de la pandemia COVID-19, debe dar estricto cumplimiento a todas las exigencias, medidas, instrucciones y acciones emanadas por las autoridades sanitarias del Ministerio de Salud, Superintendencia de Seguridad Social, Inspección del Trabajo, entre otros, a fin de establecer las medidas preventivas a realizar para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19. Sobre ello, toda empresa Contratista o Subcontratista que ejecute trabajos deberá:

ü  Disponer de un Plan de Acción COVID-19, siguiendo las recomendaciones de actuación en los lugares de trabajo, emitidas por el Ministerio de Salud, disponibles en www.minsal.cl.

ü  Dar cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Dirección del Trabajo, Superintendencia de Seguridad Social, entre otros.

ü  Informar a los trabajadores sobre los riesgos del COVID-19: capacitar, dotar de implementos de seguridad, promover acciones según recomendaciones establecidas.

ü  Asegurar la limpieza e higiene del lugar de trabajo.

ü  Generar acciones frente a situaciones relacionadas con COVID-19: protocolos de actuación frente a casos presentados en lugar de trabajo.

ü  Mantener registros y medios de verificación del cumplimiento de estas medidas y recomendaciones.

Marco Legal

ü  Código Sanitario. Artículo 9 letra b) establece como facultad de la Autoridad Sanitaria “dictar dentro de las atribuciones conferidas de este Código, las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento”. Artículo 67: Corresponde a la Autoridad Sanitaria “velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes”.

ü  Decreto N° 4, de 05 de febrero de 2020, sobre Alerta Sanitaria por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote de COVID-19, sus prórrogas y modificaciones, Artículo 3° N° 8 faculta a la autoridad sanitaria para disponer la prohibición de funcionamiento de los establecimientos y lugares de trabajo que pongan en peligro a las personas que trabajan o asisten a ellos. Artículo 3 N° 23 faculta a la Autoridad Sanitaria para ordenar la utilización de mascarillas y otros dispositivos médicos afines en el transporte público, salas de clases, lugares de trabajo y, en general, cualquier otro lugar de acceso público o donde exista aglomeración de personas.

ü  D.S. N° 594 Reglamento sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo” Artículo 3°: La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella. Artículo 37 inciso primero: Deberá suprimirse en los lugares de trabajo cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores.

ü  Ley 16.744 “Ley de Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales”, Artículo 68, establece que “Las empresas o entidades deberán implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo” que le prescriba directamente la Autoridad Sanitaria.

Bases Técnicas

Bases Técnicas

LÍNEA 1: ELABORACIÓN, TRAMITACIÓN Y APROBACION DE INFORME DE MITIGACIÓN VIAL IMIV

GENERALIDADES

Se requiere elaborar la especialidad de “Ley de Ductos” para cumplimiento de ley N° 20.808 y Decreto N° 167, que garantizan la libre elección de los servicios de cable, internet o telefonía, en los siguientes proyectos:

N

PROYECTO FSEV

COMUNA

DIRECCION

1

PRIMO DE RIVERA

MAIPÚ-CERRILLOS

ROSA ESTER RODRIGUEZ 7500

2

EL ALMENDRAL

PEÑALOLEN

LAS TORRES N° 6108

Este estudio permitirá ingresar expediente físico en la Dirección de Obras Municipales, con el fin de obtener el Permiso de Edificación y Recepción Final de las Obras.

  1. PRODUCTO A ENTREGAR  

El producto a entregar deberá contener toda la documentación de respaldo, certificados y autorizaciones a que dieran lugar las actividades concernientes para la aprobación de IMIV intermedio o superior si corresponde, según la Ley de Aportes al Espacio Público y su Reglamento.

ETAPA 1 Obtención de Informe IMIV para ingreso de proyecto en SEIM.

1.1       El contratado, deberá apoyar a SERVIU Metropolitano en la inscripción en SEIM del proyecto en diseño.

1.2       El contratado deberá elaborar y presentar al equipo Entidad Patrocinante SERVIU RM, el informe que contenga; Memoria del proyecto, especificaciones de las obras de mitigación, planos y esquemas de mitigación obligatorias (art. 1.3.2) y todo lo necesario para cumplir con la normativa vigente.

-           El proyecto deberá contar con V°B° de SERVIU Metropolitano.

*Para que sea cursado el pago de la presente etapa, se deben cumplir los puntos anteriores.

ETAPA 2 Ingreso a SEIM, Perfeccionamiento del proyecto con todas las posibles modificaciones para la aprobación del informe mediante resolución aprobatoria SEREMITT.

-           El contratado deberá ser ingresado a plataforma SEIM y realizar las correcciones a posibles observaciones en los tiempos determinados por la normativa vigente, para contar con la aprobación mediante resolución aprobatoria.

-           El proyecto deberá contar con V°B° de SERVIU Metropolitano.

*Para que sea cursado el pago de la presente etapa, se deben cumplir los puntos anteriores.

  1. PLAZO DE EJECUCIÓN Y ENTREGA DEL ESTUDIO

ETAPA 1: El plazo para la ejecución y entrega a revisión del producto no podrá ser superior a 30 días hábiles, contados a partir de la fecha de adjudicación.

ETAPA 2: El plazo para la ejecución y obtención de la aprobación de SEREMITT son los siguientes:

-      Ingreso a SEIM: 10 días luego de VB Etapa 1.

-      SEREMITT se pronuncia en 60 días.

-      Abordar las correcciones para responder en plazo menor de 30 días.

-      IMIV Corregido SEREMITT Se pronuncia en 30 días.

-      Emisión de la resolución Aprobatoria. 

La entrega de documentos deberá ser entregada en soporte digitalizado: Informes formato Word, planimetrías de apoyo en formato AutoCAD 2002 o superior (archivo DWG) y los presupuestos en formato Word y planillas en formato Excel.

  1. Sobre la revisión

El ingreso del producto para su revisión deberá efectuarse a más tardar el día fijado según la oferta inicial del adjudicatario. Incluirá todo lo solicitado en las bases de licitación.

Previo a la revisión del producto, se verificará la incorporación de todos los antecedentes señalados anteriormente. En caso de que el producto no cuente con todo lo requerido, se solicitará al Consultor reingresar documentación completa, a fin de proceder con la revisión de este, lo cual, de corresponder, conllevará sus respectivas multas.

La contraparte técnica del SERVIU Metropolitano revisará, analizará y aprobará o formulará observaciones, las que podrán ser expuestas en una reunión técnica, para lo cual habrá un plazo máximo de corrección de 5 días hábiles. Vencido este, se aplicará la multa consignada en las presentes Bases, con un tope de 10 días hábiles. Después de eso, se pondrá término anticipado a la contratación.

 

Una vez visado el informe y sus correcciones (si corresponde), el Consultor deberá ingresar el producto final impreso con sus respectivos respaldos digitales.

La aprobación de los productos deberá constar en un “Acta de recepción conforme” emitida por la contraparte técnica del SERVIU RM.

El plazo total del contrato considerará los días hábiles utilizados por la contraparte técnica para la revisión del producto que el Consultor presente, siendo este no mayor a 30 días hábiles contados a partir del ingreso del producto con todos sus antecedentes. 

Bases Técnicas

LÍNEA 2: ELABORACIÓN, TRAMITACIÓN Y APROBACION DE MECÁNICA DE SUELOS.

GENERALIDADES

Se requiere elaborar estudios de “Mecánica de Suelos” para verificar la calidad del subsuelo de fundación, para los proyectos que a continuación se indican:

N

PROYECTO FSEV

COMUNA

DIRECCION

1

TECHO AHORA

LA PINTANA

AV. GABRIELA 1044

2

PRIMO DE RIVERA

MAIPÚ-CERRILLOS

ROSA ESTER RODRIGUEZ 7500

3

EL ALMENDRAL

PEÑALOLEN

LAS TORRES N° 6108

Este estudio permitirá verificar las condiciones geotécnicas del terreno y asegurar estructuralmente la ejecución de las futuras construcciones.

  1. PRODUCTOS A ENTREGAR: Informe de Mecánica de Suelos.

El material entregado deberá contener toda la documentación de respaldo, certificados y autorizaciones a que dieran lugar las actividades concernientes a la presente contratación. Se considerará lo siguiente:

ETAPA 1:

A. Elaboración de Informe

El consultor deberá verificar la documentación que debe ser entregada, según deberá considerar el mínimo indicado en la Norma NCh 1508.c.2008 “GEOTECNIA – ESTUDIO DE MECANICA DE SUELOS”, los requerimientos técnicos establecidos en el Itemizado Técnico de Construcción para proyectos Fondo Solidario de Vivienda D.S. 49 (V. y U.) de 2011 según Res.Ex. 7713 de fecha 16.06.2017.

Se deberá efectuar un completo estudio de Mecánica de Suelos, que describa las características estratigráficas del subsuelo, las propiedades físicas y mecánicas de los distintos estratos de suelo, los niveles de los estratos alternativos de apoyo apropiados para las fundaciones, el o los tipos de fundación recomendables, así como toda aquella información que se requiera para el diseño de las fundaciones de las viviendas y de obras complementarias, como muros de contención, pavimentos, etc.

El trabajo de reconocimiento del subsuelo, descripción estratigráfica de cada calicata, toma de muestras, registro de napa y ensayos de terreno y laboratorio, deberá ser ejecutado por un laboratorio de la especialidad autorizado, con registro vigente para estos efectos en el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Esta fase de terreno y laboratorio debe ser supervisada por el Ingeniero Especialista Geotécnico a cargo del estudio.

El número de calicatas a ejecutar en la exploración, deberá considerar el mínimo indicado en la Norma NCh 1508.c.2008 “GEOTECNIA – ESTUDIO DE MECANICA DE SUELOS” y en total la cantidad necesaria e indispensable para identificar en forma representativa el perfil estratigráfico del subsuelo, repartido a través de todo el terreno. Se establece en todo caso un mínimo de 6 calicatas para el estudio.

Las calicatas deben cumplir con la profundidad mínima indicada en la Norma 1508 y adicionalmente con la condición de atravesar en forma total los rellenos artificiales que eventualmente pueden encontrarse, para finalmente reconocer a lo menos 2,0 metros del suelo natural subyacente por debajo de los eventuales rellenos.

Se establece en todo caso para cada calicata, una profundidad mínima general de exploración de 3,0 metros y una profundidad máxima de 6,0 metros para el caso de rellenos profundos, profundidades medidas desde el nivel de superficie de terreno. En estos casos, de profundidad límite 6,0 m, se eximirá de la condición de traspasar los rellenos y reconocer a lo menos 2,0 metros de suelo natural bajo rellenos, según lo señalado en párrafo precedente.

En la fase de laboratorio, se deberá realizar ensayos de clasificación USCS, a muestras de los diferentes estratos de suelos que representen a los niveles de fundación esperados, tanto para las estructuras de viviendas y edificios en proyecto, como también para radieres y pavimentos.

Para determinar las propiedades físicas de los suelos prospectados, se deberá realizar 1 a 2 ensayos de clasificación por cada calicata, en muestras extraídas de distintas profundidades y de los distintos estratos bajo niveles alternativos probables de fundación, con un mínimo total de 8 muestras para el total del estudio. Las clasificaciones asociadas a ensayos CBR y ensayos de hinchamiento se contabilizan aparte.

Para determinar los parámetros de resistencia y de deformabilidad que caractericen el comportamiento geomecánico de los suelos alternativos de fundación, se deberá realizar como mínimo, entre otros, un total de 2 ensayos de compresión no confinada en suelos finos, 2 ensayos de corte directo en suelos finos o arenosos, 3 ensayos de densidad relativa en suelos granulares y 3 ensayos de presión de hinchamiento en suelos plásticos superficiales con características expansivas.

Lo especificado corresponde a cantidades mínimas de ensayos para el estudio.

Se deberá realizar en todo caso, todos los ensayos de terreno y laboratorio, necesarios para determinar los parámetros de diseño, del o de los suelos de fundación alternativos, considerando las características, propiedades y condiciones locales de los suelos de fundación reconocidos en el estudio.

Para el respectivo proyecto de urbanización, se deberá realizar los correspondientes ensayos de clasificación USCS, Proctor Modificado y CBR, a muestras representativas de los niveles de fundación para pavimentos. Además, realizar los ensayos de medición del índice de infiltración del subsuelo, mediante el método de Porchet, parámetro que será utilizado en el diseño de drenes y/o pozos absorbentes para el proyecto de evacuación de aguas lluvias. Se establece como mínimo, además de los correspondientes ensayos de clasificación de las muestras, la ejecución de 3 ensayos CBR en suelos superficiales de fundación para pavimentos y 2 ensayos Porchet en niveles de profundidad donde se asume se aplicarán soluciones de drenajes para el proyecto.

El consultor deberá incorporar en su estudio las nuevas consideraciones indicadas en el Decreto N° 61, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de diciembre 2011, que incluye adecuaciones y complementaciones a la Norma de Diseño Sísmico de Edificios NCh 433 Of. 96, modificada 2009, en lo relacionado al efecto del suelo de fundación y de la topografía en las características del movimiento sísmico y a los nuevos parámetros que dependen del tipo de suelo.

Para la respectiva clasificación dinámica del suelo de fundación, se deberán realizar los ensayos y mediciones de velocidad de ondas, especificados en la normativa vigente antes citada, Norma de Diseño Sísmico de Edificios NCh 433 Of. 96, modificada 2009 y Decreto N° 61, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de diciembre 2011.

El estudio en este caso, cumpliendo con el Decreto DS N°61, deberá incluir la ejecución de 1 perfil geofísico de medición de la velocidad de propagación de ondas sísmicas de corte Vs, hasta 30 metros de profundidad como mínimo, debiendo ubicarse estas mediciones en lugares estratégicos del terreno. El perfil mencionado contempla 2 mediciones ortogonales. El estudio deberá entregar la posición topográfica de estos perfiles de medición.

El estudio geotécnico a desarrollar deberá incluir un completo análisis de las características estratigráficas del subsuelo y de las condiciones locales de fundación existentes, junto a un análisis de las propiedades geotécnicas del subsuelo investigado, para finalmente definir los parámetros de diseño del suelo de fundación y especificar las soluciones de fundación recomendadas para las estructuras en proyecto, junto al tratamiento del suelo de apoyo en zona de radieres, especificaciones técnicas y recomendaciones generales para la construcción.

El análisis de las soluciones de fundación para las estructuras en proyecto, deberá considerar las condiciones topográficas particulares del terreno. Destacar entre otros aspectos topográficos, las pendientes, rellenos artificiales sobre superficie y diferencias de niveles del terreno con respecto a las vías circundantes.

En el caso de encontrar distintos perfiles estratigráficos y distintas condiciones de fundación en diferentes sectores del terreno, el estudio deberá presentar una adecuada zonificación de suelos, apoyada en la excavación de una mayor cantidad de calicatas, si es necesario. El estudio deberá presentar soluciones diferenciadas para cada zona y condición diferente del subsuelo de fundación.

El informe geotécnico deberá incluir en su contenido, a lo menos las siguientes definiciones: características de las estructuras en proyecto; análisis de las características estratigráficas del subsuelo; análisis de las condiciones locales de fundación existentes; niveles de fundación recomendados; sistemas de fundación recomendados; parámetros geotécnicos del suelo de fundación; tensiones admisibles de diseño en condiciones estática y sísmica; constante de balasto del suelo de apoyo; asentamientos esperados; clasificación del suelo de fundación según Norma de “Diseño Sísmico de Edificios”, NCh433 Of.96, modificada año 2009 y Decreto Nº 61, año 2011; solución de fundación para pavimentos y radieres;  coeficiente de empujes de tierra; además de especificaciones de rellenos estructurales compactados, tratamiento de recuperación de zonas con rellenos, pozos negros  y estructuras enterradas,  especificaciones  técnicas de excavaciones y de recepción de sellos de fundación; y especificaciones generales para la construcción.

Los parámetros de diseño deberán ser sustentados en base a ensayos de terreno y laboratorio. En caso que se entreguen resultados no sustentados en ensayos de laboratorio sino en base a correlaciones o estimaciones de propiedades de los suelos, caso que puede darse cuando se tienen suelos de muy buena calidad, estos deberán ser debidamente justificados con análisis técnico citando la bibliografía de referencia en detalle como anexo al informe.

*Los plazos de desarrollo del informe deberán ser proporcionados por el proveedor mediante carta firmada al inicio de la elaboración del producto.

B. Ingreso de informe a SERVIU Metropolitano.

Deberá ingresar en dependencias de SERVIU Metropolitano el informe junto con todos los anexos derivados de los análisis descritos anteriormente.

*Para que sea cursado el pago de la presente etapa, deberá entregar lo indicado al equipo de la Entidad Patrocinante de SERVIU Metropolitano.

ETAPA 2:

  1. Aprobación de informe en SERVIU Metropolitano.

El informe ingresado será revisado para su aprobación.

*Para que sea cursado el pago de la presente etapa, deberá contar con el acta o documento que informe aprobación del proyecto.

Bases Técnicas

LÍNEA 3: ELABORACIÓN DE INFORME FAVORABLE DE REVISOR INDEPENDIENTE DE OBRAS DE EDIFICACIÓN

GENERALIDADES

Se requiere ejecutar INFORME FAVORABLE DE REVISOR INDEPENDIENTE DE OBRAS DE EDIFICACIÓN para los siguientes proyectos:

N

PROYECTO FSEV

COMUNA

DIRECCION

MARIA CRISTINA

LA FLORIDA

MARIA CRISTINA 6681

TECHO AHORA

LA PINTANA

AV. GABRIELA 1044

JORGE ANDRES DE CODIGUA

MELIPILLA

SITIO 1 PARCELA 29 EL ESFUERZO DE CODIGUA, MELIPILLA

KOM AMUYIÑ

LA PINTANA

AV. GABRIELA 3522-3542

PRIMO DE RIVERA

MAIPÚ-CERRILLOS

ROSA ESTER RODRIGUEZ 7500

EL ALMENDRAL

PEÑALOLEN

LAS TORRES N° 6108

Este estudio permitirá ingresar expediente físico en la Dirección de Obras Municipales (DOM), con el fin de obtener el Permiso de Edificación y Recepción Final de las Obras.

  1. PRODUCTO A ENTREGAR  

El producto a entregar deberá considerar todas las disposiciones reglamentarias de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y Su Ordenanza, además de las disposiciones indicadas en los instrumentos de planificación territorial según cada proyecto a informar favorablemente.

ETAPA 1 Obtención de Informe favorable de Revisor Independiente de Obras de Edificación para ingreso de proyecto en DOM.

1.1         El contratado, deberá apoyar a SERVIU Metropolitano en la pre-revisión del proyecto en diseño y demás antecedentes que forman parte de la solicitud de Permiso de Edificación.

1.2         El contratado deberá elaborar y presentar al equipo Entidad Patrocinante Serviu, el informe que contenga revisión del proyecto con las posibles observaciones a abordar, con el fin de emitir Informe Favorable, junto con Certificado y Patente, para su ingreso formal a DOM.

-             El proyecto deberá contar con V°B° de SERVIU Metropolitano.

*Para que sea cursado el pago de la presente etapa, se deben cumplir los puntos anteriores.

ETAPA 2   Emisión de Observaciones DOM y Perfeccionamiento del proyecto con todas las posibles modificaciones para la aprobación del Permiso de Edificación.

-             El contratado deberá apoyar a SERVIU Metropolitano para realizar las correcciones a posibles observaciones en los tiempos determinados por la normativa vigente, para contar con la aprobación mediante resolución aprobatoria.

-             El proyecto deberá contar con V°B° de SERVIU Metropolitano.

*Para que sea cursado el pago de la presente etapa, se deben cumplir los puntos anteriores.

ETAPA 3   Ingreso Solicitud Recepción Definitiva de las obras de Edificación y Urbanización (Si corresponde) 

-             El contratado deberá apoyar a SERVIU Metropolitano para realizar las correcciones a posibles observaciones en los tiempos determinados por la normativa vigente, para contar con la Recepción Definitiva mediante resolución aprobatoria.

-             El proyecto deberá contar con V°B° de SERVIU Metropolitano.

*Para que sea cursado el pago de la presente etapa, se deben cumplir los puntos anteriores.

  1. PLAZO DE EJECUCIÓN Y ENTREGA DEL ESTUDIO

ETAPA 1: El plazo para la ejecución y entrega a revisión del producto no podrá ser superior a 15 días hábiles, contados a partir de la fecha de entrega de proyecto digital para su primera revisión. Luego, se acordará el tiempo para ingreso formal de Expediente a DOM, contando con el Informe Favorable de Revisor Independiente, certificado y patente al día.

ETAPA 2: El plazo para abordar las observaciones posibles por revisión de DOM no será superior a 10 días hábiles, con el fin de responder oportunamente y obtener la aprobación del proyecto mediante certificado de Permiso de Edificación y de urbanización (si corresponde).

La entrega de documentos deberá ser entregada en soporte digitalizado: Informes formato Word, planimetrías de apoyo en formato AutoCAD 2002 o superior (archivo DWG) y los presupuestos en formato Word y planillas en formato Excel.

ETAPA 3: Transcurridos los tiempos asociados a la ejecución de obras, se acordará oportunamente la solicitud de Recepción de las Obras, para ingreso formal de expediente por revisión de DOM de modo de lograr la Recepción de Obras de Edificación y de urbanización (si corresponde).

La entrega de documentos deberá ser entregada en soporte digitalizado: Informes formato Word, planimetrías de apoyo en formato AutoCAD 2002 o superior (archivo DWG) y los presupuestos en formato Word y planillas en formato Excel.

  1. Sobre la revisión

El ingreso del producto para su revisión deberá efectuarse a más tardar el día fijado según la oferta inicial del adjudicatario. Incluirá todo lo solicitado en las bases de licitación.

Previo a la revisión del producto, se verificará la incorporación de todos los antecedentes señalados anteriormente. En caso de que el producto no cuente con todo lo requerido, se solicitará al Consultor reingresar documentación completa, a fin de proceder con la revisión de este, lo cual, de corresponder, conllevará sus respectivas multas.

La contraparte técnica del SERVIU Metropolitano revisará, analizará y aprobará o formulará observaciones, las que podrán ser expuestas en una reunión técnica, para lo cual habrá un plazo máximo de corrección de 5 días hábiles. Vencido este, se aplicará la multa consignada en las presentes Bases, con un tope de 10 días hábiles. Después de eso, se pondrá término anticipado a la contratación.

Una vez visado el informe y sus correcciones (si corresponde), el Consultor deberá ingresar el producto final impreso con sus respectivos respaldos digitales.

La aprobación de los productos deberá constar en un “Acta de recepción conforme” emitida por la contraparte técnica del SERVIU Metropolitano.

El plazo total del contrato considerará los días hábiles utilizados por la contraparte técnica para la revisión del producto que el Consultor presente, siendo este no mayor a 30 días hábiles contados a partir del ingreso del producto con todos sus antecedentes.