Licitación ID: 48-47-LP20
Adquisición de Rodillo Compactador Tándem
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA, SERVIU Metropolitano
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Pavimentación de carreteras o caminos 1 Unidad
Cod: 72131701
Rodillo Compactador Tándem  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición de Rodillo Compactador Tándem
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “La adquisición de Rodillo Compactador Tándem para la Planta Asfáltica”, con el propósito de realizar trabajos de Reposición de Carpeta Asfáltica de la Región Metropolitana.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-08-2020 15:00:00
Fecha de Publicación: 10-07-2020 20:00:53
Fecha inicio de preguntas: 10-07-2020 22:00:00
Fecha final de preguntas: 23-07-2020 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-07-2020 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-08-2020 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-08-2020 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 02-09-2020 16:40:23
Fecha de entrega en soporte fisico 03-08-2020
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del Artículo 62 del Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información.
2.- 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes administrativos. Los cuales constituyen requisito obligatorio, en caso de que los oferentes no los adjunten o éstos se presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación definitiva de los documentos solicitados en este punto, implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los anexos, éstos constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta no será evaluada. a) Completar, firmar y adjuntar anexo N°3, plazo de entrega en días hábiles.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. Los valores ingresados deben corresponder al precio unitario neto del bien requerido de acuerdo a las bases técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sean éstos directos, indirectos o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para entregar el bien con estricto apego a las bases técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°4, formulario oferta económica. Los valores ingresados en este anexo deben ser coincidentes con los ingresados al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, o de no presentarse debidamente completado y firmado, dicha propuesta no será evaluada.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Ver punto 6 Antecedentes Legales para ser Contratado
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: Ver punto 6 Antecedentes Legales para ser Contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 a) Plazo de entrega La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 15%
2 b) Precio u Oferta Económica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 80%
3 c) Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 31.02.006 40004615-0
Contrato con Renovación: NO
Observaciones La entrada en vigencia del contrato se contará a partir del día de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y tendrá un plazo máximo para entregar el bien de conformidad a lo comprometido por el proveedor en su oferta. Teniendo prese
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: María Gamboa Rojas
e-mail de responsable de pago: mgamboar@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Silvia Herrera Villalon
e-mail de responsable de contrato: sherrera@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-9014523-4523
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación del servicio requerido, producto de la responsabilidad de su íntegro cumplimiento.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SERVIU METROPOLITANO
Fecha de vencimiento: 16-11-2020
Monto: 1 %
Descripción: Para el presente proceso licitatorio se contempla garantía de seriedad de la oferta.
Glosa: No aplica.-
Forma y oportunidad de restitución: No aplica.-
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Serviu Metropolitano
Fecha de vencimiento: 17-11-2020
Monto: 5 %
Descripción: Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente, y en su defecto, en formato físico, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 5 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. En caso que la garantía se presente formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en la Secretaria de la Planta Asfáltica ubicada en Departamental N° 01233 – La Florida, con Señora Corina Barahona, indicando el número ID de la licitación. Sólo de manera excepcional, y en el único caso de que las oficinas de SERVIU Metropolitano se encontraren cerradas para la atención de público, a consecuencia de la dictación de medidas sanitarias derivadas del COVID-19, el adjudicatario podrá hacer entrega de la garantía conforme al procedimiento establecido en la, Resolución Exenta N° 1219/2020, de SERVIU Metropolitano, que autoriza el “procedimiento de ingreso especial de garantías por vía de correo electrónico a SERVIU Metropolitano, bajo las condiciones que indica”. Conforme a ésta, el adjudicatario deberá ingresar, vía correo electrónico dirigido a Corina Barahona (cbarahonat@minvu.cl) con copia a Silvia Herrera (sherrera@minvu.cl) y Jorge Pérez (jperezc@minvu.cl); los siguientes documentos: • Boleta de Garantía • Declaración jurada notarial (se adjunta formato). • Datos del ejecutivo del banco. Durante este período, el documento en garantía deberá quedar bajo custodia de una notaría a elección del proveedor adjudicado, que esté dentro de la Región Metropolitana, con la siguiente instrucción: “1.- Que el otorgante del documento en garantía que a continuación se indica …………………………….………………… (indicar datos del documento en garantía), instruye al señor Notario, entregarle la señalada garantía a un representante del SERVIU Metropolitano, quien deberá acreditar dicha representación con la respectiva Orden de Servicio; 2.- Quien suscribe la presente instrucción, declara y deja constancia que la estipulación ha sido otorgada en el solo interés de SERVIU Metropolitano, en razón de lo mismo, esta instrucción no podrá ser modificadas sin la concurrencia de SERVIU Metropolitano”. El proveedor deberá señalar al administrador del contrato la información de contacto de la notaría (teléfono y correo electrónico) para efectos de su verificación. En caso que el adjudicatario haya recurrido al procedimiento excepcional señalado, una vez regularizada la atención de público, SERVIU Metropolitano informará al proveedor, mediante correo electrónico, debiendo este último hacer ingreso en la Secretaria de la Planta Asfáltica ubicada en Departamental N° 01233 – La Florida, con la Señora Corina Barahona, indicando el número ID de la licitación, dentro de 2 días hábiles contados desde dicha publicación, en horario de 09:00 hrs., hasta 15:00 hrs.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de: Adquisición de Rodillo Compactador Tándem, para colocación de carpeta asfáltica.
Forma y oportunidad de restitución: Será responsabilidad del oferente solicitar la devolución de la garantía por el fiel cumplimiento del contrato, la cual una vez autorizada por el departamento de contabilidad y asignado número de retiro, debe ser solicitada en tesorería ubicada Arturo Prat 48 primer piso. En el caso que se aplique el procedimiento especial por COVID-19, y la garantía se encuentre en custodia de la notaría, la restitución se realizará de conformidad a lo señalado en el ítem” Descripción” de la presente tabla, debiendo el proveedor retirarla previa autorización expresa de SERVIU Metropolitano comunicada a la notaría correspondiente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
otras clausulas

10.               Otras Cláusulas

10.1.            Validez de las Ofertas

Los oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del bien requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del bien solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera. 

10.2.            Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

10.3.            Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, mediante Ordenes de Servicio.

Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

La aplicación del foro Aclaración de Oferta, implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:

a)   Plazo de Entrega:

Para los efectos de evaluar las ofertas, los oferentes deberán presentar el Anexo N° 3 indicando el plazo de entrega. Para todos los efectos, el plazo de entrega se contará desde la fecha indicada en la correspondiente orden de compra por parte de la Sección de Abastecimiento.

 

Plazo máximo de entrega es de 30 días hábiles.

Se asignará puntaje de acuerdo a los siguientes rangos:

A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (15%) para obtener el puntaje ponderado.

b)   Precio:

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación)*100

Donde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (80%) para obtener el puntaje ponderado.

c)   Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta:

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio.

A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (5%) para obtener el puntaje ponderado.

d)    Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio Plazo Entrega se le aplicará una ponderación de un 15%, al puntaje obtenido en el criterio precio (PP) se le aplicará una ponderación de un 80% y al puntaje obtenido en el criterio cumplimiento requisitos formales de la oferta (PCRFO) se le aplicará una ponderación de un 5% para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = (Puntaje Plazo Entrega * 0,15) + (Puntaje Precio * 0,80) + (Puntaje cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta * 0,05).

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Plazo Entrega

ü PP: Puntaje Precio.

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Precio. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Plazo Entrega. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. Finalmente en caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al proveedor que resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.            Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto  “Etapas y Plazos” de la presentes bases.

En el evento, que el monto adjudicado supere en más de un 30% al presupuesto estimado por SERVIU Metropolitano, se deberá explicitar en el acto adjudicatario, las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, debiendo, asimismo, mantener los antecedentes para su revisión y control posterior por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.5.            Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.            Del Contrato

10.6.1.         Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.

10.6.2.         Documentos Integrantes del Contrato

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

10.6.3.         Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

10.6.4.         Domicilio y Jurisdicción

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

10.7.            Responsabilidad del Oferente Adjudicado

10.7.1.         De las Obligaciones Laborales y Previsionales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato.

En caso que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo, el proveedor adjudicado, acreditar al SERVIU Metropolitano mediante el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 ó F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

10.7.2.         Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Si, SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

10.7.3.         Confidencialidad y Seguridad de la Información

a)    Los Proveedores que presten servicios al SERVIU Metropolitano y que se encuentren físicamente en nuestras dependencias deberán conocer y cumplir con la Política de Seguridad de la Información disponible en la Página Web del SERVIU Metropolitano (www.serviurm.cl).

b)    El Proveedor que tiene acceso a información del SERVIU Metropolitano deberá considerar que dicha información siempre tendrá el carácter de confidencialidad, y no podrán ser difundidas, a excepción que existan cláusulas específicas en el contrato.

c)    El Proveedor que tenga acceso a la información confidencial durante la prestación del contrato, contenida en los sistemas computacionales, documentada e impresas, deberá entender que dicha información es estrictamente confidencial y sin que ello le confiera derecho alguno de posesión, titularidad o copia de estas.

d)    Las empresas contratistas y subcontratistas que ejecuten trabajos en las distintas dependencias de SERVIU Metropolitano, no podrán acceder a las distintas áreas del Servicio sin previa autorización de su contraparte técnica (Inspección Técnica de Obras, Comisión Técnica, Administrador del Contrato o Unidad correspondiente), y sólo podrán realizar el trabajo encomendado en el área asignada, sin acceder a información, equipos y bienes allí disponibles.

e)    El Proveedor deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución de los servicios. El proveedor deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

f)     La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

g)    Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.8.            De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra al proveedor seleccionado, identificando el bien a requerir. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por el proveedor.

10.9.            Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de la Orden de Compra emitida a través del Portal www.mercadopublico.cl. El adjudicatario sólo podrá cobrar el producto efectivamente entregado a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor contra entrega conforme de la adquisición adjudicada, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45 comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

a)    Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

b)    Acta Recepción Conforme del bien entregado emitida por la contraparte técnica de SERVIU Metropolitano.

La Factura o Boleta de Honorarios y los antecedentes requeridos para el pago deberán ser remitidos al correo electrónico sherrera@minvu.cl. En caso que el proveedor requiera entregar en forma física la Factura o Boleta de Honorarios y los antecedentes requeridos para el pago, deberá efectuarlo en la Planta Asfáltica ubicada en Departamental N° 01233 comuna de La Florida, teniendo en cuenta el horario de atención de público, entre las 09:00 hrs. y las 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, toda la documentación que se ha solicitado para tales efectos.

SERVIU Metropolitano realizará los pagos, a través de transferencia electrónica de fondos, en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Si esta opción no se encontrare disponible, por indisponibilidad del sistema, SERVIU Metropolitano en caso excepcional emitirá cheque nominativo al proveedor.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o Boleta de Honorarios.

10.10.           Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, las cuales en su conjunto no podrán superar las UF 25 (veinticinco unidades de fomento), en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo. Serán consideradas como causales de multas las siguientes:

a)   SERVIU Metropolitano aplicará una multa de UF 5, por cada día de atraso en la entrega del producto comprometida en su propuesta, contados desde la emisión de la orden de compra.

b)   En el caso de cualquier incumplimiento técnico detectado cuyas especificaciones se encuentren establecidas en las “Bases Técnicas” de este proceso licitatorio, se aplicará una multa de UF 2,5 por cada día de atraso en la reparación o reposición del producto.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Jefe del Depto. Planta Asfáltica o quien éste designe notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Jefe del Depto. Planta Asfáltica, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso.

10.11.           Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.12.           Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)    Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)    En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a éste, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

b.1)       No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.

b.2)       No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.

b.3)       No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.

b.4)       Cuando las multas aplicadas, en su conjunto, superen las UF25.

b.5)       No cumplir con una o más de las especificaciones técnicas establecidas en el punto 1 de las bases técnicas.

c)    Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

d)    En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

e)    Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f)     Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 ó F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

Bases Técnicas

Bases Técnicas

1.       Especificaciones Técnicas de Rodillo Compactador Tándem

El propósito es realizar trabajos de Reposición de Carpeta Asfáltica de la Región Metropolitana, de acuerdo a las especificaciones técnicas:

 

a)   Rango de peso operacional 4,3 a 5 Ton.

b)   Motor diésel cuatro cilindros verticales. Inyección directa enfriado por agua, potencia 45 a 50 HP SAE netos al volante.

c)   Vibración hidrostática con frecuencia de rango 40 a 55 Hz, y amplitud de 0,5 mm. oscilación.

d)   Carga lineal estática del rango 14 a 16 Kg/cm.

e)   Diámetro del tambor 0,85 a 1 m.

f)   Ancho de tambores 1,3 a 1,4 m.

g)   Espesor mínimo 17mm.

h)   Fuerza centrífuga por tambor de 27 a 42 kN.

i)    Tablero de instrumentos con marcadores independientes.

j)    Con elementos de protección y seguridad para operador (Barra de protección, toldo, cinturón de seguridad, alarma de retroceso).

k)   Garantía de fabricante mínimo 1 año o 1000 horas lo que se cumpla primero.

l)    Logos fiscales reglamentarios.

m)  Inscrito en R.N.V.M. con permiso de circulación, revisión técnica y seguro obligatorio.    

 

  1. Debe incluir Set de repuestos consistente en:
  • 2 juegos de raspadores (8 unidades de rascador)                   
  • 1 juego completo de 8 resortes del sistema de rascadores (4 unidades de cada tipo)                                                 
  • 1 juego completo de filtros: aire exterior, aire interior, aceite motor, combustible, pre filtro de combustible, elemento filtro hidráulico baja presión y alta presión.

                      

  1. Garantía Técnica

 

En caso de avería, desperfecto o falla de fábrica, por causa no imputable a SERVIU Metropolitano; el proveedor adjudicado deberá responder de forma inmediata al requerimiento de SERVIU Metropolitano vía correo electrónico, según corresponda a la reparación o reposición del Rodillo Compactador Tándem, sin costo para el Servicio.  La garantía deberá tener una duración mínima de 1 año y la reparación o reposición, deberá efectuarse en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde que se realice el requerimiento por SERVIU Metropolitano. Si no se cumple el plazo se cobrará la multa correspondiente (ver punto 10.10 de las bases administrativas).