Licitación ID: 48-48-LE25
“Servicio de Capacitación para jefaturas intermedias en áreas técnicas y de soporte clave para la implementación del Plan de Emergencia Habitacional de SERVIU Metropolitano”
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Programas o cursos no diplomados a distancia 1 Global
Cod: 86111504
Servicio de Capacitación para jefaturas intermedias en áreas técnicas y de soporte clave para la implementación del Plan de Emergencia Habitacional de SERVIU Metropolitano.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
“Servicio de Capacitación para jefaturas intermedias en áreas técnicas y de soporte clave para la implementación del Plan de Emergencia Habitacional de SERVIU Metropolitano”
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “Servicio de Capacitación para jefaturas intermedias en áreas técnicas y de soporte clave para la implementación del Plan de Emergencia Habitacional de SERVIU Metropolitano”. Lo anterior, permitirá robustecer los conocimientos y competencias asociados a la política urbano − habitacional, en coherencia con los estándares de calidad promovidos por el PGC. A través de este enfoque, se busca entregar herramientas concretas que fortalezcan los procesos de evaluación, supervisión y fiscalización de los avances en el cumplimiento de las metas institucionales definidas para el año 2025. Asimismo, el programa tiene por objetivo analizar el rol de las jefaturas intermedias y líderes de equipos estratégicos desde una mirada integral de liderazgo, alineada con los principios de calidad en la gestión pública, permitiendo identificar brechas, establecer coherencias y generar mejoras en los procesos de toma de decisiones. Todo ello orientado a fortalecer la capacidad de liderazgo efectivo, y a generar condiciones que habilite una gestión más oportuna, pertinente y articulada con los compromisos del sector vivienda, en especial en esta fase clave de cierre y consolidación del Plan de Emergencia Habitacional. E1O2RT9
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-08-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 18-08-2025 15:50:41
Fecha inicio de preguntas: 18-08-2025 16:00:00
Fecha final de preguntas: 19-08-2025 16:01:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-08-2025 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-08-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-08-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 08-10-2025 13:20:35
Fecha de entrega en soporte fisico 28-08-2025
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1. Presentación de Ofertas Las entidades oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Todos o parte de los antecedentes administrativos solicitados para ofertar, pueden estar acreditados en ChileProveedores, en cuyo caso no será necesario adjuntarlos a la oferta. Las entidades oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si alguna entidad oferente tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 3 del Artículo 115 del Decreto N°661/2024. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a la entidad oferente tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información. 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. En caso contrario, al ser requisito obligatorio, los oferentes que no los adjunten o los presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. En caso de los literales c), y d) constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar o de no cumplir con lo exigido, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura de las ofertas y/o serán declaradas inadmisibles. a) Todas las entidades oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. Si esta declaración se encuentra actualizada y acreditada en Chileproveedores, no será necesario adjuntarla. b) Aquellas entidades oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, y el Decreto Ley N°211 de 1973. Si esta declaración se encuentra actualizada y acreditada en Chileproveedores, no será necesario adjuntarla. c) Todos los oferentes deberán estar inscritos en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, ChileProveedores, y encontrarse en estado hábil para contratar, en los términos que exige el artículo N°4 de Ley de N°19.886, modificada por la Ley N°21.634. d) Respecto de las uniones temporales de proveedores (UTP), deberá adjuntarse al momento de ofertar, el instrumento público o privado de constitución de la misma, que dé cuenta del acuerdo para participar mediante esta modalidad, en virtud del artículo 52 de la Ley Nº19.886, modificada por la Ley Nº21.634. En caso de no presentarse este acuerdo o presentarse sin las solemnidades exigidas por la ley, la propuesta será declara inadmisible.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los Anexos N°3, N°4, N°5, N°6, N°7 y N°8, éstos constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada en la apertura; mientras que lo solicitado en los literales a.1), b.1), b.8), e.1) y f.1); constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. En el caso de los documentos solicitados en los literales a.1), b.1) y b.8) la no presentación definitiva del documento implicará que el profesional respectivo no sea considerado para la evaluación y su oferta sea declarada inadmisible. a) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°3, “Experiencia del Oferente”, relativo a la cantidad de servicios de coaching individual−integral para jefaturas intermedias realizados por el oferente en el sector público en los últimos 3 años (desde marzo año 2022 hasta la fecha de publicación de la presente licitación). a.1) La información contenida en el citado anexo, deberá ser debidamente acreditada, para lo cual el oferente deberá adjuntar documentos de respaldo tales como: certificado de experiencia, certificado de conformidad o certificado de referencia por cada servicio singularizado emitidos por el mandante, que consigne explícitamente los siguientes datos, de lo contrario no se considerarán para efectos de la evaluación: 1. Nombre de la institución o entidad donde realizó el servicio (Mandante). 2. Descripción, que corresponde al nombre del servicio de coaching realizado. 3. Fecha o año de la prestación del servicio. 4. N˚ de Orden de Compra de Mercado Público referente al servicio. 5. Nombre, firma y cargo, de quien emite el certificado por parte de la institución pública lugar donde se realizó el Servicio. 6. Teléfono de contacto. 7. Correo electrónico de referencia. Se excluyen declaraciones juradas simples o notariales emitidas por el oferente, resoluciones de adjudicación u órdenes de compra en un estado distinto a “Aceptada”, cuando se trate de órdenes de compra emitidas por el Portal de Mercado Público. a.2) Cualquiera sea el documento que el oferente presente, deberá indicar el servicio prestado y corresponder al área de experiencia solicitada, de lo contrario no será considerado para la evaluación. a.3) Dichos documentos deberán figurar a nombre del oferente, o en su defecto, a nombre del representante legal (actuando como tal). No se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la empresa. a.4) En caso que exista discrepancia entre los documentos de respaldo y el anexo respectivo, se considerará válida aquella que figure en el documento que acredita la experiencia. a.5) Solo se considerarán trabajos terminados y no en ejecución. a.6) Se hace presente que, solo se contabilizará aquella experiencia que pueda ser verificada a partir de los datos entregados. Si SERVIU Metropolitano lo estimare, podrá corroborar la información con el mandante, por lo que los datos de contacto deben estar plenamente vigentes, en caso contrario, la experiencia declarada no será validada ni contabilizada. a.7) No obstante lo indicado en el punto anterior, sólo se evaluará lo incluido en el anexo respectivo que cumpla con todos los puntos señalados anteriormente y que adjunte correctamente los documentos que acrediten dicha experiencia. Se aceptarán y evaluarán máximo cuatro (4) experiencias de coaching ejecutadas y de presentar menos de dos (2) experiencias de coaching para jefaturas, realizados en el Sector Público en los últimos tres (3) años, la oferta será declarada inadmisible. b) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°4, “Experiencia del Profesional”, relativo a la cantidad de servicios de coaching individual−integral para jefaturas intermedias realizados por este en el sector público en los últimos tres (3) años (desde marzo año 2022 hasta la fecha de publicación de la presente licitación). b.1) La información contenida en el citado anexo, deberá ser debidamente acreditada, para lo cual el profesional deberá adjuntar documentos de respaldo tales como: certificado de experiencia, certificado de conformidad o certificado de referencia por cada servicio singularizado emitidos por el mandante, que consigne explícitamente los siguientes datos, de lo contrario no se considerarán para efectos de la evaluación: 1. Nombre de la institución o entidad donde realizó el servicio (Mandante). 2. Descripción, que corresponde al nombre del servicio de coaching realizado. 3. Fecha o año de la prestación del servicio. 4. N˚ de Orden de Compra de Mercado Público referente al servicio. 5. Nombre, firma y cargo, de quien emite el certificado por parte de la institución pública lugar donde se realizó el Servicio. 6. Teléfono de contacto. 7. Correo electrónico de referencia. Se excluyen declaraciones juradas simples o notariales emitidas por el oferente, resoluciones de adjudicación u órdenes de compra en un estado distinto a “Aceptada”, cuando se trate de órdenes de compra emitidas por el Portal de Mercado Público. b.2) Cualquiera sea el documento que el profesional presente, deberá indicar el servicio prestado y corresponder al área de experiencia solicitada, de lo contrario no será considerado para la evaluación. b.3) Dichos documentos deberán figurar a nombre del oferente, o en su defecto, a nombre del representante legal (actuando como tal). No se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la empresa. b.4) En caso de que exista discrepancia entre los documentos de respaldo y el anexo respectivo, se considerará válida aquella que figure en el documento que acredita la experiencia. b.5) Solo se considerarán trabajos terminados y no en ejecución. b.6) Se hace presente que, solo se contabilizará aquella experiencia que pueda ser verificada a partir de los datos entregados. Si SERVIU Metropolitano lo estimare, podrá corroborar la información con el mandante, por lo que los datos de contacto deben estar plenamente vigentes, en caso contrario, la experiencia declarada no será validada ni contabilizada. b.7) No obstante lo indicado en el punto anterior, sólo se evaluará lo incluido en el anexo respectivo que cumpla con todos los puntos señalados anteriormente y que adjunte correctamente los documentos que acrediten dicha experiencia. Se aceptarán y evaluarán máximo cuatro (4) experiencias de coaching ejecutadas y de presentar menos de 2 experiencias de coaching para jefaturas, realizados en el Sector Público en los últimos 3 años, será declarado inadmisible. b.8) El profesional que desarrolle la asesoría deberá corresponder a un Licenciado/a en Psicología, que se encuentre titulado de psicólogo/a, y dada la exigencia “profesional altamente cualificado”, deberá poseer copulativamente estudios de diplomados, así como, además, estudios de postgrado (Magíster o Doctorado). También, deberá encontrarse certificado como coach organizacional en programación neurolingüística (PNL), poseer vasta experiencia en coaching para líderes y directivos, ya sea en el sector público o privado y tener experiencia en el desarrollo de actividades académicas en entidades educativas. La formación deberá ser debidamente acreditada, para lo cual el oferente deberá adjuntar documentos de respaldo tales como: certificados de títulos y documentos de la formación del profesional, para el proceso de verificación de los antecedentes, y adjuntar el Currículum Vitae (en formato libre) actualizado. c) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°5, “Plazo de ejecución” en el cual deberá indicar específicamente en días hábiles, sin exceder los 5 días, continuos o discontinuos, por cada jefatura, teniendo presente el horario establecido en las especificaciones técnicas y considerando que este programa de formación y acompañamiento deberá desarrollarse íntegramente en el período comprendido entre los meses de agosto y noviembre del presente año. El oferente deberá adjuntar una programación de ejecución a través de una carta Gantt, que no podrá exceder como fecha de término el 30 de noviembre, que incluya a las 20 jefaturas. d) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°6, “Propuesta Técnica”, detallando la propuesta técnica del servicio, la estructura o módulos que comprende el programa de acompañamiento, la metodología a emplear, debiendo especificar los objetivos de cada etapa y el tiempo de duración en horas. Adicionalmente, el oferente podrá presentar en su propuesta, elementos adicionales a los contenidos en las especificaciones técnicas, como jornada integral, plan de seguimiento u otros aspectos que estime necesario para complementar su propuesta. e) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°7, “Programa de Integridad”, correspondiente a cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y, si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos, que tienen en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. En éste, se debe indicar si cuenta con programas de integridad que sean conocidos por el personal. e.1) La información contenida en el citado Anexo deberá ser debidamente respaldada, por lo que el oferente deberá adjuntar alguno(s) de los siguientes documentos: a) En caso de existir certificación: Certificados o documentos que acrediten que cuenta con el Programa de Integridad, el cual deberá contener un mecanismo de verificación, ya sea código verificador, N° de contacto telefónico o correo electrónico de la empresa certificadora junto al contenido del Programa de Integridad certificado. b) En caso de existir antecedentes que den cuenta de la existencia de programa de integridad conocidos por todo su personal (ya sean manuales, código de buenas prácticas, reglamentos internos, políticas de cumplimiento, charlas que respalden difusión de dichas políticas), con sus respectivos medios de verificación, como el link de su página web o intranet, donde se visualicen los contenidos publicados a los que puede acceder todo su personal. Las declaraciones juradas se aceptarán exclusivamente para acreditar que el personal conoce el Programa de Integridad, y siempre que se acompañen al programa que se declara conocer. • No bastará con la presentación de “pactos de integridad” o documentos de compromiso, debido a que no es posible tener certeza que esas estipulaciones sean conocidas y cumplidas por los trabajadores de los respectivos proveedores (Dictamen N°E370752/2023) y que alude a una difusión futura de las mismas (Dictamen N°E536097/2024). El criterio de evaluación sobre programas de integridad y compliance es un aspecto que también debe ser evaluado respecto de los oferentes personas naturales lo cual se acreditará mediante cursos, capacitaciones, diplomados u otros documentos fidedignos en que conste que se han capacitado en integridad o compliance. (Dictamen N°E586179/2024) Los antecedentes que respalden la existencia de programa de integridad constituyen un requisito obligatorio, por tanto, en caso que no sean presentados al momento de ofertar, o de ser presentados de forma incompleta, serán solicitados a través del Foro de Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación, en dicha instancia del documento solicitado, implicará la declaración de puntaje 0 en este criterio de evaluación. f) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°8, “Impacto Ambiental”, correspondiente a cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo la producción limpia, así como la utilización de procesos, materiales e insumos que tienen un menor impacto ambiental en las actividades productivas, que tienen en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. En éste, se debe indicar si cuenta con prácticas sustentables o de impacto ambiental que sean conocidos por el personal. f.1) La información contenida, deberá ser debidamente respaldada, por lo que la entidad oferente deberá adjuntar cualquier documento que acredite fehacientemente que cuenta con prácticas sustentables o de impacto ambiental, el cual deberá contener un mecanismo de verificación según corresponda, de acuerdo lo declarado en el Anexo N°8. Se hace presente que, en caso que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o proporcionen la información inexacta, no verosímil y/o induzca a error o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales, declarará inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Servicio para requerir, mediante foro de aclaración de ofertas, la corrección de errores u omisiones formales, de conformidad a lo establecido en el punto 9.3 de las presentes bases y al art. 40 del Reglamento de la Ley de Compras. Aplicándose, en dicho caso, puntaje cero en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al precio neto de la unidad de medida indicada para el servicio a contratar en el presente proceso licitatorio, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajustes e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las especificaciones técnicas definidas. El oferente debe indicar claramente en este anexo, los impuestos aplicables al valor neto ofertado, o la exención de ellos, de acuerdo con la normativa tributaria que lo regula en su calidad de contribuyente. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°9, “Formulario Oferta Económica”. El valor total neto ingresado en este anexo debe ser coincidente con el ingresado al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el Anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar o de no ser completado íntegramente, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura de la presente licitación. Para efectos de evaluación económica, el monto a evaluar será aquel que corresponda al monto total neto, de acuerdo con lo declarado en el Anexo N°9 por la entidad oferente. El oferente debe señalar claramente, al momento de ingresar su oferta económica si el Valor Neto del proyecto estará, Afecto a IVA, Exento de IVA, o se debe agregar la Retención de Impuesto en caso de entrega de Boleta de Honorarios. Las ofertas que superen el presupuesto máximo disponible para la presente contratación serán declaradas inadmisibles.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
Documentos persona natural
- ver punto 6 de las bases administrativas antecedentes para ser contratado
No hay información de requisitos para persona jurídica

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: ver punto 6 de las bases administrativas antecedentes para ser contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 75%
2 Oferta Económica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 20%
3 Oferta Administrativa La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 33.01.133.007
Monto Total Estimado: 15000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme Santos
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Patricia Perez Gonzalez
e-mail de responsable de contrato: pperezg@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-29013012-3012
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación, en ningún porcentaje, del servicio requerido, producto de la responsabilidad de su íntegro cumplimiento.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Otras Cláusulas

9.  Otras Cláusulas

9.1.     Validez de las Ofertas

Las entidades oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta significa que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días hábiles contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

La entidad oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

9.2.     Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen entregado oportunamente todos los requisitos de admisibilidad (ver punto 5.2.2., 5.2.3 y 5.2.4 de las bases administrativas de licitación).

9.3.     Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por tres profesionales funcionarios de la Subdirección de Administración y Finanzas, que se designarán por Orden de Servicio de esa subdirección de SERVIU Metropolitano, indicando nombre, RUT y cargo del funcionario que la preside. La Comisión procederá a revisar y analizar los antecedentes entregados por los oferentes de acuerdo con lo solicitado en las presentes Bases. 

Todos los profesionales, independiente de su calidad jurídica, que tengan por función evaluar o calificar procesos de licitación pública o privada deberán suscribir una Declaración Jurada de ausencia de conflicto de interés por cada procedimiento en el que participe, esto en razón del Articulo 35 octies, Capitulo VII, de la Ley Nº19.886 incorporado por la Ley Nº21.634.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva y suscribiendo la declaración de ausencia de conflictos de intereses y de confidencialidad de la comisión evaluadora”. Esto en razón de del artículo 35 quinquies y nonies de la Ley Nº19.886 incorporado por la Ley Nº21.634.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo y se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las mismas.

Las ofertas que deban declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o, la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

Los proveedores son responsables de la información que presenten al SERVIU Metropolitano para estos efectos. En caso de falsedad o inexactitud de la información indicada habilita al SERVIU Metropolitano para declarar inadmisible al proveedor en evaluación.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

La aplicación del foro Aclaración de Oferta, implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”

Las entidades oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del Foro Inverso del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:

9.3.1. Evaluación de Ofertas

Oferta Técnica (OT):

El presente criterio se evaluará considerando 6 subcriterios: (A) Experiencia del Oferente (ponderado en 20%), (B) Formación del Profesional (ponderado en 20%), (C) Plazo de ejecución del servicio (ponderado en 5%), (D) Propuesta Técnica (ponderado en 50%), (E) Programa de Integridad (ponderado en 3%) y (F) Impacto Ambiental (ponderado en 2%).

 

Experiencia del Oferente (A): (20%)

El presente subcriterio, evaluará la experiencia del Oferente en lo relativo a la cantidad de servicios de coaching para jefaturas intermedias realizados por el oferente en el sector público en los últimos 3 años (desde marzo año 2022 hasta la fecha de publicación de la presente licitación).

Se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla:

Experiencia en la materia solicitada

Puntaje

4 experiencias en los últimos 3 años

100 puntos

3 experiencias en los últimos 3 años

75 puntos

2 experiencias en los últimos 3 años

 50 puntos

Menos de 2 experiencias en los últimos 3 años

 Inadmisible

A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (20%) para obtener el puntaje ponderado.

Experiencia del Profesional (B): (20%)

El presente subcriterio, evaluará la experiencia del Profesional en lo relativo a la cantidad de servicios de coaching para jefaturas intermedias realizados por el profesional individualizado en el sector público en los últimos 3 años (desde marzo año 2022 hasta la fecha de publicación de la presente licitación).

Se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla:

Experiencia en la materia solicitada

Puntaje

4 experiencias en los últimos 3 años

100 puntos

3 experiencias en los últimos 3 años

75 puntos

2 experiencias en los últimos 3 años

 50 puntos

Menos de 2 experiencias en los últimos 3 años

 Inadmisible

A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (20%) para obtener el puntaje ponderado

 

Plazo de Ejecución del servicio (C): (5%)

Se evaluará el plazo de ejecución del servicio, declarado por el oferente en el Anexo N°5, en relación al plazo de ejecución de su propuesta, que esté expresado en días hábiles y que no exceda los 5 días hábiles continuos o discontinuos para su ejecución, de lo contrario su oferta quedará inadmisible.

La Comisión Evaluadora asignará el puntaje de la siguiente manera:

Plazo de Entrega

Puntaje

Entre 4 y 5 días hábiles

100 puntos

Entre 1 y 3 días hábiles

50 puntos

No indica, o más de 5 días hábiles

Inadmisible

 El oferente deberá adjuntar además una programación de ejecución a través de una carta Gantt, que no podrá exceder como fecha de término el 30 de noviembre, que incluya a las 20 jefaturas.

A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (5%) para obtener el puntaje ponderado.

Propuesta técnica (D): (50%)

En este subcriterio se evaluará el Contenido de la Propuesta Técnica en función de lo expresado y declarado en el Anexo N°6. El presente subcriterio tiene un carácter sumativo, por ende, el oferente obtendrá puntaje de acuerdo al cumplimiento de cada uno de los siguientes puntos:

Estructura o módulos que comprende el programa de acompañamiento, la metodología a emplear, debiendo especificar los objetivos de cada etapa, y el tiempo de duración en horas.

Propuesta técnica

Puntaje

La propuesta técnica considera las 3 fases o hitos fundamentales del programa de formación y acompañamiento de coaching individual integral. Considera además el tiempo de duración de cada fase o hito, la metodología a emplear y el objetivo que busca a alcanzar en cada una de ellas.

80 puntos

El oferente presenta en su propuesta, elementos adicionales a los contenidos en las especificaciones técnicas, como jornada integral, plan de seguimiento u otros.

20 puntos

A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (50%) para obtener el puntaje ponderado.

 

Programa de Integridad (E): (3%)


El presente factor tiene por finalidad evaluar si el oferente cuenta con programas de integridad y ética empresarial que sean conocidos por su personal, en virtud del artículo 17 del Reglamento de la Ley de Compras y a lo solicitado por la Contraloría General de la República en sus Dictámenes N°E370752/2023, N°E435864/2024, N°E536097/2024 y N°E586179/2024 y según lo informado en el Anexo N°7
que se encuentre debidamente acreditado, de acuerdo con la letra e) del punto 5.2.3 de las bases administrativas de licitación. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

Programa de Integridad conocido por el personal

Puntaje

La entidad oferente acredita programas de integridad que sean conocidos por su personal

100

La entidad oferente NO acredita o no tiene programas de integridad que sean conocidos por su personal

0

A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (3%) para obtener el puntaje ponderado.

 

Impacto Ambiental (F): (2%)

Este criterio se evaluará en función de lo indicado por el oferente en el Anexo N°8 que se encuentre debidamente acreditado, de acuerdo con la letra f) del punto 5.2.3 de las bases administrativas de licitación. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

Prácticas sustentables o de impacto ambiental conocido por el personal

Puntaje

La entidad oferente acredita prácticas sustentables o de impacto ambiental que sean conocidos por su personal.

100

La entidad oferente NO acredita prácticas sustentables o de impacto ambiental que sean conocidos por su personal.

0

Calculo puntaje final Oferta Técnica.

POT= ∑ ((A * 0.20) + (B * 0.20) + (C * 0.05) + (D * 0.50) + (E * 0.03) + (F * 0.02)

Donde:

POT= Puntaje Oferta Técnica

∑=Suma Total

A= Experiencia del Oferente

B= Formación del Profesional

C= Plazo de Ejecución del Servicio

D= Propuesta Técnica

E= Programa de Integridad

F= Impacto Ambiental

Los oferentes que obtengan un Puntaje Oferta Técnica (POT) inferior a 50 puntos, no pasarán a la etapa de Evaluación Económica y Final.

Precio u Oferta Económica (POE) (20%):

En esta oferta sólo se considerarán los oferentes que posean un POT igual o mayor a 50 puntos.

Para la evaluación del presente criterio, se considera lo expresado en el Anexo N°9,

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:

POE = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación) *100

Donde:

  1. Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.
  2. Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

Para efectos de evaluación económica, el monto a evaluar será aquel que corresponda al monto total NETO.

Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (CRFO) (5%):

La entidad oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 56 del Reglamento de Compras D.S. 661/2024, obtendrá 0 puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar, o en la instancia posterior, establecida en el párrafo octavo del punto 9.3. de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.

 

Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio “Oferta Técnica” en el Rubro (POT) se le aplicará una ponderación de un 75%, al puntaje obtenido en el criterio “Precio U Oferta Económica” (POE) se le aplicará una ponderación de un 20% y al puntaje obtenido en el criterio “Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (PCRFO)” se le aplicará una ponderación de un 5%, para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = 0, 75*POT + 0.20*PPOE + 0.05*PCRFO

Dónde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Oferta Técnica.

ü PPOE: Puntaje Precio u Oferta Económica.

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Oferta Técnica. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. Finalmente, en caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al proveedor que haya ingresado primero la oferta en el Portal de Mercado Publico y en última instancia a quien resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

9.4.     Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N°19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y siempre que se verifique que los costos de dicha oferta no son inconsistentes económicamente.

9.5.     Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley N°19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

9.6.     Del Contrato

9.7       Formalización del Contrato

Una vez transcurrido el período para que él o la adjudicatario(a) entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir por la entidad oferente adjudicada una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación, y re adjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable a la entidad oferente adjudicada como la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado. Lo anterior, también será aplicable en caso que el adjudicado manifieste su intención expresa de desistirse del proceso.

9.7.1. Documentos integrantes del Contrato

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones a las Bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por la entidad oferente adjudicada, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

9.7.2. Gastos del contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de éste, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo de la entidad oferente adjudicada.

9.8      Responsabilidad del Oferente Adjudicado

9.8.1   De las Obligaciones Laborales y Previsionales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién, para estos efectos,  conforme establece el artículo 183 C, del Código del Trabajo, podrá ejercer los derechos de información, en virtud del cual SERVIU Metropolitano podrá pedir informes al proveedor sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores; así como también podrá ejercer el derecho legal de retención, mediante el cual SERVIU Metropolitano estará facultado para retener los pagos que deba efectuar al proveedor, en caso que éste no haya dado cumplimiento íntegro a sus obligaciones laborales y previsionales Incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, o a descontarlos de los pagos al proveedor.

El proveedor, al momento de contratar con el SERVIU Metropolitano, deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que el oferente adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Servicio mientras no subsane el incumplimiento que la afecte.

Asimismo, si durante el desarrollo del contrato, el proveedor incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, determinado por la autoridad competente, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.

Si el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, SERVIU Metropolitano deberá exigirle que proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. Asimismo, en caso que el proveedor registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, SERVIU Metropolitano quedará facultado para dar por terminado el respectivo contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

9.8.2 Confidencialidad y Seguridad de la Información

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normativas vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información, excepto que esté expresamente autorizado por SERVIU Metropolitano y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley N°19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

9.9.     De la Orden de Compra

SERVIU Metropolitano emitirá una orden de compra por el monto total de la línea adjudicada, de acuerdo a lo indicado por el adjudicatario en el Anexo N°9, para lo cual la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra a través del Portal Mercado Público. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por el proveedor.

9.10.   Del Pago

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor el bien adjudicado, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios (posterior a la fecha de finalización del curso o actividad), la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano N°45, comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

ü  Informe de cierre o cumplimiento de la actividad o curso, indicando los objetivos del curso, los contenidos revisados, la fecha de ejecución, el porcentaje de asistencia de los participantes, detalle de las evaluaciones aplicadas a las personas inscritas en el curso, precisando los grados de aprendizaje logrados y reflejados en una nota final por alumno/a, que determine si aprobó o reprobó la capacitación.

ü  Diplomas o certificado de aprobación o participación, según sea el caso, de los alumnos.

ü  Antecedentes bancarios del proveedor para realizar transferencia electrónica.

ü  Copia de Orden de Compra en estado “aceptada”.

ü  Boleta de Honorarios o factura, según corresponda.

Queda estrictamente prohibido para el proveedor emitir la Factura o Boleta de Honorarios, sin que antes SERVIU Metropolitano cuente con todos los antecedentes indicados anteriormente. En caso de no contar con dichos antecedentes, la Factura o Boleta de Honorarios será rechazada por SERVIU Metropolitano, dentro de los 8 días hábiles a su emisión.

La documentación indicada anteriormente, podrá ser entregada en soporte físico o en formato electrónico. Para formato electrónico debe ser enviado en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. Para formato físico, la documentación debe ser entregada en Sección Desarrollo Organizacional, ubicada en Serrano N°45, piso 7, ala sur, teniendo en cuenta que el horario de atención de público es entre las 9:00 hrs y 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura o boleta de honorarios y toda la documentación adjunta que se requiere para tales efectos.

Los pagos se harán mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Sólo en casos excepcionales, y siempre que no esté disponible el pago mediante transferencia electrónica, SERVIU Metropolitano pagará al proveedor mediante cheque nominativo.

La factura y otros antecedentes podrán ser en papel o en formato electrónico despachado al correo electrónico dperezt@minvu.cl. Será responsabilidad del adjudicatario entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas o a la Sección Desarrollo Organizacional (área que administra el contrato), cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o Boleta de Honorarios.

9.11.   Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos:

a)    En caso que el inicio de la ejecución del “programa de formación y acompañamiento de coaching individual” se realice con posterioridad al 30 de noviembre de 2025, pero dentro del mismo año calendario, por causas imputables al proveedor, la multa será por el monto de 10% del valor de la orden de compra.

b)    En caso de no ir dirigido el “programa de formación y acompañamiento de coaching individual” a la cantidad mínima de participantes definidos en las especificaciones, la multa será por el monto de 10% del valor de la orden de compra.

c)    En caso de no presentarse el coach en las fechas definidas para ejecución del “programa de formación y acompañamiento” acordadas por las partes, la multa será por el monto de 20 % del valor de la orden de compra.

d)    En caso de no entregar la documentación relativa a la ejecución de la actividad, específicamente el “Informe de Hallazgos, Evaluación, Conclusiones y Recomendaciones", en el plazo de 5 días hábiles posteriores al término de la misma, la multa será por el monto de 20 % del valor de la orden de compra.

e)    En caso de que la actividad no cumpla o cumpla parcialmente con lo comprometido en la propuesta técnica la multa será por el monto del 50 % del valor de la actividad.

 

En caso de verificarse la aplicación de más de dos multas, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato:

Las multas que aplique SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate.

El Subdirector de Administración y Finanzas  o la Encargada de la Sección de Desarrollo Organizacional, notificará por escrito al proveedor que se cursará multa, la cual podrá ser impugnada por este último de conformidad a lo dispuesto en los siguientes párrafos.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Subdirector de Administración y Finanzas notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Subdirector de Administración y Finanzas, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa. El proveedor contratado tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la notificación, para pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso. Transcurrido dicho plazo, SERVIU Metropolitano estará autorizado para descontarla de los estados de pagos.

9.11.   Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, y en el Art. 129 del Reglamento de Compras D.S. 661/2024. Cualquier modificación de aquellas deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.

Estas modificaciones deberán respetar el equilibrio financiero del contrato y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30% por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial.

9.12.   Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 bis de la Ley N°19.886 y sus modificaciones legales y en el Art. 130 del Reglamento de Compras D.S. 661/2024, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)     La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

b)     Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

c)     En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo los artículos mencionados con anterioridad SERVIU Metropolitano, podrá poner término a éste, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. Sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

c.1) No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información” de las bases administrativas.

c.2) No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación establecido en el punto “Vigencia, duración del Contrato y precio” de las presentes bases administrativas.

c.3) No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Compras.

c.4) Se hayan aplicado más de dos multas en relación a lo estipulado en el punto 9.11.

d)     Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

e)     En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

f)      Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

g)     En caso de declararse por los tribunales de justicia inhabilitación para contratar con el Estado, según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 21.595, de 2023, de Delitos Económicos, Penas Privativas de Libertad, Penas Restrictivas de Libertad, Multa, Circunstancias Atenuantes de Responsabilidad penal, Circunstancias Agravantes de Responsabilidad penal, Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad penal, Comiso de Ganancias, Medio Ambiente, Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

h)     En caso de existir falsedad en la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar al Ministerio Público para el caso en que existan presunciones fundadas de delito.

i)      Si del análisis de los informes que solicita la contraparte técnica de SERVIU Metropolitano del servicio se desprende que no satisface las necesidades requeridas, no es idónea o no cautela los intereses fiscales en forma oportuna y adecuada, se reserva el derecho de terminar anticipadamente el contrato.

j)      La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley N°19.886. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley N°19.886.

k)     Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas que envíe SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 132 del Reglamento de Compras D.S. 661/2024.

9.13 Contraparte Técnica

La contraparte técnica de SERVIU Metropolitano corresponderá a la Encargada de la Sección de Desarrollo Organizacional, quien realizará las siguientes actividades:

  1. Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento de la prestación de servicios y de todos los aspectos considerados en las presentes bases de licitación.
  2. Comunicar por cualquier vía con el encargado del adjudicatario las observaciones de forma y fondo sobre el desarrollo del servicio prestado, pudiendo establecer las debilidades detectadas a fin de mejorar el servicio.
  3. Fiscalizar que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las presentes bases y demás documentos que rigen la presente licitación pública.
  4. Mantener un permanente control sobre la ejecución del servicio, a través de cualquier medio o forma que resulte idóneo para el efecto.
  5. Elaborar acta de recepción conforme.
  6. Las demás que le encomienden las presente bases.

9.14 Pacto de integridad.

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a.    El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República de Chile en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12° y 16°, de conformidad a lo establecido en el artículo 485 del Código del Trabajo.

b.    El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a funcionario público alguno en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que eventualmente se deriven de la misma; ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato que de ello se deriven.

c.    El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas, que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico; y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, tratativas, actos y/o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

d.    El oferente se obliga a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, incorporado por la Ley N° 21.634 de 2023, que Moderniza la Ley de Compras y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado, en cuanto a la prohibición de comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

e.    El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

f.    El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y del contrato que de ellos se derivasen.

g.    El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, juridicidad, ética, moral, probidad, buena fe, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del servicio licitado.

h.    El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el presente proceso licitatorio es una propuesta real y seria, con información fidedigna; y, en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidad ofertadas.

i.    El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente expresadas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes; y, en general, por todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud y/o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Bases Técnicas

BASES TÉCNICAS O ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

BASES TÉCNICAS Y ESPECIFICACIONES PROGRAMA DE FORMACIÓN PARA 20 JEFATURAS INTERMEDIAS PERTENECIENTES A ÁREAS TÉCNICAS Y DE SOPORTE CLAVE PARA LA

IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE EMERGENCIA HABITACIONAL

1.  ALCANCES DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN

En el marco del Programa de Gestión de la Calidad (PGC) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y con foco en fortalecer las capacidades institucionales vinculadas a la mejora continua en la gestión del giro habitacional, se ha definido un Programa de Formación Individual en Habilidades de Liderazgo para 20 jefaturas intermedias pertenecientes a áreas técnicas y de soporte clave para la implementación del Plan de Emergencia Habitacional.

2.  OBJETIVOS DEL PROGRAMA

El propósito de esta iniciativa es robustecer los conocimientos y competencias asociados a la política urbano−habitacional, en coherencia con los estándares de calidad promovidos por el PGC. A través de este enfoque, se busca entregar herramientas concretas que fortalezcan los procesos de evaluación, supervisión y fiscalización de los avances en el cumplimiento de las metas institucionales definidas para el año 2025 .

Asimismo, el programa tiene por objetivo analizar el rol de las jefaturas intermedias y líderes de equipos estratégicos desde una mirada integral de liderazgo, alineada con los principios de calidad en la gestión pública, permitiendo identificar brechas, establecer coherencias y generar mejoras en los procesos de toma de decisiones. Todo ello orientado a fortalecer la capacidad de liderazgo efectivo, y a generar condiciones que habiliten una gestión más oportuna, pertinente y articulada con los compromisos del sector vivienda, en especial en esta fase clave de cierre y consolidación del Plan de Emergencia Habitacional.

3.  REQUISITOS DE FORMACIÓN DEL PROFESIONAL:

El/ los(as) relator(a)/ consultor(a)/ coach que se adjudique y desarrolle el Programa de Formación deberá poseer copulativamente la siguiente formación y certificación profesional:

1. Ser Licenciado/ a en Psicología, y encontrarse en posesión del de su título profesional.

2. Poseer estudios de   Diplomado en Desarrollo Organizacional, Liderazgo Estratégico, Liderazgo y Gestión de Equipos de Alto Desempeño o equivalente.

3. Poseer estudios de posgrado (Máster, Magíster o Doctorado) en Desarrollo Organizacional, Liderazgo Estratégico, Liderazgo y Gestión de Equipos de Alto Desempeño o equivalente.

4. Poseer Certificación Coach Internacional en Liderazgo Estratégico; Coach Organizacional y Transformación de Equipos ( equivalente) o Coach en Programación Neurolingüística ( PNL).

Además de poseer la formación requerida y singularizada anteriormente, resulta imprescindible que cuente con experiencia acreditable relativo a servicios de coaching individual−integral para jefaturas intermedias, realizados por el oferente y el relator o profesional coach, en el sector público en los últimos 3 años, es decir, desde marzo año 2022 hasta la fecha de publicación de la presente licitación, la que debe estar debidamente acreditada, adjuntando el Certificado de Experiencia, Certificado de Conformidad o Certificado de Referencia por cada servicio ejecutado.

4.  ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, METODOLOGÍA Y DETERMINACIÓN DE PARTICIPANTES DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN:

El Programa de Formación Individual en Habilidades de Liderazgo deberá tener una duración total de 80 horas, que se distribuyen de la siguiente manera: 4 horas de formación liderazgo efectivo y acompañamiento individual, para cada una de las 20 jefaturas definidas como estratégicas, correspondientes a las áreas técnicas y de soporte clave para la implementación del Plan de Emergencia Habitacional de SERVIU Metropolitano, el cual se deberá llevar a cabo en horario laboral, comprendido entre las 09:00 y las 18:00 hrs.

La metodología del programa de formación de tipo integral se desarrollará a través de entrevistas individuales (de tipo coaching), conformada por 3 etapas o hitos fundamentales, las cuales deberán ser desarrolladas por la entidad adjudicataria de conformidad a la siguiente estructura de trabajo:

  1. Hito N˚1 : Sesión inicial: presentación, entrevista y diagnóstico de cada jefatura:

Esta fase inicial tiene por objetivo presentar el programa de formación integral de liderazgo, en una entrevista del coach con cada una de las jefaturas participantes, la cual tendrá una duración de una hora. La metodología a emplear se basará en la presentación teórica conceptual del programa y la aplicación de un diagnóstico organizacional, que permitirá obtener el levantamiento de necesidades y el análisis situacional de cada de jefe . En ese sentido, este instrumento contribuirá para definir los lineamientos de las siguientes etapas, identificar brechas atingentes a las distintas eventualidades que se generan en el proceso de toma de decisiones en relación a las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización de los avances de cumplimiento de las metas institucionales , correspondiente al Plan de Emergencia Habitacional .

  1. Hito N˚2 : Sesiones de formación y acompañamiento individual integral:

Esta fase comprende la aplicación del programa de capacitación, formación y acompañamiento propiamente tal, tipología individual integral ( coaching), el cual deberá desarrollarse en dos sesiones de entrevista, cuya duración será de una hora cada una, considerando la aplicación de distintas herramientas de evaluación como test, cuestionarios, entrevistas, encuestas y pruebas para medir la capacidad de comprensión y gestión, evaluaciones de habilidades, entre otras, con la finalidad de trabajar en resolver las brechas identificadas orientado a fortalecer la capacidad de liderazgo efectivo enfocado al proceso de toma de decisiones y gestión de los procesos de evaluación, supervisión y fiscalización de los avances de cumplimiento de las metas institucionales comprometidas y establecidas para el período 2025 .

  1. Hito N˚3 : Sesión de cierre y presentación del Informe de Hallazgos, Evaluación, Conclusiones y Recomendaciones:

Esta fase de culminación, la cual tendrá una duración de una hora, tiene por objetivo la evaluación del programa y la entrega de un informe de hallazgos por cada jefatura participante, que detalle las conclusiones, recomendaciones y el feedback constructivo, pertinentes a generar condiciones que habiliten una gestión más oportuna, pertinente y articulada con los compromisos del sector vivienda, en especial en esta fase clave de cierre y consolidación del Plan de Emergencia Habitacional.

5.  PLAZO DE EJECUCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL PROGRAMA

El oferente deberá indicar el plazo de ejecución de su propuesta, específicamente en días hábiles, sin exceder los 5 días, continuos o discontinuos, teniendo presente el horario de jornada laboral establecido en las especificaciones técnicas y considerando que este programa de formación y acompañamiento deberá desarrollarse íntegramente en el período comprendido entre los meses agosto y noviembre del presente año, de lo contrario, aplicarán las multas correspondientes, s singularizadas en las bases de licitación.

El oferente deberá adjuntar una programación de ejecución a través de una carta Gantt, que no podrá exceder como fecha de término el 30 de noviembre, que incluya a las 20 jefaturas.

6.  ADMINISTRADOR DEL CONTRATO

Administrador (a)

Encargada Sección Desarrollo Organizacional Suplente: Coordinador de Capacitación

Contactos

−Patricia Pérez González

−Diego Pérez Tobar

Correos

−pperezg@minvu.cl

−dperezt@minvu.cl

Fonos

+ 56 2 29013012

+ 56 2 29013505

Dirección

Serrano N˚ 45 , Santiago ( 7mo piso ala sur)


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.