Licitación ID: 48-52-LE22
Servicio de Auditoría de Re-Certificación ISO
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA, SERVIU Metropolitano
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
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Productos o servicios
1
Servicios de auditoria gubernamentales 1 Global
Cod: 93151607
Servicio de Auditoría para la Re-Certificación en Norma ISO 9001:2015, de los procesos de Negocio de SERVIU Metropolitano, según especificaciones técnicas adjuntas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Auditoría de Re-Certificación ISO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar el “Servicio de auditoría para la re-certificación en Norma ISO 9001:2015, de los procesos de negocio en SERVIU Metropolitano”, con el propósito de demostrar la conformidad con la norma ISO 9001:2015, en los procesos de negocio del SERVIU Metropolitano, que forman parte del alcance en el Sistema de Gestión de la Calidad para cumplir con el ciclo de certificación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-10-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 06-10-2022 9:45:01
Fecha inicio de preguntas: 06-10-2022 10:01:00
Fecha final de preguntas: 11-10-2022 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-10-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-10-2022 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-10-2022 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 04-11-2022 17:51:08
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 27-12-2022
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 20 Días
Visita a terreno opcional 07-10-2022 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2. Instrucciones para Presentación de Ofertas 5.2.1. Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del art. 62 del propio Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información.
2.- 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. En caso contrario, al ser requisito obligatorio, los oferentes que no los adjunten o los presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación definitiva de los documentos solicitados, implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, y el Decreto Ley N°211 de 1973.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los anexos, el Programa de Trabajo y el Marco Metodológico y Cronograma de Trabajo, éstos constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura. Los documentos que se adjunten para acreditar lo solicitado en las letras a.1), b.2), b.3), c), d) y e), constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. a) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N°3 “Experiencia del Oferente”, en relación a la cantidad de trabajos realizados como organismo certificador en procesos de auditoría de certificación del Sistema de Gestión de la Calidad, en base a la Norma ISO 9001:2015 o servicios similares como auditorías de certificación, mantenimiento o recertificación de sistemas de gestión de la calidad en Norma ISO 9001:2015, en los sectores industriales N°36, N°37, N°38 y N°39, según nomenclatura del INN, realizados en servicios o instituciones del sector público de Chile, en los últimos tres años (desde septiembre 2019 hasta la fecha de publicación de éstas bases en el portal de mercado público). a.1) La información consignada en el Anexo N°3, deberá ser debidamente acreditada mediante certificados emitidos por el mandante o contratos de prestación de servicios, en ambos casos debidamente firmados, de lo contrario no serán considerados, o cualquier otro documento que acredite lo solicitado, a excepción de declaraciones juradas simples o notariales extendidas por el mismo oferente, resoluciones de adjudicación u órdenes de compra en un estado distinto al de “aceptada” o “recepción conforme” cuando son emitidas a través del Portal de Mercado Público. Cuando se trate de órdenes de compra emitidas fuera del Portal de Mercado Publico, deberán ir acompañadas de la boleta o factura correspondiente. a.2) Cualquiera sea el documento presentado para la acreditación de la experiencia, deberá señalar la siguiente información: (de lo contrario no se considerará para efectos de la evaluación). 1. Nombre del oferente, o en su defecto, a nombre del representante legal de ésta, no se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la empresa. 2. Descripción de los servicios prestados y corresponder al rubro de lo solicitado. 3. Indicar fecha de la prestación del servicio (dd/mm/aa) o al menos (mm/aa). a.3) Solo se evaluará lo señalado en el anexo respectivo. a.4) En caso de existir discrepancia entre lo declarado en el Anexo N°3 y los documentos de respaldo, primará lo señalado en éstos últimos. a.5) Para efectos de la evaluación, en caso que, una misma auditoría se desarrolle en periodos separados dentro de un mismo año, ésta se contabilizará como 1 experiencia. Asimismo, se hace hincapié en que no se aceptarán auditorias en desarrollo. b) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N°4 “Identificación del Equipo Auditor” en el que el/la oferente deberá señalar los integrantes del equipo auditor. b.1) El equipo auditor propuesto deberá incluir al menos 3 integrantes: dos auditores y un/a profesional, o técnico que tenga la calidad de Auditor/a Líder de Certificación de Sistemas de Gestión de la Calidad bajo la Norma ISO 9001:2015. b.2) Adjuntar título o certificado de título, o copia de éstos, de la formación técnica o profesional de todos los integrantes del Equipo Auditor, emitido por alguna universidad o instituto profesional o de nivel técnico superior, del estado chileno, y en caso de ser extranjero, por la entidad pública chilena correspondiente. b.3) Adjuntar el certificado que dé cuenta de la acreditación vigente de la/el Auditor/a Líder, otorgado por una entidad que se encuentra certificada por algún organismo internacional de certificación de auditores de Sistemas de Gestión de Calidad bajo la Norma ISO 9001:2015. Si al final de la evaluación el oferente no logra acreditar al menos a un/a Auditor/a Líder, su oferta quedará fuera de bases. c) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N°5 “Experiencia del Equipo Auditor” en el cual se deberá señalar la experiencia de cada miembro del equipo, en procesos de auditorías de certificación del sistema de gestión de la calidad bajo la norma ISO 9001:2015 en instituciones y/u organismos del sector público de Chile, en los últimos 3 años (desde septiembre 2019 hasta la fecha de publicación de éstas bases en el portal de mercado público). Para acreditar la experiencia en auditorías o acreditación ISO 9001:2015, señalada en el citado anexo, el oferente deberá adjuntar la documentación de respaldo, en la cual deberá figurar: (de lo contrario no se considerarán para efectos de la evaluación). a) El nombre del profesional b) La prestación del servicio c) La fecha de la citada prestación (dd/mm/aa) o al menos (mm/aa). 2.Solo se evaluará lo señalado en los Anexos N°5, de cada profesional. 3.Si existe discrepancia entre lo señalado en el anexo y los documentos de respaldo, primará lo consignado en éstos últimos. 4.Si el documento es extendido por el oferente de esta licitación, deberá ser acompañado por el documento que acredite que como oferente participó en el proceso de auditoria señalado y el que respalde la relación contractual con el profesional en el periodo en que fueron prestados los servicios. d) Adjuntar en formato libre, la “Metodología”, en la cual se deberá explicar el marco metodológico, el programa y el cronograma de trabajo, de acuerdo a lo establecido en el punto 10.3.1 letra c) de las presentes bases administrativas. Este documento deberá estar firmado por el/la oferente o representante legal de la empresa, según corresponda la calidad jurídica. e) Adjuntar certificado emitido por el INN, Instituto Nacional de Normalización, que acredite que el oferente está vigente para realizar el servicio solicitado u otra entidad afiliada al International Acreditation Fórum (IAF), donde se evidencie la vigencia de la acreditación como organismo de certificación de sistemas de Gestión de la calidad en Norma ISO 9001 con fecha anterior a la publicación de esta licitación en el Portal de Mercado Publico. La no presentación definitiva de este documento dejará fuera de bases a la propuesta del oferente. f) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°6, Declaración Jurada de Aceptación de Bases de Licitación, donde se explicite que el/la oferente conoce estas Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas y que acepta someterse a ellas. Se hace presente que, en caso que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o no proporcionen la información solicitada o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos, si corresponde.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económico. El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al valor total neto para el servicio requerido, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las especificaciones técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°7, formulario oferta económica. Se deben indicar todos los valores solicitados en el presente anexo, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible, asimismo, el valor total neto indicado en este Anexo debe ser coincidente con el ingresado al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el Anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar o de no ser completado íntegramente o en caso de exceder el presupuesto máximo disponible, dicha propuesta no rechazada.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Revisar punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado de las Bases Administrativas
No hay información de requisitos para persona jurídica

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: Revisar punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado de las Bases Admisnitrativas
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 50%
2 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%
3 Precio u Oferta Economica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.11.999
Monto Total Estimado: 7000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 60 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Silvana Andrea Rivas Cifuentes
e-mail de responsable de contrato: srivas@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-27820900-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Revisar punto 8. Duración del Contrato, Modalidad de Pago y Subcontratación de las bases administrativas.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 22-05-2023
Monto: 5 %
Descripción: Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente, y en su defecto, en formato físico, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 7 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. En caso que la garantía se presente formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en las dependencias de SERVIU Metropolitano, ubicado en Serrano N°45, sexto piso, ala norte, Sección Gestión de Procesos, Departamento Programación física y control, comuna de Santiago. Es importante, indicar que, en este caso, la fecha válida es la entrega física del documento.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de: la licitación pública ID N° 48-52-LE22.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 2 29013338).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
10. Otras Cláusulas

10.       Otras Cláusulas

10.1.   Presentación de las Ofertas

Los oferentes por el sólo hecho de presentar oferta significa que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

10.2.   Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen cumplido con todos los requisitos de admisibilidad (ver punto 5.2.3 y 5.2.4 de las bases administrativas de licitación).

10.3.   Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por la Jefatura del Departamento de Física y Control, mediante Orden de Servicio.

Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl.

SERVIU Metropolitano podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor aplicando la siguiente metodología de evaluación:

10.3.1 Oferta Técnica

La oferta técnica considera tres sub-criterios: Experiencia del Oferente, ponderado en un 40%, Experiencia del Equipo Auditor, ponderado en un 40% y Metodología, ponderado en un 20%, a evaluarse en una escala de 0 a 100 puntos.

a)     Experiencia del Oferente (A):

Se evaluará la experiencia del oferente en trabajos que haya realizado, en el rubro de lo solicitado, de acuerdo al punto 5.2.3 letras a.1) a la a.5), de las Bases Administrativas de licitación.

 Se asignará el puntaje de la siguiente manera:

Experiencia del Oferente

Puntaje

15 o más auditorías realizadas en el rubro de lo solicitado.

100 puntos

Entre 11 y 14 auditorías realizadas en el rubro de lo solicitado.

75 puntos

Entre 5 y 10 auditorías realizadas en el rubro de lo solicitado.

50 puntos

Entre 1 y 4 auditorías realizadas en el rubro de lo solicitado.

25 puntos

No tiene experiencia, no informa o no acredita experiencia

0 puntos

b)     Experiencia del Equipo Auditor (B):

En el presente subcriterio se evaluará la experiencia de los integrantes del equipo auditor propuesto por el oferente en su Anexo N°5, de acuerdo a lo exigido en el punto 5.2.3 letra c) de las bases administrativas de licitación. Para el cálculo del puntaje se promediará la experiencia de los integrantes del equipo auditor (n + n + n... /n).

Experiencia del Equipo Auditor

Puntaje

Experiencia promedio del equipo auditor superior a 10 auditorías en el rubro de lo solicitado.

100 puntos

Experiencia promedio del equipo auditor igual a 10 auditorías en el rubro de lo solicitado.

50 puntos

Experiencia promedio del equipo auditor menor a 10 auditorías en el rubro de lo solicitado.

Fuera de bases

En caso que el auditor/a líder no acredite lo solicitado en el punto 5.2.3 letras b.3 no será considerado/a para efectos de la evaluación.

En caso que cualquier integrante del equipo auditor no acredite lo solicitado en el punto b.2, de las bases administrativas de licitación, no será considerado/a para efectos de la evaluación.

Si el oferente, al final de la evaluación, no logra acreditar el número mínimo de integrantes para el equipo auditor, esto es: 2 auditores/as y 1 auditor/a líder, su oferta quedará fuera de bases.

c)     Metodología (C):

Se evaluará la calidad de la propuesta metodológica, de acuerdo a lo informado por el oferente en su propuesta, según el siguiente cuadro:

Metodología

Puntos

Buena calidad: El marco metodológico, es preciso, sistemático, e integral, es decir, hace una descripción clara y completa de los aspectos claves como las fuentes de información que va a utilizar, de los procedimientos, técnicas e instrumentos considerados y de cómo se realizará la organización del equipo para enfrentar las auditorías a los diferentes procesos, unidades organizacionales y ubicaciones físicas cuando corresponda y el programa de trabajo presenta en forma precisa al Equipo Auditor, identificando a (los/as) auditor(es/as) líder(es) y otros/as auditores/as, sus funciones y horas comprometidas y el cronograma presenta una descripción detallada y precisa de su contenido, que permita efectuar un seguimiento de su ejecución y posterior evaluación. 

100

Regular calidad: El marco metodológico presenta imprecisiones y/o presenta sólo parcialmente la explicación de aspectos claves como las fuentes de información que va a utilizar, los procesos a abordar, o cómo se realizará la organización del equipo auditor y/o el programa de trabajo tiene sólo una descripción general del equipo de trabajo y/o del cronograma de actividades, que no permiten efectuar a cabalidad un seguimiento efectivo de su ejecución y su posterior evaluación.

50

Deficiente calidad: El marco metodológico omite la explicación de aspectos claves como las fuentes de información que va a utilizar, los procesos a abordar, o cómo se realizará la organización del equipo auditor y/o el programa de trabajo no tiene una descripción del equipo de trabajo, ni una distribución de las horas y sus distribuciones de los procesos y/o del cronograma de actividades, el que además carece de secuencia lógica.

0

d)     Cálculo Puntaje Oferta Técnica

POT: (A * 0.40 + B * 0.40 + C * 0.20)

Donde:

POT: Puntaje Oferta Técnica.

∑: Suma Total

A: Experiencia del Oferente.

B: Experiencia del Equipo Auditor.

C: Marco Metodológico y Programa de Trabajo.

10.3.2. Precio u Oferta Económica (POE):

Para la evaluación del presente criterio, se considerará lo indicado por el oferente en el Anexo N°5.

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación) *100

Donde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

10.3.3. Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (CRFO):

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar, o en la instancia posterior, establecida en el párrafo quinto del punto 10.3 de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.

e)     Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio Oferta Técnica (POT) se le aplicará una ponderación de un 50%, al puntaje obtenido en el criterio precio u oferta económica (POE) se le aplicará una ponderación de un 45% y al puntaje obtenido en el criterio cumplimiento requisitos formales de la oferta (PCRFO) se le aplicará una ponderación de un 5% para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = POT * 0, 50 + POE * 0, 45 + PCRFO * 0, 05

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Oferta Técnica.

ü POE: Puntaje Precio u Oferta Económica.

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio oferta técnica (1ero Experiencia del Oferente, 2do Experiencia del Equipo Auditor y 3ero Marco Metodológico y Programa de Trabajo). Finalmente, en caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al proveedor haya ingresado primero su oferta en la Plataforma de Mercado Público.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.   Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto  “Etapas y Plazos” de la presentes bases.

En el evento, que el monto adjudicado supere en más de un 30% al presupuesto estimado por SERVIU Metropolitano, se deberá explicitar en el acto adjudicatorio, las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, debiendo, asimismo, mantener los antecedentes para su revisión y control posterior por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.5.   Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley N° 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.   Del Contrato

10.6.1.         Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no haber acreditado la inscripción vigente en el Registro de Consultores del MINVU, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.

10.7.   Responsabilidad del Oferente Adjudicado

10.7.1.            De las Obligaciones Laborales y Previsionales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién, para estos efectos,  conforme establece el artículo 183 C, del Código del Trabajo, podrá ejercer los derechos de información, en virtud del cual SERVIU Metropolitano podrá pedir informes al proveedor sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores; así como también podrá ejercer el derecho legal de retención, mediante el cual SERVIU Metropolitano estará facultado para retener los pagos que deba efectuar al proveedor, en caso que éste no haya dado cumplimiento íntegro a sus obligaciones laborales y previsionales. Incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

En conformidad a lo previsto en los incisos 3° y 4° del artículo 6° de la ley N° 21.395, que sanciona la Ley de Presupuestos del Sector Público Correspondiente al Año 2022, el proveedor, al momento de contratar con el SERVIU Metropolitano, deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que el oferente adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Servicio mientras no subsane el incumplimiento que la afecte.

Asimismo, si durante el desarrollo del contrato, el proveedor incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, determinado por la autoridad competente, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.

Si el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, SERVIU Metropolitano deberá exigirle que proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. Asimismo, en caso que el proveedor registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, SERVIU Metropolitano quedará facultado para dar por terminado el respectivo contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

10.7.2.            Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

10.7.3.            Confidencialidad y Seguridad de la Información

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.8.   De la Orden de Compra

SERVIU Metropolitano emitirá una orden de compra por el total del monto del servicio contratado, de acuerdo a lo indicado por el adjudicatario en el Anexo N°7. Para lo cual la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano, emitirá una Orden de Compra a través del Portal Mercado Público.

10.9.   Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de las Órdenes de Compras respectivas. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor, de acuerdo a los estados de pago que se detallan en el presente punto, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

Una vez emitido el informe respectivo el adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45, comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases. La glosa de la Factura o Boleta de Honorarios deberá detallar el nombre del contrato, el ID de la licitación y el número de la Orden de Compra, el mes que presta el servicio, adjuntando:

ü  Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda, del mes anterior que se al que se presta el servicio.

ü  Informe de auditoría señalando la recomendación para la re-certificación de procesos existentes del Sistema de Gestión de la Calidad o indicando las no conformidades respecto a la Norma ISO 9001, así como las oportunidades de mejora que correspondan.

ü  Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

ü  Copia de Orden de Compra.

Queda estrictamente prohibido para el proveedor emitir la Factura o Boleta de Honorarios, sin que antes SERVIU Metropolitano cuente con todos los antecedentes indicados anteriormente (a excepción de la Factura Cedible). En caso de no contar con dichos antecedentes, la Factura o Boleta de Honorarios será rechazada por SERVIU Metropolitano, dentro de los 8 días corridos a su emisión.

La documentación indicada anteriormente, podrá ser entregada en soporte físico o en formato electrónico. Para formato electrónico debe ser enviado en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. Para formato físico, la documentación debe ser entregada en la Sección de Adquisiciones la Subdirección de Administración y Finanzas, ubicada en Serrano N°45, piso zócalo, teniendo en cuenta que el horario de atención de público es entre las 9:00 hrs y 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura o boleta de honorarios y toda la documentación adjunta que se requiere para tales efectos.

Los pagos se harán mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Sólo en casos excepcionales, y siempre que no esté disponible el pago mediante transferencia electrónica, SERVIU Metropolitano pagará al proveedor mediante cheque nominativo.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra o en la Factura o Boleta de Honorarios.

10.10   Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, los cuales, en su conjunto no podrán superar el 5% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.

SERVIU aplicará una multa de 3UF, cuando el oferente cambie al inicio del servicio o durante la prestación del servicio, a uno o a más de uno de los integrantes del equipo auditor sin dar aviso de acuerdo a lo establecido en el punto 10.14 y/o sin autorización previa. Asimismo, se aplicará una multa de 1 UF por cada día hábil de atraso en el reemplazo del profesional a sustituir.

También se aplicará multas al proveedor en caso de atraso en la entrega del informe final de la auditoría de recertificación, la cual equivale a 5UF, por cada día hábil de atraso. Los días de atraso se considerarán a partir del día hábil siguiente al definido en el cronograma de trabajo presentado en la propuesta técnica.

En el caso de que el adjudicado/a no cumpla con el plazo de entrega del Plan de Auditoría, indicado en el punto 4 de las especificaciones técnicas, se aplicará por cada día hábil de atraso, una multa equivalente a 2 (dos) UF.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, La jefa del Departamento de Física y Control o quien la subrogue notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de 3 días hábiles para efectuar sus descargos al Subdirector de Administración y Finanzas, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa. El proveedor contratado tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la notificación, para pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso. Transcurrido dicho plazo, SERVIU Metropolitano estará autorizado para descontarla de los estados de pagos, en caso de que los hubiere; de lo contrario, y en última instancia, la hará efectiva con cargo a las garantías respectivas.

10.11. Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.12   Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)     Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)     En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

b.1)          No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.

b.2)          No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.

b.3)          No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.

b.4)          Se hayan aplicado multas que, en su conjunto, superen el 5% del monto total del contrato.

b.5)          No dar cumplimiento a lo establecido en el punto 10.7.2, de las presentes bases administrativas, en relación a la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

c)     Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

d)     En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

e)     Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f)      Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el N° 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.13.      Contraparte Técnica.

El desarrollo de la prestación de servicios estará bajo la supervisión del Encargado de la Sección Gestión de Procesos, de SERVIU Metropolitano. Las funciones de la contraparte técnica incluirán:

a) Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos señalados en las especificaciones técnicas y de los plazos acordados para la entrega del informe programado.

b) Autorizar adecuaciones relativas al plan de trabajo, al reemplazo de miembros del equipo, y en general atender y resolver situaciones emergentes no consideradas.

c) Analizar y aprobar todos los informes, planteando al equipo las observaciones y/o comentarios que se estimen convenientes.

a)  Colaborar y asistir al equipo en la obtención de información institucional, ya sea reglamentación oficial, documentos de trabajo internos, información estadística y/o acceso a las bases de datos disponibles, etc.

b)  Autorizar el pago programado según se haya acordado en el Contrato de Prestación de Servicios.

f) Determinar la aplicación de las sanciones que se estipulen en el Contrato, según corresponda.  

Exigencias por contingencia Pandemia COVID-19

El proveedor adjudicado y/o contratista, deberá considerar que producto de la pandemia COVID-19, debe dar estricto cumplimiento a todas las exigencias, medidas, instrucciones y acciones emanadas por las autoridades sanitarias normativa del Ministerio de Salud, Superintendencia de Seguridad Social, Inspección del Trabajo, entre otros, a fin de establecer las medidas preventivas a realizar para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19. Sobre ello, toda empresa Contratista y/o Subcontratista que ejecute trabajos deberá:

ü  Disponer de un Plan de Acción COVID-19, siguiendo las recomendaciones de actuación en los lugares de trabajo, emitidas por el Ministerio de Salud, disponibles en www.minsal.cl.

ü  Dar cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Dirección del Trabajo, Superintendencia de Seguridad Social, entre otros.

ü  Informar a los trabajadores sobre los riesgos del COVID-19:  capacitar, dotar de implementos de seguridad, promover acciones según recomendaciones establecidas.

ü  Asegurar la limpieza e higiene del lugar de trabajo.

ü  Generar acciones frente a situaciones relacionadas con COVID-19: protocolos de actuación frente a casos presentados en lugar de trabajo.

ü  Mantener registros y medios de verificación del cumplimiento de estas medidas y recomendaciones.

Marco Legal

ü  Código Sanitario. Artículo 9 letra b) establece como facultad de la Autoridad Sanitaria dictar dentro de las atribuciones por el presente Código, las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento. Artículo 67: Corresponde la Autoridad Sanitaria velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes.

ü  Decreto N°4 del 05 de febrero de 2020 sobre Alerta Sanitaria por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote de COVID-19. (modificado por decreto N° 6/2020). Artículo 3° N° 8 faculta a la autoridad sanitaria para disponer la prohibición de funcionamiento de los establecimientos y lugares de trabajo que pongan en peligro a las personas que trabajan o asistan a ellos. Artículo 3 N° 23 faculta a la Autoridad Sanitaria para ordenar la utilización de mascarillas y otros dispositivos médicos afines en el transporte público, salas de clases, lugares de trabajo y, en general, cualquier otro lugar de acceso público o donde exista aglomeración de personas.

ü  D. S. N° 594 Reglamento sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo” Artículo 3°: La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella. Artículo 37, inciso primero: Deberá suprimirse en los lugares de trabajo cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores.

ü  Ley 16.744 “Ley de Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales”, Artículo 68, establece que “Las empresas o entidades deberán implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que les prescriban directamente la Autoridad Sanitaria”.

10.14 De los Profesionales

El proveedor adjudicado deberá disponer en su equipo de trabajo, el mismo personal profesional considerado en su propuesta para el desarrollo del servicio contratado.

Si por cualquier motivo externo o ajeno a la gestión del proveedor adjudicado, como jubilación, muerte, incapacidad médica, renuncia, entre otros, fuere necesario sustituir a algún integrante del personal del equipo auditor, el proveedor adjudicado, deberá reemplazarlo por otra persona con calificaciones y experiencia similar o superior al de la persona reemplazada, quien deberá ser aprobado por la contraparte técnica del contrato. El adjudicado tendrá un plazo de 2 días hábiles para llevar a cabo dicho reemplazo, lo anterior, sin perjuicio de que deberá velar porque esto no afecte la continuidad de la prestación del servicio y los plazos comprometidos para la entrega del informe final.

Bases Técnicas

Bases Técnicas

 

  1. Antecedentes

SERVIU de la Región Metropolitana, es uno de los Servicios relacionados a través del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), destinados a ejecutar las políticas, planes y programas que éste diseñe.

 

SERVIU Metropolitano, en tanto organización, visualiza en el Sistema de Gestión de la Calidad (SGC) una base sólida para funcionar de manera eficaz, identificando y coordinando numerosas actividades relacionadas entre sí, promoviendo una gestión basada en procesos, donde los clientes juegan un papel significativo. Por ello se ha hecho parte activa en la implementación de un Sistema de Gestión de la Calidad, asumiendo la Norma ISO 9001:2015, para los procesos relacionados a la provisión de bienes y servicios.

 

SERVIU Metropolitano se inicia con la certificación en el año 2007, con los sistemas comprometidos en el PMG institucional, y en paralelo con procesos de negocios que fueron incrementándose gradualmente. Actualmente, se cuenta con certificación de 10 procesos bajo la Norma ISO 9001:2015, vinculados a la provisión de bienes y servicios.

 

El alcance del Sistema de Gestión de Calidad del Serviu Región Metropolitana comprende:

 

Programas y Proyectos de Ciudad

 

  1. Autorización y Fiscalización de Obras de Rotura y Reposición de Pavimentos.
  2. Conservación de Pavimentos Mediante Recarpeteo.
  3. Fiscalización de Proyectos y Obras Particulares de Pavimentación y Aguas Lluvias.
  4. Gestión y Administración de Proyectos y Obras de Vialidad.
  5. Desarrollo del Programa Pavimentos Participativos.
  6. Diseño y Ejecución de Parques Urbanos.
  7. Ejecución y Gestión del Programa de Recuperación de Barrios. 

 

Programas y Proyectos de Vivienda

 

  1. Ejecución del Programa Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, según D.S.1.
  2. Ejecución del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, según D.S. 49.
  3. Ejecución del Programa de Protección del Patrimonio Familiar.

 

En consideración a los aspectos señalados en los puntos anteriores, es de vital importancia, para el Sistema de Gestión de la Calidad de Serviu Metropolitano, contar con auditorías de tercera parte para sus procesos definidos en su alcance.

 

Para la prestación de sus productos y servicios, SERVIU Región Metropolitana cuenta con edificaciones localizadas en:

 

ü Serrano Nº 45, y Arturo Prat Nº 48 y Nº 80, Santiago Centro.

ü Avda. Departamental Nº 01233, La Florida, Santiago

ü Avda. Libertador Bernardo O‘Higgins Nº 1146, piso 8, oficina 801.

ü OIRS Santiago: Arturo Prat Nº 48, 1er piso, Santiago.

ü OIRS Cordillera: Concha y Toro 461, Edificio Gobernación, Puente Alto.

ü OIRS Maipo: Freire Nº 473, Oficina 205, piso 2, Edificio Servicios Públicos, San Bernardo.

ü OIRS Melipilla: Avenida Pablo Neruda, ex av. Santiago Nº 0349, Deptos. 11 y 12, Melipilla.

ü OIRS Talagante: Av. Bernardo O’Higgins Nº 1188, piso 2, Edificio Servicios Públicos, Talagante.

 

 

  1. Objetivos del Servicio

 

Contratar el servicio de auditoría para la re-certificación en Norma ISO 9001:2015, de los procesos de negocio definidos en el alcance del Sistema de Gestión de la Calidad, en SERVIU Metropolitano, obteniendo si correspondiere la re-certificación.

 

Esta actividad se realizará por un organismo certificador acreditado por el Instituto Nacional de Normalización (INN), por lo cual se requiere encomendar su ejecución a un proveedor que cumpla con dicho requisito de acreditación.

 

 

  1. Resultados esperados de los Servicios Requeridos

 

El servicio requerido comprende la ejecución de la Auditoría para la re-certificación de los procesos existentes del Sistema de Gestión de la Calidad del SERVIU Metropolitano, el cual debe ser realizado durante los últimos 15 días hábiles del mes de octubre del año 2022.

 

El proveedor adjudicado deberá entregar al correo electrónico de la contraparte técnica, Sr. Juan Carlos Martínez Cárdenas, jmartinezc@minvu.cl, un Plan de Auditoría dentro de los 10 días hábiles anteriores a la fecha de inicio de la auditoría. El plan deberá contener al menos, la indicación de los procesos a auditar, plazo de ejecución con indicación de las fechas y horarios, y la identificación de los auditores y las horas que estos destinarán a cada auditoría.

 

El SERVIU Metropolitano, con acuerdo del proveedor adjudicado podrá solicitar la modificación de las fechas de la auditoría según la conveniencia del mismo.

 

 

  1. Productos esperados

 

  1. Informe de auditoría señalando la recomendación para la re-certificación de procesos existentes del Sistema de Gestión de la Calidad o indicando las no conformidades respecto a la Norma ISO 9001, así como las oportunidades de mejora que correspondan. Se espera que se entregue un informe que contenga los resultados de la auditoría a todos los procesos, que efectivamente representen un aporte del sistema como un todo. El contratista deberá hacer entrega de este informe dentro del plazo máximo de 10 días hábiles siguientes a la fecha de término de la ejecución de la auditoría.

 

El informe deberá enviarse al correo electrónico de la contraparte técnica. Para todos los efectos, se considerará como fecha de entrega la de recepción en dicho correo. En caso de revisiones u objeciones registradas a los informes por la contraparte técnica, el contratista tendrá un plazo de 10 días hábiles para responder, así operará también para revisiones y objeciones posteriores de dicha contraparte.

 

En caso que el Servicio logre la re-certificación bajo la Norma ISO 9001:2015, también serán productos los certificados que acredite que el Servicio cumple con los requisitos de la Norma ISO 9001:2015. Una vez recertificado el Sistema de Gestión de la Calidad, de Serviu Metropolitano, el/la contratista deberá enviar un certificado para la Directora del Servicio, uno para la Representante de la Dirección, uno para el Coordinador del Sistema de Gestión de la Calidad, y uno para cada proceso certificado (Total 13 certificados).