Licitación ID: 48-58-LE21
Serv. de Prov. e Instal. de Extintores SERVIU RM - Readjudicada en Id 48-58-R121
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Extintores 1 Global
Cod: 46191601
Servicio de provisión e instalación de extintores para SERVIU Metropolitano, conforme a lo establecido en el D.S. N° 44/2015 que Aprueba Reglamento que Establece los Requisitos de Seguridad y Rotulación de Extintores Portátiles, del Ministerio de Economía  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv. de Prov. e Instal. de Extintores SERVIU RM - Readjudicada en Id 48-58-R121
Estado:
Readjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “Servicio de provisión e instalación de extintores para SERVIU Metropolitano”, con el propósito adquirir, proveer e instalar nuevos extintores para las distintas dependencias de SERVIU Metropolitano, de acuerdo al D.S. N° 442015 que Aprueba Reglamento que Establece los Requisitos de Seguridad y Rotulación de Extintores Portátiles, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-09-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 06-09-2021 18:54:48
Fecha inicio de preguntas: 06-09-2021 19:01:00
Fecha final de preguntas: 09-09-2021 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-09-2021 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-09-2021 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-09-2021 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 22-10-2021 12:48:39
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a Terreno de carácter optativa 09-09-2021 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1. Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Todos o parte de los antecedentes administrativos solicitados para ofertar, pueden estar acreditados en ChileProveedores, en cuyo caso no será necesario adjuntarlos a la oferta. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el propio Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la visita a terreno que se indica más adelante, de la entrega de la garantía de seriedad de la oferta y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información. 2.- 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. En caso contrario, al ser requisito obligatorio, los oferentes que no los adjunten o los presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación definitiva de los documentos solicitados, implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, si esta declaración se encuentra acreditada en ChileProveedores no será necesario adjuntarla. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20393, si esta declaración se encuentra acreditada en ChileProveedores no será necesario adjuntarla.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los anexos N° 3, 4 y 5, éstos constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta no será evaluada. Los documentos que se adjunten para acreditar lo solicitado en las letras a.1, constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. a) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N°3 “Experiencia del Oferente”, en el cual deberá indicar la cantidad de servicios prestados en la provisión y/o instalación de extintores PQS o CO2, desde el año 2017 a la fecha. a.1) Para acreditar lo anterior, el oferente deberá presentar certificados debidamente firmados por la empresa a quien se prestó el servicio, contratos u órdenes de compra (en estado aceptada, si corresponden a órdenes de compra emitidas a través del Portal de Mercado Publico), o cualquier otro documento, a excepción de declaraciones juradas simples o notariales emitidas por el mismo oferente. a.2) Cualquiera sea el documento que el oferente presente para acreditar su experiencia deberá considerar lo siguiente: (de lo contrario no serán considerados para la evaluación) 1. Nombre del oferente, o en su defecto, nombre del representante legal de ésta, no se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la empresa. 2. Descripción de los servicios prestados y corresponder al rubro de lo solicitado (esto es en provisión y/o instalación de extintores PQS o CO2) y la fecha o año de la prestación. a.3) Solo se evaluará lo señalado en el anexo respectivo. a.4) En caso de existir discrepancia entre lo declarado en el Anexo N°3 y los documentos de respaldo, primará lo señalado en éstos últimos. b) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°4, Plazo de Entrega y Ejecución de los Trabajos, en el cual el oferente deberá indicar el plazo total para la entrega e instalación de los extintores solicitados (ver punto 1.2 de las Bases Técnicas de licitación), en días corridos (no se aceptarán rangos de tiempo ni días hábiles), conforme al horario establecido en el punto 4 de las Bases Técnicas de licitación). c) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°5, Declaración Jurada Simple referida al integro cumplimiento de lo estipulado en el Decreto Supremo 44/2015 y sus modificaciones posteriores, que Aprueba Reglamento que Establece los Requisitos de Seguridad y Rotulación de Extintores Portátiles, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y las demás normativas que le sean atingentes.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al precio de la unidad de medida indicada para el servicio requerido, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las especificaciones técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°6, formulario oferta económica, el cual deberá ser llenado íntegramente, de lo contrario su oferta será declarada inadmisible, Los valores ingresados en este Anexo deben ser coincidentes con los ingresados al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el Anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, dicha propuesta no será evaluada. 2.- 5.2.5. Visita a Terreno El oferente podrá asistir a una visita a terreno, de carácter opcional, la que se desarrollará el tercer día hábil, siguiente de la publicación de la licitación en el Portal Mercado público, dicha visita se realizará a las 12:00 horas en calle Serrano 45, hall de piso zócalo, con el Sr. Eduardo Oyarzún B. (eoyarzun@minvu.cl) Encargado del Área de Prevención de Riesgos y Ambientales Laborales de SERVIU Metropolitano. Indicar en Portería del servicio que asisten a visita técnica para ubicar al citado Encargado. Los oferentes que asistan a la visita a terreno deberán completar y firmar un acta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
No hay información de requisitos para persona natural


Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
No hay información de requisitos para persona jurídica

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: ver punto 6 de bases administrativas antecedentes legales para ser contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio u Oferta Económica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 55%
2 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%
3 Experiencia del Oferente La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.04.013
Monto Total Estimado: 17500000
Justificación del monto estimado el gasto que irrogue la ejecución del contrato emanado del presente proceso de licitación pública hasta la suma máxima de 17.500.000.- diecisiete millones quinientos mil pesos al Ítem 22.04.013 ID SIGFE: 9677485 COD: 01404, del presupuesto vigente
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 15 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme Santos
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Eduardo Oyarzún Bravo
e-mail de responsable de contrato: eoyarzun@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-6-29013216-3216
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del servicio requerido, producto de la responsabilidad del proveedor adjudicado en cuanto a su íntegro cumplimiento.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana
Fecha de vencimiento: 27-02-2022
Monto: 5 %
Descripción: Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente, y en su defecto, en formato físico, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 7 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. En caso que la garantía se presente formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en Gestión de Proveedores del Depto. Servicios Generales, ubicada en Serrano Nº 45, piso zócalo - ala norte, indicando el número ID de la licitación, para coordinar entrega o tener información sobre sobre la atención a público enviar consulta al correo electrónico eoyarzun@minvu.cl. Sólo de manera excepcional, y en el único caso de que las oficinas de SERVIU Metropolitano se encontraren cerradas para la atención de público, a consecuencia de la dictación de medidas sanitarias derivadas del COVID-19, el adjudicatario podrá hacer entrega de la garantía conforme al procedimiento establecido en la, Resolución Exenta N° 1219/2020, de SERVIU Metropolitano, que autoriza el “procedimiento de ingreso especial de garantías por vía de correo electrónico a SERVIU Metropolitano, bajo las condiciones que indica”. Conforme a ésta, el adjudicatario deberá ingresar, vía correo electrónico, eoyarzun@minvu.cl.; los siguientes documentos: • Solicitud orden de garantía en formato PDF. • Garantía escaneada en formato PDF. • Declaración Jurada en formato PDF. • Datos ejecutivos en formato PDF. Durante este período, el documento en garantía deberá quedar bajo custodia de una notaría a elección del proveedor adjudicado, que esté dentro de la Región Metropolitana, con la siguiente instrucción: “1.- Que el otorgante del documento en garantía que a continuación se indica ……………………………………………… (indicar datos del documento en garantía), instruye al señor Notario, entregarle la señalada garantía a un representante del SERVIU Metropolitano, quien deberá acreditar dicha representación con la respectiva Orden de Servicio; o bien, al otorgante, previa autorización expresa por parte de SERVIU Metropolitano, sancionada mediante resolución exenta. 2.- Quien suscribe la presente instrucción, declara y deja constancia que la estipulación ha sido otorgada en el solo interés de SERVIU Metropolitano, en razón de lo mismo, esta instrucción no podrá ser modificadas sin la concurrencia de SERVIU Metropolitano”. El proveedor deberá señalar al administrador del contrato la información de contacto de la notaría (teléfono y correo electrónico) para efectos de verificar esta situación. Una vez regularizada la atención de público, SERVIU Metropolitano informará al proveedor, mediante correo electrónico.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de: “La Licitación Pública 48-58-LE21”.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 229013338). En el caso que se aplique el procedimiento especial por COVID-19, y la garantía se encuentre en custodia de la notaría, la restitución se realizará de conformidad a lo señalado en el ítem” Descripción” de la presente tabla, debiendo el proveedor retirarla previa autorización expresa de SERVIU Metropolitano comunicada a la notaria correspondiente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Otras Cláusulas

10.  Otras Cláusulas

10.1.  Validez de las Ofertas

Los oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

 

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

 

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

 

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

 

 

10.2.  Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

 

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen entregado oportunamente la garantía por seriedad de la oferta y hubiesen asistido a la visita a terreno.

10.3.  Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Administración y Finanzas, mediante Orden de Servicio.

 

Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

 

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

 

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Publico, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

 

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl

 

 

SERVIU Metropolitano podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal Mercado Publico, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

 

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración Ofertas del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

 

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:

 

 

10.3.1. Oferta Técnica (OT) (40%):

 

 

a)  Experiencia del Oferente (A):(50%)

En este criterio se evaluará la experiencia del oferente, en función de la cantidad de prestaciones que haya realizado en el rubro de los solicitado, en los últimos 5 años (a partir de 2017 y hasta antes del cierre de la presente licitación), en conformidad con la información proporcionada por el oferente en el Anexo N°3, que se encuentre debidamente acreditada, de acuerdo a lo solicitado en el punto 5.2.3 letra a) en sus numerales a.1), a.2), a.3) y a.4), de las Bases Administrativas de licitación.

 

La comisión evaluadora asignará el puntaje de la siguiente manera:

 

Experiencia del Oferente

Puntaje

10  prestaciones de servicio de provisión y/o instalación de extintores PQS o CO2.

100

Entre 7 a 9 prestaciones de servicio de provisión y/o instalación de extintores PQS o CO2..

75

Entre 3 a 6 prestaciones de servicio de provisión y/o instalación de extintores PQS o CO2.

50

Menos de 3 prestaciones de servicio de provisión y/o instalación de extintores PQS o CO2.

0

b)     Plazo de Entrega y Ejecución de los Trabajos (B):(50%)

Este criterio se evaluará en consideración a la información proporcionada por el oferente en el Anexo N°4. El plazo para la entrega e instalación de los extintores, no podrá ser superior a los 15 días corridos, de lo contrario la oferta quedará fuera de bases.

 

Se sugiere considerar restricciones establecidas en el punto N° 4 “Horario de ejecución de los trabajos” de las Bases Técnicas de licitación.

 

La comisión evaluadora asignará el puntaje de la siguiente manera:

 

Descripción

Puntaje

Entre 01 y 07 días corridos

100

Entre 08 y 12 días corridos

50

Entre 13 y 15 días corridos

20

No indica o sin información

0

10.3.1.1. Calculo Puntaje Final Oferta Técnica

POT= ((A * 0.50) + (B * 0.50))

Donde:

POT= Puntaje Oferta Técnica

A= Experiencia del Oferente

B= Plazo de Entrega y Ejecución de los Trabajos

 

Se evaluará la oferta económica solo de aquellos oferentes que hayan obtenido un puntaje total en la Oferta Técnica, igual o superior a 50 puntos.

c)     Precio u Oferta Económica (POE): (55%)

El presente criterio se evaluará de acuerdo a lo declarado por el oferente en el Anexo 6.

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula para cada línea:

 

Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación) *100

 

a)   Donde:

ü  Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü  Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

 

d)   Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (CRFO):

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar, o en la instancia posterior, establecida en el párrafo quinto del punto 10.3 de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.

 

e)   Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio “Oferta Técnica” (POT) se le aplicará una ponderación de un 40%, al puntaje obtenido en el criterio “Precio u Oferta Económica” (PPOE) se le aplicará una ponderación de un 55% y al puntaje obtenido en el criterio “Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (PCRFO)” se le aplicará una ponderación de un 5%, para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

 

PTP = 0,40*POT + 0,55* PPOE + 0,05*PCRFO

 

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Oferta Técnica.

ü PPOE: Puntaje Precio u Oferta Económica.

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

 

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio oferta técnica. En caso de persistir el empate se considerará la oferta que haya ingresado primero al Portal de Mercado Publico. Finalmente, en caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al proveedor que resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.

 

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.  Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

 

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto  “Etapas y Plazos” de la presentes bases.

 

En el evento, que el monto adjudicado supere en más de un 30% al presupuesto estimado por SERVIU Metropolitano, se deberá explicitar en el acto adjudicatario, las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, debiendo, asimismo, mantener los antecedentes para su revisión y control posterior por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora.

 

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.5.  Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.  Del Contrato

10.6.1.                   Formalización del Contrato

Conforme a lo dispuesto en el artículo 63 del D.S. N° 250, de 2004, el contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra a través del Sistema de Información y la aceptación de ésta por parte del proveedor.

 

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado o no haber regularizado en forma oportuna su estado de inhabilidad en el registro recién mencionado, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.

 

10.7.  Responsabilidad del Oferente Adjudicado

10.7.1.         De las Obligaciones Laborales y Previsionales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién, para estos efectos,  conforme establece el artículo 183 C, del Código del Trabajo, podrá ejercer los derechos de información, en virtud del cual SERVIU Metropolitano podrá pedir informes al proveedor sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores; así como también podrá ejercer el derecho legal de retención, mediante el cual SERVIU Metropolitano estará facultado para retener los pagos que deba efectuar al proveedor, en caso que éste no haya dado cumplimiento íntegro a sus obligaciones laborales y previsionales Incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

 

En conformidad a lo previsto en los incisos 3° y 4° del artículo 6° de la ley N° 21.192, que sanciona la Ley de Presupuestos del Sector Público Correspondiente al Año 2020, el proveedor, al momento de contratar con el SERVIU Metropolitano, deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que el oferente adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Servicio mientras no subsane el incumplimiento que la afecte.

 

Asimismo, si durante el desarrollo del contrato, el proveedor incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, determinado por la autoridad competente, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.

 

Si el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, SERVIU Metropolitano deberá exigirle que proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. Asimismo, en caso que el proveedor registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, SERVIU Metropolitano quedará facultado para dar por terminado el respectivo contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

 

 

El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

 

10.7.2.   Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

 

Si, por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases dentro de los 7 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

 

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

 

 

10.7.3      Confidencialidad y Seguridad de la Información

 

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

 

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

 

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.8.  De la Orden de Compra

SERVIU Metropolitano emitirá una orden de compra por el total del monto del Servicio de provisión e instalación de extintores para SERVIU Metropolitano, indicado por el adjudicatario en el Anexo N°6. Para lo cual la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano, emitirá una Orden de Compra a través del Portal Mercado Público.

10.9.  Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de las Ordenes de Compras emitidas a través del Portal www.mercadopublico.cl. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

 

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor en forma mensual el servicio adjudicado, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

 

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45 comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

 

ü  Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda.

ü  Acta de entrega con la recepción conforme, sin observaciones, de los trabajos, firmada por la Comisión nombrada para la Recepción Técnica de los Trabajos ejecutados.

ü  Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

ü  Informe Técnico con el detalle de los trabajos realizados.

 

Queda estrictamente prohibido para el proveedor emitir la Factura o Boleta de Honorarios, sin que antes SERVIU Metropolitano cuente con todos los antecedentes indicados anteriormente (a excepción de la Factura Cedible). En caso de no contar con dichos antecedentes, la Factura o Boleta de Honorarios será rechazada por SERVIU Metropolitano, dentro de los 8 días corridos a su emisión.

 

La Factura o Boleta de Honorarios podrá ser en soporte físico o en formato electrónico a los correos dte@chilecompra.cl y a gestionproveedores@minvu.cl. La entrega física de la Factura o Boleta de Honorarios y demás antecedentes requeridos para el pago, se efectuará en la Sección Adquisiciones, ubicada en Serrano 45, piso Zócalo ala sur, teniendo en cuenta el horario de atención de público, entre las 09:00 hrs. y las 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la Factura o Boleta de Honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.

 

Los pagos se harán mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Sólo en casos excepcionales, y siempre que no esté disponible el pago mediante transferencia electrónica, SERVIU Metropolitano pagará al proveedor mediante cheque nominativo.

 

Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o Boleta de Honorarios.

10.11. Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, los cuales, en su conjunto no podrán superar el 5% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.

 

SERVIU Metropolitano aplicará las siguientes multas:

 

1)    Por retraso en los tiempos de respuestas requeridos:

 

ü  Se aplicará una multa de 4 UF por cada día de atraso en la ejecución de los trabajos, contados desde que se cumpla el plazo ofertado por el oferente en su propuesta técnica, siempre que no haya una justificación y autorización previa de parte de SERVIU Metropolitano, con un tope máximo de 20 UF, luego de las cuales SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado del contrato.

 

En caso de que el atraso sea por fuerza mayor, este debe estar debidamente justificado y fundamentado por el proveedor, y la justificación será debidamente evaluada por la Comisión Técnica, designada por Orden de Servicio del Subdirector de Administración y Finanzas, que estará conformada por profesionales de prevención de riesgos y servicios generales quienes verifican que el servicio de provisión e instalación de extintores, se ejecute de manera correcta según bases.

 

2) Se aplicarán multas de 2 UF, cada una, para los siguientes casos:

 

ü  Incumplimientos de normas de seguridad emanadas por la normativa que regula la materia (sea normativa interna o nacional) por cada evento; no uso de implementos de protección personal; no cumplimiento de observaciones e instrucciones emitidas en la ejecución de sus trabajos por parte de la Comisión Técnica nombrada para recepcionar estos trabajos u otros; acciones o actos que pongan en riesgo la seguridad de trabajadores, funcionarios, visitas, clientes, transeúntes, bienes y entorno de las dependencias.

 

ü  Por faltas a la moral y buenas costumbres, tales como abuso verbal, vestimentas y conductas inapropiadas, faltas de respeto hacia la comisión técnica y/o ITO designada, funcionarios, empresas externas (Empresa de aseo, seguridad, etc.), usuarios y otras semejantes al interior de las dependencias de SERVIU Metropolitano.

 

ü  Consumo de tabaco, alcohol, drogas al interior de dependencias de SERVIU Metropolitano.

 

ü  En el caso de no cumplir con las coordinaciones, programaciones, aseo y acuerdos previamente establecidos con la comisión técnica.

 

ü  Si durante el desarrollo de las actividades se sorprende al adjudicado instalando u ocupando materiales/productos que no cuenten con las características técnicas, estado natural, diseño, elaboración de escuadrías y/o calidades inferiores a las mínimas exigidas en el D.S 44/2015 y sus modificaciones y las normas complementarias asociadas a equipos de extinción de incendios portátiles. Se ordenará el retiro inmediato de todo el material/producto asociado y se aplicará la multa respectiva.

 

3) Se aplicará una multa de 2,5 UF por cada no cumplimiento de los protocolos de protección contra el COVID 19 por parte del personal del adjudicatario.

4) Se aplicará una multa de 2,5 UF en caso de comprobarse la pérdida, robos o daños en los bienes de SERVIU Metropolitano, que les sean imputables al proveedor.

5) Se aplicará una multa de 1 UF por cualquier otro incumplimiento de las bases administrativas o técnicas distinto de los señalados anteriormente.

 

El Subdirector de Administración y Finanzas notificará por escrito al proveedor que se cursará multa, la cual podrá ser impugnada por este último de conformidad a lo dispuesto en los siguientes párrafos.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Subdirector de Administración y Finanzas notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Subdirector de Administración y Finanzas, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al proveedor serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso.

10.12. Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y, en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

 

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.13. Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

 

a)     Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

 

b)     En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

 

Se considera incumplimiento grave:

b.1)         No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.

b.2)         No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.

b.3)         No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.

b.4)         En caso que las multas aplicadas, en su conjunto, superen el 5% del monto total del contrato.

b.5)         En caso de que el adjudicatario incurriera en 10 (diez) o más incumplimientos, de lo indicado en el punto 10.15 “Seguridad y Salud Laboral en Dependencias de SERVIU Metropolitano” de las bases administrativas.

b.6)         Si el adjudicatario llegase al tope de 20 UF por concepto de atrasos en la ejecución de los trabajos.

 

c)     Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

d)     En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

 

e)     Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

 

f)      Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.

 

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

 

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.

 

 

10.15.     Seguridad y Salud Laboral en Dependencias de SERVIU Metropolitano

 

En cumplimiento a la legislación vigente en materia laboral y previsional, se especifican las siguientes normas que regulan la salud ocupacional, la seguridad e higiene industrial y el medio ambiente, para todas las empresas que trabajen en las dependencias de SERVIU Metropolitano, destinado a proteger a todos los trabajadores, funcionarios, personal contratado a honorarios y personal que labora bajo los regímenes de subcontratación y de servicios transitorios, que trabajan en sus instalaciones:

 

Normativa específica:

 

ü  Ley N° 20.123, del 05 de octubre de 2006, que regula trabajo en régimen de Subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios, y sus modificaciones posteriores.

 

ü  Ley N° 16.744, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 23 de enero de 1968, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, sus Reglamentos, Decretos complementarios y modificaciones posteriores.

 

ü  Decreto Supremo Nº 40, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 11 de febrero de 1969, Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales.

 

ü  Decreto Supremo Nº 54, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 21 de febrero de 1969, Aprueba Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

 

ü  Decreto Supremo Nº 76, del 14 de diciembre de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Aprueba Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N° 16.744 sobre la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en Obras, Faenas o Servicios que indica.

 

ü  Toda la normativa y legislación que le aplique, según corresponda al desarrollo de actividades con SERVIU Metropolitano.

 

Normativa complementaria:

 

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios a las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir a sus trabajadores.

 

ü  D.S. Nº 85/2007, de V. y U., Manual de Inspección Técnica de Obras, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

 

ü  D.S. Nº 594, de 15 de septiembre de 2000, del Minsal, que aprueba reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

 

ü  Recomendaciones de actuación en los lugares de trabajo en el contexto COVID-19.

 

ü  D.F.L. Nº 1, MINTRAB, del 31 de julio del 2002, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado el Código del Trabajo.

 

ü  Guía para la Confección del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas, Inscripción Registro Propiedad Intelectual Nº 162.116, Mutual de Seguridad C.Ch.C., 2007.

 

ü  Reglamento Especial de Seguridad y Salud en el Trabajo para Empresas Contratistas y Subcontratistas y/o Empresas de Servicios Transitorios, que Prestan Servicios Bajo el Régimen de Subcontratación en los Organismos del Sector Vivienda a Nivel Nacional, aprobado por Resolución Exenta N° 2156/2015.

 

ü  Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, Ministerio de Vivienda y Urbanismo a nivel nacional, derogando el anterior y actualizado por la Resolución Exenta N° 2159/2015.

 

ü  Aprueba las Bases del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y Mejoramiento de Ambientes Laborales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, aplicable al MINVU, las SEREMI y los SERVIU, aprobada por Resolución Exenta N° 2157/2015.

 

ü  Guía Técnica de Estándares en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo - SERVIU Metropolitano.

 

ü  Resoluciones Exentas Nº 938/00, de V. y U., y Nº 387/00, de V. y U.

 

 

Exigencias por contingencia Pandemia COVID-19

 

El proveedor adjudicado o contratista, deberá considerar que producto de la pandemia COVID-19, debe dar estricto cumplimiento a todas las exigencias, medidas, instrucciones y acciones emanadas por las autoridades sanitarias normativa del Ministerio de Salud, Superintendencia de Seguridad Social, Inspección del Trabajo, entre otros, a fin de establecer las medidas preventivas a realizar para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19. Sobre ello, toda empresa Contratista o Subcontratista que ejecute trabajos deberá:

 

ü  Disponer de un Plan de Acción COVID-19, siguiendo las recomendaciones de actuación en los lugares de trabajo, emitidas por el Ministerio de Salud, disponibles en www.minsal.cl.

 

ü  Dar cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Dirección del Trabajo, Superintendencia de Seguridad Social, entre otros.

 

ü  Informar a los trabajadores sobre los riesgos del COVID-19:  capacitar, dotar de implementos de seguridad, promover acciones según recomendaciones establecidas.

 

ü  Asegurar la limpieza e higiene del lugar de trabajo.

 

ü  Generar acciones frente a situaciones relacionadas con COVID-19: protocolos de actuación frente a casos presentados en lugar de trabajo.

 

ü  Mantener registros y medios de verificación del cumplimiento de estas medidas y recomendaciones.

 

Marco Legal

 

ü  Código Sanitario. Artículo 9 letra b) establece como facultad de la Autoridad Sanitaria dictar dentro de las atribuciones por el presente Código, las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento. Artículo 67: Corresponde la Autoridad Sanitaria velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes.

 

ü  Decreto Nº 4, de 05 de febrero de 2020 sobre Alerta Sanitaria por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote de COVID-19 (modificado por decreto N° 6/2020). Artículo 3° N° 8 faculta a la autoridad sanitaria para disponer la prohibición de funcionamiento de los establecimientos y lugares de trabajo que pongan en peligro a las personas que trabajan o asistan a ellos. Artículo 3 N° 23 faculta a la Autoridad Sanitaria para ordenar la utilización de mascarillas y otros dispositivos médicos afines en el transporte público, salas de clases, lugares de trabajo y, en general, cualquier otro lugar de acceso público o donde exista aglomeración de personas.

 

ü  D.S. Nº 594 Reglamento sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo” Artículo 3°: La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella. Artículo 37 inciso primero Deberá suprimirse en los lugares de trabajo cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores.

 

Ley 16.744 “Ley de Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales”, Artículo 68, establece que “Las empresas o entidades deberán implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que les prescriban directamente la Autoridad Sanitaria”.
Bases Técnicas

                                                        Bases Técnicas

0.0.-  Generalidades

Las especificaciones técnicas que se detallan a continuación se refieren a las condiciones, alcances y características relativas al servicio de provisión e instalación de extintores para SERVIU Metropolitano.

Las exigencias se refieren al servicio de provisión e instalación de extintores para SERVIU Metropolitano, cuyos detalles se adjuntan y complementan. Todos los materiales especificados deberán ser nuevos y de primera calidad.

CONSIDERACIONES PRELIMINARES

Los trabajos a los que se refieren las presentes Especificaciones Técnicas, comprenden la ejecución total del servicio que se entrega para la provisión e instalación de extintores de SERVIU Metropolitano. El contratista deberá ejecutar los trabajos con apego a las presentes bases, aclaraciones y toda la documentación entregada, además se deberá considerar toda la normativa chilena vigente y las instrucciones del fabricante correspondientes en tanto no se contradigan con estas especificaciones. Ante cualquier discrepancia entre los antecedentes presentados o dudas en su interpretación durante la ejecución de los trabajos, el Contratista deberá consultar a la comisión técnica designada.

Tratándose de un contrato a suma alzada, el contratista deberá consultar en su propuesta todos los elementos o acciones necesarias para la correcta ejecución y terminación del servicio de provisión e instalación de extintores en SERVIU Metropolitano, aun cuando no aparezca su descripción, detalle o especificación expresamente indicada en estas especificaciones.

Se da por entendido que el contratista está en conocimiento de todas estas disposiciones, así como de la reglamentación vigente, por consiguiente, cualquier defecto, omisión, mala ejecución o dificultad de obtención de los elementos que conforman la construcción, es de su única responsabilidad, debiendo rehacer a su cargo los elementos o procedimientos rechazados en cualquiera de las partidas, de serle indicado así dentro del período de realización del servicio o del de garantía de los trabajos.

El proveedor adjudicado deberá tener en consideración lo siguiente:

a)   Los trabajos de provisión e instalación de extintores se ejecutarán de acuerdo a:

-    Detalles y presentes Especificaciones Técnicas.

-    Normas Técnicas oficiales del Instituto Nacional de Normalización.

-    Normas Técnicas Internacionales y de calidad aplicables, según fabricante.

-    Normas, instrucciones y reglamentos de los servicios básicos correspondientes.

-    El contratista deberá tomar todas las medidas de seguridad para ejecutar los trabajos, tanto para su personal como para el personal de SERVIU RM y las dependencias existentes.

-    Leyes, normativa y protocolos COVID-19.

-    El plazo total para la ejecución de los trabajos deberá coincidir con lo presentado en los anexos por el oferente adjudicado, comenzando desde el día en que se levante el Acta de Entrega del Terreno, el cual deberá ser en un plazo no mayor a los 7 días hábiles desde la aceptación de la Orden de Compra.

b)   Los materiales a utilizar serán nuevos, de primera calidad y certificados dentro de su respectiva especie, conforme a las normas e indicaciones del fabricante. No se aceptarán materiales usados o de calidad inferior indicada en las presentes especificaciones técnicas.

c)    En todo momento de ejecución de los trabajos, la comisión técnica de SERVIU RM será la única contraparte del contratista. Cualquier indicación realizada por terceros y ejecutada por el contratista, será de cargo del mismo, así se mantenga o no dicha indicación. Si se requiere alguna comunicación desde o hacia cualquier otro funcionario del Servicio se realizará únicamente a través de la comisión técnica designada.

d)   Durante el tiempo que duren los trabajos, el lugar a intervenir se mantendrá ordenado y con los sectores de circulación despejados. Además, contar con todos los elementos de protección personal necesarios según Normativas Chilenas y de acuerdo al tipo de trabajo a realizar. Para todo el personal externo se exigirá ropa corporativa que identifique a la empresa que pertenece.

e)   El Contratista deberá tomar las providencias razonables para proteger el medio ambiente en la zona de los trabajos a ejecutar y sus alrededores, para lo cual deberá atenerse a las normas generales de medio ambiente, y a aquellas especiales que imparta en su oportunidad la Inspección Técnica.

f)    El contratista deberá mantener de manera permanente en el lugar de ejecución de los trabajos los siguientes documentos actualizados y en buen estado:

1)   1 set de las bases de licitación, especificaciones técnicas, para consultas.

2)   Requerimientos Ley de Subcontratación en materia de seguridad y salud laboral (Art. 5°, del DS 76/07, del Mintrab.):

  1. Cronograma de actividades o trabajos a ejecutar;
  2. Copia de los contratos individuales de trabajo;
  3. RUT y nombre o razón social de la empresa; certificado de adhesión a Organismo Administrador de la Ley N° 16.744; nombre del encargado de los trabajos o tareas, cuando corresponda; N° de trabajadores, y fecha estimada de inicio y término de cada uno de los trabajos o tareas específicas que ejecutará la empresa; Historial de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la faena.
  4. Informe de las evaluaciones de riesgos que podrían afectar a los trabajadores de la obra, faena o servicios;
  5. Visitas y medidas prescritas por los organismos administradores de la Ley N° 16.744; Inspecciones de entidades fiscalizadoras;
  6. Copias de informes o actas, cuando corresponda elaborarlos;
  7. Estadística de siniestros laborales existentes.

g)   Leyes y normativas:

1)   El contratista deberá cumplir en general con todas las normas INN, vigentes, relacionadas con los trabajos a ejecutar.

2)   Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo (D.S. 594/1999)

3)   Catálogos, especificaciones y recomendaciones de los fabricantes y proveedores, sobre el uso, instalaciones y las instrucciones para la aplicación de los materiales y equipos.

h)   Inicio del servicio y coordinación de los trabajos a realizar:

El contratista pondrá en conocimiento su programación de los trabajos con un máximo de 03 días hábiles después de emitida la Orden de Compra, de manera de poder coordinar las áreas de trabajo conforme a ello y la asignación de un profesional y/o comisión técnica por parte de SERVIU RM, quien velará por la correcta ejecución de los trabajos contratados.

1.   SERVICIO DE PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE EXTINTORES

Los extintores portátiles deberán cumplir con lo exigido en el Decreto Supremo N°44 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

Los cilindros de los extintores regulados en la normativa vigente deberán ser pintados de color rojo, con las características colorimétricas señaladas en la norma NCh1410.

Se exceptuarán de llevar color rojo, los extintores que estén afectos a Normas Internacionales.

Los extintores portátiles que se comercialicen en el territorio nacional se deberán rotular mediante marcas y etiquetas en idioma español y caracteres fácilmente legibles e indelebles. Las marcas y etiquetas no podrán ser adulteradas ni posicionadas sobre los originales, a excepción de la del servicio técnico, la cual deberá ser reemplazada una vez efectuado el mantenimiento.

La información proporcionada tanto en las marcas, como en las etiquetas deberá estar exenta de referencias o alusiones que puedan inducir a error o engaño respecto a la verdadera naturaleza del producto y las condiciones de seguridad y/o protección que ofrezca el extintor.

Las marcas y etiquetas de los extintores portátiles deberán ser impresas por el fabricante o importador.

Respecto de la marca, su impresión deberá ser legible sobre el envase original y deberá constar sobre o bajo relieve en el gollete, casquete o manto del cilindro.

1.1. Descripción del servicio

En relación a la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 44 que aprueba el reglamento que establece los nuevos requisitos de seguridad y rotulación de los extintores portátiles; es que SERVIU Metropolitano, dentro de sus necesidades, requiere renovar gran parte de sus extintores, ya que, dada la antigüedad de estos, no cumplen a cabalidad con las nuevas exigencias mínimas que se detallan en dicha normativa.

1.2   Cantidad y tipo de extintores:

Tipo de extintores

Cantidad

Extintor de PQS de 1 kg

30

Extintor de PQS de 6 kg

130

Extintor de PQS de 25 kg

55

Extintor Clase K de 6 L

2

Extintor de CO2 de 2 kg

110

TOTAL

327

1.3    Del modo de trabajo

Los extintores deben cumplir con las características de fabricación y la normativa vigente que regula la materia.

a)   En el punto 2. CONDICIONES DE ENTREGA DEL SERVICIO se detalla la distribución de los extintores por dependencias.

b)   Los extintores deberán ser instalados en los puntos que la comisión técnica designada por SERVIU Metropolitano estime pertinente.

c)    Durante el proceso de instalación de los extintores un profesional y/o Comisión Técnica designada acompañará al proveedor adjudicado sólo para orientarlo, en ningún caso dicho profesional es responsable de la manipulación e instalación de los extintores.

d)   El proveedor adjudicado deberá disponer del personal necesario para el transporte, manipulación e instalación de los extintores al interior de las dependencias de SERVIU Metropolitano.

a)   El servicio de provisión e instalación de los extintores deberá realizarse directamente en las dependencias de SERVIU Metropolitano, detallado a continuación, previa coordinación con la comisión técnica designada. En la planilla Excel adjunta, se incorpora el detalle y distribución de extintores por edificio/dependencia.

i)           Serrano 45, Santiago.

ii)          Arturo Prat 42, Santiago.

iii)         Arturo Prat 48, Santiago.

iv)         Ahumada 48, piso 3, Santiago.

v)          San Antonio 255, Piso 13, Oficina 1308, Santiago.

vi)         Vicuña Mackenna 179, Santiago.

vii)        Tartini 2568, Pedro Aguirre Cerda

viii)      Departamental 01233, La Florida.

ix)         OIRS Santiago, Arturo Prat 80, Santiago.

x)           OIRS Cordillera, José Manuel Irarrázaval 0180, Of. 209, Piso 2, Puente Alto.

xi)         OIRS Maipo, Freire Nº 473, Of. 102, piso 1, Edificio Servicios Públicos, San Bernardo.

xii)        OIRS Melipilla, Av. Pablo Neruda Nº 0349 (ex Av. Santiago), Dpto. 11 y 12, Melipilla.

xiii)      OIRS Talagante, Av. Bernardo O’Higgins N° 1188, Piso 1, Edificio Servicios Públicos, Talagante.

xiv)       Panamericana Norte Km. 225, Los Vilos, Cuarta Región de Coquimbo.

xv)        Alonso Ovalle 849, Santiago.

xvi)       Zenteno 334, Santiago.

xvii)     Pedro Aguirre Cerda 6100, Cerrillos (Ciudad Parque Bicentenario)

b)   Durante todo el proceso de los trabajos, se deberá realizar el aseo periódico de las dependencias, de manera tal de permitir el libre acceso, paso y seguridad del personal del SERVIU Metropolitano dentro de los diferentes frentes de trabajo y al edificio en general.

c)    El lugar de trabajo deberá permanecer constantemente limpio, se deben retirar permanentemente los materiales de desecho. El acopio en las dependencias de SERVIU Metropolitano debe ser sólo temporal, no pudiendo exceder más de cinco días corridos y su ubicación deberá estar en algún lugar determinado oportunamente por la comisión.

d)   Durante los trabajos se debe cuidar de las superficies de suelos y muros en pasillos.

e)   Durante la ejecución de los trabajos, se deberá delimitar y señalizar las áreas a intervenir para informar a quienes transiten de la ejecución de estos trabajos. Si a juicio de la comisión nombrada para la coordinación de estos trabajos, la delimitación o señalética resulta deficiente o no cumple la normativa que lo regula, se solicitará su cambio y/o mejora.

f)    Todos los lugares, elementos y componentes intervenidos que posean directa relación con el correcto funcionamiento del servicio solicitado, deberán ser considerados por el proveedor previo a la presentación de su oferta, una vez adjudicados y finalizados los trabajos deberá quedar todo lo intervenido y relacionado completamente operativo.

g)   Se deberá cumplir rigurosamente todas las normas relativas a la seguridad del personal como a su vez el control del acceso al área a intervenir. En caso justificado, la comisión técnica estará facultada para exigir medidas especiales o extraordinarias de seguridad. En ningún caso se podrá traspasar la responsabilidad del contratista a la Comisión Técnica, en esta materia.

h)   Se prohíbe terminantemente hacer fuego o llama en los trabajos, salvo previa autorización de parte de la ITO y/o Comisión Técnica designada para coordinar estos trabajos. La instalación de faenas deberá contemplar facilidades para el calentamiento de los alimentos del personal.

i)    Durante la ejecución de los trabajos, se prohíbe terminantemente el consumo de tabaco, alcohol y otras drogas en dependencias de SERVIU Metropolitano. De igual manera, faltas a la moral y buenas costumbres, tales como abuso verbal, vestimentas y conductas inapropiadas, faltas de respeto hacia la comisión técnica y/o ITO designada, funcionarios, empresas externas (Empresa de aseo, seguridad, etc.), usuarios y otras semejantes al interior de las dependencias de SERVIU Metropolitano.

j)    El contratista deberá consultar y ejecutar los dispositivos de protección para los peatones y vehículos que transiten en la proximidad de las faenas, así como las coordinaciones necesarias para la operación segura de maquinaria y transporte pesado o peligroso de materiales.

k)   Para el momento de la recepción final del servicio realizado, las zonas intervenidas deberán quedar limpias y libres de restos de escombro o materiales, y/o cualquier elemento ajeno a dichas zonas.

3.   ENTREGA FINAL Y RECEPCIÓN

Al término de los trabajos, el contratista deberá hacer retiro de todo el material de desecho producido durante el proceso y realizar una acabada limpieza general de las áreas afectadas, las cuales se entregarán barridas, limpias y secas, conforme a lo señalado en bases.

Todos los materiales destinados a escombros y desechos, se deben retirar del edificio en horarios que, a juicio de la comisión técnica y/o ITO, no interfieran con las labores de los funcionarios. El contratista será responsable del traslado de los residuos a botaderos autorizados.

El término de los trabajos se considerará en el momento en que se dé por recibida por la Comisión Técnica Receptora designada por Orden de Servicio de la Subdirección de Administración y Finanzas, luego de que el contratista haya realizado en su totalidad el Servicio de mantención de extintores en SERVIU Metropolitano.

4.   HORARIO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

El proveedor adjudicado, deberá considerar la ejecución de los trabajos encomendados que involucren ruidos molestos, polvo en suspensión, uso de adhesivos tóxicos o contaminantes, soldaduras y trabajos en caliente, además de otro tipo de trabajos peligrosos o riesgosos que sean de ejecución en horarios de trabajo previa coordinación con la comisión técnica y/o ITO designado, de lunes a viernes a partir de las 18:30 hrs., hasta las 7:30 hrs., del día siguiente y los fines de semana (sábados, domingos y festivos), durante las 24 horas.

Si los trabajos no involucran partidas que alteren el normal funcionamiento de las actividades de SERVIU Metropolitano, el contratista podrá ejecutar estas actividades en horarios de trabajo, esto es de lunes a viernes de 07:30 a 18:30 hrs., previa coordinación con la comisión técnica y/o la jefatura del área a intervenir.

El personal técnico de la empresa que realice los trabajos, deberá contar con todos los implementos de seguridad que exige la Ley, protocolos COVID-19, así como también, el uso de credencial y/o uniforme de la empresa.

Deberán registrar su ingreso y salida en la portería de la guardia de Serrano 45.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.