Licitación ID: 48-58-LE23
Serv. Mantenimiento Sistema Respaldo Datacenter
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA, SERVIU Metropolitano
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
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Productos o servicios
1
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Global
Cod: 72102201
Servicio de Mantenimiento Preventivo y de Reparación para Equipo Electrógeno, incluido Tablero de Transferencia y UPS, de SERVIU Metropolitano  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv. Mantenimiento Sistema Respaldo Datacenter
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar el “Servicio de Mantenimiento Preventivo y de Reparación para Equipo Electrógeno, incluido Tablero de Transferencia y UPS, de SERVIU Metropolitano”, con el propósito de mantener óptimas condiciones este equipamiento, optimizar su rendimiento y otorgar continuidad a los servicios de SERVIU Metropolitano.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-07-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 07-07-2023 16:06:47
Fecha inicio de preguntas: 07-07-2023 18:01:00
Fecha final de preguntas: 13-07-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-07-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-07-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-07-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 18-08-2023 16:09:38
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a Terreno punto 5.2.5 de las bases administrativas 12-07-2023 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1. Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Todos o parte de los antecedentes administrativos solicitados para ofertar, pueden estar acreditados en Chileproveedores, en cuyo caso no será necesario adjuntarlos a la oferta. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el propio Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la visita a terreno que se indica más adelante, y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información.
2.- 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes administrativos. Los anexos y/o documentos solicitados en el presente punto constituyen requisito obligatorio, según corresponda; en caso que los oferentes no los adjunten o éstos se presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación definitiva de los documentos solicitados en este punto, implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393 y el Decreto Ley N°211 de 1973.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los anexos, éstos constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta no será evaluada. Los documentos que se adjunten para acreditar lo solicitado en las letras a.1), b.1), c) y d), constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales” a) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N°3 “Experiencia del Oferente”, que se deberá acreditar mediante certificados debidamente firmados por la empresa a quien se prestó el servicio, contratos u órdenes de compra (en estado aceptada, si corresponden a órdenes de compra emitidas a través del Mercado Publico), o cualquier otro documento, a excepción de declaraciones juradas simples o notariales emitidas por el mismo oferente, que se hayan contratado entre los años 2018 al y 2022 y que tengan una duración de a lo menos 1 año, cuyo término debe ser anterior a la fecha de publicación de este proceso a.1) Cualquiera sea el documento que el oferente presente para acreditar su experiencia deberá considerar lo siguiente: (de lo contrario no serán considerados para la evaluación) 1. Nombre del oferente, o en su defecto, nombre del representante legal de la empresa oferente, no se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la empresa. 2. Descripción de los servicios prestados y corresponder al rubro de lo solicitado, duración de la prestación, en días, meses o años, y la fecha o año de la misma. 3. Correo o teléfono del oferente o, en su defecto, del representante legal del oferente. a.2) Solo se evaluará lo señalado en el anexo respectivo. a.3) En caso de existir discrepancia entre lo declarado en el Anexo N°3 y los documentos de respaldo, primará lo señalado en éstos últimos. b) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N°4 “Experiencia del Encargado Técnico”, en cuanto a la cantidad de trabajos realizados en el rubro de lo solicitado. b.1) La información consignada en el Anexo N°4, deberá ser debidamente acreditada mediante certificados emitidos por el mandante o contratos de prestación de servicios, en ambos casos debidamente firmados, o cualquier otro documento que acredite lo solicitado, a excepción de declaraciones juradas simples o notariales extendidas por el mismo profesional. b.2) Cualquiera sea el documento presentado para la acreditación de la experiencia declarada en el citado anexo, deberá señalar la siguiente información: (de lo contrario no se considerará para efectos de la evaluación). 1. Nombre del profesional, teléfono y/correo 2. Descripción de los servicios prestados y corresponder al rubro de lo solicitado y el año o fecha de la prestación. b.3) Solo se evaluará lo señalado en el anexo respectivo. b.4) En caso que el oferente de esta licitación sea quien emite el certificado que acredita la experiencia del Encargado(s) Técnico(s), en su calidad de empleador de éste, deberá adjuntar, además, los respaldos que acrediten que como oferente prestó los servicios declarados y aquellos que acrediten la existencia de una relación contractual con el profesional en el tiempo que fueron realizados los trabajos. b.5) En caso de existir discrepancia entre lo declarado en el Anexo N°4 y los documentos de respaldo, primará lo señalado en éstos últimos. c) Adjuntar título o certificado de título, o copia de éstos, del Encargado(s) técnico(s) descrito(s) en el Anexo N°4, emitidos por alguna universidad o instituto profesional o de técnico nivel superior, del Estado de Chile, y en caso de ser extranjero, validado por la entidad pública que corresponda, en carreras como Ingeniero Electromecánico, Ingeniero Eléctrico, Ingeniero Mecánico o afines. d) Adjuntar título o certificado de título, o copia de éstos, del ayudante(s) técnico(s), si los hubiera, emitidos por alguna universidad o instituto profesional o de técnico nivel superior o de enseñanza media industrial o técnico-profesional, del Estado de Chile, y en caso de ser extranjero, validado por la entidad pública que corresponda, en carreras relacionadas con el área eléctrica o mecánica. e) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N°5, “Garantía de los trabajos”, en el cual el oferente deberá señalar el periodo por el cual el proveedor se compromete a garantizar los servicios realizados. f) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N°6, “Nómina del Personal”, en el cual se deberá indicar el Encargado(s) Técnico(s) y Ayudante(s) Técnico(s), si los hubiera. Se hace presente que, en caso que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o no proporcionen la información solicitada o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos, declarará inadmisible o fuera de bases, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Servicio para requerir, mediante foro de aclaración de ofertas, la corrección de errores u omisiones formales, de conformidad a lo establecido en el punto 10.3 de las presentes bases y al art. 40 del Reglamento de la Ley de Compras. Aplicándose, en dicho caso, puntaje cero en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos. El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al valor total neto para el servicio requerido, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las especificaciones técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°7, formulario oferta económica. Se deben indicar todos los valores solicitados en el presente anexo, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible, asimismo, el valor total neto indicado en este Anexo debe ser coincidente con el ingresado al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el Anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar o de no ser completado y firmado íntegramente dicha propuesta no será evaluada.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Ver punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: Ver punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 60%
2 Precio u Oferta Economica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 35%
3 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.06.007
Monto Total Estimado: 8200000
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: 10.6.5. Renovación y Prórroga del Contrato de las bases administrativas
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Maurice Cepeda Grez
e-mail de responsable de contrato: mcepedag@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-29013645-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
ver punto 8 de las bases administrativas
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 09-12-2025
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes del Adjudicatario y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el porcentaje a caucionar, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del Artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras. Esta caución o garantía podrá otorgarse en forma física o electrónica, según corresponda, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 5 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. Para el caso de formato electrónico, deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Para el caso de formato físico, deberá entregarse en ella Sección Adquisiciones ubicada en Serrano 45 piso Zócalo ala sur, indicando el número de ID de la licitación.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación pública ID N°48-58-LE23.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 229013338).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
10. Otras Cláusulas

Otras Cláusulas

10.1.   Presentación de las Ofertas

Los oferentes por el sólo hecho de presentar oferta significa que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

10.2.   Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

10.3.   Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Administración y Finanzas, mediante Orden de Servicio.

Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl.

SERVIU Metropolitano podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor aplicando la siguiente metodología de evaluación:

10.3.1 Oferta Técnica (POT: 60%):

La oferta técnica considera tres sub-criterios: Experiencia del Oferente, ponderado en un 35%; Experiencia del Encargado Técnico, ponderado en un 45%; y, Garantía de los trabajos, ponderado en un 20%, todos a evaluar en una escala de 0 a 100 puntos.

a)     Experiencia del Oferente (A: 35%):

En este criterio se evaluará la experiencia del oferente, en función de la cantidad de prestaciones que haya realizado en el rubro de los solicitado, en los últimos 5 años (a partir de 2018, de acuerdo con lo señalado en el Anexo N°3, que se encuentre debidamente acreditado de acuerdo con el punto 5.2.3 letras a.1) a la a.3), de las Bases Administrativas de licitación.

 Se asignará el puntaje de la siguiente manera:

Experiencia del Oferente

Puntaje

  10 o más trabajos

100

  Entre 7 a 9 trabajos

75

  Entre 5 a 6 trabajos

50

  Entre 3 a 4 trabajos

25

  2 o menos trabajos

0

b)     Experiencia del Encargado Técnico (B: 45%):

Para la presente evaluación se considerará lo señalado por el oferente en el Anexo N°4, que se encuentre debidamente acreditado, de acuerdo a lo establecido en el punto 5.2.3 letras b.1) a la b.5), de las Bases Administrativas de licitación.

Para efectos de la evaluación, solo se considerarán a aquellos profesionales que cumplan con lo solicitado en el punto 5.2.3 letra c) de las Bases Administrativas de licitación, por tanto, si al final de ésta, no se acredita al menos 1 Encargado Técnico, la oferta quedará fuera de bases.

En caso que el oferente presente a más de un Encargado Técnico, para efectos de la evaluación, se considerará a aquel que obtenga el mayor puntaje, sin perjuicio de que, para la prestación del servicio, podrán acudir todos los encargados ofertados, que cumplan con lo señalado en el punto 5.2.3 letra c), citado precedentemente.

Se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla, y según el rubro solicitado:

Experiencia del Encargado Técnico

Puntaje

  6 o más trabajos

100

  Entre 3 a 5 trabajos

75

  2 trabajos o menos

0

c)     Garantía de los trabajos (C: 20%):

Para efectos de evaluar este criterio se considerará la información proporcionada en el Anexo N°5, la comisión evaluadora asignará el puntaje de la siguiente manera:

Garantía

Puntaje

3 meses o más de garantía

100

2 meses de garantía

80

1 mes de garantía

60

Menos de un mes, no indica o no considera garantía.

0

d)     Cálculo Puntaje Oferta Técnica

POT: (A * 0,35 + B * 0,45 + C * 0,20)

Donde:

POT: Puntaje Oferta Técnica.

∑: Suma Total

A: Experiencia del Oferente.

B: Experiencia del Encargado Técnico.

C: Garantía de los trabajos.

10.3.2. Precio u Oferta Económica (POE:35%):

Para la evaluación del presente criterio, se considerará lo indicado por el oferente en el Anexo N°7 y los subcriterios Valor Unitario Mantenimiento Preventivo Bimestral, ponderado en un 80% y Valor Ponderado por Servicio Adicional, ponderado en un 20%.

a)  Valor Unitario Mantenimiento Preventivo Bimestral (A: 80%):

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo con la siguiente fórmula, considerando el valor total NETO (sumatoria ítem 1,2, y 3) correspondiente a los 12 bimestres:

Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación) *100

Donde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas en evaluación (sumatoria ítem 1,2 y 3).

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

b)  Valor Ponderado por Servicio Adicional (B: 20%):

Cada ítem del servicio adicional tendrá una ponderación, que en su conjunto al 20% del criterio.

Ítem

Cantidad

Unidad de Medida

Descripción del ítem

4

1

Unidad

Ítem 4: Valor unitario por servicio adicional cambio de aceite sintético con filtro, equipo electrógeno según especificaciones del fabricante o representante de la marca correspondiente.

5

1

Unidad

Ítem 5: Valor unitario por servicio adicional cambio de batería del equipo electrógeno según especificaciones del fabricante o representante de la marca correspondiente.

6

1

Unidad

Ítem 6: Valor unitario por servicio adicional cambio batería equipo UPS.

Cada ítem será evaluado mediante la siguiente fórmula:

Puntaje Ítem = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación) *100

Donde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas en evaluación.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

La ponderación para este subcriterio se efectuará de la siguiente forma:

B= (ítem 1 * 0,35 + Ítem 2 * 0,35 + ítem 3 * 0,30)

Donde:

B: Valor Ponderado por Servicio Adicional.

: Suma Total.

c)     Cálculo Puntaje Total Precio u Oferta Económica.

POE = (A * 0,80 + B * 0,20)

Donde:

POE: Puntaje Precio u Oferta Económica

: Suma Total

A: Valor Unitario Mantenimiento Preventivo Bimestral.

B: Valor Ponderado por Servicio Adicional.

10.3.3. Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (CRFO: 5%):

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar, o en la instancia posterior, establecida en el párrafo quinto del punto 10.3 de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.

e)     Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio Oferta Técnica (POT) se le aplicará una ponderación de un 60%, al puntaje obtenido en el criterio precio u oferta económica (POE) se le aplicará una ponderación de un 35% y al puntaje obtenido en el criterio cumplimiento requisitos formales de la oferta (PCRFO) se le aplicará una ponderación de un 5% para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = POT * 0, 60 + POE * 0, 35 + PCRFO * 0, 05

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Oferta Técnica.

ü POE: Puntaje Precio u Oferta Económica.

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio oferta técnica. Finalmente, en caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al proveedor haya ingresado primero su oferta en la Plataforma de Mercado Público.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.   Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto  “Etapas y Plazos” de la presentes bases.

En el evento, que el monto adjudicado supere en más de un 30% al presupuesto estimado por SERVIU Metropolitano, se deberá explicitar en el acto adjudicatorio, las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, debiendo, asimismo, mantener los antecedentes para su revisión y control posterior por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.5.   Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.   Del Contrato

10.6.1.         Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.

10.6.2.                        Documentos Integrantes del Contrato

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

10.6.3.                        Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

10.6.4.                        Domicilio y Jurisdicción

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

10.6.5.           Renovación y Prórroga del Contrato

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del reglamento de la ley, y cuando las necesidades institucionales así lo requieran, el contrato para el “Servicio de Mantenimiento Preventivo y de Reparación para Equipo Electrógeno, incluido Tablero de Transferencia y UPS, de SERVIU Metropolitano”, podrá ser renovado de común acuerdo por las partes, por una única vez y al mismo precio contratado, en caso de darse una o más de las siguientes situaciones:

 

a) Cuando habiéndose declarado desierto un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano vea interrumpido el servicio o pueda quedar desprovisto del mismo.

b) Cuando tratándose de un proceso licitatorio en curso, las ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, y exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano vea interrumpido el servicio o pueda quedar desprovisto del mismo.

c) Cuando se ha revocado o invalidado total o parcialmente un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato vigente, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano vea interrumpido el servicio o pueda quedar desprovisto del mismo.

d)  Cuando previo al vencimiento del plazo del contrato, sea menester su renovación a fin de garantizar la prestación del servicio.

e) Cuando existan razones debidamente fundadas que justifiquen la renovación del contrato, las que serán expresadas en el acto administrativo que sanciona la renovación.

 

En estos casos, SERVIU Metropolitano podrá optar por la renovación del contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. En el caso de que SERVIU Metropolitano, de forma previa al término de la vigencia del contrato, opte por hacer efectiva la cláusula de renovación, deberá contar con el consentimiento del proveedor, el cual podrá ser manifestado por cualquier medio escrito. El plazo de renovación no podrá de exceder del plazo de duración del contrato primitivo.  

 

Asimismo, SERVIU Metropolitano de común acuerdo con el proveedor, podrán prorrogar el contrato por un plazo máximo de hasta seis meses, previo informe técnico fundado de la contraparte técnica. La prórroga deberá hacerse efectiva antes del término de la vigencia del contrato.  

10.7.   Responsabilidad del Oferente Adjudicado

10.7.1.            De las Obligaciones Laborales y Previsionales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién, para estos efectos,  conforme establece el artículo 183 C, del Código del Trabajo, podrá ejercer los derechos de información, en virtud del cual SERVIU Metropolitano podrá pedir informes al proveedor sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores; así como también podrá ejercer el derecho legal de retención, mediante el cual SERVIU Metropolitano estará facultado para retener los pagos que deba efectuar al proveedor, en caso que éste no haya dado cumplimiento íntegro a sus obligaciones laborales y previsionales. Incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

En conformidad a lo previsto en los incisos 3° y 4° del artículo 6° de la ley N° 21.289, que sanciona la Ley de Presupuestos del Sector Público Correspondiente al Año 2020, el proveedor, al momento de contratar con el SERVIU Metropolitano, deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que el oferente adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Servicio mientras no subsane el incumplimiento que la afecte.

Asimismo, si durante el desarrollo del contrato, el proveedor incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, determinado por la autoridad competente, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.

Si el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, SERVIU Metropolitano deberá exigirle que proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. Asimismo, en caso que el proveedor registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, SERVIU Metropolitano quedará facultado para dar por terminado el respectivo contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

10.7.2.            Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 7 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

10.7.3.            Confidencialidad y Seguridad de la Información

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.8.   De la Orden de Compra

SERVIU Metropolitano emitirá una orden de compra por el monto total del servicio adjudicado, de acuerdo con lo indicado por el adjudicatario en el Anexo N°7, para lo cual la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra a través del Portal Mercado Público.

10.9.   Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de las Órdenes de Compras respectivas. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45, comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases. La glosa de la Factura o Boleta de Honorarios deberá detallar el nombre del contrato, el ID de la licitación y el número de la Orden de Compra, el mes que presta el servicio, adjuntando:

ü  Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda, del mes anterior que se al que se presta el servicio.

ü  Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda, del mes anterior que se al que se presta el servicio.

ü  Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

ü  Copia de Orden de Compra.

ü  Acta de recepción conforme de los trabajos realizados visada por la contraparte técnica.

ü  Ficha técnica.

ü  Factura Cedible. Sólo en caso de que el Administrador del Contrato no solicite el presente documento, no será considerado para el pago respectivo; en dicho caso, el Administrador del Contrato contactará con la debida antelación y mediante correo electrónico al proveedor, para comunicar la situación, no afectando en caso alguno el debido proceso de pago.

Queda estrictamente prohibido para el proveedor emitir la Factura o Boleta de Honorarios, sin que antes SERVIU Metropolitano cuente con todos los antecedentes indicados anteriormente (a excepción de la Factura Cedible). En caso de no contar con dichos antecedentes, la Factura o Boleta de Honorarios será rechazada por SERVIU Metropolitano, dentro de los 8 días corridos a su emisión.

La Factura o Boleta de Honorarios podrá ser en soporte físico o en formato electrónico a los correos dte@chilecompra.cl y a gestionproveedores@minvu.cl. La entrega física de la Factura o Boleta de Honorarios y demás antecedentes requeridos para el pago, se efectuará en la Sección Adquisiciones, ubicada en Serrano 45, piso Zócalo ala sur, teniendo en cuenta el horario de atención de público, entre las 09:00 hrs. y las 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la Factura o Boleta de Honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.

Los pagos se harán mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Sólo en casos excepcionales, y siempre que no esté disponible el pago mediante transferencia electrónica, SERVIU Metropolitano pagará al proveedor mediante cheque nominativo.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra o en la Factura o Boleta de Honorarios.

10.10   Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, los cuales, en su conjunto no podrán superar el 10% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.

SERVIU Metropolitano aplicará las siguientes multas por retraso en plazo establecido en Niveles de servicio requeridos (SLA) para la atención de emergencias y de solución (Ver punto 6.2.1 de las Bases Técnicas)

Rangos

Multa

2 a 3 horas de atraso.

2 UF

Más de 3 horas y menos de 5 horas de atraso.

3 UF

Más de 5 horas menos de 7 horas  de atraso.

4 UF

Más de 7 horas de atraso.

5 UF

ü  Si en inspecciones de la Contraparte Técnica, se detecta que la empresa adjudicada no cumple adecuadamente los servicios solicitados, se aplicará una multa de 5 UF por cada evento respectivo.

ü  En algún caso que se detecte que la empresa, que realiza las mantenciones del servicio efectúe un mal diagnóstico de alguna falla, o que proponga reemplazar algún repuesto o elemento que no tenga que ver con la verdadera falla del equipo, se aplicará una multa de 5 UF por cada equipo respectivo.

ü  Se aplicará una multa de 5 UF por cada equipo si se detectan fallas debido a una mantención negligente por parte de la empresa, a juicio del Encargado de Administración de Contrato.

ü  Se aplicará una multa de 5 UF por cada falta a la moral (acciones indecentes, indecorosas, indignas o sin pudor), acoso o maltrato verbal y/o sexual al interior de dependencias de SERVIU Metropolitano.

ü  Se aplicará una multa de 2,5 UF por cada no cumplimiento en la planificación según lo indicado en el punto 4 de las bases técnicas.

ü  Se aplicará una multa de 2,5 UF por cada falta de implementos según lo indicado en el punto 5 de las bases técnicas.

ü  Se aplicará una multa de 2,5 UF en caso de comprobarse la pérdida, robos o daños en los bienes de SERVIU Metropolitano, que les sean imputables al adjudicatario.

ü  Se aplicará una multa de 2,5 UF por cualquier otro incumplimiento de las bases administrativas o técnicas.

El Subdirector de Administración y Finanzas notificará al proveedor por escrito que se cursará multa la cual, el proveedor podrá realizar una apelación fundada a esta.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Subdirector de Administración y Finanzas notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Subdirector de Administración y Finanzas, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso.

10.11. Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.12   Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)     Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)     En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

b.1)          No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.

b.2)          No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.

b.3)          No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.

b.4)          Aplicar multas que, en su conjunto, superen el 10% del monto total del contrato.

b.5)          No dar cumplimiento a lo establecido en el punto 10.7.2, de las presentes bases administrativas, en relación a la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

b.6)          En caso de que el adjudicatario incurriera en 10 (diez) o más incumplimientos, de lo indicado en el punto 10.14.- “Seguridad y Salud Laboral en Dependencias de SERVIU Metropolitano” de las bases administrativas.

b.7)          Si el adjudicatario no presta los servicios contratados durante 2 meses corridos, sin justificación y autorización previa de SERVIU Metropolitano.

c)     Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

d)     En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

e)     Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f)      Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.13. Contraparte técnica

La contraparte técnica de SERVIU Metropolitano corresponderá al Administrador del contrato o a quien el designe, el que realizará las siguientes actividades:

ü  Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del contrato y de todos los aspectos considerados en las presentes bases de licitación.

ü  Comunicarse por cualquier vía con la contraparte técnica de la empresa a efecto de informar las observaciones de forma y fondo sobre el desarrollo del servicio prestado, pudiendo establecer las debilidades detectadas a fin de mejorar el servicio.

ü  Autorizar aumento o disminución del contrato.

ü  Fiscalizar el cumplimiento de los antecedentes que la empresa debe ingresar según lo indicado en el apartado “Rotación de Personal”.

ü  Elaborar acta de recepción conforme.

ü  Las demás que encomienden las presentes bases.

El responsable técnico, para la ejecución del contrato, que tendrá a lo menos, las siguientes funciones:

ü  Representar al adjudicatario en las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

ü  Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de contrato.

ü  Velar por el cumplimiento oportuno de la prestación del servicio.

ü  Tener en consideración las medidas de seguridad personal y físicas relativas, entre estas se consideran las contenidas en la legislación laboral en vigencia.

ü  Comprometer o ejecutar soluciones en el más breve plazo, sobre las debilidades o deficiencias en el desarrollo del servicio prestado que le comunique la contraparte SERVIU Metropolitano.

ü  Supervisar la ejecución de las mantenciones preventivas.

ü  Atender urgencias o imprevistos que los Usuarios requiera.

Todo cambio relativo a esta designación, deberá ser informado a SERVIU Metropolitano, por el representante legal de adjudicatario a más tardar dentro de 24 horas siguientes de efectuado.

10.14.            Seguridad y Salud Laboral en Dependencias de SERVIU Metropolitano

En cumplimiento a la legislación vigente en materia laboral y previsional, se especifican las siguientes normas que regulan la salud ocupacional, la seguridad e higiene industrial y el medio ambiente, para todas las empresas que trabajen en las dependencias de SERVIU Metropolitano, destinado a proteger a todos los trabajadores, funcionarios, personal contratado a honorarios y personal que labora bajo los regímenes de subcontratación y de servicios transitorios, que trabajan en sus instalaciones:

 

Normativa específica:

ü  Ley N° 20.123, Ley de Subcontratación, del 05 de octubre de 2006.

ü  Ley N° 16.744, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 23 de enero de 1968, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Sus Reglamentos y Decretos complementarios.

ü  Decreto Supremo Nº 40, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 11 de febrero de 1969, Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales.

ü  Decreto Supremo Nº 54, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 21 de febrero de 1969, Aprueba el Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

ü  Decreto Supremo Nº 76, del 14 de diciembre de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Aprueba Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N°16.744 sobre Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

ü  Toda la normativa y legislación que le aplique, según corresponda al desarrollo de actividades con SERVIU Metropolitano.

Normativa complementaria:

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios a las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir a sus trabajadores.

ü  D.S. Nº 85/2007, de V. y U., Manual de Inspección Técnica de Obras, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

ü  D.S. Nº 594, de 15 de septiembre de 2000, del Minsal, que aprueba reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

ü  Recomendaciones de actuación en los lugares de trabajo en el contexto COVID-19.

ü  D.F.L. Nº 1, Mintrab, del 31 de julio del 2002, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado el Código del Trabajo.

ü  Guía para la Confección del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas, Inscripción Registro Propiedad Intelectual Nº 162.116, Mutual de Seguridad C.Ch.C., 2007.

ü  Reglamento Especial de Seguridad y Salud en el Trabajo para Empresas Contratistas y Subcontratistas y/o Empresas de Servicios Transitorios, que Prestan Servicios Bajo el Régimen de Subcontratación en los Organismos del Sector Vivienda a Nivel Nacional, aprobado por Resolución Exenta N° 2156/2015.

ü  Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, Ministerio de Vivienda y Urbanismo a nivel nacional, derogando el anterior y actualizado por la Resolución Exenta N° 2159/2015.

ü  Aprueba las Bases del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y Mejoramiento de Ambientes Laborales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, aplicable al MINVU, las SEREMI y los SERVIU, aprobada por Resolución Exenta N° 2157/2015.

ü  Guía Técnica de Estándares en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo - SERVIU Metropolitano.

ü  Resoluciones Exentas Nº 938/00, de V. y U., y Nº 387/00, de V. y U.

Exigencias por contingencia Pandemia COVID-19

El proveedor adjudicado y/o contratista, deberá considerar que producto de la pandemia COVID-19, debe dar estricto cumplimiento a todas las exigencias, medidas, instrucciones y acciones emanadas por las autoridades sanitarias normativa del Ministerio de Salud, Superintendencia de Seguridad Social, Inspección del Trabajo, entre otros, a fin de establecer las medidas preventivas a realizar para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19. Sobre ello, toda empresa Contratista y/o Subcontratista que ejecute trabajos deberá:

ü  Disponer de un Plan de Acción COVID-19, siguiendo las recomendaciones de actuación en los lugares de trabajo, emitidas por el Ministerio de Salud, disponibles en www.minsal.cl.

ü  Dar cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Dirección del Trabajo, Superintendencia de Seguridad Social, entre otros.

ü  Informar a los trabajadores sobre los riesgos del COVID-19:  capacitar, dotar de implementos de seguridad, promover acciones según recomendaciones establecidas.

ü  Asegurar la limpieza e higiene del lugar de trabajo.

ü  Generar acciones frente a situaciones relacionadas con COVID-19: protocolos de actuación frente a casos presentados en lugar de trabajo.

ü  Mantener registros y medios de verificación del cumplimiento de estas medidas y recomendaciones.

Marco Legal

ü  Código Sanitario. Artículo 9 letra b) establece como facultad de la Autoridad Sanitaria dictar dentro de las atribuciones por el presente Código, las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento. Artículo 67: Corresponde la Autoridad Sanitaria velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes.

ü  Decreto Nº4 del 05 de febrero de 2020 sobre Alerta Sanitaria por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote de COVID-19 (modificado por decreto N° 6/2020 y prorrogado por el decreto N° 10/2023). Artículo 3° N° 8 faculta a la autoridad sanitaria para disponer la prohibición de funcionamiento de los establecimientos y lugares de trabajo que pongan en peligro a las personas que trabajan o asistan a ellos. Artículo 3 N° 23 faculta a la Autoridad Sanitaria para ordenar la utilización de mascarillas y otros dispositivos médicos afines en el transporte público, salas de clases, lugares de trabajo y, en general, cualquier otro lugar de acceso público o donde exista aglomeración de personas.

ü  D. S. Nº 594 Reglamento sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo” Artículo 3°: La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella. Artículo 37, inciso primero: Deberá suprimirse en los lugares de trabajo cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores.

ü  Ley 16.744 “Ley de Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales”, Artículo 68, establece que “Las empresas o entidades deberán implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que les prescriban directamente la Autoridad Sanitaria”.

10.15 Liberaciones de Presupuesto.

Las liberaciones que se generen de los montos asociados a la mantención preventiva, podrán ser utilizados en aumentar la disponibilidad de la mantención correctiva.

Bases Técnicas

Bases Técnicas

  1. Descripción del servicio

SERVIU Metropolitano requiere contratar el “Servicio de Mantenimiento Preventivo y de Reparación para Equipo Electrógeno, incluido Tablero de Transferencia y UPS”, con el fin de optimizar el rendimiento y dar continuidad a los servicios.

Las presentes bases técnicas tienen por objetivo dar a conocer las condiciones, exigencias, requisitos y establecer requerimientos mínimos que deben contener la propuesta técnica

El horario en el cual debe ser ejecutado el servicio se detalla a continuación:

Turno

Horario

Lunes a Jueves  

Desde las 15:00 horas hasta las 20:00 horas.

El adjudicatario presentará el servicio bimestral, en las dependencias que se indican a continuación:

DESCRIPCIÓN DEL EQUIPO

CANTIDAD

DIRECCIÓN

MARCA

MODELO

SERIE

Equipo Electrógeno

1

Serrano N°45

DIVERMAQ

GHWS-22 (30 KVA)

N-100701222

Tablero de transferencia

1

Serrano N°45

Genérico

Genérico

S/N

Equipo UPS

1

Serrano N°45

ZIGOR

SAI VOLGA 10000 (10 KVA)

S/N

  1. Servicios Mínimos Exigidos

Se considera como labores bimestrales al siguiente conjunto de actividades:

Mantenimiento Bimestral

Equipo Electrógeno

Revisar terminales baterías y nivel de electrolito + carga

Revisión y aseo de bornes

Chequear nivel de combustible en el estanque, mantener con capacidad de al menos un 75%, verificar presencia de agua

Chequear restricción de prefiltro de combustible de motor, verificar presencia de agua y residuos, despichar

Chequear funcionamiento del motos posible filtraciones de lubricantes, refrigerantes y/o combustible.

Realizar limpieza general en todos los elementos y compartimentos mediante soplado con aire comprimido

Chequear presión de combustible

Medir temperatura de los gases de escape

Realizar revisión de fugas en el ducto de evacuación de los gases del escape

Realizar revisión de estanqueidad de sistema de inyección

Realizar revisión y reaprieta conectores eléctricos

Revisar la conexión externa a conectores de carga

Realizar pruebas de funcionamiento de partida y parada automática

Suministrar refrigerante recomendado por fabricante

Realizar medición de potencia de salida bajo carga de voltaje y de potencia, a fin de asegurar que todos los valores de voltaje, corriente y potencia se encuentran en los rangos nominales.

Comprobación y aprieta de conductores del sistema de control de grupo-tablero de transferencia

Limpieza general en todos los elementos y compartimentos mediante soplado de aire comprimido

Tablero de transferencia

Comprobación y aprieta de conductores de sistema de fuerza, interruptor automático de carga, pupitres y tableros

Chequeo de funcionamiento de instrumentación

Prueba de correcta transferencia entre tablero y grupo electrógeno

Prueba de sincronía, transferencia, re transferencia y corte de entrada

Medición fototérmica para ver el puntos de calor

UPS

Revisión de nivel de carga de la batería

Prueba de funcionamiento con carga

Verificación de señalizaciones de alarma

Verificación de parámetros operativos

Verificación de funcionamiento de ventiladores

Limpieza general en todos los elementos y compartimentos mediante soplado con aire comprimido

Medición de voltaje por celda del banco de baterías

Reapriete de conexiones de limpieza

Reapriete de conexiones de control y potencia

Revisión de condiciones de herrajes, cableados, motores, ventiladores, etc.

Revisión y estado de componentes

Pruebas de sincronía, transferencia, re transferencia, corte de entrada

Prueba de autonomía del banco de baterías, etc.

  1. Reparación de Equipo y Periféricos

Si el equipo presenta desperfecto o falla técnica, o su instalación no cumple con las normas vigentes y se hace necesario cambiar algunos componentes, o ajustar a la norma vigente de la SEC y de la instalación del equipo, el proveedor deberá emitir un informe de diagnóstico, indicando la falla que presenta, la solución del problema, las partes y/o piezas a reparar o remplazar según sea el caso, y el presupuesto detallado.

Estos antecedentes deberán ser entregados a la Contraparte Técnica quien dará su V°B° para la aprobación de los trabajos a realizar y solicitará a la Sección de Adquisiciones de SERVIU Metropolitano, mediante formulario de compra, emitir una orden de compra.

Una vez aprobado el presupuesto por la Contraparte Técnica de SERVIU Metropolitano, se emitirá a través del Portal Mercado Público, una orden de compra al proveedor por la reparación del equipo, para lo cual tendrá un tiempo máximo de solución de 48 horas, después de aceptada dicha orden de compra, salvo que en caso justificado dicha reparación tome un tiempo mayor al señalado, no se dará curso al cobro de la multa correspondiente (ver punto 10.10 “Multas”).

 

El proveedor sólo podrá efectuar la(s) reparación(es) una vez que reciba y acepte la respectiva orden de compra emitida por SERVIU Metropolitano, y la facturación deberá realizarse una vez terminados los trabajos, y luego de la recepción conforme de la Contraparte Técnica. 

Para cada mantenimiento correctivo, los técnicos que lo realicen deberán confeccionar un informe técnico, el que deberá ser entregado en original a la contraparte técnica.

            SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de rechazar los presupuestos presentados por el oferente, cuando habiéndose consultado el mercado, éstos excedan sus valores injustificadamente. En este caso, el oferente deberá presentar un nuevo presupuesto en un plazo no mayor a los 3 días hábiles, luego de notificado el rechazo.

            El proveedor deberá garantizar los repuestos de cualquier tipo de fallas durante 1 año, y su eventual nuevo remplazo será sin costo para el Servicio, dentro de ese periodo.

  1. Programación de Trabajos

El adjudicado deberá entregar a la Contraparte Técnica de SERVIU Metropolitano, la programación de trabajos, junto con la metodología de trabajo, que incluya la descripción de la ejecución. Lo anterior deberá ser entregado a lo más dentro de los 10 días hábiles siguientes a la emisión de la Orden de Compra, salvo que en caso justificado este plazo se extienda, no se dará curso al cobro de la multa correspondiente (ver punto 10.10 “Multas”).

Se deberá considerar que las fechas para las actividades solicitadas dentro del mes que corresponda, podrán variar en la ejecución de los servicios, en razón con su ejecución debe coordinarse previamente con la Contraparte Técnica, el que podrá modificar las fechas, pero no la frecuencia mínima propuesta de acuerdo a la necesidad del servicio.

  1. Implementos y Equipamiento

Los implementos a utilizar por el adjudicatario deberán ser de calidad comprobada y adecuados para los trabajos requeridos. Estos serán revisados por SERVIU Metropolitano a través de la persona que se designe para tales efectos.

Todo implemento o equipamiento utilizado en la ejecución de los trabajos deben mantenerse en perfectas condiciones de uso y de seguridad, SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de exigir el cambio de algún implemento, si este no cumple con los estándares requeridos.

SERVIU Metropolitano requerirá como mínimo los siguientes implementos:

Materiales, Implementos y Herramientas Mínimos para el Servicio

Materiales

Detergentes

Grasas y otros lubricantes

Paños

Filtro

Golillas

Seguros Seger

Pernos

Tuerzas

Implementos

Casco de seguridad dieléctrico con barbiquejo

Buzo o tenida con el nombre y/o logotipo de la empresa

Lentes de seguridad

Guantes de cuero y otro material, dependiendo el trabajo a realizar

Mascarillas con filtros adecuados

Herramientas

Juego de destornilladores

Juego de llaves

Multitester

Alicates

6. Presentación, Competencias y Plan de Trabajo

6.1           Presentación

El personal del adjudicatario deberá presentarse debidamente uniformado, debiendo contar con un distintivo de la empresa adjudicada, calzado y equipamiento de seguridad adecuada para la labor encomendada.

El personal deberá contar con una credencial de identificación con su nombre, fotografía, RUT, nombre del Adjudicatario, que debe permanecer visible en todo momento.

Todos los materiales, implementos, herramientas y uniformes deberán ser proporcionados y mantenidos por el contratista a su exclusivo cargo y costo.

El personal del adjudicatario deberá mantener un comportamiento respetuoso en su trato con los funcionarios de SERVIU Metropolitano y en general con todas las personas que se encuentren en sus dependencias. Además, deberán ejecutar su trabajo ordenadamente, sin gritos ni silbidos.

6.2     Servicio de emergencia

El proveedor adjudicado deberá disponer de un servicio de emergencias 24x7 que deberá funcionar durante la vigencia del contrato. Para esto, el adjudicado deberá indicar un número telefónico y un correo electrónico de contacto.

6.2.1. Niveles de servicio requeridos (SLA)

Tiempo máximo de respuesta: Es el tiempo que media desde que al técnico se le notifica un reporte de falla o emergencia hasta que llegue a la ubicación física del equipo con problema. El tiempo máximo de respuesta es de dos (2) horas, de lo contrario, se aplicarán las multas correspondientes (ver punto 10.10 “Multas”).

Tiempo máximo de solución: En caso de reportarse una falla, ésta deberá ser reparada en un plazo máximo de doce (48) horas, desde la emisión de la Orden de Compra.

En el caso de que la falla implique cambio de partes (s), pieza (s), el equipo deberá ser reparado en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas, desde la emisión de la Orden de Compra, este plazo puede variar en casos justificados y aprobados por la contraparte técnica.

Horario hábil: El horario de SERVIU Metropolitano es de lunes a jueves de 08:30 a 17:30 y viernes de 8:30 a 16:30 horas.

6.3        Inspecciones

SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de hacer inspecciones para verificar el cumplimiento del contrato. Para tales efectos, se solicitará el apoyo de profesionales especializados del Servicio.

Se inspeccionará al personal técnico que estén trabajando con uniforme corporativo y todos sus implementos de seguridad personal.

6.4       Personal técnico

El personal deberá usar uniforme corporativo y todos sus implementos de seguridad personal como por ejemplo zapatos de seguridad, guantes, máscara anti gases, implementos de medición de gases y olores, y todas las herramientas necesarias para la ejecución de una exitosa mantención.

El sistema de registro para controlar la asistencia del personal de la empresa a las instalaciones de la planta y los trabajos realizados será definido por el SERVIU Metropolitano una vez iniciada la prestación. Este sistema de control establecido deberá ser respetado por la empresa.

La empresa contratada debe hacer entrega dentro de los primeros 10 días hábiles desde la emisión de la Orden de Compra, el RUN y número telefónico del personal técnico que tendrá acceso a las instalaciones.

Para solicitar cambio por parte del SERVIU: El SERVIU Metropolitano durante la ejecución del contrato se reserva el derecho de disponer el cambio de uno o más de los integrantes del personal que presta los servicios, si no cumplen con lo indicado en las presentes bases de licitación o los servicios prestados por éstos no fueren satisfactorios en los términos que exigen las presentes bases y la normativa vigente. Tal disposición será informada al adjudicatario mediante correo electrónico por la Contraparte Técnica. El procedimiento de cambio no pude durar más de 10 días corridos una vez informada la empresa, en el intertanto el adjudicatario deberá adoptar las medidas correspondientes para que el servicio se preste según lo indicado en las bases técnicas.

Para solicitar cambio por impedimentos fundados: Si durante la vigencia del contrato alguno de los técnicos residentes tuviera impedimentos fundados para no realizar el trabajo encomendado. Este proceso de cambio de profesional no puede durar más de 5 días hábiles una vez informado mediante carta ingresada por oficina de partes o correo electrónico al Encargado de Seguridad, en el intertanto el adjudicatario deberá adoptar las medidas correspondientes para que el servicio se preste según lo indicado en las bases técnicas.

Para solicitar cambio por motivos de vacaciones: el proveedor debe ingresar carta por oficina de partes o informar mediante correo electrónico a la Contraparte Técnica, con al menos 20 días hábiles de anticipación para su respectiva evaluación. De lo contrario se procederá a aplicar una multa leve.

Para solicitar cambio por motivo de renuncia/Desvinculación/licencias médicas: El proveedor debe ingresar carta por oficina de partes o informar mediante correo electrónico a la Contraparte Técnica, al día siguiente de informada dicha renuncia, desvinculación o licencia en la cual se debe informar el remplazante por al menos 5 días hábiles mientras se resuelve en forma definitiva dicha contingencia. Si después de dicho plazo no se ha regularizado la situación se procederá a aplicar una multa leve.

En el caso de que cualquier personal de la empresa no pudiese concurrir a realizar sus funciones en los horarios establecidos, será responsabilidad de la empresa designar personal que cubra el mismo día y el horario establecido. Además, deberá informar a la Contraparte Técnica de esta situación indicando nombre del funcionario inasistente y quien realizará el reemplazo, el cual debe cumplir con los mismos requisitos que el sustituido.

Para cualquier ingreso de un nuevo residente técnico por las causas indicadas anteriormente, la empresa podrá proponer su reemplazo por otro de igual nivel o superior, adjuntando los antecedentes que acrediten que la nueva contratación cumple con las mismas exigencias establecidas en las bases del llamado de licitación y la misma experiencia acreditada. Así como también, en el caso de los guardias, éstos deberán contar con el seguro de vida correspondiente.

El proveedor no podrá cambiar a alguno de los técnicos residentes sin previo aviso a la Contraparte Técnica.  En caso de que la empresa realice el cambio, deberá hacer llegar los antecedentes que certifiquen formación y experiencia del nuevo personal técnico de acuerdo a lo señalado en las bases de licitación, los que no pueden ser de inferior o diferente calidad a los evaluados para la adjudicación.

La empresa contratada será responsable y deberá indemnizar a su costo los daños deterioros o pérdidas, que pueda causar su personal en los recintos del edificio o mobiliario de oficina durante el desempeño de sus labores. Responderá igualmente del hecho propio de sus dependientes y que constituyan delito o generen menoscabo patrimonial al Servicio.

6.5        Ficha técnica

Todas las visitas realizadas por el proveedor deberán ser registradas en una ficha técnica que será facilitada para tal efecto por la Contraparte Técnica, quien acompañará al proveedor en cada visita.

6.6       Servicios adicionales

Serviu Metropolitano podrá solicitar los servicios adicionales de acuerdo a los valores ofertados por el proveedor adjudicado. Dichos servicios serán requeridos mediante orden de compra se acuerdo a las necesidades del SERVIU Metropolitano.