Licitación ID: 48-62-LE22
Servicio de Reparaciones y Mantenciones SERVIU RM
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA, SERVIU Metropolitano
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Instalación o reparación de paredes 1 Global
Cod: 72101607
Servicio de suministro de reparaciones y mantenciones menores para Edificios de SERVIU Metropolitano, según especificaciones técnicas adjuntas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Reparaciones y Mantenciones SERVIU RM
Estado:
Revocada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar el “Servicio de suministro de reparaciones y mantenciones menores para Edificios de SERVIU Metropolitano”, con el propósito de apoyar las labores de mantención y reparación de la infraestructura de las dependencias de SERVIU Metropolitano, donde sus funcionarios realizan sus labores.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 01-12-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 18-11-2022 16:52:23
Fecha inicio de preguntas: 18-11-2022 20:01:00
Fecha final de preguntas: 24-11-2022 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-11-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 01-12-2022 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 01-12-2022 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 23-01-2023 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 22-02-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Punto 5.2.5 Visita a terreno optativa, de Bases Administrativas 23-11-2022 10:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1. Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Todos o parte de los antecedentes administrativos solicitados para ofertar pueden estar acreditados en ChileProveedores, en cuyo caso no será necesario adjuntarlos a la oferta. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimientos y plazos señalados en el propio Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la visita a terreno que se indica más adelante, y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información.
2.- 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. En caso contrario, al ser requisito obligatorio, los oferentes que no los adjunten o los presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación definitiva de los documentos solicitados, implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, y el Decreto Ley N° 211, de 1973.
Documentos Técnicos
1.- Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los anexos, éstos constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura de la presente licitación. En el caso de los Anexo N°3 y N°4 constituyen requisitos de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, dicha propuesta no será evaluada. Mientras que, los documentos solicitados como respaldo de la información solicitada en los anexos constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, o si la comisión requiere aclaración de ellos, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. a) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°3,” Experiencia del Oferente”, la cual considera la cantidad de contratos realizados durante los últimos tres años (desde octubre de 2019 hasta antes de la fecha de publicación de la presente licitación) y cuyo monto total (IVA incluido) debe ser igual o mayor a cinco millones ($5.000.000), las que deberán corresponder a la naturaleza de este proceso, vale decir, obras menores, reparaciones, pintura, gasfitería, etc. a.1) La información consignada en el Anexo N°3 deberá ser debidamente acreditada mediante certificados emitidos por el mandante, contratos de prestación de servicios, en ambos casos debidamente firmados, (de lo contrario no serán considerados) u órdenes de compra con estado “recepción conforme”, cuando sean emitidas a través del Portal de Mercado Público. a.2) Cualquiera sea el documento, de los señalados precedentemente, para la acreditación de la experiencia, deberá señalar la siguiente información: (de lo contrario no se considerará para efectos de la evaluación). 1. Nombre del oferente, o en su defecto, a nombre del representante legal de ésta, no se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la empresa. 2. Especificar el servicio prestado debiendo éste corresponder al rubro de lo solicitado. 3. Solo se evaluará la experiencia indicada en el anexo y que se encuentre dentro del rango de tiempo y monto solicitado. 4. Sin perjuicio de lo señalado en el punto anterior, en caso de discrepancia en relación al tiempo en que fueron realizados los trabajos y el monto de la contratación, entre lo indicado en el anexo y los documentos de respaldo, primará lo señalado en estos últimos. b) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°4 “Garantías”, en el cual el oferente deberá indicar el plazo de garantía que ofrecerá por los trabajos realizados y el plazo de garantía que ofrecerá por los materiales que eventualmente deba ocupar. Las ofertas que presenten plazos de garantías por trabajos menores a 6 meses serán declaradas fuera de bases, mientras que, las garantías por materiales menores a 3 meses, también serán declaradas fuera de bases. Se hace presente que, en caso de que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o no proporcionen la información solicitada o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos o dejará fuera de bases la oferta, según corresponda.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder a la suma del costo directo por la mano de obra de gasfitería más electricidad más carpintería más pintura más jornal. Deberán estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales, y corresponderá al valor que sea ingresado en el Portal Mercado Publico. Estos valores deben ser de costo directo (no incluir gastos generales ni utilidades ni materiales ni impuestos). Completar, firmar y adjuntar Anexo N°5, Oferta Económica, para cada valor de mano de obra. Los valores ingresados en este anexo deben ser coincidentes con los ingresados al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el anexo. Dicho anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada. Finalmente, el oferente deberá indicar los precios unitarios netos requeridos en el itemizado por reparación, cambio o instalación. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, o de presentarse incompleto, dicha propuesta será rechazada.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Revisar punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado de las Bases Administrativas
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: Revisar punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado de las Bases Admisnitrativas
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación” de las presentes Bases. 50%
2 Precio u Oferta Economica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación” de las presentes Bases. 45%
3 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación” de las presentes Bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.06.001
Monto Total Estimado: 15000000
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Ver Punto 10.6.5. Renovación y Prórroga del Contrato
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Rene Valencia
e-mail de responsable de contrato: rvalencia@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-29013645-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Revisar Punto 8. Duración del Contrato, Modalidad de Pago y Subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 22-05-2024
Monto: 5 %
Descripción: Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente y, en su defecto, en formato físico, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 7 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. En caso que la garantía se presente formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en la Sección Adquisiciones del Depto. de Servicios Generales, ubicada en Serrano N° 45, piso zócalo - ala norte, indicando el número de ID de la licitación.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación pública ID N°48-62-LE22. En el caso del vale vista la glosa deberá estar escrita al reverso del documento, o bien, en un documento adjunto debidamente firmado por el oferente de la presente licitación.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato será devuelta una vez ejecutadas de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso (se puede consultar al teléfono 2 2901 3338).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
10. Otras Cláusulas

10.       Otras Cláusulas

10.1.   Presentación de las Ofertas

Los oferentes por el sólo hecho de presentar oferta significa que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

10.2.   Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen cumplido con todos los requisitos de admisibilidad (ver puntos 5.2.3 y 5.2.4 de las bases administrativas de licitación).

10.3.   Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Administración y Finanzas, mediante Orden de Servicio.

Los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl.

SERVIU Metropolitano podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:

10.3.1 Oferta Técnica (OT)

Este criterio tiene una ponderación total del 50% y considera tres subcriterios: la Experiencia del Oferente (ponderación 30%), Garantía de los trabajos (35%) y Garantía de los Materiales (35%) a evaluarse en una escala de 0 a 100 puntos.

  1. Experiencia del Oferente (A):

Se evaluará en consideración a la información proporcionada por el oferente en el Anexo N°3 y que cumpla con lo solicitado en el punto 5 .2 .3 en sus numerales a.1) y a.2) de las Bases Administrativas de licitación. La Comisión Evaluadora asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente detalle:

Criterio

Puntaje

7 o más contratos

100

Entre 4 y 6 contratos

75

Entre 2 y 3 contratos

30

1 o no presenta o no acredita contratos

0

  1. Garantía de los trabajos (B):

Se evaluará en consideración a la información proporcionada por el oferente en el Anexo N°4 y la Comisión Evaluadora asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente detalle:

Criterio

Puntaje

24 o más meses

100

Entre 13 y 23 meses

75

Entre 6 y 12 meses

30

Menos de 6 meses

FUERA DE BASES

  1. Garantía de Materiales (C):

Se evaluará en consideración a la información proporcionada por el oferente en el Anexo N°4 y la Comisión Evaluadora asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente detalle.

                                                      

Criterio

Puntaje

12 meses o más

100

Entre 7 y 11 meses

75

Entre 3 y 6 meses

50

Menos de 3 meses

FUERA DE BASES

  1. Cálculo Puntaje Oferta Técnica (POT):

POT= ((A *0.30) + (B*0.35) +(C*0.35))

Donde:

POT: Puntaje Oferta Técnica

A: Experiencia del Oferente

B: Garantía de los trabajos

C: Garantía de Materiales

10.3.2 Oferta Económica (OE)

Este criterio tiene una ponderación total del 45% asignándose puntaje de acuerdo con la siguiente forma:

                       A= (Oferta menor valor / Oferta en Evaluación) x 100

Donde:

ü  Oferta Menor Valor: Es la oferta cuyo monto de mano de obra corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü  Oferta en Evaluación: Es la oferta específica que es objeto de evaluación.

10.3.3 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (CRFO):

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar o en la instancia posterior, establecida en el párrafo quinto del punto 10.3 de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.

Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio Oferta Técnica (POT) se le aplicará una ponderación de un 55 %, al puntaje obtenido en el criterio precio (POE) se le aplicará una ponderación de un 45 % y al puntaje obtenido en el criterio cumplimiento requisitos formales de la oferta (PCRFO) se le aplicará una ponderación de un 5% para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = POT * 0, 50 + PPOE * 0,45 + PCRFO * 0, 05

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Oferta Técnica.

ü POE: Puntaje Oferta Económica.

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. Si aún se mantuviere el empate, se preferirá al oferente que haya obtenido el primer lugar en el subcriterio Experiencia del Oferentes; y en última instancia, al que haya obtenido mayor puntaje en el subcriterio Garantía de los trabajos. Con todo, si luego de haber recurrido a todas las fórmulas anteriores, persistiere el empate, se adjudicará la licitación al proveedor que haya ingresado primero su oferta en la Plataforma de Mercado Público.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.   Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50 % al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.

10.5.   Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.   Del Contrato

10.6.1.         Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.

10.6.2.                        Documentos Integrantes del Contrato

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

10.6.3.            Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

10.6.4.            Domicilio y Jurisdicción

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

10.6.5.           Renovación y Prórroga del Contrato

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del reglamento de la ley y cuando las necesidades institucionales así lo requieran, el contrato podrá ser renovado de común acuerdo por las partes, por una única vez y al mismo precio contratado, en caso de darse una o más de las siguientes situaciones:

 

  1. Cuando habiéndose declarado desierto un proceso licitatorio en curso y se estime necesario proceder a la renovación del contrato, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano vea interrumpido el servicio o pueda quedar desprovisto del mismo.

  1. Cuando tratándose de un proceso licitatorio en curso, las ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, y exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano vea interrumpido el servicio o pueda quedar desprovisto del mismo.

  1. Cuando se ha revocado o invalidado total o parcialmente un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato vigente, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano vea interrumpido el servicio o pueda quedar desprovisto del mismo.

  1. Cuando previo al vencimiento del plazo del contrato, sea menester su renovación a fin de garantizar la no interrupción de la prestación del servicio.

Las razones que se aduzcan deberán ser debidamente fundadas, justificando la renovación del contrato, lo que será expresado en el acto administrativo que sanciona la renovación.

En estos casos, SERVIU Metropolitano podrá optar por la renovación del contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. En el caso de que SERVIU Metropolitano, de forma previa al término de la vigencia del contrato, opte por hacer efectiva la cláusula de renovación, deberá contar con el consentimiento del proveedor, el cual podrá ser manifestado por cualquier medio escrito. El plazo de renovación no podrá de exceder del plazo de duración del contrato primitivo.  

 

Asimismo, SERVIU Metropolitano de común acuerdo con el proveedor, podrán prorrogar el contrato por un plazo máximo de hasta seis meses, previo informe técnico fundado de la contraparte técnica. La prórroga deberá hacerse efectiva antes del término de la vigencia del contrato.

10.7.   Responsabilidad del Oferente Adjudicado

10.7.1.            De las Obligaciones Laborales y Previsionales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quien, para estos efectos, conforme establece el artículo 183 C del Código del Trabajo, podrá ejercer los derechos de información, en virtud del cual SERVIU Metropolitano podrá pedir informes al proveedor sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores; así como también podrá ejercer el derecho legal de retención, mediante el cual SERVIU Metropolitano estará facultado para retener los pagos que deba efectuar al proveedor, en caso que éste no haya dado cumplimiento íntegro a sus obligaciones laborales y previsionales. Incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

En conformidad a lo previsto en los incisos 3° y 4° del artículo 6° de la ley N° 21.395, que sanciona la Ley de Presupuestos del Sector Público Correspondiente al Año 2022, el proveedor, al momento de contratar con el SERVIU Metropolitano, deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que el oferente adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Servicio mientras no subsane el incumplimiento que la afecte.

Asimismo, si durante el desarrollo del contrato, el proveedor incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, determinado por la autoridad competente, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.

Si el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, SERVIU Metropolitano deberá exigirle que proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. Asimismo, en caso que el proveedor registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, SERVIU Metropolitano quedará facultado para dar por terminado el respectivo contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

10.7.2.            Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases dentro de los 7 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

En caso de cobro de la garantía, por alguna circunstancia, que no signifique el cese de contrato, el proveedor deberá renovarla dentro del plazo de siete días hábiles siguientes a su cobro, so pena de dar por terminado anticipadamente el contrato sin indemnización.

En el evento en que se acuerde la prórroga o renovación del contrato, el proveedor deberá acompañar una nueva garantía de fiel cumplimiento por el plazo, monto y en los mismos términos exigidos para el contrato original.

De acuerdo con lo contemplado en el artículo 68 inciso 2º del Reglamento de la ley, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento caucionará el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del proveedor.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

10.7.3.            Confidencialidad y Seguridad de la Información

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.8.   De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra al proveedor seleccionado a través del Portal Mercado Público, considerando el valor total del servicio requerido. Esta Orden de Compra, deberá ser aceptada por el proveedor, pero no constituye obligación de pagar el total del monto.

10.9.   Del Pago

La orden de compra se generará por el total del monto máximo disponible de este proceso y, a medida que se ejecuten los trabajos y éstos sean recepcionados conforme por la Sección de Mantención, se ira rebajando del total.

El pago se efectuará por suministro y el adjudicatario deberá emitir una Factura a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45 comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

ü Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

ü Acta recepción conforme del trabajo prestado, emitida por el Área de Mantención.

ü Factura.

ü  Factura Cedible. (Hasta que el administrador del contrato indique lo contrario).

La documentación indicada anteriormente podrá ser entregada en soporte físico o en formato electrónico. Para formato electrónico debe ser enviado en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. Para formato físico, la documentación debe ser entregada en Departamento de Servicios Generales ubicada en Serrano N°45, piso Zócalo, ala norte, teniendo en cuenta que el horario de atención de público es entre las 9:00 hrs., y 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura o boleta de honorarios y toda la documentación adjunta que se requiere para tales efectos.

SERVIU Metropolitano realizará los pagos, a través de transferencia electrónica de fondos, en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Si esta opción no se encontrare disponible, por indisponibilidad del sistema, SERVIU Metropolitano en caso excepcional emitirá cheque nominativo al proveedor.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa.

Queda estrictamente prohíbo emitir boleta y/o factura sin antes contar con todos los antecedentes indicados anteriormente. En caso de no contar con todos los antecedentes la factura será rechazada.

10.10   Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, las cuales, en su conjunto no podrán superar el 5% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de este. Por tanto, se aplicarán multas de acuerdo con lo siguiente:

ü  Atraso en la entrega del trabajo contratado: 1 UF por día de atraso.

ü  Incumplimiento por entrega de presupuestos: 1 UF por día de atraso.

ü  No presentación a la reunión de coordinación o evaluación de trabajos previamente pactados:1 UF por evento.

ü  Daños a las instalaciones (además de reparar): 2 UF por evento.

ü  Empleo de materiales que no corresponda en cantidad o calidad: 2 UF por evento o trabajo.

ü  Entrega de trabajos inconclusos o con terminaciones defectuosas (además de reparar): 1 UF por evento o trabajo.

ü  No cumple con condiciones de aseo: 1 UF por evento o trabajo.

ü  Incumplimiento de obligaciones laborales con denuncia a la inspección del trabajo: 5 UF por evento.

ü  No cumple con condiciones de higiene y seguridad de sus trabajadores: 3 UF por trabajo o evento.

ü  Trato impropio del personal del oferente con otros subcontratos o funcionarios propios de SERVIU Metropolitano: 3 UF por evento comprobable.

ü  Incumplimiento de medidas sanitarias por COVID-19 mientras se mantengan vigente: 1 UF por evento.

ü  Incumplimiento de cualquier otra obligación establecida en las presentes bases y que no tengan sanción especifica: 0,5 UF por evento.

El Subdirector de Administración y Finanzas notificará al proveedor por escrito que se cursará multa, respecto de la cual el proveedor podrá realizar una apelación fundada a esta.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Subdirector de Administración y Finanzas notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Subdirector de Administración y Finanzas, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa. El proveedor contratado tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la notificación, para pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso. Transcurrido dicho plazo, SERVIU Metropolitano estará autorizado para descontarla de los estados de pagos, en caso de que los hubiere; de lo contrario, y en última instancia, la hará efectiva con cargo a las garantías respectivas.

10.11. Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y, en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.12   Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)     Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)     En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, SERVIU Metropolitano podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

b.1)          No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.

b.2)          No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.

b.3)          No dar cumplimiento a la prohibición de cesión establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.

b.4)          Aplicar multas que, en su conjunto, superen el 5 % del monto total del contrato.

c)     Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

d)     En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

e)     Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f)      Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.

10.13. Contraparte técnica

La contraparte técnica de SERVIU Metropolitano corresponderá al Administrador del Contrato y/o Supervisor Técnico, el que realizará las siguientes actividades:

-      Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del servicio y de todos los aspectos considerados en la presente licitación.

-      Comunicarse, por cualquier medio, con el encargado designado por el proveedor, a efecto de informar las observaciones de forma y fondo sobre el desarrollo del servicio prestado, pudiendo establecer las debilidades detectadas a fin de mejorar el servicio.

-      Fiscalizar que la realización del servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las bases y documentos que rigen la presente licitación. Además de aquellos documentos, planos, especificaciones técnicas u otros presentados por la empresa.

-      Mantener un permanente control sobre la realización del servicio, a través de cualquier medio o forma que resulte idónea para el efecto.

-      Las demás que le encomienden las presentes bases técnicas y administrativas.

Mientras que el Supervisor del adjudicatario deberá cumplir las siguientes funciones:

-      Representar al adjudicatario en las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

-      Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de contrato.

-      Velar por el cumplimiento oportuno de la prestación del servicio.

-      Verificar que el técnico encargado de la mantención cumpla las bases técnicas establecidas para la prestación del servicio.

-      Tener en consideración las medidas de seguridad personal y físicas relativas, entre estas se consideran las contenidas en la legislación laboral en vigencia.

-      Realizar los informes respectivos de la situación de la institución en relación a las bombas de aguas servidas y agua potable.

Todo cambio relativo a esta designación deberá ser informado al Jefe del Departamento de Servicios Generales de SERVIU Metropolitano por el representante legal del adjudicatario a más tardar dentro de 24 horas siguientes de efectuado.

10.14.            Seguridad y Salud Laboral en Dependencias de SERVIU Metropolitano

En cumplimiento de la legislación vigente en materia laboral y previsional, se especifican las siguientes normas que regulan la salud ocupacional, la seguridad e higiene industrial y el medio ambiente para todas las empresas que trabajen en las dependencias de SERVIU Metropolitano, destinado a proteger a todos los trabajadores, funcionarios, personal contratado a honorarios y personal que labora bajo los regímenes de subcontratación y de servicios transitorios, que trabajan en sus instalaciones:

Normativa específica:

ü  Ley N° 20.123, Ley de Subcontratación, del 5 de octubre de 2006.

ü  Ley N° 16.744, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 23 de enero de 1968, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Sus Reglamentos y Decretos complementarios.

ü  Decreto Supremo Nº 40, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 11 de febrero de 1969, Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales.

ü  Decreto Supremo Nº 54, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 21 de febrero de 1969, Aprueba el Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

ü  Decreto Supremo Nº 76, del 14 de diciembre de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Aprueba Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N° 16.744 sobre Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

ü  Toda la normativa y legislación que le aplique, según corresponda al desarrollo de actividades con SERVIU Metropolitano.

Normativa complementaria:

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios a las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir a sus trabajadores.

ü  D.S. Nº 331/1975, de V. y U., Manual de Inspección Técnica de Obras, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

ü  Decreto Supremo Nº 594, de 15 de septiembre de 2000, del Minsal, que reglamenta sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

ü  Recomendaciones de actuación en los lugares de trabajo en el contexto COVID-19.

ü  D.F.L. Nº1, Mintrab, del 31 de Julio del 2002, que sistematiza el Código del Trabajo.

ü  Guía para la Confección del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas, Inscripción Registro Propiedad Intelectual Nº 162.116, Mutual de Seguridad C.Ch.C., 2007.

ü  Reglamento Especial de Seguridad y Salud en el Trabajo para Empresas Contratistas y Subcontratistas y/o Empresas de Servicios Transitorios, que Prestan Servicios Bajo el Régimen de Subcontratación en los Organismos del Sector Vivienda a Nivel Nacional, aprobado por Resolución Exenta N° 2156/2015.

ü  Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, Ministerio de Vivienda y Urbanismo a nivel nacional, actualización aprobada por Resolución Exenta N° 2159/2015.

ü  Aprueba las Bases del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y Mejoramiento de Ambientes Laborales del Sector Vivienda a Nivel Nacional, actualización aprobada por Resolución Exenta N° 2157/2015.

ü  Guía Técnica de Estándares en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo - SERVIU Metropolitano.

ü  Resoluciones Exentas Nº 938/00, de V. y U., y Nº 387/00, de V. y U.

Exigencias por contingencia Pandemia COVID-19

El proveedor adjudicado y/o contratista deberá considerar que, producto de la pandemia COVID-19, debe dar estricto cumplimiento a todas las exigencias, medidas, instrucciones y acciones emanadas por las autoridades sanitarias normativa del Ministerio de Salud, Superintendencia de Seguridad Social, Inspección del Trabajo, entre otros, a fin de establecer las medidas preventivas a realizar para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19. Sobre ello, toda empresa Contratista y/o Subcontratista que ejecute trabajos deberá:

ü  Disponer de un Plan de Acción COVID-19, siguiendo las recomendaciones de actuación en los lugares de trabajo, emitidas por el Ministerio de Salud, disponibles en www.minsal.cl.

ü  Dar cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Dirección del Trabajo, Superintendencia de Seguridad Social, entre otros.

ü  Informar a los trabajadores sobre los riesgos del COVID-19: capacitar, dotar de implementos de seguridad, promover acciones según recomendaciones establecidas.

ü  Asegurar la limpieza e higiene del lugar de trabajo.

ü  Generar acciones frente a situaciones relacionadas con COVID-19: protocolos de actuación frente a casos presentados en lugar de trabajo.

ü  Mantener registros y medios de verificación del cumplimiento de estas medidas y recomendaciones.

Marco Legal

ü  Código Sanitario. Artículo 9 letra b) establece que es facultad de la Autoridad Sanitaria dictar las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento. Artículo 67: Corresponde a la Autoridad Sanitaria velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes.

ü  Decreto Nº 4, del 5 de febrero de 2020, sobre Alerta Sanitaria por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote de COVID-19. (modificado por decreto N° 6/2020). Artículo 3° N° 8 faculta a la autoridad Sanitaria para disponer la prohibición de funcionamiento de los establecimientos y lugares de trabajo que pongan en peligro a las personas que trabajan o asistan a ellos. Artículo 3 N° 23 faculta a la Autoridad Sanitaria para ordenar la utilización de mascarillas y otros dispositivos médicos afines en el transporte público, salas de clases, lugares de trabajo y, en general, cualquier otro lugar de acceso público o donde exista aglomeración de personas.

ü  D.S. Nº 594 Reglamento sobre Condiciones Sanitaria y Ambientales básicas en los lugares de trabajo. Artículo 3°: La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean estos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella. Artículo 37: Deberá suprimirse en los lugares de trabajo cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores.

ü  Ley 16.744 “Ley de Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales”, Artículo 68, establece que las empresas o entidades deberán implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que les prescriban directamente la Autoridad Sanitaria.

Bases Técnicas

BASES TÉCNICAS.

  1. GENERALIDADES.

Se requiere disponer de una empresa proveedora que responda ante las necesidades de apoyo integral a la Sección de Administración y Mantención de Edificios (en adelante Sección de Mantención) del Departamento de Servicios Generales, dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas de SERVIU Metropolitano.

Este apoyo corresponde a la provisión de mano de obra, reposiciones, repuestos, materiales e insumos que contemplen una buena calidad y terminación del servicio vendido.

  1. OBJETIVO DEL SERVICIO.

Contar con un proveedor que provea los servicios de reparación y mantenciones con mano de obra especializada y traslado de mobiliario o enseres, con el fin de cotizar y ejecutar los trabajos de reparación, mantención (preventiva o reactiva), instalación o provisión, según corresponda, al requerimiento de SERVIU Metropolitano. Los servicios se podrán solicitar para las distintas instalaciones de la institución, cuyas ubicaciones y detalle son:

Ítem

Dirección

Superficie

1

Serrano N°45, Santiago Centro

8.976

2

Arturo Prat N°48, Santiago Centro

7.210

3

OIRS Santiago, Arturo Prat N°80, Santiago Centro

1.074

4

Alonso Ovalle N°849, Santiago Centro

371

5

Av. Vicuña Mackenna N°179, Santiago

974

6

Tartini N°2568, Pedro Aguirre Cerda

999

7

San Antonio N°255 Piso 13 Of. 1308, Santiago Centro

354

8

Zenteno N°334, Santiago

4.958

Las competencias requeridas son:

Especialidad

Gasfitería

Electricidad

Carpintería

Pintura

Jornal

  1. PROCEDIMIENTO OPERATIVO.

3.1.              Solicitud de trabajo.

Una vez que se inicie el contrato, la Sección de Mantención tendrá una reunión de inicio con el proveedor adjudicado, de modo de levantar en conjunto las necesidades de apoyo y labores a realizar.

Se podrán realizar varias reuniones de coordinación de modo que una vez que se completen los trabajos o apoyos solicitados se levantes nuevos requerimientos.

En caso de requerir una labor extraordinaria o urgente que no haya sido considerada o levantada en la reunión de inicio (o cualquiera de las reuniones programadas de levantamiento), la Sección de Mantención solicitará la asistencia del proveedor para levantar el requerimiento. Esta reunión deberá efectuarse antes de las 24 horas hábiles posterior al llamado. Una vez realizada esta reunión, el proveedor tendrá un plazo máximo de 24 horas para remitir el presupuesto correspondiente e iniciar los servicios a las 24 horas corridas posterior a la aprobación (ya sea escrita o verbal) de la Sección de Mantención.

3.2.              Presentación de Presupuestos.

Los requerimientos de apoyo podrán ser solo de mano de obra o de obra vendida (incluyendo materiales). En ambos casos, los presupuestos deben ser por cada servicio individual, cuyos precios de mano de obra deberán ser congruentes con el ofertado como también los porcentajes de gastos generales y utilidades.

Además, deberán indicar el plazo de ejecución (en días corridos) a contar del día hábil posterior a la fecha de aceptación de parte de la Sección de Mantención.

Los presupuestos deberán ser presentados en un plazo no mayor a 24 horas hábiles. Solo se aceptarán presupuestos por un solo trabajo, rechazándose aquellos que contengan más de dos trabajos juntos, los que deberán ser éstos corregidos durante el plazo máximo de presentación de presupuestos, antes indicado.

Se podrá solicitar al proveedor cotización por trabajos de las mismas áreas solicitadas que se encuentran como Otros en cada ítem dl Anexo N°4 Oferta Económica, que si es aceptado, se individualizará con su detalle en ese ítem, siempre que no estén valorizadas en el Anexo y no signifiquen aumentar un precio ya estipulado.

3.3.              Ejecución de los trabajos.

A excepción de los trabajos extraordinario, cuyo inicio pueden ser autorizados verbalmente para posteriormente cumplir con esta formalidad, la Sección de Mantención aceptará por escrito mediante correo electrónico el presupuesto y el proveedor deberá iniciar en un plazo no mayor a 24 horas hábiles.

Para la ejecución de los trabajos deberá compatibilizar los horarios laborares de los funcionarios SERVIU Metropolitano, por lo que deberá contemplarse la ejecución en horario hábil o fin de semanas o fuera de horario hábil, según el caso.

Los trabajos deberán ser ejecutados por mano de obra calificada según el requerimiento contratado, reservándose la Sección de Mantención de solicitar el cambio del personal.

Será responsabilidad del proveedor contar con todas las herramientas, repuestos y materiales a emplear.

No serán considerados como aumentos de obras ni costos adicionales los trabajos materiales que sean necesarios para rehacer o corregir la mala ejecución de la obra, terminaciones defectuosas o deficiencia en los materiales proporcionados por el contratista oferente. Si un producto cotizado presenta condiciones inferiores a las ofertadas, el contratista podrá ajustar el presupuesto a un monto inferior, siempre que el insumo sea de la misma naturaleza del original.

Los trabajos deberán ser entregados según lo solicitad y con el lugar afectado limpio, libre de escombros y materiales sobrantes, tanto al interior como al exterior, según sea el caso. Se entiende, por ende, que el proveedor deberá considerar el retiro y traslado de desechos y escombros a botaderos o lugares autorizados para ello.

3.4.              Pago por trabajos realizados.

Una vez concluido el o los trabajos, el Área de Mantención emitirá la recepción conforme por ellos. De existir observaciones a los trabajos terminados, el proveedor tendrá un plazo acordado entre las partes para subsanar estas observaciones

Una vez recepcionados los trabajos, el contratista será autorizado a emitir la factura correspondiente, cuyo monto será rebajado de la orden de compra global.

Será rechazada la o las facturas que no cuenten con la recepción conforme del Área de Mantención y/o los respectivos antecedentes de respaldos que son mencionados en las bases administrativas.

  1.  REQUERIMIENTOS.

4.1.              Contacto del Proveedor.

El proveedor deberá contar con un contacto designado siempre disponible y todos sus datos (nombre, teléfono fijo y celular, correo electrónico) entregados al Área de Mantención al inicio de los servicios. Esta persona será el canal de comunicación oficial entre el proveedor y el Área de Mantención para la solicitud de presupuestos, supervisión de trabajos y recepción de éstos.

Sin embargo, el Área de Mantención se reserva el derecho de solicitar el cambio del contacto, debiéndose efectuar en un plazo no mayor a 2 días hábiles a partir de la fecha de notificación.

4.2.              Desarrollo de los trabajos.

El proveedor deberá remitir al Área de Mantención un listado con los datos de las personas que participarán en los trabajos y quien será la persona a cargo del equipo, de coordinar y supervisar los trabajos, que se realizarán estrictamente según lo solicitado, presupuestado y establecido en las especificaciones técnicas, si las hubiera.

4.3.              Dotación de Personal.

El proveedor deberá disponer de uno o más trabajadores calificados y especialistas en sus áreas de desempeño, necesario para la ejecución temprana y efectiva de los trabajos.

El Área de Mantención se reserva el derecho de solicitar el cambio de parte o la totalidad del personal, si se detectase que sus competencias no son las adecuadas para el desarrollo de los trabajos contratados, o si se incurriera en los siguientes casos:

  1. Sean sorprendidos fumando, bebiendo alcohol o consumiendo drogas ilícitas al interior de las instalaciones en cualquier horario.
  2.  Sean sorprendidos usando teléfonos, computadores, fotocopiadoras y/o cualquier máquina de la Institución que no tenga relación con las labores debe realizar en su horario de trabajo.
  3. Sean sorprendido robando dentro de las dependencias de la Institución.

4.4.              Materiales.

El proveedor debe proveer todos los materiales requeridos para la correcta ejecución de los trabajos (obra vendida) a excepción de aquellos donde el Área de Mantención los entregue directamente o el trabajo solo requiera mano de obra.

Si por razones de los trabajos contratados, el proveedor daña, altera, deforma, destruye, etc., materiales o elementos existentes, será su responsabilidad la reposición de dicho elemento, con calidad igual o superior a la original.