Licitación ID: 48-70-LQ22
Serv. de Limpieza de Obras Parque Mapocho Río
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA, SERVIU Metropolitano
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de terrenos en obras 1 Global
Cod: 76111701
Servicio de Limpieza Cauce Río Mapocho y Limpieza y Retiro de Residuos Voluminosos en el Parque Mapocho Río, según especificaciones técnicas adjuntas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv. de Limpieza de Obras Parque Mapocho Río
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar el “Servicio de Limpieza Cauce Río Mapocho y Limpieza y Retiro de Residuos Voluminosos en el Parque Mapocho Río”, con el propósito proporcionar un servicio de limpieza y retiro de residuos no correspondientes a las obras de la ejecución del Parque Mapocho Río de las comunas de Cerro Navia y Quinta Normal.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-12-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 01-12-2022 16:53:53
Fecha inicio de preguntas: 01-12-2022 17:05:00
Fecha final de preguntas: 12-12-2022 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-12-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-12-2022 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-12-2022 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 28-12-2022 17:58:59
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
visita terreno carácter optativa, a realizar tercer día corrido desde la fecha publicación de la licitación, horario de 11:00 horas, punto encuentro será en calle Arturo Prat #48, comuna Santiago, con Sr. Sebastian Velasquez, svelasquez@minvu.cl 05-12-2022 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1. Presentación de Ofertas Todos los oferentes deberán acreditar, mediante Declaración Jurada simple (ver Anexo Nº 1), que no se encuentran afectos a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, en conformidad a lo señalado en los incisos primero y sexto del Art. 4 de la Ley N° 19.886, no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la presentación de la oferta; y, que no tienen la calidad de funcionario directivo del mismo órgano o empresa que los contrata, ni estar unidos a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 % o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas; asimismo, no haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia. Los oferentes que sean personas jurídicas, además deberán acreditar, mediante Declaración Jurada simple (ver Anexo Nº 2) que no se ha declarado la disolución o cancelación de su personalidad jurídica y que no se ha decretado la prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por tribunal competente, conforme a los señalado en el Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, y de no haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia. 2. 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. En caso contrario, al ser requisito obligatorio, los oferentes que no los adjunten o los presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación definitiva de los documentos solicitados, implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, y el Decreto Ley N°211 de 1973.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los anexos, éstos constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura. Los documentos que se adjunten para acreditar lo solicitado en las letras a.1) y el catalogo del literal b), constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. a) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N°3 “Experiencia del Oferente”, en relación a la cantidad de años en el rubro de lo solicitado. a.1) La información consignada en el Anexo N°3, deberá ser debidamente acreditada mediante certificados emitidos por el mandante o contratos de prestación de servicios, en ambos casos debidamente firmados, de lo contrario no serán considerados, o cualquier otro documento que acredite lo solicitado, a excepción de declaraciones juradas simples o notariales extendidas por el mismo oferente, resoluciones de adjudicación u órdenes de compra en un estado distinto al de “aceptada” o “recepción conforme” cuando son emitidas a través del Portal de Mercado Público. a.2) Cualquiera sea el documento presentado para la acreditación de la experiencia, deberá señalar la siguiente información: (de lo contrario no se considerará para efectos de la evaluación). 1. Nombre del oferente, o en su defecto, a nombre del representante legal de ésta, no se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la empresa. 2. Descripción de los servicios prestados y corresponder al rubro de lo solicitado. 3. Indicar de manera fehaciente y/o computable el tiempo de duración de los mismos. En caso que de la información entregada no sea posible establecer claramente el tiempo de duración, dicha experiencia no será considerada para la evaluación. Asimismo, en caso que el documento indique “a la fecha”, se considerará hasta la fecha de emitido el certificado, si no indicara fecha, no se considerará la experiencia. a.3) Solo se evaluará lo señalado en el anexo respectivo. a.4) En caso de existir discrepancia entre lo declarado en el Anexo N°3 y los documentos de respaldo, primará lo señalado en éstos últimos. b) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N°4 “Antigüedad de las Maquinarias”, de acuerdo a lo solicitado en el punto 10.3 letra b) de las bases administrativas y el punto 2.2 de las bases técnicas de licitación. Para esto último, el oferente deberá adjuntar catálogo con especificaciones técnicas que den cuenta de lo exigido en las presentes bases de licitación. La no presentación definitiva de éste, le significará al oferente quedar fuera de bases. Se hace presente que, en caso que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o no proporcionen la información solicitada o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos, si corresponde.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económico. El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al valor total neto para el servicio requerido, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las especificaciones técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°5, formulario oferta económica. Se deben indicar todos los valores solicitados en el presente anexo, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible, asimismo, el valor total neto indicado en este Anexo debe ser coincidente con el ingresado al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el Anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar o de no ser completado íntegramente, dicha propuesta no será evaluada. 2. 5.2.5 Entrega Garantía Seriedad Oferta De preferencia, se solicita que los oferentes presenten garantía de seriedad de la oferta electrónica, de acuerdo con lo establecido en el punto “Naturaleza y Montos de las Garantías” de las presentes bases, debiendo adjuntar el documento digital en su oferta administrativa. La no presentación de este documento digital por parte del oferente implicará un rechazo de su oferta al momento de realizar la apertura electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl. Sin perjuicio de lo anterior, se podrá presentar garantía de seriedad de la oferta en formato físico, debiendo realizarlo de acuerdo con lo establecido en el punto “Naturaleza y Montos de las Garantías” de las presentes bases. La no presentación de este documento por parte del oferente implicará un rechazo de su oferta al momento de realizar la apertura electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl. Si el oferente presenta más de una propuesta, cada una de ellas deberá estar debidamente caucionada por instrumentos independientes, en los términos indicados en el punto “Naturaleza y Montos de las Garantías” de las presentes bases. Si al momento de la apertura, la garantía presenta errores u omisiones, SERVIU Metropolitano solicitará a través del Foro de Aclaración de Ofertas se subsanen las observaciones, pudiendo el oferente corregir el documento en la forma solicitada, para lo cual tendrá un plazo de 72 horas. En caso de no efectuarse las correcciones solicitadas, dicha oferta será declarada inadmisible. Al respecto, se hace presente que se entenderá por error u omisión, cuando se trate de la falta o error en la glosa, en el monto, tipo de moneda o fecha de vencimiento. 3. 5.2.6. Visita a Terreno Los oferentes podrán participar de una visita a terreno de carácter optativa, la cual se realizará al tercer día corrido contado desde la fecha de publicación de la presente licitación, en horario de 11:00 horas. El punto de encuentro será en calle Arturo Prat #48, comuna de Santiago, con el Sr. Sebastián Velásquez, correo electrónico svelasquez@minvu.cl.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- ver punto 6 de las bases administrativas antecedentes para ser contratado
No hay información de requisitos para persona jurídica

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: ver punto 6 de bases administrativas antecedentes legales para ser contratado
- I18n entry not found: ver punto 6 Antecedentes Legales para ser Contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 50%
2 Precio u Oferta Económica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 45%
3 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 31.02.999.40016367-0
Monto Total Estimado: 200000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 180 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme Santos
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Sebastián Velásquez Miranda
e-mail de responsable de contrato: svelasquez@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-6-29013623-3623
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del servicio requerido, producto de la responsabilidad del proveedor adjudicado en cuanto a su íntegro cumplimiento.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 21-03-2023
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá presentar boleta bancaria, vale a la vista, póliza de seguro, depósito a plazo o cualquier otra forma de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes del Oferente y tenga el carácter de irrevocable. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto a caucionar. Esta caución o garantía podrá otorgarse en forma física o electrónica vía correo electrónico dirigido a Sebastian Velasquez Miranda svelasquez@minvu.cl . Para el caso de formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en la Sección Control de Gestión de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento, ubicada en el segundo piso de la Calle Arturo Prat N° 48, indicando el número de ID de la licitación, hasta la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas establecida en el punto “Etapa y Plazos” de las presentes bases. Esta garantía de seriedad de la oferta, podrá ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa, por SERVIU Metropolitano en los siguientes casos: a) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error. b) Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases. c) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases, para el caso del proveedor adjudicado. d) Por la no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde. e) En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente, durante el proceso licitatorio.
Glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación pública ID N°48-70-LQ22.” Para el caso del vale vista, la glosa deberá ser escrita al reverso del documento o bien se deberá presentar un documento firmado con la citada glosa.
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá esta garantía una vez que se haya verificado la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. A los oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles o fuera de bases, se les restituirá esta garantía dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que da cuenta de la adjudicación realizada en el Portal Mercado Público. A aquellos oferentes a quienes no se les adjudique la licitación se les restituirá esta garantía una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato con el oferente seleccionado. Para todos los casos señalados anteriormente, será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Seriedad de la Oferta en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso (se puede consultar al teléfono 2 2901 3338).
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 28-11-2023
Monto: 5 %
Descripción: Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente, y en su defecto, en formato físico, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 7 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. En caso que la garantía se presente formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en las dependencias de SERVIU Metropolitano, ubicado en Serrano N°45, comuna de Santiago. Es importante, indicar que, en este caso, la fecha válida es la entrega física del documento.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de: la licitación pública ID N° 48-70-LQ22.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 2 29013338).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Otras clausulas

10.     Otras Cláusulas

10.1.  Presentación de las Ofertas

Los oferentes por el sólo hecho de presentar oferta significa que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

10.2.  Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen cumplido con todos los requisitos de admisibilidad (ver punto 5.2.3, 5.2.4 y 5.2.5. de las bases administrativas de licitación).

10.3.  Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Vivienda y Equipamiento, mediante Orden de Servicio.

Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl.

SERVIU Metropolitano podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor aplicando la siguiente metodología de evaluación:

10.3.1 Oferta Técnica

La oferta técnica considera dos sub-criterios: Experiencia del Oferente, ponderado en un 60% y Antigüedad de las Maquinarias, ponderado en un 40%, a evaluarse en una escala de 0 y 10 a 100 puntos.

a)     Experiencia del Oferente (A):

Se evaluará la experiencia del oferente en trabajos que haya realizado, en el rubro de lo solicitado, de acuerdo al punto 5.2.3 letras a.1) a la a.4), de las Bases Administrativas de licitación.

 Se asignará el puntaje de la siguiente manera:

Experiencia del Oferente

Puntaje

  8 años o más de experiencia

100

  Entre 4 y 7 años de experiencia

70

  Entre 2 y 3 años de experiencia

50

  1 año de experiencia

30

Menos de 1 año, no informa o no acredita experiencia

0

b)     Antigüedad de las Maquinarias (B):

El presente criterio evaluará la antigüedad de la maquinaria ofertada por el oferente. En la evaluación de las ofertas se asignará mayor puntaje a aquellas ofertas cuya maquinaria tenga menor antigüedad, según el año de fabricación, de acuerdo a lo declarado en el anexo N°4. Para la asignación del puntaje final, se considerará el promedio de los puntajes obtenidos por cada una de ellas (a + b + c + d /4).

La cantidad de maquinarias ofertada debe ser al menos la solicitada, de lo contrario la oferta quedará fuera de bases, del mismo modo, si lo ofertado no cumple con lo solicitado en el punto 2.2 de las bases técnicas de licitación.

Cantidad

Descripción

1

Minicargador

2

Camiones Ampriroll

1

Camión Barredor

1

Retroexcavadora

Maquinaria

Año

Puntaje

Minicargador

2018-2022

100

2015-2017

60

2009-2014

30

2000-2008

10

Camión Ampriroll

2018-2022

100

2015-2017

60

2009-2014

30

2000-2008

10

Camión Barredor

2018-2022

100

2015-2017

60

2009-2014

30

2000-2008

10

Retroexcavadora

2018-2022

100

2015-2017

60

2009-2014

30

2000-2008

10

En el caso del camión Ampriroll, se promedian los puntajes obtenidos por cada uno de los camiones ofertados (Camión 1 + Camión 2 / 2= b).

En caso que el oferente proponga un número mayor de maquinarias, se le gratificará considerando para la evaluación, aquellas que obtengan el mayor puntaje, esto es sin perjuicio de que, para la prestación del servicio se puedan utilizar todas las maquinarias ofertadas.

c)     Cálculo Puntaje Oferta Técnica

POT: (A * 0.60 + B * 0.40)

Donde:

POT: Puntaje Oferta Técnica.

∑: Suma Total

A: Experiencia del Oferente.

B: Antigüedad de las Maquinarias

10.3.2. Precio u Oferta Económica (POE):

Para la evaluación del presente criterio, se considerará lo indicado por el oferente en el Anexo N°5.

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación) *100

Donde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

10.3.3. Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (CRFO):

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar, o en la instancia posterior, establecida en el párrafo quinto del punto 10.3 de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.

d)     Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio Oferta Técnica (POT) se le aplicará una ponderación de un 50%, al puntaje obtenido en el criterio precio u oferta económica (POE) se le aplicará una ponderación de un 45% y al puntaje obtenido en el criterio cumplimiento requisitos formales de la oferta (PCRFO) se le aplicará una ponderación de un 5% para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = POT * 0, 50 + POE * 0, 45 + PCRFO * 0, 05

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Oferta Técnica.

ü POE: Puntaje Precio u Oferta Económica.

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio oferta técnica (1ero Experiencia del Oferente y 2do Antigüedad de las Maquinarias). Finalmente, en caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al proveedor haya ingresado primero su oferta en la Plataforma de Mercado Público.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.  Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto  “Etapas y Plazos” de la presentes bases.

En el evento, que el monto adjudicado supere en más de un 30% al presupuesto estimado por SERVIU Metropolitano, se deberá explicitar en el acto adjudicatorio, las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, debiendo, asimismo, mantener los antecedentes para su revisión y control posterior por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.5.  Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley N° 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.  Del Contrato

10.6.1.         Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no haber acreditado la inscripción vigente en el Registro de Consultores del MINVU, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.

10.6.2.           Renovación y Prórroga del Contrato

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del reglamento de la ley, y cuando las necesidades institucionales así lo requieran, el contrato podrá ser renovado de común acuerdo por las partes, por una única vez y al mismo precio contratado, en caso de darse una o más de las siguientes situaciones:

 a) Cuando habiéndose declarado desierto un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano vea interrumpido el servicio o pueda quedar desprovisto del mismo.

b) Cuando tratándose de un proceso licitatorio en curso, las ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, y exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano vea interrumpido el servicio o pueda quedar desprovisto del mismo.

c) Cuando se ha revocado o invalidado total o parcialmente un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato vigente, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano vea interrumpido el servicio o pueda quedar desprovisto del mismo.

d) Cuando previo al vencimiento del plazo del contrato, sea menester su renovación a fin de garantizar la prestación del servicio.

e) Cuando existan razones debidamente fundadas que justifiquen la renovación del contrato, las que serán expresadas en el acto administrativo que sanciona la renovación.

 

En estos casos, SERVIU Metropolitano podrá optar por la renovación del contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. En el caso de que SERVIU Metropolitano, de forma previa al término de la vigencia del contrato, opte por hacer efectiva la cláusula de renovación, deberá contar con el consentimiento del proveedor, el cual podrá ser manifestado por cualquier medio escrito. El plazo de renovación no podrá de exceder del plazo de duración del contrato primitivo.  

 

Asimismo, SERVIU Metropolitano de común acuerdo con el proveedor, podrán prorrogar el contrato por un plazo máximo de hasta seis meses, previo informe técnico fundado de la contraparte técnica. La prórroga deberá hacerse efectiva antes del término de la vigencia del contrato.  

10.7.  Responsabilidad del Oferente Adjudicado

10.7.1.         De las Obligaciones Laborales y Previsionales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién, para estos efectos,  conforme establece el artículo 183 C, del Código del Trabajo, podrá ejercer los derechos de información, en virtud del cual SERVIU Metropolitano podrá pedir informes al proveedor sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores; así como también podrá ejercer el derecho legal de retención, mediante el cual SERVIU Metropolitano estará facultado para retener los pagos que deba efectuar al proveedor, en caso que éste no haya dado cumplimiento íntegro a sus obligaciones laborales y previsionales. Incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

En conformidad a lo previsto en los incisos 3° y 4° del artículo 6° de la ley N° 21.395, que sanciona la Ley de Presupuestos del Sector Público Correspondiente al Año 2022, el proveedor, al momento de contratar con el SERVIU Metropolitano, deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que el oferente adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Servicio mientras no subsane el incumplimiento que la afecte.

Asimismo, si durante el desarrollo del contrato, el proveedor incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, determinado por la autoridad competente, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.

Si el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, SERVIU Metropolitano deberá exigirle que proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. Asimismo, en caso que el proveedor registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, SERVIU Metropolitano quedará facultado para dar por terminado el respectivo contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

10.7.2.         Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 7 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

10.7.3.         Confidencialidad y Seguridad de la Información

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.8.  De la Orden de Compra

SERVIU Metropolitano emitirá una orden de compra por el total del monto del servicio contratado, de acuerdo a lo indicado por el adjudicatario en el Anexo N°5. Para lo cual la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano, emitirá una Orden de Compra a través del Portal Mercado Público.

10.9.  Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de las Órdenes de Compras respectivas. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor, de acuerdo a los estados de pago que se detallan en el presente punto, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45, comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases. La glosa de la Factura o Boleta de Honorarios deberá detallar el nombre del contrato, el ID de la licitación y el número de la Orden de Compra, el mes que presta el servicio, adjuntando:

ü  Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda, del mes anterior que se al que se presta el servicio.

ü  Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

ü  Copia de Orden de Compra.

Queda estrictamente prohibido para el proveedor emitir la Factura o Boleta de Honorarios, sin que antes SERVIU Metropolitano cuente con todos los antecedentes indicados anteriormente (a excepción de la Factura Cedible). En caso de no contar con dichos antecedentes, la Factura o Boleta de Honorarios será rechazada por SERVIU Metropolitano, dentro de los 8 días corridos a su emisión.

La documentación indicada anteriormente, podrá ser entregada en soporte físico o en formato electrónico. Para formato electrónico debe ser enviado en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. Para formato físico, la documentación debe ser entregada en El Departamento de Obras de Edificación de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento, ubicada en Serrano N°45, piso 5, ala norte, teniendo en cuenta que el horario de atención de público es entre las 9:00 hrs y 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura o boleta de honorarios y toda la documentación adjunta que se requiere para tales efectos.

Los pagos se harán mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Sólo en casos excepcionales, y siempre que no esté disponible el pago mediante transferencia electrónica, SERVIU Metropolitano pagará al proveedor mediante cheque nominativo.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra o en la Factura o Boleta de Honorarios.

El pago por los servicios prestados se realizará de conformidad a lo que a continuación se detalla, y los plazos se contarán a partir del inicio de la vigencia del contrato:

SERVICIO DE LIMPIEZA

PORCENTAJE DE MONTO DEL CONTRATO

PLAZO DE DÍAS

 

ENROCADO

40%

60

EP1

10%

30

EP2

10%

60

EP3

10%

90

EP4

10%

120

EP5

10%

150

EP6

10%

180

TOTAL

100%

10.10  Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, los cuales, en su conjunto no podrán superar el 5% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.

a.  Multas de carácter general:

1. En caso de que no cumpla los plazos con la instrucción del Inspector Técnico dentro de 2 días hábiles se cursará una multa de 3 UTM por cada 24 horas de atraso. Sin perjuicio de la obligación del de rectificar la falta a su costo.

2. Por cada vez que se detecte que el adjudicado no esté ejecutando el servicio según las especificaciones técnicas o realice alguna modificación a la oferta presentada y no se encuentre aprobada por la ITO., se cursará una multa de 15 UTM. Sin perjuicio de la obligación de corregir lo obrado en inobservancia de las bases. Para el caso de la ejecución de servicios incompletos, se aplicará una multa de 5 UTM, por cada vez que se constate. Sin perjuicio de la obligación de completar el trabajo.

3. Si se operan vehículos y/o maquinarias, por personal no habilitado o calificado, o se constate que se operan de forma deficiente o descuidada, se cursará multa de 3 UTM, cada vez que se detecte, no pudiendo sancionarse más de 3 multas por este caso, de lo contrario se procede a cerrar el contrato.

4. Por incumplir en cualquier forma la normativa laboral y condiciones contractuales, respecto de sus trabajadores empleados en la ejecución de los servicios, se aplicará una multa de 2 UTM, por cada vez que se detecte.

b.  Multas de carácter particular:

1. Por retraso en la puesta en marcha diaria del servicio, se cursará una multa de 5 UTM por cada hora de retraso según se consigna en la planificación entregada por la ITO en el punto 2.3 de las Bases, no pudiendo ser multado más de 5 veces por este ítem. En caso de verificarse más de 5 multas, SERVIU Metropolitano quedará facultado para poner término anticipado al contrato y hacer efectivas las garantías que corresponda.

2. Por ausencia del personal ofertado para la prestación de servicio (incluye auxiliar, chofer o supervisor) o funcionamiento con dotación incompleta, se cursará una multa de 3 UTM por día/hombre ausente.

3. En caso de no portar los chóferes la correspondiente licencia para conducir y/o negarse a exhibirla a la ITO, se cursará una 1,5 UTM por cada hecho inspeccionado. Esta conducta justificará el cambio inmediato del chofer del móvil, por cada vez que sea sorprendido.

4. En caso de reemplazar un vehículo se deberá avisar con 24 horas de anticipación y contar con la aprobación ya sea mediante memo, oficio o correo electrónico de la ITO. En caso de no cumplir se cursará una multa de 5 UTM por jornada del vehículo objetado.

5. Por no reemplazar en un plazo de 4 horas, los vehículos destinados al servicio por motivos de fallas mecánicas, mantención, reparación, revisión, accidentes y/o restricción vehicular, se cursará una multa de 15 UTM, por cada vez que suceda.

El Subdirector de Vivienda y Equipamiento notificará al proveedor por escrito que se cursará multa la cual, el proveedor podrá realizar una apelación fundada a esta.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Subdirector de Administración y Finanzas notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Subdirector de Administración y Finanzas, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento o sea debidamente acreditada por el proveedor. Con todo, el proveedor deberá procurar informar de estas circunstancias a SERVIU Metropolitano inmediatamente se encuentre en condiciones de hacerlo.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa. El proveedor contratado tendrá un plazo de 5 día s hábiles, contados desde la fecha de la notificación, para pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso. Transcurrido dicho plazo, SERVIU Metropolitano estará autorizado para descontarla de los estados de pagos, en caso de que los hubiere; de lo contrario, y en última instancia, la hará efectiva con cargo a las garantías respectivas.

10.11. Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.12  Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará, además, facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)     Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)     En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

b.1)         No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.

b.2)         No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.

b.3)         No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.

b.4)         Se hayan aplicado multas que, en su conjunto, superen el 5% del monto total del contrato.

b.5)         No dar cumplimiento a lo establecido en el punto 10.7.2, de las presentes bases administrativas, en relación a la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

b.6)         En caso de configurarse la causal establecida en la letra b), numeral 1, del punto 10.10 de las Bases Administrativas.

c)     Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

d)     En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

e)     Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f)      Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el N° 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.13.           Contraparte Técnica

El SERVIU Metropolitano dispondrá de dos contrapartes técnicas, los cuales tendrán las siguientes funciones:

1.- Administrador de Contrato:

ü Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del contrato y de todos los aspectos considerados en las presentes bases de licitación.

ü Comunicarse por cualquier vía con el Supervisor, a efecto de informar las observaciones de forma y fondo sobre el desarrollo del servicio prestado, pudiendo establecer las debilidades detectadas a fin de mejorar el servicio.

ü Autorizar aumento o disminución del contrato.

ü Las demás que encomienden las presentes bases.

2.- Atribuciones del Inspector Técnico (I.T.)

El adjudicatario deberá someterse exclusivamente a las órdenes del I.T. las que se impartirán por escrito por medios electrónicos o telefónicamente, de acuerdo con los términos y condiciones del contrato. Estas órdenes deberán cumplirse dentro del plazo que al efecto señale el I.T.

ü  Controlar y supervisar el servicio, sus programas, métodos de ejecución, equipos y personal utilizados y podrá ordenar que se tomen los providencias que estime conveniente para asegurar que el servicio se ejecute de acuerdo con el contrato y las presentes Bases.

ü  Velar por el cumplimiento de cada uno de los compromisos asumidos contractualmente por el adjudicatario.

ü  El I.T. podrá exigir al adjudicado, que subsane y corrija todas aquellas observaciones realizadas a los servicios entregados, en caso de que no cumplan con los términos y condiciones establecidos en las Bases de esta licitación o en la oferta y, en caso de no obtener una respuesta efectiva por parte del adjudicatario, podrá solicitar hacer efectiva la garantía comprometida por éste, aplicar la respectiva multa y/o la aplicación de la causal de término anticipado del contrato si correspondiere.

ü  Controlar y supervisar la realización oportuna de los servicios requeridos en la presente licitación, de acuerdo con los plazos y demás detalles técnicos indicados en las especificaciones técnicas respectivas.

ü  El I.T., deberá certificar la conformidad de la recepción del servicio realizado por el contratista en relación a lo requerido por la U.T., lo establecido en las Bases Administrativas y Técnicas y la oferta, dentro de los 8 días corridos siguientes a la emisión de la factura.

ü  El I.T. podrá exigir al adjudicado, el término de las labores de cualquier personal de su dependencia sea por órdenes, incapacidad y/o cualquier otro motivo grave, quedando siempre responsable el adjudicado por los fraudes, vicios y abusos que haya cometido el trabajador, y de los perjuicios que haya podido causar su conducta, así como de los efectos legales o judiciales que se produzcan con motivo de los hechos o la separación del trabajador.

ü  El I.T. podrá interpretar la aplicación de las especificaciones técnicas para la mejor y correcta ejecución de los servicios.

ü  Visar informes mensuales y pagos.

ü  El I.T. deberá revisar las facturas emitidas relativas al presente contrato, para el caso de que contengan la prestación de servicios que no se hayan ejecutado o se hayan ejecutado parcialmente, o que contenga errores en su contenido, deberá dar aviso a la Subdirección de Administración y Finanzas a la brevedad para que ésta proceda a su reclamo. Dicha alerta no deberá superar los 8 días corridos siguientes a la fecha de emisión de la factura.

ü  Evaluar mensualmente la calidad del servicio.

ü  Efectuar indicaciones de carácter técnico.

ü  Revisar personal, instalaciones, vehículos, maquinarias para el servicio. Esta inspección técnica, no libera al contratista del cumplimiento de todas las obligaciones y responsabilidades que le corresponden.

Todo cambio, relativo a esta designación, deberá ser informado a SERVIU Metropolitano por el representante legal del adjudicatario a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado, mediante correo electrónico al Administrador del Contrato.

Exigencias por contingencia Pandemia COVID-19

El proveedor adjudicado y/o contratista, deberá considerar que producto de la pandemia COVID-19, debe dar estricto cumplimiento a todas las exigencias, medidas, instrucciones y acciones emanadas por las autoridades sanitarias normativa del Ministerio de Salud, Superintendencia de Seguridad Social, Inspección del Trabajo, entre otros, a fin de establecer las medidas preventivas a realizar para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19. Sobre ello, toda empresa Contratista y/o Subcontratista que ejecute trabajos deberá:

ü  Disponer de un Plan de Acción COVID-19, siguiendo las recomendaciones de actuación en los lugares de trabajo, emitidas por el Ministerio de Salud, disponibles en www.minsal.cl.

ü  Dar cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Dirección del Trabajo, Superintendencia de Seguridad Social, entre otros.

ü  Informar a los trabajadores sobre los riesgos del COVID-19:  capacitar, dotar de implementos de seguridad, promover acciones según recomendaciones establecidas.

ü  Asegurar la limpieza e higiene del lugar de trabajo.

ü  Generar acciones frente a situaciones relacionadas con COVID-19: protocolos de actuación frente a casos presentados en lugar de trabajo.

ü  Mantener registros y medios de verificación del cumplimiento de estas medidas y recomendaciones.

Marco Legal

ü  Código Sanitario. Artículo 9 letra b) establece como facultad de la Autoridad Sanitaria dictar dentro de las atribuciones por el presente Código, las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento. Artículo 67: Corresponde la Autoridad Sanitaria velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes.

ü  Decreto N°4 del 05 de febrero de 2020 sobre Alerta Sanitaria por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote de COVID-19. (modificado por decreto N° 6/2020). Artículo 3° N° 8 faculta a la autoridad sanitaria para disponer la prohibición de funcionamiento de los establecimientos y lugares de trabajo que pongan en peligro a las personas que trabajan o asistan a ellos. Artículo 3 N° 23 faculta a la Autoridad Sanitaria para ordenar la utilización de mascarillas y otros dispositivos médicos afines en el transporte público, salas de clases, lugares de trabajo y, en general, cualquier otro lugar de acceso público o donde exista aglomeración de personas.

ü  D. S. N° 594 Reglamento sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo” Artículo 3°: La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella. Artículo 37, inciso primero: Deberá suprimirse en los lugares de trabajo cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores.

ü  Ley 16.744 “Ley de Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales”, Artículo 68, establece que “Las empresas o entidades deberán implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que les prescriban directamente la Autoridad Sanitaria”.

Bases Técnicas

Bases Técnicas

  1. DISPOSICIONES GENERALES.

El parque Mapocho Río se encuentra bordeando la ribera sur del Río Mapocho y limitado hacia el norte por la vía Costanera Sur. Este sector ha sido históricamente un lugar de destino para escombros, y basura proveniente de diversas comunas de la capital. A pesar del esfuerzo que las municipalidades de Cerro Navia y Quinta Normal han realizado por mantener el lugar limpio, no ha sido posible lograrlo, ya que el tipo y escala de los residuos depositados excede con creces a la limpieza normal de los departamentos de Aseo y Ornato de las comunas.

La empresa a cargo del contrato “Construcción Parque Mapocho Rio”, ha debido realizar también un esfuerzo permanente de limpieza, sin embargo, el volumen de basura que se deshecha permanentemente, tanto en el río como en la calle Costanera Sur, no está contemplado en las bases de este contrato.

                   

El presente requerimiento consiste en el servicio de retiro de desechos, residuos voluminosos y reciclable proveniente de microbasurales y/o vertederos que se generan en los alrededores del Parque y la limpieza del enrocado existente del cauce del Rio Mapocho, se contempla una duración de 180 días corridos. Las ofertas deberán ajustarse a las presentes Especificaciones Técnicas, Bases Administrativas y Documentos Anexos y Aclaraciones.

Junto a la basura proveniente de los sectores aledaños al Parque, también existe dentro del lecho del río algunos focos de personas en situación de calle viviendo en él, que provocan una gran cantidad de basura. Esto al igual que los escombros antes nombrados no son parte de las fronteras del proyecto por lo que escapa a lo contratado con la Constructora a cargo del proyecto.

No obstante, la problemática asociada al retiro de esta basura del proyecto se suma la constante acumulación de basura por parte de algunos vecinos del sector, lo que provoca una demanda de limpieza y traslado a botadero excesiva a la constructora, aspecto no contemplado en el contrato original.

  1.  DEFINICIÓN DEL SERVICIO

El servicio apunta al:

ü  Retiro de desechos, residuos voluminosos y reciclable proveniente de microbasurales y/o vertederos que se generan en los alrededores del Parque y la limpieza del enrocado existente del cauce del Rio Mapocho.

ü  Levante de residuos de operativos de limpieza.

ü  Limpieza 3 veces a la semana a lo largo de los 9 kilómetros del Parque.

ü  Retiro de voluminosos que se vayan depositando en el Parque, sus alrededores no provenientes de las obras y a solicitud del Encargado del Contrato.

2.1     Consideraciones del Servicio

ü  Un turno AM, lunes a sábado de 7.30 a 14.00 horas

ü  Frecuencias, sectores y horarios por definir con el encargado del contrato.

El Servicio que se contratará se refiere básicamente a disponer de:

a) Maquinaria:

01 Minicargador.

02 Camiones Ampriroll.

01 Camión Barredor

01 Retroexcavadora

b) Personal:

03 Conductor con licencia Clase A4

05 Auxiliar (peonetas)

02 Barredor

01 Operador Minicargador con licencia clase D para minicargador.

01 Supervisor

El operador del minicargador, los conductores de los camiones, los auxiliares, y el eventual personal de reemplazo, deberán todos ser provistos por el adjudicatario, no teniendo SERVIU Metropolitano relación contractual ni laboral alguna con ellos.

Asimismo, el personal deberá tener un trato cortés para con los vecinos y acatar las instrucciones que la ITO le señale en oficina y terreno, para una correcta prestación de los servicios.

Los auxiliares deberán contar con uniforme de trabajo consistente en: overol o buzo de trabajo (slack), gorro, camiseta, chaleco reflectante, calzado adecuado y guantes de trabajo. Los conductores deberán contar con uniforme (calzado adecuado, pantalón, camiseta, chaleco tipo geólogo).

También este servicio deberá contar con las herramientas de trabajo para los auxiliares (peonetas) y combustible, los que darán cumplimiento a la ejecución del servicio según instrucciones de la Inspección Técnica del Servicio (ITS).

A través de este servicio, se procederá a efectuar el retiro de residuos, tales como: desechos, residuos vegetales mayores, microbasurales, excedentes de incendio, ramas, residuos voluminosos y otros que determine la ITS.

2.2   Descripción de los Camiones y de las Maquinarias

2.2.1   Camión Ampriroll 2012

Dos (02) Camiones Ampriroll que deben estar siempre operativo, en buen estado, con capacidad mínima de 20 metros cúbicos, que cuente con sello verde y pueda circular al interior de la Circunvalación Américo Vespucio. Cabe señalar, que la aplicación de restricción vehicular en uno o más camiones no puede afectar la continuidad y el cumplimiento de los servicios contratados, por tanto, es de cargo del adjudicado reemplazar debidamente los vehículos a modo de garantizar la continuidad y operatividad de los servicios.

Deberá portar y utilizar, cuando corresponda, una carpa o cubierta similar para cubrir los residuos y/o materiales durante su traslado.

El adjudicatario deberá proveer para este servicio de los conductores habilitados por cada camión.

2.2.2. Minicargador Frontal

Un (01) Minicargador que debe tener capacidad del balde de 0,25 metros cúbicos como mínimo, una capacidad de carga como máximo 1000 kgs y al menos 50 HP de fuerza. De preferencia, debiera el minicargador poseer accesorio de barrido para uso eventual. No es un requisito excluyente. El adjudicado deberá proveer para este servicio el operador debidamente capacitado y las medidas de protección idóneas para operador, entre las que cuentan la protección de la cabina de mando. Debe estar en óptimo estado para uso continuo.

Tanto los vehículos, como las maquinarias deberán contar y mantener vigente sus respectivos permisos de circulación, seguros, certificados de revisión técnica y de gases, según corresponda, los que serán verificados al momento de iniciar la prestación del servicio.

2.2.3 Retroexcavadora

La retroexcavadora debe tener cabina cerrada, capacidad del balde de 0.96 metros cúbicos como mínimo, una capacidad de carga como máximo 5.500 kgs o superior y al menos 90 HP de fuerza netos al volante. El adjudicatario deberá proveer para este servicio un operador con licencia clase D, y las medidas de protección idóneas para operador, entre las que cuentan la protección de la cabina de mando. Debe estar en óptimo estado para uso cada vez que se requiera.

Se solicitará retroexcavadora en coordinación para la limpieza del enrocado existente ribera sur del Rio Mapocho.

2.2.4 Camión Barredor

Un (01) Camión Barredor que cuente con servicio de 6 metros cúbicos de barrido lateral.

2.3 Modalidad del Servicio

ü  Los trabajos por ejecutar a través del presente servicio, serán planificados, supervisados y evaluados por la ITO. La correcta ejecución de ellos será de responsabilidad del adjudicatario.

ü  Los trabajos por ejecutar serán entregados por la ITO al adjudicatario o su representante en terreno, a través de una Orden de Trabajo.

ü  La jornada de trabajo para los camiones, minicargador y peonetas será diaria, de lunes a sábado a partir de las 07:30 horas hasta las 14.00 horas a lo largo del Parque. Deberá existir un sistema de control de llegada propuesto por el adjudicatario y aprobado por la ITO.

ü  Se exigirá como mínimo por jornada diaria, el traslado a la Estación de Transferencia u otro lugar que indique la ITO. Lo anterior, salvo instrucciones de la ITO en concordancia con la Orden de Trabajo.

ü  El personal del adjudicatario deberá cargar los residuos en los camiones evitando ruidos molestos, derrame de polvo, líquidos y residuos en la vía pública. Si sucediese, los mismos deberán ser recogidos, cargados en el camión respectivo y se limpiará de inmediato el área afectada.

ü  Igual precaución y procedimiento deberá ejecutarse durante el traslado del camión al lugar de disposición final de los residuos, la cual se efectuará en la Estación de Transferencia de que proponga el adjudicado y apruebe la ITO.

ü  El transporte deberá efectuarse con la carga del camión tapada con una carpa o cubierta similar, para cumplimiento de la legislación vigente.

ü  Una vez completa la carga de los camiones, ésta será trasladada de inmediato a los lugares de disposición que determine la ITO. Durante este proceso, deberán respetarse las normas de tránsito y otras normas aplicables al servicio y también, las establecidas para la operación de descargue, ya sea en la Estación de Transferencia u otro lugar que determine la ITO.

ü  Ante situaciones imprevistas, de contingencia o de emergencia, la ITO podrá solicitar al adjudicatario nuevos trabajos anexos para ejecutar en forma adicional a la Orden de Trabajo diaria, para lo cual, el adjudicado deberá alterar su programación de trabajo con el fin de redestinar los camiones, equipos y personal para dar cumplimiento a lo solicitado. Esto dejando las labores ordinarias y en el horario contratado.

ü  El adjudicatario deberá proveer en forma inmediata el reemplazo del o los camiones y/o maquinarias por otros de similares características al indicado en su oferta, en caso de avería, accidentes u otro impedimento. Esta situación deberá ser comunicada oportunamente a la ITO. Para lo anterior, el plazo será de 120 minutos, de lo contrario se cursará la multa correspondiente.

2.4    Fiscalización

La fiscalización de la correcta ejecución del Servicio contratado estará a cargo de la Inspección Técnica de la Obra (ITO), quien tendrá las atribuciones especificadas en las Bases Administrativas.

2.5     Disposición Final de Residuos

El costo por la disposición de los desechos, desechos vegetales y otros residuos contemplados en el servicio, ya sea en la Estación de Transferencia, Relleno Sanitario, u otro lugar que la ITO determine, serán de cargo del Adjudicatario.

2.6     Comunicaciones

Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá mantenerse comunicado vía teléfono y correo electrónico. El adjudicado, deberá establecer un horario de atención a los días y horarios de prestación del servicio.

Las Órdenes de Trabajo serán entregadas por la Inspección Técnica de la Obra en las oficinas de la ITO, las que deberán ser retiradas por el adjudicatario o su representante en terreno.

El adjudicado y su representante en terreno deberán contar con un teléfono celular (para comunicación por voz, imágenes, con conexión a Internet 4G o superior, ilimitada, de a lo menos 2000 minutos, (para aplicaciones como WhatsApp, etc.) de forma diaria y permanente, para el correspondiente registro de las actividades realizadas y una comunicación oportuna, expedita y adecuada con la ITO.

2.7 Responsabilidades

SERVIU Metropolitano no tendrá responsabilidad alguna respecto de posibles daños ocasionados a las personas o bienes particulares o fiscales que resultasen lesionados o dañados producto del trabajo del personal, camiones y/o equipos del adjudicado.

2.8    Control del Servicio

El contrato mantendrá un Libro de Servicios o Manifold, el cual deberá proporcionar el adjudicado y será el documento oficial de dicho contrato. El libro será el medio habitual para las comunicaciones entre la ITO y el adjudicatario, el cual deberá permanecer en dependencias de la Instalación de Faenas de la Obra, no pudiendo ser retirado por el adjudicado de dicho lugar.

El libro deberá ser foliado, en triplicado, autocopiativo y en él se anotará toda observación, comunicación, órdenes, plazos, reconocimientos u otros. Las observaciones tendrán carácter de obligaciones y su incumplimiento originará las multas indicadas en estas bases. El original queda en poder del ITO.

El Supervisor de la empresa deberá acudir al inicio y al final de un período de vigencia de una Orden de Trabajo para revisar el libro de servicio, dejando constancia en el mismo de su presentación. En caso de que el supervisor no pudiese asistir, deberá hacerlo la persona establecida previamente como su subrogante.

Las observaciones anotadas en el Manifold deberán ser cumplidas dentro del plazo establecido en las bases o, en su defecto, el dado por el ITO, y por el sólo hecho de anotarlas, el adjudicatario se dará por notificado, sin requerir de su firma para el acto administrativo. En caso de no estar el adjudicatario personalmente se notificará por correo electrónico también, entendiéndose notificado en un plazo definido de 60 minutos.

El adjudicado y su personal autorizado deberán utilizar el libro Manifold para dar respuesta a todo lo solicitado por la ITO Serviu RM, a través de este medio, así como para dejar constancia de hechos, fechas y manifestar inquietudes de la empresa. En este contexto, deberá anotar, además, todas aquellas situaciones que afecten la presentación, funcionalidad u otro aspecto del servicio a objeto que el ITO tome conocimiento y pueda tomar las medidas que correspondan.

No obstante ser el libro Manifold, el medio normal de comunicación entre Servicio y adjudicatario, también se considerará válida para todos los efectos, la comunicación escrita formal que medie entre las partes, como carta de la empresa, oficio ordinario, correo electrónico, u otro. Además, sin que esto signifique un requisito para la validez de las notificaciones, se deberá incorporar copia del documento al libro Manifold para conocimiento del supervisor o encargado del contrato.