Licitación ID: 48-77-LE24
Servicio de Capacitación para Directivos de SERVIU
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Programas o cursos no diplomados a distancia 1 Global
Cod: 86111504
Asesoría de apoyo a SERVIU Metropolitano para la gestión habitacional a través del fortalecimiento de técnicas y competencias para Directivos, gestión y autogestión en el contexto del Plan de Emergencia Habitacional, de 48 horas para 5 directivos y el sup  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Capacitación para Directivos de SERVIU
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “Servicio de Capacitación para Directivos de SERVIU Metropolitano”, con el propósito de capacitar entregando herramientas a las jefaturas y directivos de SERVIU Metropolitano, para la dirección, gestión y autogestión efectiva de sus equipos tanto en lo relacional, el autocuidado y herramientas técnicas. Lo anterior permitirá lograr una gestión más efectiva con miras al cumplimiento de la meta del Plan de Emergencia Habitacional.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-11-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 21-11-2024 10:10:17
Fecha inicio de preguntas: 21-11-2024 11:01:00
Fecha final de preguntas: 22-11-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-11-2024 14:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-11-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-11-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 17-12-2024 17:50:15
Fecha de entrega en soporte fisico 26-11-2024
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1. Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Todos o parte de los antecedentes administrativos solicitados para ofertar, pueden estar acreditados en ChileProveedores, en cuyo caso no será necesario adjuntarlos a la oferta. Las entidades oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si alguna entidad oferente tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del Artículo 62 del Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información. 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren actualizadas, disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. En caso contrario, al ser requisito obligatorio, los oferentes que no los adjunten o los presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, si esta declaración se encuentra acreditada y actualizada en ChileProveedores no será necesario adjuntarla. b) Aquellos oferentes que sean personas jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley N° 20.393, y el Decreto Ley N°211 de 1973. Si esta declaración se encuentra acreditada y actualizada en ChileProveedores no será necesario adjuntarla. c) Respecto de las uniones temporales de proveedores (UTP), podrá adjuntarse al momento de ofertar, el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma, como requisito para emitir la orden de compra, en caso que la UTP resulte adjudicada; según lo dispuesto en las presentes bases administrativas. En caso contrario, al ser requisito obligatorio, los oferentes que no los adjunten, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los Anexos N°3, N°4, N°5, N°6, N°7 y N°8, éstos constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada en la apertura; mientras que lo solicitado en los literales a.1), b.1), e.1) y f.1); constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. a) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°3, “Experiencia del Oferente”, relativo a la cantidad de servicios realizados por el oferente en los últimos 3 años (año 2021 a la fecha). a.1) Se considerarán como documentos válidos para acreditar experiencia: órdenes de compra, contratos de trabajo, boletas de honorarios o facturas y certificados de experiencia emitidos por el mandante, que contenga la siguiente información: Nombre del profesional que desarrolló la actividad y el detalle del servicio prestado, el cual debe corresponder con la experiencia requerida. Sólo se considerarán trabajos terminados y no en ejecución. No se considerarán las declaraciones juradas emitidas por el propio interesado ni órdenes de compra en un estado distinto a “Aceptada” o “Recepción Conforme”, cuando se trate de órdenes de compra emitidas por el Portal de Mercado Público. Si la documentación que acredita la experiencia del oferente no se adjunta o está incorrecta, se podrá solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. En caso de existir discrepancia entre lo declarado en el citado anexo y los documentos de respaldo, primará lo consignado en estos últimos. Dichos documentos deberán figurar a nombre del oferente, o en su defecto, a nombre del representante legal de ésta. No se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la empresa. Solo se considerarán trabajos terminados hasta antes de la fecha de presentación de la oferta y no en ejecución b) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°4, “Formación del Profesional”, debiendo individualizar al profesional y detallar la formación que este posea, dado cumplimiento a los siguientes requisitos: El relator/consultor que desarrolle la asesoría deberá corresponder a un Licenciado/a en Psicología, que se encuentre titulado de psicólogo/a, y dada la exigencia “profesional altamente cualificado”, deberá poseer estudios de postítulo (diplomados), así como también estudios de posgrado (Magíster o Doctorado). Además, deberá encontrarse certificado como coach organizacional en programación neurolingüística (PNL), poseer vasta experiencia en coaching para líderes y directivos, ya sea en el sector público o privado y tener experiencia en el desarrollo de actividades académicas en entidades educativas. b.1) La información contenida en el citado anexo, deberá ser debidamente acreditada, para lo cual el oferente deberá adjuntar documentos de respaldo tales como: certificados de títulos y documentos de la formación del profesional, para el proceso de verificación de los antecedentes, y adjuntar el Currículum Vitae (en formato libre) actualizado. c) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°5, “Plazo de ejecución”” en el cual deberá indicar la propuesta de ejecución del servicio, especificando la fecha de inicio, la fecha término y la cantidad de horas que comprende el programa, en rango de tiempo de 20 días hábiles, y con una duración total mínima de 48 horas por cada uno de los directivos. d) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°6, “Propuesta Técnica”, detallando la propuesta técnica de la asesoría, la estructura o módulos que comprende el programa de acompañamiento, la metodología a emplear, debiendo especificar los objetivos de cada etapa y el tiempo de duración en horas. El oferente puede indicar en el anexo otros aspectos que estime necesario para complementar su programa y adjuntar propuesta en formato libre. e) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°7, “Programa de Integridad”, esto es, cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir, y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. En este se debe indicar si cuenta con programas de integridad que sea conocidos por su personal. En éste, se debe indicar si cuenta con programas de integridad que sean conocidos por el personal. e.1) La información contenida en el citado Anexo N°7 deberá ser debidamente respaldada, para lo cual el oferente deberá adjuntar algunos de los siguientes documentos: Certificado que acredite que cuenta con el Programa de Integridad, el cual deberá contener un mecanismo de verificación, ya sea código verificador, N° de contacto telefónico o correo electrónico de la empresa certificadora (de existir certificación); en su defecto, antecedentes que den cuenta de la existencia de programas de integridad conocidos por todo su personal, con sus respectivos medios de verificación, como el link de su página web o intranet, donde se visualicen los contenidos a los que puede acceder todo su personal. f) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°8, “Impacto Ambiental” correspondiente a cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo la producción limpia, así como la utilización de procesos, materiales e insumos que tienen un menor impacto ambiental en las actividades productivas, que tienen en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. En éste, se debe indicar si cuenta con prácticas sustentables o de impacto ambiental que sean conocidos por el personal. f.1) La información contenida en el citado Anexo, deberá ser debidamente respaldada, por lo que la oferente deberá adjuntar el o los documentos específicos que se solicitan en el anexo N°8, según la práctica que acredita. Los documentos con que acredita deberán contener un mecanismo de verificación, ya sea código verificador, N° de contacto telefónico o correo electrónico de la empresa certificadora (de existir certificación). Se hace presente que, en caso que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o no proporcionen la información solicitada o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos, declarará inadmisible o fuera de bases, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Servicio para requerir, mediante foro de aclaración de ofertas, la corrección de errores u omisiones formales, de conformidad a lo establecido en el punto 9.3 de las presentes bases y al art. 40 del Reglamento de la Ley de Compras. Aplicándose, en dicho caso, puntaje cero en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al precio neto de la unidad de medida indicada para el servicio a contratar en el presente proceso licitatorio, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajustes e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las especificaciones técnicas definidas. El oferente debe indicar claramente en este anexo, los impuestos aplicables al valor neto ofertado, o la exención de ellos, de acuerdo con la normativa tributaria que lo regula en su calidad de contribuyente. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°9, “Formulario Oferta Económica”. El valor total neto ingresado en este anexo debe ser coincidente con el ingresado al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el Anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar o de no ser completado íntegramente, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura de la presente licitación. Para efectos de evaluación económica, el monto a evaluar será aquel que corresponda al monto neto, de acuerdo con lo declarado en el Anexo N°9 por la oferente. El oferente deberá señalar claramente, al momento de ingresar su oferta económica si el Valor Neto del proyecto estará, Afecto a IVA, Exento de IVA, o se debe agregar la Retención de Impuesto en caso de entrega de Boleta de Honorarios El Servicio tendrá la facultad de requerir, mediante foro de aclaración de ofertas, la corrección de errores y/u omisiones formales cuando el anexo se presente incompleto, modificado y/o no proporcione la información requerida o se haga en una forma distinta a la solicitada, siempre y cuando no se afecte la aplicación de la metodología de evaluación, en cuyo caso la oferta será declarada Fuera de Bases. En caso que la comisión determine solicitar aclaración mediante foro, de conformidad a lo establecido en el punto 9.3 de las presentes bases y al Art. N°40 del Reglamento de la Ley de Compras, aplicándose en dicho caso, se asignará puntaje cero en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales. Las ofertas que superen el presupuesto máximo disponible para la presente contratación serán declaradas fuera de bases.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Ver punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Ver punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 25%
2 Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 70%
3 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 33.01.133.007
Monto Total Estimado: 10000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 20 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Diego Pérez Tobar
e-mail de responsable de contrato: dperezt@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-9013505-3505
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Otras Cláusulas

9.  Otras Cláusulas

9.1.     Validez de las Ofertas

La entidad oferente, por el sólo hecho de presentar oferta significa que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

 

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días hábiles contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

 

La entidad oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

 

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

9.2.     Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

 

La apertura de las ofertas se efectuará solamente en relación a los oferentes que hubiesen cumplido oportunamente con los requisitos de admisibilidad (ver punto 5.2.3 y 5.2.4 de las bases administrativas de licitación).

9.3.     Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios de la Subdirección de Administración y Finanzas, designados por Orden de Servicio de ese Subdirector de SERVIU Metropolitano, indicando nombre, cedula de identidad, cargo de sus integrantes y referir al funcionario que la preside. La Comisión procederá a revisar y analizar los antecedentes entregados por los oferentes de acuerdo con lo solicitado en las presentes Bases.

 

Todos los funcionarios, independiente de su calidad jurídica, que tengan por función evaluar o calificar procesos de licitación pública o privada deberán suscribir una Declaración Jurada de ausencia de conflicto de interés por cada procedimiento en el que participe, esto en razón del Articulo 35 octies, Capitulo VII, de la Ley N° 19.886, incorporado por la Ley N° 21.634/2023 que moderniza la Ley de compras.

 

Los miembros de la comisión evaluadora deberán elegir un presidente entre sus miembros y no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva y suscribiendo la declaración de ausencia de conflictos de intereses y de confidencialidad de la comisión evaluadora. Esto en razón del artículo 35 quinties y nonies de la Ley N°19.883, incorporado por la Ley N° 21.634/2023. 

 

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

 

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo con las condiciones que en cada caso se establecen.

 

Los proveedores son responsables de la información que presenten al SERVIU Metropolitano para estos efectos. En caso de falsedad o inexactitud de la información indicada habilita al SERVIU Metropolitano para declarar fuera de bases al proveedor en evaluación y presentar a cobro la garantía de seriedad de la oferta.

 

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

 

La aplicación del foro Aclaración de Oferta implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.

 

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración Ofertas del Portal www.mercadopublico.cl, para responder lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

 

Las ofertas se evaluarán por proveedor, y en cada línea de licitación, aplicando la siguiente metodología de evaluación:

 

9.3.1. Evaluación de Ofertas

Oferta Técnica (OT):

El presente criterio se evaluará considerando 6 subcriterios: (A) Experiencia del Oferente (ponderado en 10), (B) Formación del Profesional (ponderado en 20%), %), (C) Plazo de ejecución del servicio (ponderado en 5%), (D) Propuesta Técnica (ponderado en 60%), (E) Programa de Integridad (ponderado en 3%) y (F) Impacto Ambiental (ponderado en 2%).

 

Experiencia del Oferente (A): (10%)

El presente subcriterio, evaluará la experiencia del Oferente en lo relativo a la cantidad de servicios de coaching para directivos realizados por el oferente en el sector público o privado en los últimos 3 años (año 2021 a la fecha).

 

Se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla:

 

Experiencia en la materia solicitada

Puntaje

3 experiencias en los últimos 3 años

100 puntos

2 experiencias en los últimos 3 años

50 puntos

1 experiencias en los últimos 3 años

 0 puntos

 

A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (10%) para obtener el puntaje ponderado.

 

Formación del Profesional (B): (20%)

Se evaluará la Formación del profesional, de acuerdo a la información señalada en el Anexo N°4, la que debe estar debidamente acreditada. Se asignará puntaje único de 100 puntos a los profesionales que cumplan con todos los ítems de formación del siguiente cuadro.

 

Profesión

 

Postítulo

 

Posgrado

 

Certificación Coach

 

Actividades de Docencia

 

 

Las ofertas cuyos profesionales no cumplan con algún ítem de formación de los descritos en el cuadro anterior, quedarán fuera de bases y no se evaluarán los demás antecedentes (propuesta técnica, económicas, etcétera).

 

Se requiere el título de psicólogo con postítulo y posgrado en materias de liderazgo, gestión de las personas, desarrollo organizacional, gestión del cambio, habilidades directivas y gestión estratégica con certificación de coach con programación neurolingüística (PNL)

 

A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (20%) para obtener el puntaje ponderado

 

Plazo de Ejecución del servicio (C): (5%)

Se evaluará el plazo de ejecución del servicio, declarado por el oferente en el Anexo N° 5, que esté expresado en horas y que no sea menor a 48 horas para su ejecución en un plazo de 20 días hábiles, de lo contrario su oferta quedará fuera de bases.

La Comisión Evaluadora asignará el puntaje de la siguiente manera:

Plazo de Entrega

Puntaje

20 días hábiles, para una totalidad 48 horas

100 puntos

Otro rango, que exceda de los  20 días hábiles o menos cantidad de horas.

Fuera de Bases

A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (5%) para obtener el puntaje ponderado.

Propuesta técnica (D): (60%)

En este subcriterio se evaluará el Contenido de la Propuesta Técnica en función de lo expresado y declarado en el Anexo N°6. El presente subcriterio tiene un carácter sumativo, por ende, el oferente obtendrá puntaje de acuerdo al cumplimiento de cada uno de los siguientes puntos:

 

Estructura o módulos que comprende el programa de acompañamiento, la metodología a emplear, debiendo especificar los objetivos de cada etapa, y el tiempo de duración en horas.

 

1. La propuesta técnica considera los 4 hitos fundamentales de la asesoría: 50 puntos 2. La propuesta específica la metodología de cada hito: 20 puntos

3. La propuesta indica los objetivos de cada etapa o hito: 20 puntos

4. La propuesta indica el tiempo de duración de cada hito: 10 puntos

5. La propuesta no indica módulos, metodología de trabajo, objetivo ni/o tiempo de duración: Fuera de bases.

 

A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (60%) para obtener el puntaje ponderado.

 

Programa de Integridad (E): (3%)

El presente factor tiene por finalidad evaluar si el oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal, en atención a lo solicitado por la Contraloría General de la República en su Dictamen N° E370752/2023, donde imparte medidas para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de Compras Públicas, según lo informado en el Anexo N°7. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

 

Programas de Integridad

PUNTAJE

La entidad oferente acredita programas de integridad que sean conocidos por su personal

100 puntos

La entidad oferente NO acredita o no tiene programas de integridad que sean conocidos por su personal

0 puntos

 

A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (3%) para obtener el puntaje ponderado.

 

Impacto Ambiental (F): (2%)

El presente subcriterio se evaluará en función de lo indicado por el oferente en el Anexo N°8 que se encuentre debidamente acreditado de acuerdo con la letra f) del punto 5.2.3 de las bases administrativas de licitación y que tendrá una ponderación del 2%. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

 

Prácticas sustentables o de impacto ambiental conocido por el personal

Puntaje

 

1

La entidad oferente acredita prácticas sustentables o de impacto ambiental que sean conocidos por su personal.

 

100

 

2

La entidad oferente NO acredita prácticas sustentables o de impacto ambiental que sean conocidos por su personal.

 

0

 

Calculo puntaje final Oferta Técnica.

POT= ∑ ((A * 0.10) + (B * 0.20) + (C * 0.05) + (D * 0.60) + (E * 0.03) + (F * 0.02)

Donde:

POT= Puntaje Oferta Técnica

∑=Suma Total

A= Experiencia del Oferente

B= Formación del Profesional

C= Plazo de Ejecución del Servicio

D= Propuesta Técnica

E= Programa de Integridad

F= Impacto Ambiental

Los oferentes que obtengan un Puntaje Oferta Técnica (POT) inferior a 70 puntos, no pasarán a la etapa de Evaluación Económica y Final.

Precio u Oferta Económica (POE):

En esta oferta sólo se considerarán los oferentes que posean un POT igual o mayor a 70 puntos.

Para la evaluación del presente criterio, se considera lo expresado en el Anexo N°9,

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:

 

POE = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación) *100

 

Donde:

ü  Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü  Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

 

Para efectos de evaluación económica, el monto a evaluar será aquel que corresponda al monto total NETO.

 

Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (CRFO):

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar o en la instancia posterior establecida en el párrafo séptimo del punto 9.3 de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.

 

El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

 

CRFO

PUNTAJE

Cumple con los requisitos formales en el plazo de presentación de ofertas.

100 puntos

No cumple con la totalidad de los requisitos formales o no cumple con la totalidad de los requisitos formales respecto de la solicitud de aclaración en caso de ser procedente, dentro del plazo de 2 días hábiles contadas a partir de la notificación del respectivo requerimiento.  

0 puntos

 

Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio “Oferta Técnica” en el Rubro (POT) se le aplicará una ponderación de un 70%, al puntaje obtenido en el criterio “Precio U Oferta Económica” (POE) se le aplicará una ponderación de un 25% y al puntaje obtenido en el criterio “Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (PCRFO)” se le aplicará una ponderación de un 5%, para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

 

PTP = 0, 70*POT + 0.25*PPOE + 0.05*PCRFO

 

Dónde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Oferta Técnica.

ü PPOE: Puntaje Precio u Oferta Económica.

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

 

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Oferta Técnica. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. Finalmente, en caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al proveedor que haya ingresado primero la oferta en el Portal de Mercado Publico y en última instancia a quien resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.

 

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

 

9.4.     Adjudicación

 

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

 

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

 

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta no son inconsistentes económicamente, conforme a un informe efectuado por la Comisión Evaluadora.

 

 

9.5.     Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley N° 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

9.6.     Del Contrato

Conforme a lo dispuesto en el artículo 63 del D.S. N° 250, de 2004, el contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra a través del Sistema de Información y la aceptación de ésta por parte del proveedor. Asimismo, y, en caso que una orden de compra no haya sido aceptada, este Servicio podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

 

SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y re adjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original en caso que el oferente adjudicado manifieste expresamente su intención de desistirse el proceso licitatorio o no haya aceptado la orden de compra dentro del plazo indicado.

 

 

9.7      Responsabilidad del Oferente Adjudicado

 

9.7.1   De las Obligaciones Laborales y Previsionales

 

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién, para estos efectos, podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda,  descontarlos de los pagos al proveedor. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de SERVIU Metropolitano de poner término anticipado al contrato, en conformidad a lo establecido en el artículo 77 N°5 del Reglamento de la Ley de Compras.

 

En conformidad a lo previsto en los incisos 3° y 4° del artículo 6° de la ley N° 21.640/2024, que sanciona la Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2024, el proveedor, al momento de contratar con SERVIU Metropolitano, deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que el oferente adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Servicio mientras no subsane el incumplimiento que la afecte.

 

Asimismo, si durante el desarrollo del contrato, el proveedor incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, determinado por la autoridad competente, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.

 

Si el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato incurriere en incumplimientos de leyes laborales y previsionales, SERVIU Metropolitano deberá exigirle que proceda a regularizar totalmente sus obligaciones y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de éstas. Asimismo, en caso que el proveedor registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato con un máximo de seis meses, SERVIU Metropolitano quedará facultado para dar por terminado el respectivo contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

 

El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

 

La entidad oferente adjudicada deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién, para estos efectos, podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, descontarlos de los pagos al proveedor.

 

En caso que la entidad oferente adjudicada, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor adjudicado, acreditar al SERVIU Metropolitano mediante el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

 

 

9.7.2 Confidencialidad y Seguridad de la Información

 

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que ponga a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose, SERVIU Metropolitano, el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

 

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

 

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por SERVIU Metropolitano, y ajustándose, en todo caso, a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan. 

 

9.8.     De la Orden de Compra

SERVIU Metropolitano emitirá una orden de compra por el monto total adjudicado, de acuerdo a lo indicado por el adjudicatario en el Anexo N°9, para lo cual la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra a través del Portal Mercado Público. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por el proveedor.

9.9.     Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de la orden de compra respectiva. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

 

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor el bien adjudicado, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios (posterior a la fecha de finalización del curso o actividad), la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

 

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano N°45, comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

 

a)     Acta entrega con la Recepción Conforme, sin observaciones del servicio.

b)     Evaluación de proveedores externos.

c)     Copia de la Orden de Compra.

d)     Factura original y cedible.

e)     Informe de Hallazgos y Recomendaciones - Producto final del coaching focalizado del Director, de los directivos y del trabajo grupal.

f)      Propuesta técnica y comercial.

g)     Certificado de cumplimientos de obligaciones laborales y previsionales (F30 – 1) o Certificado de antecedentes laborales y provisionales (F-30) emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda, con una antigüedad no superior a 30 días, contando desde la fecha de su emisión.

 

Queda estrictamente prohibido para el proveedor emitir la Factura o Boleta de Honorarios, sin que antes SERVIU Metropolitano cuente con todos los antecedentes indicados anteriormente. En caso de no contar con dichos antecedentes, la Factura o Boleta de Honorarios será rechazada por SERVIU Metropolitano, dentro de los 8 días hábiles a su emisión.

 

La documentación indicada anteriormente, podrá ser entregada en soporte físico o en formato electrónico. Para formato electrónico debe ser enviado en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. Para formato físico, la documentación debe ser entregada en Departamento de Servicios Generales, ubicada en Serrano N°45, piso Zócalo, ala norte, teniendo en cuenta que el horario de atención de público es entre las 9:00 hrs. y 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura o boleta de honorarios y toda la documentación adjunta que se requiere para tales efectos.

 

Los pagos se harán mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Sólo en casos excepcionales, y siempre que no esté disponible el pago mediante transferencia electrónica, SERVIU Metropolitano pagará al proveedor mediante cheque nominativo.

 

La factura y otros antecedentes podrán ser en papel o en formato electrónico despachado al correo electrónico dperezt@minvu.cl. Será responsabilidad del adjudicatario entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.

 

Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas o a la Sección Desarrollo Organizacional (área que administra el contrato), cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o Boleta de Honorarios.  

 

 

9.10.   Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, las cuales en su conjunto no podrán superar el 20% del monto total del contrato, en cuyo evento, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato:

 

a)    En caso de no ejecutar la asesoría en el plazo indicado (20días hábiles) en las bases administrativas, vale decir, atraso por entrega final o entrega parcial de informe diagnóstico, se aplicarán por cada día hábil de atraso 2,5 UTM, con un tope de 2 días hábiles.

b)   En caso de no cumplir con la cantidad de coaching focalizados (Director más 5 directivos o jefaturas de II y III nivel jerárquico de la institución) y requeridos para la asesoría, la multa será por el monto de 5 UTM.

c)    En caso de no entregar la documentación Informe de hallazgos, relativa al cierre de la asesoría, la multa será de 5 UTM por evento.

 

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, la contraparte técnica notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos a la Contraparte Técnica del servicio, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

 

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

 

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

 

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso.

 

9.11.   Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y, en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

 

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

 

 

9.12.   Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

 

a)     Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

 

b)     En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

 

Se considera incumplimiento grave:

 

b.1)          No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.

b.2)          No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.

b.3)          No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato, Subcontratación y Monto”, de las presentes bases administrativas.

b.4)          Se hayan aplicado multas que, en su conjunto, superen el 20% del monto total del contrato.

b.5)          En el caso que, una vez iniciado el curso, no se esté cumpliendo con lo definido en la oferta técnica, en los siguientes términos:

b.5.1)                No ajustar el desarrollo de la capacitación a la propuesta técnica presentada, no respetando los objetivos, contenidos mínimos, duración de cada módulo, y en general, la metodología definida en la oferta. En cuyo caso, se pagará la proporcionalidad de las horas de capacitación realizadas. 

b.5.2)                No considerar la metodología requerida por el Servicio, consistente en la presentación teórica conceptual apoyada por el análisis y discusión de casos prácticos basados en situaciones atingentes a SERVIU Metropolitano.

 

c)     En caso de declararse por los tribunales de justicia inhabilitación para contratar con el Estado, según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 21.595, de 2023, de Delitos Económicos, Penas Privativas de Libertad, Penas Restrictivas de Libertad, Multa, Circunstancias Atenuantes de Responsabilidad penal, Circunstancias Agravantes de Responsabilidad penal, Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad penal, Comiso de Ganancias, Medio Ambiente, Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

 

d)     Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

 

e)     En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

 

f)      Estado de notoria insolvencia del contratante.

 

g)     Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el N° 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.

 

h)     En caso de existir falsedad en la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar al Ministerio Público para el caso en que existan presunciones fundadas de delito.

 

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

 

Las cartas certificadas que envíe SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.

 

 

9.13 Contraparte Técnica

 

La contraparte técnica de SERVIU Metropolitano corresponderá a la Encargada de la Sección de Desarrollo Organizacional, quien realizará las siguientes actividades:

 

a)    Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento de la prestación de servicios y de todos los aspectos considerados en las presentes bases de licitación.

b)   Comunicar por cualquier vía con el encargado del adjudicatario, a efecto de informar las observaciones de forma y fondo sobre el desarrollo del servicio prestado, pudiendo establecer las debilidades detectadas a fin de mejorar el servicio.

c)    Fiscalizar que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las presentes bases y demás documentos que rigen la presente licitación pública.

d)   Mantener un permanente control sobre la ejecución del servicio, a través de cualquier medio o forma que resulte idóneo para el efecto.

e)    Elaborar acta de recepción conforme.

f)    Las demás que le encomienden las presente bases.

 

9.14 Pacto de integridad.

 

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

 

a.         El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República de Chile en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12° y 16°, de conformidad a lo establecido en el artículo 485 del Código del Trabajo.

 

b.        El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a funcionario público alguno en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que eventualmente se deriven de la misma; ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato que de ello se deriven.

 

c.         El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas, que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico; y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, tratativas, actos y/o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

 

d.        El oferente se obliga a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 ter de la Ley N° 21.634, de 2023, que Moderniza la Ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado, en cuanto a la prohibición de comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

 

e.        El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

 

f.         El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y del contrato que de ellos se derivasen.

 

g.         El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, juridicidad, ética, moral, probidad, buena fe, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del servicio licitado.

 

h.        El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el presente proceso licitatorio es una propuesta real y seria, con información fidedigna; y, en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidad ofertadas.

 

i. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente expresadas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes; y, en general, por todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud y/o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Bases Técnicas

BASES TÉCNICAS O ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

ESPECIFICACIONES TECNICAS ASESORÍA DE APOYO A SERVIU METROPOLITANO PARA LA GESTIÓN HABITACIONAL, A TRAVÉS DEL FORTALECIMIENTO DE TÉCNICAS Y COMPETENCIAS PARA DIRECTIVOS, EN EL CONTEXTO DEL PLAN DE EMERGENCIA HABITACIONAL.

 

  1. ALCANCES DE LA ASESORÍA

 

SERVIU Metropolitano, a través del área de Gestión de Personas, define anualmente los lineamientos necesarios para el fortalecimiento organizacional, proceso que comprende diversas acciones de fortalecimiento de habilidades para los/as funcionarios/as directivos que cumplen funciones de carácter estratégicas. Este trabajo de apoyo continuo consiste en gestionar las emociones de los directivos, desarrollando y potenciando competencias relacionales, como el autoconocimiento y autocuidado, a fin de fortalecer sus habilidades de liderazgo, orientado y enfocado hacia el cumplimiento de los objetivos institucionales, atendiendo los desafíos relacionados con el Plan de Emergencia Habitacional.

 

  1. OBJETIVOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA ASESORÍA

 

El objetivo de la asesoría consiste en que profesional altamente cualificado, desarrolle programa de capacitación de tipo coaching estratégico personalizado para los directivos de SERVIU Metropolitano, que incluya al superior jerárquico (director) y 5 subdirectores o jefaturas de III nivel jerárquico de la institución. La asesoría debe contemplar un programa de acompañamiento individual que permita identificar el ámbito de interés del funcionario/a; la problemática organizacional y personal asociada al proceso de toma de decisiones; las preocupaciones; los desafíos; sus necesidades y, principalmente, la detección de oportunidades de mejoras en ámbito organizacional y en el plano personal, de la mano del autoconocimiento y autocuidado.

 

El siguiente objetivo busca analizar al directivo desde la perspectiva de sus desafíos de liderazgo para determinar las coherencias y resolver las brechas que existan en cuanto al enfoque, la tarea asociada a la reportabilidad de la gestión y compromisos institucionales, la relación con los pares y, principalmente, con el equipo de trabajo. Como punto de término la asesoría debe contemplar un plan de crecimiento personal para cada directivo, a fin de fortalecer sus habilidades de liderazgo efectivo, para potenciar el empoderamiento de las otras personas que integran el Servicio, para que mediante un trabajo conjunto de alto desempeño se logre un mayor cumplimiento de los objetivos institucionales, atendiendo los desafíos del Plan de Emergencia Habitacional y el cumplimiento de las metas asociadas a éste.

 

  1. REQUISITOS DE FORMACIÓN DEL PROFESIONAL

 

El relator/consultor que desarrolle la asesoría deberá corresponder a un Licenciado/a en Psicología, que se encuentre titulado de psicólogo/a, y dada la exigencia “profesional altamente cualificado”, deberá poseer estudios de postítulo (diplomados), así como también estudios de posgrado (Magíster o Doctorado). Además, deberá encontrarse certificado como coaching organizacional en programación neurolingüística (PNL), poseer vasta experiencia en coaching para líderes y directivos, ya sea en el sector público o privado y tener experiencia en el desarrollo de actividades académicas en entidades educativas.

 

  1. CONTENIDOS: RESULTADOS Y PRODUCTOS ESPERADO DE LA ASESORÍA

 

El servicio de asesoría tiene una duración total de 48 horas, que se distribuyen de la siguiente manera: 16 horas individuales de acompañamiento personalizado para el Director de SERVIU Metropolitano; 25 horas para 5 directivos o jefaturas, que se distribuirán en 5 horas individuales para cada uno; y 7 horas de intervención grupal. Este proceso de coaching deberá estar conformado por 4 etapas o hitos fundamentales, las cuales deberán ser desarrolladas por el profesional deberá tener la siguiente estructura:

 

a) Hito N°1: Entrevista o sesión inicial de Diagnostico con cada directivo:

 

Esta fase inicial corresponde a la entrevista personal del profesional COACH con cada directivo, con una duración de 1 hora, con la finalidad de presentar el Programa de Acompañamiento de Coaching Estratégico. Posteriormente, el profesional procederá a recoger información necesaria para la ejecución de la asesoría, a través de la aplicación de un diagnóstico organizacional, lo que permitirá obtener el levantamiento de necesidades y el análisis situacional de cada de directivo. Este instrumento permitirá definir los lineamientos de las siguientes etapas, atingente a las distintas eventualidades que se generan en el proceso de toma de decisiones en el avance de la meta sectorial correspondiente al Plan de Emergencia Habitacional y que es el objetivo de trabajo prioritario del Servicio.

 

            b) Hito N°2: Intervención individual para los directivos de la institución:

 

Esta fase comprende la aplicación de la asesoría propiamente tal, determinada para al superior jerárquico (Director) y para 5 subdirectores o jefaturas de SERVIU Metropolitano y que debe ser desarrollada a través de sesiones personalizadas de coaching para líderes, con una duración de 14 horas en el caso del director y de 3 horas para las otras jefaturas. Estas sesiones están orientadas a trabajar las fortalezas y desafíos personales, sobre los problemas y oportunidades que enfrentan los directivos en el ejercicio de sus funciones de carácter críticas.

 

            c) Hito N°3: Intervención grupal para los directivos de la institución:

 

Esta fase comprende el trabajo grupal en la cual deben participar tanto el Director como los 5 subdirectores o jefaturas de SERVIU Metropolitano definidas para el programa. Esta etapa debe tener una duración de 7 horas en total, con la finalidad de acordar un conjunto de herramientas de planificación y gestión para el periodo 2025, que considere la aplicación de distintas metodologías (test, focus, cuestionarios, entrevistas, etc.), que permita definir estrategias del equipo directivo, para atender los desafíos de la institución en contexto Plan de Emergencia Habitacional

 

            d) Hito N°4: Evaluación, Informe de hallazgos, conclusiones y recomendaciones:

 

Esta fase debe considerar la evaluación del programa y la entrega de un informe de hallazgos por cada funcionario participante del proceso de acompañamiento, que detalle las conclusiones, recomendaciones y el diseño de estrategias en el desarrollo personal y de la institución. Este hito de finalización deberá ser presentado en una sesión de cierre personalizada cuya duración será de 1 hora, tanto para el Director como los otros directivos y jefaturas, de acuerdo a la siguiente estructura:

 

            i.          Informe de Hallazgos y Recomendaciones - Producto final del coaching focalizado del Director.

            ii.         Informe de Hallazgos y Recomendaciones - Producto final del coaching focalizado para cada subdirector o jefatura participante.

            ii.         Evaluación, Informe de hallazgos, conclusiones y recomendaciones del proceso de acompañamiento grupal, que integre las estrategias institucionales para abordar la meta sectorial correspondiente al Plan de Emergencia Habitacional.

 

  1. PLAZO DE EJECUCIÓN

 

El plazo de ejecución del Servicio de Asesoría en Intervenciones Diagnósticas y Factores Protectores para Equipos Críticos sería de 20 días hábiles desde la aceptación de la orden de compra hasta el día 27 de diciembre de 2024, inclusive, y comprende un programa de coaching focalizado para el Director y 5 subdirectores o jefaturas y III nivel jerárquico de SERVIU Metropolitano.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.