Licitación ID: 48-83-LR21
Serv. de Suministro de Guardias para SERVIU RM
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Servicios de vigilancia 1 Global
Cod: 92101501
Servicio de Suministro de Guardias para la Vigilancia de Terrenos adquiridos por el SERVIU Metropolitano, según especificaciones técnicas adjuntas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv. de Suministro de Guardias para SERVIU RM
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “Servicio de Suministro de Guardias para la Vigilancia de Terrenos adquiridos por el SERVIU Metropolitano”, con el propósito de dar resguardo físico a ellos y controlar el ingreso y salida de personas externas a la Institución.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-01-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 29-12-2021 11:29:33
Fecha inicio de preguntas: 29-12-2021 11:31:00
Fecha final de preguntas: 11-01-2022 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-01-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-01-2022 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-01-2022 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 03-02-2022 17:36:35
Fecha de entrega en soporte fisico 28-01-2022
Fecha estimada de firma de contrato 17-03-2022
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 7 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1. Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del Artículo 62 del Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la visita a terreno que se indica más adelante, de la entrega de la garantía de seriedad de la oferta y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información. 2.- 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. En caso contrario, al ser requisito obligatorio, los oferentes que no los adjunten o los presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación definitiva de los documentos solicitados, implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los anexos N°3, N°4 y N°5, éstos constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta no será evaluada. Mientras que, los documentos solicitados en el numeral b.1, letra d), e), f), g) y h) constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales” a) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°3, Remuneración base del personal de vigilancia, donde los oferentes deberán indicar la remuneración para el personal de vigilancia durante la vigencia del contrato de acuerdo a las indicaciones establecidas en este anexo. b) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°4, Experiencia del oferente, la cual considera la cantidad de trabajos de servicio de vigilancia realizados durante los últimos cincos años y cuya duración sea mayor o igual a 12 meses. b.1 La información contenida en el citado anexo, deberá ser debidamente respaldada, para lo cual el oferente podrá adjuntar certificados o documentos emitidos por el mandante (público o privado), contratos de prestación de servicios, en ambos casos debidamente firmados, o cualquier otro documento que acredite fehacientemente la experiencia indicada en el anexo N°4, a excepción de certificado y/o declaración jurada simple o notarial extendida por el mismo oferente, que acredite la experiencia indicada por él, resoluciones de adjudicación u órdenes de compra en un estado distinto al de “aceptada” o “recepción conforme”, cuando éstas sean emitidas en el Portal de Mercado Publico. Asimismo, en el caso de los contratos, no se considerarán para efectos de la evaluación aquellos que hayan debido terminarse anticipadamente por causas imputables al oferente. b.2 Los documentos presentados para acreditar la experiencia señalada en el anexo respectivo, deberán indicar: la prestación del servicio y corresponder al rubro de lo solicitado, el tiempo de duración de la prestación y la fecha o año en que fueron realizados, de lo contrario no se considerarán en la evaluación. b.3 Dichos documentos deberán figurar a nombre del oferente o, en su defecto, al de su representante legal. No se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la empresa. c.4 Solo se evaluará la experiencia indicada en el anexo, que este dentro del rango solicitado (2016 hasta el día anterior a la publicación de la presente licitación) y que tenga un tiempo de duración igual o mayor a 12 meses. c) Adjuntar, si corresponde, el certificado o copia de éste, de acreditación o de estar en proceso de acreditación, de la ISO 9001 del oferente. d) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°5, Supervisor(a), en el cual el oferente deberá señalar el o los(as) supervisores(as) que considerará en su oferta, y los años de experiencia como supervisor(a) de guardias que éste(a) o éstos(as) posean. d.1 Para acreditar la experiencia declarada, el oferente deberá adjuntar contrato de trabajo, finiquitos, boletas de honorarios, o cualquier otro documento que acredite su experiencia en lo solicitado a excepción de certificado y/o declaración jurada simple o notarial extendida por el mismo supervisor(a), que acredite su experiencia, resoluciones de adjudicación u órdenes de compra en un estado distinto al de “aceptada” o “recepción conforme”, cuando éstas sean emitidas en el Portal de Mercado Publico. d.2 Dichos documentos deberán consignar lo siguiente: (de lo contrario no serán considerados en la evaluación) 1. Nombre del supervisor(a) 2. Descripción del servicio y corresponder a lo solicitado. 3. Fecha de inicio y de término de la prestación, o bien, el tiempo de duración de la prestación de servicios. d.3 La experiencia a considerar será hasta antes de la publicación de la presente licitación, por ende, en caso que se esté prestando algún servicio, solo se considerará hasta la fecha indicada. Solo se evaluará lo que esté declarado en el anexo y en caso de discrepancia entre lo declarado y lo acreditado en el documento de respaldo, se considerará aquello que se acredite en éste último. d.4 En caso que sea el oferente de esta licitación, sea el empleador que acredita la experiencia del supervisor(a) propuesto(a), en tal caso el oferente deberá acreditar dicha experiencia, adjuntado el pago de leyes laborales (certificado de cotizaciones AFP y/o ISAPRE) el cual deberá coincidir con el tiempo que haya declarado, en caso contrario solo se considerará lo que figure en este último documento. e) El oferente deberá adjuntar certificado o copia de éste que esté vigente o en trámite de revalidación, que acredite la formación como supervisor(a) de seguridad privada, del o de al menos 1 de los supervisores(as) que haya indicado en el Anexo N°5, que haya sido emitido por alguna entidad de capacitación chilena. No se considerará un certificado (o copia de este) que indique que el o los(as) supervisores(as) se encuentran en trámite de acreditación por primera vez. Solo serán válidos certificados de acreditación en trámite si se presenta el certificado (o copia de este) de acreditación anterior. En caso que el oferente no logre acreditar definitivamente la formación solicitada del supervisor(a), o de al menos 1 de ellos(as), en caso que haya postulado a más de 1, la oferta quedará fuera de bases. f) El oferente deberá adjuntar del o de todos(as) los supervisores(as) indicados en el Anexo N°5, el certificado de capacitación aprobado del OS-10 de Carabineros de Chile, que le permita ejercer como supervisor(es/as). f.1) El o los(as) supervisores(as) que no acrediten tener aprobada la capacitación OS-10 de Carabineros de Chile, no podrá(n) prestar el servicio. f.2) Si el oferente no acredita al menos 1 supervisor(a) con el certificado de capacitación aprobado del OS-10 de Carabineros de Chile, la oferta quedará fuera de bases. g) Adjuntar catálogo o documento que incluya imágenes y/o fotografías, con la descripción e ilustración del uniforme de trabajo. La no presentación definitiva de lo solicitado, dejará fuera de bases la propuesta presentada. h) Adjuntar certificado que acredite que la empresa cuenta con “Sello Empresa Mujer ChileProveedores, si corresponde, de acuerdo a lo indicado en el Anexo N°4.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al precio mensual neto por el servicio de guardias requerido de acuerdo a las bases técnicas establecidas, estar expresado en pesos chilenos ($) y sin cifras decimales. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las bases técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°6, formulario oferta económica. El valor a ingresar en el Portal Mercado Público, deberá corresponder a la suma neta de los valores unitarios de este Anexo. Sin embargo, para la evaluación de la oferta económica, ésta se realizará según se indica en el numeral 10.3.3 Precio. 2.- 5.2.5 Entrega Garantía Seriedad Oferta De preferencia, se solicita que los oferentes presenten garantía de seriedad de la oferta electrónica, de acuerdo a lo establecido en el punto “Naturaleza y Montos de las Garantías” de las presentes bases, debiendo adjuntar el documento digital en su oferta administrativa. La no presentación de este documento digital por parte del oferente implicará un rechazo de su oferta al momento de realizar la apertura electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl. Sin perjuicio de lo anterior, se podrá presentar garantía de seriedad de la oferta en formato físico, debiendo realizarlo de acuerdo a lo establecido en el punto “Naturaleza y Montos de las Garantías” de las presentes bases. La no presentación de este documento por parte del oferente, implicará un rechazo de su oferta al momento de realizar la apertura electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl. Si el oferente presenta más de una propuesta, cada una de ellas deberá estar debidamente caucionada por instrumentos independientes, en los términos indicados en el punto “Naturaleza y Montos de las Garantías” de las presentes bases.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- ver punto 6 de las bases administrativas antecedentes para ser contratado
No hay información de requisitos para persona jurídica

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: ver punto 6 de bases administrativas antecedentes legales para ser contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 65%
2 Precio La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 30%
3 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: a varios subtítulos del presupuesto de SERVIU RM
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme Santos
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Maurice Cepeda Grez
e-mail de responsable de contrato: mcepedag@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-6-29014025-4025
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del servicio requerido, producto de la responsabilidad de su íntegro cumplimiento, y tampoco podrá ceder los derechos que de él derivan de conformidad al artículo N°14 de
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana
Fecha de vencimiento: 28-04-2022
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadero a la vista, sea tomado por uno o varios integrantes del Oferente y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente, y en su defecto, en formato físico. Para el caso de formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en Gestión de Proveedores del Depto. Servicios Generales, ubicada en Serrano Nº 45, piso zócalo - ala norte, indicando el número ID de la licitación, hasta la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas establecida en el punto “Etapa y Plazos” de las presentes bases. Esta garantía podrá ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa, por SERVIU Metropolitano en los siguientes casos: a) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error. b) Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases. c) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases, para el caso del proveedor adjudicado. d) Por la no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde. e) En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente, durante el proceso licitatorio.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación pública ID N°48-83-LR21. En caso de vale vista, la glosa deberá estar escrita al reverso del documento, o bien, en otro documento debidamente firmado por el oferente.
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá esta garantía una vez que se haya verificado la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. A los oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles o fuera de bases, se les restituirá esta garantía dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que da cuenta de la adjudicación realizada en el Portal Mercado Público. A aquellos oferentes a quienes no se les adjudique la licitación se les restituirá esta garantía una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato con el oferente seleccionado. Para todos los casos señalados anteriormente, será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Seriedad de la Oferta en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 22 9013338). Solo se procederá de la forma señalada anteriormente, cuando la garantía antes mencionada, haya sido recepcionada físicamente en SERVIU Metropolitano.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana
Fecha de vencimiento: 15-08-2024
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes del Adjudicatario y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el porcentaje a caucionar, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del Artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras. Esta caución o garantía podrá otorgarse en forma física o electrónica, según corresponda, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 5 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. Para el caso de formato electrónico, deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Para el caso de formato físico, deberá entregarse en el la Sección Adquisiciones ubicada en Serrano 45 piso Zócalo ala sur, indicando el número de ID de la licitación.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación pública ID N°48-83-LR21 En caso de vale vista, la glosa debe estar escrita el reverso del documento, o bien, en otro documento debidamente firmado por el oferente.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 229013338).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Otras Cláusulas

10.               Otras Cláusulas

10.1.            Validez de las Ofertas

Los oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl .

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera. 

10.2.            Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen cumplido con todos los requisitos de admisibilidad establecidos en las presentes bases de licitación.

10.3.            Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios de la Subdirección de Administración y Finanzas, designados por su subdirector, mediante Orden de Servicio.

Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

La Comisión Evaluadora contará, además, con la asistencia de un abogado del Equipo Jurídico Mercado Público, no comisionados, para efectos de prestar apoyo jurídico durante toda la etapa de evaluación de las propuestas, dejándose constancia de ello en la respectiva Acta de Evaluación.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Publico, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

La aplicación del foro Aclaración de Oferta, implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicándose la siguiente metodología de evaluación:

10.3.1 Oferta Técnica (A):

Este criterio tiene una ponderación total del 65% y considera cinco sub criterio: la experiencia del oferente (ponderación 40%), Condiciones de Empleo y Remuneración (ponderación 30%), Experiencia del Supervisor(a) (ponderado en 15%), Acreditación (ponderado en 10%) e, Inclusión Sello Empresa Mujer ChileProveedores (ponderado en 5%), a evaluarse en una escala de 0 a 100 puntos.

  1. Experiencia del Oferente (A):

Se evaluará en consideración a la información proporcionada por el oferente en el Anexo N°4 y que cumpla con lo solicitado en el punto 5.2.3 en sus numerales b.1 al b.4 de las Bases Administrativas de licitación. La Comisión Evaluadora asignará el puntaje de acuerdo al siguiente detalle:

Experiencia del Oferente

Puntaje

Más de 10 trabajos de servicio de vigilancia

100

Entre 8 a 10 trabajos de servicio de vigilancia

75

Entre 5 a 7 trabajos de servicio de vigilancia

50

Entre 3 a 4 trabajos de servicio de vigilancia

25

2 o menos trabajos de servicio de vigilancia

1

  1. Condiciones de Empleo y Remuneración (B):

Se evaluará en consideración a la información proporcionada por el oferente en el Anexo N°3, indicando el porcentaje que éste se obligará a pagar a su personal de vigilancia que preste servicios en los terrenos del SERVIU Metropolitano, por sobre el ingreso mínimo vigente a la fecha del pago de las respectivas remuneraciones, en caso de resultar seleccionada su oferta. En dicho formato se hace la distinción entre guardia y supervisor(a).

De este modo, los oferentes que oferten un sueldo base inferior al ingreso mínimo vigente quedarán fuera de bases y sus ofertas no continuarán siendo evaluadas, por no ajustarse éstas a los intereses del SERVIU Metropolitano.

A modo de ejemplo, el sueldo base que el proveedor seleccionado pague al personal de vigilancia deberá ser, durante toda la vigencia del contrato, igual o superior a: Ingreso mínimo + Porcentaje ofertado. El concepto “sueldo base” excluye cualquier otra cantidad no incluida en las liquidaciones de sueldo respectivas (como provisiones de feriado o de vacaciones o de finiquitos o indemnizaciones) y toda otra asignación que no constituya sueldo base de conformidad al Código del Trabajo y dictámenes de la Inspección del Trabajo (pago de sobresueldo, bonos, aguinaldos, horas extras y gratificación).

Se asignará puntaje de acuerdo al porcentaje de aumento sobre el sueldo base mínimo legal a través de la siguiente fórmula, tanto para guardias y supervisor(a):

Puntaje Remuneraciones Individuales = (Oferta en evaluación/Oferta mayor porcentaje) *100

Donde:

ü Oferta en evaluación: Es el porcentaje a evaluar según la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación descrita precedentemente.

ü Oferta mayor porcentaje: Es aquella oferta que contiene el mayor porcentaje de remuneración de todas las ofertas recibidas.

Para determinar la ponderación final de este criterio, se efectuará mediante la siguiente relación:

Puntaje Remuneración = (Puntaje Remuneración Guardias * 0,75) + (Puntaje Remuneración Supervisor(a) * 0,25)

  1. Experiencia del Supervisor(a) (C):

Este subcriterio se evaluará en consideración a la información proporcionada por el oferente en el Anexo Nº5 Supervisor(a), y siempre que se encuentre debidamente acreditada de acuerdo con lo solicitado el punto 5.2.3 en su letra d.1 a la d.4.

La Comisión Evaluadora asignará el puntaje de acuerdo al siguiente detalle:

Para el caso del Supervisor(a):

Experiencia del Supervisor(a)

Puntaje

24 meses o más

100

Entre 12 y 23 meses

75

11 meses o menos

5

  1. Acreditación del Oferente (D)

El siguiente criterio tiene una ponderación del 15% y se evaluará en función de lo indicado por el oferente en el Anexo N°5. El puntaje se aplicará de acuerdo a la siguiente tabla:

Acreditación ISO 9001

Puntaje

Acreditado.

100

En proceso de acreditación.

70

No está acreditado o no está en proceso de acreditación o no presenta documento de respaldo.

0

En caso de señalar estar acreditado o en proceso de acreditación, esto debe ser respaldado por el documento correspondiente.

  1. Inclusión Sello Empresa Mujer ChileProveedores (E).

Este criterio se evaluará en función de lo indicado por el oferente en el Anexo N°5, que se encuentre debidamente acreditado de acuerdo con la letra l) del punto 5.2.3 de las bases administrativas de licitación y que tendrá una ponderación del 10%. Se asignará puntaje según el siguiente cuadro detalle.

Certificado Sello Empresa Mujer ChileProveedores

Puntaje

El oferente presenta certificado de Sello Mujer vigente o certificado de revalidación.

100

El oferente NO presenta certificado de Sello Mujer vigente.

0

10.3.2 Cálculo del Puntaje Final de la Oferta Técnica.

POT= ((A *0.40) + (B *0.30) + (C*0.15) + (D*0.10) + (E*0.05))

Donde:

POT: Puntaje Oferta Técnica

A: Experiencia del Oferente

B: Condiciones de Empleo y Remuneración

C: Experiencia del Supervisor(a)

D: Acreditación

E: Inclusión Sello Empresa Mujer ChileProveedores

10.3.3 Precio (C):

Se considerarán los valores netos ofertados en el Anexo N°6 asignándose puntaje a cada ítem de acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje Precio = (Oferta menor valor mensual /Oferta en evaluación) *100

Donde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto (Valor del Ítem Neto Mensual) corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada, considerándose la suma de las cinco líneas de servicio.

Para determinar la ponderación final de este criterio, se efectuará mediante la siguiente relación:

Puntaje Precio = (Puntaje Valor Turno Diurno * 0,25) + (Puntaje Valor Turno Nocturno * 0,35) + (Puntaje Valor Caseta Guardias * 0,15) + (Puntaje Valor Baño Químico * 0,15) + (Puntaje Valor Suministro Eléctrico * 0,10)

10.3.4 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (F):

Este criterio tiene una ponderación de un 5%, y corresponde al que el oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta (los requisitos obligatorios establecidos en el punto 5.2.2 y 5.2.3 de las presentes bases administrativas), aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio.

10.3.5 Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases, para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = ((POT * 0,65) + (PP * 0,30) + (PCRFO*0,05))

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Oferta Técnica.

ü PP: Puntaje Precio.

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Oferta Técnica. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Precio. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Condiciones de Empleo y Remuneración, luego por el criterio Acreditación del Oferente y finalmente, en última instancia, en caso de persistir el empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.            Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

En el evento, que el monto adjudicado supere en más de un 30% al presupuesto estimado por SERVIU Metropolitano, se deberá explicitar en el acto adjudicatario, las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, debiendo, asimismo, mantener los antecedentes para su revisión y control posterior por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.5.            Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en los puntos 5.2.2, 5.2.3, 5.2.4 y 5.2.5 de las presentes bases administrativas, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.            Del Contrato

10.6.1.         Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.

10.6.2.         Documentos Integrantes del Contrato

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

10.6.3.         Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

10.6.4.         Domicilio y Jurisdicción

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

10.7.            Responsabilidad del Oferente Adjudicado

10.7.1.         De las Obligaciones Laborales y Previsionales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién, para estos efectos, podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de SERVIU Metropolitano de poner término anticipado al contrato, en conformidad a lo establecido en el artículo 77 N°5 del Reglamento de la Ley de Compras.

10.7.2.         Del Personal de Vigilancia

El proveedor adjudicado será responsable y quedará obligado a la reparación o reposición de cualquier desperfecto, daño o pérdida y en general, de todo menoscabo que puedan sufrir los bienes de SERVIU Metropolitano con motivo u ocasión de una mala ejecución de los servicios prestados por su personal de vigilancia. De igual forma, será responsabilidad del proveedor las pérdidas de insumos, enseres y/o deterioro del inmueble, que se hayan producido a causa del actuar doloso o culposo de su personal a cargo, para lo cual deberá tomar las medidas necesarias para la restitución o reparación del daño causado y el reemplazo inmediato del personal que corresponda.

Serán de cargo y responsabilidad del proveedor, tanto el uniforme del personal de vigilancia, así como también todos los implementos y en general, todos los materiales necesarios para llevar a cabo los servicios a que se refiere la presente licitación.

10.7.3.         Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Si SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el proveedor deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

10.7.4.         Confidencialidad y Seguridad de la Información

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que ponga a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose, el SERVIU Metropolitano, el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose, en todo caso, a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.8.            De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano, emitirá una Orden de Compra al proveedor seleccionado a través del Portal Mercado Público, considerando, cada vez que sea requerido, el valor total de la prestación del servicio. En el caso de las prestaciones adicionales, SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra, previo a la prestación del servicio indicando el período de prestación involucrado. Esta Orden de Compra, en ambos casos deberá ser aceptada por el proveedor.

El adjudicatario tendrá un plazo no mayor a 48 horas corridas para iniciar los servicios de vigilancia correspondientes una vez emitida la Orden de Compra.

10.9.            Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de las Ordenes de Compras emitidas a través del Portal www.mercadopublico.cl. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor en forma mensual el servicio adjudicado, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

El adjudicatario deberá emitir una Factura a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45 comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

a)     Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda, del mes anterior en que se presta el servicio.

b)     Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

c)     Nómina por dependencia del personal asignado a SERVIU Metropolitano.

d)     Copia de liquidaciones de sueldo firmada por cada trabajador

e)     Planilla de Turnos del personal de vigilancia por cada dependencia

f)      Acta recepción conforme del servicio mensual prestado, emitida por Supervisor Operativo.

g)     Factura

h)     Factura Cedible. (Hasta que el administrador del contrato indique lo contrario)

La documentación indicada anteriormente, podrá ser entregada en soporte físico o en formato electrónico. Para formato electrónico debe ser enviado a gestionproveedores@minvu.cl. Para formato físico, la documentación debe ser entregada en gestión de proveedores, ubicada en Serrano N°45, piso Zócalo, ala norte, teniendo en cuenta que el horario de atención de público es entre las 9:00 hrs y 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efector del pago, la factura o boleta de honorarios y toda la documentación adjunta que se requiere para tales efectos.

SERVIU Metropolitano realizará los pagos, a través de transferencia electrónica de fondos, en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Si esta opción no se encontrare disponible, por indisponibilidad del sistema, SERVIU Metropolitano en caso excepcional emitirá cheque nominativo al proveedor.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa.

Queda estrictamente prohíbo emitir boleta y/o factura sin antes contar con todos los antecedentes indicados anteriormente. En caso de no contar con todos los antecedentes la factura será rechazada.

La factura emitida se debe enviar mediante correo electrónico a dte@chilecompra.cl, con copia a gestionproveedores@minvu.cl el mismo día de la fecha de emisión.

10.10.           Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, las cuales, en su conjunto no podrán superar el 3% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.

Ítem

Causales

Categoría de la Falta

Valor multa Aplicable en (UF)

1

ü No cubrir todos los puestos de trabajo o prestar los servicios contratados durante un plazo de dos (02) días consecutivos con una dotación menor al 90%. Lo anterior aplica para cada solicitud de prestación de servicios.

ü Si en la revisión de los libros de asistencia o novedades o de supervisor según el caso, se detectan inconsistencias y/o adulteraciones de turnos o falsedad de los registros.

ü Incumplimiento de las condiciones de empleo y remuneración presentadas en la oferta de licitación.

ü Incumplimiento del adjudicatario o del personal en no contar con el Certificado OS-10 vigente durante el período de duración del contrato

ü Por faltas a la moral, acoso o maltrato verbal y/o sexual al interior de dependencias de SERVIU Metropolitano

ü Por no cumplimiento de los protocolos de protección contra el COVID 19 por parte de los guardias, del supervisor, Jefe de Grupo, Prevencionista de Riesgo.

ü No funcionamiento de algún marcador touch para el control de rondas por día.

ü En caso de detectar que el supervisor(es), y guardias, no cumple con las labores propias de sus funciones durante la jornada laboral.

ü Incumplimiento del deber de instalar marcadores touch de conformidad a lo dispuesto en el punto 4 de las bases técnicas.

ü No cumplir con lo establecido en el punto 1 de las Bases Técnicas, respecto de las capacitaciones mínimas exigibles a los guardias que prestaran el servicio, salvo que esté justificado y autorizado por SERVIU RM.

Grave

10 UF

por evento

2

ü Atrasos (sumados entre personal) por sobre las 20 horas en un mes calendario.

ü Cualquier incumplimiento de lo establecido en el punto “Rotación del personal” de las bases técnicas.

ü Falta de implementos, uniforme y/o credencial verificada por cada guardia o supervisor.

ü Pérdidas, robos o daños en los terrenos de SERVIU Metropolitano. Demostrados.

ü No cumplir con los implementos y equipamiento mínimo solicitados en bases.

ü Por dormir, consumir tabaco, alcohol y/o drogas al interior de terrenos del SERVIU Metropolitano y/o durante el turno de trabajo.

Menos Grave

2,5 UF

por evento

3

ü Atrasos por sobre 10 horas y hasta (20) veinte horas, en un mes calendario.

ü Cualquier otro incumplimiento que no constituya “falta grave” o “falta menos grave”.

Leve

1,0 UF

por evento

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Subdirector de Administración y Finanzas notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Subdirector de Administración y Finanzas, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso.

10.11.           Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

De igual forma, el contrato se podrá modificar, en las siguientes circunstancias:

  • En caso que el mandante por razones justificadas o de fuerza mayor, determine, a través de un informe fundado del Administrador de Contrato que se hace necesario ajustar algún punto no esencial de éste, a fin de resguardar su objeto.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.12.           Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)        Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)          En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

b.1)         No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.

b.2)         No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.

b.3)         No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.

b.4)         Cuando las multas aplicadas, en su conjunto, superen el 3% del monto total del contrato.

b.5)         Cuando en total se hayan aplicado diez (10) multas denominadas como graves.

b.6)         Si a la fecha límite (30 días corridos desde la notificación de adjudicación) el oferente no presenta los seguros de vida de los guardias que prestaran los servicios solicitados.

c)        Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada y/o mediante correo electrónico con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

d)       En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

e)       Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f)        Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

g)        En caso de no cumplir con la obligación de tomar seguros de vida en favor de los trabajadores que prestan servicios en las dependencias de SERVIU Metropolitano, de conformidad con lo dispuesto en el punto Nº 7.4 de las bases técnicas.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas y/o correos electrónicos que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.13.           Contraparte Técnica

El SERVIU Metropolitano dispondrá de dos contrapartes técnicas, los cuales tendrán las siguientes funciones:

1.- Administrador de Contrato:

ü Autorizar el inicio de servicios en el o los terrenos, como también informar y dar término de estos.

ü Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del contrato y de todos los aspectos considerados en las presentes bases de licitación.

ü Comunicarse por cualquier vía con el Supervisor a efecto de informar las observaciones de forma y fondo sobre el desarrollo del servicio prestado, pudiendo establecer las debilidades detectadas a fin de mejorar el servicio.

ü Fiscalizar el cumplimiento de los antecedentes que el adjudicatario debe ingresar según lo indicado en el apartado “Rotación de Personal”

ü Las demás que encomienden las presentes bases.

3.- Contraparte Técnica del adjudicatario.

ü  Mientras que, el adjudicatario deberá nombrar en el contrato un Supervisor, para la ejecución del mismo, que tendrá a lo menos, las siguientes funciones:

ü  Representar al adjudicatario en las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

ü  Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de contrato.

ü  Velar por el cumplimiento oportuno de la prestación del servicio.

ü  Tener en consideración las medidas de seguridad personal y físicas relativas, entre estas se consideran las contenidas en la legislación laboral en vigencia.

ü  Comprometer y/o ejecutar soluciones en el más breve plazo, sobre las debilidades y/o deficiencias en el desarrollo del servicio prestado que le comunique la contraparte SERVIU Metropolitano.

ü  Controlar y mantener al día los libros solicitados en el punto “Presentación e implementos de seguridad del personal, supervisión y control”.

Todo cambio relativo a esta designación, deberá ser informado a SERVIU Metropolitano, por el representante legal del adjudicatario a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado, mediante correo electrónico al Administrador del Contrato. De ser en un tiempo mayor será causal de multa leve.

10.14.           Seguridad y Salud Laboral en Dependencias de SERVIU Metropolitano

En cumplimiento a la legislación vigente en materia laboral y previsional, se especifican las siguientes normas que regulan la salud ocupacional, la seguridad e higiene industrial y el medio ambiente, para todas los proveedores que trabajen en las dependencias de SERVIU Metropolitano, destinado a proteger a todos los trabajadores, funcionarios, personal contratado a honorarios y personal que labora bajo los regímenes de subcontratación y de servicios transitorios, que trabajan en nuestras instalaciones:

Normativa específica:

a)     Ley N° 16.744, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 23 de enero de 1968, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Sus Reglamentos y Decretos complementarios.

b)     Decreto Supremo Nº 40, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 11 de febrero de 1969, Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales.

c)     Decreto Supremo Nº 54, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 11 de marzo de 1969, Aprueba el Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

d)     Decreto Supremo Nº 76, del 14 de diciembre de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Aprueba Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N°16.744 sobre Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Normativa complementaria:

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios a las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir a sus trabajadores.

a)     D. F. L Nº1, MINTRAB, del 31 de julio del 2002, que sistematiza el Código del Trabajo.

b)     Decreto Supremo Nº 594, de 15 de septiembre de 1999, del MINSAL, que Aprueba el reglamento sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

c)     Guía para la Confección del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas, Inscripción Registro Propiedad Intelectual Nº 162.116, Mutual de Seguridad C.Ch.C., 2007.-

d)     Resolución Exenta N° 1888 del 22 de marzo del 2013, Aprueba Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, Ministerio de Vivienda y Urbanismo a nivel nacional.

e)     Resolución Exenta Nº 938/2000, de V. y U., modifica la RE N° 510/1996 que crea el departamento de prevención de riegos profesionales para el MINVU y sus Servicios dependientes; y la Resolución Exenta Nº 387/2001, de V. y U., que aprueba bases del plan nacional de prevención de riesgos.

Exigencias por contingencia Pandemia COVID-19

El proveedor adjudicado y/o contratista, deberá considerar que producto de la pandemia COVID-19, debe dar estricto cumplimiento a todas las exigencias, medidas, instrucciones y acciones emanadas por las autoridades sanitarias normativa del Ministerio de Salud, Superintendencia de Seguridad Social, Inspección del Trabajo, entre otros, a fin de establecer las medidas preventivas a realizar para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19. Sobre ello, toda empresa Contratista y/o Subcontratista que ejecute trabajos deberá:

ü  Disponer de un Plan de Acción COVID-19, siguiendo las recomendaciones de actuación en los lugares de trabajo, emitidas por el Ministerio de Salud, disponibles en www.minsal.cl.

ü  Dar cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Dirección del Trabajo, Superintendencia de Seguridad Social, entre otros.

              

ü  Informar a los trabajadores sobre los riesgos del COVID-19: capacitar, dotar de implementos de seguridad, promover acciones según recomendaciones establecidas.

ü  Asegurar la limpieza e higiene del lugar de trabajo.

ü  Generar acciones frente a situaciones relacionadas con COVID-19: protocolos de actuación frente a casos presentados en lugar de trabajo.

ü  Mantener registros y medios de verificación del cumplimiento de estas medidas y recomendaciones.

Marco Legal

ü  Código Sanitario. Artículo 9 letra b) establece que es facultad de la Autoridad Sanitaria dictar las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento. Artículo 67: Corresponde la Autoridad Sanitaria velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes.

ü  Decreto Nº4 del 05 de febrero de 2020 sobre Alerta Sanitaria por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote de COVID-19. (modificado por decreto N° 6/2020). Artículo 3° N° 8 faculta a la autoridad Sanitaria para disponer la prohibición de funcionamiento de los establecimientos y lugares de trabajo que pongan en peligro a las personas que trabajan o asistan a ellos. Artículo 3 N° 23 faculta a la Autoridad Sanitaria para ordenar la utilización de mascarillas y otros dispositivos médicos afines en el transporte público, salas de clases, lugares de trabajo y, en general, cualquier otro lugar de acceso público o donde exista aglomeración de personas.

ü  D. S. Nº 594 Reglamento sobre Condiciones Sanitaria y Ambientales básicas en los lugares de trabajo” Artículo 3°: La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean estos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella. Artículo 37: Deberá suprimirse en los lugares de trabajo cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores.

ü  Ley 16.744 “Ley de Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales”, Artículo 68, establece que Las empresas o entidades deberán implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que les prescriban directamente la Autoridad Sanitaria.

Procedimientos de seguridad y documentación exigible:

SERVIU Metropolitano, así como también todas las empresas contratistas deberán proceder según los procedimientos, protocolos, utilizando implementos, equipos y normas de seguridad los cuales serán exigidos para cada caso en particular, con el propósito de desarrollar su labor exenta de riesgos, en forma segura, en coordinación con la contraparte SERVIU Metropolitano (Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios), bajo la supervisión y asesoría de las unidades técnicas en la materia (Equipo Prevención de Riesgos, Comité Paritario de Higiene y Seguridad, experto de la Mutual de Seguridad), con el propósito de evitar poner en riesgo a las personas, instalaciones y los bienes institucionales.

10.15 Renovación y prórroga del contrato

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del reglamento de la ley, y cuando las necesidades institucionales así lo requieran, el contrato, podrá ser renovado o prorrogado de común acuerdo por las partes, según sea el caso, por una única vez y al mismo precio contratado en los siguientes casos:

a)   Cuando habiéndose declarado desierto un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo.

b)   Cuando tratándose de un proceso licitatorio en curso, las ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, y exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo.

c)    Cuando se ha revocado o invalidado un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato vigente, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo.

d)   Cuando previo al vencimiento del plazo del contrato, sea menester su renovación a fin de garantizar la continuidad del servicio de suministro de guardias para la vigilancia de terrenos adquiridos por SERVIU Metropolitano.

e)   Cuando existan razones debidamente fundadas que justifiquen la renovación del contrato, y estas sean expresadas en el acto administrativo correspondiente.

  

En estos casos, SERVIU Metropolitano podrá optar por la renovación del contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. En el caso de que SERVIU Metropolitano, de forma previa al término de la vigencia del contrato, opte por hacer efectiva la cláusula de renovación, deberá contar con el consentimiento del proveedor, el cual podrá ser manifestado por cualquier medio escrito. El plazo de renovación no podrá de exceder del plazo de duración del contrato primitivo.

Asimismo, SERVIU Metropolitano, en los mismos términos señalados precedentemente, de común acuerdo con el proveedor, podrán prorrogar el contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica.  La prórroga deberá hacerse efectiva antes del término de la vigencia del contrato.

Bases Técnicas

BASES TÉCNICAS

  1. ALCANCES.

SERVIU Metropolitano se encuentra permanentemente gestionando la adquisición de distintos inmuebles con el propósito de proyectar la construcción de conjuntos habitacionales dentro de la Región Metropolitana, permitiendo de este modo entregar solución habitacional a las familias que lo requieran.

Debido a que la condición de páramos y descampados en que se encuentran estos inmuebles es que se exponen permanentemente a que puedan ser ocupados ilegalmente, utilizados como vertederos o aprovechados para la comisión de ilícitos, poniendo en grave peligro a la comunidad local, por lo que surge la necesidad de contar con un servicio de vigilancia que pueda disuadir su eventual ocupación y afectación.

Por tal razón los servicios de vigilancia que por este acto se pretenden contratan tendrán una duración limitada y se extenderán en el tiempo hasta que se seleccionen a las empresas constructoras que se harán cargo de la construcción de los proyectos habitacionales, pasando aquéllas, desde ese instante, a hacerse cargo de la ejecución de los mismos, lo cual incluye contar en cada obra con servicios de vigilancia de manera directa y sufragada por medios propios.

Esta cartera de terrenos, se tiene en consideración para la prestación del servicio, cuyas ubicaciones y direcciones son las siguientes, no obstante, se hace presente que, eventualmente no todos serán necesarios, e incluso, existe la posibilidad de que se puedan agregar otros durante el transcurso del contrato:

TERRENO

DIRECCIÓN

COMUNA

CONDOMINIO LA ESPERANZA DE TODOS

MARTÍN DE ARANDA 2906

Recoleta

CONDOMINIO SIMON BOLIVAR

Colombia 0695

Recoleta

CAPITAN AVALOS

CAPITAN AVALOS 0149

La Granja

ARTURO PRAT

Arturo Prat 398-402-4056

Quilicura

LOS JAZMINES DE HUECHURABA

Recoleta 5475

Recoleta

RIO CLARO

Rio Claro 1087

Peñalolén

BAQUEDANO

Baquedano 8513-8516-8517-8523-8535

Pudahuel

MANUEL RODRIGUEZ

Manuel Rodriguez 9333-Canalejas 881

Pudahuel

JUNTOS SOMOS RENCA

Miraflores 7161-7153

Renca

NATALIA RECABARREN ROJAS

Manuel Rodriguez 1586

Maipú

CONDOMINIO TERRAZAS DE LO BOZA

Lo Boza 7147

Renca

CABILDO

Cabildo 4031

Renca

MAILEN

Cabo 2 Julio Pavez Ortiz 5545

Peñalolén

Las direcciones y comunas son referenciales.

Debido a que los terrenos se encuentran desocupados, la mayoría de ellos se encuentran eriazos y ubicados en zonas periféricas, es que se requiere contar con un servicio de vigilancia y seguridad que pueda disuadir la ocupación ilegal de éstos, como la entrada de personas ajenas que pernocten ocasionalmente.

  1. NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN.

SERVIU Metropolitano requiere contratar un servicio de suministro de vigilancia de terrenos, para diversos emplazamientos. La prestación del servicio en cada uno de los terrenos deberá realizarse dentro de los 24 meses de vigencia del contrato pudiendo extenderse la prestación, en cada caso, de acuerdo a la necesidad del Servicio.

  1. SERVICIOS REQUERIDOS.

Los servicios requeridos a contratar serán considerados unitarios, de modo que, dependiendo de las características de cada terreno, se implementen uno, dos o los que sean necesarios para entregar adecuadamente la prestación.

Para tales efectos, y entendiendo que algunos son variables y otros necesariamente deben ser considerados obligatoriamente, se establecen los siguientes tipos de prestaciones:

3.1.   Suministros Variables.

Son aquellos que deberán ser combinados o no para la correcta prestación del servicio de vigilancia y según las características del terreno.

ITEM

NOMBRE

CONCEPTO

1

Turno Diurno

1 guardia desde las 8 horas hasta las 20 horas de Lunes a Domingo, incluido festivos, considerando turnos rotativos de 4 x 4, conforme a la legislación laboral vigente

2

Turno Nocturno

1 guardia desde las 20 horas hasta las 8 horas de Lunes a Domingo, incluido festivos, considerando turnos rotativos de 4 x 4, conforme a la legislación laboral vigente

3

Caseta Guardia

Caseta forrada, incluye Mesa y silla, con las instalaciones necesarias para el buen funcionamiento de las labores de vigilancia.

4

Baño Químico

Incluye lavamanos y limpieza 2 veces a la semana, más materiales de aseo.

5

Suministro Eléctrico

Generador que permita suministrar de energía eléctrica las instalaciones provisorías de seguridad. Incluye combustible, mantenciones, etc.

3.2.   Suministros Fijos.

Son aquellos que deberán ser considerados para la prestación del servicio de vigilancia y según las características del terreno.

  • Dotación de acuerdo a los puntos de guardia de cada instalación.
  • Linternas.
  • Seguro de vida de los guardias.
  • Seguro responsabilidad civil.
  • Bastón de ronda.
  • Teléfono celular.
  • cargador de celular.
  • Supervisión de terreno.
  • Libro de novedades.
  • Planilla de visitas (proveedores, clientes y otros).
  • Microondas.
  • Frigobar.
  • Hervidor eléctrico.
  • Mesas y sillas.
  • Cargador de celular.
  • Dispensador de agua para consumo.
  • Cocinilla de gas.
  • Iluminación.
  • Uniforme Completo para turnos diurno y nocturno (casacas, parcas, etc.).

3.3.   Personal Requerido.

Se requerirá por parte del SERVIU Metropolitano, el contar con el recurso humano necesario para la realización del servicio de vigilancia, materia de este proceso de licitación.

Inherente a las labores de vigilancia que requiera el SERVIU Metropolitano, el adjudicatario deberá proporcionar el recurso humano que cuente con las condiciones físicas y psíquicas acordes a las necesidades específicas de SERVIU Metropolitano.

Atendidas las diversas contingencias, que son de público conocimiento, a que se encuentra expuesto el Servicio, sus funcionarios y usuarios, se requiere que el personal contratado para realizar la prestación pueda reaccionar rápida y eficazmente frente a la ocurrencia de contingencias que ameriten la intervención del o los guardias dentro del perímetro del recinto o en los accesos a éste, por ejemplo: agresiones de terceros a funcionarios del SERVIU Metropolitano o frente a acciones delictuales, vandálicas flagrantes, intentos de irrupción o manifestaciones de usuarios.

Para efectos de lo anterior, una vez adjudicada la licitación, el adjudicatario deberá considerar para la dotación del personal que trabajará en las distintas instalaciones los siguientes requisitos:

a)   Hablar fluidamente el español y tener residencia permanente en el país.

b)   Contar con credencial OS-10 para guardia con una vigencia de no menos de 6 meses.

c)    Contrato de trabajo.

d)   Tener vigente Certificado del OS-10, que lo autorice para cumplir funciones de Guardias.

e)   Tener a lo menos 18 años de edad cumplidos.

f)    Tener 4º año de educación media aprobado.

g)   Experiencia en labores similares (1 año continuo a partir del curso de OS-10)

h)   No haber sido condenado por crimen o simple delito o por violencia intrafamiliar, comprobado con Certificado de Antecedentes[1]-[2]

i)    Tener salud y condiciones físicas compatibles con la función que van a desempeñar.

j)    Deseable tener a su haber cursos que tengan relación con Seguridad y Vigilancia, Manejo de contingencias y/o emergencias, Atención de Público o similares.

Se deberá considerar las siguientes características:

Habilidades deseables:

a)  Auto disciplinado.

b)  Alta capacidad de auto-control.

c)  Orientación al servicio.

d)  Capacidad resolutiva.

e)  Trabajo en equipo.

f)   Prudente.

g)  Capacidad de concentración y alerta en su puesto de trabajo.

Capacitación mínima:

a)  Prevención de riesgos.

b)  Manejo y uso de extintores.

c)  Primeros auxilios.

d)  Psicología de la emergencia.

Cabe destacar que estos cursos lo entregan de manera gratuita a todos sus adherentes el respectivo Organismo Administrador del Seguro Ley 16.744/68 (Mutualidad). En caso que no cuente con dichas capacitaciones, tendrá un plazo de 3 meses para realizarlas y presentar los documentos que respalden su aprobación, de lo contrario se aplicará una multa grave.

La institución se reserva el derecho de solicitar durante la duración del contrato los antecedentes respectivos que acrediten lo solicitado.

3.4.   Rotación del Personal

Para solicitar cambio por parte del SERVIU: El SERVIU Metropolitano durante la ejecución del contrato se reserva el derecho de disponer el cambio de uno o más de los integrantes del personal que presta los servicios, si no cumplen con lo indicado en las presentes bases de licitación y/o los servicios prestados por éstos no fueren satisfactorios en los términos que exigen las presentes bases y la normativa vigente. Tal disposición será informada al adjudicatario mediante correo electrónico por el Administrador del Contrato. El procedimiento de cambio no puede durar más de 24 horas corridas una vez informada el adjudicatario, de modo que el adjudicatario adopte las medidas correspondientes para que el servicio se preste según lo indicado en las bases técnicas.

Para solicitar cambio por impedimentos fundados: Si durante la vigencia del contrato alguno de los(as) guardias o supervisor(a) tuviera impedimentos fundados para no realizar el trabajo encomendado. Este proceso de cambio de personal no puede durar más de 24 horas corridas una vez informado mediante carta ingresada por oficina de partes o correo electrónico al Encargado de Seguridad de SERVIU Metropolitano, en el intertanto el adjudicatario deberá adoptar las medidas correspondientes para que el servicio se preste según lo indicado en las bases técnicas.

Para solicitar cambio por motivos de vacaciones: el proveedor debe informar mediante correo electrónico al Encargado de Seguridad de SERVIU Metropolitano, con al menos 48 horas hábiles de anticipación para su respectiva evaluación. De lo contrario se procederá a aplicar una multa leve.

Para solicitar cambio por motivo de renuncia/licencias médicas: El proveedor debe informar mediante correo electrónico al Encargado de Seguridad de SERVIU Metropolitano, al día siguiente de informada dicha renuncia, desvinculación o licencia en la cual se debe informar el remplazante por al menos 24 horas corridas. Si después de dicho plazo no se ha regularizado la situación se procederá a aplicar una multa leve.

En el caso de que cualquier personal del adjudicatario no pudiese concurrir a realizar sus funciones en los horarios establecidos, será responsabilidad del adjudicatario designar personal que cubra el mismo día y el horario establecido. Además, deberá informar al Encargado de Seguridad de SERVIU Metropolitano de esta situación indicando nombre del funcionario ausente y quien realizará el reemplazo, el cual debe cumplir con los mismos requisitos que el sustituido.

Para cualquier ingreso de un(a) nuevo(a) guardia y/o supervisor(a), por cualquiera de las causas indicadas anteriormente, el adjudicatario podrá proponer su reemplazo por otro de igual nivel o superior, adjuntando los antecedentes que acrediten que la nueva contratación cumple con las mismas exigencias establecidas en las bases del llamado de licitación y la misma experiencia acreditada. Así como también, en el caso de los(as) guardias, éstos(as) deberán contar con el seguro de vida correspondiente.

3.5.   Supervisor(a)

Con el propósito de tener una comunicación directa con el adjudicatario, ésta deberá entregar al SERVIU Metropolitano al inicio de los servicios, nombre del o los supervisores, número telefónico (fijo y celular) y correo electrónico.

Este(a) o estos(as) trabajadores(as) deberán recorrer e informar del estado de la totalidad de los terrenos en funcionamiento, aplicando los mecanismos de control interno de supervisión de los servicios prestados, los que deberán ser informados por el adjudicatario a SERVIU Metropolitano al inicio del contrato y efectuando a lo menos 3 visitas a la semana a todas las instalaciones en horario diurno y 3 visitas a la semana en horario nocturno a las instalaciones que tienen servicio nocturno, en diferentes horarios (incluyendo sábados, domingos y festivos), que serán acordados y/o establecidos por el Administrador del Contrato.

En esa misma oportunidad, el supervisor(a) deberá presentarse con el Encargado de Seguridad de SERVIU Metropolitano, para que se comenten situaciones referidas a los servicios prestados.

Para llevar un control de lo mencionado en este punto, el supervisor deberá registrar sus visitas en el libro de novedades con un color diferente, al utilizado por los guardias en el lugar, de preferente rojo, en el cual se deberá identificar al funcionario el adjudicatario con la firma correspondiente, el cual en ningún caso podrá ser distinto a los(as) indicados(as) en el Anexo N°5 respectivo, salvo que se haya informado o autorizado previamente por el administrador de contrato.

El Supervisor(a) del adjudicatario será el contacto directo entre ella y SERVIU Metropolitano para la determinación de mejoras continuas a procedimientos de seguridad, rotación de personal y materias atingentes a la operatividad administrativa y técnica del contrato.

La jornada laboral semanal no debe exceder las 45 horas, según lo prescrito en el artículo 22 y siguientes del Código del Trabajo.

El adjudicatario deberá remitir mensualmente, un informe al Jefe de Departamento de Servicios Generales, o a quien éste designe para estos efectos, con un resumen de los alcances más relevantes de los registros de los Libros de Novedades de todas las instalaciones y las fechas de visitas de los Supervisores a ellas. El cual debe ser entregado los 5 días hábiles del mes siguiente, mediante correo electrónico, adjuntando copia de libro de novedades debidamente identificado por instalaciones.

3.6.   Labores del Personal de Servicio de Vigilancia.

El personal que preste los servicios de vigilancia propiamente tal, deberá cumplir con las siguientes funciones, como mínimo:

            I.        Realizar un control en portería a toda persona que ingrese al terreno, solicitando previo al mismo, cedula de identidad, y motivo de la visita.

          II.        Efectuar al menos cuatro rondas perimetrales por turno por la superficie los terrenos (cuatro en el día y cuatro en la noche).

         III.        Controlar el movimiento de especies hacia el interior y exterior, verificando que existan previamente las autorizaciones respectivas y que estas cuenten con su correspondiente guía de despacho u otro documento pertinente para estos fines, si fuere procedente.

         IV.        Resguardar y proteger el lugar de personas ajenas al recinto, evitar que se pernocte, que destruya o se provoquen incendios.

          V.        Prestar asistencia en caso de emergencia ante un siniestro (incendios, manifestaciones, sismos de mayor magnitud, aviso de bomba, etc.), dando aviso a los organismos de emergencia que correspondan (Carabineros, Bomberos, Ambulancia).

         VI.        Solicitar el apoyo de Carabineros, ante eventuales aglomeraciones o disturbios, provocadas por protestas o manifestaciones, o en caso de actividades delictuales o vandálicas. De igual manera, se deberá requerir el apoyo de Bomberos en caso de incendios, sismo u otra calamidad, de ser necesario.

       VII.        El personal de vigilancia durante los turnos, no podrá consumir bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas o sicotrópicas, fumar o dormir.

      VIII.        Todo lo antes indicado, y cualquier otro que se estime conveniente, deberá quedar anotado en los libros correspondientes, manteniendo un registro ordenado de las novedades que se susciten en el día y en la noche.

3.7.         Mutualidad.

El adjudicatario deberá tener todos sus trabajadores que presten el servicio contratado, afiliado en alguna Mutualidad de Empleadores, la cual permitirá derivar a sus funcionarios en caso de un accidente laboral, SERVIU Metropolitano no se responsabilizará por accidentes que ocurrieren al personal del adjudicatario.

3.8.         Seguros de Vida.

El adjudicatario deberá mantener vigente mientras dure el contrato, Seguros de Vida que resguarden la seguridad de los guardias de seguridad, y supervisor(es) que se desempeñan en cualquiera de los recintos del SERVIU Metropolitano. Los seguros de vida deberán ser entregados al Departamento de Servicios Generales 10 (diez) días hábiles posteriores a la firma del contrato. El no cumplimiento de este requisito, facultará al Servicio para dejar sin efecto la terminar anticipadamente el contrato.  El seguro de vida deberá ser presentado cada vez que se realicen incorporaciones de personal.

3.9.   Obligaciones Sociales.

Será de responsabilidad del proveedor, el tener al día los pagos de los sueldos, imposiciones, los que serán exigidos por el Administrador del Contrato o quien este delegue sus facultades al momento de presentar la respectiva factura para su aprobación y posterior cancelación.

El último pago correspondiente al servicio de vigilancia será retenido por el SERVIU Metropolitano hasta que el adjudicatario demuestre mediante formularios y planillas el pago de todas las obligaciones sociales requeridas por las leyes y normativas vigentes, ya sean imposiciones, finiquitos, etc.

3.10.    Continuidad Operacional de los Servicios.

Es de responsabilidad del proveedor prestar el servicio a cabalidad, no pudiendo ser interrumpido por falta de personal y/o supervisión, problemas de mantenimiento de implementos, ausencia o bajos niveles de stock de cualquier otra índole.

3.11. Aumento o disminución de puestos de trabajo.

En caso que SERVIU Metropolitano, durante la ejecución del contrato, requiera incorporar o eliminar puestos de trabajo al servicio del terreno contratado, por las razones necesarias para ello, podrá solicitar al proveedor el personal necesario para cubrir dichas necesidades, ajustando el global mensual a pagar de conformidad a los valores unitarios ofertados en el Anexo N°8. Asimismo, en caso que así se estime pertinente, SERVIU Metropolitano, previa coordinación con el proveedor, podrá redistribuir el personal de guardias en cualquiera de sus dependencias dejando constancia por escrito de lo acordado.

  1. PROCEDIMIENTO PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL SERVICIO.

Cada vez que SERVIU Metropolitano requiera implementar un servicio de vigilancia de terreno, el adjudicatario en compañía de un funcionario del Departamento de Servicios Generales de la institución, efectuarán una visita al terreno para evaluar y determinar las condiciones que requerirá el servicio a prestar.

De esta manera, en un plazo no mayor a dos días hábiles de realizada la visita, el adjudicatario remitirá un presupuesto al Departamento de Servicios Generales, a la casilla mcepedag@minvu.cl con copia a rvalencia@minvu.cl  en donde se indicarán los valores del servicio, en base a los precios preestablecidos por el adjudicatario en su oferta conforme a la cantidad de ítems de Suministros Variables (punto 3.1 de las presentes Bases Técnicas) necesarios para prestar el servicio en condiciones adecuadas y presentado según el formato de presupuesto adjunto en las presentes Bases, además de la planilla de guardias, los que al momento de presentarse al lugar de trabajo, deberán portar su credencial de OS-10 vigente, o al menos el certificado que acredite que ésta se encuentra en tramitación, para lo cual tendrá un plazo de 7 días hábiles para regularizar, de lo contrario, se cursará la multa respectiva (ver punto 10.10 número 3) y deberá ser reemplazado en un máximo de 24 horas. El resto de los antecedentes (ver punto 3.3 de las presentes Bases Técnicas), deberán ser enviados a los mismos correos señalados precedentemente, en un plazo de 10 días hábiles, contados desde el inicio de la prestación del servicio, de lo contrario se cobrará la multa correspondiente (ver punto 10.10. numeral 3), la cual también se aplicará en caso que en la revisión de los antecedentes se detecta que uno o más de uno de los guardias no cumple con los requisitos solicitados, y dentro de un plazo de 24 horas corridas el oferente no reemplace los guardias que no cumplieron con los requisitos mínimos.



[1] El Certificado de Antecedentes no deberá ser superior a 6 meses de la fecha en que el oferente adjudicado inicie los servicios licitados.

[2] El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de solicitar al oferente adjudicado el Certificado de Antecedentes de todos los trabajadores que el adjudicatario disponga en las distintas instalaciones, además, excluir de la nómina a cualquier trabajador que a juicio del SERVIU Metropolitano no cumpla con los requisitos solicitados.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.