Licitación ID: 48-92-LR23
Servicio de Suministro de Seguridad para Terrenos - Readjudicada en Id 48-92-R124
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA, SERVIU Metropolitano
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de vigilancia 1 Mes
Cod: 92101501
Servicio de Seguridad de suministro para Terrenos de propiedad SERVIU Metropolitano, según detalle de ítems a requerir por la naturaleza y condiciones de cada terreno.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Suministro de Seguridad para Terrenos - Readjudicada en Id 48-92-R124
Estado:
Readjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “Servicio de Suministro de Seguridad para Terrenos de propiedad del SERVIU Metropolitano”, con el propósito de dar resguardo físico a ellos y controlar el ingreso y salida de personas externas a la Institución.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
Sí requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 19-01-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 19-12-2023 16:44:19
Fecha inicio de preguntas: 19-12-2023 17:00:00
Fecha final de preguntas: 03-01-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-01-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-01-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-01-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 29-02-2024 17:31:08
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 20 Días
Visita a terreno de carácter obligatoria y excluyente Punto 5.2.5 22-12-2023 10:00:00
Visita a terreno de carácter obligatoria y excluyente Punto 5.2.5 22-12-2023 11:00:00
Visita a terreno de carácter obligatoria y excluyente Punto 5.2.5 22-12-2023 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1 Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del Artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la visita a terreno que se indica más adelante, de la entrega de la garantía de seriedad de la oferta y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información.
2.- 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. Estos antecedentes constituyen un requisito obligatorio, por tanto, en caso de que no sean presentados al momento de ofertar o de ser presentados se acompañen de forma incompleta serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación en dicha instancia de los documentos solicitados implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley N° 20.393, y el Decreto Ley N°211 de 1973.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los anexos N°3, N°4, N°5 y N°6 y lo solicitado en el literal h) y k), éstos constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura. Mientras que, el resto de los documentos solicitados en los distintos numerales constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. a) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°3, Remuneración base del personal de vigilancia, donde los oferentes deberán indicar la remuneración para el personal de vigilancia durante la vigencia del contrato de acuerdo a las indicaciones establecidas en este anexo, además de indicar si mantiene vigentes contratos o convenios colectivos con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o que le hagan aplicables a estos convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo. a.1) Para acreditar la existencia de contratos o convenios colectivos vigentes con sus trabajadores, el oferente deberá adjuntar copia de éstos. Se hace presente que, solo se considerarán aquellos que hayan cumplido con lo indicado en el artículo 408 del Código del Trabajo, esto es, que hayan sido depositados en la Dirección del Trabajo, dentro de los cinco días siguientes a su suscripción, lo que deberá ser acreditado mediante cualquier documentación o certificación disponible sobre la materia. En caso contrario, no será considerado. b) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°4, Experiencia del oferente, la cual considera la cantidad de trabajos de servicio de vigilancia que involucre guardias, y al menos 1 trabajo con sistema de rondas con patrullaje y 1 trabajo donde se efectué monitoreo a distancia con cámaras de CCTV, ambos realizados durante los últimos cincos años (2018 hasta el día anterior a la publicación de la presente licitación) y cuya duración sea mayor o igual a 12 meses. b.1) La información contenida en el citado anexo, deberá ser debidamente respaldada, para lo cual el oferente podrá adjuntar certificados o documentos emitidos por el mandante (público o privado), contratos de prestación de servicios, en ambos casos debidamente firmados, o cualquier otro documento que acredite fehacientemente la experiencia indicada en el anexo N°4, a excepción de certificado y/o declaración jurada simple o notarial extendida por el mismo oferente, que acredite la experiencia indicada por él, resoluciones de adjudicación u órdenes de compra en un estado distinto al de “aceptada” o “recepción conforme”, cuando éstas sean emitidas en el Portal de Mercado Publico. Asimismo, en el caso de los contratos, no se considerarán para efectos de la evaluación aquellos que hayan debido terminarse anticipadamente por causas imputables al oferente. b.2) Los documentos que acrediten la experiencia indicada en el anexo N°4, deberá ser posterior a la fecha de iniciación de actividades ante el SII, para lo cual el oferente deberá presentar el certificado de inicio de actividades emitido por el Servicio de Impuestos Internos para que los documentos que acreditan la experiencia sean considerados como válidos. Si el proveedor no presentase este documento, incluso si es requerido a través del foro de aclaración de ofertas, la documentación se desestimará y el criterio de Experiencia de la Empresa será evaluada con el mínimo puntaje indicado en el punto 10.3. b.3) Los documentos presentados para acreditar la experiencia señalada en el anexo respectivo, deberán indicar: la prestación del servicio y corresponder al rubro de lo solicitado, el tiempo de duración de la prestación, lugar y la fecha o año en que fueron realizados, de lo contrario no se considerarán en la evaluación. b.4) Dichos documentos deberán figurar a nombre del oferente, o en su defecto, al de su representante legal. No se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la empresa. b.5) Solo se evaluará la experiencia indicada en el anexo, que este dentro del rango solicitado (2018 hasta el día anterior a la publicación de la presente licitación) y que tenga un tiempo de duración igual o mayor a 12 meses. b.6) En caso de discrepancia entre lo declarado en el anexo y los documentos de respaldo, primará lo indicado en éstos últimos. c) Adjuntar, si corresponde, el certificado o copia de éste, de acreditación o de estar en proceso de acreditación, de la ISO 37.001 Sistemas de gestión antisoborno del oferente, de acuerdo con lo indicado en el Anexo N°4. d) Adjuntar certificado que acredite que la empresa cuenta con “Sello Empresa Mujer ChileProveedores”, si corresponde, de acuerdo con lo indicado en el Anexo N°4. e) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°5, Supervisor(a), en el cual él o la oferente deberá señalar el o los(as) supervisores(as) que considerará en su oferta y la experiencia que éste(a) o éstos(as) posean en el rubro. Sin embargo, el proveedor deberá acreditar que el o los supervisores presentados se encuentran contratados por éste al momento de ofertar, debiendo tener como mínimo una antigüedad de al menos dos meses en la empresa, contados desde la fecha de presentación de la oferta. Para acreditar esta relación laboral mínima de dos meses entre el oferente y el supervisor se deberá adjuntar contrato de trabajo y pago de leyes laborales (certificado de cotizaciones AFP y/o ISAPRE). Se desestimará la propuesta de aquellos oferentes que no logren acreditar al menos un supervisor según lo antes indicado, quedando ésta fuera de bases. f) El oferente deberá adjuntar certificado o copia de éste que esté vigente o en trámite de revalidación, que acredite la formación como supervisor(a) de seguridad privada, del o de al menos 1 de los supervisores(as) que haya indicado en el Anexo N°5, que haya sido emitido por alguna entidad de capacitación chilena. No se considerará un certificado (o copia de este) que indique que el o los(as) supervisores(as) se encuentran en trámite de acreditación por primera vez. Solo serán válidos certificados de acreditación en trámite si se presenta el certificado (o copia de este) de acreditación anterior. En caso de que el oferente no logre acreditar definitivamente la formación solicitada del supervisor(a), o de al menos 1 de ellos(as), en caso de que haya postulado a más de 1, la oferta quedará fuera de bases. g) El oferente deberá adjuntar del o de todos(as) los supervisores(as) indicados en el Anexo N°5, autorización del OS-10 de Carabineros de Chile vigente, que le permita ejercer como supervisor(es/as) en labores seguridad privada. g.1) La autorización de OS-10 para el o los supervisores(as) que presente el oferente, deberán estar solicitadas y autorizadas para trabajar para el mismo oferente. No se considerarán autorizaciones OS-10 que estén solicitadas a nombre de empresas distintas. g.2) El o los(as) supervisores(as) que no acrediten tener aprobada la capacitación OS-10 de Carabineros de Chile, no podrá(n) prestar el servicio. g.3) Si el oferente no acredita al menos 1 supervisor(a) con el certificado de capacitación aprobado del OS-10 de Carabineros de Chile, la oferta quedará fuera de bases. g.4) Adjuntar licencia de conducir de al menos 1 supervisor(a), al menos clase B. De no acreditar al menos 1 de supervisor(a), la oferta quedará fuera de bases. h) Adjuntar documento donde se presenten fotografías con la descripción e ilustración del uniforme de trabajo de la empresa. No se aceptarán catálogos o presentaciones estándar, ya que se requiere determinar la implementación de la empresa. i) Firmar y completar el Anexo N°6, donde el oferente declarará si cuenta o no con una sala de monitoreo de CCTV, con la finalidad de realizar la revisión constante de las cámaras de CCTV que se instalarán en los terrenos que sean necesarios. j) En el mismo Anexo N°6, el oferente deberá indicar cuatro (4) operarios que se encargarán de efectuar el monitoreo 24/7 de las cámaras de seguridad instaladas en los terrenos que se requieran, de modo que el servicio sea continuo y se cumpla con la normativa laboral. Además, el oferente deberá declarar si cada operario cuenta con el curso aprobado de Operador de CC.TV, debiendo adjuntar los respectivos certificados para acreditar dicho curso. De no presentarse cuatro operarios, la oferta no será evaluada dejándola fuera de bases. k) Adjuntar catálogos con las especificaciones técnicas de los implementos y/o sistemas (bastón control de rondas con geolocalización, sistemas de control on line, cámaras corporales de vigilancia con georeferencia, etc.) a utilizar para el cumplimiento de lo solicitado en el punto 3 de las bases técnicas de licitación.
 
2.- Se hace presente que, en caso que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o no proporcionen la información solicitada o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos, declarará inadmisible o fuera de bases, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Servicio para requerir, mediante foro de aclaración de ofertas, la corrección de errores u omisiones formales, de conformidad a lo establecido en el punto 10.3 de las presentes bases y al art. 40 del Reglamento de la Ley de Compras. Aplicándose, en dicho caso, puntaje cero en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al VALOR UNITARIO MENSUAL NETO (VUMN) por el servicio de suministro para la seguridad de terrenos adquiridos por SERVIU Metropolitano requerido de acuerdo con las bases técnicas establecidas, estar expresado en pesos chilenos ($) y sin cifras decimales. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las bases técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°7, Formulario Oferta Económica. Los valores ingresados en este anexo deben ser coincidentes con los ingresados al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el anexo. Dicho anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, dicha propuesta no será evaluada. Las ofertas que superen el presupuesto máximo disponible para la presente contratación serán rechazadas y declaradas inadmisibles. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura de la presente licitación. En caso de presentarse incompleto, modificado y/o no proporcionen la información solicitada o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, dicha propuesta será declarada inadmisible o fuera de bases según corresponda.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Ver punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: Ver punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 55%
2 Precio u Oferta Economica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 40%
3 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 33.01
Monto Total Estimado: 3000000000
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Ver punto 10.15 Renovación y prórroga del contrato
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Maurice Cepeda Grez
e-mail de responsable de contrato: mcepedag@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-29013645-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Ver punto 8 Duración del Contrato y Subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 16-04-2024
Monto: 15000000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadero a la vista, sea tomado por uno o varios integrantes del Oferente y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente, y en su defecto, en formato físico. Para el caso de formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en Gestión de Proveedores del Depto. Servicios Generales, ubicada en Serrano N° 45, piso zócalo - ala norte, indicando el número ID de la licitación, hasta la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas establecida en el punto “Etapa y Plazos” de las presentes bases. Esta garantía podrá ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa, por SERVIU Metropolitano en los siguientes casos: a) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error. b) Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases. c) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases, para el caso del proveedor adjudicado. d) Por la no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde. e) En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente, durante el proceso licitatorio.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación pública ID N°48-92-LR23.
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá esta garantía una vez que se haya verificado la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. A los oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles o fuera de bases, se les restituirá esta garantía dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que da cuenta de la adjudicación realizada en el Portal Mercado Público. A aquellos oferentes a quienes no se les adjudique la licitación se les restituirá esta garantía una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato con el oferente seleccionado. Para todos los casos señalados anteriormente, será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Seriedad de la Oferta en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 22 9013338). Solo se procederá de la forma señalada anteriormente, cuando la garantía antes mencionada, haya sido recepcionada físicamente en SERVIU Metropolitano.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 27-07-2025
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes del Adjudicatario y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el porcentaje a caucionar, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del Artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras. Esta caución o garantía podrá otorgarse en forma física o electrónica, según corresponda, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 5 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. Para el caso de formato electrónico, deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Para el caso de formato físico, deberá entregarse en el la Sección Adquisiciones ubicada en Serrano 45 piso Zócalo ala sur, indicando el número de ID de la licitación.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación pública ID N°48-92-LR23
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 229013338).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
10. Otras Cláusulas

10.                   Otras Cláusulas

10.1.               Validez de las Ofertas

Los oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl .

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera. 

10.2.               Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen cumplido con todos los requisitos de admisibilidad establecidos en las presentes bases de licitación.

10.3.               Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios de la Subdirección de Administración y Finanzas, designados por su subdirector, mediante Orden de Servicio.

Los miembros de la comisión evaluadora deberán designar un presidente y no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

La Comisión Evaluadora contará, además, con la asistencia de un abogado del Equipo Jurídico Mercado Público, no comisionados, para efectos de prestar apoyo jurídico durante toda la etapa de evaluación de las propuestas, dejándose constancia de ello en la respectiva Acta de Evaluación.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Publico, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo con las condiciones que en cada caso se establecen.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

La aplicación del foro Aclaración de Oferta, implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano, corregir errores u omisiones en la garantía o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicándose la siguiente metodología de evaluación:

10.3.1 Oferta Técnica (A):

Este criterio tiene una ponderación total del 55% y considera seis subcriterios: Condiciones de Empleo y Remuneración (ponderación 20%), Experiencia del Oferente (ponderación 25%) Experiencia del Supervisor(a) (ponderado en 15%), Acreditación (ponderado en 10%), Sala de Monitoreo CCTV (ponderación 25%), e Inclusión Sello Empresa Mujer  ChileProveedores (ponderado en 5%) .

  1. Condiciones de Empleo y Remuneración (A) (20%):

Este criterio tiene una ponderación total del 20% y se evaluará considerando dos factores: la remuneración que tendrá el personal de vigilancia, y los contratos o convenios colectivos vigentes del oferente, con una ponderación del 95% y 5%, respectivamente. 

Para las Condiciones de Empleo y Remuneración se evaluará en consideración a la información proporcionada por el oferente en el Anexo N°3, indicando el porcentaje que éste se obligará a pagar a su personal de vigilancia que preste servicios en los terrenos del SERVIU Metropolitano, por sobre el ingreso mínimo vigente a la fecha del pago de las respectivas remuneraciones, en caso de resultar seleccionada su oferta. En dicho formato se hace la distinción entre guardia, operador (o funcionario) de Ronda y Supervisor(a).

De este modo, los oferentes que oferten un sueldo base inferior al ingreso mínimo vigente quedarán fuera de bases y sus ofertas no continuarán siendo evaluadas, por no ajustarse éstas a los intereses del SERVIU Metropolitano.

A modo de ejemplo, el sueldo base que el proveedor seleccionado pague al personal de vigilancia deberá ser, durante toda la vigencia del contrato, igual o superior a: Ingreso mínimo + Porcentaje ofertado. El concepto “sueldo base” excluye cualquier otra cantidad no incluida en las liquidaciones de sueldo respectivas (como provisiones de feriado o de vacaciones o de finiquitos o indemnizaciones) y toda otra asignación que no constituya sueldo base de conformidad al Código del Trabajo y dictámenes de la Inspección del Trabajo (pago de sobresueldo, bonos, aguinaldos, horas extras y gratificación).

Se asignará puntaje de acuerdo con el porcentaje de aumento sobre el sueldo base mínimo legal a través de la siguiente fórmula, tanto para Guardias, Operador de Ronda y Supervisor(a):

Puntaje Remuneraciones Individuales = (Oferta en evaluación/Oferta mayor porcentaje) *100

Donde:

ü Oferta en evaluación: Es el porcentaje a evaluar según la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación descrita precedentemente.

ü Oferta mayor porcentaje: Es aquella oferta que contiene el mayor porcentaje de remuneración de todas las ofertas recibidas en evaluación.

El puntaje de este subcriterio se considerará de la siguiente manera:

Puntaje Remuneración Total = (Puntaje Remuneración Guardia x 0,45) + (Puntaje Remuneración Operador de Ronda x 0,35) + (Puntaje Remuneración Supervisor x 0,20)

Para el subcriterio contratos o convenios colectivos vigentes del oferente, se considerará la existencia de contratos o convenios con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o que le hagan aplicables a estos convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo, de acuerdo a lo declarado en el anexo N°3 y a lo exigido en el punto 5.2.3 letra a.1, de las bases administrativas de licitación.

Descripción

Puntaje

El oferente mantiene vigente al menos 1 contrato o convenio colectivo.

100 puntos

El oferente no mantiene vigente contrato o convenio colectivo, no informa o no acredita.

0 puntos

Es así como el puntaje total asociado a este subcriterio, Condiciones de Empleo y Remuneración será obtenido a través de la siguiente expresión:

Puntaje Total = Puntaje Remuneración x 0,95 + Puntaje Contratos o Convenio Colectivo vigentes x 0,05

  1. Experiencia del Oferente (B) (25%):

Se evaluará en consideración a la información proporcionada por el oferente en el Anexo N°4 y que cumpla con lo solicitado en el punto 5.2.3 en sus numerales b.1 al b.6 de las Bases Administrativas de licitación. La Comisión Evaluadora asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente detalle:

Experiencia del Oferente

Puntaje

Más de 10 trabajos de servicio de vigilancia

100

Entre 8 a 10 trabajos de servicio de vigilancia

75

Entre 5 a 7 trabajos de servicio de vigilancia

50

Entre 3 a 4 trabajos de servicio de vigilancia

25

2 o menos trabajos de servicio de vigilancia

0

  1. Experiencia del Supervisor(a) (C) (15%):

Este subcriterio se evaluará en consideración a la información proporcionada por el oferente en el Anexo N°5 Supervisor(a), y siempre que se encuentre debidamente acreditada de acuerdo con lo solicitado el punto 5.2.3 en su letra d.1, de las bases administrativas de licitación.

La Comisión Evaluadora asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente detalle:

Experiencia del Supervisor(a)

Puntaje

36 meses o más

100

Entre 24 y 35 meses

75

Entre 12 y 23 meses

45

11 meses o menos

5

  1. Acreditación del Oferente (D) (10%).

El siguiente criterio tiene una ponderación del 10% y se evaluará en función de lo indicado por el oferente en el Anexo N°4. El puntaje se aplicará de acuerdo con la siguiente tabla:

Acreditación ISO 37.001

Puntaje

Acreditado.

100

En proceso de acreditación.

70

No está acreditado o no está en proceso de acreditación o no presenta documento de respaldo.

0

En caso de señalar estar acreditado o en proceso de acreditación, esto debe ser respaldado por el documento correspondiente.

  1. Monitoreo CCTV (E) (25%).

El siguiente criterio tiene una ponderación del 25% y considera dos subcriterios; Sala de Monitorio CCTV (pondera un 70%) y Personal Capacitado (pondera un 30%).

El criterio Sala de Monitoreo consiste en evaluar la infraestructura del oferente, entendiendo que los terrenos deberán contar con cámaras de CCTV para su monitoreo permanente. En tal sentido, se evaluará en conformidad con lo declarado por el oferente en el Anexo N°6, donde cada proveedor indicará si cuenta o no con un recinto habilitado para realizar el monitoreo remoto de cada cámara instalada en los terrenos.

Así, el puntaje que se asignará corresponderá a lo indicado en la siguiente tabla:

Sala de Monitoreo

Puntaje

El oferente cuenta con sala de monitoreo de CCTV operativa

100

El oferente NO cuenta con sala de monitoreo de CCTV operativa

0

El otro subcriterio, corresponde a si el personal que estará a cargo del monitoreo de la CCTV cuenta con la capacitación correspondiente y curso aprobado de Operador de CCTV.

Dado que la exigencia del monitore de CCTV será de 24/7, se requerirá que el oferente disponga de un mínimo de 4 operarios para que cumpla con las normativas y disposiciones laborales vigentes. Razón de lo anterior, en el Anexo N°6, el oferente indicará el nombre completo del operario de sala de CCTV y si cuenta con el curso aprobado o no.

La evaluación de este criterio será por operario según el siguiente detalle:

Capacitación Operarios

Puntaje

Los operarios cuentan con curso aprobado de Operador de CC.TV.

100

Los operarios NO cuentan con curso aprobado de Operador de CC.TV.

0

Finalmente, el puntaje de este subcriterio corresponderá al puntaje final dividido por cuatro. A modo de ejemplo; si de los cuatro operarios, de los cuales solo tres tienen el curso aprobado, el puntaje para este subcriterio será de 300 (100 puntos por cada operario con curso acreditado), dividido por 4, con un resultado de 75 puntos. Del mismo modo, si de los cuatro operarios solo dos tienen curso aprobado, el puntaje será de 200 (100 puntos por cada operario con curso acreditado) dividido por 4, con un resultado de 50 puntos.

  1. Inclusión Sello Empresa Mujer ChileProveedores (E (5%).

Este criterio se evaluará en función de lo indicado por el oferente en el Anexo N°4 que se encuentre debidamente acreditado de acuerdo con la letra d) del punto 5.2.3 de las bases administrativas de licitación y que tendrá una ponderación del   5%. Se asignará puntaje según el siguiente cuadro detalle.

Certificado Sello Empresa Mujer ChileProveedores

Puntaje

El oferente presenta certificado de Sello Mujer vigente o certificado de revalidación.

100

El oferente NO presenta certificado de Sello Mujer vigente.

0

10.3.2 Cálculo del Puntaje Final de la Oferta Técnica.

POT= ((A x 0,20) + (B x 0,25) + (C x 0,15) + (D x 0,10) + (E x 0,25) + (F x 0,05))

Donde:

POT: Puntaje Oferta Técnica

A: Condiciones de Empleo y Remuneración

B: Experiencia del Oferente

C: Antigüedad del Supervisor(a)

D: Acreditación

E: Monitoreo CCTV

F: Inclusión Sello Empresa Mujer ChileProveedores

10.3.3 Precio (B):

Para evaluar este criterio, cuya ponderación es un 40%, se considerará la suma de la columna de VALOR UNITARIO MENSUAL NETO (VUMN) del Anexo N°7.

Se recalca que el valor a considerar para el ítem Ronda, corresponderá al promedio del Valor Mensual Neto (VM) informado en el Anexo N°7 y la Cantidad de Terrenos (CT) que se incluyan por ronda, vale decir:

Valor Unitario Mensual Neto de Ronda = Valor Mensual Neto de Ronda / Cantidad de Terrenos

Para determinar la ponderación final de este criterio, se efectuará mediante la siguiente relación:

Puntaje Ítem = (Oferta de menor Sumatoria de Valor Unitario Mensual Neto /Oferta en evaluación) *100

Donde:

ü Oferta de menor Sumatoria de Valor Unitario Mensual Neto: es la oferta cuyo monto (Valor Unitario Mensual Neto) corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada, considerándose la suma de las ocho líneas de servicio.

10.3.4 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (C):

Este criterio tiene una ponderación de un 5%, y corresponde al que el oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta (los requisitos obligatorios establecidos en el punto 5.2.2 y 5.2.3 de las presentes bases administrativas), aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio.

10.3.5 Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo con lo estipulado en las presentes bases, para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = ((POT * 0,55) + (PP * 0,40) + (PCRFO*0,05))

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Oferta Técnica.

ü PP: Puntaje Precio.

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Oferta Técnica. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Precio. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Condiciones de Empleo y Remuneración, luego por el criterio Acreditación del Oferente y finalmente, en última instancia, en caso de persistir el empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.               Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

En el evento, que el monto adjudicado supere en más de un 30% al presupuesto estimado por SERVIU Metropolitano, se deberá explicitar en el acto adjudicatario, las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, debiendo, asimismo, mantener los antecedentes para su revisión y control posterior por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.5.               Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en los puntos 5.2.2, 5.2.3, 5.2.4 y 5.2.5 de las presentes bases administrativas, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley N° 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.               Del Contrato

10.6.1.            Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido. Lo anterior, también será aplicable en caso que el oferente adjudicado manifieste expresamente su intención de desistirse del proceso.

10.6.2.            Documentos Integrantes del Contrato

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

10.6.3.            Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

10.6.4.            Domicilio y Jurisdicción

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

10.7.               Responsabilidad del Oferente Adjudicado

10.7.1.            De las Obligaciones Laborales y Previsionales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién, para estos efectos, podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de SERVIU Metropolitano de poner término anticipado al contrato, en conformidad a lo establecido en el artículo 77 N°5 del Reglamento de la Ley de Compras.

10.7.2.            Del Personal de Vigilancia

El proveedor adjudicado será responsable y quedará obligado a la reparación o reposición de cualquier desperfecto, daño o pérdida y en general, de todo menoscabo que puedan sufrir los bienes de SERVIU Metropolitano con motivo u ocasión de una mala ejecución de los servicios prestados por su personal de vigilancia. De igual forma, será responsabilidad del proveedor las pérdidas de insumos, enseres y/o deterioro del inmueble, que se hayan producido a causa del actuar doloso o culposo de su personal a cargo, para lo cual deberá tomar las medidas necesarias para la restitución o reparación del daño causado y el reemplazo inmediato del personal que corresponda.

Serán de cargo y responsabilidad del proveedor, tanto el uniforme del personal de vigilancia, así como también todos los implementos y en general, todos los materiales necesarios para llevar a cabo los servicios a que se refiere la presente licitación.

10.7.3.            Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Si SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el proveedor deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

10.7.4.            Confidencialidad y Seguridad de la Información

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que ponga a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose, el SERVIU Metropolitano, el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose, en todo caso, a las disposiciones de la Ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.8.               De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano, emitirá una Orden de Compra al proveedor seleccionado a través del Portal Mercado Público, considerando el valor total del servicio requerido. Esta Orden de Compra, deberá ser aceptada por el proveedor.

El adjudicatario tendrá un plazo no mayor a 48 horas corridas para iniciar los servicios de vigilancia correspondientes una vez emitida la Orden de Compra.

10.9.               Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de las Ordenes de Compras emitidas a través del Portal www.mercadopublico.cl. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor en forma mensual el servicio adjudicado, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

El adjudicatario deberá emitir una Factura a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45 comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura, el detalle del terreno y de los servicios prestados y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

a)     Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda, del mes anterior en que se presta el servicio.

b)     Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

c)     Nómina por dependencia del personal asignado a SERVIU Metropolitano.

d)     Copia de liquidaciones de sueldo firmada por cada trabajador

e)     Planilla de Turnos del personal de vigilancia por cada dependencia

f)      Acta recepción conforme del servicio mensual prestado, emitida por Supervisor Operativo.

g)     Factura

h)     Factura Cedible. (Hasta que el administrador del contrato indique lo contrario)

La documentación indicada anteriormente podrá ser entregada en soporte físico o en formato electrónico. Para formato electrónico debe ser enviado en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. Para formato físico, la documentación debe ser entregada en Departamento de Servicios Generales ubicada en Serrano N°45, piso Zócalo, ala norte, teniendo en cuenta que el horario de atención de público es entre las 9:00 hrs., y 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura o boleta de honorarios y toda la documentación adjunta que se requiere para tales efectos.

SERVIU Metropolitano realizará los pagos, a través de transferencia electrónica de fondos, en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Si esta opción no se encontrare disponible, por indisponibilidad del sistema, SERVIU Metropolitano en caso excepcional emitirá cheque nominativo al proveedor.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa.

Queda estrictamente prohíbo emitir boleta y/o factura sin antes contar con todos los antecedentes indicados anteriormente. En caso de no contar con todos los antecedentes la factura será rechazada.

10.10.             Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, las cuales, en su conjunto no podrán superar el 5% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.

Ítem

Causales

Categoría de la Falta

Valor multa Aplicable en (UF)

1

ü No cubrir con el suministro requerido de los servicios contratados durante un plazo de dos (02) días. Lo anterior aplica para cada solicitud de prestación de servicios.

ü Si en la revisión de los libros de asistencia o novedades o de supervisor según el caso, se detectan inconsistencias y/o adulteraciones de turnos o falsedad de los registros.

ü Incumplimiento de las condiciones de empleo y remuneración presentadas en la oferta de licitación.

ü Incumplimiento de la empresa o del personal en no contar con el Certificado OS-10 vigente durante el período de duración del contrato

                                                            

ü Por faltas a la moral, acoso o maltrato verbal y/o sexual al interior de dependencias de SERVIU Metropolitano

ü En caso de detectar que el supervisor(es), y guardias, no cumple con las labores propias de sus funciones durante la jornada laboral.

ü Incumplimiento del deber de instalar marcadores touch de conformidad a lo dispuesto en las bases técnicas, por más de dos (2) días corridos.

ü No cumplir con lo establecido en el punto 1 de las Bases Técnicas, respecto de las capacitaciones mínimas exigibles a los guardias que prestaran el servicio, salvo que esté justificado y autorizado por SERVIU RM.

ü Todo cambio relativo a esta designación del punto 10.13. Contraparte Técnica número 2. deberá ser informado a SERVIU Metropolitano, por el representante legal del adjudicatario a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado, mediante correo electrónico al Administrador del Contrato.

ü Para solicitar cambio por motivos de vacaciones: el proveedor debe informar mediante correo electrónico al Encargado de Seguridad de SERVIU Metropolitano, con al menos 48 horas hábiles de anticipación para su respectiva evaluación.

GRAVE

10 UF

por evento

2

ü Atrasos (sumados entre personal) por sobre las 20 horas en un mes calendario.

ü Cualquier incumplimiento de lo establecido en el punto “Rotación del personal” de las bases técnicas.

ü Falta de implementos, uniforme y/o credencial verificada por cada guardia o supervisor.

ü Pérdidas, robos o daños en los terrenos de SERVIU Metropolitano. Demostrados.

ü No cumplir con los implementos y equipamiento mínimo solicitados en bases.

ü Por dormir, consumir tabaco, alcohol y/o drogas al interior de terrenos del SERVIU Metropolitano y/o durante el turno de trabajo.

MEDIA

2,5 UF

por evento

3

ü Atrasos individuales por sobre 10 horas y hasta (20) veinte horas, en un mes calendario, en el caso de suministro de guardias.

ü No funcionamiento de algún marcador touch para el control de rondas por día.

ü Incumplimiento de lo establecido en el punto IV de las Bases Técnicas de licitación, PROCEDIMIENTO PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL SERVICIO.

ü Incumplimiento de obligaciones o requerimientos establecidos en las Bases Técnicas de licitación.

LEVE

1,0 UF

por evento

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Subdirector de Administración y Finanzas notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Subdirector de Administración y Finanzas, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso.

10.11.             Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

De igual forma, el contrato se podrá modificar, en las siguientes circunstancias:

  • En caso que el mandante por razones justificadas o de fuerza mayor, determine, a través de un informe fundado del Administrador de Contrato que se hace necesario ajustar algún punto no esencial de éste, a fin de resguardar su objeto.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.12.             Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)        Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)              En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo con el segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

b.1)          No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.

b.2)          No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.

b.3)          No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.

b.4)          Cuando las multas aplicadas, en su conjunto, superen el 5% del monto total del contrato.

b.5)          Cuando en total se hayan aplicado diez (10) multas denominadas como graves.

b.6)          Si a la fecha límite (30 días corridos desde la notificación de adjudicación) el oferente no presenta los seguros de vida de los guardias que prestaran los servicios solicitados.

b.7)          La no presentación de una nueva boleta de garantía según lo indicado en el punto 10.7.3. Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

c)         Según lo establecido en el punto N° 6 de las bases administrativas que señalan que en el caso de existir  falsedad en la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar a la Fiscalía competente para el caso en que existan presunciones fundadas de delito, el SERVIU Metropolitano deberá hacer efectivas las garantías de seriedad de la oferta o de fiel cumplimiento de contrato, en su caso, e incluso, de terminar inmediata y anticipadamente los contratos que corresponda, sin indemnización para el o los oferentes o proveedores.

d)        Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada y/o mediante correo electrónico con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

e)        En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

f)         Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

g)        Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el N° 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

h)        En caso de no cumplir con la obligación de tomar seguros de vida en favor de los trabajadores que prestan servicios en las dependencias de SERVIU Metropolitano, de conformidad con lo dispuesto en las bases técnicas.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas y/o correos electrónicos que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.13.             Contraparte Técnica

El SERVIU Metropolitano dispondrá de dos contrapartes técnicas, los cuales tendrán las siguientes funciones:

1.- Administrador de Contrato:

ü  Autorizar el inicio de servicios en el o los terrenos, como también informar y dar término de estos.

ü  Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del contrato y de todos los aspectos considerados en las presentes bases de licitación.

ü  Comunicarse por cualquier vía con el Supervisor a efecto de informar las observaciones de forma y fondo sobre el desarrollo del servicio prestado, pudiendo establecer las debilidades detectadas a fin de mejorar el servicio.

ü  Fiscalizar el cumplimiento de los antecedentes que el adjudicatario debe ingresar según lo indicado en el apartado “Rotación de Personal”

ü  Las demás que encomienden las presentes bases.

2.- Contraparte Técnica del adjudicatario.

ü  Mientras que, el adjudicatario deberá nombrar en el contrato un Supervisor, para la ejecución del mismo, que tendrá a lo menos, las siguientes funciones:

ü  Representar al adjudicatario en las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

ü  Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de contrato.

ü  Velar por el cumplimiento oportuno de la prestación del servicio.

ü  Tener en consideración las medidas de seguridad personal y físicas relativas, entre estas se consideran las contenidas en la legislación laboral en vigencia.

ü  Comprometer y/o ejecutar soluciones en el más breve plazo, sobre las debilidades y/o deficiencias en el desarrollo del servicio prestado que le comunique la contraparte SERVIU Metropolitano.

ü  Controlar y mantener al día los libros solicitados en el punto “Presentación e implementos de seguridad del personal, supervisión y control”.

Todo cambio relativo a esta designación deberá ser informado a SERVIU Metropolitano, por el representante legal del adjudicatario a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado, mediante correo electrónico al Administrador del Contrato. De ser en un tiempo mayor será causal de multa grave.

10.14.             Seguridad y Salud Laboral en Dependencias de SERVIU Metropolitano

En cumplimiento a la legislación vigente en materia laboral y previsional, se especifican las siguientes normas que regulan la salud ocupacional, la seguridad e higiene industrial y el medio ambiente, para todas los proveedores que trabajen en las dependencias de SERVIU Metropolitano, destinado a proteger a todos los trabajadores, funcionarios, personal contratado a honorarios y personal que labora bajo los regímenes de subcontratación y de servicios transitorios, que trabajan en nuestras instalaciones:

Normativa específica:

a)     Ley N° 16.744, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 23 de enero de 1968, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Sus Reglamentos y Decretos complementarios.

b)     Decreto Supremo N° 40, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 11 de febrero de 1969, Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales.

c)     Decreto Supremo N° 54, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 11 de marzo de 1969, Aprueba el Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

d)     Decreto Supremo N° 76, del 14 de diciembre de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Aprueba Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N°16.744 sobre Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Normativa complementaria:

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios a las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir a sus trabajadores.

a)     D. F. L N°1, MINTRAB, del 31 de julio del 2002, que sistematiza el Código del Trabajo.

b)     Decreto Supremo N° 594, de 15 de septiembre de 1999, del MINSAL, que Aprueba el reglamento sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

c)     Guía para la Confección del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas, Inscripción Registro Propiedad Intelectual N° 162.116, Mutual de Seguridad C.Ch.C., 2007.-

d)     Resolución Exenta N° 1888 del 22 de marzo del 2013, Aprueba Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, Ministerio de Vivienda y Urbanismo a nivel nacional.

e)     Resolución Exenta N° 938/2000, de V. y U., modifica la RE N° 510/1996 que crea el departamento de prevención de riegos profesionales para el MINVU y sus Servicios dependientes; y la Resolución Exenta N° 387/2001, de V. y U., que aprueba bases del plan nacional de prevención de riesgos.

Exigencias por contingencia Pandemia COVID-19

Si corresponde, el proveedor adjudicado y/o contratista, deberá considerar que producto de la pandemia COVID-19, debe dar estricto cumplimiento a todas las exigencias, medidas, instrucciones y acciones emanadas por las autoridades sanitarias normativa del Ministerio de Salud, Superintendencia de Seguridad Social, Inspección del Trabajo, entre otros, a fin de establecer las medidas preventivas a realizar para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19. Sobre ello, toda empresa Contratista y/o Subcontratista que ejecute trabajos deberá:

ü  Disponer de un Plan de Acción COVID-19, siguiendo las recomendaciones de actuación en los lugares de trabajo, emitidas por el Ministerio de Salud, disponibles en www.minsal.cl.

ü  Dar cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Dirección del Trabajo, Superintendencia de Seguridad Social, entre otros.

                

ü  Informar a los trabajadores sobre los riesgos del COVID-19: capacitar, dotar de implementos de seguridad, promover acciones según recomendaciones establecidas.

ü  Asegurar la limpieza e higiene del lugar de trabajo.

ü  Generar acciones frente a situaciones relacionadas con COVID-19: protocolos de actuación frente a casos presentados en lugar de trabajo.

ü  Mantener registros y medios de verificación del cumplimiento de estas medidas y recomendaciones.

 

Marco Legal

ü  Código Sanitario. Artículo 9 letra b) establece que es facultad de la Autoridad Sanitaria dictar las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento. Artículo 67: Corresponde la Autoridad Sanitaria velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes.

ü  Decreto N°4 del 05 de febrero de 2020 sobre Alerta Sanitaria por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote de COVID-19. (modificado por decreto N° 6/2020). Artículo 3° N° 8 faculta a la autoridad Sanitaria para disponer la prohibición de funcionamiento de los establecimientos y lugares de trabajo que pongan en peligro a las personas que trabajan o asistan a ellos. Artículo 3 N° 23 faculta a la Autoridad Sanitaria para ordenar la utilización de mascarillas y otros dispositivos médicos afines en el transporte público, salas de clases, lugares de trabajo y, en general, cualquier otro lugar de acceso público o donde exista aglomeración de personas.

ü  D. S. N° 594 Reglamento sobre Condiciones Sanitaria y Ambientales básicas en los lugares de trabajo” Artículo 3°: La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean estos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella. Artículo 37: Deberá suprimirse en los lugares de trabajo cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores.

ü  Ley 16.744 “Ley de Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales”, Artículo 68, establece que Las empresas o entidades deberán implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que les prescriban directamente la Autoridad Sanitaria.

Procedimientos de seguridad y documentación exigible:

SERVIU Metropolitano, así como también todas las empresas contratistas deberán proceder según los procedimientos, protocolos, utilizando implementos, equipos y normas de seguridad los cuales serán exigidos para cada caso en particular, con el propósito de desarrollar su labor exenta de riesgos, en forma segura, en coordinación con la contraparte SERVIU Metropolitano (Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios), bajo la supervisión y asesoría de las unidades técnicas en la materia (Equipo Prevención de Riesgos, Comité Paritario de Higiene y Seguridad, experto de la Mutual de Seguridad), con el propósito de evitar poner en riesgo a las personas, instalaciones y los bienes institucionales.

10.15 Renovación y prórroga del contrato

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del reglamento de la ley, y cuando las necesidades institucionales así lo requieran, el contrato, podrá ser renovado o prorrogado de común acuerdo por las partes, según sea el caso, por una única vez y al mismo precio contratado en los siguientes casos:

a)    Cuando habiéndose declarado desierto un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo.

b)   Cuando tratándose de un proceso licitatorio en curso, las ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, y exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo.

c)    Cuando se ha revocado o invalidado un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato vigente, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo.

d)   Cuando previo al vencimiento del plazo del contrato, sea menester su renovación a fin de garantizar la continuidad del servicio de guardias para la vigilancia de terrenos adquiridos por SERVIU Metropolitano.

e)    Cuando existan razones debidamente fundadas que justifiquen la renovación del contrato, y estas sean expresadas en el acto administrativo correspondiente.

  

En estos casos, SERVIU Metropolitano podrá optar por la renovación del contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. En el caso de que SERVIU Metropolitano, de forma previa al término de la vigencia del contrato, opte por hacer efectiva la cláusula de renovación, deberá contar con el consentimiento del proveedor, el cual podrá ser manifestado por cualquier medio escrito. El plazo de renovación no podrá de exceder del plazo de duración del contrato primitivo.

Asimismo, SERVIU Metropolitano, en los mismos términos señalados precedentemente, de común acuerdo con el proveedor, podrán prorrogar el contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica.  La prórroga deberá hacerse efectiva antes del término de la vigencia del contrato.

Bases Técnicas

BASES TÉCNICAS

  1. GENERALIDADES.

El presente proceso licitatorio tiene como finalidad el contratar un Servicio de Seguridad para los terrenos que SERVIU Metropolitano está adquiriendo, o ya ha adquirido, donde se ejecutarán los proyectos para soluciones habitacionales con el fin de reducir el déficit de vivienda, respondiendo a los lineamientos instruidos en el Plan de Emergencia Habitacional impulsado por el Ministerio de Vivienda Y Urbanismo.

Debido a que los terrenos se encuentran desocupados, la mayoría de ellos eriazos y ubicados en zonas periféricas, es que se requiere contar con este servicio, el cual forma parte de un Sistema de Seguridad diseñado para evitar las tomas u ocupación no autorizada de ellos, actuando en conjunto con Carabineros y la Vigilancia Especial dispuesta para ello, efectuando desalojo por flagrancia si fuese necesario.

Este Servicio de Seguridad de Terrenos corresponde al suministro de servicios de vigilancia para terrenos, el cual se compone de la siguiente forma:

-      Sistema de Rondas a un grupo de terrenos (mínimo 2 y máximo 5 terrenos), de modo que periódicamente durante lunes a domingo, incluyendo festivos, se realicen visitas a ellos para verificar las condiciones y estados de éstos. Además, cada terreno deberá contar con un sistema de cámaras que permita tener vigilancia remota de ellos, en al menos 3 puntos estratégicos dentro de los terrenos.

-      Guardias en terreno que permitan, en las situaciones que en conjunto entre SERVIU Metropolitano y la empresa decidan, implementar servicio de guardias presenciales en las condiciones que más adelante se detallará.

Con independencia del método de resguardo elegido, se debe considerar que este proceso corresponde a un suministro de servicios, por lo que se podrá requerir que operen de manera conjunta en los casos que lo requieran.

Todos los terrenos, sin excepción, deberán contar con un letrero que indique que corresponden a propiedad SERVIU Metropolitano y que están siendo custodiados las 24 horas, tanto con Seguridad Privada y por Carabineros de Chile.

  1.  DETALLE DE SERVICIOS.

2.1.              Sistema de Rondas

Se requiere implementar un servicio de rondas de vigilancias que efectué la visita a los terrenos que SERVIU Metropolitano tiene en distintas comunas de la Región Metropolitana.

Este servicio debe considerar los siguientes alcances mínimos.

  1. Servicio 24 horas.

Se deberá disponer del personal necesario de modo que se efectúen visitas constantes a los terrenos durante las 24 horas del día, de lunes a domingo incluido festivos.

  1. Considerar un mínimo de 6 visitas días durante 24 horas (4 horas entre una visita y otra).

Dependiendo de la cantidad de terrenos (mínimo 2) que se consideren para una ronda, el oferente deberá disponer de los recursos necesarios para que la frecuencia de visitas no exceda más allá de las 4 horas, de modo que cada terreno pueda disponer de un mínimo de 6 visitas al día (durante las 24 horas).

El personal que efectúe rondas deberá portar cámara corporal con georeferencia, del tipo worm o similar. No se aceptan cámaras deportivas del tipo gopro.

  1. Puntos de Control de Ronda.

En cada terreno se deberá disponer de un mínimo de 3 puntos de control de ronda (marcadores touch) (uno en el acceso, otro en el punto más lejano del acceso y un tercero en cualquier lugar del terreno), de modo que el personal que realice la ronda ingrese al terreno, lo recorra y verifique el estado y condiciones de éste.

-      El sistema de control de acceso debe contar, en preferencia, con una plataforma on line que permita a supervisores y funcionarios de SERVIU Metropolitano tener acceso a la hora y fecha de la visita en tiempo real. Esta plataforma debe emitir alerta a supervisores y funcionarios de SERVIU Metropolitano de su activación (visita de la ronda) en tiempo real.

-      En caso contrario, semanalmente el oferente deberá remitir por correo las planillas con el registro de puntos de control de ronda de cada terreno.

-      Deberán estar operativos 24/7, por lo que, si cualquiera de ellos sufriese vandalismo o robo, deberán ser repuestos en un plazo no mayor a 24 horas corridas

  1. Cámaras de CCTV.

En cada terreno se deberá disponer de un mínimo de 3 (una cámara en el acceso del terreno, otra en el punto más lejano del acceso y una tercera en cualquier lugar del terreno) que, en preferencia, no dependan de red eléctrica e internet para transmitir imágenes, considerando:

-      Las CCTV deberán estar soportadas a una plataforma on line que permita el acceso a supervisores y funcionarios de SERVIU Metropolitano a cualquier la hora y fecha en tiempo real.

-      Las CCTV deberán estar conectadas a una Central de Monitoreo donde deberán ser vigiladas las 24 horas de lunes a viernes, incluido festivos, con la finalidad de que si se detectara cualquier anomalía en el terreno (ingreso no autorizado, vandalismo, etc.) el personal que cumple ronda se apersonarse al lugar para constatar la situación y tomar las acciones que se requieran.

-      Deberán estar operativas 24/7, por lo que, si cualquiera de ellas sufriese vandalismo o robo, deberán ser repuestas en un plazo no mayor a 24 horas corridas.

2.2.              VIGILANCIA TERRENOS.

SERVIU Metropolitano requiere contratar un servicio de suministro de vigilancia de terrenos (Guardias), para diversos terrenos o dependencias, cuyos inicios y términos no necesariamente serán los mismos.

Este servicio debe considerar los siguientes alcances mínimos.

  1. Servicio variable de guardias: Son aquellos que deberán ser combinados o no para la correcta prestación del servicio de vigilancia y según las características del terreno.

  1.  

ITEM

NOMBRE

CONCEPTO

1

Turno Diurno (*)

1 puesto de guardia desde las 8 horas hasta las 20 horas de Lunes a Domingo, incluido festivos.

2

Turno Nocturno (*)

1 puesto de guardia desde las 20 horas hasta las 8 horas de Lunes a Domingo, incluido festivos.

3

Caseta Guardia

Caseta forrada, incluye Mesa y silla, con las instalaciones necesarias para el buen funcionamiento de las labores de vigilancia.

4

Baño Químico

Incluye lavamanos y limpieza 2 veces a la semana, más materiales de aseo.

5

Suministro Eléctrico

Generador que permita suministrar de energía eléctrica las instalaciones provisorías de seguridad. Incluye combustible, mantenciones, etc.

(*) Se deberá considerar la dotación necesaria de modo de cumplir las legislaciones y normativas laborales vigentes.

  1. Suministros Fijos: Son aquellos que deberán ser considerados para la prestación del servicio de vigilancia y según las características del terreno.

-      Dotación de acuerdo con los puntos de guardia de cada instalación.

-      Linternas.

-      Seguro de vida de los guardias.

-      Seguro responsabilidad civil.

-      Bastón de ronda.

-      Teléfono celular.

-      Cargador de celular.

-      Supervisión de terreno.

-      Libro de novedades.

-      Planilla de visitas (proveedores, clientes y otros).

-      Microondas.

-      Frigobar.

-      Hervidor eléctrico.

-      Mesas y sillas.

-      Cargador de celular.

-      Dispensador de agua para consumo.

-      Cocinilla de gas.

-      Iluminación.

-      Uniforme Completo para turnos diurno y nocturno (casacas, parcas, etc.).

Exigencia para el personal de Guardia.

Se requerirá por parte de SERVIU Metropolitano, el contar con el recurso humano necesario para la realización del servicio de vigilancia, materia de este proceso de licitación.

Inherente a las labores de vigilancia que requiera el SERVIU Metropolitano, el adjudicatario deberá proporcionar el recurso humano que cuente con las condiciones físicas y psíquicas acordes a las necesidades específicas de SERVIU Metropolitano.

Atendidas las diversas contingencias, que son de público conocimiento, a que se encuentra expuesto el Servicio, sus funcionarios y usuarios, se requiere que el personal contratado para realizar la prestación pueda reaccionar rápida y eficazmente frente a la ocurrencia de contingencias que ameriten la intervención del o los guardias dentro del perímetro del recinto o en los accesos a éste, por ejemplo: agresiones de terceros a funcionarios del SERVIU Metropolitano o frente a acciones delictuales, vandálicas flagrantes, intentos de irrupción o manifestaciones de usuarios.

Para efectos de lo anterior, una vez adjudicada la licitación, el adjudicatario deberá considerar para la dotación del personal que trabajará en las distintas instalaciones los siguientes requisitos:

a) Hablar fluidamente el español y tener residencia permanente en el país.

b) Contar con credencial OS-10 para guardia con una vigencia de no menos de 6 meses.

c) Contrato de trabajo.

d) Tener vigente Certificado del OS -10, que lo autorice para cumplir funciones

de Guardias.

e) Tener a lo menos 18 años cumplidos.

f) Tener 4º año de educación media aprobado.

g) Experiencia en labores similares (1 año continuo a partir del curso de OS-10)

h) No haber sido condenado por crimen o simple delito o por violencia intrafamiliar, comprobado con Certificado de Antecedentes a-b

i) Tener salud y condiciones físicas compatibles con la función que van a desempeñar.

j) Deseable tener a su haber cursos que tengan relación con Seguridad y Vigilancia, Manejo de contingencias y/o emergencias, Atención de Público o similares.

Para cada guardia se deberá considerar las siguientes características o habilidades:

a) Auto disciplinado.

b) Alta capacidad de autocontrol.

c) Orientación al servicio.

d) Capacidad resolutiva.

e) Trabajo en equipo.

f) Prudente.

g) Capacidad de concentración y alerta en su puesto de trabajo.

Capacitación mínima:

a) Prevención de riesgos.

b) Manejo y uso de extintores.

c) Primeros auxilios.

d) Psicología de la emergencia.

Cabe destacar que estos cursos lo entregan de manera gratuita a todos sus adherentes el respectivo Organismo Administrador del Seguro Ley 16.744/68 (Mutualidad). En caso de que no cuente con dichas capacitaciones, tendrá un plazo de 3 meses para realizarlas y presentar los documentos que respalden su aprobación, de lo contrario se aplicará una multa grave.

La institución se reserva el derecho de solicitar durante la duración del contrato los antecedentes respectivos que acrediten lo solicitado.

Rotación del Personal

Para solicitar cambio por parte del SERVIU: El SERVIU Metropolitano durante la ejecución del contrato se reserva el derecho de disponer el cambio de uno o más de los integrantes del personal que presta los servicios, si no cumplen con lo indicado en las presentes bases de licitación y/o los servicios prestados por éstos no fueren satisfactorios en los términos que exigen las presentes bases y la normativa vigente. Tal disposición será informada al adjudicatario mediante correo electrónico por el Administrador del Contrato. El procedimiento de cambio no puede durar más de 24 horas corridas una vez informada el adjudicatario, de modo que el adjudicatario adopte las medidas correspondientes para que el servicio se preste según lo indicado en las bases técnicas.

Para solicitar cambio por impedimentos fundados: Si durante la vigencia del contrato alguno de los(as) guardias o supervisor(a) tuviera impedimentos fundados para no realizar el trabajo encomendado. Este proceso de cambio de personal no puede durar más de 24 horas corridas una vez informado mediante carta ingresada por oficina de partes o correo electrónico al Encargado de Seguridad de SERVIU Metropolitano, en el intertanto el adjudicatario deberá adoptar las medidas correspondientes para que el servicio se preste según lo indicado en las bases técnicas.

Para solicitar cambio por motivos de vacaciones: el proveedor debe informar mediante correo electrónico al Encargado de Seguridad de SERVIU Metropolitano, con al menos 48 horas hábiles de anticipación para su respectiva evaluación. De lo contrario se procederá a aplicar una multa grave.

Para solicitar cambio por motivo de renuncia/licencias médicas: El proveedor debe informar mediante correo electrónico al Encargado de Seguridad de SERVIU Metropolitano, al día siguiente de informada dicha renuncia, desvinculación o licencia en la cual se debe informar el remplazante por al menos 24 horas corridas. Si después de dicho plazo no se ha regularizado la situación se procederá a aplicar una multa grave.

En el caso de que cualquier personal del adjudicatario no pudiese concurrir a realizar sus funciones en los horarios establecidos, será responsabilidad del adjudicatario designar personal que cubra el mismo día y el horario establecido. Además, deberá informar al Encargado de Seguridad de SERVIU Metropolitano de esta situación indicando nombre del funcionario ausente y quien realizará el reemplazo, el cual debe cumplir con los mismos requisitos que el sustituido.

Para cualquier ingreso de un(a) nuevo(a) guardia y/o supervisor(a), por cualquiera de las causas indicadas anteriormente, el adjudicatario podrá proponer su reemplazo por otro de igual nivel o superior, adjuntando los antecedentes que acrediten que la nueva contratación cumple con las mismas exigencias establecidas en las bases del llamado de licitación y la misma experiencia acreditada. Así como también, en el caso de los(as) guardias, éstos(as) deberán contar con el seguro de vida correspondiente.

Labores del Personal de Servicio de Vigilancia.

El personal que preste los servicios de vigilancia propiamente tal, deberá cumplir con las siguientes funciones, como mínimo:

I. Realizar un control en portería a toda persona que ingrese al terreno, solicitando previo al mismo, cedula de identidad, y motivo de la visita.

II. Efectuar al menos cuatro rondas perimetrales por turno por la superficie los terrenos (cuatro en el día y cuatro en la noche).

III. Controlar el movimiento de especies hacia el interior y exterior, verificando que existan previamente las autorizaciones respectivas y que estas cuenten con su correspondiente guía de despacho u otro documento pertinente para estos fines, si fuere procedente.

IV. Resguardar y proteger el lugar de personas ajenas al recinto, evitar que se pernocte, que destruya o se provoquen incendios.

V. Prestar asistencia en caso de emergencia ante un siniestro (incendios, manifestaciones, sismos de mayor magnitud, aviso de bomba, etc.), avisando a los organismos de emergencia que correspondan (Carabineros, Bomberos, Ambulancia).

VI. Solicitar el apoyo de Carabineros, ante eventuales aglomeraciones o disturbios, provocadas por protestas o manifestaciones, o en caso de actividades delictuales o vandálicas. De igual manera, se deberá requerir el apoyo de Bomberos en caso de incendios, sismo u otra calamidad, de ser necesario.

VII. El personal de vigilancia durante los turnos, no podrá consumir bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas o sicotrópicas, fumar o dormir.

VIII. Todo lo antes indicado, y cualquier otro que se estime conveniente, deberá quedar anotado en los libros correspondientes, manteniendo un registro ordenado de las novedades que se susciten en el día y en la noche.

 

Mutualidad.

El adjudicatario deberá tener todos sus trabajadores que presten el servicio contratado, afiliado en alguna Mutualidad de Empleadores, la cual permitirá derivar a sus funcionarios en caso de un accidente laboral, SERVIU Metropolitano no se responsabilizará por accidentes que ocurrieren al personal del adjudicatario.

Seguros de Vida.

El adjudicatario deberá mantener vigente mientras dure el contrato, Seguros de Vida que resguarden la seguridad de los guardias de seguridad, y supervisor(es) que se desempeñan en cualquiera de los recintos del SERVIU Metropolitano. Los seguros de vida deberán ser entregados al Departamento de Servicios Generales 10 (diez) días hábiles posteriores a la firma del contrato. El no cumplimiento de este requisito facultará al Servicio para dejar sin efecto la terminar anticipadamente el contrato.  El seguro de vida deberá ser presentado cada vez que se realicen incorporaciones de personal.

Obligaciones Sociales.

Será de responsabilidad del proveedor, el tener al día los pagos de los sueldos, imposiciones, los que serán exigidos por el Administrador del Contrato o quien este delegue sus facultades al momento de presentar la respectiva factura para su aprobación y posterior cancelación.

El último pago correspondiente al servicio de vigilancia será retenido por el SERVIU Metropolitano hasta que el adjudicatario demuestre mediante formularios y planillas el pago de todas las obligaciones sociales requeridas por las leyes y normativas vigentes, ya sean imposiciones, finiquitos, etc.

  1. SUPERVISOR.

Con el propósito de tener una comunicación directa con el adjudicatario, ésta deberá entregar al SERVIU Metropolitano al inicio de los servicios, nombre del o los supervisores, número telefónico (fijo y celular) y correo electrónico.

Este o estos trabajadores deberán recorrer e informar del estado de la totalidad de los terrenos en funcionamiento, aplicando los mecanismos de control interno de supervisión de los servicios prestados, los que deberá n ser informados por el adjudicatario a SERVIU Metropolitano al inicio del contrato y efectuando a lo menos 3 visitas a la semana a todas las instalaciones en horario diurno y 3 visitas a la semana en horario nocturno a las instalaciones que tienen servicio nocturno, en diferentes horarios (incluyendo sábados, domingos y festivos), que serán acordados y/o establecidos por el Administrador del Contrato.

En esa misma oportunidad, el supervisor deberá presentarse con el Encargado de Seguridad de SERVIU Metropolitano, para que se comenten situaciones referidas a los servicios prestados.

Para llevar un control de lo mencionado en este punto, el supervisor deberá registrar sus visitas en el libro de novedades con un color diferente, al utilizado por los guardias en el lugar, de preferente rojo, en el cual se deberá identificar al funcionario el adjudicatario con la firma correspondiente, el cual en ningún caso podrá ser distinto a los indicados en el Anexo N°6 respectivo, salvo que se haya informado o autorizado previamente por el administrador de contrato.

El Supervisor el adjudicatario será el contacto directo entre ella y SERVIU Metropolitano para la determinación de mejoras continuas a procedimientos de seguridad, rotación de personal y materias atingentes a la operatividad administrativa y técnica del contrato.

La jornada laboral semanal no debe exceder las 45 horas, según lo prescrito en el artículo 22 y siguientes del Código del Trabajo.

El adjudicatario deberá remitir mensualmente, un informe al jefe de Departamento de Servicios Generales, o a quien éste designe para estos efectos, con un resumen de los alcances más relevantes de los registros de los Libros de Novedades de todas las instalaciones y las fechas de visitas de los Supervisores a ellas. El cual debe ser entregado los 5 días hábiles del mes siguiente, mediante correo electrónico, a adjuntando copia del libro de novedades debidamente identificado por instalaciones.

  1. PROCEDIMIENTO PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL SERVICIO.

Una vez adjudicada la licitación y cumpliendo con todos los actos administrativos que aprueben el contrato respectivo, SERVIU Metropolitano emitirá al adjudicatario la orden de compra por la totalidad del monto del contrato.

Cada vez que SERVIU Metropolitano requiera implementar un servicio de seguridad de terrenos, el adjudicatario en compañía de un funcionario del Departamento de Servicios Generales de la institución, efectuarán una visita al terreno para evaluar y determinar las condiciones que requerirá el servicio a prestar.

De esta manera, el adjudicatario remitirá el correspondiente presupuesto, cuyos valores deberán ser concordantes a los precios preestablecidos por el adjudicatario en su oferta económica, y conforme a la cantidad de ítems de Suministros (punto 3.1 de las presentes Bases Técnicas) necesarios para prestar el servicio en condiciones adecuadas.

Una vez autorizado el presupuesto, la empresa procederá a implementar el servicio de seguridad requerido, en el plazo que sea acordado entre las partes, el que dependerá de las condiciones, ubicación y dimensiones del terreno.

El valor del servicio instalado será rebajado del monto de la orden de compra emitida, mediante facturación por cada terreno en forma mensual.

Debido al entorno, condiciones de seguridad o cualquier causal que lo amerite, SERVIU Metropolitano podrá solicitar a la empresa el aumento o disminución en el suministro de servicios de seguridad por el terreno que se estime conveniente. Para lo cual, se procederá de forma similar a lo antes indicado, vale decir, mediante la presentación de un presupuesto para la autorización de aumentos de servicios o de la correspondiente disminución, si así se requiriese.

  1. LISTADO DE TERRENOS.

El presente listado corresponde a los terrenos que a la fecha de publicación de encuentran en la cartera de seguridad. Este listado puede variar en el transcurso del contrato, aumentando o disminuyendo.

TERRENO

DIRECCIÓN

COMUNA

Newen de La Florida

San José de la Estrella 1400

La Florida

Playa Grande

Las Naciones 1100

Maipú

Nueva Ilusión de San Luis

Los Cerezos 6305

Peñalolen

Maestranza 2

San Alfonso 2141

Estación Central

Astaburuaga

Astuburuaga 130

Lo Espejo

Condominio Simon Bolivar

Colombia 0695

Recoleta

Manuel Rodriguez

Manuel Rodriguez 9333

Pudahuel

Mailen

Cabo II/Julio Pavez Ortiz 6078

Peñalolen

Las Torres 6108

Las Torres 6108

Peñalolen

La Foresta 2

Av. Gabriela N°03170

La Pintana

Departamental

Av. Departamental 7910

Peñalolen

Padre Martin de Aranda

Padre Martin de aranda 2951

Recoleta

Ventisquero

Ventisquero 1500

Cerro Navia

Las Hortencias

La Capilla 7540

Cerro Navia

Baquedano

Carrera 8516

Pudahuel

Lo Boza 2

Lo Boza 7001

Renca

Natalia Recabarren

Manuel Rodriguez 1586

Renca

Rosa Ester 3471

Rosa Ester 3471

La Pintana

Avenida Egaña 1524

Avenida Egaña 1524

Peñalolen

Campo Lindo

Departamental 7950

Peñalolen

Ciudad del Niño

Centenario 1000

San mguel

Santa Elvira Lote 11

Santa Elvira Lote 11

Cerro Navia

La Florida 10367

Avenida La Florida 10367

La Florida

Avda Rigoberto Jara 031

Avda Rigoberto Jara 031

Quilicura

La Uva y el Viento

Baquedano 099

La Granja

Huelen 192

Avenida Huelen 192

Cerro Navia

Los Cerezos

Los Cerezos 6233

Peñalolen

Amunategui 11567

Amunategui 11577

La Florida

CAMINO A LA VIVIENDA

Avenida Lo Espejo 847

Lo Espejo

Diagonal La Estrella 8548

Diagonal La Estrella 8548

Pudahuel

Lo Blanco 2

Lo Blanco 2335

San Bernardo

Arturo Prat

Ofelia Moreno Aguirre 5907

Renca

La Estrella

Avenida La Estrella número 853

Pudahuel

Las Perdices

Las Pedices 1030

Peñalolen

Don José Miguel

José Miguel Carrera 268

La Florida

Vicuña Mackenna

Vicuña Mackenna 998

Renca