Licitación ID: 48-99-LR23
Servicio Vigilancia dependencias SERVIU RM
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA, SERVIU Metropolitano
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de vigilancia 1 Global
Cod: 92101501
Servicio mensual de guardias para las dependencias de SERVIU Metropolitano en los puestos de trabajo, horarios y condiciones establecidos en Bases Técnicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio Vigilancia dependencias SERVIU RM
Estado:
Cerrada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar el “Servicio de vigilancia para las dependencias de SERVIU Metropolitano”, con el propósito de dar resguardo físico a las instalaciones, al personal y a los usuarios, y controlar el ingreso y salida de personas externas a la Institución.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
Sí requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-05-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 04-04-2024 15:18:11
Fecha inicio de preguntas: 04-04-2024 15:30:00
Fecha final de preguntas: 17-04-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-04-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-05-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-05-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 26-06-2024 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 20 Días
Visita a terreno de carácter obligatoria y excluyente Punto 5.2.6 12-04-2024 9:00:00
Visita a terreno de carácter obligatoria y excluyente Punto 5.2.6 12-04-2024 15:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl, según lo indicado en las presentes bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del Artículo 62 del Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 y sus modificaciones legales de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la visita a terreno que se indica más adelante, de la entrega de la garantía de seriedad de la oferta y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información.
2.- Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. Estos antecedentes constituyen un requisito obligatorio, por tanto, en caso de que no sean presentados al momento de ofertar o de ser presentados se acompañen de forma incompleta serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación en dicha instancia de los documentos solicitados implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, y el Decreto Ley N°211 de 1973, como también no haber sido condenado en virtud de la ley N°21.595 sobre delitos económicos, en conformidad al artículo N°33 de dicha ley.
Documentos Técnicos
1.- Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los anexos N°3, N°4, N°5, N°7, éstos constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura electrónica. Mientras que el Anexo N°6, como los documentos solicitados en el numeral a.1, c.1, c.2, letra d), e), f.1, f.4, g), y h), constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. Si aún en dicha instancia no se acompañaren uno o más de los documentos ya descritos, dicha oferta será rechazada. a) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°3, Remuneración base del personal de vigilancia, donde los oferentes deberán indicar la remuneración para el personal de vigilancia durante la vigencia del contrato de acuerdo a las indicaciones establecidas en este anexo, además de indicar si mantiene vigentes contratos o convenios colectivos con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o que le hagan aplicables a estos convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo. a.1 Para acreditar la existencia de contratos o convenios colectivos vigentes con sus trabajadores, el oferente deberá adjuntar copia de éstos. Se hace presente que, solo se considerarán aquellos que hayan cumplido con lo indicado en el artículo 408 del Código del Trabajo, esto es, que hayan sido depositados en la Dirección del Trabajo, dentro de los cinco días siguientes a su suscripción, lo que deberá ser acreditado mediante cualquier documentación o certificación disponible sobre la materia. En caso contrario, no será considerado. b) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°4, Aguinaldo del personal de vigilancia. Los oferentes deberán indicar el monto diferenciado entre Fiestas Patrias y Navidad para el personal de vigilancia durante la vigencia del contrato. El valor a indicar deberá corresponder al que percibirá cada trabajador según su cargo: guardia, jefe de grupo y supervisor. c) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°5, Experiencia del oferente, la cual considera la cantidad de trabajos realizados (desde noviembre de 2018 hasta el día anterior a la publicación de la presente licitación) y cuya duración sea mayor o igual a 12 y por un monto igual o superior a 2.000 UTM. c.1 La información contenida en el citado anexo deberá ser debidamente respaldada, para lo cual el oferente podrá adjuntar contratos de prestación de servicios y/o resoluciones Aprueba Contrato (caso entidades públicas), en ambos casos debidamente firmados y órdenes de compra, solo en estado “aceptada” o “recepción conforme”, cuando éstas sean emitidas a través del Portal de Mercado Público. c.2 Los documentos que acrediten la experiencia indicada en el anexo N°5, deberá ser posterior a la fecha de iniciación de actividades ante el SII, para lo cual el oferente deberá presentar el certificado de inicio de actividades emitido por el Servicio de Impuestos Internos para que los documentos que acreditan la experiencia sean considerados como válidos. Si el proveedor no presentase este documento, incluso si es requerido a través del foro de aclaración de oferta, la documentación se desestimará y el criterio de Experiencia de la Empresa será evaluada con el mínimo puntaje indicado en el punto 10.3. c.3 Los documentos presentados para acreditar la experiencia señalada en el anexo N°5, deberán indicar: la prestación del servicio y corresponder al rubro de lo solicitado, el tiempo de duración de la prestación (en meses), lugar y la fecha o año en que fueron realizados, de lo contrario no se considerarán en la evaluación. c.4 Dichos documentos deberán figurar a nombre del oferente o, en su defecto, al de su representante legal. No se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la empresa. c.5 Solo se evaluará la experiencia indicada en el anexo, que esté dentro del rango solicitado (desde Noviembre de 2018 hasta el día anterior a la publicación de la presente licitación) y que tenga un tiempo de duración igual o mayor a 12 meses. c.6 No se considerará experiencia referente a contratos que al cierre del presente proceso se encuentren en ejecución, aunque se hayan cumplido los 12 meses o más de prestación. Sin perjuicio de lo anterior, se considerará válida la experiencia derivada de aquellos contratos que hayan sido renovados, siempre que el período de vigencia del contrato original se encuentre terminado y recibido conforme, y la renovación, por sí sola, corresponda a 12 o más meses ya ejecutados. c.7 En caso de discrepancia entre lo declarado en el anexo y los documentos de respaldo, primará lo indicado en éstos últimos. d) Adjuntar, si corresponde: * Certificado o copia de éste, de acreditación o de estar en proceso de acreditación, de la ISO 37.001 Sistemas de gestión antisoborno del oferente. El presente subfactor tiene por finalidad evaluar si el oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal, en atención a lo solicitado por la Contraloría General de la República en su Dictamen N° E370752/2023, donde imparte medidas para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de Compras Públicas. * Documento que acredite que la empresa cuenta con “Sello Empresa Mujer ChileProveedores, si corresponde, de acuerdo con lo indicado en el Anexo N°5. e) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°6, Implementos y Equipamientos que deberá considerar, al menos, lo solicitado en el punto N°5 de las Bases Técnicas de licitación y adjuntar documento que incluya imágenes y/o fotografías con la descripción e ilustración del uniforme de trabajo de la Empresa. La no presentación definitiva del citado anexo dejará fuera de bases la propuesta presentada. f) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°7, Supervisor(a) en el cual el oferente deberá señalar el o los supervisores(as) y que considerará en su oferta, y los años de experiencia que poseen en el rubro de lo solicitado. Sin embargo, el proveedor deberá acreditar que el o los supervisores presentados se encuentran contratados por éste al momento de ofertar, debiendo tener como mínimo una antigüedad de al menos dos meses en la empresa, contados desde la fecha de presentación de la oferta. Para acreditar esta relación laboral mínima de dos meses entre el oferente y el supervisor se deberá adjuntar contrato de trabajo y pago de leyes laborales (certificado de cotizaciones AFP y/o ISAPRE). Se desestimará la propuesta de aquellos oferentes que no logren acreditar al menos un supervisor según lo antes indicado, quedando ésta fuera de bases. f.1 Para acreditar la experiencia declarada, el oferente deberá adjuntar contrato de trabajo, finiquitos o boletas de honorarios, no siendo aceptados curriculum vitae u otro documento que no pueda ser verificados dentro del plazo establecido para la evaluación (ver cronograma en el punto 4 de las bases administrativas) como tampoco serán aceptadas las declaraciones juradas. Se desestimará la propuesta de aquellos oferentes que no logren acreditar al menos un supervisor según lo antes indicado, quedando ésta fuera de bases. f.2 Dichos documentos deberán consignar lo siguiente: (de lo contrario no serán considerados en la evaluación). 1. Nombre del supervisor(a). 2. Descripción del servicio y corresponder a lo solicitado. 3. Fecha de inicio y de término de la prestación (d/m/a) o al menos (m/a), o bien, el tiempo de duración de la prestación de servicios, en meses. f.3 La experiencia a considerar será hasta antes de la publicación de la presente licitación, por ende, en caso de que se esté prestando algún servicio, solo se considerará hasta la fecha indicada. Solo se evaluará lo que esté declarado en el anexo y en caso de discrepancia entre lo declarado y lo acreditado en el documento de respaldo, se considerará aquello que se acredite en este último. f.4 En caso de que el oferente de esta licitación sea el empleador que acredita la experiencia del supervisor(a), deberá acreditar dicha experiencia, adjuntado el pago de leyes laborales (certificado de cotizaciones AFP y/o ISAPRE), el cual deberá coincidir con el tiempo que haya declarado, en caso contrario solo se considerará lo que figure en este último documento. g) El oferente deberá adjuntar certificado o copia de éste que esté vigente o en trámite de revalidación, que acredite la formación como supervisor(a) de seguridad privada, del o de al menos 1 de los supervisores(as) que haya indicado en el Anexo N°7, que haya sido emitido por alguna entidad de capacitación chilena. No se considerará un certificado (o copia de este) que indique que el o los(as) supervisores(as) se encuentran en trámite de acreditación por primera vez. Solo serán válidos certificados de acreditación en trámite si se presenta el certificado (o copia de este) de acreditación anterior. En caso de que el oferente no logre acreditar definitivamente la formación solicitada del supervisor(a), o de al menos 1 de ellos(as), en caso de que haya postulado a más de 1, la oferta quedará fuera de bases. h) El oferente deberá adjuntar del o de todos los supervisores indicados en el Anexo N°7, autorización OS-10 vigente para desempeñarse como supervisor en materias de seguridad privada, emitido por Carabineros de Chile. Esta autorización de OS-10 deberá estar solicitada y autorizada para trabajar para el mismo oferente. No se considerarán autorizaciones OS-10 que estén solicitadas a nombre de empresas distintas. h.1) El o los(as) supervisores(as) que no acrediten contar con la autorización del OS-10 referida en el presente literal, no podrá(n) prestar el servicio. h.2) Si el oferente no acredita al menos 1 supervisor con la autorización del OS-10 de Carabineros de Chile ya citada, la oferta quedará fuera de bases. Se hace presente que, en caso que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o no proporcionen la información solicitada o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos, declarará inadmisible o fuera de bases, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Servicio para requerir, mediante foro de aclaración de ofertas, la corrección de errores u omisiones formales, de conformidad a lo establecido en el punto 10.3 de las presentes bases y al art. 40 del Reglamento de la Ley de Compras. Aplicándose, en dicho caso, puntaje cero en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
 
Documentos Económicos
1.- Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al VALOR TOTAL NETO MENSUAL (C) por el servicio de guardias requerido de acuerdo con las bases técnicas establecidas, estar expresado en pesos chilenos ($) y sin cifras decimales. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las bases técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°8, formulario oferta económica. Los valores ingresados en este anexo deben ser coincidentes con los ingresados al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el anexo. Dicho anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de apertura. Las ofertas que superen el presupuesto máximo disponible para la presente contratación serán rechazadas y declaradas inadmisibles. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura de la presente licitación. En caso de presentarse incompleto, modificado y/o no proporcionen la información solicitada o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, dicha propuesta será declarada inadmisible o fuera de bases según corresponda.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
Documentos persona natural
- Ver punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado
No hay información de requisitos para persona jurídica

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Ver punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detal lada en el punto “Otras Cláusulas -Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%
2 Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detal lada en el punto “Otras Cláusulas -Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 65%
3 Precio u Oferta Economica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detal lada en el punto “Otras Cláusulas -Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.08.002
Monto Total Estimado: 1248000000
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Ver punto 10.15 Renovación y prórroga del contrato de las bases administrativas.
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Ver punto 8 de las bases administrativas de licitación.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 05-08-2024
Monto: 10000000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadero a la vista, sea tomado por uno o varios integrantes del Oferente y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente y, en su defecto, en formato físico. Para el caso de formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en Gestión de Proveedores del Depto. Servicios Generales, ubicada en Serrano Nº 45, piso zócalo - ala norte, indicando el número ID de la licitación, hasta la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas establecida en el punto “Etapa y Plazos” de las presentes bases. Esta garantía podrá ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa, por SERVIU Metropolitano en los siguientes casos: a) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error. b) Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases. c) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases, para el caso del proveedor adjudicado. d) Por la no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde. e) En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente, durante el proceso licitatorio.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación pública ID N°48-99-LR23
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá esta garantía una vez que se haya verificado la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y siempre que se haya suscrito el respectivo contrato. A los oferentes, cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles o fuera de bases, se les restituirá esta garantía dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que da cuenta de la adjudicación realizada en el Portal Mercado Público. A aquellos oferentes a quienes no se les adjudique la licitación se les restituirá esta garantía una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato con el oferente seleccionado. Para todos los casos señalados anteriormente, será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Seriedad de la Oferta en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso (se puede consultar al teléfono 22 9013338). Solo se procederá de la forma señalada anteriormente, cuando la garantía, antes mencionada, haya sido recepcionada físicamente en SERVIU Metropolitano.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 23-11-2026
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes del Adjudicatario y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo: boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el porcentaje a caucionar, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del Artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras. Esta caución o garantía podrá otorgarse en forma física o electrónica, según corresponda, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 5 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. Para el caso de formato electrónico, deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Para el caso de formato físico, deberá entregarse en la Sección Adquisiciones ubicada en Serrano 45, piso Zócalo ala sur, indicando el número de ID de la licitación.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor, de la licitación pública ID 48-99-LR23
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 120 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso (se puede consultar al teléfono 2 2901 3338).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Bases Técnicas

Bases Técnicas.

  1. OBJETIVO.

Las presentes Bases Técnicas definen los servicios a contratar, sus características y los requerimientos específicos para contar con el SERVICIO DE VIGILANACIA DE DEPENDENCIAS DE SERVIU METROPOLITANO, con el fin de poder tener una presencia efectiva de seguridad y control de los recintos, dependencias, bienes muebles e inmuebles de propiedad de SERVIU Metropolitano.

Además, se deberá velar por la seguridad de funcionarias y funcionarios de la Institución, como también de usuarios y visitas externas y de la propia de cada guardia, disponiendo del personal idóneo y capacitado, equipados con implementos de seguridad y con los protocolos de operaciones para ejecutar este tipo de servicio.

  1. PUESTOS DE TRABAJO.

 SERVIU Metropolitano requiere cubrir los siguientes puestos de trabajo, mediante un sistema de turnos que se ajuste a las disposiciones en materia laboral, según se indica en el cuadro siguiente:

Recintos y Horarios

Turno 24/07

Lunes - Viernes
EXCLUYE FESTIVOS

Sábados, Domingos y Festivos

AM

PM

AM

PM

EDIFICIOS CENTRALES SERVIU METROPOLITANO

Jefe de Grupo para Edificios Centrales

1

Acceso Serrano 45, Santiago

1

 

 

 

 

Acceso Arturo Prat 48, Santiago

2

1

 

 

 

Estacionamiento, Arturo Prat 42, Santiago

1

 

 

 

 

Estacionamiento, Alonso Ovalle 849, Santiago

1

 

 

 

 

Estacionamiento, Zenteno 334, Santiago

1

 

 

 

 

OIRS Santiago, Arturo Prat 80, Santiago

 

2

 

 

 

Edificio La Gloria, Serrano 89, Santiago

1

 

 

 

 

Recintos y Horarios

Turno 24/07

Lunes - Viernes
EXCLUYE FESTIVOS

Sábados, Domingos y Festivos

AM

PM

AM

PM

OTRAS DEPENDENCIAS Y OIRS PROVINCIALES

OIRS Melipilla, Pablo Neruda 349, Depto. 11 Y 12, Melipilla

 

1

 

 

 

OIRS Talagante, Bernardo O'Higgins 1188, Talagante

 

1

 

 

 

SERVIU PROVINCIAL MAIPO, O'Higgins 770, San Bernardo

1

1

 

 

 

OIRS Cordillera, Concha y Toro Nº 461, Edificio Gobernación, Puente Alto

 

1

 

 

 

PARQUE LA FERIA, Tartini 2568, Pedro Aguirre Cerda

2

 

1

 

1

PLANTA ASFÁLTICA, Departamental 01233, La Florida

1

 

1

 

1

Horario AM: de 7:30 hrs., a 17:30 hrs.

Horario PM: de 21:00 hrs., a 7:00 hrs.

En casos justificados, SERVIU Metropolitano podrá disponer de la extensión de algunos horarios o de la reorganización de ellos.

Será responsabilidad del oferente, que la cantidad de trabajadores ofertados para cada uno de los puestos de trabajo señalado precedentemente sean los suficientes para dar cumplimiento a las labores exigidas en el punto N°3 de las bases técnicas.

Para aquellos puestos de trabajo que consideren 24 horas de lunes a domingo, incluyendo festivos, se deben cumplir mediante turnos cuya duración cumpla con la normativa vigente.

Si durante la ejecución del contrato, el Administrador del Contrato, mediante informe fundado, da cuenta que el número de trabajadores ofertados por puestos de trabajo no han dado cumplimiento a las labores exigidas, podrá solicitar el aumento de guardias sin que esto signifique un aumento del valor del contrato y sin perjuicio de la aplicación de las multas contempladas en las presentes bases administrativas.

3. FUNCIONES.

3.1. Definiciones.

Para dar cumplimiento al servicio, el proveedor deberá ajustarse a las especificaciones que se detallan en las presentes bases de licitación. Teniendo en cuenta los aspectos y tareas mínimas exigidas para este servicio. Para la presente licitación se entenderá por:

a)     Resguardar: Proteger las dependencias para que éstas se encuentren correctamente seguras y libres de ilícitos.

b)     Control de Ingreso: Controlar y registrar la entrada y salida de todas las visitas y usuarios que ingresen a las dependencias SERVIU Metropolitano, y a personas que tengan dificultades en marcar su asistencia.

c)     Rondas: efectuar recorridos al interior y/o exterior (dependiendo del caso) de las instalaciones a fin de detectar cualquier anomalía en las dependencias.

d)     Monitoreo de cámaras de vigilancia: Tiene como objetivo observar atentamente para detectar ciertas actividades, tales como delictivas, conductas sospechosas o inusuales y emergencias en las dependencias, como fuego en las dependencias, (amago de incendio).

e)     Guardias: Personas dependientes del adjudicatario que deben tener capacidades físicas y psicológicas idóneas para cumplir de manera efectiva el servicio de vigilancia de forma efectiva en cada dependencia, en los turnos y horarios definidos en las presentes bases de licitación.

f)      Turnos: Tiempo diurno o nocturno en que el proveedor dispondrá de los guardias contratados para realizar sus funciones, de manera presencial en las dependencias, para cumplir a cabalidad con el servicio de vigilancia.

g)     Dependencias (o Instalaciones): Bien inmueble o instalación administrada por SERVIU Metropolitano o de su propiedad, que pude contener o no otros bienes muebles o inmuebles, herramientas o materiales de trabajo, los cuales deben ser sometidos a servicios de vigilancia.

h)     Puesto de Trabajo: Puntos de custodia o vigilancia dentro de una dependencia o durante el desarrollo de actividades, los que podrán ser (1) uno o más por cada dependencia que el servicio indique como sometido a servicio de vigilancia.

i)      Elementos de Protección personal: El personal a cargo de realizar las tareas de vigilancia deberá disponer de una tenida de trabajo que los identifique y elementos de protección personal como calzado apropiado, etc.

j)      Protección y Cumplimiento: Proteger a los funcionarios que laboran en la instalación frente a un riesgo inminente, como a su propia integridad y los bienes e instalaciones.

k)     Prevención: Prevenir, disuadir, detectar o neutralizar la ocurrencia de conductas reñidas con la legalidad o moral y hacer cumplir las normas de orden interno establecidas por el SERVIU Metropolitano relacionadas con la vigilancia para resguardar la seguridad de esta ante la posible acción de elementos extraños.

l)      Continuidad operativa: Preservar la normalidad de las actividades propias del SERVIU Metropolitano.

m)   Apoyo: Entregar al SERVIU Metropolitano los antecedentes necesarios para realizar la denuncia respectiva ante los Tribunales de Justicia o Ministerio Público frente a la comisión de ilícitos y/o daños realizados por terceros.

n)     Proactividad: Aplicar los diferentes procedimientos contra incendio, robo, rondas, contra amenazas de bomba, control de acceso, protección del sitio del suceso, plan de emergencia y evacuación cuando sea atingente, como también, sugerir al SERVIU Metropolitano la implementación de acciones para tener un recinto adecuado desde el punto de vista de la seguridad.

Se considerarán funciones de vigilancia al siguiente conjunto de actividades, las cuales se consideran como mínimas, debiendo ser complementadas o mejoradas durante el desarrollo del contrato, según las necesidades que se vayan detectando.

3.2. Guardias.

Inherente a las labores de vigilancia que requiera el SERVIU Metropolitano, el proveedor adjudicado deberá proporcionar el recurso humano que cuente con las aptitudes físicas y psíquicas acordes a las necesidades específicas de SERVIU Metropolitano. Atendidas las diversas contingencias, que son de público conocimiento, a que se encuentra expuesto el Servicio, sus funcionarios y usuarios, se requiere que el personal contratado para realizar la prestación pueda reaccionar rápida y eficazmente frente a la ocurrencia de contingencias que ameriten la intervención del o los guardias dentro del perímetro del recinto o en los accesos a éste, por ejemplo: agresiones de terceros a funcionarios del SERVIU Metropolitano o frente a acciones delictuales, vandálicas flagrantes, intentos de irrupción o manifestaciones de usuarios.

Para efectos de lo anterior, el proveedor deberá considerar para dotación del personal que trabajará en las distintas instalaciones establecidas en estas bases técnicas, los requisitos exigidos por la Zona OS-10 de la Prefectura de Seguridad Privada de Carabineros de Chile (ZOSEPCAR) para desempeñarse como guardia de seguridad.

Debido a que dichos requisitos, validación y exámenes de los cursos de capacitación y obtención de credenciales que acreditan la certificación OS-10 son competencia de la Zona OS-10 de la Prefectura de Seguridad Privada de Carabineros de Chile (ZOSEPCAR) es que serán parte integrante de estas bases técnicas todas las resoluciones o directivas relativas a este tema emanadas de este ente regulador, por lo que ellas se dan por conocida por el proveedor y serán requisito de cumplimiento para el presente servicio.

Los antecedentes, junto con la nómina del personal que prestará el servicio, deberán ser entregados al Departamento de Servicios Generales en un plazo no mayor a 10 días hábiles posterior a la notificación de la adjudicación. El incumplimiento de lo anterior facultará al servicio para readjudicar al oferente que haya obtenido el mejor puntaje promedio total ponderado, según orden de prelación.

Si en la revisión de los antecedentes se detecta que uno o más de uno de los guardias no cumple con los requisitos solicitados, SERVIU Metropolitano podrá solicitar el reemplazo de éstos, para lo cual el adjudicado tendrá un plazo de 3 días hábiles para mandar el nombre y los documentos del o los reemplazantes.

Al momento del inicio de la prestación del servicio, todos los puestos de trabajo deben estar cubiertos por el personal propuesto por el oferente adjudicado. El incumplimiento de lo anterior dará lugar al cobro de la multa correspondiente, (ver punto “Multas” de las Bases Administrativas de licitación), salvo que exista una autorización previa de SERVIU Metropolitano.

Además, es deseable considerar las siguientes características:

Habilidades:

a)     Auto disciplina.

b)     Alta capacidad de auto-control.

c)     Orientación al servicio.

d)     Capacidad resolutiva.

e)     Trabajo en equipo.

f)      Prudencia.

g)     Capacidad de concentración y alerta en su puesto de trabajo.

h)     Capacitación mínima:

i)      Prevención de riesgos.

j)      Manejo y uso de extintores.

k)     Primeros auxilios.

l)      Psicología de la emergencia.

A la empresa se le hará entrega formal de una copia del Plan de Emergencia y Evacuación de SERVIU Metropolitano, y deberá participar en la coordinación y ejercitación permanente de los protocolos establecidos para los procesos de actuación internos, en caso de situaciones de emergencia en las dependencias de SERVIU Metropolitano.

La institución se reserva el derecho de solicitar durante la duración del contrato los antecedentes respectivos que acrediten lo solicitado.

Las funciones principales para los guardias serán:

  1. Resguardo, cuidado y vigilancia de los bienes de propiedad de SERVIU Metropolitano que se encuentran en cada una de las instalaciones y dependencias indicadas en las presentes bases técnicas, además de los vehículos, incluidos bicicletas de funcionarios que se encuentran estacionados en el interior de los recintos.
  2. Proteger a funcionarios, usuarios y personas que concurran o circulen por las dependencias.
  3. Controlar el ingreso de funcionarios y usuarios o visitas al Servicio, verificando el uso de credencial de los primeros y registrando en el sistema de acceso a los segundos, efectuando las derivaciones correspondientes.
  4. Controlar el movimiento de especies hacia el interior y exterior, verificando que existan previamente las autorizaciones respectivas y que éstas cuenten con su correspondiente guía de despacho u otro documento pertinente para estos fines.
  5. Resguardar el sector de estacionamientos.
  6. Registro de entrada y salida de vehículos en todos los recintos, considerando horario y placa patente.
  7. Verificar que puertas y ventanas estén correctamente cerradas al término de la jornada y que por los pasillos transite sólo personal autorizado.
  8. Realizar rondas permanentes durante la jornada laboral en aquellos edificios que se indican en las presentes bases técnicas. 
  9. Realizar vigilancia y resguardo del perímetro de las dependencias.

10. Resguardar todas aquellas dependencias en donde exista resguardo de valores.

11. Monitorear cámaras de vigilancia que estén en funcionamiento, tanto las ubicadas dentro de las dependencias del Servicio como la que se encuentra ubicada en el exterior de Arturo Prat 48, y las posibles nuevas cámaras de vigilancias que se puedan instalar en el transcurso de ejecución del contrato.

12. Operar Sistema de Alarma contra incendios.

13. Manejar las llaves de los sectores y pasillos principales del Servicio, sala de bombas, sala de máquinas de ascensores, etc.

14. Mantener un registro ordenado de las novedades que se susciten en el día y en la noche.

3.3. Jefe de Grupo.

Para las instalaciones centrales el proveedor deberá considerar un trabajador quien desarrollará las funciones de apoyo y gestión, entre la empresa y el supervisor operativo del contrato representante de SERVIU Metropolitano, el cual deberá cumplir horario de 7:00 a 19:00 hrs., de lunes a viernes.

Este trabajador denominado Jefe de Grupo, será el contacto o nexo inmediato entre SERVIU Metropolitano y la empresa para coordinar las acciones y soluciones a demandas diarias o de contingencia que sean requeridas.

Las funciones mínimas del Jefe de Grupo serán:

  1. Organizar, coordinar, direccionar y liderar los guardias a su cargo.
  2. Controlar la asistencia y dotación de los guardias.
  3. Velar por la presentación (uniforme) e higiene de los guardias
  4. Ejercer un estricto control sobre el personal que se encuentran bajo su supervisión.
  5. Verificar las condiciones generales en los puestos de servicio
  6. Instruir y motivar a los guardias bajo su mando para desempeñar la actividad de seguridad
  7. Ser responsable de informar a la institución de los permisos que otorgue a su personal de guardia
  8. Gestionar e informar de los reemplazos correspondientes y en los plazos acordados
  9. Informar al Encargado de Seguridad de SERVIU Metropolitano sobre posibles situaciones de contingencia o emergencia, ya sean internas o externas.

10. Informar al Encargado de Seguridad de SERVIU Metropolitano de la llegada de Comités o Dirigentes que soliciten alguna reunión con las autoridades de SERVIU, siendo el Encargado de Seguridad quien tenga la responsabilidad de efectuar los contactos correspondientes.

3.4. Supervisor.

Con el propósito de tener una comunicación directa con la empresa adjudicada, ésta deberá entregar al SERVIU Metropolitano al inicio de los servicios, nombre del o los supervisores, número telefónico (fijo y celular) y correo electrónico.

Este o estos trabajadores deberán recorrer e informar del estado de la totalidad de las dependencias mencionadas  (Ver punto N°2 “Puestos de Trabajo” de las presentes bases técnicas), aplicando los mecanismos de control interno de supervisión de los servicios prestados, los que deberán ser informados por la empresa a SERVIU Metropolitano al inicio del contrato y efectuando a lo menos 3 visitas a la semana a todas las instalaciones en horario diurno y 3 visitas a la semana en horario nocturno a las instalaciones que tienen servicio nocturno, en diferentes horarios (incluyendo sábados, domingos y festivos), que serán acordados y/o establecidos por el Administrador del Contrato.

En esa misma oportunidad, el supervisor deberá presentarse con el Encargado de Seguridad de SERVIU Metropolitano para que se comenten situaciones referidas a los servicios prestados.

Para llevar un control de lo mencionado en este punto, el supervisor deberá registrar sus visitas en el libro de novedades con un color diferente, al utilizado por los guardias y Jefe de grupo, de preferente rojo, en el cual se deberá identificar al funcionario del proveedor con la firma correspondiente, el cual en ningún caso podrá ser distinto a los indicados en el Anexo N°7 respectivo, salvo que se haya informado o autorizado previamente por el administrador de contrato.

El Supervisor del proveedor será el contacto directo entre ella y SERVIU Metropolitano para la determinación de mejoras continuas a procedimientos de seguridad, rotación de personal y materias atingentes a la operatividad administrativa y técnica del contrato.

El proveedor deberá remitir mensualmente un informe al Jefe de Departamento de Servicios Generales, o a quien éste designe para estos efectos, con un resumen de los alcances más relevantes de los registros de los Libros de Novedades de todas las instalaciones y las fechas de visitas de los Supervisores a ellas, el cual debe ser entregado los 5 días hábiles del mes siguiente, mediante correo electrónico, adjuntando copia de libro de novedades debidamente identificado por instalaciones.

Las principales funciones del Supervisor serán:

  1. Informar semanalmente a la institución sobre novedades y situaciones relevantes.
  2. Controlar asistencia y dotación de guardias.
  3. Ser nexo administrativo y técnico entre empresa y SERVIU Metropolitano.
  4. Realizar visitas semanales, registrar visitas en el libro de novedades con un color diferente al utilizado por los guardias y Jefe de grupo, de preferente rojo
  5. Informar al Encargado de Seguridad de SERVIU Metropolitano de la llegada de Comités o Dirigentes que soliciten alguna reunión con las autoridades de SERVIU, siendo el Encargado de Seguridad quien tenga la responsabilidad de efectuar los contactos correspondientes.

El Supervisor deberá contar con su autorización de OS-10 vigente para desempeñarse como supervisor en materias de seguridad privada, la que debe ser solicitada por el proveedor.

3.5. Funciones Extraordinarias.

Adicionalmente, se espera que los guardias y el Jefe de Grupo presten los siguientes servicios.

a)     Prestar asistencia en caso de emergencia ante un siniestro (incendios, sismos de mayor magnitud, aviso de bomba, etc.) en las dependencias del Servicio. La participación de la empresa estará enmarcada dentro del plan interno de situaciones de emergencias.

b)     Solicitar el apoyo de Carabineros ante eventuales aglomeraciones o disturbios, provocadas por protestas o manifestaciones.

c)     Coordinación y rescate de personas ante emergencias tales como en ascensores, alarma de incendios, roturas de cañerías, entre otras.

d)     Cooperación con personas en situación de discapacidad que concurran al Servicio.

e)     Traslado de personal de vigilancia para apoyar otras dependencias del SERVIU Metropolitano.

f)      Otras funciones que el Administrador del Contrato instruya oportunamente a la empresa y considere atingentes a sus funciones.

Además, SERVIU Metropolitano es una institución pública que atiende a usuarios, colectividades y agrupaciones que, en reiteradas ocasiones, han irrumpido hacia el interior de las instalaciones para realizar manifestaciones por sus demandas, sobrepasando las medidas de seguridad en los accesos. Por otro lado, en Arturo Prat N° 48 funcionan las cajas que atienden público hasta las 14:00 hrs.

En razón de lo anterior, el proveedor deberá disponer en los accesos a la institución, de las medidas que permitan anticipar tales situaciones, ya sea a modo de ejemplo, un funcionario que permanezca por el lado exterior del acceso y pueda constantemente evaluar los riesgos o posibles situaciones de ingresos no autorizados. De esta manera, se podrá dar oportuno aviso de cierre de puertas para evitar estos ingresos.

En general, para este caso, se requiere:

a)     No tener contacto físico (golpes, empujones, etc.) con manifestantes.

b)     Avisar inmediatamente al Supervisor del Contrato de SERVIU Metropolitano.

c)     Solicitar apoyo inmediato de Plan Cuadrante de Carabineros de Chile, si la situación lo amerita.

d)     En caso de que la manifestación genere destrozos o personas lesionadas, generar un informe.

e)     Una vez terminada la contingencia, el proveedor deberá presentar al Supervisor de Contrato de SERVIU Metropolitano un informe de las situaciones ocurridas, acciones tomadas y medidas de mejora.

En un plazo no mayor a 10 días hábiles, luego de los cuales se aplicará la multa establecida en la categoría C, siempre que no se haya autorizado previamente por SERVIU Metropolitano, el proveedor deberá presentar, una vez comenzada la prestación del Servicio, un protocolo de acciones y descripción de funciones ante situaciones de emergencias, tales como incendios, sismos, aviso de bomba, entre otros, en los cuales se deben considerar y presentar una propuesta de procedimientos para actuar en los siguientes casos:

a)     Plan de emergencia y evacuación.

b)     Procedimiento contra incendio.

c)     Procedimiento contra robo.

d)     Procedimiento de rondas.

e)     Procedimiento contra amenaza de bomba.

f)      Procedimiento de control de acceso.

g)     Procedimiento de protección del sitio del suceso.

h)     Procedimiento contra disturbios, riñas que atenten contra la paz social, etc.

En el caso de la ocurrencia de cualquiera de las situaciones descritas en este punto en horario inhábil, la empresa deberá entregar al Administrador del Contrato, un informe detallado de lo sucedido, en un plazo no superior a 24 horas de ocurridos los hechos, luego de lo cual se aplicará la multa establecida en la categoría grave, siempre que no se haya autorizado previamente por SERVIU Metropolitano.

Estos procedimientos deben ser concordantes con las presentes bases de licitación y con las normativas y manuales de SERVIU Metropolitano.

4. ROTACIÓN DEL PERSONAL.

Se indican las condiciones o situaciones para el cambio o rotación del personal.

Para solicitar cambio por parte del SERVIU: El SERVIU Metropolitano durante la ejecución del contrato se reserva el derecho de disponer el cambio de uno o más de los integrantes del personal que presta los servicios, si no cumplen con lo indicado en las presentes bases de licitación y/o los servicios prestados por éstos no fueren satisfactorios en los términos que exigen las presentes bases y la normativa vigente. Tal disposición será informada al adjudicatario mediante correo electrónico por el Administrador del Contrato. El procedimiento de cambio no pude durar más de 10 días corridos una vez informada la empresa, en el intertanto el adjudicatario deberá adoptar las medidas correspondientes para que el servicio se preste según lo indicado en las bases técnicas.

Para solicitar cambio por impedimentos fundados: Si durante la vigencia del contrato alguno de los guardias, Jefe de Grupo o Supervisor tuviera impedimentos fundados para no realizar el trabajo encomendado. Este proceso de cambio de profesional no puede durar más de 5 días hábiles una vez informado mediante carta ingresada por oficina de partes o correo electrónico al Encargado de Seguridad, en el intertanto el adjudicatario deberá adoptar las medidas correspondientes para que el servicio se preste según lo indicado en las bases técnicas.

Para solicitar cambio por motivos de vacaciones: El proveedor debe ingresar carta por oficina de partes o informar mediante correo electrónico al Encargado de Seguridad, con al menos 10 días hábiles de anticipación para su respectiva evaluación. De lo contrario, se procederá a aplicar la multa establecida.

Para solicitar cambio por motivo de renuncia/licencias médicas: El proveedor debe ingresar carta por oficina de partes o informar mediante correo electrónico al Encargado de Seguridad, al día siguiente de informada dicha renuncia, desvinculación o licencia en la cual se debe informar el remplazante por al menos 5 días hábiles mientras se resuelve en forma definitiva dicha contingencia. Si después de dicho plazo no se ha regularizado la situación se procederá a aplicar la multa establecida.

Redistribución del personal: En caso que SERVIU Metropolitano, durante la ejecución del contrato, requiera redistribuir puestos de trabajo al servicio habitual mensual, ya sea por la incorporación o eliminación de dependencias de la Institución, por redistribución de puntos de vigilancia en algún inmueble de propiedad de SERVIU Metropolitano o por cualquier otro motivo similar, podrá solicitar al proveedor el personal necesario para cubrir dichas necesidades, ajustando el  global mensual a pagar de conformidad a lo ofertado en el Anexo N°8, columna Precio Unitario Mensual (A).

Asimismo, en caso de que así se estime pertinente, SERVIU Metropolitano, previa coordinación con el proveedor, podrá redistribuir el personal de guardias en cualquiera de sus dependencias dejando constancia por escrito de lo acordado.

En el caso de que cualquier personal de la empresa no pudiese concurrir a realizar sus funciones en los horarios establecidos, será responsabilidad de la empresa designar personal que cubra el mismo día y el horario establecido. Además, deberá informar al Encargado de Seguridad de esta situación indicando nombre del funcionario inasistente y quien realizará el reemplazo, el cual debe cumplir con los mismos requisitos que el sustituido.

Para cualquier ingreso de un nuevo guardia y/o Jefe de Grupo y/o Supervisor, por cualquiera de las causas indicadas anteriormente, el proveedor podrá proponer su reemplazo por otro de igual nivel o superior, adjuntando los antecedentes que acrediten que la nueva contratación cumple con las mismas exigencias establecidas en las bases del llamado de licitación y la misma experiencia acreditada. Así como también, en el caso de los guardias, éstos deberán contar con el seguro de vida correspondiente.

5. IMPLEMENTOS Y EQUIPAMIENTOS.

Los implementos para utilizar por el proveedor serán continuamente revisados por SERVIU Metropolitano a través del encargado de seguridad.

Todo implemento o equipamiento utilizado en la ejecución de los trabajos deben mantenerse en perfectas condiciones de uso y de seguridad. SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de exigir el cambio de algún implemento, si este no cumple con los estándares requeridos.

El proveedor ante una eventual falla del equipamiento utilizado en la prestación de este servicio deberá efectuar su reemplazo en un lapso no mayor a veinticuatro (24) horas de ocurrido el desperfecto, de manera tal, que permita garantizar la continuidad operacional, disponibilidad y calidad del servicio objeto de los presentes términos de referencia.

SERVIU Metropolitano requerirá como mínimo los siguientes implementos:

Implementos y Equipamiento

Linternas o focos direccionales led de 20 Watts, por lo menos, por cada punto de vigilancia, siempre operativas.

Equipo de radiocomunicación portátil en cada punto de vigilancia (sistemas de radio VHF).

El proveedor deberá suministrar al menos 2 equipos para funcionarios de Servicios Generales, una destinada al Supervisor Operativo del Contrato y otra para el Encargado de Administración de Mantención de Edificios.

Teléfono móvil para el Jefe de Grupo.

Teléfono móvil para el Supervisor.

Equipos de radio para el personal del Depto. de SSGG. y Jefe de Seguridad SERVIU (mínimo 3 equipos).

Máscaras Antigases para periodos de disturbios.

Botiquín básico de primeros auxilios (con parche curita, gasa, povidona yodada o sodio, alcohol, algodón, aspirina, entre otros) en cada instalación.

Baño Químico.

Casetas de Guardias (con agua, energía eléctrica y enlace con Carabineros de Chile para emergencias).

El equipamiento descrito deberá ser provisto a partir del inicio del servicio para el desempeño de los guardias.

El oferente deberá indicar en su oferta las cantidades mínimas de los implementos y equipamiento necesario, en función a las instalaciones y dotación estimada.

El no cumplimiento del punto anterior dará lugar a que SERVIU Metropolitano aplique la multa establecida.

6. PRESENTACIÓN DEL PERSONAL Y SUPERVISIÓN.

En la prestación del servicio se deberán utilizar los uniformes con su respectiva identificación (nombre y apellidos) y equipos de seguridad, tales como: uniforme de trabajo, zapatos, equipamiento de seguridad y otros, que dicho personal utilizará, debiendo portar una credencial de identificación con fotografía. Estos implementos deberán estar en óptimas condiciones y sin defectos.

Asimismo, se deberá cumplir, a lo menos, con las disposiciones que se indican a continuación:

a)     El personal asignado a las labores de vigilancia deberá presentarse debidamente uniformado, debiendo contar con un distintivo de la empresa, calzado y equipamiento de seguridad adecuados para la labor encomendada, en los Centros Recreacionales no será obligatorio el uso de corbata.

b)     Uniforme de uso permanente, temporada primavera-verano, el que debe considerar pantalón de tela, chaqueta de la misma tela, camisa manga corta, suéter con cuello escote en “V”, corbata de color distintivo y corporativo del proveedor, calzado, calcetines, cinturón.

c)     Uniforme de uso permanente, temporada otoño–invierno, el que debe considerar una parca o abrigo más grueso que permita dar las condiciones adecuadas para la instalación que se está cubriendo.

d)     Condiciones para el servicio en dependencias exteriores: parca de material resistente al frío, capa de agua, botas o botines y todo lo necesario para asegurar condiciones dignas de trabajo a las personas.

e)     Todo el personal deberá contar con una credencial de identificación con su nombre, fotografía, Rut, nombre del proveedor y del curso OS-10 que debe permanecer visible en todo momento.

f)      Todos los equipos y uniformes deberán ser proporcionados y mantenidos por el contratista a su exclusivo cargo y costo.

g)     El personal deberá mantener un comportamiento respetuoso en su trato con los funcionarios de SERVIU Metropolitano y en general con todas las personas que se encuentren en sus dependencias. Además, deberán ejecutar su trabajo ordenadamente, sin gritos ni lenguaje inapropiado ni silbidos.

En lo relacionado con la supervisión el proveedor implementará en el espacio cedido por la institución, los siguientes documentos que deberán estar disponibles para su revisión por la contraparte técnica de SERVIU Metropolitano, cuando lo estime necesario y para el objeto que se indica:

a)     Libro de Asistencia: El que debe contener información del personal y destinación, en el cual se dejará constancia del registro de asistencia y horario del personal asignado para la ejecución y supervisión de las labores de vigilancia. En este libro, para el caso de falta, permisos, licencias médicas, vacaciones, se deberá dejar en la línea del día, la referencia de su reemplazante.

b)     Libro de Asistencia Reemplazo: El que debe contener información del personal y destinación, en el cual se dejará constancia del registro de asistencia y horario del personal que hará reemplazos.

c)     Libro de Novedades (Manifold): El que debe contener información de hechos relevantes durante la prestación del Servicio de vigilancia. En el evento que no existan novedades a señalar, se consignará en dicho libro el texto “Sin Novedades”.

d)     Contratos de trabajo: El proveedor debe mantener los contratos de trabajo actualizados de cada uno de sus funcionarios y entregar una copia al Administrador del contrato.

Los libros precedentes deberán estar firmados por el Supervisor con la periodicidad que corresponda en cada caso.

7. DEPENDENCIAS.

Será cargo del proveedor:

a)     La colación del personal, cuyo valor en ningún caso será de cargo del SERVIU Metropolitano.

b)     Suministrar a sus funcionarios refrigerador, microondas, hervidor de agua, en el caso que sea necesario.

c)     La ropa de trabajo, libro de novedades, control de asistencia, útiles de escritorio y cualquier otro elemento necesario que requiera el personal para la prestación del servicio objeto de dicha licitación.

d)     Todo el personal que contrate será por su cuenta y responsabilidad, no teniendo en consecuencia relación contractual con el SERVIU Metropolitano, de modo que sus remuneraciones, imposiciones previsionales, impuestos, bonificaciones y cualquiera otra forma de remuneraciones le serán pagadas por el proveedor. Asimismo, será de su cargo los costos que originen un eventual accidente de trabajo que pudiere afectar al personal contratado.

e)     Velará por tener la dotación para cada instalación y los reemplazos que por cualquier motivo se generen. Según lo indicado en el punto 4de las bases técnicas “rotación de personal”.

f)     

Será cargo DE SERVIU Metropolitano:

a)     Facilitará un lugar físico, el cual se debe mantener ordenado y aseado, además proveerá camarín, casilleros, comedor y baños para el personal.

b)     Recinto de estar para los accesos principales de Serrano 45, Arturo Prat 48, Serrano 89 y Arturo Prat 80.

8. OBLIGACIONES LABORALES.

8.1. Mutualidad.

El proveedor deberá tener todos sus trabajadores que presten el servicio contratado, afiliado en alguna Mutualidad de Empleadores, la cual permitirá derivar a sus funcionarios en caso de un accidente laboral, SERVIU Metropolitano no se responsabilizará por accidentes que ocurrieren al personal del adjudicatario.

8.2. Seguros de Vida.

El proveedor deberá mantener vigente mientras dure el contrato, Seguros de Vida que resguarden la seguridad de los guardias de seguridad, jefe(s) de grupo y supervisor(es) que se desempeñan en cualquiera de los recintos del SERVIU Metropolitano. Los seguros de vida deberán ser entregados al Departamento de Servicios Generales dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la firma del contrato. El no cumplimiento de este requisito facultará al Servicio para dejar sin efecto el contrato y terminarlo anticipadamente. El seguro de vida deberá ser presentado cada vez que se realicen incorporaciones de personal.

8.3. Obligaciones Sociales

Será de responsabilidad del proveedor, el tener al día los pagos de los sueldos, imposiciones, los que serán exigidos por el Administrador del Contrato o quien este delegue sus facultades al momento de presentar la respectiva factura para su aprobación y posterior cancelación.

El último pago correspondiente al servicio de vigilancia será retenido por el SERVIU Metropolitano hasta que el proveedor demuestre mediante formularios y planillas el pago de todas las obligaciones sociales requeridas por las leyes y normativas vigentes, ya sean imposiciones, finiquitos, etc.

9. SITUACIONES DE EMERGENCIA.

El proveedor deberá conocer e interiorizarse sobre los procedimientos de emergencia establecidos por SERVIU Metropolitano a través de los Prevencionistas de Riesgos. Esto con el objetivo de actuar con la mayor celeridad ante un hecho inminente. Se deben identificar las siguientes situaciones por parte del proveedor:

a)     Identificación de los sectores en donde se encuentran los extintores.

b)     Verificación de las vías de evacuación.

c)     Verificar mediante observaciones, inspecciones u otra herramienta preventiva los espacios de trabajos, donde el personal operativo se desarrolla. En el caso de identificar alguna condición insegura, dar aviso inmediatamente al supervisor de turno además de dejar registro en el libro de novedades.

d)     Dependiendo de la magnitud del evento no deseado y evaluado la situación, se dará el aviso al proceso de evacuación del lugar afectado y/u otros pisos.

e)     Al activarse las alarmas de incendio, se deberá verificar por cámaras in-situ, la magnitud del humo y proceder con extintores, de lo contrario llamar a bomberos.

f)      Realizar la evacuación de los funcionarios con apertura de puertas y vías de escape disponibles.

g)     Procurar que el lugar siniestrado o de peligro para las personas y/o funcionarios se encuentre cercado y resguardado.

h)     Prohibir el uso de ascensores en caso de incendios y sismos de gran magnitud.

i)      Solicitar el apoyo de Carabineros, ante eventuales aglomeraciones, protestas, manifestaciones, disturbios o ingresos no autorizados al servicio y cerrar inmediatamente las puertas del servicio.

j)      Solicitar el apoyo de Carabineros en caso de sorprender un delito flagrante para que la autoridad respectiva realice el procedimiento.

k)     En caso de aviso de bomba, el personal operativo deberá realizar la acción de aperturas de puertas (evacuación del lugar) y dirigirse al punto de encuentro o límite establecido por el personal especializado (GOPE).

l)      El Supervisor del proveedor deberá realizar charlas informativas a su personal, de acuerdo a las capacitaciones recibidas por el Área de Prevención de Riesgos de SERVIU Metropolitano.

m)   Durante un sismo de gran magnitud, el proveedor deberá estar coordinado con el personal capacitado de SERVIU Metropolitano para apoyar en la evacuación de los funcionarios a las zonas seguras establecidas por el servicio.

Es obligación del proveedor, dejar constancia de todos los hechos anteriormente descritos en el libro de novedades.

10. Otras Cláusulas

Otras Cláusulas

10.1.               Validez de las Ofertas

Los oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera. 

10.2.               Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen entregado oportunamente la garantía por seriedad de la oferta y todos los requisitos de admisibilidad (ver punto 5.2.3, 5.2.4, 5.2.5 y 5.2.6 de las bases administrativas de licitación).

10.3.               Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios de la Subdirección de Administración y Finanzas, designados por su subdirector, mediante Orden de Servicio.

Los miembros de la Comisión Evaluadora deberán elegir un presidente entre sus miembros y no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva y suscribiendo la declaración de ausencia de conflictos de intereses y de confidencialidad de la comisión evaluadora. Esto en razón del articulo 35 quinties y nonies de la Ley N° 21.634 de 2023.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que se declararon o se declaren inadmisibles o fuera de bases por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o, la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

La Comisión Evaluadora contará, además, con la asistencia de un abogado del Equipo Jurídico de ChileCompra, en calidad de asesor no comisionado, para efectos de prestar apoyo jurídico durante toda la etapa de evaluación de las propuestas, dejándose constancia de ello en la respectiva Acta de Evaluación.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

La aplicación del foro Aclaración de Oferta, implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste. Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicándose la siguiente metodología de evaluación:

10.3.1 Oferta Técnica (A):

Este criterio tiene una ponderación total del 65% y considera cinco sub criterios: Condiciones de Empleo y Remuneración (ponderación 20%), Experiencia del oferente (ponderación 25%); Acreditación del Oferente (ponderación 15%); e Inclusión Sello Empresa Mujer ChileProveedores (ponderación 15%) y Experiencia del Supervisor(a) (ponderación 25%).

a)    Condiciones de Empleo y Remuneración (20%):

Este criterio tiene una ponderación total del 20% y se evaluará considerando tres factores: la remuneración, el aguinaldo que tendrá el personal de vigilancia y contratos o convenios colectivos vigentes del oferente, con una ponderación del 70%, 25% y 5%, respectivamente. 

  • Para el sub criterio Remuneración, se evaluará la remuneración que tendrá el personal de vigilancia (guardia, jefe de grupo y supervisor) que preste el servicio en las dependencias de SERVIU Metropolitano en virtud del contrato que se celebre.

Los oferentes en el Anexo N°3 deberán indicar el porcentaje, que éste se obligará a pagar a su personal de vigilancia que preste servicios en las dependencias del SERVIU Metropolitano, por sobre el ingreso mínimo vigente a la fecha del pago de las respectivas remuneraciones, en caso de resultar seleccionada su oferta. En dicho formato se hace la distinción entre guardia, jefe de grupo y supervisor.

De este modo, los oferentes que oferten un sueldo base inferior al ingreso mínimo vigente quedarán fuera de bases y sus ofertas no continuarán siendo evaluadas, por no ajustarse éstas a los intereses del SERVIU Metropolitano.

A modo de ejemplo, el sueldo base que el proveedor seleccionado pague al personal de vigilancia deberá ser, durante toda la vigencia del contrato, igual o superior a: Ingreso mínimo + Porcentaje ofertado. El concepto “sueldo base” excluye cualquier otra cantidad no incluida en las liquidaciones de sueldo respectivas (como provisiones de feriado o de vacaciones o de finiquitos o indemnizaciones) y toda otra asignación que no constituya sueldo base de conformidad al Código del Trabajo y dictámenes de la Inspección del Trabajo (pago de sobresueldo, bonos, aguinaldos, horas extras y gratificación).

Se asignará puntaje de acuerdo con el porcentaje de aumento sobre el sueldo base mínimo legal a través de la siguiente fórmula, tanto para guardias, jefe de grupo y supervisor:

Puntaje Remuneraciones Individuales = (Oferta en evaluación/Oferta mayor porcentaje) *100.

Donde:

ü Oferta en evaluación: Es el porcentaje a evaluar según la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación descrita precedentemente.

ü Oferta mayor porcentaje: Es aquella oferta que contiene el mayor porcentaje de remuneración de todas las ofertas recibidas.

Para determinar la ponderación final de este criterio, se efectuará mediante la siguiente relación:

Puntaje Remuneración = (Puntaje Remuneración Guardias * 0,60) + (Puntaje Remuneración Jefe de Grupo * 0,25) + (Puntaje Remuneración Supervisor * 0,15)

  • Para el sub criterio aguinaldo, se considerará la información proporcionada a través del Anexo N°4, donde se deberá ingresar los montos de aguinaldos, tanto para guardias, jefe de grupo y supervisor, diferenciados en:

ü Aguinaldo anual de Fiestas Patrias.

ü Aguinaldo anual de Fin de Año.

El monto a evaluar corresponderá a la suma del monto total de los aguinaldos anuales ingresados en el Anexo N°4, para un guardia, para el jefe de grupo y para un supervisor, se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo con la siguiente fórmula:

Puntaje Aguinaldo = (Oferta en evaluación/Oferta mayor valor) *100

Donde:

ü Oferta en evaluación: Es el monto a evaluar según la oferta específica, que es objeto de evaluación mediante la operación descrita precedentemente.

ü Oferta mayor valor: Es aquella oferta, que contiene el mayor monto total de aguinaldos (suma del monto total de los aguinaldos anuales ingresados en el Anexo N°4, para un guardia, para el jefe de grupo y para un supervisor) de todas las ofertas recibidas.

  • Para el subcriterio contratos o convenios colectivos vigentes del oferente, se considerará la existencia de contratos o convenios con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o que le hagan aplicables a estos convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo, de acuerdo a lo declarado en el anexo N°3 y a lo exigido en el punto 5.2.3 letra a.1, de las bases administrativas de licitación.

Descripción

Puntaje

El oferente mantiene vigente al menos 1 contrato o convenio colectivo.

100 puntos

El oferente no mantiene vigente contrato o convenio colectivo, no informa o no acredita.

0 puntos

Es así como el puntaje total asociado a este subcriterio, Condiciones de Empleo y Remuneración será obtenido a través de la siguiente expresión:

Puntaje Total = Puntaje Remuneración * 0,70 + Puntaje Aguinaldo * 0,25 + Puntaje Contratos o Convenio Colectivo vigentes * 0,05.

b)   Experiencia del Oferente (25%):

Este criterio tendrá una ponderación del 25% y se evaluará en consideración a la información proporcionada por el oferente en el Anexo N°5 y que cumpla con lo solicitado en el punto 5.2.3 en sus numerales c.1 al c.7 de las Bases Administrativas de licitación. La Comisión Evaluadora asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente detalle:

Experiencia del Oferente

Puntaje

Más de 10 trabajos de servicio de vigilancia

100

Entre 8 a 10 trabajos de servicio de vigilancia

75

Entre 5 a 7 trabajos de servicio de vigilancia

50

Entre 3 a 4 trabajos de servicio de vigilancia

25

2 o menos trabajos de servicio de vigilancia

0

c)    Acreditación del Oferente (15%):

El siguiente criterio tiene una ponderación del 15% y se evaluará en función de lo indicado por el oferente en el Anexo N°5. El presente subfactor tiene por finalidad evaluar si el oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal, en atención a lo solicitado por la Contraloría General de la República en su Dictamen N° E370752/2023, donde imparte medidas para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de Compras Públicas.

El puntaje se aplicará de acuerdo con la siguiente tabla:

Acreditación ISO 37.001 

Puntaje

Acreditado.

100

En proceso de acreditación.

70

No está acreditado o no está en proceso de acreditación o no presenta documento de respaldo.

0

En caso de señalar estar acreditado o en proceso de acreditación, esto debe ser respaldado por el documento correspondiente.

d)   Inclusión Sello Empresa Mujer ChileProveedores (15)%:

Este criterio se evaluará en función de lo indicado por el  oferente en el Anexo N°5, que se encuentre debidamente acreditado de acuerdo con la letra d) del punto 5.2.3 de las bases administrativas de licitación y que tendrá una ponderación del 15%. Se asignará puntaje según el siguiente cuadro detalle.

Certificado Sello Empresa Mujer ChileProveedores

Puntaje

El oferente presenta certificado de Sello Mujer vigente o certificado de revalidación.

100

El oferente NO presenta certificado de Sello Mujer vigente.

0

e)    Experiencia del Supervisor(a) (25%):

Este subcriterio tendrá una ponderación del 25%, y se evaluará de acuerdo con la información proporcionada por el oferente en el Anexo Nº7, que se encuentre debidamente acreditada de acuerdo con lo solicitado el punto 5.2.3 en su letra f.1 a la f.4, de las bases administrativas de licitación.

La Comisión Evaluadora asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente detalle:

Para el caso del Supervisor(a):

Experiencia del Supervisor(a)

Puntaje

24 meses o más

100

Entre 12 y 23 meses

75

11 meses o menos

5

En caso de considerar más de 1 supervisor(a) se considerará aquel que proporcione el mayor puntaje al oferente, al respecto, será este quien deberá prestar el servicio.

f)    Cálculo del puntaje total de la Oferta Técnica:

POT= ∑ ((A x 0,20) + (B x 0,25) + (C x 0,15) + (D x 0,15) + (E x 0,25))

Donde:

POT: Puntaje Oferta Técnica

A: Condiciones de Empleo y Remuneración

B: Experiencia del Oferente

C: Acreditación del Supervisor

D: Inclusión Sello Empresa Mujer ChileProveedores

E: Experiencia Supervisor

10.3.2 Precio (B) (30%):

Este criterio tiene una ponderación total del 30%

Precio Total Neto Mensual:

Se considerará el valor total neto mensual (C) ofertado en el Anexo N°8, asignándose puntaje a cada oferente de acuerdo con la siguiente fórmula:

Puntaje Precio = (Oferta menor valor neto mensual /Oferta en evaluación) *100

Donde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto (Valor Total Neto Mensual (C)) corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas en evaluación.

ü Oferta en evaluación: es la oferta cuyo monto (Valor Total Neto Mensual (C)) es objeto de evaluación.

10.3.3 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (C):

Este criterio tiene una ponderación de un 5% y corresponde al que el oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta (los requisitos obligatorios establecidos en el punto 5.2.2 y 5.2.3 de las presentes bases administrativas), aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio.

10.3.4 Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo con lo estipulado en las presentes bases, para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = A * 0,65 + B * 0,30 + C * 0,05

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü A: Puntaje Oferta Técnica.

ü B: Puntaje Precio.

ü C: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Oferta Técnica, siendo considerado, en primer lugar, el puntaje obtenido para el subcriterio Experiencia del oferente (ponderación 25%), y de persistir el empate, se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en los subcriterios: Experiencia del oferente (ponderación 25%), Experiencia de del Supervisor(a) (ponderación 25%), Condiciones de Empleo y Remuneración (ponderación 20%), Acreditación del Oferente (ponderación 15%) e Inclusión Sello Empresa Mujer ChileProveedores (ponderación 15%), en ese orden.

En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Precio. Si aún subsistiera la situación de empate, se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Condiciones de Empleo y Remuneración, luego por el criterio Acreditación del Oferente y finalmente, en último caso, en caso de persistir el empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.               Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886 y sus modificaciones legales.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

En el evento, que el monto adjudicado supere en más de un 30% al presupuesto estimado por SERVIU Metropolitano, se deberá explicitar en el acto adjudicatario, las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, debiendo, asimismo, mantener los antecedentes para su revisión y control posterior por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50 % al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.

10.5.               Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en los puntos 5.2.2, 5.2.3, 5.2.4, 5.2.5 y 5.2.6 de las presentes bases administrativas, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones legales. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.               Del Contrato

10.6.1.            Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido. Lo anterior, también será aplicable en caso que el oferente adjudicado manifieste expresamente su intención de desistirse del proceso.

10.6.2.            Documentos Integrantes del Contrato

Para todos los efectos, formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

10.6.3.            Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

10.6.4.            Domicilio y Jurisdicción

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

10.7.               Responsabilidad del Oferente Adjudicado

10.7.1.            De las Obligaciones Laborales y Previsionales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quien, para estos efectos, podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de SERVIU Metropolitano de poner término anticipado al contrato, en conformidad a lo establecido en el artículo 77 N°5 del Reglamento de la Ley de Compras.

10.7.2.            Del Personal de Vigilancia

El proveedor adjudicado será responsable y quedará obligado a la reparación o reposición de cualquier desperfecto, daño o pérdida y, en general, de todo menoscabo que puedan sufrir los bienes de SERVIU Metropolitano con motivo u ocasión de una mala ejecución de los servicios prestados por su personal de vigilancia. De igual forma, serán responsabilidad del proveedor las pérdidas de insumos, enseres y/o deterioro del inmueble, que se hayan producido a causa del actuar doloso o culposo de su personal a cargo, para lo cual deberá tomar las medidas necesarias para la restitución o reparación del daño causado y el reemplazo inmediato del personal que corresponda.

Serán de cargo y responsabilidad del proveedor, tanto el uniforme del personal de vigilancia, así como también todos los implementos y, en general, todos los materiales necesarios para llevar a cabo los servicios a que se refiere la presente licitación.

10.7.3.            Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Si SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el proveedor deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

                

10.7.4.            Confidencialidad y Seguridad de la Información

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que ponga a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose, en todo caso, a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.8.               De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra al proveedor seleccionado a través del Portal Mercado Público, considerando el valor total del servicio requerido.

10.9.               Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de las Órdenes de Compras emitidas a través del Portal www.mercadopublico.cl. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor en forma mensual el servicio adjudicado, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

El adjudicatario deberá emitir una Factura a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45, comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

a)     Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda, del mes anterior en que se presta el servicio.

b)     Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

c)     Nómina por dependencia del personal asignado a SERVIU Metropolitano.

d)     Copia de liquidaciones de sueldo firmada por cada trabajador.

e)     Planilla de Turnos del personal de vigilancia por cada dependencia.

f)      Acta de recepción conforme del servicio mensual prestado emitida por Supervisor Operativo.

g)     Factura o Boleta de Honorarios.

h)     Factura Cedible. (Hasta que el administrador del contrato indique lo contrario)

La documentación indicada anteriormente podrá ser entregada en soporte físico o en formato electrónico. Para formato electrónico debe ser enviado en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. Para formato físico, la documentación debe ser entregada en Departamento de Servicios Generales ubicada en Serrano N°45, piso Zócalo, ala norte, teniendo en cuenta que el horario de atención de público es entre las 9:00 hrs., y 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura o boleta de honorarios y toda la documentación adjunta que se requiere para tales efectos.

SERVIU Metropolitano realizará los pagos, a través de transferencia electrónica de fondos, en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Si esta opción no se encontrare disponible, por indisponibilidad del sistema, SERVIU Metropolitano en caso excepcional emitirá cheque nominativo al proveedor.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa.

Queda estrictamente prohíbo emitir boleta y/o factura sin antes contar con todos los antecedentes indicados anteriormente. En caso de no contar con todos los antecedentes la factura será rechazada.

Cumplido un año de la ejecución del contrato, y no existiendo multas tramitadas o cobradas, se podrá efectuar un reajuste al valor de éste correspondiente a la variación que experimente el IPC durante dicho año de ejecución, el que dependerá de la disponibilidad presupuestaria que SERVIU Metropolitano disponga.

10.10.             Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, las cuales, en su conjunto no podrán superar el 3% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.

El valor de la UF corresponderá al valor en pesos publicado en el sitio del Servicio de Impuestos Internos, correspondiente a la fecha de la resolución exenta que aplica la multa.

Ítem

Causales

Categoría de la Falta

Valor multa Aplicable en (UF)

1

ü No cubrir todos los puestos de trabajo o prestar los servicios contratados con una dotación menor al 90 % por dos (02) días consecutivos.

ü Si en la revisión de los libros de asistencia o novedades o de supervisor según el caso, se detectan inconsistencias y/o adulteraciones de turnos o falsedad de los registros.

ü Incumplimiento de las condiciones de empleo y remuneración presentadas en la oferta de licitación.

ü Incumplimiento de cualquier procedimiento interno de SERVIU Metropolitano, tales como Control de Accesos, Control de Ingreso y Salida de Bienes, Apoyo a Contingencias, o cualquier otro que sea levantado por necesidades de la Institución en el transcurso del servicio.

ü Por faltas a la moral, acoso o maltrato verbal y/o sexual al interior de dependencias de SERVIU Metropolitano.

ü En caso de detectar que el o los jefes(s) de grupo, supervisor(es) no cumple con las labores propias de sus funciones durante la jornada laboral.

ü No cumplir con lo establecido en las Bases Técnicas, respecto de las capacitaciones mínimas exigibles a los guardias que prestarán el servicio, salvo que esté justificado y autorizado por SERVIU Metropolitano.

ü Todo cambio relativo a esta designación del punto 10.13. Contraparte Técnica número 3. deberá ser informado a SERVIU Metropolitano, por el representante legal del adjudicatario a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado, mediante correo electrónico al Administrador del Contrato.

ü En el caso de incumplir con el plazo establecido para entregar el informe detallado, descrito en el punto 3.4 de las bases técnicas de licitación, siempre que no se haya autorizado previamente por SERVIU Metropolitano.

GRAVES

10 UF

por evento

2

ü Atrasos (sumados entre personal y/o jefe de grupo) por sobre las 20 horas en un mes calendario.

ü Cualquier incumplimiento de lo establecido en “Rotación del personal” de las bases técnicas.

ü Falta de implementos, uniforme y/o credencial verificada por cada guardia o supervisor.

ü Pérdidas, robos o daños demostrados en los bienes de SERVIU Metropolitano.

ü No cumplir con los implementos y equipamiento mínimo solicitados en bases técnicas e indicados en el Anexo N°6.

ü Por dormir, consumir tabaco, alcohol y/o drogas al interior de dependencias del SERVIU Metropolitano y/o durante el turno de trabajo.

MEDIA

2,5 UF

por evento

3

ü Atrasos (sumados personales y/o jefe de grupo), por sobre 10 horas y hasta 20 horas, en un mes calendario.

ü Incumplimiento de lo establecido en los puntos 10.13 de las Bases Administrativas y 3.2 y 5 de las Bases Técnicas de licitación.

LEVES

1,0 UF

por evento

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Subdirector de Administración y Finanzas notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Subdirector de Administración y Finanzas, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa. El proveedor contratado tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la notificación, para pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso. Transcurrido dicho plazo, SERVIU Metropolitano estará autorizado para descontarla de los estados de pagos, en caso de que los hubiere; de lo contrario, y en última instancia, la hará efectiva con cargo a las garantías respectivas.

La Dirección de Compras y Contratación Pública cuenta con un canal reservado para recibir denuncias sobre irregularidades en los procedimientos de contratación regidos por la presente ley de acuerdo con el artículo artículo 35 sexies de la Ley N° 21.634/2023.

10.11.             Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 y sus modificaciones legales de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y, en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado.

Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, el contrato se podrá modificar en las siguientes circunstancias:

-      En caso de que el mandante por razones justificadas o de fuerza mayor, determine, a través de un informe fundado del Administrador de Contrato que se hace necesario ajustar algún punto no esencial de éste, a fin de resguardar su objeto.

-      En caso de que SERVIU Metropolitano, durante la ejecución del contrato, requiera incorporar o eliminar puestos de trabajo al servicio habitual mensual, ya sea por la incorporación o eliminación de dependencias de la Institución, por aumento de puntos de vigilancia en algún inmueble de propiedad de SERVIU Metropolitano o por cualquier otro motivo similar, podrá solicitar al proveedor el personal necesario para cubrir dichas necesidades.

Para efectos de calcular el valor de las modificaciones de contrato, se establecerán los precios indicados por el oferente en el Anexo N°8, en la columna PRECIO UNITARIO MENSUAL (A), de modo que el aumento o disminución, según corresponda, se regirá por dichos valores, aplicando el impuesto al valor agregado correspondiente.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.12.             Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y sus modificaciones legales y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)        Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)              En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo con el segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004, SERVIU Metropolitano podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

b.1)          No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.

b.2)          No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.

b.3)          No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.

b.4)          Cuando las multas aplicadas, en su conjunto, superen el 3 % del monto total del contrato.

b.5)          Cuando en total se hayan aplicado diez (10) multas establecidas en la categoría Graves.

b.6)          Si a la fecha límite (10 días hábiles, posteriores a la fecha de contrato) el oferente no presenta los seguros de vida de los guardias que prestaran los servicios solicitados.

b.7)          La no presentación de una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato, en conformidad a lo previsto en el punto 10.7.3 de las presentes bases administrativas.

c)    Según lo establecido en el punto N° 6 de las bases administrativas que señalan que en el caso de existir  falsedad en la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar a la Fiscalía competente para el caso en que existan presunciones fundadas de delito, el SERVIU Metropolitano deberá hacer efectivas las garantías de seriedad de la oferta o de fiel cumplimiento de contrato, en su caso, e incluso, de terminar inmediata y anticipadamente los contratos que corresponda, sin indemnización para el o los oferentes o proveedores.

d)        Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada y/o mediante correo electrónico con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

e)        En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

f)         Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

g)        Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas y/o correos electrónicos que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. N° 250/2004.

10.13.             Contraparte Técnica

El SERVIU Metropolitano dispondrá de dos contrapartes técnicas, los cuales tendrán las siguientes funciones:

1.- Administrador de Contrato:

ü  Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del contrato y de todos los aspectos considerados en las presentes bases de licitación.

ü  Comunicarse por cualquier vía con el Supervisor y/o Jefe de Grupo, a efecto de informar las observaciones de forma y fondo sobre el desarrollo del servicio prestado, pudiendo establecer las debilidades detectadas a fin de mejorar el servicio.

ü  Autorizar aumento o disminución del contrato.

ü  Fiscalizar el cumplimiento de los antecedentes que la empresa debe ingresar según lo indicado en el apartado “Rotación de Personal”.

ü  Las demás que encomienden las presentes bases.

2.- Encargado de Seguridad:

ü  Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del contrato y de todos los aspectos considerados en las presentes bases de licitación.

ü  Comunicarse por cualquier vía con el Supervisor y/o Jefe de Grupo, a efecto de informar las observaciones de forma y fondo sobre el desarrollo del servicio prestado, pudiendo establecer las debilidades detectadas a fin de mejorar el servicio.

ü  Fiscalizar que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado a las presentes bases y demás documentos que rigen la presente licitación pública.

ü  Mantener un permanente control sobre la ejecución del servicio, a través de cualquier medio o forma que resulte idónea para el efecto.

ü  Elaboración del acta de recepción conforme de los trabajos realizados visada por el Encargado de Seguridad y el Supervisor.

ü  Ser el primer contacto con Comité o Dirigentes que se presenten para solicitar reunión no agendadas con las autoridades de SERVIU Metropolitano, por lo que toda interacción, conversaciones o negociaciones serán de su exclusiva responsabilidad, no siendo competencia ni responsabilidad ni del Jefe de Grupo o Supervisor de la Empresa.

ü  Las demás que le encomienden las presentes bases.

3.- Contraparte Técnica de la Empresa.

Mientras que, el adjudicatario deberá nombrar en el contrato un Supervisor para la ejecución del mismo, que tendrá a lo menos, las siguientes funciones:

ü  Representar al adjudicatario en las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

ü  Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de contrato.

ü  Velar por el cumplimiento oportuno de la prestación del servicio.

ü  Tener en consideración las medidas de seguridad personal y físicas relativas, entre estas se consideran las contenidas en la legislación laboral en vigencia.

ü  Comprometer y/o ejecutar soluciones en el más breve plazo sobre las debilidades y/o deficiencias en el desarrollo del servicio prestado que le comunique la contraparte SERVIU Metropolitano.

ü  Controlar y mantener al día los libros conforme a lo solicitado en las presentes bases. Solicitados en el punto N°7 Supervisión

Todo cambio, relativo a esta designación, deberá ser informado a SERVIU Metropolitano por el representante legal del adjudicatario a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado, mediante correo electrónico al Administrador del Contrato. De ser en un tiempo mayor será causal de la multa establecida en la categoría grave.

10.14.             Seguridad y Salud Laboral en Dependencias de SERVIU Metropolitano

En cumplimiento a la legislación vigente en materia laboral y previsional, se especifican las siguientes normas que regulan la salud ocupacional, la seguridad e higiene industrial y el medio ambiente, para todas las empresas que trabajen en las dependencias de SERVIU Metropolitano, destinado a proteger a todos los trabajadores, funcionarios, personal contratado a honorarios y personal que labora bajo los regímenes de subcontratación y de servicios transitorios, que trabajan en nuestras instalaciones:

Normativa específica:

a)     Ley N° 16.744, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 23 de enero de 1968, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Sus Reglamentos y Decretos complementarios, y sus modificaciones.

b)     Decreto Supremo Nº 40, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 11 de febrero de 1969, Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales y sus modificaciones.

c)     Decreto Supremo Nº 54, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 11 de marzo de 1969, Aprueba el Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

d)     Decreto Supremo Nº 76, del 14 de diciembre de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Aprueba Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N°16.744 sobre Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Normativa complementaria:

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios a las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir a sus trabajadores.

a)     D.F.L. Nº1, MINTRAB, del 31 de julio del 2002, que sistematiza el Código del Trabajo.

b)     Decreto Supremo Nº 594, del 15 de septiembre de 1999, del MINSAL, que Aprueba el reglamento sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

c)     Guía para la Confección del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas, Inscripción Registro Propiedad Intelectual Nº 162.116, Mutual de Seguridad C.Ch.C., 2007.

d)     Resolución Exenta N° 1888, del 22 de marzo del 2013, Aprueba Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, Ministerio de Vivienda y Urbanismo a nivel nacional.

e)     Resolución Exenta Nº 938/2000, de V. y U., modifica la RE N° 510/1996 que crea el departamento de prevención de riegos profesionales para el MINVU y sus Servicios dependientes; y, la Resolución Exenta Nº 387/2001, de V. y U., que aprueba bases del plan nacional de prevención de riesgos.

 

Marco Legal

ü  Código Sanitario. Artículo 9 letra b) establece que es facultad de la Autoridad Sanitaria dictar las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento. Artículo 67: Corresponde la Autoridad Sanitaria velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes.

ü  Decreto Nº4, del 5 de febrero de 2020, sobre Alerta Sanitaria por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote de COVID-19. (modificado por decreto N° 6/2020). Artículo 3° N° 8 faculta a la autoridad Sanitaria para disponer la prohibición de funcionamiento de los establecimientos y lugares de trabajo que pongan en peligro a las personas que trabajan o asistan a ellos. Artículo 3 N° 23 faculta a la Autoridad Sanitaria para ordenar la utilización de mascarillas y otros dispositivos médicos afines en el transporte público, salas de clases, lugares de trabajo y, en general, cualquier otro lugar de acceso público o donde exista aglomeración de personas.

ü  D.S. Nº 594 Reglamento sobre “Condiciones Sanitaria y Ambientales básicas en los lugares de trabajo” Artículo 3°: La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean estos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella. Artículo 37: Deberá suprimirse en los lugares de trabajo cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores.

ü  Ley 16.744 “Ley de Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales”, Artículo 68, establece que: Las empresas o entidades deberán implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que les prescriban directamente la Autoridad Sanitaria.

Procedimientos de seguridad y documentación exigible:

SERVIU Metropolitano, así como también todas las empresas contratistas deberán proceder según los procedimientos, protocolos, utilizando implementos, equipos y normas de seguridad los cuales serán exigidos para cada caso en particular, con el propósito de desarrollar su labor exenta de riesgos, en forma segura, en coordinación con la contraparte SERVIU Metropolitano (Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios), bajo la supervisión y asesoría de las unidades técnicas en la materia (Equipo Prevención de Riesgos, Comité Paritario de Higiene y Seguridad, experto de la Mutual de Seguridad), con el propósito de evitar poner en riesgo a las personas, instalaciones y los bienes institucionales.

10.15 Renovación y prórroga del contrato

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del reglamento de la ley y cuando las necesidades institucionales así lo requieran, el contrato de servicio de guardias para las dependencias de SERVIU Metropolitano podrá ser renovado o prorrogado de común acuerdo por las partes, según sea el caso, por una única vez y al mismo precio contratado en los siguientes casos:

a)    Cuando habiéndose declarado desierto un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo.

b)   Cuando tratándose de un proceso licitatorio en curso, las ofertas hayan sido declaradas inadmisibles y exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo.

c)    Cuando se ha revocado o invalidado un proceso licitatorio en curso y se estime necesario proceder a la renovación del contrato vigente, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo.

d)   Cuando previo al vencimiento del plazo del contrato, sea menester su renovación a fin de garantizar la continuidad del servicio de guardias para las dependencias de SERVIU Metropolitano.

e)    Cuando existan razones debidamente fundadas que justifiquen la renovación del contrato y estas sean expresadas en el acto administrativo correspondiente.

  

En estos casos, SERVIU Metropolitano podrá optar por la renovación o prórroga del contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. En el caso de que SERVIU Metropolitano, de forma previa al término de la vigencia del contrato, opte por hacer efectiva la cláusula de renovación, deberá contar con el consentimiento del proveedor, el cual podrá ser manifestado por cualquier medio escrito. El plazo de renovación no podrá de exceder del plazo de duración del contrato primitivo.

10.16 Pacto de integridad.

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a.    El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República de Chile en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12° y 16°, de conformidad a lo establecido en el artículo 485 del Código del Trabajo.

b.    El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a funcionario público alguno en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que eventualmente se deriven de la misma; ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato que de ello se deriven.

c.    El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas, que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico; y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, tratativas, actos y/o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

d.    El oferente se obliga a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 ter de la Ley N° 21.634, de 2023, que Moderniza la Ley N° 19.886 y sus modificaciones legales y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado, en cuanto a la prohibición de comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

e.    El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

f.    El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y del contrato que de ellos se derivasen.

g.    El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, juridicidad, ética, moral, probidad, buena fe, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del servicio licitado.

h.    El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el presente proceso licitatorio es una propuesta real y seria, con información fidedigna; y, en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidad ofertadas.

i.     El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente expresadas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes; y, en general, por todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud y/o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.