4.2 ADJUDICACIÓN.
La propuesta se entenderá adjudicada, cuando la Ilustre Municipalidad de El Tabo así lo dictamine, a través de un Decreto Alcaldicio, en el cual entre otras cosas se deberá consignar el nombre del proponente favorecido (persona natural, jurídica o U.T.P.), el monto ofertado (Impuesto incluido) por cada una de las líneas.
El resultado de la propuesta se comunicará mediante Portal Mercado Publico, una vez aprobado el Decreto correspondiente. La decisión que se adopte no dará lugar a indemnización de ningún tipo en favor de los proponentes cuyas ofertas hayan sido rechazadas o que no hayan sido favorecidas.
Una vez emitido el Decreto Alcaldicio de adjudicación, el que contendrá la resolución respecto de cada línea, se publicará en el Portal de Mercado Público, donde se emite una Orden de compras, la que formalizará la adquisición, haciendo las veces de Contrato.
Si el oferente al momento de la adjudicación no está inscrito en Chile proveedores, tendrá 15 días corridos desde la adjudicación, para realizar la inscripción respectiva. De no realizarse la inscripción en forma y plazo aludido, se tendrá al respectivo adjudicatario como desistido, sin perjuicio que esta institución en forma paralela, readjudique la licitación al segundo proveedor con mayor puntaje o declare desierta la licitación, continuando el proceso de compra conforme a la Ley 19.886 y su reglamento.
Si el adjudicatario de cada línea, desiste de la adjudicación y no acepta la Primera Orden de Compra ($1), la Unidad Técnica sin llamar a nueva licitación podrá proponer adjudicar a los otros proponentes en el orden en que hubiesen sido evaluados en la línea.
En el evento que un proveedor se adjudique líneas por un monto superior a 500 UTM, requerirá previo a la confección del decreto de adjudicación la aprobación del H. Concejo Municipal de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 65º letra j) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
4.3 NOTIFICACION.
La Municipalidad de El Tabo notificará al adjudicatario mediante Decreto Alcaldicio correspondiente, vía Mercado Publico, la Orden de Compra y su aceptación por el oferente, para dar inicio al proceso de compra. La información quedará disponible para el resto de los oferentes, en el portal MERCADO PUBLICO (información de carácter público).