Resolución de Empates |
En caso de persistir igualdad o empate entre distintas Ofertas, se dirimirá siguiendo
los siguientes criterios:
1. Si la igualdad o empate se presenta entre dos o más Instituciones Financieras,
donde sólo alguna o algunas de ellas se hayan adjudicado nóminas en procesos
de licitación anteriores, prevalecerá la Oferta de aquella Institución Financiera que
no se haya adjudicado nóminas en procesos de licitación anteriores.
Aplicado este criterio, y de persistir la igualdad o empate entre dos o más
Instituciones Financieras que no se hayan adjudicado nóminas en procesos de
licitación anteriores, prevalecerá la oferta de aquella Institución Financiera que
tenga un menor número de ofertas adjudicadas en este mismo proceso de
licitación, y de persistir la igualdad o empate, se procederá a realizar un sorteo en
los términos señalados en el criterio número 4.
2. De existir igualdad o empate entre Instituciones Financieras que se hayan
adjudicado nóminas en procesos de licitación anteriores, prevalecerá la Oferta de
la Institución Financiera que registre apertura de calendarios de vencimientos en
años anteriores.
Aplicado este criterio, y de persistir la igualdad o empate entre Instituciones
Financieras que registren aperturas de calendarios de vencimientos en años
anteriores a esta licitación, prevalecerá la Oferta de aquella Institución Financiera
que presente el menor valor del siguiente indicador de cobranza:
Número de deudores con morosidad igual o mayor a una cuota (incluidos aquellos
deudores respecto de los cuales se hayan iniciado acciones judiciales) dividido
por el número de deudores totales a quienes se las haya aperturado un calendario
de vencimiento (incluidos aquellos respecto de los cuales se hayan iniciado
acciones judiciales).
Aplicado estos criterios, y de persistir igualdad o empate entre dos o más
Instituciones Financieras, se procederá a realizar un sorteo en los términos
señalados en el criterio número 4.
3. De existir igualdad o empate entre dos o más Instituciones Financieras que se
hayan adjudicado nóminas en procesos de licitación anteriores y que no registren
aperturas de calendarios de vencimiento en años anteriores, se procederá a
realizar un sorteo en los términos señalados en el criterio número 4.
4. En cualquier otro caso, o de persistir igualdad o empate luego de aplicados los
criterios de los numerales anteriores se procederá a realizar un sorteo entre las
Ofertas empatadas, en presencia del Director Ejecutivo de la Comisión, quien en
su calidad de Ministro de Fe de este organismo, certificará el resultado del sorteo.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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