Licitación ID: 4949-1-LE24
Auditoria Externa a lo Estados Financieros
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile, División de Bienestar - JAVE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 720
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Productos o servicios
1
Auditorías internas 1 Unidad
Cod: 84111603
Auditoría externa a los Estados financieros, Control Interno y Análisis Financiero, de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Auditoria Externa a lo Estados Financieros
Estado:
Adjudicada
Descripción:
contratación de servicios de Auditoría Externa a los Estados Financieros y Control Interno del año 2023, de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejercito, por un monto total de 11.000.000 once millones pesos, IVA incluido, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N°2334, comuna de Santiago, Región Metropolitana implique analizar los siguientes parámetros mencionados a continuación: A. Auditoría a los Estados financieros. B. Control Interno. C. Análisis Financiero
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Ejercito de Chile
Unidad de compra:
División de Bienestar - JAVE
R.U.T.:
61.101.045-1
Dirección:
Avenida Libertador Bernardo O'Higgins Nº 2334
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-04-2024 14:30:00
Fecha de Publicación: 11-04-2024 14:26:49
Fecha inicio de preguntas: 11-04-2024 16:20:00
Fecha final de preguntas: 16-04-2024 13:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-04-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-04-2024 14:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-04-2024 14:00:00
Fecha de Adjudicación: 06-05-2024 17:44:53
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 04-06-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 4 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. La Ley Nº 19.886, de “Bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios”, y el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de “Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios” y sus modificaciones posteriores. 2. La Ley Nº 19.880, que “Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado”. 3. La Ley N° 18.712, que aprueba “Nuevo Estatuto de los Servicios de Bienestar Social de las Fuerzas Armadas”. 4. La Ley Nº 20.730, que “Regula el lobby y las gestiones que representan intereses particulares ante las autoridades y funcionarios”, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 71 de 2014, del Ministerio Secretaría General de la República. 5. Lo dispuesto en el artículo 9º del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, “Orgánica constitucional de bases generales de la administración del Estado” y sus posteriores modificaciones. 6. La Resolución Nº 7, de 2019 y 14 de 2023 de la Contraloría General de la República, que “Fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón”, y “Determina los Montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los Actos que se individualizan quedarán sujetos a Toma de Razón y a Controles de Reemplazo cuando corresponda”. 7. El Memorándum JAVE DEPTO. CONT Y FZAS (P) Nº 1800/344000/534, de 29 de enero de 2024, mediante el cual, el Jefe de la JAVE autoriza efectuar una Licitación Pública para la contratación de Auditoría Externa e implique analizar los siguientes parámetros mencionados a continuación: A. Auditoría a los Estados financieros. B. Control Interno. C. Análisis Financiero 8. Certificado de búsqueda de convenio marco, de 02 de abril 2024, el cual da cuenta que el servicio objeto de la presente contratación, no se encuentra disponible en convenio marco, por lo que, de acuerdo con la normativa vigente, procede efectuar el llamado a la Licitación Pública. 9. La Resolución DIVBIE DAJ (P) Nº 4182/2308/241 EXENTA, de 07FEB2023, mediante la cual, el Comandante de la División Bienestar delega facultades en el Jefe de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejército y revoca resoluciones delegatorias que indica, ampliada por Resolución DIVBIE DAJ (P) Nº 4182/340000/200/2133 de 24JUL2023. 10. El Certificado de Disponibilidad de Fondos de 02 de abril de 2024, del Jefe del Departamento de Contabilidad y Finanzas de la JAVE, que señala que se cuenta con los recursos necesarios para financiar a través de la modalidad de Licitación Pública, la contratación de Auditoría Externa a los Estados Financieros y control interno, de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del año 2023 con cargo a fondos paf, a la cuenta de servicios externos, por un monto total de $11.000.000 (once millones de pesos), IVA incluido. CONSIDERANDO: 1. Que, la División de Bienestar, en su calidad de Servicio de Bienestar Social del Ejército, tiene por finalidad proporcionar al personal de la Institución prestaciones que tiendan a promover una adecuada calidad de vida que contribuya a su bienestar y al de sus familias. 2. Que, para ello la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejército, dependiente de la División de Bienestar, tiene la misión general de contribuir al bienestar del personal en servicio activo del Ejército, promoviendo un ahorro sistemático y seguro que permita, a través de una óptima administración, financiar créditos oportunos y ventajosos a aquellos Beneficiarios que cumplan con los requisitos que para el efecto se establecen. 3. Que, en cumplimiento con la finalidad precedentemente expuesta, la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejército, dependiente de la División de Bienestar, tiene la necesidad de efectuar una licitación pública para materializar la contratación de Auditoría externa a los Estados financieros y Control Interno. 4. Que, el operador de Chile Compra de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejército, habiendo efectuado el 2 de abril de 2024 una revisión a la página web del sitio www.mercadopublico.cl, constató que en el catálogo de bienes y servicios no se encuentra disponible mediante Convenio Marco el servicio de Auditoría externa, según Certificado de “VISTOS 8)”, por lo que, de acuerdo con la normativa vigente, procede efectuar el llamado a Licitación Pública. 5. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 19.886 y el artículo 9° de su Reglamento, es aplicable el procedimiento de Licitación Pública. 6. Que, en conformidad a Resolución de “VISTOS 9)”, el Comandante de Bienestar, delega facultades en el Jefe de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejército, para adquirir mediante convenio marco o licitación pública a través del portal “Chile Compra”. 7. Que, en conformidad al certificado de “VISTOS 10)”, El Jefe del Departamento de Contabilidad y Finanzas de la JAVE, certifica que se cuenta con los recursos necesarios para financiar a través de la modalidad de Licitación Pública, la contratación de Auditoría Externa a los Estados Financieros y Control Interno de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del año 2023 con cargo a fondos PAF, a la cuenta de Servicios externos, por un monto total de $ 11.000.000 (once millones pesos), con IVA incluido. 8. Los principios de transparencia, equidad, igualdad, no discriminación, eficiencia y eficacia, todos los cuales, deben gobernar las actuaciones de los órganos de la administración del Estado. RESUELVO: 1. AUTORÍCESE el llamado a Licitación Pública y APRUÉBENSE las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos para materializar el llamado a Licitación para la contratación de servicios de Auditoría Externa a los Estados Financieros y Control Interno del año 2023, de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejercito, por un monto total de $ 11.000.000 (once millones pesos), IVA incluido, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N°2334, comuna de Santiago, Región Metropolitana, de acuerdo a lo siguiente: BASES ADMINISTRATIVAS Artículo 1º: OBJETO: Las presentes Bases Administrativas regulan el llamado a Licitación Pública por parte de la División de Bienestar a través de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejército, en adelante “La DIVBIE-JAVE” o el “Licitador”, para la contratación del servicio de Auditoría externa a los Estados financieros, Control Interno y Análisis Financiero de la Jefatura de Ahorro Vivienda del Ejército, correspondiente al año 2023. Para la correcta interpretación de las presentes Bases administrativas, se entenderá por: Mandante: La División de Bienestar (DIVBIE), en su calidad de Servicio de Bienestar, a través de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejército, en adelante también el “Licitador”. Encargado de Contrato: El funcionario profesional que, nombrado por la autoridad competente, asume el derecho y la obligación de fiscalizar la correcta ejecución del servicio y el fiel cumplimiento del contrato. Proponente Adjudicado: Persona natural o jurídica que, en virtud del contrato, contrae la obligación de ejecutar el servicio de qué trata la presente licitación. Artículo 2º: NORMATIVA. La presente licitación pública se rige por la normativa citada en los “Vistos” de la presente resolución, las Bases administrativas, técnicas y sus anexos. Las citadas Bases son obligatorias para los que participen en la licitación, para lo cual se entenderá que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta. La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes: A. Las ofertas presentadas por los oferentes. B. Las preguntas formuladas por los oferentes y las respectivas respuestas evacuadas por el Licitador. C. Las aclaraciones que se efectúen a las Bases por el Licitador. Artículo 3º: SISTEMA DE INFORMACIÓN: La presente Licitación Pública se realizará mediante la publicación en el sistema de información de compras y contratación públicas, www.mercadopublico.cl. Artículo 4º: PARTICIPANTES: Podrán participar en la presente licitación las personas naturales o jurídicas, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la Administración del Estado, que establece la legislación aplicable a la presente licitación, y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y sus correspondientes Anexos. Artículo 5º: MODALIDAD DE LICITACIÓN: La presente Licitación Pública se llevará a cabo en una etapa, por lo que, de conformidad a la ley, consiste en que en el acto de apertura se procede a abrir tanto la oferta técnica, como la económica. Artículo 6º: PLAZOS: Salvo que expresamente se señale lo contrario, los plazos de días establecidos en estas Bases son de días HÁBILES. (Cuando en las Bases se disponga que se trata de días hábiles, se entenderá que son inhábiles los sábados, domingos y festivos). Si alguna estipulación de las presentes bases estableciere que se trata de días corridos, cuando el último día del plazo sea inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Artículo 7º: PUBLICACIONES: La JAVE publicará la información relativa a la presente contratación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Administrativa, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante y para efectos de estas Bases, “Sistema de Información de Compras”. De acuerdo con lo anterior, queda prohibido establecer contactos formales o informales con personal del Licitador que tenga directa relación o incidencia con la presente Licitación Pública y para fines relacionados a beneficios o intereses particulares, salvo los contemplados en estas Bases. Artículo 8º: NOTIFICACIONES: Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N.º 19.886, de “Bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios”, en adelante y para efectos de estas Bases, “Ley de Compras”, y del Decreto Supremo N.º 250, de 24 de septiembre de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras, en adelante y para efectos de estas Bases, “Reglamento de Compras”, incluso la notificación de la resolución de adjudicación, se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 (veinticuatro) horas desde que el Licitador publique en el Sistema de Información de Compras, el documento, acto o resolución objeto de la notificación. Se exceptúan de esta regla, las notificaciones que dicen relación con lo dispuesto en el capítulo V de la Ley de Compras. Artículo 9º: DISPONIBILIDAD DE LAS BASES: Desde el día de la publicación del llamado, las Bases de Licitación estarán disponibles en el Sistema de Información de Compras para todos los interesados en presentar ofertas. Artículo 10º: CRONOGRAMA: La presente licitación pública se desarrollará de acuerdo con las siguientes etapas, asignándose a cada una de ellas los plazos que en cada caso se indican: N° ETAPAS DÍAS HÁBILES DESDE PUBLICACIÓN 1 Fecha de publicación Desde la publicación de la presente licitación Pública 2 Fecha periodo de consultas. Hasta el 3° dia hábil siguiente a la publicación de la licitación. 3 Fecha Publicación de respuestas. Al 5º día hábil contado desde el día siguiente de la publicación 4 Fecha de Cierre de recepción de Ofertas. Hasta 8° días hábiles contado desde el día hábil siguiente a la publicación 5 Entrega de garantía de seriedad de la oferta Antes del cierre de recepción de ofertas. 6 Fecha de Acto de Apertura Técnica y económica. Al día siguiente hábil del cierre de la oferta, a las 08:00 horas. 7 Evaluación Hasta 4° días hábiles contados desde el día hábil siguiente la apertura de las ofertas. 8 Fecha de resolución de adjudicación Hasta 7° días contados desde el día siguiente hábil de la apertura de las ofertas. 9 Entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato. Al momento de suscribir el contrato. 10 Fecha de suscripción del contrato. Hasta 20° días hábiles, contados desde el día siguiente hábil de la adjudicación de la licitación. Artículo 11º: MONTO ESTIMADO DE LA PROPUESTA: De acuerdo con lo contemplado en el artículo 10° del Reglamento de Compras, el monto estimado para la presente contratación es de $ 11.000.000 (once millones de pesos) IVA incluido. Artículo 12°: DE LA PROBIDAD ADMINISTRATIVA Y TRANSPARENCIA EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA. La presente licitación se rige por los presupuestos del capítulo VII “De la probidad administrativa y transparencia en la contratación pública” regulado en la Ley N.º 19.886. Artículo 13°: INHABILIDADES: No podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas a quienes les afecten algunas de las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 4° de la Ley N.º 19.886, como tampoco las personas jurídicas a quienes les afecte la prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8º y 10º de la Ley N.º 20.393, del año 2009, que "Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica". Junto con lo anterior, no podrán participar aquellos oferentes que se encuentren condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N.º 211, de 1973, esto es, que se le ha impuesto la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde la sentencia definitiva quede ejecutoriada. Artículo 14°: MODIFICACIÓN DE LAS BASES: El Licitador podrá modificar las presentes Bases administrativas, Bases técnicas, anexos y plazos de la licitación hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas, mediante resolución fundada, debidamente tramitada e informando de ello a través del Portal www.mercadopublico.cl. En este caso, los proponentes deberán efectuar las modificaciones que sean necesarias en sus ofertas, dentro del plazo prudencial que se otorgará en la resolución modificatoria de Bases de la presente licitación. Artículo 15°: GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. Para presentar ofertas, cada proponente deberá entregar, conforme a lo indicado en el Artículo 10º “Cronograma” un instrumento o documento pagadero a la vista, de realización inmediata y de carácter irrevocable, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, que garantice la seriedad de la oferta, extendido a nombre de la División de Bienestar, RUT N.º 61.101.045-1 por $ 550.000 (Quinientos cincuenta mil pesos), con una vigencia mínima de 10 días corridos contados desde el día siguiente de la fecha de la apertura de la propuesta, con una glosa que señale “PARA GARANTIZAR SERIEDAD DE LA OFERTA PARA EL SERVICIO DE AUDITORÍA DE LA JEFATURA DE AHORRO VIVIENDA DEL EJÉRCITO, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2023”. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá remitirse al correo mmeza.jave@ejercito.cl y ajustarse a la Ley N.º 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma. En los casos en que se otorgue de manera física, deberá entregarse en las dependencias de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejército, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N.º 2334, Santiago, Región Metropolitana. Es de responsabilidad del oferente que los documentos enviados estén correctamente emitidos, no aceptándose garantías que contemplen cláusulas de arbitraje, de lo contrario la oferta será rechazada. El horario de entrega material de la garantía será de lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas. El horario para entrega de las garantías emitidas electrónicamente será hasta antes del cierre de recepción de las ofertas. La no entrega de la referida garantía, en el plazo y condiciones señalados, producirá el rechazo inmediato de la oferta. En el evento que el vencimiento de la referida garantía se verificase con anterioridad a la suscripción del contrato, el proponente deberá reemplazarla, dentro de los 15 días corridos anteriores al vencimiento de ésta, por otra garantía, por el mismo valor, características y vigencia que la próxima a vencer. El licitador devolverá el instrumento que garantiza la seriedad de la oferta, al proponente adjudicado, una vez que la resolución que aprueba el contrato se encuentre totalmente tramitada y haya entregado el instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato. La devolución del instrumento de garantía de seriedad de la oferta a los proponentes no adjudicados y a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la notificación de la resolución que aprueba el contrato. Será responsabilidad de cada proponente retirar dicho instrumento desde las dependencias de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejército, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N.º 2334, Santiago, Región Metropolitana, en el horario señalado precedentemente. El Licitador, se reserva el derecho de ejecutar la garantía de seriedad de la oferta cuando: 1) Por un hecho imputable al adjudicado, como por ejemplo no reemplazar la garantía dentro del plazo otorgado para ello cuando se encuentre próxima a vencer. 2) No concurra a la suscripción del contrato respectivo. 3) No presente, en tiempo y forma, la garantía de fiel cumplimiento de contrato. 4) No se habilite en el Registro de Proveedores; 5) No acompañe los documentos solicitados para contratar. Artículo 16º: COSTO DE LA GARANTÍA: El costo de la garantía será de cargo exclusivo de los proponentes. Artículo 17º: PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal de internet www.mercadopublico.cl, deberán ser puras y simples. Además, la información entregada debe ser precisa de acuerdo con los requerimientos contenidos en las Bases y en las aclaraciones de oferta solicitadas por el licitador, no estar sujetas a modo o condición alguna y tendrán el carácter de irrevocables. Artículo 18° CONTENIDO DE LAS OFERTAS: Las ofertas deberán contener en formato electrónico o digital lo siguiente: A. DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS: 1. Anexo A.1. IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE, según texto contenido en estas Bases. Asimismo, deberá adjuntar los siguientes antecedentes: a) Personas naturales: 1) “Identificación del Oferente”. • Nombre completo. • Numero cédula de identidad. • Domicilio comercial. • Número de teléfono y correo Electrónico. 2) Otros Antecedentes. • Fotocopia simple de la Cédula Identidad. • Documentación donde conste la iniciación de actividades ante el SII. b) Personas Jurídicas: 1) “Identificación Oferente” • Razón Social. • Nombre de fantasía, si lo tiene. • Domicilio comercial. • Número de teléfono y correo electrónico. • Nombre del representante del oferente para todos los efectos de esta licitación, indicando además su cargo, teléfono y correo electrónico. 2) Otros Antecedentes • Fotocopia simple del Rol Único Tributario. • Fotocopia Simple de la Inscripción en el Registro Comercio. • Fotocopia simple del Certificado de vigencia otorgado por el CBR, con fecha no anterior a 2 meses. • Documentos que acreditan la personería de su representante legal. Tratándose de sociedades o empresas individuales de responsabilidad limitada, se debe adjuntar fotocopia de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con certificación de su vigencia, o fotocopia del Certificado de Vigencia, de fecha no anterior a dos meses contados desde la fecha de presentación de la oferta y fotocopia del documento en que conste la personería del representante legal. Tratándose de personas jurídicas que no tengan el carácter de sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada, se deberán adjuntar los antecedentes que acrediten vigencia y la personería del representante legal, emitidos por las autoridades que correspondan. La vigencia de la personería del representante legal será requerida al momento de la suscripción del respectivo contrato. Personas Jurídicas de la Ley N.° 20.659: Estas deben acompañar Certificado de Vigencia, Certificado del Estatuto Actualizado y Certificado de Anotaciones, de la correspondiente persona jurídica, señalados en el artículo 29 del Decreto Supremo N° 45 del año 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba Reglamento de Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y disolución de las Sociedades Comerciales. Unión temporal de Proveedores: En el evento, de que dos o más proveedores quieran participar del presente proceso de compra, conjuntamente a través de una Unión Temporal de Proveedores, en adelante e indistintamente UTP, deberán presentar el documento (Declaración jurada simple), en el cual se formalice la unión temporal. Asimismo, dicha Unión Temporal de Proveedores, estará sujeta a lo establecido en el artículo 67 Bis del Reglamento de la Ley N.° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, la que se tiene por expresamente reproducida en estas Bases Administrativas. La vigencia de esta UTP no podrá ser inferior a la del contrato que originará la adjudicación de la licitación, incluyendo la renovación de éste, conforme a lo señalado en el artículo 12° del Reglamento de la Ley N.° 19.886. En el caso de ser adjudicatarios quienes participen en esta modalidad, cada uno de los integrantes de dicha UTP, deberán inscribirse en el Registro de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl). Los integrantes de dicha UTP no podrán participar de otra UTP para el mismo proceso de licitación y/o de manera independiente. Los documentos que deberá acompañar la UTP son: 1) “Identificación Oferente” • Documento (Declaración jurada simple), en el cual se formalice la unión temporal. En este caso, deberán constituirse válidamente una vez que sea adjudicada la propuesta y antes del vencimiento del plazo para la suscripción del contrato respectivo. • Domicilio, número de teléfono y correo electrónico, de los (personas jurídicas o naturales), que conformarán la futura unión. • Nombre del representante, para todos los efectos de esta licitación, indicando además su cargo, teléfono y correo electrónico. 2. Anexo A.2: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE, debidamente firmada por el proponente, persona natural o en el caso de personas jurídicas por su representante, o en ambos casos, por mandatario con poder suficiente, según texto contenido en estas Bases. NOTA 1: Los anexos deberán acompañarse debidamente firmados en el acto de apertura, so pena de recibir menor puntuación al momento de su evaluación en el criterio de “Presentación Formal de la Propuesta”.
Documentos Técnicos
1.- Artículo 19º PROPUESTA TÉCNICA: En la propuesta técnica, el oferente indicará: A. Metodología de trabajo que considere la participación del equipo definido para este proceso, indicando la cantidad del personal en el proceso de auditoría, siendo un mínimo de 3 personas. B. Plan de Auditoría (Objetivos, Cronograma, Análisis e Investigación, Técnicas de Muestreo). C. Tiempo en que durará y se distribuirán las horas persona de trabajo (carta Gantt). D. Evaluación de los procedimientos y actividades de control interno. E. Informe de situación Financiera (Ratios). F. Forma y condiciones en que se ofrecerá el servicio, conforme a lo indicado en las Bases Técnicas de la presente Licitación Pública, debiendo incorporar en su propuesta, todo antecedente adicional que ayude a la JAVE, a evaluar la forma en que el oferente prestará el servicio, de la manera más fluida y expedita posible. Artículo 20º: LEVANTAMIENTO DE ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN: El licitador podrá solicitar a los oferentes, dentro del plazo de la “Evaluación de las ofertas” que salven errores u omisiones formales, (Art. 40 de DS 250 del ministerio de Hacienda del año 2004), para que, a su vez, dentro del plazo de 2 días corridos, contados desde el día siguiente del requerimiento anterior, salven los errores u omisiones formales requeridos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los proponentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los proponentes a través del Sistema de Información Pública. La entidad licitante, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los proponentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. En esta etapa, el licitador podrá solicitar aclaraciones de las ofertas, sea mediante información a través del foro inverso, de documentos o de manera presencial. En estos casos, el proponente será evaluado en el criterio de “Cumplimiento de requisitos formales”, con menor puntaje, de acuerdo con tabla de evaluación que contemplan las presentes Bases. Transcurrido el plazo otorgado sin que el participante subsane las omisiones señaladas o no aclare su oferta, se evaluará con el puntaje mínimo en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”. Artículo 21º: DECLARACIÓN DE DESIERTA Y/O INADMISIBILIDAD: En el caso que no se reciban ofertas o éstas no cumplan con las Bases de licitación o excedan los fondos disponibles para la ejecución del presente servicio, se declarará, fundadamente y sin más trámite, inadmisibles las ofertas y desierta la licitación. Artículo 22º: DECLARACIÓN DE ADMISIBILIDAD: Declarada la admisibilidad administrativa y técnica, se efectuará la evaluación de las ofertas. Artículo 23º: EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS: Dentro del plazo establecido en el artículo 10º de las presentes Bases, las ofertas serán revisadas y evaluadas por una comisión de evaluación, la que estará compuesta a lo menos por: A. Subjefe de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda o quien lo subrogue o lo reemplace. B. Jefe del Depto. Contabilidad y Finanzas o quien lo subrogue o lo reemplace. C. Jefe de la Sección Contabilidad o quien lo subrogue o lo reemplace. D. Jefe de la Sección Finanzas o quien lo subrogue o lo reemplace. E. Jefe Depto. Jurídico o quien lo subrogue o lo reemplace. La referida comisión, procederá a la revisión y análisis de los documentos y antecedentes exigidos en las Bases de Licitación y en las Bases Técnicas, elaborando un informe comparativo de las propuestas presentadas, conforme al orden de precedencia de dichas ofertas de acuerdo con los resultados de la aplicación del sistema de evaluación, de acuerdo con los siguientes criterios: N° FACTOR ANTECEDENTES 1 Antecedentes del oferente 42% 2 Propuesta Técnica 30% 3 Oferta Económica 25% 4 Cumplimiento de Requisitos Formales 3% TOTAL 100% Para materializar la citada evaluación, la desagregación de los criterios de evaluación es la siguiente: 1. ANTECEDENTES DEL OFERENTE: (42%) Se evaluarán los antecedentes del oferente, específicamente la experiencia de la empresa y del equipo de trabajo en terreno que realizará la auditoría en las dependencias del Licitador, para ello deberán adjuntar todos los antecedentes que sustenten la carrera profesional y la experiencia de la empresa, equipo de trabajo durante los últimos años. Para la evaluación de lo anterior se utilizarán los siguientes criterios: Antigüedad del oferente 5% Experiencia del equipo de trabajo Experiencia del profesional director o socio responsable (20%) 15% Experiencia del gerente, mánager o coordinador del equipo (40%) Experiencia equipo base (40%). Se evaluará en forma conjunta la experiencia del equipo, obteniendo un promedio de ésta. Experiencia en auditorias de bienestar social Experiencia en servicios de bienestar social (65%) 22% Experiencia en otras instituciones del Estado y/o privadas (35%) Desglose Sub criterios: Criterio de Evaluación Ponderación Puntos Subfactor % Factor parcial % Factor Total % ANTECEDENTES DEL OFERENTE 42% Antigüedad del oferente 5 % Se Calcula puntos x 5% / 100 = XX A. Antigüedad de la Empresa Para estos efectos se ponderará en relación con los años de vigencia de la empresa postulante, los que se acreditaran con el documento donde conste el Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, y que deberá ser adjuntado a la propuesta. Si dicho documento se encuentra disponible en el Registro de Chile proveedores, no será requisito presentarlo físicamente. Nota: los años se calcularán en valor absoluto: si la fracción del período es igual o inferior a 6 meses se aproximará a la cantidad inmediatamente anterior, y si es superior a 6 meses se ajustará a la cantidad inmediatamente siguiente Menor a 1 año 0 1 a 14 años 20 15 a 24 años 50 25 años y más 100 Experiencia equipo de trabajo 15% Se calcula puntos x sub factor/100 = XX *15%= XX A. Experiencia director o Socio responsable de los servicios de Auditoria a los Estados Financieros. Se refiere a medir en años la experiencia laboral, en temas de auditorías del Profesional o director o Socio responsable de los servicios de auditoría. Nota: los años se calcularán en valor absoluto: si la fracción del período es igual o inferior a 6 meses se aproximará a la cantidad anterior, y si es superior a 6 meses se ajustará a la cantidad inmediatamente siguiente. Se revisará en base a su Currículo Vitae y experiencia comprobable. Menos de 2 años 0 20% 2 a 10 años 20 11 a 15 años 40 16 a 25 años 75 26 años y más 100 A. Experiencia del Gerente, Manager o Coordinador General del Equipo de los Servicios de Auditoría a los Estados Financieros Se refiere a medir en años la experiencia laboral, en temas de auditorías del Gerente, Manager o Coordinador responsable de los servicios de auditoría. Nota: los años se calcularán en valor absoluto: si la fracción del período es igual o inferior a 6 meses se aproximará a la cantidad anterior, y si es superior a 6 meses se ajustará a la cantidad inmediatamente siguiente. Se revisará en base a su Currículo Vitae y experiencia comprobable. Menor a 1 año 0 40% 1 a 10 años 20 11 a 15 años 40 16 a 25 años 75 26 años y más 100 B. Experiencia del equipo base senior. Se refiere a medir en años la experiencia laboral, en temas de auditorías de los Profesionales integran el equipo base senior. Para efectos de la asignación de puntaje, se obtendrá un promedio de los años de experiencia de las personas que integren este equipo. Se revisará en base a su Currículo Vitae y experiencia comprobable. Menor a 1 año Inadmisible 40% 1 a 2 años 20 3 a 4 años 40 5 a 8 años 75 9 y más 100 Experiencia en auditorias de bienestar 22% Se calcula puntos x sub factor/100 = XX *22%= XX A. Experiencia en servicios de bienestar social Se refiere a la cantidad de entidades Públicas, a las que ha prestado servicios de auditoría de igual naturaleza a los de esta licitación. Lo anterior, durante los últimos 6 años (2018 a 2023), indicando claramente los servicios prestados. 1 entidad 0 65% 2 a 3 entidades 30 4 a 6 entidades 60 Desde 7 en adelante 100 B. Experiencia en otras instituciones del Estado y/o Privadas Se refiere a la cantidad de otras instituciones del estado y/o privadas, a las que ha prestado servicios de auditoría de igual naturaleza a los de esta licitación. Lo anterior, durante los últimos 6 años (2018 a 2023), indicando claramente los servicios prestados 1 institución y/o Empresa 0 35% 2 a 3 Instituciones y/o Empresa 30 4 a 6 Instituciones y/o Empresas 60 Desde 7 en adelante 100 2. PROPUESTA TÉCNICA: (30%) Se evaluarán los antecedentes de la propuesta técnica, específicamente las actividades que se ejecutaran en base a las horas de trabajo, además se medirá la propuesta técnica en base a la metodología de trabajo a utilizar para medir la razonabilidad de los estados financieros en sus distintas cuentas contables, también se evaluara la propuesta técnica considerando el valor agregado, lo cual permitirá medir la calidad del servicio ofertado. Para la evaluación de lo anterior se utilizarán los siguientes subcriterios: Ejecución de horas persona en terreno 30% Propuesta técnica y metodología de trabajo 70% Desglose de subcriterios: Criterio de Evaluación Ponderación Puntos Subfactor % Factor parcial % Factor Total % Propuesta Técnica 30% EJECUCIÓN HORAS PERSONA (HP) EN TERRENO 30% Se refiere a la cantidad de Horas Persona (HP) ofertadas anualmente por los servicios a contratar. La cantidad mínima para ofertar es de 400 HP, manteniendo a lo menos 3 personas en forma permanente. Se asignará base 100 a la cantidad de HP más Alta, decreciendo la ponderación en función de estos últimos, conforme a la siguiente fórmula: HP de la oferta / HP máximo ofertado *100 100 100% PROPUESTA TÉCNICA Y METODOLOGÍA DE TRABAJO 70% Se calcula factor total *factor parcial=XX XX*puntos/100=XX A. Cumplimiento total de lo requerido, con detalle de cada labor a realizar, en términos de contenidos, estructura de matriz acorde con la labor a realizar, detalle de cada etapa y actividades, incorporando: plazos, tiempos de ejecución, porcentajes (%) de avances, personal responsable, adicionando servicios con valor agregado. 60 100% B. Cumplimiento total de lo requerido, con detalle de cada labor a realizar, en términos de contenidos, estructura de matriz acorde con la labor a realizar, detalle de cada etapa y actividades, incorporando: plazos, tiempos de ejecución, porcentajes (%) de avances, personal responsable, sin servicios con valor agregado. 40 C. El oferente no da cumplimiento con lo requerido, no presentando detalle o existiendo inconsistencia respecto de los puntos de la propuesta, no ajustándose a las bases de esta licitación. Inadmisible
 
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1.- OFERTA ECONÓMICA: (25%) Se medirá y evaluará la oferta económica propuesta, en base al precio total de los servicios profesionales a contratar. Para la evaluación de lo anterior se utilizará el siguiente criterio: Criterio de Evaluación Ponderación Puntos Subfactor % Factor parcial % Factor Total % Oferta Económica 25% PRECIO TOTAL Se refiere al precio final de todos los servicios a contratar. Se asignará base 100 al valor, decreciendo la ponderación en función de estos últimos. 100% (Valor menor oferta*100) / Valor oferta a ponderar 100% 4. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES: (3%) Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales presentados por la empresa oferente, específicamente se medirá el grado de cumplimiento de los antecedentes solicitados en las bases administrativas, de los Art. N°12, N°13, N°14, N° 21, N° 22. Para la evaluación de lo anterior se utilizarán los siguientes criterios: Criterio de Evaluación Ponderación Puntos Subfactor % Factor parcial % Factor Total % Cumplimiento de requisitos 3% CUMPLIMIENTO Se calcula sub factor * factor parcial A. Cumplimiento oportuno de todos los requisitos formales exigidos en las bases para la presentación de la Oferta 100% B. Cumplimiento posterior de uno o más requisitos formales exigidos en las bases para la presentación de la Oferta 40% C. El oferente no da cumplimiento a los requisitos formales exigidos en las bases para la presentación de la oferta 0% El licitador se reserva el derecho de verificar los antecedentes presentados por los proponentes. En caso de empate, se seleccionará la oferta que presente mayor puntaje en el criterio de Antecedentes del oferente, en caso de que la situación de empate persista se seleccionará la oferta con el mayor puntaje en el criterio de Propuesta técnica, ahora bien, en caso de que la situación de empate persista se seleccionará la oferta con el mayor puntaje en el criterio de Oferta Económica. Finalmente, si persiste el empate se seleccionará la oferta con el mayor puntaje en el criterio de Cumplimiento de requisitos formales. De la evaluación resultante, se elaborará un Acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión de Evaluación. Dicha Acta dará cuenta de la evaluación de las ofertas e indicará a qué proponente se sugiere adjudicar la licitación, o en su caso se propondrá declarar desierto el proceso. En caso de que corresponda, también se deberá dejar constancia en el Acta de las ofertas que no fueron evaluadas por encontrarse fuera de Bases, especificando los artículos que habrían sido vulnerados. Artículo 24º: RECLAMOS: El proponente que desee efectuar algún reclamo u observación deberá hacerlo a través del portal, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33º del Reglamento de la Ley N.º 19.886. Artículo 25º ADJUDICACIÓN: La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo, que será notificado mediante su publicación en el portal www.mercadopublico.cl. Dicho acto administrativo deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las Bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo N.° 41 del Reglamento de la Ley N.º 19.886, aprobado por Decreto Supremo N.º 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. El plazo de adjudicación será el indicado en el artículo 10° de las presentes Bases. Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado precedentemente, el licitador informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo, indicando un nuevo plazo para la adjudicación. Artículo 26º CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS: Una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de adjudicación, el licitador procederá a redactar el contrato, el que deberá suscribirse por las partes, mediante instrumento privado, dentro del plazo establecido en el artículo 10º de las presentes bases, de lo contrario, se estimará que el proponente se desiste de su oferta. En el caso que el proponente adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.chileproveedores.cl, deberá inscribirse dentro del plazo establecido para la suscripción del contrato conforme a lo dispuesto en el párrafo precedente. Para los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo N° 22 numeral noveno del Reglamento de la Ley N.° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Ejecución de obras, el adjudicatario deberá acreditar si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para estos efectos, el proponente adjudicado deberá acompañar el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no anterior a 10 días corridos de su fecha de presentación. El contrato respectivo entrará en vigencia a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. En el caso que el adjudicatario no haga entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato o no se inscriba en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado o no entregue el certificado de antecedentes laborales y previsionales, se entenderá que éste no acepta la adjudicación, debiendo el licitador dejarla sin efecto, pudiendo el Mandante readjudicar la licitación al proponente que se encuentre mejor calificado en el listado priorizado que emita la comisión evaluadora o declarar desierta la licitación. Artículo 27°: PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICIO: El plazo de ejecución del servicio tendrá una duración de 40 días hábiles, los derechos y obligaciones nacidos del contrato de prestación de servicios respectivo, sólo serán exigibles a partir de la fecha de total tramitación del acto administrativo que lo aprueba. Artículo 28°: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores, el proponente adjudicado deberá, al momento de la suscripción del contrato, entregar un instrumento o documento pagadero a la vista, de realización inmediata y de carácter irrevocable, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, que garantice el fiel cumplimiento del contrato, extendida a nombre de la División de Bienestar, RUT N.° 61.101.045-1, por un valor equivalente al 10% del monto total ofertado, cuya vigencia será desde la fecha de suscripción del contrato hasta la recepción del servicio más 120 días, con una glosa que señale “PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO DE SERVICIO DE AUDITORÍA DE LA JEFATURA DE AHORRO VIVIENDA DEL EJÉRCITO, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2023”. No se aceptarán garantías que contemplen cláusulas de arbitraje. Para el caso de las Pólizas y Certificados de Fianza, estas podrán enviarse por correo electrónico al siguiente correo: mmeza.jave@ejercito.cl, siendo responsabilidad del proponente adjudicado que los documentos enviados estén correctamente emitidos. El horario de entrega material de la garantía será de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 horas, en las dependencias del Licitador, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N.° 2334, Santiago, En el evento que la garantía presentada por el proponente adjudicado fuese a vencer con anterioridad al cumplimiento de los requisitos para su devolución, deberá reemplazarla dentro de los 30 días corridos anteriores al vencimiento de la misma, por una garantía, del mismo valor, características y vigencia de la que está próxima a vencer. Si el proponente adjudicado no renovare la garantía en el plazo y condiciones indicados, el licitador deberá hacer efectiva la garantía vigente administrativamente y sin forma de juicio. El licitador hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, con las causales señaladas en el Artículo 77 del Reglamento de la Ley N.° 19.886 aprobado mediante Decreto Supremo N.º 250, en el año 2004, y las contempladas en las presentes Bases. Dicho acto administrativo se publicará en el Portal www.mercadopublico.cl., a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el Artículo N.° 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el licitador pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. No procediendo causales para hacerla efectiva, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento será devuelta al proveedor en un plazo máximo de 90 días corridos, al término de su período de vigencia. En el caso que el adjudicatario entregue dentro de plazo, una garantía que tenga errores de forma, el Licitador podrá admitir su garantía, a condición que ésta sea enmendada en un plazo no superior a 5 (cinco) días hábiles contados desde la entrega física de la garantía. Artículo 29º MODIFICACIONES AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS: El contrato podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes, cuando dichas modificaciones tengan como finalidad lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato. En todo caso, las modificaciones no podrán exceder de un 30% del monto original del contrato, en cuanto al plazo, será fijado prudencialmente a criterio del Licitador. Artículo 30º: TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: El contrato podrá terminar en forma anticipada por resciliación o mutuo acuerdo de las partes contratantes, sin necesidad de aviso previo o derecho a indemnización en este caso concreto. A su vez, el Licitador podrá poner término anticipado al contrato, mediante resolución fundada y sin forma de juicio, por las causales señaladas en el artículo 13º de la Ley de Compras, y en el artículo 77º del Reglamento de Compras, sin perjuicio de las siguientes consideraciones: 1. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proponente adjudicado, tales como la negativa a prorrogar o renovar la garantía de fiel cumplimiento de contrato. 2. Incumplimiento grave y/o reiterado de parte del proponente adjudicado de sus obligaciones laborales y previsionales. 3. Si el proponente adjudicado se somete en calidad de deudor a alguno de los procedimientos concursales establecidos en la Ley N.° 20.720. 4. Por razones de interés público o de seguridad nacional. 5. Si el proponente adjudicado no iniciare oportunamente la ejecución del servicio. 6. Si el proponente adjudicado incurriera en multas y la suma alcance un monto igual o superior al 10% respecto del valor actualizado del total del contrato. 7. El incumplimiento de la obligación de confidencialidad por parte del proponente adjudicado. 8. En los casos de incumplimiento imputables al proponente adjudicado. En atención al artículo N.º 79 ter del Decreto Supremo Nº 250, del año 2004, del Ministerio de Hacienda, ante la voluntad de poner término anticipado al contrato, el Licitador deberá notificar al proponente adjudicado a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública siendo este el mecanismo válido de notificación, sin perjuicio de informar posteriormente al proponente adjudicado a través de correo electrónico o carta certificada conforme a la dirección indicada por el proponente adjudicado, quien tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles siguientes, para presentar sus descargos al Licitador. Vencido el plazo anterior, rechazado total o parcialmente los descargos presentados por el proponente adjudicado, o transcurrido el plazo de 5 (cinco) días hábiles sin que haya realizado los descargos, se dictará la resolución fundada que establece el término anticipado, publicándose oportunamente en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Considerando el término anticipado al contrato de las presentes Bases, el Licitador hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. En ningún caso el término del contrato por las causales establecidas en las presentes bases, dará derecho a indemnización al proponente adjudicado ni generará algún tipo de derecho al proponente adjudicado sobre los pagos no devengados. Artículo 31º: DE LAS MULTAS: Se aplicarán multas por incumplimientos. Se entiende por incumplimiento, la no ejecución por parte del proponente adjudicado de todo o parte de las obligaciones contraídas en la forma y en el tiempo pactado, sin perjuicio de que habilita al Licitador a hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento del contrato, conforme lo establece el Reglamento contenido en el Decreto Supremo N.° 250, de la Ley N.° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios, del Ministerio de Hacienda (Párrafo 3: Garantías de fiel y oportuno cumplimiento, Artículo N.° 68 y siguientes). Se aplicarán las multas correspondientes a la siguiente tabla: PROCEDENCIA DE LAS MULTAS: HECHO QUE LA ORIGINA MONTO DE LA MULTA CATEGORÍA Incumplimiento del oferente en la mantención de 3 profesionales en forma permanente en terreno y/o por falta del supervisor, para efecto de las coordinaciones, requerimientos y comunicación entre las partes, sin aviso previo al correo del encargado del contrato. Se controlará con ingreso y salida firmado a la JAVE, esto corresponderá cuando el profesional no se presenta dentro de las 2 primeras horas de trabajo. 3 UF por cada día hábil MEDIA Incumplimiento del oferente en el tiempo de horas de terreno según contrato, según oferta técnica y carta Gantt. Se considerará 1 hora de atraso, pasado los 15 min de retraso. Se controlará con ingreso y salida firmado a la JAVE. Esto corresponde si el profesional no se presenta dentro de las primeras 2 horas. 1 UF por cada hora persona MEDIA Incumplimiento de la empresa auditora, en el equipo de profesionales en terreno (una vez iniciado el servicio) respecto del listado nominal evaluado en el proceso licitatorio o cambio de uno o más profesionales evaluados, sin previo aviso al correo del encargado del contrato. 3 UF por cada profesional MEDIA Atrasos en incumplimiento de plazos de la prestación del servicio de auditoría a la JAVE (plazo acordado por las partes, lo que, se formalizará en el contrato). El incumplimiento se contará desde el día en que quedó estipulado en el contrato. 1 UF por cada día hábil de atraso LEVE PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE LAS MULTAS. Las multas serán notificadas al proponente adjudicado por escrito, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública siendo este el mecanismo válido de notificación, sin perjuicio de informar posteriormente al proponente adjudicado a través de correo electrónico o carta certificada conforme a la dirección indicada por el proponente adjudicado. El proponente adjudicado podrá reclamar efectuar sus descargos respecto de las multas establecidas. Dichos descargos deberán presentarse por escrito en el plazo de 5 (cinco) días hábiles contados desde la notificación, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido este plazo con o sin descargos, la entidad licitante, se pronunciará respecto a la multa mediante una resolución fundada, la cual será publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública siendo este el mecanismo válido de notificación, sin perjuicio de informar posteriormente al proponente adjudicado a través de correo electrónico o carta certificada conforme a la dirección indicada por el proponente adjudicado. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La aplicación de las multas se realizará a través de la notificación de la resolución que aplica la multa, y se pagarán por parte del oferente adjudicado mediante vale vista o transferencia extendida a nombre de la División de Bienestar, RUT 61.101.045-1, Cuenta Corriente Banco Estado N. 109000523, con copia a rdiaz.jave@ejercito.cl y al encargado de contrato mmeza.jave@ejercito.cl, siendo del cargo del proponente adjudicado todos los gastos asociados a esta operación. En caso de que no se pague de la manera anterior, se hará efectivo el pago con cargo a las garantías vigentes (debiendo reemplazar la garantía, por una nueva y con las mismas características de la anterior dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde que se hizo efectiva la garantía anterior, cuando esta se haya utilizado para el pago de multas). Asimismo, se podrá deducir la multa del pago correspondiente al proponente adjudicado por sus servicios o los que se adeudaren. El monto de aplicación de multas no podrá exceder el 10% del monto total del contrato con impuestos incluidos. En el caso de que las multas cursadas superen el porcentaje antes mencionado, facultará al Licitador a dar término anticipado al contrato. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del Licitador de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del proponente adjudicado. Artículo 32º: FUERZA MAYOR: El proponente adjudicado no será responsable en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, definido como tales por el Art 45° del Código Civil de la República de Chile. La parte afectada notificará, por escrito, a la otra parte, dentro de los 05 (cinco) primeros días hábiles de acaecido el hecho, explicando lo ocurrido. La notificación, deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando los correspondientes documentos y/o certificados de respaldo, para mejor resolver. La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla, mediante resolución fundada al Licitador en base a los antecedentes que oportunamente le proporcione el proponente adjudicado y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o que sean de conocimiento público. En el caso que el proponente adjudicado no pudiere cumplir con sus obligaciones procurará atenuar los daños y cumplirá con aquellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar a la causa de fuerza mayor. De producirse alguno de los eventos antes mencionados, la ejecución del servicio se entenderá suspendida por el tiempo que dure el evento. En estos casos no regirá la aplicación de multas. Artículo 33° PAGO: Una vez terminado el servicio por parte del oferente adjudicado, la entidad licitante emitirá un certificado de recepción conforme del servicio, lo que permitirá proceder a la emisión de la factura, la cual deberá extenderse a nombre de: a. División de Bienestar del Ejército (Jefatura Ahorro Vivienda Ejército). b. RUT N° 61.101.045-1. c. Dirección: Av. Lib. Bernardo O’Higgins Nº2334, comuna de Santiago, Región Metropolitana. Será requisito para cursar el pago respectivo, que el proponente adjudicado otorgue al encargado de Contrato los antecedentes que acrediten que no existen deudas con los trabajadores por concepto de remuneraciones, para lo cual deberá hacer entrega de los siguientes documentos que abarque todo el periodo del servicio: - Formulario F30 - Formulario F30-1 - Cotizaciones previsionales (debidamente pagadas) - Liquidaciones de remuneraciones debidamente firmadas. En caso del personal a honorarios, se solicitará el pago del honorario e impuesto que corresponda. - Carpeta de asistencia - Certificado de recepción conforme de la entidad licitante El Licitador no pagará intereses, reajustes ni indemnizaciones de ningún tipo ante eventuales atrasos en los pagos. Ningún pago se podrá realizar antes de la fecha de total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato respectivo. Artículo 34º: INICIO DEL SERVICIO. Una vez notificada la resolución que aprueba el contrato a través del sistema de información de compras y contratación pública, www.mercadopublico.cl, el inicio del trabajo comenzará al día siguiente hábil posterior a dicha notificación. Artículo 35°: PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo para la ejecución del servicio será el ofertado por el proponente adjudicado, contado desde inicio del servicio y hasta la recepción conforme del servicio por parte del Licitador, mediante la emisión de un Certificado de recepción. Artículo 36°: RECEPCIÓN ÚNICA. Una vez terminado el servicio, el proponente adjudicado solicitará por medio de una carta dirigida al encargado del Contrato la recepción de este, debiendo el encargado de contrato verificar el fiel cumplimiento de este y en el plazo que se indique en dicho contrato. La recepción se efectuará mediante Acta suscrita por el proponente adjudicado y el Jefe de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejército o quien lo subrogue o lo reemplace. Si de la verificación del servicio efectuada resulta que los trabajos no están terminados o ejecutados en conformidad con lo especificado y solicitado, el Licitador no dará curso a la recepción y elaborará un informe, proponiendo un plazo para que el proponente adjudicado ejecute, a su costa, los trabajos que determine. Artículo 37°: CESIÓN DEL CONTRATO: El proponente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del contrato, lo anterior, es sin perjuicio de los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos, los que podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común. El proponente adjudicado podrá subcontratar parte del contrato que se suscriba, pero entendiendo que la responsabilidad y obligación de cumplimiento del contrato permanecerán en el proponente adjudicado, como a su vez, es responsable de las obligaciones para con los trabajadores. El proponente adjudicado podrá subcontratar hasta un 50% del valor total del contrato, salvo situaciones de excepción, justificadas por el proponente adjudicado, a través de solicitud efectuada al Encargado del Contrato, quien aprobará o desechará la solicitud. Si subcontratare parcialmente algunas labores de este, el subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en las presentes Bases, y suscribir la declaración jurada simple que se acompaña como Anexo A.2. Artículo 38°: ENCARGADO DEL CONTRATO. Actuará como Encargado del presente contrato por parte del Licitador, el Jefe Sección Contabilidad o quien ocupe el cargo, subrogue o reemplace, el que, queda facultado para suscribir todas las comunicaciones a que diere origen la ejecución de este contrato, siendo el encargado de revisar y analizar su cumplimiento, así como supervigilar el cumplimiento del mismo, revisando la gestión de los pagos. Artículo 39°: CONTROL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El control de los trabajos será responsabilidad del Encargado de Contrato, para hacer cumplir lo establecido en las especificaciones técnicas que lo integran, en los plazos previstos, con la ejecución ajustada al contrato y normativa pertinente. Para lo anterior, desempeñará las siguientes funciones principales: • Verificar que el proponente adjudicado cumpla con los aspectos normativos que rigen la presente contratación. • Efectuar el control administrativo del contrato. • Realizar el control técnico del servicio. Artículo 40°: INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN. Las presentes Bases administrativas, las Bases técnicas y el contrato respectivo se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación primará lo dispuesto en las Bases técnicas o administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario. Cualquier falta, descuido u omisión de los proponentes o adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga. Artículo 41°: COMPETENCIA. Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública. Las eventuales diferencias que existieren respecto de la interpretación del contrato o del alcance de sus estipulaciones que no pudieren ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán sometidas al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para ante sus tribunales. Lo anterior sin perjuicio de las facultades que competen a la Contraloría General de la República. Artículo 42°: CONFIDENCIALIDAD. Será condición esencial del contrato el hecho que el proponente adjudicado, sus profesionales y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes, resultados, informes o hechos de que tomen conocimiento durante o con posterioridad a la ejecución del servicio contratado. En caso de transgresión de esta obligación, el Licitador podrá, sin más trámite, hacer efectiva el instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de ejercer las acciones que correspondan, especialmente la indemnizatoria de perjuicios. Lo anterior, sin perjuicio de las normas de publicidad que rigen los actos administrativos. Artículo 43°: RESPONSABILIDAD LABORAL DEL PROPONENTE ADJUDICADO. El proponente adjudicado y eventual subcontratista autorizado, deberán dar estricto y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones legales y contractuales de carácter laboral respecto del personal que empleen en la ejecución del contrato. En consecuencia, serán de su cargo exclusivo, las remuneraciones, sueldos, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones y cualquier otra remuneración, las cotizaciones previsionales y/o de salud, que correspondan a dicho personal y, en general, cualquier otro desembolso que deban realizar por conceptos análogos. Serán también de su cargo los gastos de movilización del personal y todos los demás que, en relación con el mismo, se originen con motivo u ocasión de la ejecución del contrato. Asimismo, le corresponderá responder pecuniariamente por los eventuales accidentes que pudiere sufrir su personal, sea cual fuere el resultado de los mismos. El Licitador, en ningún caso, y bajo ningún concepto, asume el carácter de empleador del personal que trabaja para el proponente adjudicado, puesto que dicho personal no se encuentra bajo subordinación ni dependencia de este. Los pagos que, por cualquier causa, eventualmente, se dejen de efectuar al proponente adjudicado con ocasión del contrato, no podrán ser considerados o esgrimidos por éste como un antecedente justificatorio para dejar de pagar las sumas que deba a sus dependientes por concepto de remuneraciones, sobresueldos, premios, imposiciones legales, etc., según los contratos y negociaciones colectivas celebradas con éstos y las disposiciones legales vigentes. Lo anterior, sin perjuicio de los derechos del proponente adjudicado para solicitar el pago de las sumas que se adeudaren. El proponente adjudicado deberá pagar las cotizaciones previsionales de su personal, debiendo adjuntar la documentación que lo acredite. El Licitador tendrá derecho a información, retención y pago en la forma prevista en el Código del Trabajo y sus posteriores modificaciones. El licitador a su elección, podrá determinar si se acreditará mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo o bien por entidades o instituciones competentes, conforme a lo previsto en el decreto Supremo N.º 319, de 13DIC2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Reglamento del Articulo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, para la procedencia de los pagos que correspondan al proponente adjudicado, el Licitador tendrá las siguientes facultades: a) Podrá verificar mensualmente o con la periodicidad que se estime conveniente, el cumplimiento de las obligaciones legales, laborales y previsionales que afecten al proponente adjudicado respecto de los dependientes que prestan servicios en el cumplimiento del contrato. Para estos efectos se podrá exigir al proponente adjudicado, durante la duración del contrato, el certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo u otro organismo certificador. Además, podrá revisar y el proponente adjudicado la obligación de exhibir, ante la posibilidad del requerimiento dentro del plazo de 5 días hábiles, los contratos con sus correspondientes documentos que acrediten el monto y estado de pago de remuneraciones, planillas de declaración y pago de impuestos de segunda categoría, imposiciones previsionales, registro de asistencia y control de jornada de trabajo, formularios de pago de impuestos, entre otros. El proponente adjudicado deberá adoptar las medidas para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 154 bis del Código del Trabajo. b) Retener, total o parcialmente, todo pago que deba efectuar al proponente adjudicado, cuando no cumpla en tiempo y forma con la exhibición de documentos señalados en la letra precedente. El Licitador también estará facultada para retener las sumas de dinero que adeude al proponente adjudicado por las obligaciones laborales, previsionales y de salud, adeudadas a su vez por el proponente adjudicado, cuando éstas consten en actas de la Inspección del Trabajo, documentos o registros públicos o privados independientes del Ejército (auditores o certificadores), más los reajustes e intereses correspondientes. En tal evento, podrá a su voluntad, retener dichos montos hasta la acreditación del pago de las obligaciones de que se trata, o pagarlas a las personas o entidades correspondientes, a nombre y por cuenta del proponente adjudicado. Las sumas retenidas no devengarán ni reajustes ni intereses a favor del proponente adjudicado. El proponente adjudicado debe ser cotizante de alguna mutualidad de seguridad chilena y certificar que todo el personal que empleará para la ejecución de estos servicios se encuentra cubierto por esta entidad. El proponente adjudicado se obligará por su cuenta y riesgo a ejecutar los servicios contratados por el Licitador, con trabajadores contratados en conformidad al Código del Trabajo, quienes actuarán bajo su exclusiva subordinación y dependencia. Por lo tanto, queda prohibido al proponente adjudicado tener personal a honorarios y subcontratar servicios para cumplir con el contrato, salvo la subcontratación que el Licitador autorice previamente por escrito. El proponente adjudicado será responsable exclusivo de cualquier daño, siniestro o perjuicio a la propiedad fiscal o a terceros, a consecuencia de los trabajos que se realicen, por mala manipulación, descuido, o falta de aplicación de normas de prevención de riesgos, para lo cual deberá prever las medidas de resguardo para la prevención de incendios y relativas a la responsabilidad civil.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES: (3%) Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales presentados por la empresa oferente, específicamente se medirá el grado de cumplimiento de los antecedentes solicitados en las bases administrativas, de los Art. N°12, N°13, N°14, N° 21, N° 22. 3%
2 ANTECEDENTES DEL OFERENTE 1. ANTECEDENTES DEL OFERENTE: (42%) Se evaluarán los antecedentes del oferente, específicamente la experiencia de la empresa y del equipo de trabajo en terreno que realizará la auditoría en las dependencias del Licitador, para ello deberán adjuntar todos los antecedentes que sustenten la carrera profesional y la experiencia de la empresa, equipo de trabajo durante los últimos años. 42%
3 PROPUESTA TÉCNICA PROPUESTA TÉCNICA: (30%) Se evaluarán los antecedentes de la propuesta técnica, específicamente las actividades que se ejecutaran en base a las horas de trabajo, además se medirá la propuesta técnica en base a la metodología de trabajo a utilizar para medir la razonabilidad de los estados financieros en sus distintas cuentas contables, también se evaluara la propuesta técnica considerando el valor agregado, lo cual permitirá medir la calidad del servicio ofertado. 30%
4 OFERTA ECONÓMICA OFERTA ECONÓMICA: (25%) Se medirá y evaluará la oferta económica propuesta, en base al precio total de los servicios profesionales a contratar. 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 750120
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 40 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Daniela Hott Schmidt
e-mail de responsable de pago: daniela.hott@ejercito.cl
Nombre de responsable de contrato: Marcia Meza Jélvez
e-mail de responsable de contrato: mmeza.jave@ejercito.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26934038-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: DIVISIÓN DE BIENESTAR
Fecha de vencimiento: 09-05-2024
Monto: 550000 Peso Chileno
Descripción: Artículo 15°: GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. Para presentar ofertas, cada proponente deberá entregar, conforme a lo indicado en el Artículo 10º “Cronograma” un instrumento o documento pagadero a la vista, de realización inmediata y de carácter irrevocable, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, que garantice la seriedad de la oferta, extendido a nombre de la División de Bienestar, RUT N.º 61.101.045-1 por $ 550.000 (Quinientos cincuenta mil pesos), con una vigencia mínima de 10 días corridos contados desde el día siguiente de la fecha de la apertura de la propuesta, con una glosa que señale “PARA GARANTIZAR SERIEDAD DE LA OFERTA PARA EL SERVICIO DE AUDITORÍA DE LA JEFATURA DE AHORRO VIVIENDA DEL EJÉRCITO, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2023”. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá remitirse al correo mmeza.jave@ejercito.cl y ajustarse a la Ley N.º 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma. En los casos en que se otorgue de manera física, deberá entregarse en las dependencias de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejército, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N.º 2334, Santiago, Región Metropolitana. Es de responsabilidad del oferente que los documentos enviados estén correctamente emitidos, no aceptándose garantías que contemplen cláusulas de arbitraje, de lo contrario la oferta será rechazada. El horario de entrega material de la garantía será de lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas. El horario para entrega de las garantías emitidas electrónicamente será hasta antes del cierre de recepción de las ofertas. La no entrega de la referida garantía, en el plazo y condiciones señalados, producirá el rechazo inmediato de la oferta. En el evento que el vencimiento de la referida garantía se verificase con anterioridad a la suscripción del contrato, el proponente deberá reemplazarla, dentro de los 15 días corridos anteriores al vencimiento de ésta, por otra garantía, por el mismo valor, características y vigencia que la próxima a vencer.
Glosa: “PARA GARANTIZAR SERIEDAD DE LA OFERTA PARA EL SERVICIO DE AUDITORÍA DE LA JEFATURA DE AHORRO VIVIENDA DEL EJÉRCITO, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2023”.
Forma y oportunidad de restitución: El licitador devolverá el instrumento que garantiza la seriedad de la oferta, al proponente adjudicado, una vez que la resolución que aprueba el contrato se encuentre totalmente tramitada y haya entregado el instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato. La devolución del instrumento de garantía de seriedad de la oferta a los proponentes no adjudicados y a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la notificación de la resolución que aprueba el contrato. Será responsabilidad de cada proponente retirar dicho instrumento desde las dependencias de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejército, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N.º 2334, Santiago, Región Metropolitana, en el horario señalado precedentemente.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: DIVISIÓN DE BIENESTAR
Fecha de vencimiento: 27-11-2024
Monto: 10 %
Descripción: Artículo 28°: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores, el proponente adjudicado deberá, al momento de la suscripción del contrato, entregar un instrumento o documento pagadero a la vista, de realización inmediata y de carácter irrevocable, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, que garantice el fiel cumplimiento del contrato, extendida a nombre de la División de Bienestar, RUT N.° 61.101.045-1, por un valor equivalente al 10% del monto total ofertado, cuya vigencia será desde la fecha de suscripción del contrato hasta la recepción del servicio más 120 días, con una glosa que señale “PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO DE SERVICIO DE AUDITORÍA DE LA JEFATURA DE AHORRO VIVIENDA DEL EJÉRCITO, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2023”. No se aceptarán garantías que contemplen cláusulas de arbitraje. Para el caso de las Pólizas y Certificados de Fianza, estas podrán enviarse por correo electrónico al siguiente correo: mmeza.jave@ejercito.cl, siendo responsabilidad del proponente adjudicado que los documentos enviados estén correctamente emitidos. El horario de entrega material de la garantía será de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 horas, en las dependencias del Licitador, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N.° 2334, Santiago, En el evento que la garantía presentada por el proponente adjudicado fuese a vencer con anterioridad al cumplimiento de los requisitos para su devolución, deberá reemplazarla dentro de los 30 días corridos anteriores al vencimiento de la misma, por una garantía, del mismo valor, características y vigencia de la que está próxima a vencer. Si el proponente adjudicado no renovare la garantía en el plazo y condiciones indicados, el licitador deberá hacer efectiva la garantía vigente administrativamente y sin forma de juicio. El licitador hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, con las causales señaladas en el Artículo 77 del Reglamento de la Ley N.° 19.886 aprobado mediante Decreto Supremo N.º 250, en el año 2004, y las contempladas en las presentes Bases. Dicho acto administrativo se publicará en el Portal www.mercadopublico.cl., a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el Artículo N.° 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el licitador pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Glosa: “PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO DE SERVICIO DE AUDITORÍA DE LA JEFATURA DE AHORRO VIVIENDA DEL EJÉRCITO, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2023”.
Forma y oportunidad de restitución: la garantía de fiel y oportuno cumplimiento será devuelta al proveedor en un plazo máximo de 90 días corridos, al término de su período de vigencia. En el caso que el adjudicatario entregue dentro de plazo, una garantía que tenga errores de forma, el Licitador podrá admitir su garantía, a condición que ésta sea enmendada en un plazo no superior a 5 (cinco) días hábiles contados desde la entrega física de la garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

LEVANTAMIENTO DE ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN: El licitador podrá solicitar a los oferentes, dentro del plazo de la “Evaluación de las ofertas” que salven errores u omisiones formales, (Art. 40 de DS 250 del ministerio de Hacienda del año 2004), para que, a su vez, dentro del plazo de 2 días corridos, contados desde el día siguiente del requerimiento anterior, salven los errores u omisiones formales requeridos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los proponentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los proponentes a través del Sistema de Información Pública.

La entidad licitante, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los proponentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

En esta etapa, el licitador podrá solicitar aclaraciones de las ofertas, sea mediante información a través del foro inverso, de documentos o de manera presencial.

En estos casos, el proponente será evaluado en el criterio de “Cumplimiento de requisitos formales”, con menor puntaje, de acuerdo con tabla de evaluación que contemplan las presentes Bases. Transcurrido el plazo otorgado sin que el participante subsane las omisiones señaladas o no aclare su oferta, se evaluará con el puntaje mínimo en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”.