Licitación ID: 4949-6-LP23
Adquisición de servicio para concluir proyecto
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 379
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Productos o servicios
1
Construcción de edificios y departamentos 1 Unidad
Cod: 72131501
 

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición de servicio para concluir proyecto
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Licitación Pública para la contratación de consultaría para concluir con el proyecto “Condominio Altos de Parinacota”, ubicado en Avenida Linderos N° 3.277, comuna de Arica, Región de Arica y Parinacota.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
División de Bienestar - JAVE
R.U.T.:
61.101.045-1
Dirección:
Avenida Libertador Bernardo O'Higgins Nº 2334
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-06-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 19-05-2023 12:40:20
Fecha inicio de preguntas: 27-05-2023 8:00:00
Fecha final de preguntas: 31-05-2023 13:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-06-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-06-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-06-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 04-07-2023 17:42:06
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 24-07-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
visita a terreno voluntario 26-05-2023 11:00:00
Entrega del instrumento de seriedad de la oferta 12-06-2023 13:00:00
Entrega de garantía fiel cumplimento contrato 24-07-2023 9:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ARTÍCULO 1º: OBJETO – GENERALIDADES. La División de Bienestar (DIVBIE), en su calidad de Servicio de Bienestar Social, a través de su Jefatura de Ahorro para la Vivienda del Ejército (JAVE), en adelante el “licitador”, requiere contratar el servicio de consultoría profesional y técnica para evaluar la situación actual del proyecto “Condominio Altos de Parinacota”. Se informa que dicho conjunto habitacional, no se encuentra terminado y es necesaria la ejecución de la consultoría para desarrollar el levantamiento de las obras existentes, determinando partidas, costos y plazos para dar término y cumplimiento al permiso de edificación aprobado. Se entenderá por desarrollo del servicio a todas las gestiones necesarias para configurar los detalles técnicos, planimétricos, especificaciones y otros, necesarios para permitir el término de la obra, de acuerdo a los requerimientos, normativa vigente y especificaciones establecidas en las presentes Bases. Para la correcta interpretación de las presentes Bases administrativas, se entenderá por: A. Mandante: La División de Bienestar (DIVBIE), en su calidad de Servicio de Bienestar, a través de la Jefatura de Ahorro para la Vivienda, en adelante también el “licitador”. B. Jefe de Proyecto: Funcionario habilitado, que asume la obligación de representar al Mandante ante todos los organismos que se relacionen con las obras, como también supervisar al Administrador de Contrato. C. Administrador de Contrato: El funcionario profesional que, nombrado por la autoridad competente, asume el derecho y la obligación de fiscalizar la correcta ejecución del servicio y el fiel cumplimiento del contrato. D. Consultor: Persona natural o jurídica que, en virtud del contrato, contrae la obligación de ejecutar el servicio de que trata la presente Resolución. ARTÍCULO 2º: NORMATIVA. La presente licitación pública se rige por la normativa citada en los “Vistos” de la presente resolución, las Bases administrativas, técnicas y sus anexos. Las citadas Bases son obligatorias para los que participen en la licitación, para lo cual se entenderá que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta. La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes: A. Las ofertas presentadas por los proponentes. B. Las preguntas formuladas por los proponentes y las respectivas respuestas evacuadas por el licitador. C. Las aclaraciones que se efectúen a las Bases por el licitador. ARTÍCULO 3º: COMUNICACIONES Y PLAZOS. El llamado a licitación se realizará mediante la publicación en el sistema de información de compras y contratación públicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 25º del Decreto Supremo N.º 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, relativo a "Plazos mínimos entre llamado y recepción de ofertas". Todas las comunicaciones y notificaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública se harán por medio del portal www.mercadopublico.cl. Los plazos establecidos en las presentes Bases son de días corridos, salvo que en ellas se exprese lo contrario. Cuando el cumplimiento de un plazo recaiga en día inhábil (sábado, domingo o festivo) se entenderá prorrogado al día hábil siguiente. ARTÍCULO 4º: CRONOGRAMA. La presente licitación pública se desarrollará de acuerdo con las siguientes etapas, asignándose a cada una de ellas los plazos que en cada caso se indican: Etapas /Actividad Plazos Visita a Terreno Voluntaria Al 5to día hábil contado desde el día siguiente de la publicación del llamado a licitación, a las 11:00 horas, en el Condominio Altos de Parinacota, ubicado en Avenida Linderos N° 3.277, comuna de Arica. El acceso estará disponible por Av. Robinson Rojas, sin número, entre las calles Providencia y Antártica. Fecha de preguntas A través del foro habilitado en el portal, hasta el 5° día corrido, contado a partir del día siguiente de la fecha de la visita a terreno. Fecha de publicación de las respuestas Hasta el día 7° corrido contado desde el día siguiente del vencimiento del plazo anterior. Entrega Garantía de Seriedad de la Oferta Antes del cierre de recepción de las ofertas, en horario de lunes a viernes de 9:00 hasta las 13:00 horas, conforme lo indica el Art. 9º de las presentes Bases. Fecha de cierre de recepción de las ofertas El día 25 corrido, contado desde el día siguiente de la publicación en el Sistema del llamado a licitación a las 15:00 horas. Se hace presente, que en caso de que el cierre para la recepción de ofertas venza en un día inhábil, un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas, el cierre se efectuará al día siguiente hábil a las 15 horas. Fecha de apertura de las ofertas Se realizará el día hábil siguiente del cierre de recepción de las ofertas, a partir de las 15:01 horas. Evaluación de las ofertas Dentro del plazo de 10 días corridos contados desde el día siguiente del acto de apertura. Fecha de Resolución de adjudicación Deberá dictarse hasta 07 días corridos contados desde el día siguiente de la fecha del informe de evaluación. Fecha de suscripción del contrato Deberá ser suscrito dentro de los 20 días corridos contados desde el día siguiente de la notificación de la resolución de adjudicación. Fecha entrega Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato Misma fecha de la suscripción del Contrato.  Se considera día inhábil el 7 de junio del 2023, en consideración a la festividad local en la provincia de Arica y Parinacota. ARTÍCULO 5º: PARTICIPANTES. Podrán participar en la presente licitación las personas naturales o jurídicas, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la Administración del Estado, que establece la legislación aplicable a la presente licitación, y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y sus correspondientes Anexos. ARTÍCULO 6º: INHABILIDADES. No podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas a quienes les afecten algunas de las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 4° de la Ley N.º 19.886, como tampoco las personas jurídicas a quienes les afecte la prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8º y 10º de la Ley N.º 20.393, del año 2009, que "Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica". Junto con lo anterior, no podrán participar aquellos oferentes que se encuentren condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N.° 211, de 1973, esto es, que se le ha impuesto la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde la sentencia definitiva quede ejecutoriada. Para estos efectos, el proponente deberá suscribir la declaración jurada simple que se acompaña como Anexo A.2. ARTÍCULO 7º: MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN. El licitador podrá modificar las presentes Bases administrativas, Bases técnicas, anexos y plazos de la licitación hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas, mediante resolución fundada, debidamente tramitada e informando de ello a través del Portal www.mercadopublico.cl. En este caso, los proponentes deberán efectuar las modificaciones que sean necesarias en sus ofertas, dentro del plazo prudencial que se otorgará en la resolución modificatoria de Bases de la presente licitación. ARTÍCULO 8º: ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA. El licitador pondrá a disposición de los interesados, en el Sistema de Información Pública, los siguientes antecedentes y documentos de la licitación: A. Bases Administrativas y Técnicas. B. Plantas de Arquitectura existentes. C. Planos referenciales de especialidades. ARTÍCULO 9º: GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. Para presentar ofertas, cada proponente deberá entregar materialmente conforme a lo indicado en el Artículo 4º “Cronograma”, en Av. Libertador Bernardo O’Higgins 2334, Santiago, un instrumento o documento pagadero a la vista, de realización inmediata y de carácter irrevocable, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, que garantice la seriedad de la oferta, extendido a nombre de la División de Bienestar, RUT N.° 61.101.045-1 por la suma de $4.200.000.- (cuatro millones doscientos mil pesos), con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días contados desde el día siguiente de la fecha de la apertura de la propuesta, con una glosa que señale “Para garantizar seriedad de la oferta para consultoría del proyecto Condominio Altos de Parinacota”. Para las boletas de garantía y Vale a la Vista, se deberán entregar físicamente en la dirección antes indicada. Para el caso de las Pólizas y Certificados de Fianza, estas podrán enviarse por correo electrónico al siguiente correo: giturrieta.jave@ejercito.cl, siendo responsabilidad del oferente que los documentos enviados estén correctamente emitidos, no aceptándose garantías que contemplen cláusulas de arbitraje, de lo contrario la oferta será rechazada. El horario de entrega material de la garantía será de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 horas. El horario para entrega de las garantías emitidas electrónicamente será hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, conforme se señala en el artículo 4° de las presentes Bases Administrativas. La no entrega de la referida garantía, en el plazo y condiciones señalados, producirá el rechazo inmediato de la oferta. En el evento que el vencimiento de la referida garantía se verificase con anterioridad a la suscripción del contrato, el proponente deberá reemplazarla, dentro de los 15 días corridos anteriores al vencimiento de ésta, por otra garantía, por el mismo valor, características y vigencia que la próxima a vencer. La no entrega de la referida garantía en el plazo y condiciones señalados, producirá el rechazo inmediato de la oferta. El licitador devolverá el instrumento que garantiza la seriedad de la oferta, al proponente adjudicado, una vez que la resolución que aprueba el contrato se encuentre totalmente tramitada y haya entregado el instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato. La devolución del instrumento de garantía de seriedad de la oferta a los proponentes no adjudicados y a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la notificación de la resolución que aprueba el contrato. Será responsabilidad de cada proponente retirar dicho instrumento desde la Jefatura de Ahorro para la Vivienda, ubicada en Av. Libertador Bernardo O’Higgins 2334, Santiago. La DIVBIE, se reserva el derecho de ejecutar la garantía de seriedad de la oferta cuando: 1) por un hecho imputable al adjudicado, no reemplace la garantía dentro del plazo otorgado para ello cuando se encuentre próxima a vencer, 2) no concurra a la suscripción del contrato respectivo, 3) no presente, en tiempo y forma, la garantía de fiel cumplimiento de contrato, 4) no se habilite en el registro de proveedores; 5) no acompañe los documentos solicitados para contratar. ARTÍCULO 10º: MODALIDAD DE LA PROPUESTA. La modalidad de la propuesta es a suma alzada, sin reajustes, con excepción del anticipo, el que se devuelve reajustado. ARTÍCULO 11º: OFERTAS. Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal de internet www.mercadopublico.cl, deberán ser puras y simples. Además, la información entregada debe ser precisa de acuerdo con los requerimientos contenidos en las Bases, no estar sujetas a modo o condición alguna y tendrán el carácter de irrevocables. ARTÍCULO 12º: CONTENIDO DE LAS OFERTAS. Las ofertas deberán contener en formato electrónico o digital lo siguiente: A. DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS: Anexo A.1. IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE, según texto contenido en estas Bases. Asimismo, deberá adjuntar los siguientes antecedentes: a) Personas naturales: 1) “Identificación del Oferente”. • Nombre completo. • Numero cédula de identidad. • Domicilio comercial. • Número de teléfono y correo Electrónico. 2) Otros Antecedentes. • Fotocopia simple de la Cédula Identidad. • Documentación donde conste la iniciación de actividades ante el SII. b) Personas Jurídicas: 1) “Identificación Oferente” • Razón Social. • Nombre de fantasía, si lo tiene. • Domicilio comercial. • Número de teléfono y correo electrónico. • Nombre del representante del oferente para todos los efectos de esta licitación, indicando además su cargo, teléfono y correo electrónico. 2) Otros Antecedentes • Fotocopia simple del Rol Único Tributario. • Fotocopia Simple de la Inscripción en el Registro Comercio. • Fotocopia simple del Certificado de vigencia otorgado CBR, con fecha no anterior a 3 meses. • Documentos que acreditan la personería de su representante legal. Tratándose de sociedades o empresas individuales de responsabilidad limitada, se debe adjuntar fotocopia de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con certificación de su vigencia, o fotocopia del Certificado de Vigencia, de fecha no anterior a 3 meses contados desde la fecha de presentación de la oferta y fotocopia del documento en que conste la personería del representante legal. Tratándose de personas jurídicas que no tengan el carácter de sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada, se deberán adjuntar los antecedentes que acrediten vigencia y la personería del representante legal, emitidos por las autoridades que correspondan. La vigencia de la personería del representante legal será requerida al momento de la suscripción del respectivo contrato. Personas Jurídicas de la Ley N.° 20.659: Estas deben acompañar Certificado de Vigencia, Certificado del estatuto Actualizado y Certificado de Anotaciones, de la correspondiente persona jurídica, señalados en el artículo 29 del Decreto Supremo N° 45 del año 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba Reglamento de Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y disolución de las Sociedades Comerciales. Unión temporal de Proveedores: En el evento, de que dos o más proveedores quieran participar del presente proceso de compra, conjuntamente a través de una Unión Temporal de Proveedores, en adelante e indistintamente UTP, deberán presentar el documento (Declaración jurada simple), en el cual se formalice la unión temporal. Asimismo, dicha Unión Temporal de Proveedores, estará sujeta a lo establecido en el artículo 67 Bis del Reglamento de la Ley N.° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, la que se tiene por expresamente reproducida en estas Bases Administrativas. La vigencia de esta UTP no podrá ser inferior a la del contrato que originará la adjudicación de la licitación, incluyendo la renovación de éste, conforme a lo señalado en el artículo 12° del Reglamento de la Ley N.° 19.886. En el caso de ser adjudicatarios quienes participen en esta modalidad, cada uno de los integrantes de dicha UTP, deberán inscribirse en el Registro de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl). Los integrantes de dicha UTP no podrán participar de otra UTP para el mismo proceso de licitación y/o de manera independiente. Los documentos que deberá acompañar la UTP son: 1) “Identificación Oferente” • Documento (Declaración jurada simple), en el cual se formalice la unión temporal. En este caso, deberán constituirse válidamente una vez que sea adjudicada la propuesta y antes del vencimiento del plazo para la suscripción del contrato respectivo. • Domicilio, número de teléfono y correo electrónico, de los (personas jurídicas o naturales), que conformarán la futura unión. • Nombre del representante, para todos los efectos de esta licitación, indicando además su cargo, teléfono y correo electrónico. Anexo A.2: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE, debidamente firmada por el proponente, persona natural o en el caso de personas jurídicas por su representante, o en ambos casos, por mandatario con poder suficiente, según texto contenido en estas Bases. B. DOCUMENTOS TÉCNICOS: Anexo B.1: PLAZO DE EJECUCIÓN. Anexo B.2: NÓMINA DE PROFESIONALES. Anexo B.3: EXPERIENCIA. C. DOCUMENTOS ECONÓMICOS Anexo C: OFERTA ECONÓMICA. NOTA 1: Los anexos de las letras A, B y C deberán acompañarse debidamente firmados en el acto de apertura, so pena de recibir menor puntuación al momento de su evaluación en el criterio de “Presentación Formal de la Propuesta”. ARTÍCULO 13º: DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS. Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura. ARTÍCULO 14°: APERTURA DE LAS OFERTAS. Sólo se procederá a abrir y revisar ofertas enviadas electrónicamente vía el portal y que hayan presentado oportunamente el instrumento que garantice la seriedad de las ofertas. Se dejará constancia al momento de la apertura de la omisión de los anexos indicados en el artículo 12º. ARTÍCULO 15°: LEVANTAMIENTO DE ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN. El licitador podrá solicitar a los oferentes, dentro del plazo de la “Evaluación de las ofertas” que salven errores u omisiones formales, (Art. 40 de DS 250 del ministerio de Hacienda del año 2004), para que, a su vez, dentro del plazo de 2 días corridos, contados desde el día siguiente del requerimiento anterior, salven los errores u omisiones formales requeridos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los proponentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los proponentes a través del Sistema de Información Pública. La entidad licitante, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los proponentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. En este caso, el proponente será evaluado en el criterio de Presentación Formal de la propuesta, con menor puntaje, de acuerdo con tabla de evaluación que contempla el artículo 17º de las presentes Bases. Transcurrido el plazo otorgado sin que el participante subsane las omisiones señaladas, se evaluará con el puntaje mínimo en el criterio “Presentación Formal de la Propuesta”. ARTÍCULO 16°: DECLARACIÓN DE DESIERTA Y/O INADMISIBILIDAD. En el caso que no se reciban ofertas o éstas no cumplan con las Bases de licitación o excedan los fondos disponibles para la ejecución de la presente obra, se declarará, fundadamente y sin más trámite, inadmisibles las ofertas y desierta la licitación. ARTÍCULO 17°: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. Dentro del plazo establecido en el artículo 4º de las presentes Bases, las ofertas serán revisadas y evaluadas por una comisión de evaluación, la que estará compuesta por: • Un arquitecto asignado por DIVBIE - JAVE. • Un Ingeniero Civil asignado por DIVBIE - JAVE. • Un Constructor civil o Ing. en Construcción asignado por DIVBIE - JAVE. La referida comisión, procederá a la revisión y análisis de los documentos y antecedentes exigidos en las Bases de Licitación y en las Bases Técnicas, elaborando un informe comparativo de las propuestas presentadas, conforme al orden de precedencia de dichas ofertas de acuerdo con los resultados de la aplicación del sistema de evaluación, de acuerdo con los siguientes criterios: FACTOR DE EVALUACIÓN PORCENTAJE ASIGNADO Oferta Económica 15% Plazo de Ejecución 15% Experiencia 40% Presentación Formal de la Propuesta 30% 1. La oferta económica: deberá presentarse en el Anexo C.1 de acuerdo con su texto y su evaluación se hará de acuerdo con lo siguiente: Se asignarán 10 puntos al proveedor que ofrezca el menor precio. A las demás ofertas se le asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: Oferta más económica X 10 Oferta evaluada 2. El plazo de ejecución: deberá presentarse en el Anexo B.1 de acuerdo con su texto y su evaluación se hará de acuerdo con lo siguiente: Menor plazo ofertado X 10 Oferta evaluada 3. Experiencia: deberá presentarse en el Anexo B.3, conforme al siguiente detalle: Si la Empresa o el profesional que se evalúa acreditan superficies mayores a la superficie máxima indicada en cada subcriterio, será evaluada con nota 10. Si la Empresa o el profesional que se evalúan acreditan superficies menores a la superficie máxima de cada subcriterio, será evaluada con el puntaje que se obtenga de la fórmula indicada a continuación: Puntaje superficie = M2 Declarados X10 M2 Máximos Subcriterios Ponderación Total Ponderación parcial Puntaje 1 Experiencia de la Empresa o Persona Natural en diseños de arquitectura y especialidades en edificaciones en altura y/o diseño estructural de edificaciones. 30% 60% Superficie máxima= 28.000 m² 2 Experiencia del Profesional Coordinador en diseños de arquitectura y especialidades en edificaciones en altura y/o diseño estructural de edificaciones. 40% Superficie máxima= 15.000 m² NOTA: En el caso de ser una persona natural se admitirá que su experiencia se evalúe tanto en el subcriterio N° 1 como también en el subcriterio N° 2. Documentos requeridos para certificar la experiencia, donde debe constar la superficie construida y el nombre de la empresa o Administrador de Contrato y el tipo de obra, según corresponda: Estado avance de obra Experiencia empresa Experiencia del Profesional Coordinador (Profesional arquitecto o Ingeniero Civil) En ejecución 1. Copia de contratos de obra suscrito con el mandante, para el caso de Instituciones a que se refiere el artículo 116 de la LGUC o, 1. Certificado de la institución a que se refiere el artículo 116 de la LGUC o, 2. Copia de permisos de edificación de la DOM, acompañado del permiso de obras previas o certificado de inicio de obras, en aquellos casos en que no aparezca el nombre de la empresa en el permiso de edificación o, 3. Copia de permisos de edificación de la DOM con copia del contrato de obra suscrito con el Mandante. 2. Permiso de edificación de la DOM y/o Certificado municipal, donde conste el nombre del profesional como responsable de la obra. Ejecutadas 1. Certificado del mandante o acta de recepción para el caso de Instituciones a que se refiere el artículo 116 de la LGUC o, 2. Recepción municipal de la DOM final o parcial. 1. Certificado de la institución a que se refiere el artículo 116 de la LGUC., o, 2. Recepción municipal de la DOM, final o parcial. y/o Certificado municipal, donde conste el nombre del profesional como responsable de la obra. NOTAS: 1. Para ambos subcriterios, no se aceptarán Órdenes de Compra ni Facturas como documentos para acreditar experiencia. 2. Para el caso de la Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar un sólo Anexo con los proyectos como experiencia, en cada uno de los subcriterios y que corresponda a cualquiera de sus integrantes, vale decir un solo formato. 4. La Presentación Formal de la Propuesta: será evaluada de conformidad con la siguiente tabla: Criterio de Evaluación Ponderación Porcentaje Puntaje Presentación formal 10% 100% 10 La oferta se presentó completamente de acuerdo con lo solicitado, habiendo adjuntado todos los documentos requeridos al presentar la oferta. 5 Se omitió la entrega de documentos requeridos al presentar la oferta, pero se acompañaron en el plazo establecido en el artículo 15º. 1 Se omitió la entrega de documentos requeridos al presentar la oferta y no se adjuntaron los documentos requeridos en el plazo establecido en el Art. 15°. El licitador se reserva el derecho de verificar los antecedentes presentados por los proponentes. En caso de empate, se seleccionará la oferta que presente mayor puntaje en el criterio de Oferta Económica, en caso de que la situación de empate persista se seleccionará la oferta con el mayor puntaje en el criterio de Experiencia, si continúa el empate, se seleccionará la oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Plazo de Ejecución. De la evaluación resultante, se elaborará un Acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión de Evaluación. Dicha Acta dará cuenta de la evaluación de las ofertas e indicará a qué proponente se sugiere adjudicar la licitación, o en su caso se propondrá declarar desierto el proceso. En caso de que corresponda, también se deberá dejar constancia en el Acta de las ofertas que no fueron evaluadas por encontrarse fuera de Bases, especificando los artículos que habrían sido vulnerados. ARTÍCULO 18°: RECLAMOS. El proponente que desee efectuar algún reclamo u observación deberá hacerlo a través del portal, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33º del Reglamento de la Ley N.º 19.886. ARTÍCULO 19°: ADJUDICACIÓN. La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo, que será notificado mediante su publicación en el portal www.mercadopublico.cl. Dicho acto administrativo deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las Bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo N.° 41 del Reglamento de la Ley N.º 19.886, aprobado por Decreto Supremo N.º 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. El plazo de adjudicación será el indicado en el artículo 4° de las presentes Bases. Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado precedentemente, el licitador informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo, indicando un nuevo plazo para la adjudicación. ARTÍCULO 20°: DEL CONTRATO. Una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de adjudicación, el licitador procederá a redactar el contrato, el que deberá suscribirse por las partes, mediante instrumento privado, dentro del plazo establecido en el artículo 4º contado desde el día siguiente de la notificación efectuada en conformidad al Artículo N.° 19º, de lo contrario, se estimará que el proponente se desiste de su oferta. En el caso que el proponente adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.chileproveedores.cl, deberá inscribirse dentro del plazo establecido para la suscripción del contrato conforme a lo dispuesto en el párrafo precedente. De este modo, para proceder a la firma del contrato, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito en el referido Registro de Proveedores. Previo a la firma del contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega de una declaración jurada firmada por su representante legal, que contenga la identificación de sus socios y accionistas principales. Se exceptúan sin embargo de dicha obligación, los adjudicatarios cuya información relativa a composición societaria y accionistas principales se encuentre disponible en el portal www.chileproveedores.cl. Asimismo, para los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo N.° 22 numeral noveno del Reglamento de la Ley N.° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Ejecución de obras, el adjudicatario deberá acreditar si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para estos efectos, el proponente adjudicado deberá acompañar el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no anterior a 10 días corridos de su fecha de presentación. En este sentido, y conforme al inciso cuarto del artículo N.° 6 de la Ley N.° 21.516, “Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2023”, se hace presente que: “las instituciones privadas, cualquiera sea su naturaleza, al momento de contratar con el Estado deberán acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que la institución privada se encuentre incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la afecte”. El contrato respectivo entrará en vigencia a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. En el caso que el adjudicatario no se inscriba en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, no concurra a suscribir el contrato una vez que el licitador lo indique o no entregue el certificado de antecedentes laborales y previsionales, se entenderá que éste no acepta la adjudicación, pudiendo el licitador hacer efectiva, sin más trámite, la garantía de seriedad de la oferta, pudiendo el Mandante readjudicar la licitación al proponente que se encuentre mejor calificado en el listado priorizado que emita la comisión evaluadora o declarar desierta la licitación. ARTÍCULO 21º: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores, el proponente adjudicado deberá, al momento de la suscripción del contrato, entregar un instrumento o documento pagadero a la vista, de realización inmediata y de carácter irrevocable, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, que garantice el fiel cumplimiento del contrato, extendida a nombre de la División de Bienestar, RUT N.° 61.101.045-1, por un valor equivalente al 5% del monto total ofertado, cuya vigencia será desde la fecha de suscripción del contrato hasta la recepción del servicio más 60 días, con una glosa que señale “Para garantizar el fiel cumplimiento de contrato para consultoría del proyecto Condominio Altos de Parinacota”. No se aceptarán garantías que contemplen cláusulas de arbitraje. En el evento que la garantía presentada por el proponente adjudicado fuese a vencer con anterioridad al cumplimiento de los requisitos para su devolución, deberá reemplazarla dentro de los 30 días corridos anteriores al vencimiento de la misma, por una garantía, del mismo valor, características y vigencia de la que está próxima a vencer. Si el proponente adjudicado no renovare la garantía en el plazo y condiciones indicados, el licitador deberá hacer efectiva la garantía vigente administrativamente y sin forma de juicio. El licitador hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, con las causales señaladas en el Artículo 77 del Reglamento de la Ley enunciada en “Vistos 2)”, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 250, en el año 2004, y las contempladas en el artículo N.° 23 de las presentes Bases. Dicho acto administrativo se publicará en el Portal www.mercadopublico.cl., a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el Artículo N.° 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el licitador pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. La devolución del documento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato se hará en un plazo máximo de 60 días corridos, contados desde la recepción del servicio. ARTÍCULO 22º: PLAZO DEL CONTRATO Y TERMINACIÓN ANTICIPADA. El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación de la resolución que lo apruebe. El plazo de ejecución se contará desde la suscripción del Acta de Inicio entre el Administrador de Contrato y el Consultor. Por su parte, el contrato terminará en forma anticipada por resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes y, sin necesidad de aviso previo y sin derecho a indemnización, en los casos siguientes: a) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, tales como la negativa a prorrogar o aumentar la garantía de fiel cumplimiento de contrato. b) El incumplimiento de la obligación de confidencialidad señalada en el artículo N.° 39 de las presentes Bases y en el caso que se produzca la situación señalada en el artículo N.° 40 relativo al reemplazo del equipo de trabajo; c) Incumplimiento grave y/o reiterado de parte del Consultor de sus obligaciones laborales y previsionales; d) Si propone o es obligado a proponer un convenio judicial preventivo; si es declarado en quiebra o se encontrare en notoria insolvencia; e) Por razones de interés público o de seguridad nacional, f) Si el Consultor no concurriere, dentro del plazo establecido a la suscripción del Acta de Inicio, g) Si el Consultor incurriera en multas y la suma alcance un monto igual o superior al 5% respecto del valor actualizado del total del contrato. h) No iniciare oportunamente la ejecución del servicio, i) Si el Consultor no acatare las órdenes e instrucciones que se le den por parte del Jefe de Proyecto o por el Administrador de Contrato. Se entiende que se contarán hasta 3 ocasiones de distintas instrucciones, cuyas constancias deberán ser por escrito. Las dos primeras ocasiones serán objeto de aplicación de multas, conforme a lo establecido en el artículo 24°, la tercera ocasión de incumplimiento de una misma orden o instrucción será causal de término anticipado de contrato. j) En los casos de incumplimiento imputables al Consultor. ARTÍCULO 23º: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. El contrato podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes, cuando dichas modificaciones tengan como finalidad lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato de hacerse cargo de situaciones imprevistas, acaecidas durante la ejecución de los servicios, que podrán derivar en un aumento del plazo contractual. Estas modificaciones deben entenderse referidas a aquellas situaciones que deriven de un cambio de proyecto que no pudo tener en cuenta el Consultor al momento de presentar su oferta y que sean necesarios para llevar a mejor término los servicios contratados. En todo caso, las modificaciones no podrán exceder de un 30% del monto original del contrato, en cuanto al plazo, será fijado prudencialmente a criterio del Mandante. El plazo del contrato podrá ser prorrogado por resolución fundada, incluyéndose como causales el caso fortuito o fuerza mayor, tales como el Covid-19. Cuando el mejor cumplimiento de las finalidades institucionales lo aconsejen, el Mandante, a recomendación del Administrador de Contrato podrá modificar el Programa de Trabajo, indemnizando al Consultor -sólo en este caso y si procediere- hasta el 50% de los mayores gastos generales proporcionales al aumento de plazo en que se incurra y que sean fehacientemente acreditados por el Consultor. ARTÍCULO 24º: MULTAS. Se aplicarán multas por incumplimientos y/o atrasos establecidos en estas Bases. Se entiende por atraso, el tiempo transcurrido en días desde la fecha de entrega fijada, hasta la fecha de recepción conforme del servicio contratado, de acuerdo con lo indicado en las Bases Técnicas adjuntas, al plazo de ejecución ofertado y Programa de Trabajo. Se entiende por incumplimiento, la no ejecución por parte del proveedor de todo o parte de las obligaciones contraídas en la forma y en el tiempo pactado, sin perjuicio de que habilita al Mandante a hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento del contrato, conforme lo establece el Reglamento contenido en el Decreto Supremo N.° 250, de la Ley N.° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios, del Ministerio de Hacienda (Párrafo 3: Garantías de fiel y oportuno cumplimiento, Artículo N° 68 y siguientes). Causales y montos conforme a la siguiente tabla: CAUSALES MONTO • Incumplimiento entrega del Programa Maestro, conforme al artículo 30. $250.000 por cada día de atraso. • Modificación del equipo de trabajo sin autorización del Mandante. • Si el Consultor no diere respuesta dentro de los 5 días hábiles siguientes al requerimiento por parte del Administrador del Contrato. • Consultor no acata órdenes de conformidad con lo establecido en el Art. 22° letra i). $150.000 por cada vez que ocurra y por cada día en que no se dé cumplimiento a la instrucción. • Incumplimiento del plazo de entrega de los hitos 0,1% por cada día de atraso • Incumplimiento del plazo de entrega final conforme al plazo establecido en la oferta. 0,2% del precio total del contrato, por cada día de atraso • No devolución del anticipo, conforme a lo establecido en las presentes Bases. 1°/00 del precio total del contrato, por cada día de atraso. • Inasistencia a reuniones de todas las especialidades. $150.000.- por una vez. Procedimiento de Aplicación de Multas: DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD RESPONSABLE 1. Detecta una situación que amerite la aplicación de una multa, la contraparte técnica de la DIVBIE informará de ello al adjudicado por carta certificada y correo electrónico y se emitirá una resolución administrativa que inicie el procedimiento de cobro de la multa, indicando los hechos que originan la infracción, sanción correspondiente y el monto. Contraparte Técnica de la DIVBIE /Entidad Licitante 2. A contar del 3° día hábil siguiente a la fecha de la notificación de la resolución mediante carta certificada o correo electrónico, el proveedor tiene un plazo de 3 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito y correo electrónico enviado a la DIVBIE, acompañando los antecedentes que respalden sus alegaciones. Proveedor adjudicado. 3. Vencido el plazo sin que hayan efectuado descargos, se aplicará la multa mediante un Resolución administrativa debidamente fundada. Entidad Licitante 4. Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos, dentro del plazo, la contraparte técnica de la DIVBIE tendrá un plazo de 5 días hábiles, a contar de la recepción de descargo, para rechazarlo o acogerlo, total o parcialmente, mediante resolución administrativa, decisión que se comunicará a través de carta certificada al proveedor adjudicado o correo electrónico al Representante Autorizado del Adjudicatario. Entidad Licitante 5. Los recursos que procedan en contra de la resolución administrativa final son los indicados en la Ley 19.880. Proveedor adjudicado. 6. Se resolverá el recurso mediante resolución administrativa fundada. DIVBIE El límite máximo de aplicación de las multas señaladas precedentemente no podrá ser superior al 5% del valor total actualizado del contrato. En el caso de que las multas cursadas superen el porcentaje antes mencionado, facultará a la Entidad Licitante a dar término anticipado al contrato, según lo señalado en el artículo precedente. La aplicación de las multas se hará unilateral y administrativamente, deduciendo su valor del estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes, en su caso; lo anterior sin perjuicio de los reclamos y/o apelaciones de carácter administrativo presentadas por el Consultor, ante las instancias determinadas para tales efectos. La aplicación de una multa no podrá implicar atraso alguno en el pago de facturas correspondiente a los respectivos estados de pago, reteniéndose de estos, únicamente, el monto de las multas, cuyo valor se pagará a la Consultor o retendrá definitivamente, en cuanto se conozcan las resultas de los reclamos, apelaciones y recursos presentados. ARTÍCULO 25°: PAGO Y ESTADOS DE PAGO. El pago del servicio efectivamente ejecutado se hará mediante Hitos. Será requisito para cursar un estado de pago, que el Consultor otorgue al Administrador de Contrato los antecedentes que acrediten que no existen deudas con los trabajadores por concepto de remuneraciones, para lo cual deberá hacer entrega de los Formularios F30 y F31, cotizaciones profesionales (debidamente pagadas), seguro contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, liquidaciones de remuneraciones e impuesto pagado al personal que corresponda. En el caso de los Subcontratos deberá entregar copia de los mismos documentos. ARTÍCULO 26°: FACTURACIÓN. Una vez aprobado el estado de pago indicado en el artículo 25°, el Consultor deberá remitir, mediante correo electrónico al Mandante la respectiva factura. La empresa Consultora podrá factorizar sus facturas por los estados de pago, lo que deberá ser informado al Mandante. Para cursar un estado de pago factorizado, el factoring deberá notificar al Mandante (Jefatura de Ahorro para la Vivienda, ubicado en Av. Libertador Bernardo O’Higgins 2334, Santiago, mediante Declaración Jurada de Cesión, que el pago deberá realizarse a otro acreedor: por su parte, la empresa Consultor deberá remitir al correo electrónico del Mandante, el certificado de anotación del SII de la cesión de la factura. (Ley N.° 19.983, de fecha 15.DIC.2004). ARTÍCULO 27°: ANTICIPO. El Consultor podrá solicitar, por escrito, un anticipo a cuenta del precio de la obra de hasta un 30% del valor del contrato primitivo, en el plazo que media entre la total tramitación del contrato y 10 días corridos después del acta de inicio, el que será pagado dentro de los 30 días corridos siguientes a la presentación de la factura correspondiente a dicha solicitud. La devolución del anticipo se hará a partir del segundo estado de pago, en forma proporcional al monto de cada estado de pago, incluyéndose las modificaciones de precio y plazo incorporadas al contrato, debiendo emplearse para ello la siguiente fórmula: MAD = (AO/CO) * OE Dónde: MAD = Monto del Anticipo a Devolver. AO = Anticipo Otorgado. CO = Valor del Contrato Original. OE = Valor de Trabajos ejecutados y aprobados, incorporados en el presente Estado de Pago, incluidos los aumentos del servicio y servicios extraordinarios, convenidos a través de modificaciones al contrato primitivo. Este anticipo deberá ser reintegrado por el Consultor a partir del segundo estado de pago y deberá quedar pagado en el penúltimo estado de pago dentro del plazo contractual, debiendo considerarse para estos efectos, todas las modificaciones contractuales que impliquen modificación de precio y plazo del contrato primitivo. En el evento que existiese un saldo insoluto, éste deberá ser pagado por el Consultor mediante la entrega de un vale vista extendido a nombre de la DIVBIE, o bien, descontado por el Mandante en el último estado de pago y si éste no fuere suficiente se hará efectiva la o las garantías del anticipo. Para el caso de terminación anticipada del contrato, su devolución íntegra será exigible de forma inmediata descontándose del estado de pago que corresponda o mediante la emisión de un vale vista o mediante el cobro de la o las garantías correspondientes al anticipo. El anticipo se reintegrará reajustado, de acuerdo con la variación del IPC que publica el Instituto Nacional de Estadística (INE), a través de sus Boletines Mensuales, que se considera sobre la base de serie empalmada. ARTÍCULO 28º: GARANTÍA POR CONCEPTO DE ANTICIPO. La devolución del anticipo por parte del Consultor deberá garantizarse con uno o más instrumentos de garantía extendidos a la orden de la División de Bienestar, RUT N° 61.101.045-1, por un valor equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo, en pesos chilenos, cuyo plazo de vigencia será el de ejecución del servicio, incluidas sus modificaciones. Los instrumentos que garanticen el anticipo podrán ser devueltos a solicitud del Consultor, en la medida que estos se encuentren amortizados, previo análisis del Mandante. ARTÍCULO 29°: ACTA DE INICIO. Una vez tramitada totalmente la resolución que aprueba el contrato suscrito por las partes, el Administrador de Contrato comunicará por escrito al Consultor el día en que deberá tener lugar la firma del Acta de Inicio, que no podrá exceder de 5 días corridos contados desde la fecha de entrada en vigencia del contrato, ésta representa el día de inicio de los servicios de acuerdo con el plazo ofertado. ARTÍCULO 30°: PROGRAMA MAESTRO. El Consultor deberá entregar, dentro de los 5 días hábiles desde la firma del Acta de Inicio un Programa Maestro, el cual será revisado por el Administrador de Contrato y la Asesoría Técnica designada por el Jefe de Proyecto, debiendo quedar aprobado hasta 5 días después del plazo anterior, de lo contrario será procedente la aplicación de multas conforme a lo establecido en los Art. 24º y 31º de las presentes Bases. El Programa Maestro deberá indicar los hitos. Esta información servirá para controlar el avance o progreso durante la ejecución del servicio y sus desviaciones. La Carta Gantt deberá contener el plazo señalado en el Artículo 31° y servirá para establecer un control y seguimiento sobre los plazos parciales de ejecución y determinar el real avance, como asimismo la procedencia de aplicar multas en conformidad de lo dispuesto en el artículo siguiente. ARTÍCULO 31°: PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo para la ejecución del servicio será el ofertado, contado desde la fecha de suscripción del Acta de Inicio, cuya constancia se dejará en el acta a que se refiere el Artículo 29°. El proponente deberá incorporar en su carta Gantt, los hitos que se indican a continuación, los cuales serán obligatorios. Estos hitos se entenderán cumplidos cuando el Consultor informe su ejecución, por medio de una carta dirigida al Administrador de Contrato, quien deberá verificar el cumplimiento de éstos y su concordancia con la carta Gantt, emitiendo para estos efectos un informe al jefe de proyecto con su conformidad. En caso de incumplimiento de los plazos establecidos para los hitos, se le aplicarán las multas establecidas en el artículo 24° de las presentes Bases, el descuento se realizará en el estado de pago siguiente a la fecha en que el acto administrativo que aplique la multa se encuentre totalmente tramitado. HITO 1: Levantamiento de la situación actual del proyecto. En esta etapa se solicita a la empresa consultora que realice un levantamiento del estado actual de la obra. Este debe contar con:  Set fotográfico del proyecto, imágenes de vista general y al detalle de cada partida. Se debe identificar cada imagen, indicando la ubicación del elemento fotografiado, la fecha del registro y una breve descripción de lo que se está evidenciando  Se debe realizar una comparación entre los planos del proyecto (General, estructura, urbanización y especialidades) y lo indicado en los estados de pago realizados hasta el momento de la paralización de la obra, debidamente valorizado.  Comparativa entre el avance indicado en los estados de pago y el real ejecutado. El resultado debe estar valorizado y en caso de existir diferencias entre lo real y lo pagado, se solicita indicar el monto real actual de la diferencia encontrada, por cada ítem.  Después de lo anterior, se debe presentar una descripción de la metodología de trabajo que empleará la consultora y se deberá evaluar si es necesario realizar una actualización de la programación inicial, sin impactar la fecha de término inicial.  El informe debe ser firmado por el profesional a cargo de la consultoría y los profesionales especialistas a cargo del levantamiento. HITO 2: Situación documental del proyecto. En esta etapa la consultora debe presentar un informe con el estado actual de los documentos del proyecto, indicando la vigencia, validez y, en caso de no estar vigentes, indicar los procesos, estudios, informes y lo necesario para subsanar la desviación. Se deben considerar dentro de la documentación a revisar:  Estudio EISTU.  Profesionales patrocinantes.  Profesionales revisores.  Factibilidades de las especialidades.  Otros organismos que sean necesarios.  La empresa consultora debe realizar también una descripción del permiso de edificación, así como también de los resultados de la mecánica de suelos. Será requisito tener aprobados los Hitos 1 y 2 para dar inicio al resto de los Hitos. HITO 3: Revisión técnica del proyecto. En esta etapa la empresa consultora debe realizar un análisis completo de todas las especialidades y su cumplimiento con la normativa vigente a la fecha del estudio. En esta etapa se deben realizar todas las pruebas y ensayos necesarios para la evaluación del cumplimiento de lo indicado en la documentación vigente del proyecto, normativa, ordenanzas, leyes y todo lo requerido. Se deben adjuntar los resultados de las pruebas realizadas a elementos estructurales y no estructurales, así como también presentar cuadro de control de las pruebas realizadas a las especialidades con su respectivo análisis realizado por el profesional especialista. Estos informes deben ser firmados por el profesional a cargo del estudio y los profesionales de las especialidades. HITO 4: Detalles constructivos. La empresa a cargo de la consultoría tendrá, de ser necesario, que realizar el diseño de las soluciones a las divergencias encontradas en el desarrollo del estudio. Se solicita los diseños de:  Elementos a construir, complementar o reforzar, que no estén considerados en el diseño original del proyecto, dependiendo de los resultados de los estudios y análisis realizados en la etapa anterior.  Diseño de las soluciones para la reparación de elementos mal construidos o deteriorados. HITO 5: Especificaciones técnicas. Se deben realizar las especificaciones técnicas de los diseños realizados en la etapa 4 así como también de las especificaciones técnicas que no estén dentro de la documentación del proyecto. HITO 6: Presupuesto. Esta etapa considera la elaboración de un presupuesto de todas las partidas que hayan sido determinadas en el estudio para dar término a la construcción de la obra, incluidas las del proyecto original y las que se deban incluir como resultado de los análisis realizados en las etapas anteriores. Se solicita incluir en el presupuesto, el precio de todos los profesionales necesarios para terminar la obra, además de los análisis de precios unitarios respectivos de cada partida. ARTÍCULO 32°: PLAZO DE CORRECCIÓN. El Administrador de Contrato, conjuntamente con la Unidad Técnica, revisará los informes parciales entregados por el Consultor pudiendo formular observaciones, sugerencia, requerimientos, solicitudes y ampliaciones al mismo, las que deberán quedar consignadas en un informe. Este informe será dado a conocer al Consultor quien tendrá un plazo máximo de 10 días corridos a contar de la fecha de la comunicación, para efectuar las correcciones que correspondan. Si se extendiera de dicho plazo estará afecto a una multa diaria, cuyo monto será el indicado en el Artículo 24º. Una vez reingresado el Informe en análisis por parte del Consultor, la Unidad Técnica verificará que las observaciones se encuentren satisfactoriamente subsanadas. Si el consultor no ha subsanado totalmente las observaciones formuladas por la Unidad Técnica, estará afecto a la misma multa diaria señalada anteriormente. Durante el plazo de revisión se suspende el plazo de ejecución del servicio para el contratista. ARTÍCULO 33º: RECEPCIÓN DEL SERVICIO. Una vez entregado el Informe Final, el Consultor solicitará por medio de una carta dirigida al Administrador de Contrato la recepción de ésta, debiendo éste verificar el fiel cumplimiento de los exigibles del contrato y en el plazo que se indique en dicho contrato. Constatado lo anterior, deberá comunicarlo al Mandante a través del Jefe de Proyecto, indicando la fecha en que el Consultor puso término al servicio. En los casos de término anticipado, se recibirá el servicio en el estado que se encuentre, debiendo en este caso, la comisión, emitir un informe detallado y valorizado de los trabajos ejecutados por el Consultor aun cuando no representen ítem completos. Si de la verificación realizada por la comisión de recepción, resulta que el servicio no está terminado o ejecutado en conformidad con los exigibles del contrato, ésta no dará curso a la recepción y elaborará un informe detallado al Mandante, a través del Jefe de Proyecto, proponiendo un plazo para que el Consultor ejecute, a su costa, los servicios que determine. ARTÍCULO 34°: CONTROL DEL SERVICIO. El control de la ejecución del servicio será responsabilidad del Administrador de Contrato, para hacer cumplir lo establecido en las presentes Bases y en los plazos previstos. Para lo anterior, desempeñará las siguientes funciones principales: • Efectuar el control administrativo del contrato. • Realizar el control técnico del servicio de diseño. ARTÍCULO 35°: CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. El Consultor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del contrato, lo anterior, es sin perjuicio de los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos, los que podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común. El Consultor podrá subcontratar parte del contrato que se suscriba, siempre que exista la autorización expresa del Administrador de Contrato, pero entendiendo que la responsabilidad y obligación de cumplimiento del contrato permanecerán en el Consultor adjudicado, como a su vez, es responsable de las obligaciones para con los trabajadores. El Consultor podrá subcontratar hasta un 30% del valor total del contrato, salvo situaciones de excepción, justificadas por el Consultor, a través de solicitud efectuada al Administrador de Contrato, quien aprobará o desechará la solicitud. Si subcontratare parcialmente algunas labores de este, el subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en el artículo 6º de las presentes Bases, y suscribir la declaración jurada simple que se acompaña como Anexo A.2. ARTÍCULO 36°: INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN. Las presentes Bases administrativas, las Bases técnicas y el contrato respectivo se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación primará lo dispuesto en las Bases técnicas o administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario. Cualquier falta, descuido u omisión de los proponentes o adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga. ARTÍCULO 37º: COMPETENCIA. Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública. Las eventuales diferencias que existieren respecto de la interpretación del contrato o del alcance de sus estipulaciones que no pudieren ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán sometidas al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para ante sus tribunales. Lo anterior sin perjuicio de las facultades que competen a la Contraloría General de la República. ARTÍCULO 38°: CONFIDENCIALIDAD. Será condición esencial del contrato el hecho que el Consultor, sus profesionales y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes, resultados, informes o hechos de que tomen conocimiento durante o con posterioridad a la ejecución de la obra contratada. En caso de transgresión de esta obligación, la División de Bienestar podrá, sin más trámite, hacer efectiva el instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de ejercer las acciones que correspondan, especialmente la indemnizatoria de perjuicios. Lo anterior, sin perjuicio de las normas de publicidad que rigen los actos administrativos. ARTÍCULO 39°: PROPIEDAD INTELECTUAL. La División de Bienestar será el único dueño de la propiedad intelectual que derive directa o indirectamente de la contratación licitada y/o de las aplicaciones que deriven de la misma. Sin perjuicio, de reconocer la autoría del proveedor adjudicado. ARTÍCULO 40°: REEMPLAZO DEL EQUIPO DE TRABAJO. La conformación y calidad del equipo de trabajo es una condición esencial del contrato. Por esta razón, el Administrador de Contrato tendrá la facultad de exigir el cambio de los integrantes del equipo propuesto en la oferta presentada por el Consultor adjudicado, en el caso que se detecten deficiencias en el desarrollo de sus labores. Para ello, se dirigirá una comunicación fundada solicitándolo y estableciendo un plazo para realizar el cambio. En este caso, el Consultor deberá proponer un reemplazante que tenga méritos similares o superiores al profesional incluido en la oferta. Asimismo, si el cambio de integrantes del equipo de trabajo es a solicitud del Consultor, éste deberá hacer la presentación por escrito, dirigida al Administrador de Contrato, a la siguiente dirección: Av. Libertador Bernardo O’Higgins 2334, Santiago, señalando la identificación completa de el o los reemplazantes, acompañando sus currículos. El Administrador de Contrato tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder. En el evento que se rechace la conformación del nuevo equipo, el Consultor podrá presentar nuevamente una lista con el o los reemplazantes, de la misma forma señalada y en el mismo plazo. En el caso que el Administrador de Contrato rechace nuevamente, se pondrá término anticipado al contrato, en atención a que la conformación y calidad del equipo de trabajo es condición esencial del mismo. ARTÍCULO 41°: PROFESIONALES. El Consultor deberá presentar la Nómina de Profesionales, conforme al Anexo B.2 de las presentes Bases, donde deberá designar un profesional denominado "Profesional Coordinador", a cargo de la administración, dirección, oficina técnica y supervisión del servicio (arquitecto o ingeniero civil), el cual deberá tener dedicación exclusiva. Todo el personal profesional acreditará su trayectoria profesional por medio de copia del certificado de título y un currículo vitae resumido (2 hojas), antecedentes que deberán adjuntar al Anexo B.2 “Nómina de Profesionales”. Profesional Requisito del cargo Respaldo entregable Profesional Coordinador Arquitecto o Ingeniero Civil. • Copia simple del Título profesional o certificado de título. • Acreditar Experiencia según Art 18º. • Curriculum Vitae de no más de 2 hojas. Además, se deberá adjuntar la siguiente documentación relativa a otros Profesionales no sujetos a evaluación: Proyecto de cálculo Ingeniero Civil estructural. ● Copia del título profesional. ● Curriculum Vitae de no más de 2 hojas. ● Documentos que acrediten superficies en proyectos u obras declaradas mediante certificado del Mandante, copia del Permiso de Edificación y/o Recepción Municipal de la obra. Proyecto Eléctrico Ingeniero civil electricista, Ingeniero de ejecución electricista. ● Copia del título profesional. ● Licencia tipo A otorgada por la SEC. Red Sanitaria Ingeniero Civil en Obras Civiles, Arquitecto, Ingeniero constructor o Constructor Civil. ● Copia del título profesional. ● Documentos que acrediten superficies en proyectos u obras declaradas por parte de la empresa sanitaria correspondiente. Red de Gas Los establecidos en el Art 4°, Decreto 191, del 10-06-1996 del Ministerio de Economía, según requerimiento de instalación. Copia del título profesional y de la acreditación conforme a decreto 191. Programación y Presupuesto itemizado. Arquitecto, Ingeniero Civil en obras civiles, Constructor Civil o Ingeniero Constructor. ● Copia del título profesional. ● Documentos que acrediten experiencia en elaboración de presupuestos e itemizado. NOTAS: 1) De faltar algunos de los documentos de acreditación indicados, se solicitarán durante la evaluación de las ofertas, disminuyendo el puntaje del Criterio “Presentación Formal de la Propuesta”. 2) En el evento que no se acrediten las calidades profesionales o técnicas exigidas, la oferta será declarada inadmisible. El Administrador de Contrato deberá llevar la programación del servicio, elaborar los Informes, presentar eventualmente las modificaciones de obras conforme a formato solicitadas por el Administrador de Contrato, elaborar las Actas de Reuniones y elaborar y presentar los Estados de Pagos Mensuales.
Documentos Técnicos
1.- BASES TÉCNICAS I. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS. A. GENERALIDADES DEL PROYECTO. El presente llamado se regirá por las Bases Administrativas y los presentes términos de Referencia, además, de los siguientes antecedentes que deben considerarse como parte integrante de este llamado a licitación, tanto en lo que se refiere a las condiciones de Contrato, del Consultor, como de las Normativas y condiciones que deben regir para el servicio.  Ley General de urbanismo y construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo Construcciones (OGUC).  Reglamento general de instalaciones de alcantarillado, agua potable, gas y electricidad de los distintos servicios (Empresas sanitarias, SEC) domiciliarios normas Nch., normas de los fabricantes en el empleo y uso de materiales.  NCh 433. Of. 96 diseño Sísmico de Edificios.  Ley 19.300 de 1994 Ley de Bases del Medio Ambiente y su Reglamento.  Técnicas alternativas para soluciones de aguas lluvias en sectores urbanos, guía de diseño aprobado por el MINVU por Decreto N.° 3 del 27.01.97- DS N.° 411, del Ministerio de Obras Públicas, de 1948, Reglamento sobre Conservación, reposición de pavimentos y trabajos por cuenta de particulares.  Ley N.° 8.946, sobre Pavimento Comunal Planos reguladores comunales, seccionales específicos y sus ordenanzas locales vigentes.  Normas Técnicas oficiales del Instituto Nacional de normalización, I.N.N., serán de aplicación obligatoria, en todo aquello que no se opone a disposiciones taxativas de las presentes Bases.  Las ordenanzas locales de la municipalidad correspondiente.  Normas específicas para discapacidad: NCh 3271, 2012 y Nch 3269, 2013.  Planos reguladores comunales, seccionales específicos y sus ordenanzas locales vigentes.  Normas técnicas oficiales del Instituto Nacional de Normalización, I.N.N., serán de aplicación obligatoria, en todo aquello que no se opone a disposición taxativas de las presentes Bases. B. DESCRIPCIÓN. La empresa consultora o consultor deberá analizar, desarrollar y elaborar un estudio completo al Conjunto Habitacional “Altos de Parinacota”, con el fin de determinar aquellas actividades o partidas necesarias a realizar para llevar a término los trabajos inconclusos. Se debe considerar todos los aspectos necesarios para cumplir con lo indicado en las leyes, ordenanzas y Normativas respectivas. El condominio en mención se encuentra ubicado en Av. Linderos N° 3277, sector Chinchorro oriente de la ciudad de Arica, el cual consta de 7 edificios, de cinco pisos de altura, con un total de 370 departamentos. Adicionalmente en este proyecto, se consideró la construcción de un Strip Center, el cual cuenta con dos niveles y área de estacionamientos para clientes, teniendo en conjunto áreas verdes y proyecto de urbanización. C. DETERMINACIÓN DE LA CONSULTORÍA. Las presentes Bases técnicas, señalan los requisitos generales de los procesos necesarios que deberá desarrollar la consultora para definir las obras, estudios u proyectos de construcción que serán necesarias ejecutar para dar termino al conjunto habitacional Sol del Norte. El servicio solicitado contempla la realización de un análisis del proyecto perteneciente al comité habitacional “Sol del Norte” de Arica, a fin de determinar las partidas necesarias a ejecutar para llevar el proyecto a término, según las especificaciones técnicas que sustentan el/los permiso/s de edificación aprobado/s para el proyecto. D. REUNIÓN DE INICIO. El Consultor deberá presentar en la reunión de inicio de la consultoría, la planificación de su programa de trabajo a modo de carta Gantt, en virtud de los plazos ofertados en el proceso de licitación. En este señalará la ruta crítica del proyecto y los subprogramas de cada fase y secuencia de actividades por especialidad. El Jefe de Proyecto efectuará una presentación inicial con antecedentes generales del requerimiento a desarrollar al consultor y su equipo de profesionales participantes, exponiendo sus alcances y requerimientos institucionales. Asimismo, desarrollará una revisión de las bases administrativas y técnicas y los términos de referencia de las especialidades. E. VISITA A TERRENO (previo al inicio del Hito 1): El Consultor deberá realizar una visita a terreno obligatoria que se programará en la reunión de inicio y se fijará dentro del desarrollo del Hito 1. Esta visita será guiada por el Jefe de Proyecto y debe asistir obligatoriamente el Administrador de Contrato, el Administrador de Obra y aquellos profesionales requeridos por el Jefe de Proyecto. F. FORMALIDADES DE PRESENTACIÓN. La consultora deberá identificar las partidas, cubicarlas y valorizarlas, a fin de obtener un ítemizado y presupuesto oficial del proyecto. Este presupuesto deberá estar sustentado por las respectivas especificaciones técnicas y planos del proyecto por cada una de las partidas a ejecutar. Es necesario detallar por unidad, por edificio y por espacio común, las partidas necesarias a ejecutar para llevar el proyecto a término, considerando la normativa asociada a itemizados. El informe deberá ser entregado en formato impreso y digital (pendrive o CD) o en aquella plataforma virtual que se defina para tales efectos, impreso a doble cara y anillado con sistema espiral. Las entregas se realizarán en las oficinas de la JAVE. Los archivos digitales de los informes serán entregados en formato DOC y PDF. Los documentos deberán ser realizados en formato tamaño oficio, con formato de texto fuente Times New Roman, tamaño 14, interlineado sencillo, y con títulos y subtítulos claramente diferenciados y numerados. Las versiones impresas deberán ser a color, impresas a dos caras, y anilladas. Para el caso de los archivos digitales, estos deberán ser archivados y clasificados en carpetas temáticas; de manera de facilitar la correcta transferencia de archivos, se solicita denominar cada archivo con nombre corto y claro. Los planos de detalles constructivos deben ser presentados en formato DWG y PDF para revisión y búsqueda. Los documentos deben ser firmados por el profesional a cargo del estudio y los profesionales responsables de informes de resultados o similares. Los elementos gráficos incorporados a los informes (fotografías, esquemas, planos, gráficos, tablas, cuadros u otros), deberán ser claramente legibles y correctamente dimensionados y diagramados respecto a los textos. Se requerirá alto estándar en el desarrollo de los elementos gráficos elaborados por el consultor (correcto uso de los colores, correcto dimensionamiento de esquemas, correcto dimensionamiento de los elementos que componen los mapas, dimensionamiento de filas y columnas de tablas). G. ESTUDIOS Y PROYECTOS SOLICITADOS. • El informe final debe contener un capítulo en el que se defina la situación general del proyecto y cuál es la recomendación de los expertos contratados, con respecto a la continuidad y viabilidad para el financiamiento del proyecto, siendo referenciado a LGUC, OGUC, P.R.C.A, de manera obligatoria. • El informe debe considerar un capítulo por cada una de las especialidades consideradas en el permiso de edificación ingresado en la DOM, siendo referenciado a LGUC, OGUC, P.R.C.A, de manera obligatoria, en el cual se evidencie el estado de avance, calidad, deterioro, cumplimiento con la normativa vigente y valorización de las tareas/partidas necesarias para la obtención del Certificado de Recepción Final Municipal. • Cada capítulo deberá contar con un listado de los documentos requeridos por el permiso de edificación, donde se indique claramente cuáles son los documentos con los que se cuenta e indicar si previamente a la recepción final municipal debiese obtenerse una modificación de permiso. (Art 5.1.17 OGUC) • Cada capítulo deberá contar con un plan de acción que incluya los lineamientos necesarios para conseguir la aprobación de la especialidad por parte de la DOM o del organismo competente, siendo referenciado a LGUC, OGUC, P.R.C.A, de manera obligatoria. H. REUNIONES DE COORDINACIÓN. Para permitir el seguimiento y control del desarrollo del proyecto, el Consultor deberá participar en reuniones de trabajo, donde se informará el estado de avance. Estas, serán de carácter obligatorio y se realizarán en el lugar dispuesto por el Mandante, con la participación obligatoria del Profesional Coordinador de la Consultora definido en la propuesta técnica, asimismo y según lo defina el Jefe de Proyecto, deberán participar otros especialistas requeridos en cada oportunidad. El Consultor será responsable de levantar una minuta de cada reunión, en la cual se identifiquen: la fecha de realización, los participantes, las opiniones, instrucciones del mandante y acuerdos adoptados; estos últimos deberán registrar junto al acuerdo, el (o los) responsable(s) de su ejecución y la fecha de cumplimiento de este. La minuta deberá remitirse vía correo electrónico al Jefe de Proyecto con un máximo 2 días hábiles posteriores a la reunión. Sólo el Mandante, a través del Jefe de Proyecto podrá modificar o alterar el programa de reuniones definido. ANEXO A.1 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE (El llenado se deberá hacer según la categoría del oferente) Persona Natural Nombre completo Cédula nacional de identidad Domicilio comercial Correo electrónico Teléfono Persona Jurídica Nombre o razón social RUT empresa Nombre de fantasía Domicilio comercial Correo electrónico Teléfono del representante legal Nombre del representante legal Cédula nacional de identidad del representante legal Correo electrónico del representante legal. Unión temporal de Proveedores (llenar este formulario con los antecedentes de cada uno de los que integrarán la futura unión temporal, por separado) Nombre o razón social RUT empresa o persona natural Domicilio comercial Correo electrónico Teléfono del representante legal Nombre del representante legal Cédula nacional de identidad del representante legal Correo electrónico del representante legal. Persona Natural que representará la Unión Temporal de Proveedores para todos los efectos de esta licitación: Nombre completo Cédula nacional de identidad Cargo dentro de la unión temporal Domicilio comercial Correo electrónico Teléfono ________________________ FIRMA y CI O RUT (Persona Natural o Representante Legal individualizado en el Anexo A1) ANEXO A.2 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE Santiago, __ de ________ de 2023, Yo_______________________________, de nacionalidad_________, de profesión __________, de estado civil _______, RUT Nº____________________, domiciliado (a) en ____________________________, comuna _________________, por el presente instrumento declaro bajo juramento que: No participan en esta propuesta, directamente o como apoderados, personas naturales que tengan la calidad de funcionarios del Ejército de Chile, que se desempeñen en él en cumplimiento de las obligaciones emanadas de contratos de trabajo o de ejecución de obras, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas, como tampoco, personas jurídicas cuyos representantes, directores, administradores y socios sean titulares del diez por ciento o más de los derechos o acciones, según sea la naturaleza de la sociedad, tengan la misma calidad o desempeño. No participan en esta propuesta además personas que hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años, como tampoco aquellas a quienes les afecte la prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8º y 10º de la Ley 20.393 que "Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica", del año 2009. Además, no participan personas que se encuentren condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N.° 211, de 1973, esto es, que se le ha impuesto la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde la sentencia definitiva quede ejecutoriada. ________________________ FIRMA y CI O RUT (Persona Natural o Representante Legal individualizado en el Anexo A1) Para el caso de la Unión Temporal de Proveedores, cada futuro integrante deberá llenar esta Declaración Jurada. ANEXO B.1 PLAZO DE EJECUCIÓN El oferente que firma el presente Anexo se compromete a desarrollar la ejecución de la obra denominada “Consultoría para concluir con el proyecto Condominio Altos de Parinacota”, singularizados en los Antecedentes Técnicos de la licitación, en el plazo de ____________días corridos, (____________________________días corridos), (indicar el plazo en números y palabras). ___________________ FIRMA y CI O RUT (Persona Natural o Representante Legal individualizado en el Anexo A.1) El plazo indicado en el presente anexo tiene prioridad sobre cualquier otro documento de la oferta. ANEXO B.2 NÓMINA DE PROFESIONALES DE LA OBRA Profesional evaluado: CARGO NOMBRE Y APELLIDOS RUT Nº PROFESIÓN Profesional Coordinador ____Arquitecto. ____ Ingeniero Civil. (Marcar con X) Profesionales no evaluados: Proyecto de cálculo Ingeniero Civil estructural. Nombre: ______________________. Cédula de Identidad: ____________. ● Copia del título profesional. ● Curriculum Vitae. ● Documentos que acrediten superficies. Proyecto Eléctrico Ingeniero civil electricista, Ingeniero de ejecución electricista. Nombre: ______________________. Cédula de Identidad: ____________. ● Copia del título profesional. ● Licencia tipo A otorgada por la SEC Red Sanitaria Ingeniero Civil en Obras Civiles, Arquitecto, Ingeniero constructor o Constructor Civil. Nombre: ______________________. Cédula de Identidad: ____________. ● Copia del título profesional. ● Documentos que acrediten superficies en proyectos u obras declaradas por parte de la empresa sanitaria correspondiente. Red de Gas Los establecidos en el Art 4°, Decreto 191, del 10-06-1996 del Ministerio de Economía, según requerimiento de instalación. Nombre: ______________________. Cédula de Identidad: ____________. Copia del título profesional y de la acreditación conforme a decreto 191. Programación y Presupuesto itemizado. Arquitecto, Ingeniero Civil en obras civiles, Constructor Civil o Ingeniero Constructor. Nombre: ______________________. Cédula de Identidad: ____________. ● Copia del título profesional. ● Documentos que acrediten experiencia en elaboración de presupuestos e itemizado. NOTAS: Conforme lo indicado en el Artículo 4°, se deberá dar cumplimiento a lo que se indica a continuación: 1) Todo el personal profesional o técnico acreditará su trayectoria profesional por medio de copia del certificado de título y un currículo vitae resumido (2 hojas), adjunto a la nómina. 2) De faltar algunos de los documentos de acreditación indicados, se disminuirá la nota del Criterio “Presentación Formal de la Propuesta". 3) Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, si no se acredita el título profesional en la etapa señalada en el Artículo 15°, la oferta será declarada inadmisible. ________________________ FIRMA y CI O RUT (Persona Natural o Representante Legal individualizado en el Anexo A.1.) ANEXO B.3 EXPERIENCIA El presente Anexo deberá ser completado con el listado de hasta 5 proyectos ejecutados en los últimos 10 años, seleccionados por el propio proponente en cada uno de los ítems que se señalan a continuación: Experiencia de la empresa o persona natural en diseño de arquitectura y especialidades en edificaciones en altura y/o diseño estructural de edificaciones: Nº NOMBRE DEL PROYECTO MANDANTE AÑO EJECUCIÓN SUPERFICIE M2 1 2 3 4 5 Total __________m² Experiencia del Profesional Coordinador en diseño de arquitectura y especialidades en edificaciones en altura y/o diseño estructural de edificaciones: Nº NOMBRE DEL PROYECTO MANDANTE AÑO EJECUCIÓN SUPERFICIE M2 1 2 3 4 5 Total __________m² NOTA: 1) Sólo se evaluarán los 5 primeros proyectos, en el caso que algún oferente indique 6 o más, ellos no serán evaluados. 2) En el evento que el consultor y el Profesional Coordinador sean la misma persona podrá presentar los mismos proyectos en ambos sub criterios. ______________________ FIRMA y CI O RUT (Persona Natural o Representante Legal individualizado en el Anexo A1)
 
Documentos Económicos
1.- OFERTA ECONÓMICA El oferente que firma el presente Anexo, se compromete a desarrollar la ejecución de la obra denominada “ Consultoría para concluir con el proyecto Condominio Altos de Parinacota”, para lo cual propone lo siguiente: ÍTEM PORCENTAJE VALOR $ COSTO DIRECTO -.- $_______________, (____ pesos) UTILIDADES ___________% $_______________, (____ pesos) GASTOS GENERALES ____________% $_______________, (____ pesos) COSTO NETO -.- $_______________, (____ pesos) IMPUESTO _____% $_______________, (____ pesos) TOTAL -.- $_______________, (____ pesos) (Indicar el monto en número y palabras) NOTAS: 1. Los porcentajes deberán ser redondeados a dos decimales y los valores monetarios, redondeados al entero. 2. Los valores indicados en el presente anexo tienen prioridad sobre cualquier otro valor indicado en otros documentos de la oferta. _____________________ FIRMA y CI O RUT (Persona Natural o Representante Legal individualizado en el Anexo A1) 2° El gasto que irrogue la presente licitación para la contratación del servicio de “Consultoría para concluir con el proyecto Condominio Altos de Parinacota” se realizará con cargo al Centro de Financiero CF 750120 y al Centro de Costos CC 1100080071 ANÓTESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE EN EL PORTAL www.mercadopublico.cl
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta económica 1. La oferta económica: deberá presentarse en el Anexo C.1 de acuerdo con su texto y su evaluación se hará de acuerdo con lo siguiente: Se asignarán 10 puntos al proveedor que ofrezca el menor precio. A las demás ofertas se le asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: Oferta más económica X 10 Oferta evaluada 15%
2 Plazo de ejecución 2. El plazo de ejecución: deberá presentarse en el Anexo B.1 de acuerdo con su texto y su evaluación se hará de acuerdo con lo siguiente: Menor plazo ofertado X 10 Oferta evaluada 15%
3 Experiencia 3. Experiencia: deberá presentarse en el Anexo B.3, conforme al siguiente detalle: Si la Empresa o el profesional que se evalúa acreditan superficies mayores a la superficie máxima indicada en cada subcriterio, será evaluada con nota 10. Si la Empresa o el profesional que se evalúan acreditan superficies menores a la superficie máxima de cada subcriterio, será evaluada con el puntaje que se obtenga de la fórmula indicada a continuación: Puntaje superficie = M2 Declarados X10 M2 Máximos Subcriterios Ponderación Total Ponderación parcial Puntaje 1 Experiencia de la Empresa o Persona Natural en diseños de arquitectura y especialidades en edificaciones en altura y/o diseño estructural de edificaciones. 30% 60% Superficie máxima= 28.000 m² 2 Experiencia del Profesional Coordinador en diseños de arquitectura y especialidades en edificaciones en altura y/o diseño estructural de edificaciones. 40% Superficie máxima= 15.0 40%
4 Presentación formal de la propuesta 4. La Presentación Formal de la Propuesta: será evaluada de conformidad con la siguiente tabla: Criterio de Evaluación Ponderación Porcentaje Puntaje Presentación formal 10% 100% 10 La oferta se presentó completamente de acuerdo con lo solicitado, habiendo adjuntado todos los documentos requeridos al presentar la oferta. 5 Se omitió la entrega de documentos requeridos al presentar la oferta, pero se acompañaron en el plazo establecido en el artículo 15º. 1 Se omitió la entrega de documentos requeridos al presentar la oferta y no se adjuntaron los documentos requeridos en el plazo establecido en el Art. 15°. El licitador se reserva el derecho de verificar los antecedentes presentados por los proponentes. En caso de empate, se seleccionará la oferta que presente mayor puntaje en el criterio de Oferta Económica, en caso de que la situación de empate persista se seleccionará la oferta con el mayor puntaje en el criterio de Experiencia, si continúa el empate, se seleccionará la ofer 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Fondos propios
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Evelyn Burdiles Manquehuil
e-mail de responsable de pago: eburdiles.jave@ejercito.cl
Nombre de responsable de contrato: Verónica B Isbej Morales
e-mail de responsable de contrato: giturrieta.jave@ejercito.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-26934005-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: División de Bienestar
Fecha de vencimiento: 28-08-2023
Monto: 4200000 Peso Chileno
Descripción: : GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. Para presentar ofertas, cada proponente deberá entregar materialmente conforme a lo indicado en el Artículo 4º “Cronograma”, en Av. Libertador Bernardo O’Higgins 2334, Santiago, un instrumento o documento pagadero a la vista, de realización inmediata y de carácter irrevocable, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, que garantice la seriedad de la oferta, extendido a nombre de la División de Bienestar, RUT N.° 61.101.045-1 por la suma de $4.200.000.- (cuatro millones doscientos mil pesos), con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días contados desde el día siguiente de la fecha de la apertura de la propuesta, con una glosa que señale
Glosa: “Para garantizar seriedad de la oferta para consultoría del proyecto Condominio Altos de Parinacota”.
Forma y oportunidad de restitución: Para las boletas de garantía y Vale a la Vista, se deberán entregar físicamente en la dirección antes indicada. Para el caso de las Pólizas y Certificados de Fianza, estas podrán enviarse por correo electrónico al siguiente correo: giturrieta.jave@ejercito.cl, siendo responsabilidad del oferente que los documentos enviados estén correctamente emitidos, no aceptándose garantías que contemplen cláusulas de arbitraje, de lo contrario la oferta será rechazada. El horario de entrega material de la garantía será de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 horas. El horario para entrega de las garantías emitidas electrónicamente será hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, conforme se señala en el artículo 4° de las presentes Bases Administrativas. La no entrega de la referida garantía, en el plazo y condiciones señalados, producirá el rechazo inmediato de la oferta. En el evento que el vencimiento de la referida garantía se verificase con anterioridad a la suscripción del contrato, el proponente deberá reemplazarla, dentro de los 15 días corridos anteriores al vencimiento de ésta, por otra garantía, por el mismo valor, características y vigencia que la próxima a vencer. La no entrega de la referida garantía en el plazo y condiciones señalados, producirá el rechazo inmediato de la oferta. El licitador devolverá el instrumento que garantiza la seriedad de la oferta, al proponente adjudicado, una vez que la resolución que aprueba el contrato se encuentre totalmente tramitada y haya entregado el instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato. La devolución del instrumento de garantía de seriedad de la oferta a los proponentes no adjudicados y a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la notificación de la resolución que aprueba el contrato. Será responsabilidad de cada proponente retirar dicho instrumento desde la Jefatura de Ahorro para la Vivienda, ubicada en Av. Libertador Bernardo O’Higgins 2334, Santiago. La DIVBIE, se reserva el derecho de ejecutar la garantía de seriedad de la oferta cuando: 1) por un hecho imputable al adjudicado, no reemplace la garantía dentro del plazo otorgado para ello cuando se encuentre próxima a vencer, 2) no concurra a la suscripción del contrato respectivo, 3) no presente, en tiempo y forma, la garantía de fiel cumplimiento de contrato, 4) no se habilite en el registro de proveedores; 5) no acompañe los documentos solicitados para contratar.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: División de Bienestar del Ejército
Fecha de vencimiento: 20-03-2024
Monto: 5 %
Descripción: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores, el proponente adjudicado deberá, al momento de la suscripción del contrato, entregar un instrumento o documento pagadero a la vista, de realización inmediata y de carácter irrevocable, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, que garantice el fiel cumplimiento del contrato, extendida a nombre de la División de Bienestar, RUT N.° 61.101.045-1, por un valor equivalente al 5% del monto total ofertado, cuya vigencia será desde la fecha de suscripción del contrato hasta la recepción del servicio más 60 días, con una glosa que señale
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento de contrato para consultoría del proyecto Condominio Altos de Parinacota”.
Forma y oportunidad de restitución: No se aceptarán garantías que contemplen cláusulas de arbitraje. En el evento que la garantía presentada por el proponente adjudicado fuese a vencer con anterioridad al cumplimiento de los requisitos para su devolución, deberá reemplazarla dentro de los 30 días corridos anteriores al vencimiento de la misma, por una garantía, del mismo valor, características y vigencia de la que está próxima a vencer. Si el proponente adjudicado no renovare la garantía en el plazo y condiciones indicados, el licitador deberá hacer efectiva la garantía vigente administrativamente y sin forma de juicio. El licitador hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, con las causales señaladas en el Artículo 77 del Reglamento de la Ley enunciada en “Vistos 2)”, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 250, en el año 2004, y las contempladas en el artículo N.° 23 de las presentes Bases. Dicho acto administrativo se publicará en el Portal www.mercadopublico.cl., a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el Artículo N.° 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el licitador pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. La devolución del documento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato se hará en un plazo máximo de 60 días corridos, contados desde la recepción del servicio.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Inhabilidades
ARTÍCULO 6º: INHABILIDADES. No podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas a quienes les afecten algunas de las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 4° de la Ley N.º 19.886, como tampoco las personas jurídicas a quienes les afecte la prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8º y 10º de la Ley N.º 20.393, del año 2009, que "Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica". Junto con lo anterior, no podrán participar aquellos oferentes que se encuentren condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N.° 211, de 1973, esto es, que se le ha impuesto la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde la sentencia definitiva quede ejecutoriada. Para estos efectos, el proponente deberá suscribir la declaración jurada simple que se acompaña como Anexo A.2.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.