Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo al siguiente orden:
1) La que tenga mayor puntuación en el criterio económico, si continúa el empate
2) La que tenga mayor puntaje en el criterio tiempo de respuesta, si continúa el empate
3) La que tenga mayor puntaje en requisitos antecedentes administrativos
4) Finalmente se resolverá quien haya ofertado primero en el Portal del Mercado Público lo que se verificará mediante la emisión del respectivo certificado del mercado público.
Conforme a lo estipulado en la Ley Nº 19.886 la Municipalidad podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación por resolución fundada si no se presentaren ofertas, o bien, si habiéndose presentado, estás no resultasen convenientes a sus intereses.