Licitación ID: 4956-20-LP23
CONSTRUCCIÓN ZONAS DE PICNIC PARQUE LAS PALMERAS
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE RENCA, I MUNICIPALIDAD DE RENCA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
“CONSTRUCCIÓN ZONAS DE PICNIC PARQUE LAS PALMERAS, COMUNA DE RENCA” CÓDIGO BIP Nº 40042237-0  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSTRUCCIÓN ZONAS DE PICNIC PARQUE LAS PALMERAS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Las presentes Especificaciones Técnicas tienen por objeto complementar y precisar los planos del proyecto, además de enumerar el conjunto de características y requisitos mínimos que deberán cumplir las obras necesarias para su ejecución, así como la calidad de los materiales a emplear en ella. Se ha tenido para ello en consideración las normas y disposiciones urbanísticas y técnicas relativas a todas las obras especificadas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE RENCA
Unidad de compra:
I MUNICIPALIDAD DE RENCA
R.U.T.:
69.071.200-8
Dirección:
BLANCO ENCALADA 1335
Comuna:
Renca
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-04-2023 14:00:00
Fecha de Publicación: 07-03-2023 16:34:11
Fecha inicio de preguntas: 07-03-2023 18:00:00
Fecha final de preguntas: 20-03-2023 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-03-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-04-2023 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-04-2023 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 03-05-2023 14:06:32
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO VOLUNTARIA en Hall Central Municipalidad de Renca, Blanco encalada #1335 a las 10:00 horas 16-03-2023 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- REMÍTASE AL PUNTO 8.1 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
Documentos Técnicos
1.- REMÍTASE AL PUNTO 8.2 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
 
Documentos Económicos
1.- REMÍTASE AL PUNTO 8.3 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos REMÍTASE AL PUNTO 10 PAUTA DE EVALUACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES. 5%
2 Experiencia de los Oferentes REMÍTASE AL PUNTO 10 PAUTA DE EVALUACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES. 25%
3 Precio REMÍTASE AL PUNTO 10 PAUTA DE EVALUACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES. 70%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: GORE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 120 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Dirección de Administración y Finanzas
e-mail de responsable de pago: Finanzas@renca.cl
Nombre de responsable de contrato: Dirección de Asesoría Jurídica
e-mail de responsable de contrato: Juridico@renca.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-26856600-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I. Municipalidad de Renca, RUT: 69.071.200-8.
Fecha de vencimiento: 07-07-2023
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: No inferior a 90 días corridos, desde la fecha de cierre original para presentación de las ofertas en el portal.
Glosa: Garantía de Seriedad de la Oferta Propuesta Pública “CONSTRUCCIÓN ZONAS DE PICNIC PARQUE LAS PALMERAS, COMUNA DE RENCA” CÓDIGO BIP Nº 40042237-0" ID 4956-20-LP23
Forma y oportunidad de restitución: Los documentos de Garantía de Seriedad de la Oferta serán devueltos (sin intereses ni reajustes) en la Tesorería Municipal de Renca, de acuerdo a lo siguiente: a) Respecto de los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, podrán retirar la garantía a contar del día hábil siguiente a la fecha en que el Decreto que declare la adjudicación haya sido publicada en la plataforma www.mercadopublico.cl b) Se devolverá a todos los participantes si es que el Municipio “Revoca” la licitación, a partir del día hábil siguiente a la fecha en que el Decreto que declare la Revocación haya sido publicada en la plataforma www.mercadopublico.cl c) A quienes habiendo pasado a la etapa de evaluación y su oferta no resulta favorecida, se les devolverá al día hábil siguiente, después de publicado el Decreto que Adjudica la licitación. Ello a excepción del oferente que obtuviera obtenido el 2° y 3° lugar en la evaluación a quién se le devolverá la Garantía respectiva una vez publicado el decreto que ratifica el contrato en la plataforma www.mercadopublico.cl. d) Se devolverá la Garantía a petición del Adjudicatario, cinco (5) días hábiles después de suscribirse el contrato. e) Se devolverá a todos los participantes que hayan pasado a la etapa de evaluación si es que el Municipio decide “declara desierta” la licitación, a partir del día siguiente de la publicación del correspondiente decreto en la plataforma www.mercadopublico.cl.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL METROPOLITANO DE SANTIAGO RUT N°61.923.200-3
Fecha de vencimiento: 01-03-2024
Monto: 5 %
Descripción: Plazo del contrato más 120 días corridos
Glosa: Garantía de Fiel y oportuno Cumplimiento del Contrato de la Propuesta Publica “CONSTRUCCIÓN ZONAS DE PICNIC PARQUE LAS PALMERAS, COMUNA DE RENCA” CÓDIGO BIP Nº 40042237-0, ID 4956-20-LP23
Forma y oportunidad de restitución: Se deja constancia que en caso de que haga efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato por las causales establecidas en el presente punto, El contratista deberá restituir la garantía en los mismos términos y condiciones de la boleta de garantía original. La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será devuelta al Contratista a su solicitud por el Gobierno Regional Metropolitano, previo requerimiento de la Unidad Técnica (Municipalidad), lo cual se realizará una vez aprobada el Acta de Recepción Provisoria y hayan transcurrido 120 días corridos y entrega de Garantía de Correcta Ejecución de la Obra. Con todo, la Unidad Técnica (Municipalidad) quedará facultada para requerir que el Contratista exhiba la documentación que acredite el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales con sus trabajadores, incluyendo los comprobantes de pago de las cotizaciones previsionales y de seguridad social, y los finiquitos suscritos con los trabajadores por el término de la obra o faena.
    Otras Garantías
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL METROPOLITANO DE SANTIAGO, RUT N°61.923.200-3
Fecha de vencimiento: 22-10-2024
Monto: 5 %
Descripción: 365 días corridos, a partir de la fecha del acta de Recepción Provisoria sin reservas.
Glosa: Correcta Ejecución de la Obra “CONSTRUCCIÓN ZONAS DE PICNIC PARQUE LAS PALMERAS, COMUNA DE RENCA” CÓDIGO BIP Nº 40042237-0, ID 4956-20-LP23.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de existir reparaciones, y que su ejecución implique un plazo mayor a la vigencia de esta Garantía, esta deberá ampliarse por el plazo que determine el ITO. Lo anterior, sin perjuicio del plazo legal de Responsabilidad Civil establecida en la normativa vigente. Una vez liquidado el contrato, la Unidad Técnica (Municipalidad) solicitará al Mandante (GORE) la devolución de la Garantía de correcta ejecución de la Obra al Contratista.
   
Beneficiario: I. Municipalidad de Renca, RUT: 69.071.200-8.
Fecha de vencimiento: 30-01-2024
Monto: 1000 Unidad de Fomento
Descripción: Igual al plazo de la ejecución de la obra más 30 días corridos.
Glosa: Garantía Seguro de Responsabilidad Civil “CONSTRUCCIÓN ZONAS DE PICNIC PARQUE LAS PALMERAS, COMUNA DE RENCA” CÓDIGO BIP Nº 40042237-0, ID 4956-20-LP23.
Forma y oportunidad de restitución: Esta póliza será devuelta al contratista a su solicitud una vez que se realice la Recepción Provisoria sin Observaciones, la cual será aprobada por Decreto Alcaldicio.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Municipalidad podrá readjudicar la Licitación a la segunda propuesta que sigue en orden de prelación, y así sucesivamente, dejando sin efecto la Adjudicación previa, en los siguientes casos: a. Si el Adjudicatario no concurre a firmar el Contrato en el plazo establecido; no entrega toda la documentación e inscripciones exigidas para contratar; o la garantía y póliza de seguros, en el plazo y forma solicitada en las presentes Bases y en las Bases Administrativas Especiales. b. Si el Adjudicatario se desiste de su Oferta. c. Si se invalida el acto administrativo que adjudicó la licitación. d. Si el Adjudicatario se encuentra afecto a algunas de las inhabilidades señaladas en el artículo 4 de la Ley 19.886, y lo señalado en las presentes Bases. e. Cuando el adjudicatario o uno o más integrantes de una UTP adjudicataria, no acredite encontrarse inscrito en estado “Hábil” en el registro de proveedores de la Dirección de Compras Públicas, previo a la suscripción del contrato. En caso de que la inhabilidad afecte a algún integrante de La UTP, los demás integrantes podrán continuar conforme al artículo 67 bis inciso 6° del Reglamento de la Ley N° 19.886, solo en la eventualidad de que el integrante inhabilitado no haya aportado alguno de los elementos que sean determinantes en la evaluación. f. Si se comprueba la falsedad de algún elemento de su oferta. g. Si el Adjudicatario infringe el pacto de integridad y confidencialidad. h. Si se adjudicó la propuesta a una UTP conformada por 2 miembros y se retira uno de ellos
Resolución de Empates

En el evento de tener ofertas en igualdad de puntaje, prevalecerá la asignación de acuerdo al siguiente orden prelación:

  1. Mejor puntaje Oferta Económica.
  2. Mejor puntaje Experiencia.
  3. Mejor puntaje Cumplimiento Requisitos Formales.

Entre aquellos oferentes que continúen empatados, luego de aplicar todos los criterios señalados en la pauta de evaluación, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.


Pacto de integridad

El contratista deberá observar, durante toda la época presentación de ofertas y de ejecución del contrato, el más alto estándar ético como le es exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III del D.F.L. N°1/19.653, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Para los anterior, el contratista declara que, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalan en los Bases y demás documentos integrantes, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El contratista se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos esenciales de la persona humana, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir los efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
  2. El contratista se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta o cotización, en el proceso ofertas, adjudicación y de contratación, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en la ejecución del contrato. De esta forma, el contratista tiene plena conciencia de que dichas prácticas constituyen delitos, cuya penalidad fue aumentada por la Ley N° 21.121 que modifica el Código Penal y otras normas legales para la prevención, detección y persecución de la corrupción.
  3. El contratista se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  4. El contratista se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar en la ejecución del contrato, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  5. El contratista se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en la ejecución del contrato.
  6. El contratista manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en los términos de referencia y en el presente contrato.
  7. El contratista reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. El contratista se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud del contrato, incluidos sus subcontratado, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
  8. El contratista no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El contratista, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo y ejecución de la obra, debiendo  adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose este Municipio, el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida durante la vigencia del contrato. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.

El incumplimiento del presente punto, y verificado que sea este, dará derecho a la Municipalidad a poner término inmediato al presente contrato, sin indemnización de ninguna especie, y sin perjuicio de perseguir la responsabilidad penal o civil en contrata de los responsables.