Licitación ID: 4999-12-L121
ADQUISICIÓN MATERIALES E INSUMOS DE ASEO SP ATAC
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA, Depto. de Salud
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 20
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Paños para herramientas 1 Global
Cod: 31211901
LISTADO COMPLETO SEGUN ESPECIFICACIONES TECNICAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN MATERIALES E INSUMOS DE ASEO SP ATAC
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Departamento de Salud de la Municipalidad de San Pedro de Atacama, hace un llamado a propuesta pública para la gestionar la adquisición de materiales y útiles de aseo para los Establecimientos de Salud de Comuna San Pedro de Atacama, ya que debido a la contingencia ocasionada en el país por COVID 19 se tiene que evitar la interrupción de las atenciones y minimizar el riesgo de contagio. De tal manera, las presentes bases de licitación regularan este proceso, cuyos oferentes deben cumplir los requisitos de estas Bases.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA
Unidad de compra:
Depto. de Salud
R.U.T.:
69.252.500-0
Dirección:
GUSTAVO LE PAGE 328
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-10-2021 12:00:00
Fecha de Publicación: 15-10-2021 10:43:42
Fecha inicio de preguntas: 15-10-2021 11:01:00
Fecha final de preguntas: 18-10-2021 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-10-2021 9:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-10-2021 12:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-10-2021 12:01:00
Fecha de Adjudicación: 08-11-2021 11:13:25
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Deberán presentar en formato digital en el portal www.mercadopublico.cl, salvo aquellos incorporados en www.chileproveedores.cl :  Declaración simple de aceptación de las Bases Administrativas (Anexo 1-A o 1-B).  Declaración jurada simple del participante persona natural o del representante de la persona jurídica o unión temporal de proveedores conforme al artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886, que indique que no es un funcionario directivo del Municipio, ni que se encuentre unido a alguno de los mencionados funcionarios por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del DFL N° 1, del 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni es socio de una sociedad de personas en que aquellos o éstas formen parte, ni tenga participación en sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni es socio en una sociedad anónima abierta en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. Que indique que no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, dentro de los anteriores 2 años. Que indique que no ha incurrido en las conductas previstas por la Ley N°20.393, en los artículos 8 y 10, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. Así como no haber sido condenado por delitos concursales, según el Código Penal (art. 401, ley 20.720), dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el servicio. (Anexo 2-A o 2-B).  En el caso de UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, esta Declaración Jurada debe ser presentada por cada integrante y estar suscrita por el respectivo integrante o representante legal del respectivo integrante, según sea el caso. Al momento de ofertar, conforme lo establece el Reglamento de Compras en su artículo 67 bis, si dos o más proveedores se unen para efectos de participar en esta licitación, deben adjuntar el documento que formalice la unión entre ellos y detalle:  La solidaridad entre las partes respecto de las obligaciones que deriven de la licitación.  El nombramiento del representante o apoderado común con poderes suficientes.  La razón social que facturará y a la cual se le harán los pagos; el que deberá constar por Escritura Pública Vigencia de la UTP, la que no puede ser inferior a la vigencia de la orden de compra señalada en estas bases.  Completar antecedentes anteriores en Anexo 2-B.
Documentos Técnicos
1.- La presente licitación publicada en el portal www.mercadopublico.cl, estará regulada por el presente proceso, estableciéndose su calendarización en numeral 4 Bases Técnicas. Los participantes deberán presentar sus ofertas en el portal www.mercadopublico.cl el día y hora establecida en el Calendario General, debiendo contener lo siguiente: a) Vigencia de los productos: Los productos contemplados en la presente licitación debe contar con una fecha de vencimiento superior a 18 meses, contados desde la fecha de envío de los productos. De no ser así, la Municipalidad de San Pedro de Atacama será considerada inadmisible la oferta. b) No se aceptará insumos de aseo dañados por trasporte, fallas, estar vencidos y/o mal almacenamiento. c) Los insumos deben ser proporcionados en envase comercial que garanticen su estabilidad y confiabilidad al momento de ser utilizados. d) Presentación: Indicar la cantidad que incluye cada presentación, ya que las cantidades adjudicadas se ajustaran a presentación ofertada. e) Fletes y recargos: El oferente deberá considerar que el transporte de los insumos de aseo es de su cargo. f) Se adjudicara las cantidades que se enmarquen en presupuesto disponible, pudiendo disminuirlas o aumentarlas.
 
Documentos Económicos
1.- El adjudicatario deberá nombrar a una persona como contraparte ante el Departamento de Salud Municipal, quien tendrá como función concentrar la actividades de coordinación entre ambas partes, procurando asegurar una atención íntegra, informada y proporcionando solución oportuna y eficiente a los requerimientos del Municipio.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos PRESENTA INFORMACION COMPLETA Y SIN OBSERVACIONES AL CIERRE DE LAS OFERTAS 100 CUMPLE CON LOS REQUISITOS FORMALES CONTENIDOS EN LAS PRESENTES BASES DENTRO DEL NUEVO PLAZO DE 2 DIAS CORRIDOS, DESPUES DEL CIERRE. 50 NO PRESENTA LA TOTALIDAD DE LOS ANTECEDENTES SOLICITADOS EN BASES O NO INFORMA. 0 10%
2 Plazo de Entrega Entre 24 y 48 horas 100 Entre 49 y 72 horas 50 Sobre 72 horas o NO INFORMA 10 40%
3 Precio PRECIO MINIMO (MENOR VALOR OFERTA) 100 SEGUNDO MENOR PRECIO OFERTADO 70 TERCER MENOR PRECIO OFERTADO 50 CUARTO O MAS PRECIO OFERTADOS 10 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO DEPARTAMENTO DE SALUD
Contrato con Renovación: NO
Observaciones CONVENIO ALBEMARLE 2020
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: KAREN PEREIRA SELTI
e-mail de responsable de pago: karen.pereira@munispa.cl
Nombre de responsable de contrato: KARINA CHAYLE CRUZ
e-mail de responsable de contrato: finanzassalud@munispa.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-55-2569201-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Queda expresamente prohibido al adjudicatario, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, y a cualquier título, las obligaciones contenidas en las presentes bases de licitación.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de empate, se adjudicará al proveedor que oferta insumos de aseo con menor Precio.
Si aplicando criterio anterior persiste el empate, se adjudicará al proveedor que obtuvo mayor puntaje en plazo de entrega.
Si persiste el empate, se adjudicará a quien ingreso primera oferta en plataforma 

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Esta comisión propondrá, mediante un Acta la adjudicación de la licitación al Alcalde, la adjudicación de cada Ítem de la licitación a un determinado oferente, o bien estimando que la misma se declare desierta, por no haber ofertas de interés o convenientes para el Municipio.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Las ofertas que no sean remitidas electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, serán declaradas inadmisibles, devolviéndoseles a los respectivos participantes los antecedentes que hayan presentado, en la medida que así lo soliciten. Lo anterior, no obsta a que cualquier error u omisión de fondo que se constate en el posterior proceso de revisión de las ofertas, invalide aquella oferta que no se ajuste a lo dispuesto en estas Bases.
Sin perjuicio de ello, El Municipio solicitará a los oferentes que salven los errores u omisiones formales detectadas en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, todo ello de conformidad al inciso primero del artículo 40 del reglamento de la ley 19.886.
Del mismo modo, El Municipio permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Para estos efectos, se otorgará un plazo de 2 días corridos, contados desde el requerimiento informado a través del portal www.mercadopublico.cl mediante la aplicación “Solicitud de Aclaraciones”, para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas, pero será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en “Evaluación de las Ofertas” contenido en estas Bases.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
VIGENCIA DE LA OFERTA
Las ofertas que presenten los proponentes deberán tener una vigencia mínima de 60 días corridos, a contar de la fecha del acto de apertura de las mismas, situación que deben explicitar en su oferta. De no señalarlo se entenderá como se indica en las presentes Bases con vigencia 60 días. Transcurrido el plazo otorgado por el Municipio sin que el participante subsane las omisiones señaladas, será declarada inadmisible sin más trámite su oferta. El Departamento de Salud podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resultaren convenientes a sus intereses, debiendo dejarse constancia en la respectiva acta de apertura o evaluación. En ambos casos la declaración deberá realizarse mediante resolución fundada.
READJUDICACION
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no se inscribe en registro de proveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, o no entrega los insumos de aseo en el plazo ingresado en su oferta, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
MONTO ADJUDICACION
Si el monto adjudicado supera en más de un 30% al monto estimado, se explicitara en el acto adjudicatario las razones técnicas y económicas que justificaran las diferencias, según Decreto 250 artículo 11 inciso 2°.
MODIFICACION FECHA ADJUDICACION
En caso de no cumplir con la fecha de adjudicación indicada en calendario de estas Bases, se publicara una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando las razones del atraso.
VIGENCIA ORDEN DE COMPRA
La Vigencia de la Orden de Compra, será de 2 meses (60 días corridos). El plazo de vigencia será contado desde el envío de la Orden de Compra.
TERMINO ANTICIPADO ORDEN DE COMPRA
No obstante la vigencia contractual señalada en el número 8 de estas Bases, el Municipio, a través del Departamento de Salud, podrá terminar anticipadamente la Orden de Compra en los siguientes casos: a. Quiebra o notoria insolvencia de la adjudicataria, verificada por el Municipio a menos que en este último caso se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de lo adjudicado. b. Disolución de la Sociedad del Adjudicatario. c. Resciliación o mutuo acuerdo entre la Municipalidad y el contratado. En el caso de UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP), el acuerdo de fin de servicio por resciliación o mutuo acuerdo, debe ser suscrito por todos los integrantes de la UTP. d. Disminución notoria, evaluada y certificada por el Municipio, de las capacidades técnicas del adjudicatario. e. Cambio no autorizado en los productos entregados. f. Por caso fortuito o fuerza mayor, por razones de ley o actos de autoridad que hagan imperioso terminarlo. g. En caso que la empresa que obtiene la licitación registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores en los último dos años, el pago producto de la Orden de Compra licitada deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidas. El respectivo Departamento deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada dará derecho a dar por terminada la respectiva Orden de Compra, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar, todo ello de conformidad, con lo establecido en el artículo 4 inciso 2° de la Ley N° 19.886. h. Infringir la confidencialidad. La información, resultados y documentos generados como producto de la ejecución de la Orden de Compra. i. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por la empresa. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte de la empresa de una o más de sus obligaciones, que importe una vulneración a los elementos esenciales de lo licitado y adjudicado y confirmado a través de la orden de compra, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere al Municipio un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones. j. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador; o haber sido condenado en delitos concursales establecidos en el Código Penal; o por inhabilidad para celebrar contratos o cualquier conducta prevista por la Ley N° 20.393. k. Antecedentes falsos o fraudulentos de certificaciones solicitadas en las Bases técnicas y Administrativas de esta Licitación. l. La falsedad o falta de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efectos de ser contratados, así como la adulteración y/u omisión de antecedentes presentados en su oferta. m. Cuando las multas excedan el 10% del valor del total adjudicado. n. Que afecten la seguridad nacional o el interés público. ñ. Ocultamiento de información relevante para la ejecución del respectivo servicio, que afecte a alguno de los integrantes de la UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP). o. Si la Municipalidad constatara de que los integrantes de la UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES constituyeran dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía nacional Económica. p. Cuando alguno de los integrantes de la UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. En caso de inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes de la UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el servicio con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. q. En caso de disolución de la UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES. Tratándose de una UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES, cuando se retire alguno de sus integrantes, quedando la UTP con menos de 2 integrantes. r. No cumplir con el plazo de entrega.
MULTAS
11.1 APLICACION La Municipalidad tiene la facultad para y aplicar y notificar al proponente la multa correspondiente éstas se aplicarán sin derecho a impugnación en los casos que se señala a continuación y por el monto que se indica:  Atraso en los plazos de entrega de acuerdo a lo propuesto en la oferta adjudicada.  Atrasos en la reposición de los Productos y/o Servicios que eventualmente pudieran venir con defectos de fabricación o que no correspondan con lo solicitado. El valor de las multas será de 01 UF por día de atraso en el tiempo de respuesta a los requerimientos anteriores, será calculado en relación al valor de la UF correspondiente al día en que se produzca el incumplimiento o retraso por parte del proveedor. Esta sanción será ejecutoriada descontando administrativamente el valor de la multa a la factura a cancelar y el proponente deberá emitir el documento tributario que sea procedente (Nota de Crédito). En el caso de que la empresa incurra en anomalías, faltas e incumplimientos reiterados a las Bases y/o a la Propuesta, la Municipalidad tendrá plena facultad para poner unilateralmente término anticipado al contrato, en forma administrativa, y sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario de la licitación, con un aviso previo de 30 días. Las multas no podrán exceder el 10% del valor de los materiales de aseo licitados. 11.2 PROCEDIMIENTOS APLICACIÓN MULTAS: El procedimiento para la aplicación de las multas se efectuará de acuerdo al siguiente detalle: Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte del Departamento de Salud, se le informará al oferente adjudicado, por vía electrónica, indicando, la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto probable de la multa. A contar de la fecha del despacho de la comunicación electrónica precedente, el oferente tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Presentados los descargos o vencido el plazo para ello, se podrá recibir la causa a prueba conforme con las reglas de la Ley N° 19.880. Una vez recibidos los descargos, o vencido el plazo para ello, o vencido el término probatorio en caso de haberse dispuesto, la Municipalidad tendrá un plazo de veinte días hábiles para adoptar la decisión definitiva, mediante resolución, comunicándose por vía electrónica al coordinador del adjudicado. A contar de la fecha de la comunicación de la resolución a que refiere el literal anterior, el contratista podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley N° 19.880 en los plazos y en la forma que para cada caso corresponda.
FACTURACION
12.1 Facturación: La Dirección de Facturación es Gustavo Le Paige #328, San Pedro de Atacama y se realizará en forma posterior a la entrega y recepción conforme de los materiales e insumos de aseo. Tratándose de unión temporal de proveedores, la facturación debe realizarse a nombre de la razón social definida en la Constitución de la Unión Temporal de Proveedores (UTP). En caso de omisión de esta información, debe facturarse a nombre de la razón social al cual pertenece el Representante o apoderado de la UTP. Las facturas que correspondan deberán ingresarse a la casilla adqsalud@munispa.cl. Para el correcto funcionamiento de este proceso, es necesario el cumplimiento íntegro de las siguientes especificaciones:  Los DTE deben ser enviados al siguiente correo: adqsalud@munispa.cl  O en su defecto, hacer ingreso físico de factura electrónica en oficina de partes Municipalidad San Pedro de Atacama. 12.2 Pago de facturas: El pago a los proveedores es de 30 días a contar de la fecha de recepción de la factura y una vez confirmada la entrega conforme de los productos y/o servicios, la cual se verificará mediante un comprobante de ingreso. Para el pago, todos los proveedores deberán detallar en la factura o bien en un documento anexo a ésta, toda la información para realizar el depósito del cheque: a. Nº Cuenta corriente, vista o ahorro b. Banco c. Dirección correo electrónico
JURISDICCION
Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las bases de licitación y su adjudicación, será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública. Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia de la orden de compra que se emita y acepte el proveedor, que no pueda ser resuelta de común acuerdo entre las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna y ciudad de Calama, prorrogándose competencia para ante sus tribunales.
ENTREGA
La dirección de envío es Calle Gustavo Le Paige #377. El horario: de Lunes a Jueves desde las 8:00 a 12:30 hrs. – desde 14:00 a 16:30 hrs. Y el día Viernes desde las 8:00 a 12:30 hrs.- y desde 14:00 a 15:30 hrs. Cesfam Comuna San Pedro de Atacama, II Región de Antofagasta, Chile.