Licitación ID: 5027-26-LR23
ADQUISICIÓN DE UN CLUSTER DE SERVIDORES CÓMPUTO COGNITIVO Y SERVICIOS ANEXOS
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE TARAPACA, Adquisicion Central
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 16
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Productos o servicios
1
Servidores de acceso 1 Global
Cod: 43222625
La Universidad Requiere la adquisición de un clúster de servidores de cómputo cognitivo según especificaciones del anexo N°2  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN DE UN CLUSTER DE SERVIDORES CÓMPUTO COGNITIVO Y SERVICIOS ANEXOS
Estado:
Cerrada
Descripción:
La Universidad Requiere la adquisición de un clúster de servidores de cómputo cognitivo según especificaciones del anexo N°2
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
Sí requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
UNIVERSIDAD DE TARAPACA
Unidad de compra:
Adquisicion Central
R.U.T.:
70.770.800-k
Dirección:
Velasquez 1775
Comuna:
Arica
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 01-04-2024 16:00:00
Fecha de Publicación: 29-02-2024 18:17:11
Fecha inicio de preguntas: 01-03-2024 8:00:00
Fecha final de preguntas: 07-03-2024 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-03-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-04-2024 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-04-2024 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 27-06-2024 20:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1.- Ser persona Natural, Jurídica o unión temporal de proveedores. 2.-Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. 3.- Aquellos oferentes que presenten su propuesta como Unión temporal del Proveedores, deberán ingresar obligatoriamente el documento público o privado que declare dicha unión y que además nombre un apoderado común con poderes suficientes. En dicho documento se deberá establecer la solidaridad entre las partes que conforman las Unión Temporal de Proveedores, respecto de las obligaciones que se generen con la Universidad, y la vigencia de la Unión Temporal de Proveedores, la cual no podrá ser inferior a la vigencia del contrato a suscribir con la Universidad”. En caso de no presentar el documento que declare dicha unión, la oferta será declarada inadmisible. 4.- El oferente deberá completar e ingresar el anexo N°6 "Programa de Integridad" 5.- No se requiere ingresar el Anexo N°3 “Metodología de la evaluación de ofertas” porque es de carácter informativo y complementa las bases administrativas. 6.- No se requiere ingresar el Anexo N°7 "Modelo de Contrato" por que es de carácter informativo y complementa las bases administrativas.
Documentos Técnicos
1.- 1.-El oferente deberá completar e ingresar el Anexo N°2 “Especificaciones Técnicas”.
 
2.- El oferente deberá ingresar en su oferta la ficha técnica oficial del fabricante de los productos que oferta, si no lo adjunta se podrá solicitar a través del foro inverso y se le descontara el puntaje del criterio “Requisitos Formales”.
 
3.- El oferente deberá completar e ingresar el Anexo N°1 "Plazo de Entrega".
 
4.- El oferente deberá completar e ingresar el Anexo N°5 "Experiencia Previa"
 
Documentos Económicos
1.- La oferta económica deberá ser ingresada en la plataforma electrónica de Mercado público, en pesos VALORES NETOS (sin incluir impuesto). El valor debe incluir flete, si corresponde. Además el proveedor deberá adjuntar una cotización detallada donde se indique el valor individual de cada equipo. En caso que el oferente sea usuario de zona franca, deberá adjuntar documento que lo acredite. En caso contrario podrá enviarlo a través del foro. Lo anterior para efectos de certificar la información previa al pago de la factura con precio Zona franca y no aceptar facturas exentas, cuando no correspondan.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia Previa Se evaluará de acuerdo a la información ingresada en el anexo N°5 "Experiencia Previa" y según lo indicado en el Anexo Nº3 "Metodología de evaluación de ofertas 20%
2 Plazo de Entrega Se evaluará de acuerdo a la información ingresada en el Anexo Nº1 "Plazo de entrega" y según lo indicado en el Anexo Nº3 "Metodología de evaluación de ofertas” 20%
3 Precio Se evaluará de acuerdo al valor ingresado en la plataforma de mercado público, según consta en el comprobante de ingreso de oferta (en la plataforma de mercadopúblico), y según lo indicado en el Anexo Nº3 "Metodología de Evaluación de Ofertas". 5%
4 Cumplimiento de Especificaciones Técnicas Se evaluará de acuerdo a la ficha técnica oficial del fabricante ingresada por el proveedor y según lo indicado en el Anexo Nº3 "Metodología de evaluación de ofertas 50%
5 Cumplimiento de los requisitos formales Se evaluará de acuerdo a lo indicado en el Anexo Nº3 "Metodología de evaluación de ofertas" 2%
6 Programa de Integridad Se evaluará con la información ingresada en el Anexo N°6 "Programa de Integridad" y de acuerdo a lo indicado en el Anexo Nº3 "Metodología de evaluación de ofertas" 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Centro de costo 4333 Proyecto IA y 4338 UTA 23.991
Monto Total Estimado: 4500000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto disponible con IVA incluido
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Víctor Saavedra
e-mail de responsable de pago: egresos@gestion.uta.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
De acuerdo al Capítulo VIII Contrato de suministro y servicio, párrafo 4 Cesión y subcontratación, Artículo 76º. Subcontratación del reglamento de Ley Nº 19.886 sobre compras Públicas.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Universidad de Tarapaca
Fecha de vencimiento: 30-07-2024
Monto: 10000000 Peso Chileno
Descripción: Instrumento a la Vista e Irrevocable por seriedad de la oferta, A favor de: Universidad de Tarapacá Rut: 70.770.800-k y tomada por: indicar o razón social y RUT, o por un tercero a nombre del adjudicatario. Para garantía que se presente en forma física, deberá ser entregada hasta el día y hora de cierre de la licitación en la Dirección de Administración y Finanzas, ubicada en Calle José Santos Leiva N°070, Arica. En caso de presentar garantía electrónica deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y Servicio de Certificación de dicha firma. El documento que conste el número de validación del documento o garantía deberá ser ingresado en la plataforma de mercado público. La fecha de vencimiento deberá ser igual a la fecha de vigencia de la oferta (120 días) a partir de la fecha de apertura de la Licitación.
Glosa: Para aquellos instrumentos que requieran glosa. Garantizar la seriedad de la oferta de, ID:5027-26-LR23 "ADQUISICIÓN DE UN CLUSTER DE SERVIDORES CÓMPUTO COGNITIVO Y SERVICIOS ANEXOS"
Forma y oportunidad de restitución: Será restituida, al proponente adjudicado una vez recepcionada la garantía de fiel cumplimiento, y suscrito el contrato definitivo. Para los proponentes no adjudicados, será devuelta, dentro de los 60 días corridos desde la publicación en el sistema de información del Decreto que dé cuenta de la adjudicación y para los proponentes que fueron declarados inadmisibles serán devueltas dentro de los 10 días hábiles siguientes de la fecha de notificación del acto administrativo que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes. La solicitud de devolución de la garantía podrá realizarse en la Dirección de Administración y Finanzas de la Universidad de Tarapacá, ubicada en Calle José Santos Leiva N°070, Arica, fono de referencia 58-2205936.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Universidad de Tarapaca
Fecha de vencimiento: 05-02-2025
Monto: 5 %
Descripción: Instrumento a la vista e irrevocable para garantizar el fiel cumplimiento de contrato, por el valor total del 5% del valor total de la orden de compra. A favor de: Universidad de Tarapacá Rut: 70.770.800-k y tomada por: indicar nombre o razón social y Rut, o por un tercero a nombre del adjudicatario. Para garantía que se presente en forma física deberá ser entregada, en un plazo no superior a 5 días hábiles, desde la notificación de la adjudicación. El horario será de lunes a viernes desde las 8:00 a 12:00 horas y desde las 15:00 a 16:30 horas, en la Vicerrectoría de Administración y Finanzas en La Avda. General Velásquez N° 1775, Arica. En caso de presentar garantía electrónica deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. El documento que conste el número de validación del documento o garantía deberá ser presentado en las mismas condiciones que la garantía física En caso contrario la Universidad de Tarapacá podrá dejar sin efecto la adjudicación. Será responsabilidad del proveedor adjudicado mantener vigente la garantía durante la duración del contrato. La fecha de vencimiento deberá incluir el plazo de entrega más un plazo adicional de 60 días hábiles.
Glosa: Para aquellos instrumentos que contengan Glosa deberá indicar: Garantizar el Fiel cumplimiento de contrato y/o de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario. ID:5027-26-LR23 "ADQUISICIÓN DE UN CLUSTER DE SERVIDORES CÓMPUTO COGNITIVO Y SERVICIOS ANEXOS"
Forma y oportunidad de restitución: Una vez transcurrido el plazo de entrega estipulado en el contrato, el proveedor deberá presentar una garantía de Post Venta, la que garantizará la solución de inconvenientes con el Clúster. La devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato la realizará la Dirección de Administración y Finanzas de la Universidad de Tarapacá, una vez recibida la garantía de Post Venta dentro de los siguientes 30 días hábiles.
    Otras Garantías
Beneficiario: Universidad de Tarapaca
Fecha de vencimiento: 07-02-2028
Monto: 5 %
Descripción: Instrumento a la vista e irrevocable para garantizar el Servicio de Post Venta, por el valor total del 5% del valor total del contrato. A favor de: Universidad de Tarapacá Rut: 70.770.800-k y tomada por: indicar nombre o razón social y Rut, o por un tercero a nombre del adjudicatario. Para garantía que se presente en forma física deberá ser entregada, en un plazo no superior a 10 días hábiles, desde la entrega de los productos. El horario será de lunes a viernes desde las 8:00 a 12:00 horas y desde las 15:00 a 16:30 horas, en la Dirección de Administración y Finanzas en Calle José Santos Leiva N° 070, Arica. En caso de presentar garantía electrónica deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. El documento que conste el número de validación del documento o garantía deberá ser presentado en las mismas condiciones que la garantía física En caso contrario la Universidad de Tarapacá podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Será responsabilidad del proveedor adjudicado mantener vigente la garantía durante la duración de la garantía post venta. La fecha de vencimiento deberá incluir el plazo de 36 meses.
Glosa: Para aquellos instrumentos que contengan Glosa deberá indicar: Garantizar la post venta y solución de inconvenientes con el clúster. ID: 5027-26-LR23 "ADQUISICIÓN DE UN CLUSTER DE SERVIDORES CÓMPUTO COGNITIVO Y SERVICIOS ANEXOS".
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía deberá solicitarse a la Dirección de Administración y Finanzas dentro de los siguientes 10 días hábiles después del vencimiento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal de internet de compras públicas www.mercadopublico.cl, y no estarán sujetas a condición alguna. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la mesa de ayuda del portal de compras públicas www.mercadopublico.cl, fono 6007000600, para obtener información precisa que le permita ingresar sus ofertas. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Las únicas Ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas. No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus Ofertas. Sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de compras públicas. Caso en el cual los proveedores deberán presentar sus ofertas en sobre cerrado a nombre de la Universidad de Tarapacá señalando el nombre de la licitación. La documentación deberá entregarse en la unidad de Adquisiciones, ubicado en José Santos Leiva 070, campus Saucache en el siguiente horario: 8:30 hrs a 12:30 hrs y 15:00 hrs a 16:30 hrs. El plazo para presentar las ofertas fuera del sistema de información será de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad emitido por la DCCP.
INHABILIDADES

A.PARA OFERTAR No podrán participar aquellos oferentes quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, y descritos en el artículo 4° de la ley N° 19.886.


B.PARA CONTRATAR No podrán celebrar contrato administrativo con la Universidad de Tarapacá los proveedores adjudicados, que se encuentren afectos a alguna causal de prohibición señalada en el inciso 6° del artículo 4 de la ley 19.886 y artículo 8 y 10 de la ley 20.393, sobre responsabilidad penal de personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.

No haber sido  condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.

No haber  sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).

No integrar la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).

El proveedor no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuartos y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.

El proveedor no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.

El proveedor no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.

ACEPTACIÓN DE LAS BASES
En el momento en que el proveedor oferta en la plataforma de Mercado Público, acepta todas las condiciones (plazo de entrega, pacto de integridad, flete, garantías, etc.) dispuestas en las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y los Anexos de la Licitación Pública
CONSULTAS Y RESPUESTAS
Las consultas respecto a la Licitación, se deberán hacer solamente a través del Portal de Mercado público, desde el día hábil siguiente la fecha de publicación de las bases hasta la hora del día señalado en el punto N°3 “Etapas y Plazos”. Las consultas deberán ser planteadas en forma concreta y precisa, y deben ser pertinentes al proceso de licitación. Las respuestas a las consultas se publicarán en el portal Mercado público en la fecha señalada en el punto N°3 “Etapas y Plazos”.

Las respuestas ingresadas a través del foro de la plataforma electrónica se entenderán parte de las presentes bases administrativas.
ACLARACIÓN DE BASES
Los oferentes podrán formular preguntas sobre aclaraciones de las bases referidas a puntos dudosos o contradictorios de carácter técnico de la licitación, en el periodo señalado en el punto Nº3 “Etapas y Plazos” .La Universidad dará respuesta en el plazo indicado en el punto Nº 3 “Etapas y Plazos”, aplicándose en todo lo demás lo establecido en el artículo 27 en el Decreto Nº 250 de 2004 y sus modificaciones.
MODIFICACIÓN A LAS BASES
La Universidad de Tarapacá podrá modificar las bases, sus anexos y documentos que integran sus anexos a través de acto administrativo, ya sea por razones técnicas debidamente fundadas sin afectar el fondo de la licitación o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de publicación de la Propuesta y hasta el cierre de recepción de ofertas. Dichas modificaciones surtirán efecto una vez aprobadas a través de control de juridicidad por parte de la Contraloría Regional de Arica y Parinacota y publicadas en el portal de Mercado Público. Para estos efectos la Universidad otorgará un plazo máximo de tres días hábiles para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos en sujeción al Principio de Igualdad entre los proponentes. Las modificaciones que se lleven a cabo, formaran parte integral de las bases administrativas y serán aprobadas a través de Decreto por la autoridad correspondiente, estas serán informadas a través del sitio Web www.Mercado Público.cl a todos los oferentes.
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
Las especificaciones técnicas deben ser igual a lo solicitado en el Anexo N° 2 “Especificaciones Técnicas”, y deberá adjuntar ficha técnica oficial del fabricante de los productos que oferta, que certifique el cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas. Si no lo adjunta podrá ser solicitado a través del foro aclaración de ofertas y se le descontará el puntaje correspondiente al criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La revisión y evaluación de ofertas estará a cargo del Sr. Rolando Martínez. 
DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una vigencia de 120 días corridos, a contar del acto de apertura de las ofertas. Una vez vencido el plazo de vigencia de las ofertas y antes de la adjudicación, la Universidad de Tarapacá, podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas a través de la plataforma electrónica. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión a través de la plataforma.
DOCUMENTOS DE GARANTÍA

El  monto de la garantía de seriedad de oferta  se establece en $10.000.000 en consideración el monto total disponible de la licitación, que asciende a $4.500.000.000, así como a la complejidad del proceso de contratación y  a las condiciones del mercado. Esta cifra se ha establecido con el propósito de garantizar la seriedad y el compromiso de los oferentes en el marco de la licitación.


El proveedor que no cumpla con la presentación de la garantía de seriedad de la oferta, quedará fuera de bases, dejándose expresa constancia en el acta de la comisión evaluadora por incumplimiento de las bases. Dicha garantía deberá extenderse conforme lo señalado en el punto 8 "Naturaleza y Montos de las Garantías". Si el oferente desea incorporar más de una oferta económica, deberá subirla al portal de mercado público por separado, presentando por cada oferta un documento de garantía por seriedad de la oferta. En caso que el proveedor adjudicado entregue dentro del plazo la garantía de seriedad de la oferta, la garantía de fiel cumplimiento de contrato o la garantía post venta, sin embargo, tenga error en la fecha, monto o alguna otra identificación de carácter menor y meramente formal, se podrá aceptar con la condición que esta será enmendada dentro de los 3 días hábiles desde que es recepcionada por parte del proveedor, lo que será fundamental para continuar con el proceso.
COBRO DE LA GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Se Podrá hacer efectiva las Garantía por Seriedad de la Oferta en las siguientes situaciones:
1 Cuando se desista formalmente de la oferta presentada.
2 Cuando el proveedor manifieste una variación en su oferta económica.
3 Cuando el proveedor no entregue la “Declaración Jurada para contratar” dentro de plazo establecido en las presentes bases.
4 Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el Registro de proveedores en el plazo establecido en las Bases de Licitación o, encontrándose inscrito en dicho registro, no esté habilitado para contratar con la Universidad de Tarapacá.
5. Cuando no celebre el contrato de suministro en el plazo fijado en las bases administrativas, o cuando no entregue la garantía de fiel cumplimiento o los documentos para contratar.
PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO DE LA GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
A continuación se detalla el procedimiento asociado a la aplicación del respectivo cobro de la garantía de seriedad de la oferta: 1. Detectada una situación que amerite la aplicación del cobro de la garantía de seriedad de la oferta, el responsable del proceso de licitación, notificará inmediatamente de ello al Vicerrector de Administración y Finanzas.
2. Se aplicará la correspondiente sanción por medio de una Resolución Exenta de la autoridad competente.
3. El adjudicatario podrá recurrir ante la autoridad competente, Vicerrector de Administración y Finanzas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación del acto administrativo que se pronunciare sobre el cobro de la garantía de seriedad de la oferta. El recurso debe plantearse en forma escrita y ser fundado. Podrá interponerse personalmente por el adjudicatario o por intermedio de un representante designado por él. En lo demás se estará a lo dispuesto en el artículo 46º y 59º de la Ley Nº 19.880 del 2003, sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
4. La reclamación será resuelta por la autoridad competente, Vicerrector de Administración y Finanzas, dentro del plazo de treinta (30) hábiles siguientes a la fecha de recepción de la carta de reclamo. En lo no contemplado en el procedimiento anterior, se aplicará supletoriamente lo dispuesto en la Ley 19.880 de Bases de procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
ERRORES Y OMISIONES
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Universidad de Tarapacá podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de carácter subsanable y no esencial, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 3 días hábiles, el cual se informará a través del portal de mercado público, según sea el caso, para responder lo solicitado por la Universidad de Tarapacá. Si al concluir dicho plazo, no existiere respuesta por el proveedor, la Universidad de Tarapacá podrá evaluar su oferta pero en ningún caso se podrá adjudicar mientras no subsane los errores de carácter subsanable. La Universidad de Tarapacá, solicitará estas aclaraciones a través del sistema de información no pudiendo los proveedores contactarse de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios por la respectiva licitación durante el curso del proceso; y los oferentes deberán dar respuesta a las consultas planteadas por ese mismo medio, salvo que exista problemas de operatividad, conexión, etc. de la plataforma mercadopublico.cl. Para efectos de esclarecer lo indicado en el párrafo precedente se hace necesario definir, lo que para estos efectos, corresponden a antecedentes esenciales (no sujetos a modificación) y a los subsanables, en razón de la posibilidad de su enmienda o correcciones de errores u omisiones: Carácter Esencial: Son aquellos elementos dentro de los documentos, antecedentes o formularios que no admiten corrección, rectificación o subsanación, por ende si alguna de las propuestas no cumple con una o más de las exigencias consideradas en esta categoría, la oferta será declarada inadmisible. Los antecedentes que para estos efectos no pueden ser objeto de modificación y corrección corresponden a los siguientes: -Oferta Económica -Ingreso del Formulario que señale el plazo de entrega. -Ingreso del Formulario que señale las Especificaciones Técnicas. -Ingreso de cualquier formulario referido a datos utilizados para los criterios de evaluación. -Presentación de las garantías en la fecha establecida en las bases de licitación. Carácter Subsanable: Corresponden a los elementos dentro de los documentos, antecedentes o Formularios que adolecen de defectos de forma o errores no esenciales, que obedecen a una justa causa de error u omisión, siempre que lo defectuoso, omitido u erróneo no se refiera a elementos de carácter esencial, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes participantes de la presente licitación. No obstante lo anterior, al igual que en el caso de tener que efectuar cambios de forma no considerados como esenciales de acuerdo a lo indicado anteriormente, la oferta que presente enmiendas correcciones obtendrá una calificación inferior en el Criterio de Evaluación: Cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de las ofertas. Los antecedentes que podrán ser objeto de modificación o corrección corresponden a los siguientes: -Firma o dato de pie de firma de cualquier formulario. -Datos de emisión de las garantías: Fecha de vencimiento, monto glosa, datos del tomador o beneficiario y características del documento (a la vista).
INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN

Serán consideradas siempre inadmisibles las ofertas que omitan algunos de los antecedentes solicitados y aquellas que no den cumplimiento a las exigencias de estas bases, o que, habiendo sido objeto de errores u omisiones formales, no los hubiesen subsanado o corregido. Otras causales de inadmisibilidad. Cualquiera de los siguientes hechos permitirá declarar la inadmisibilidad de una oferta en la etapa de evaluación:

1. Cuando el oferente por cualquier medio que no sea la plataforma de mercadopúblico, dé a conocer a la Universidad de Tarapacá su oferta antes de la apertura.

2. Cuando la información que entregue el oferente no conste en los anexos solicitados por la Universidad y/o en los campos dispuestos para tales efectos, referidos a datos mutables.

3. Cuando la información contenida en catálogos acompañados por el proveedor a la licitación sea contradictoria con la de su oferta. Siempre que la característica técnica sean criterio de admisibilidad.

4. Cuando el oferente ingrese a la plataforma de mercadopúblico un formulario o anexo (obligatorio) en blanco o incompleto.

5. Cualquier inconsistencia o modificación en el ingreso de datos de carácter esencial subsanable sin rectificar.

6. Cuando la oferta económica del oferente sobrepase el presupuesto disponible.

7. Cuando el plazo de entrega ingresado en la oferta, supere los 120 días hábiles.

8. Cuando la oferta del oferente no cumpla con los requerimientos de referencia del anexo N°2.

9. Cuando  la oferta cuente con 2 o menos instalaciones en el anexo N° 5.

DE LA EVALUACIÓN DE OFERTAS
La evaluación de las ofertas se realizará según lo informado en el anexo N°3 “Metodología de evaluación de Oferta”. Para todos los efectos el cálculo del puntaje de las ofertas se realizará en números enteros. En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje en la evaluación final, quedando más de uno en condición de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que presente más memoria HBM (VRAM) total en las GPU. Si aun así perdura el empate, se seleccionará aquella oferta que ofrezca mayor cantidad de RAM por cada servidor de cómputo. Si aun así perdura el empate se adjudicará al oferente que oferte un menor “plazo de entrega”. Si aún se mantiene el empate, se adjudicara al oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio “Experiencia Previa” y si la igualdad se mantiene, se adjudicará de acuerdo con la secuencia de los criterios que resulten aplicables. Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se envió primero en el portal www.mercadopublico.cl.
REVOCACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
La Universidad se reserva el derecho de dejar sin efecto el proceso de licitación publicado en el portal de mercado público cuando no pueda continuar con su flujo normal que conduce a la adjudicación. La revocación deberá ser fundada en razones de mérito, conveniencia u oportunidad, no pudiendo revocarse la licitación: a) cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente; b) Cuando la ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos; o, c) Cuando, por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto", conforme lo dispuesto en el artículo 61 de la ley N° 19.880 -que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El estado de revocado del proceso de licitación produce el efecto de detenerlo definitivamente aun existiendo ofertas.
COMISIÓN EVALUADORA
La comisión encargada del proceso de Evaluación de Licitaciones Públicas superiores a 8.000 UTM o Licitaciones Privadas superiores a 5.000 UTM o selección de proveedores en procesos de gran compra superior a 25.000 UTM de la Universidad de Tarapacá, estará integrada por: Sr. Vicerrector de Administración y Finanzas, quien la preside Sr. Director de Administración y Finanzas Sr. o Sra. Director (a) de Planificación y Proyectos. Sr. o Sra. Jefe de unidad y/o proyecto, responsable del centro de costo. Asistirán a la referida comisión, sin formar parte de su constitución: Abogado (a) de la Universidad de Tarapacá, con la finalidad de prestar asesoría legal de conformidad a la normativa legal vigente. Sr. o Sra. Secretario (a), en su calidad de ministro de Fe. Sra. secretaria de actas, con el objeto de levantar acta de lo acordado por la comisión Todos funcionarios de la Universidad de Tarapacá, de acuerdo a lo establecido en el Decreto exento N°00.154/2022, de fecha 07 de marzo de 2022. Con todo, los miembros de la comisión evaluadora no sostendrán reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares, al menos desde la publicación en el sistema www. Mercadopublico.cl del acto administrativo que aprueba las presentes bases y hasta la fecha de adjudicación, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio a través de las presentes bases.
DE LA ADJUDICACIÓN
Se aceptará la propuesta que mejor se ajuste a los requerimientos solicitados, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidas en las bases de licitación, no estando obligado a adjudicar la propuesta que presente la oferta económica de menor valor. Efectuada la proposición de adjudicación, por la comisión evaluadora, el Rector  de la Universidad de Tarapacá,  mediante Decreto  Afecto a la toma de razón de la Contraloría Regional de Arica y Parinacota, adjudicará la presente licitación al oferente que haya obtenido el mejor puntaje y cuya propuesta sea la más conveniente a los intereses de la Universidad de Tarapacá.  Dictado el Decreto de adjudicación, éste será comunicado a través del portal de Compras públicas. La fecha señalada en el punto 3 “Etapas y plazos” es referencial, por lo que la adjudicación deberá efectuarse a más tardar dentro del plazo indicado. Si la adjudicación no se realizará dentro del término señalado, se informará a través del portal las razones que justifiquen tal incumplimiento, debiendo indicarse nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2 del Reglamento de la Ley 19.886. En caso de dudas respecto a la adjudicación, el oferente podrá realizar sus consultas por escrito dentro del plazo fatal de 5 días hábiles, dirigida a Rectoría de la Universidad, ubicada en Avda. General Velásquez N°1775, Arica. La consulta será analizada por personal de la Universidad de Tarapacá dentro de los 15 días hábiles siguientes a la recepción de la consulta.
READJUDICACIÓN
La Universidad de Tarapacá podrá readjudicar en un plazo igual o menor a 60 días corridos desde la publicación en el sistema de información del Decreto que dé cuenta de la adjudicación. Se procederá a la re adjudicación en los siguientes casos: 1.- Cuando el oferente no mantenga su oferta posterior al proceso de adjudicación. 2.- Cuando el oferente incurra en quiebra o estado de insolvencia. 3.- Cuando el oferente no acepta o rechaza la orden de compra a través del sistema electrónico. 4.- Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el Registro Nacional de Chile proveedores en el plazo establecido en las Bases de Licitación o, encontrándose inscrito en dicho registro, no esté habilitado para contratar con la Universidad de Tarapacá. 5.- Cuando el oferente no adjunte la declaración jurada simple para contratar. 6.- Cuando el oferente no presente la garantía de fiel cumplimiento de contrato, 7.- Cuando el oferente no entregue el producto dentro de los 30 días hábiles posterior al plazo de entrega indicado en la orden de compra. En aquellos casos, la Universidad de Tarapacá podrá adjudicar al proveedor que sigue en puntaje y así sucesivamente, siempre y cuando la oferta sea conveniente para la Universidad de Tarapacá y cumpla con los requisitos exigidos en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la Licitación.
DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN
La Universidad de Tarapacá declarará desierto el proceso licitatorio cuando concurra alguna de las causales que señala a continuación: 1.- Cuando no se presenten ofertas o éstas sean declaradas inadmisibles 2.- Cuando las ofertas no resulten convenientes a los intereses de la Universidad.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Las partes de común acuerdo podrán modificar la correspondiente contratación por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato.  La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato no alterar la naturaleza del objeto de este y deberá contar con la debida autorización presupuestaria si fuere procedente.
SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO DEFINITIVO
La Universidad de Tarapacá y él proveedor seleccionado, suscribirán un Contrato Definitivo, el que deberá basarse en las condiciones pactadas en la presentes Bases de Licitación y en los antecedentes de la presente licitación. El contrato deberá ser suscrito por el representante legal de la Universidad de Tarapacá o quien tenga delegada dicha representación y por el representante legal, persona natural, o apoderado, según corresponda del proveedor adjudicado en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la fecha de envío del contrato al correo electrónico del proveedor adjudicado. Además, deberá acompañar a dicho contrato la declaración jurada para contratar correspondiente al anexo Nº4 de las bases de licitación y la garantía de fiel cumplimiento de contrato. La no comparecencia del proveedor seleccionado a la firma del contrato dentro del plazo señalado, la no entrega del anexo Nº4 o la no entrega de la garantía de fiel cumplimiento, da pleno derecho a la Universidad de Tarapacá para Re adjudicar al proveedor que sigue en puntaje. En caso de que la propuesta sea adjudicada a una persona jurídica, el contrato será firmado por el representante legal de la Universidad de Tarapacá o a quien se le haya delegado esta facultad y por el representante legal del proveedor, quien será el único responsable de la ejecución de la totalidad del contrato, incluidos los pagos y demás obligaciones de la misma.
DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA CONFECCIÓN DEL CONTRATO
El proveedor deberá entregar en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del acto administrativo que oficializa el resultado de la adjudicación, los siguientes documentos, en caso de no encontrarse disponibles en la plataforma de chileproveedores: En caso de ser persona natural deberá acompañar fotocopia de su cédula de identidad y en caso de ser el proveedor una persona jurídica, habrá que distinguir, en caso que el proveedor sea una Sociedad, deberá acompañar: 1. Copia la cédula de identidad del representante legal. 2. Copia simple de la escritura donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación y suscribir el contrato correspondiente. 3. Copia del Rol Único Tributario. 4. Copia simple de escritura de Constitución de la Sociedad. 5. Copia simple de Extracto de Constitución de la Sociedad. 6. Certificado de vigencia de la sociedad con anotaciones marginales vigentes de una data no superior a 2 meses, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces. En caso de ser el proveedor una Corporación o Fundación deberá acompañar: 1. Fotocopia de la cédula de identidad del Presidente, Director o Fundador, según lo establecido en sus estatutos. 2. Certificado de vigencia de la personalidad Jurídica. En caso de ser una unión temporal deberá acompañar: cédula de identidad de los proveedores que integren la unión temporal, y la documentación relativa a la celebración de la unión temporal (escritura pública) individualizando al apoderado para tal efecto. En dicho documento se deberá establecer la solidaridad entre las partes que conforman la unión temporal de proveedores, respecto de las obligaciones que se generen con la entidad pública. En el caso que el proveedor no entregue los documentos requeridos en el plazo señalado, constituirá causal de Re adjudicación
DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR
El proveedor adjudicado deberá enviar o presentar el Anexo N°4 “declaración jurada para contratar” de las presentes bases, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación del acto administrativo que aprueba la adjudicación, dicha declaración podrá ser enviada por correo electrónico o entregada junto con el contrato y la garantía de fiel cumplimento de contrato en la Vicerrectoría de Administración y Finanzas, ubicada en Avda. General Velásquez N°1775, Arica de Lunes a Viernes en el siguiente horario: de 08:30 a 13:00 mañana y de 15:00 a 16:30 tarde. En caso que el proveedor no entregue la declaración jurada referida, la Universidad de Tarapacá procederá a re adjudicar al oferente mejor evaluado.
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES
La Universidad contratará la adquisición de los bienes con aquellos proveedores que se encuentren hábiles en el Registro Nacional de Proveedores. Por lo tanto, la Universidad de Tarapacá enviará la respectiva orden de compra a través de la Plataforma Electrónica de Mercado público al proveedor adjudicado, una vez que éste se encuentre inscrito y habilitado en el registro de Chile proveedores. En caso que el proveedor no cumpla con este requisito durante el proceso de licitación y dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación. Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación del Decreto de adjudicación. La Universidad podrá re adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado y que cumpla con los requisitos para contratar.
REGULACIÓN DEL PROCESO DE COMPRA
Las presentes bases, como el contrato definitivo, se regirán en todo momento por lo dispuesto en la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, por el Reglamento de Adquisición de Bienes y Servicios de la Universidad de Tarapacá, aprobado por Decreto Exento Nº 00.987/2015 de fecha 20 de Octubre del año 2015 y por el Manual de Procedimiento de Adquisiciones Universidad de Tarapacá, aprobado por Decreto Exento Nº 00.724/2020 de fecha 16 de diciembre del año 2020. Asimismo, formarán parte de las mismas, las respuestas a través del foro, las modificaciones y aclaraciones que emita la Universidad de Tarapacá, sea que ellas fueren impartidas por los mismos participantes o bien fueren impartidas por la Universidad. El proceso de adquisición se ceñirá a los siguientes documentos según el orden de prelación que se señala: I. Bases Administrativas, especificaciones técnicas y sus anexos. II. Aclaraciones, respuestas, y modificaciones a las bases si las hubiere. III. Oferta del adjudicatario. IV. Contrato. V. Emisión Orden de compra.  VI.Garantía Post Venta.
COBRO DE LA GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Se podrá hacer efectiva la Garantía por fiel cumplimiento de contrato en las siguientes situaciones: 1. Cuando el proveedor no cumpla con la calidad técnica del producto y/o servicio. 2. Cuando el proveedor no cumpla con la entrega total del producto y/o servicio, dentro de los 30 días hábiles posterior al plazo de entrega indicado en la orden de compra. 3. Cuando el proveedor aumente unilateralmente los precios estipulados en el contrato o la orden de compra. 4. Por incapacidad técnica manifiesta en la instalación y puesta en marcha de los productos o el sistema que incluye el servicio, lo que será calificado por el responsable técnico de la licitación. 5. Por estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 6. En caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato, lo que será calificado y fundado por el responsable técnico de la licitación. 7. Cuando el proveedor no entregue la garantía de Post Venta.
El incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato por causas imputables al proveedor adjudicado, facultará a la Universidad de Tarapacá para poner término anticipado a éste, no obstante cualquier otra medida que el caso requiera.
PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO DE LA GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
A continuación se detalla el procedimiento asociado a la aplicación del respectivo cobro de la garantía de fiel cumplimiento: 1. Detectada una situación que amerite la aplicación del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, el responsable del contrato, notificará inmediatamente de ello al Vicerrector de Administración y Finanzas. 2. Se aplicará la correspondiente sanción por medio de una Resolución Exenta de la autoridad competente. 3. El adjudicatario podrá recurrir ante el Vicerrector de Administración y Finanzas, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación del acto administrativo que se pronunciare sobre el cobro de la garantía de fiel cumplimiento. El recurso debe plantearse en forma escrita y ser fundado. Podrá interponerse personalmente por el adjudicatario o por intermedio de un representante designado por él. En lo demás se estará a lo dispuesto en el artículo 46º y 59º de la Ley Nº 19.880 del 2003, sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 4. La reclamación será resuelta por el Vicerrector de Administración y Finanzas, dentro del plazo de treinta (30) hábiles siguientes a la fecha de recepción de la carta de reclamo. En lo no contemplado en el procedimiento anterior, se aplicará supletoriamente lo dispuesto en la Ley 19.880 de Bases de procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
ENVÍO Y ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
Una vez adjudicado el proceso y recepcionada la Declaración Jurada para Contratar, garantía de fiel cumplimiento de contrato y aprobado el contrato, la Universidad de Tarapacá emitirá una orden de compra agregando el IVA al valor neto adjudicado, si procede. La orden de compra se enviará a través de la plataforma electrónica www.mercadopublico.cl. Esta orden de compra deberá ser aceptada por el proveedor, dentro de los 3 días hábiles siguientes a su envío y será requisito para aceptar la factura del proveedor. En caso contrario, se entenderá que el proveedor rechaza la orden de compra, en conformidad a lo establecido en el inciso segundo del Artículo 63 del Reglamento de la Ley 19.886.
PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
La licitación se formalizará mediante la celebración de un contrato entre la Universidad de Tarapacá y el proveedor adjudicado. En este caso, el plazo de vigencia del contrato comenzará a regir a partir de la notificación del envío de la orden de compra al proveedor y terminará en el plazo de entrega informado por el proveedor en su oferta. La orden de compra correspondiente, deberán ser despachada al proveedor adjudicado una vez aprobado el contrato de suministro y deberá ser aceptada por el proveedor. En caso de que el proveedor adjudicado no cumpla o cumpla parcialmente con la entrega del bien adjudicado dentro del plazo señalado en la orden de compra, la Universidad se reserva el derecho de aplicar las multas por los montos y bajo las condiciones señaladas en las presentes bases de licitación, ello sin perjuicio de dar por terminado anticipadamente el respectivo contrato de suministro de bienes.
PLAZO DE ENTREGA Y MULTAS POR ATRASO
Para la evaluación de este criterio se considera el plazo de entrega descrito por el oferente en el Anexo N° 1. No obstante lo anterior, el plazo de entrega máximo no podrá superar los 120 días hábiles. El proveedor adjudicado se entenderá notificado de la orden de compra a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de su envío a través del portal de mercado público. La fecha de entrega indicada en la orden de compra, regirá a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de notificación de la respectiva orden y sólo podrá ser modificada por causales debidamente fundada por la Universidad de Tarapacá. MULTAS: En caso que el proveedor adjudicado no cumpla sus obligaciones en la fecha de entrega de los equipos prevista en la Orden de Compra, se aplicará una multa de un 150 UF por cada día hábil de atraso de atraso, con un tope máximo de 30 días hábiles. Las multas podrán hacerse efectivas a través de descuentos en el pago de la orden de compra. Para efectos del cobro de la respectiva multa se incluirá las órdenes de compra suplementarias. Las multas serán determinadas por la Dirección de Administración y Finanzas, y su aplicación aprobada por Resolución Exenta de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas, la cual se harán sin forma de juicio y podrá ser deducida del pago final. Lo anterior, sin perjuicio que la Universidad de Tarapacá podrá hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento de contrato cuando se haya exigido en las bases administrativas. A continuación se detalla el procedimiento asociado a la aplicación del respectivo cobro de multa: 1.- Detectada una situación que amerite la aplicación del cobro de Multas, la unidad de Finanzas y/o el responsable del contrato, notificará inmediatamente de ello al Director de administración y Finanzas. 2.- La Dirección de Administración y Finanzas y el responsable del contrato, determinarán el monto de la multa y solicitará su aplicación a la Vicerrectoría de administración y finanzas. 3.- La resolución exenta de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas que aplica la multa, será notificada de la forma establecida en el artículo 46º de la Ley 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, es decir, por escrito mediante carta certificada o personalmente. 4. El adjudicatario podrá recurrir ante el Vicerrector de Administración y Finanzas de la Universidad, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación del acto administrativo que aplica la multa. El recurso debe plantearse en forma escrita y ser fundado. Podrá interponerse personalmente por el adjudicatario o por intermedio de un representante designado por él. En lo demás se estará a lo dispuesto en el artículo 46º y 59º de la Ley Nº 19.880 del 2003, sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 5.- La reclamación será resuelta por el Vicerrector de Administración y Finanzas dentro del plazo de treinta (30) hábiles siguientes a la fecha de recepción de la carta de reclamo. Si transcurrido dicho plazo no se ha resuelto el reclamo, la Universidad de Tarapacá deberá pagar la suma que se encuentre retenida, sin perjuicio de quedar pendiente la decisión sobre la procedencia y monto de la multa, en su caso, y según ello, la obligación de pago del adjudicatario. En la resolución que acoja el recurso, se podrá, modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado; en todo lo demás, se aplicará el artículo 59º de la Ley 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
DIRECCIÓN DE DESPACHO
Los productos deben ser enviados al Área de recepción y despacho de la Universidad, ubicada en calle José Santos Leiva 070, Arica, en el siguiente horario de lunes a viernes de 8:30 hrs. a 16:00 hrs. de lunes a viernes, sin perjuicio de la instalación final en el lugar indicado por la Universidad de Tarapacá. Los costos de transporte, embalaje, seguros, etc., serán por parte del proveedor adjudicado.
DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE PRODUCTOS
La Universidad de Tarapacá se reserva el derecho a cancelar la orden de compra y devolver o rechazar con cargo al proveedor todos los productos, que no cumplan con los requerimientos técnicos mínimos solicitados en las especificaciones técnicas de la licitación, sin costo para la Universidad y sin ningún tipo de indemnización. En aquellos casos, que el proveedor reponga el producto, el plazo de reposición o entrega no podrá exceder la misma cantidad de días señalizado como plazo de entrega informado por el proveedor en su oferta. Sin perjuicio, que la Universidad de Tarapacá y el proveedor adjudicado puedan fijar de mutuo acuerdo otro plazo de reposición. En ambos casos, si existiera por parte del proveedor un atraso en la reposición del producto, se aplicará lo dispuesto en la cláusula “Plazo de entrega y multas por atraso”. La Universidad se reserva el derecho de pagar la Orden de Compra una vez que el proveedor adjudicado cumpla con la reposición del producto dentro de los plazos fijados en el párrafo anterior.
GARANTÍA TÉCNICA DEL PRODUCTO
El proveedor deberá presentar una declaración de los términos bajo los cuales entregará la garantía de funcionamiento de los artículos ofrecidos. Este documento deberá detallar las fallas y los repuestos que serán cubiertos, durante el periodo de garantía, sin costo para el comprador. En subsidio se le aplicará lo dispuesto en los artículos 19, 20 y 21 de la Ley 19.496 de Protección de los Derechos del Consumidor. En este caso el tiempo de la Garantía Técnica post venta será de 36 meses como mínimo, a partir de la recepción final de los mismos por parte de la Universidad de Tarapacá y se considerará la sustitución de los productos que presenten fallas como consecuencia de los defectos de material de armado o fabricación o reparación del producto en los términos señalados en los artículos 20 y 23 inciso primero de la Ley 19.496 ya citada, teniendo la Universidad el derecho que le confiere el artículo 21 inciso 7 de la referida ley. En caso que el proveedor adjudicado no cumpla con el soporte de solución de inconveniente con el clúster, la que considera la garantía de reemplazo de las partes defectuosas  entregadas en Arica por 36 meses, con el siguiente nivel de servicio: a. Severidad 1: alto impacto: Tiempo de respuesta de 24 horas. Tiempo de solución: 3 días hábiles. Existe un problema de alto impacto que está provocando cortes esporádicos o una degradación grave del sistema o sus datos almacenados. Los usuarios finales lo encuentran constantemente con un impacto adverso en su interacción con el sistema. b. Severidad 2: impacto medio: Tiempo de respuesta de 24 horas. Tiempo de solución: 5 días hábiles. Un problema de impacto de mediano a grande que incluye pérdida parcial y no crítica de acceso al sistema o que perjudica algunas operaciones en el sistema pero permite al usuario final continuar funcionando en el sistema con soluciones alternativas. El incumplimiento del nivel de servicio facultará a UTA cobrar al oferente las siguientes multas por atraso posterior al tiempo establecido en los niveles a y b : • De 1 a 7 días de atraso, 5 UF por día hábil de atraso • De 8 a 30 días de atraso, 10 UF por día hábil de atraso • De 31 a 60 días de atraso, 100 UF por día hábil de atraso Las multas podrán hacerse efectivas a través del cobro de la garantía de Post Venta. Las multas serán determinadas por la Dirección de Administración y Finanzas y/o el responsable del contrato y su aplicación aprobada por Resolución Exenta de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas.
A continuación se detalla el procedimiento asociado a la aplicación del respectivo cobro de multa:

1.- Detectada una situación que amerite la aplicación del cobro de Multas,  el responsable del contrato, notificará inmediatamente de ello al Vicerrector de Administración y Finanzas.

2.- El responsable del contrato, determinarán  el monto de la multa y solicitará su aplicación a la Vicerrectoría de administración y finanzas.


3.- La resolución exenta de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas que aplica la multa, será notificada de la forma establecida en el artículo 46º de la Ley 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, es decir, por escrito mediante carta certificada o personalmente. 4. El adjudicatario podrá recurrir ante el Vicerrector de Administración y Finanzas de la Universidad, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación del acto administrativo que aplica la multa. El recurso debe plantearse en forma escrita y ser fundado. Podrá interponerse personalmente por el adjudicatario o por intermedio de un representante designado por él. En lo demás se estará a lo dispuesto en el artículo 46º y 59º de la Ley Nº 19.880 del 2003, sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 5.- La reclamación será resuelta por el Vicerrector de Administración y Finanzas dentro del plazo de treinta (30) hábiles siguientes a la fecha de recepción de la carta de reclamo. En la resolución que acoja el recurso, se podrá, modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado; en todo lo demás, se aplicará el artículo 59º de la Ley 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado
COBRO Y PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO DE LA GARANTÍA DE POST VENTA
La garantía post venta podrá hacerse efectiva: 1. Cuando el proveedor no cumpla con las condiciones establecidas en la garantía de los 36 meses. 2. Cuando el proveedor no pague la multa por concepto de incumplimiento de los servicios, según cláusula Garantía Técnica de los Productos. 
A continuación se detalla el procedimiento asociado a la aplicación del respectivo cobro de la garantía de post venta: 1. Detectada una situación que amerite la aplicación del cobro de la garantía de post venta, el responsable del contrato, notificará inmediatamente de ello al Vicerrector de Administración y Finanzas. 2. Se aplicará la correspondiente sanción por medio de una Resolución Exenta de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas. 3. El adjudicatario podrá recurrir ante el Vicerrector de Administración y Finanzas, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación del acto administrativo que se pronunciare sobre el cobro de la garantía. El recurso debe plantearse en forma escrita y ser fundado. Podrá interponerse personalmente por el adjudicatario o por intermedio de un representante designado por él. En lo demás se estará a lo dispuesto en el artículo 46º y 59º de la Ley Nº 19.880 del 2003, sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 4. La reclamación será resuelta por el Vicerrector de Administración y Finanzas, dentro del plazo de treinta (30) hábiles siguientes a la fecha de recepción de la carta de reclamo. En lo no contemplado en el procedimiento anterior, se aplicará supletoriamente lo dispuesto en la Ley 19.880 de Bases de procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Contrato administrativo regulado por estas bases administrativas podrá modificarse o terminarse anticipadamente por la Universidad de Tarapacá, sin derecho a indemnización alguna para el (los) proveedor(es) adjudicado(s), si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1.-Por resciliación o mutuo acuerdo entre las partes. 2.- Por Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave: a.- La no entrega del producto o servicio dentro de los 30 días hábiles posterior al plazo de entrega indicado en la orden de compra . b.- El incumplimiento al pacto de integridad. 3. En caso de disolución de la sociedad o empresa adjudicada y no tuviese continuidad legal. 4.- Por quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario a menos que se entreguen cauciones para garantizar el cumplimiento de la obligación. 5.- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 6.- Por aumento unilateral de los precios estipulados en el contrato. Todas las causales de término de contrato imputables al adjudicatario, darán derecho a la Universidad a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato A continuación se detalla el procedimiento asociado a la aplicación del respectivo Termino Anticipado de Contrato. 1 Detectada una situación que amerite la aplicación del Termino Anticipado de Contrato, el responsable del respectivo contrato notificará inmediatamente de ello al Vicerrector de Administración y Finanzas. 2.- El término anticipado del contrato administrativo será autorizado por el Vicerrector de Administración y Finanzas de la Universidad de Tarapacá, mediante acto administrativo, deberá ser fundado y su procedimiento de acuerdo a lo prevenido en el artículo 79 ter del decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, y será notificado de la forma establecida en el artículo 46° de la Ley 19.880 que estable Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, es decir, por escrito mediante carta certificada o personalmente. 3.- El adjudicatario podrá recurrir ante la autoridad competente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del acto administrativo. El recurso debe plantearse en forma escrita y ser fundado. Podrá interponerse personalmente por el adjudicatario o por intermedio de un representante designado por él. En lo demás se estará a lo dispuesto en el artículo 46° y 59° de la Ley N° 19.880 del 2003, sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 4.-La reclamación será resuelta por la autoridad dentro del plazo de treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la carta de reclamo. En la resolución que acoja el recurso, se podrá, modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado; en todo lo demás, se aplicará el artículo 59° de la Ley 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado y será informado a través del sitio web www.mercapublico.cl. En lo no contemplado en el procedimiento anterior, se aplicará supletoriamente lo dispuesto en la Ley 19.880 de Bases de procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
FACTURACIÓN
La emisión de la factura del suministro de los bienes, deberá hacerse a nombre de la Universidad de Tarapacá, RUT Nº 70.770.800-K. domicilio, Avenida General Velásquez 1775, Arica, indicando claramente el nombre de la adquisición y número de la Orden de Compra emitida en la plataforma de mercadopúblico. El monto total debe indicarse en pesos y en números enteros sin decimales, incluido el valor agregado (IVA), si corresponde.
MODALIDAD DE PAGO
La Universidad de Tarapacá pagará al proveedor adjudicado, dentro de los 30 días corridos, contados desde la recepción e instalación de los bienes y/o servicios. La recepción conforme de los bienes y/o servicios, por el Jefe de Centro de Costo o por el Usuario Responsable, habilitará a la Universidad para solicitar al proveedor la emisión de la factura. En aquellos casos en que el proveedor incurra en incumplimiento del plazo de entrega indicado en la orden de compra, la Universidad pagará el monto de la factura que no se encuentre en proceso de multa. El valor de la multa estará supeditado al resultado del procedimiento de apelación a la aplicación de la multa. El valor de la facturación o boleta será expresado en pesos. La Universidad podrá rechazar una factura o documento de cobro en el plazo de 8 días corridos desde la recepción del documento tributario de cobro. La Universidad de Tarapacá se reserva el derecho de suspender el pago en los plazos señalados precedentemente, en caso que no fueran recepcionados conforme los productos y/o servicios
CALIFICACIÓN A LOS PROVEEDORES
La Universidad de Tarapacá podrá calificar a los proveedores en cada proceso de compra para obtener una evaluación de su desempeño. Tales calificaciones podrán ser consideradas en futuras adquisiciones institucionales.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: i. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, bienes o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. ii. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. iii. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. iv. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. v. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio. vi. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. vii. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. viii. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
CUMPLIMIENTO NORMATIVA ACOSO SEXUAL, VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 inciso 3° y 10 de la Ley N°21.369, de 2021, en este acto las partes contratantes declaran conocer y se obligan a dar estricto cumplimiento a las normas dispuestas en la Ley N°21.369, que regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación arbitraria en el ámbito de la Educación Superior que dispone el deber de todas las instituciones de educación superior a adoptar las medidas que sean conducentes para prevenir, investigar, sancionar y erradicar el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género, y a los modelos el Protocolo de actuación ante denuncias sobre actos de acoso sexual, violencia y discriminación de género y el Reglamento de procedimientos disciplinarios iniciados por denuncias de acoso sexual, todos de la Universidad de Tarapacá, aprobados por Decreto Exento N°630/2022, y 631/2022, respectivamente, los que forman parte integrante del presente instrumento, y son por ende vinculantes para ambas partes entendiéndose incorporadas al presente acto. Asimismo declaran conocer el Manual para la prevención del Lavado de Activos, delitos funcionarios y financiamiento del terrorismo aprobado por Decreto Exento Universitario N°00.369/2021 y, las disposiciones contenidas en el Código de Ética de la Universidad de Tarapacá, aprobado por Decreto Exento Universitario N°00.360/2021, obligándose, en ambas casos, a dar estricto cumplimiento a las normas contenidas en ellos.
ADJUNTAR CATÁLOGO
Los artículos deben ser entregados con sus respectivos catálogos y antecedentes técnicos, en idioma español, para asegurar su puesta en marcha, el buen funcionamiento y correcta mantención de los equipos.
GASTOS DE INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN Y PRIMERA MANTENCIÓN PREVENTIVA
Serán de cargo exclusivo del proveedor, todos los gastos que genere la instalación, configuración y primera mantención preventiva del sistema, así como por ejemplo los traslados del personal capacitado hacia la ciudad de Arica, alimentación, alojamiento, movilización, etc.
SEGURIDAD EN EL SERVICIO DE INSTALACIÓN
El adjudicatario deberá cumplir con lo señalado en la Ley 16.744 SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Y SU REGLAMENTO, y con las instrucciones dadas en estas materias por la Universidad de Tarapacá. El no Cumplimiento a las obligaciones señaladas anteriormente constituirán falta grave, cuya infracción dará derecho a la Universidad a dar por terminado el contrato de parte de la Universidad, en forma unilateral y sin derecho a indemnización de ninguna especie, dictando al efecto el acto administrativo que declare el término anticipado del contrato con fundamentación de la causa esgrimida para ello.
INSPECCIÓN
La coordinación, control y supervisión del cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario corresponderá al responsable técnico de la contratación el Sr. Rolando Martínez o a quien designe el responsable del contrato. El adjudicatario deberá otorgar todas las facilidades necesarias para que el desempeño de las funciones de la referida Unidad se realice satisfactoriamente.
HERRAMIENTAS Y EQUIPOS
La custodia de herramientas y equipos utilizados por el adjudicatario de la licitación, para proveer el servicio de instalación requeridos por la Universidad, será de exclusiva responsabilidad del adjudicatario en lo que respecta a daños o robos ocurridos durante los trabajos y servicios al interior de los recintos universitarios.
CERTIFICACIÓN DE INSTALACIÓN
El proveedor deberá indicar la calificación del profesional a cargo de la instalación, debiendo adjuntar los certificados correspondientes.
INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN Y CAPACITACIÓN
El proveedor junto con la entrega de los productos deberá instalarlos y configurarlos para lo cual deberá realizar una capacitación de mínimo 24 horas lectivas de entrenamiento a 20 personas en modalidad sincrónica, abarcando configuración, uso y mantenimiento de los equipos y su software. El oferente deberá luego disponibilizar a Universidad de Tarapacá la grabación de las sesiones, según lo señalado en el anexo N° 2 “Especificaciones Técnicas”. La fecha de instalación será acordada por el responsable del contrato y el proveedor adjudicado, una vez recibidos los productos.
ADJUNTAR COTIZACION DETALLADA
El proveedor deberá adjuntar una cotización detallada donde se indique el valor individual de cada equipo solicitado en el Anexo N° 2 “Especificaciones Técnicas” de las presentes bases.