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Resolución de Empates |
Según Bases Administrativas Especiales, punto N°17:
17.- MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de empate por parte de dos o más oferentes, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje en el criterio Precio. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Plazo de entrega. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Calidad de la propuesta, de persistir el empate se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Garantías, de persistir el empate se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Programa de integridad y por último, de persistir el empate se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de los requisitos formales.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Según Bases Administrativas Especiales, punto N°10:
10.- CONSULTAS
Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y Punto N°9 de las presentes Bases.
Según Bases Administrativas Especiales, punto N°11:
11.- RESPUESTAS A LAS CONSULTAS
Las respuestas a las consultas serán efectuadas únicamente, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio. Se debe precisar que toda la documentación que se adjunte al documento donde se efectúan las aclaraciones es parte integral de las mismas. Será de responsabilidad del interesado la toma de conocimiento de las aclaraciones, ya que éstas forman parte integral de las bases. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
Asimismo, el mandante se reserva el derecho de hacer de oficio, aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las bases administrativas de la presente propuesta, las que serán adjuntadas en el portal, a través del documento denominado “Aclaraciones”, considerando el mismo calendario de las aclaraciones a las consultas efectuadas por los oferentes.
De igual modo, la municipalidad podrá solicitar por el portal, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta. Las respuestas deberán ser igualmente, a través del portal y se deberán limitar a los puntos solicitados.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Según Bases Administrativas Especiales, punto N°24:
24.- OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR
El proveedor, deberá entregar los productos de acuerdo a la propuesta presentada en su oferta y a la calidad de servicio exigida en estas bases. En caso de duda primará el criterio de la Municipalidad.
Será responsabilidad del proveedor, cumplir con el 100% de lo estipulado en la “ADQUISICIÓN DE RODILLO COMPACTADOR DOBLE TAMBOR 740 KG., MUNICIPALIDAD DE QUILLÓN”. Por lo que, ante cualquier eventualidad o percance para la ejecución de éste, será el proveedor el encargado de restituir el servicio, solucionar los problemas, según corresponda y siempre que la causa del inconveniente sea ajena a la responsabilidad de la Municipalidad.
Se deja en claro que el Proveedor es el único responsable del personal contratado y de velar por su correcto desempeño. En tal sentido, debe mantener los contratos del personal vigente, sus remuneraciones canceladas y sus cotizaciones previsionales y de salud; en general, debe dar cumplimiento a todas las leyes laborales, previsionales, de seguridad y tributarias vigentes.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Según Bases Administrativas Especiales, punto N°16.2:
16.2.- Foro inverso
La municipalidad, podrá realizar preguntas al proveedor en relación a la oferta que este presentó durante el proceso de licitación. Como no debe existir contacto directo entre ambas partes, la instancia oficial será en www.mercadopublico.cl, con el fin de resguardar la transparencia en el proceso.
Es importante señalar, se podrá solicitar a los oferentes que accedan a corregir errores u omisiones formales en un plazo no superior a 25 horas contados desde el día y hora del requerimiento de la entidad licitante, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, a excepción de los antecedentes indicados en los puntos 12.2 y 12.3, materia de evaluación, los que a falta de su presentación dejarán al proponente FUERA DE BASES.
Mientras que, la falta u omisión de antecedentes solicitados en el punto 12.1 letras e) y f), será materia de evaluación, acorde a lo indicado en el Punto N°16, letra e). Esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Conjuntamente con la aplicación de los criterios descritos en los párrafos precedentes, el mandante, a través de la comisión nombrada por Decreto Alcaldicio, queda facultada para analizar y comprobar otros antecedentes del oferente que permitan determinar que la adquisición será ejecutada correctamente.
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Pacto de integridad |
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Según Bases Administrativas Especiales, punto N°16 letra e):
e).- PROGRAMA DE INTEGRIDAD (ponderación 10%)
El oferente deberá incluir en su propuesta administrativa un Programa de Integridad que sea conocido por su personal, tal como se exige en el dictamen de la Contraloría General de la República N°E370752 de 2023.
La evaluación del Programa de Integridad se realizará según el conocimiento de éste por parte de sus trabajadores, según el siguiente detalle:
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DETALLE
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PUNTAJE
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Cuenta con programa de integridad, y es conocido por todo su personal.
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100
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Cuenta con programa de integridad, y no es conocido por todo su personal.
No presenta programa de integridad.
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0
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La acreditación de que cuenta con Programa de Integridad, y que es conocido por sus trabajadores, deberá ser a través de una declaración jurada simple u otro documento que acredite la toma de conocimiento por cada uno de sus trabajadores.
NOTA: Se considerará como personal al representante legal de la empresa, y a todos sus trabajadores.
La no presentación de las declaraciones juradas dará por entendido que el Programa de Integridad no es conocido por sus trabajadores.
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CONDICIONES DE LA LICITACIÓN |
Según Bases Administrativas Especiales, punto N°4:
4.- CONDICIONES DE LA LICITACIÓN
Modalidad de Contratación
Propuesta pública a suma Alzada, en moneda corriente, sin intereses ni reajustes, según calendario de Licitación contenido en portal mercado público.
Esta contratación incluye todos los antecedentes que conforman la presente licitación.
4.1.- Modalidad de Contratación
Propuesta pública a suma alzada, en moneda corriente, sin intereses ni reajustes, según calendario de licitación contenido en portal mercado público. Esta contratación incluye todos los antecedentes que conforman la presente licitación.
4.2.- Reglamentación
a) Las disposiciones contenidas en el Decreto N°661, de fecha 03 de junio de 2024 del Ministerio de Hacienda, donde aprueba reglamento de la Ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250 de 2024.
b) Ley Nº20.123, y Reglamento que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de servicios transitorios.
c) Por las presentes Bases, con todos los antecedentes que ellas incluyen y las eventuales aclaraciones y/o respuestas, posteriores.
4.3.- Orden de Prelación
Ante cualquier incongruencia, de los antecedentes que rigen la presente Licitación, el orden de prelación de la documentación (en orden de mayor a menor importancia), será:
Prelación Administrativa
1) Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas). Decretadas
2) Bases Administrativas Especiales Decretadas
3) Formularios
4) Contrato.
Prelación Técnica
1) Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas). Decretadas
2) Bases Técnicas del servicio.
3) Contrato.
4) Propuesta del oferente.
La publicación de la licitación se efectuará en el portal www.mercadopublico.cl Además, se solicita la presentación de toda la documentación que conforma la oferta del Proveedor por el mismo medio, según calendario contenido en el portal.
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SUPERVISIÓN |
Según Bases Administrativas Especiales, punto N°21:
21.- SUPERVISIÓN
La adquisición de los productos será supervisada por una Contraparte Técnica I.T.S. que recae en un funcionario de la Dirección de Obras Municipales, quien tendrá la función de revisar la recepción e idoneidad de los productos y exigir a los proveedores las correcciones que procedan. Lo anterior de acuerdo a lo definido en la reglamentación que la rige. La Contraparte Técnica cursará y visará el estado de pago según se indica en el punto 23 de las presentes BAE, de acuerdo a las etapas prefijadas en las Bases Administrativas.
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ESTADOS DE PAGOS |
Según Bases Administrativas Especiales, punto N°23:
23.- ESTADOS DE PAGOS
El precio del Contrato se liquidará mediante 1 estado de pago, una vez que se haya entregado con éxito la totalidad de los productos solicitados y posterior a la emisión de certificado de conformidad de la Unidad Mandante, indicando que se ha recepcionado el 100% del servicio requerido, dentro de los plazos establecidos.
Para dar curso al estado de pago el proveedor del servicio deberá acompañar los siguientes documentos en original:
A. Factura o Boleta Electrónica a nombre de:
Nombre : I. Municipalidad de Quillón
RUT : 69.141.400-0.
Giro : Servicios.
Dirección : 18 de septiembre Nº250, Quillón.
B. Orden de Compra correspondiente.
C. Certificado firmado por el ITS indicando que se han recepcionado el 100% del servicio solicitado y dentro del plazo correspondiente.
OBSERVACIÓN: La Municipalidad sólo pagará las facturas debidamente cursadas, en un plazo de 30 días posterior al ingreso de la factura por oficina de partes.
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OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR |
Según Bases Administrativas Especiales, punto N°24:
24.- OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR
El proveedor, deberá entregar los productos de acuerdo a la propuesta presentada en su oferta y a la calidad de servicio exigida en estas bases. En caso de duda primará el criterio de la Municipalidad.
Será responsabilidad del proveedor, cumplir con el 100% de lo estipulado en la “ADQUISICIÓN DE RODILLO COMPACTADOR DOBLE TAMBOR 740 KG., MUNICIPALIDAD DE QUILLÓN”. Por lo que, ante cualquier eventualidad o percance para la ejecución de éste, será el proveedor el encargado de restituir el servicio, solucionar los problemas, según corresponda y siempre que la causa del inconveniente sea ajena a la responsabilidad de la Municipalidad.
Se deja en claro que el Proveedor es el único responsable del personal contratado y de velar por su correcto desempeño. En tal sentido, debe mantener los contratos del personal vigente, sus remuneraciones canceladas y sus cotizaciones previsionales y de salud; en general, debe dar cumplimiento a todas las leyes laborales, previsionales, de seguridad y tributarias vigentes.
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