9. ERRORES U OMISIONES/FALTA DE CERTIFICADOS O ANTECEDENTES DURANTE LA EVALUACIÓN
El Servicio de Salud Chiloé podrá solicitar a través del Portal, de conformidad a lo establecido en el Artículo 56 del reglamento, que los oferentes salven errores u omisiones, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecte el principio de igualdad de los oferentes.
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para ello, El servicio de salud otorgará un plazo de 2 días hábiles para la corrección de estas omisiones, contado desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará y publicará en el Sistema de Información.