Licitación ID: 5094-1-LE23
Servicios de aseo y otros. UUCC Pta. Arenas
Responsable de esta licitación: DIRECCION GENERAL DEL CREDITO PRENDARIO, Unidad Punta Arenas
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
Adquisición de Servicios de aseo, mantención, desratización, desinsectación y sanitización de la UU.CC Punta Arenas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicios de aseo y otros. UUCC Pta. Arenas
Estado:
Cerrada
Descripción:
Adquisición de Servicios de aseo, mantención, desratización, desinsectación y sanitización de la UU.CC Punta Arenas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION GENERAL DEL CREDITO PRENDARIO
Unidad de compra:
Unidad Punta Arenas
R.U.T.:
61.504.000-2
Dirección:
Lautaro Navarro Nº 1024
Comuna:
Punta Arenas
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-04-2024 12:00:00
Fecha de Publicación: 02-04-2024 16:23:08
Fecha inicio de preguntas: 02-04-2024 17:01:00
Fecha final de preguntas: 09-04-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 16-04-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-04-2024 12:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-04-2024 12:01:00
Fecha de Adjudicación: 25-04-2024 13:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno 05-04-2024 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 2: Declaración jurada simple El oferente deberá adjuntar el Anexo N° 2 Declaración Jurada Simple, en el evento que la información no se encuentre actualizada en el portal al momento de efectuar la oferta para la presente licitación; se entiende que los documentos y la información se encuentra actualizada si no sobrepasan los 30 días hábiles desde la presentación de la oferta. En el caso de las personas jurídicas deberá ser firmado el anexo por el actual representante legal del oferente, situación que deberá ser acreditada y anexada con los demás documentos de la oferta. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, cada uno de ellos debe presentar este documento.
2.- Anexo N° 5: Declaración simple de subcontratación
3.- Anexo N° 4: Declaración de confidencialidad El oferente deberá señalar en el Anexo N° 4 su expresa reserva y confidencialidad de todos los documentos o información que DICREP le proporcione a la empresa o que tome conocimiento con ocasión del suministro de bienes o de la prestación de servicios. Esta obligación incluye la visita a terreno durante el proceso licitatorio y subsistirá aún después de finalizada la relación de suministro de bienes o prestación de servicios. En caso de no presentar el Anexo N° 4, el oferente no podrá concurrir a la visita a terreno
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 1: Programa de prestación de servicio, dotación de personal y horario de trabajo El estándar mínimo para prestar el servicio de aseo diario, en días hábiles, es de 1 persona día completo, además, los oferentes deberán considerar que para las labores de aseo quincenal, mensual y semestral tendrán que adicionar a 1 persona para prestar apoyo en las labores de aseo y la frecuencia de asistencia del Supervisor mínima es de 1 día a la semana. Las ofertas que no cumplan con estos requisitos serán consideradas inadmisibles.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 3: Remuneraciones a pagar a personal contratado para realizar el servicio de aseo en la Unidad de Crédito Punta Arenas. Para efectos de la presente licitación y del anexo señalado, la remuneración bruta o salario bruto se entenderá por: Remuneración Bruta: Salario base (más) Ingresos que constituyen remuneración (menos) Ingresos que no constituyen remuneración Salario Base: Hace referencia al dinero por el cual fue contratado el empleado. Nunca puede ser inferior al sueldo mínimo. Ingresos que constituyen remuneración: Se trata de todos los pagos que, por ley, debe hacer el empleador al trabajador por contraprestación adicional por sus servicios, como es el caso de horas extras, las comisiones o bonos que se relacionen directamente con la prestación del trabajador como, por ejemplo, asistencia. No incluir la gratificación ya que no se considerará para efectos de esta licitación. Ingresos que no constituyen remuneración: Son gastos en los que incurre el trabajador para llevar a cabo su labor. Al no constituir remuneración, no están afectas a cotizaciones previsionales. Las principales son: la asignación familiar, colación y movilización.
2.- Anexo N° 6: Oferta económica Los oferentes deberán indicar en su oferta el monto total, incluyendo todos los costos asociados con el proceso.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta económica Oferta económica Su ponderación corresponde al 40%. En la evaluación de las ofertas se aplicará el concepto de: “Análisis de mínimo costo”, donde se considerará la relación entre cada oferta y la de menor costo, según la siguiente formula: {OM/OE*100}*0,40 Dónde: OM = Oferta Mínima OE = Oferta evaluada Para la evaluación de este criterio se utilizará el valor ingresado en el Anexo Nº 6 En caso que no se indique el valor en el Anexo N° 6, la oferta no será evaluada y se declarará inadmisible. 40%
2 Condiciones de empleo y remuneración Su ponderación corresponde al 40% Para la evaluación de este criterio se aplicará la siguiente fórmula: Puntos = (Promedio remuneraciones a evaluar) x 40 (Mayor promedio remuneraciones ofertado) El proponente deberá llenar el anexo Nº 3 Remuneraciones a pagar, indicando la remuneración bruta mensual a pagar a sus trabajadores (as) que serán contratados para realizar servicios de aseo y mantención en la Unidad de Crédito Punta Arenas La remuneración a considerar en la aplicación del puntaje será el promedio de todas las remuneraciones de los dependientes contratados para hacer el aseo en la Unidad de Crédito Punta Arenas. Para el efecto de este criterio, no se computará la remuneración del Supervisor ni las personas de apoyo. El administrador o subrogante durante la ejecución del contrato podrá verificar que se cumpla con lo declarado en anexo Nº 3 por el proveedor adjudicado, antes de pagar la respectiva factura. Se evaluará en este ítem solo los trabajadores que estén contratado 40%
3 Cumplimiento requisitos formales Su ponderación corresponde al 5 %. Su mecanismo de cálculo corresponde a la siguiente tabla: PRESENTA TODOS LOS DOCUMENTOS SOLICITADOS PUNTAJE SI 5% NO 0% En caso del oferente que no presente los anexos N° 1, 3 y N° 6, su oferta será declarará inadmisible. Al oferente que no presente los anexos antes señalados en el punto 1.4 “Antecedentes para Incluir en la oferta (antecedentes administrativos)”, se le asignará un puntaje de 0 (cero). Sin perjuicio de la anterior, habiéndose detectado errores u omisiones formales durante la evaluación (artículo 40 Reglamento de Compras), se le otorgará un plazo breve y fatal de 2 días hábiles, contados desde la fecha en que sean solicitados vía portal, para salvar errores u omisiones, y así poder seguir participando en la licitación. Lo solicitado solo será formal, pero no podrán modificar o desnaturalizar la oferta ya presentada. Esto se solicitará por el FORO INVERSO DE MERCADOPUBLICO. 5%
4 Enfoque de género Su ponderación corresponde al 10% ChileCompra lanzó el Sello Empresa Mujer para identificar a empresas lideradas por mujeres que hacen negocios con el Estado, con fecha 24 de marzo de 2016, la cual se suma a la Directiva N° 20 de fecha 12 de noviembre de 2015, de enfoque de género en materia de compras públicas, de la Dirección de Compras y Contratación Pública. El fundamento del Sello Empresa Mujer, corresponde a lo siguiente: “En ChileCompra y ChileProveedores queremos que aún más mujeres sean proveedoras del Estado, porque sólo el 36% de las personas que hacen negocios en www.mercadopúblico.cl son mujeres, y éstas se llevan sólo el 26% de los montos transados. Para disminuir esta brecha, se creó el Sello Empresa Mujer, que identifica a las empresas lideradas por mujeres. Así los compradores públicos, podrán incluir este ítem como criterio en la evaluación de sus bases de licitación”. Por tanto, aquellos oferentes que presenten el Sello Empresa Mujer obtendrán 10 (diez) puntos, caso 10%
5 Sello 40 horas La certificación “Sello 40 horas” es un reconocimiento público, de carácter promocional, que otorga gratuitamente el Ministerio del Trabajo y Previsión Social a las empresas de todo tamaño o rubro, que implementen una jornada laboral ordinaria de 40 o menos horas semanales, como una acción concreta de fomento a mejorar las condiciones del trabajo. El puntaje asociado a este criterio corresponde al 5%. Para la evaluación de este criterio los oferentes deberán adjuntar el documento emitido por el Ministerio del Trabajo. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 22 08 001 Servicios de Aseo
Monto Total Estimado: 24000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Marcelo Salazar
e-mail de responsable de pago: Marcelo.salazar@dicrep.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe la subcontratación a excepción de los servicios de limpieza de vidrios, desratización, desinsectación y sanitización, en caso de que la empresa adjudicada no cuente con dichos servicios y no pueda emitir el correspondiente certificado. En el
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Dirección General del Crédito Prendario
Fecha de vencimiento: 22-09-2026
Monto: 5 %
Descripción: Será una (1) Garantía. El proveedor adjudicado deberá entregar una garantía de fiel cumplimiento de contrato equivalente al 5% del monto total adjudicado con IVA incluido, con fecha de vencimiento de 60 días hábiles a contar del término de la contratación. La garantía se devolverá al terminar los 60 días hábiles transcurridos el contrato. La garantía de fiel cumplimiento del contrato deberá ser tomada a la vista, con el carácter de irrevocable y en forma nominativa en favor de Dirección General del Crédito Prendario.
Glosa: La glosa debe indicar: “Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato adjudicado en la licitación ID 5094-1-LE23” Dicha glosa podrá estar en el mismo documento solicitado o bien, señalarlo en un sobre o carta adjunta a la garantía.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía se devolverá en un plazo de 60 hábiles después de terminado el contrato y que se haya verificado mediante certificado entregado por la empresa, que ésta se encuentre al día en el pago de las obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores, en especial el último mes del contrato. Lo anterior, salvo que la empresa no cumpla con las obligaciones que establecen las bases, la oferta correspondiente y/o el presente contrato, en cuyo caso DICREP queda desde ya autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite. La garantía deberá ser retirada donde mismo se entregó.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
CONSULTAS Y DUDAS. -
Durante la publicación de la licitación, las consultas y dudas que se tengan al respecto sólo se aceptarán durante el período que se establece en las mismas bases de licitación, a través de la opción FORO del portal mercadopublico.cl. NO SE RESPONDERÁN CONSULTAS O DUDAS FUERA DEL FORO, NI FUERA DE PLAZO.
ACEPTACIÓN DE LAS BASES.-
Por la sola presentación de su propuesta el oferente acepta todas las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, como el de ejecución de la contratación, principalmente las obligaciones contempladas en las presentes bases de licitación.
Modificación de las bases
El Servicio podrá modificar las presentes bases y sus anexos, durante el proceso de licitación, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. En caso que la modificación ocurriera dentro de los dos últimos días para presentar las ofertas, se debe ampliar el plazo en 3 (tres) días hábiles para que los oferentes actualicen sus propuestas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Las aclaraciones que se efectúen se entenderán que forman parte de las presentes bases.
Comisión evaluadora
Para efectos del proceso de evaluación se constituirá una Comisión Evaluadora de DICREP, a la que le corresponderá resolver en una única instancia la licitación, redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, en las que se consignarán las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de interes con los oferentes al momento de la evaluación, y deberán evaluar las propuestas para la adjudicación por parte del Jefe Superior del Servicio. La vigencia de la comisión comenzará en la fecha que se apruebe la presente resolución y tendrá una duración hasta 2 (dos) días después de aceptada la orden de compra o después de la fecha de la resolución que declara desierta o revoca la presente licitación, según corresponda. La Comisión Evaluadora estará integrada por miembros designados para tales efectos, los cuales pueden ser nombrados por este acto administrativo o en otro distinto, debiendo ser publicado en el portal www.mercadopúblico.cl En caso de que alguno de los integrantes de la Comisión Evaluadora se encuentre incapacitado/a de ejercer sus funciones en la presente licitación pública, por razones fundadas y por acto administrativo, este integrante será reemplazado debiendo cumplir con las obligaciones que demanda la Ley de Lobby, N.º 20.730. Esta designación será sancionada por acto administrativo, el cual se deberá subir a www.mercadopublico.cl Se deberá designar al Presidente de la Comisión Evaluadora, quien levantará el informe final que deberá incluir lo señalado en el artículo 40° bis, del D.S 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
RESOLUCIÓN DE EMPATES.-
En caso de empates se aplicará la siguiente tabla de prelación: a) En caso de empate, se adjudicará al mejor porcentaje en el criterio OFERTA ECONÓMICA b) Si el empate persiste se adjudicará al mejor porcentaje en el criterio CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN c) Si el empate persiste, prevalecerá el mejor porcentaje en el criterio INCLUSIÓN CON ENFOQUE DE GÉNERO d) Si el empate persiste, prevalecerá el mejor porcentaje en el criterio SELLO 40 HORAS Por último, si persiste el empate, se seleccionará la oferta que primero se subió al portal.
Subcontratación
Prohibición de subcontratación: Se prohíbe la subcontratación a excepción de los servicios de limpieza de vidrios, desratización, desinsectación y sanitización, en caso de que la empresa adjudicada no cuente con dichos servicios y no pueda emitir el correspondiente certificado. En el caso de la realización de los servicios subcontratados, el proveedor adjudicado deberá informar al administrador o subrogante, como contraparte técnica, que se llevarán a cabo esos servicios con una anticipación de dos días hábiles, identificando la empresa y el detalle de los funcionarios que realizarán los servicios. Circunstancias y alcances de la prohibición En caso de que la empresa adjudicada utilice los servicios de subcontratación, DICREP podrá solicitar los documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social, de los trabajadores actuales o durante los últimos 2 años de la empresa subcontratada, durante toda la vigencia de la contratación.
Adjudicación
La licitación se evaluará y adjudicará, con todas las ofertas que cumplan con todos los requisitos de las bases.
CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN.-
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no firma el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases, rechaza la orden de compra, no presenta la garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido en las presentes bases, o no está hábil en ChileProveedores, DICREP podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, siempre que DICREP lo estime adecuado a sus intereses y en el evento que no se haya dado inicio a la ejecución de los servicios.
ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.-
La acreditación de esta obligación se hará mediante certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, que deberá ser entregado al administrador o subrogante por el adjudicatario conjuntamente con la factura. El adjudicatario deberá presentar las facturas de pago mensuales junto con las copias de contrato y cotizaciones laborales pagadas del mes anterior a la prestación del servicio facturado de cada uno de los trabajadores que prestarán el servicio en la DICREP. Si el adjudicatario no cumple con esta obligación, devengará las multas establecidas en estas bases. Además, DICREP procederá a retener el monto de lo adeudado y podrá pagar las remuneraciones y cotizaciones sociales de los trabajadores que se deban, en forma directa. Esta acreditación será del personal que estrictamente cumple o cumplió funciones en la dependencia de DICREP, manteniendo las condiciones de remuneraciones brutas indicadas en el anexo correspondiente.
VERIFICACIÓN DE CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIONES.-
El administrador o subrogante podrá solicitar al proveedor adjudicado, según corresponda, copia de liquidación de sueldo de las personas que hagan aseo en la Unidad de Crédito Punta Arenas con el fin de verificar el cumplimiento del anexo N° 3, antes de pagar la respectiva factura.
PERSONAL DE ASEO.-
Los trabajadores del proveedor adjudicado deberán cumplir solo las obligaciones señaladas en estas bases y DICREP se reserva el derecho de solicitar cambio de trabajadores de aseo, debidamente fundado ante el proveedor adjudicado, debiendo ser informada tal situación al jefa/a del subdepartamento de unidades de crédito o su subrogante legal.
CONTRAPARTE TÉCNICA DE DICREP.
El administrador o subrogante, será responsable por la ejecución, seguimiento y gestión del respectivo contrato, manteniendo el contacto con el proveedor adjudicado durante toda su vigencia y, a su vez, el proveedor adjudicado deberá remitirse a los funcionarios ya mencionados.
Sanitización, desinsectación y desratización y acreditación
Las empresas de sanitización, desinsectación y desratización, al igual que sus trabajadores, deberán estar autorizadas por la Seremi de Salud, conforme al Decreto N° 157/2005, sobre “Reglamento de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico”, artículos 95° y 100°, y dar cumplimiento a las exigencias del Decreto N° 594/1999, artículos 3, 11 y 22, sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”. Deberá estar vigente en el catastro de empresas aplicadoras de plaguicidas de uso sanitario y doméstico. La empresa adjudicada deberá entregar al administrador o subrogante, al momento de terminar la aplicación, un certificado de los tratamientos realizados, emitido por el responsable técnico. Exigencia de documentos El proveedor adjudicado, y antes de comenzar los trabajos de control de plagas, deberá presentar la siguiente documentación: • Hojas de seguridad de acuerdo a la Norma chilena NCH 2245 Of. 93. • Ficha técnica de los productos a utilizar. • Procedimiento de ejecución. Con respecto a la desratización, el contratista deberá adjuntar un croquis con los sectores donde se ubiquen los cebos y/o trampas. El administrador o subrogante, como contraparte técnica, será responsable de • No permitir que los trabajos se realicen sin los requisitos establecidos en las presentes bases y aplicar los procedimientos de multas y otros, señalados en las presentes bases. • Coordinar la sanitización de la unidad de crédito dentro de los primeros dos días de cada semana, frecuencia necesaria considerando las consecuencias negativas de la pandemia mundial covid-19 en nuestro país, lo cual se realizará vía correo electrónico con el proveedor adjudicado, y en caso de no ser respetado procederán las multas que correspondan. • Aprobar el plan de desinsectación y desratización de la unidad de crédito que el proveedor entregará para su aprobación dentro de los 7 días siguientes a la firma del contrato, además de coordinar cada una de las sesiones y, en caso de cambio de fecha de estas, deberá ser fundamentado en el correo en que se informó de este cambio al proveedor.
Vigencia del contrato
Inicio de servicios de aseo Los servicios comenzarán una vez suscrito el contrato, en las fechas dispuestas en el mismo. Duración de la prestación de servicios El contrato tendrá una duración de 24 meses, considerando que el presupuesto es anual.
Forma de pago y conformidad del servicio
Los pagos serán mensuales, para lo que el proveedor emitirá la factura una vez que el administrador o su subrogante como su contraparte técnica, emita el certificado de conformidad de los servicios prestados. Previo a la emisión del certificado de conformidad el proveedor deberá presentar los certificados de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales (F30 y F30-1). La factura deberá ser remitida al correo electrónico dicreprecepcion@custodium.com, extendida a nombre de la Dirección General del Crédito Prendario, RUT N° 61.504.000-2, indicando en su glosa la descripción de los servicios y el número de la orden de compra respectiva. El pago de los servicios realizados será dentro de 30 días desde la recepción de la factura en la plataforma web del SII.
MULTAS A APLICAR.-
1.9.14.1 Tipos de multa Las multas a aplicar al proveedor adjudicado se verificarán previo informe de la contraparte técnica y de acuerdo a las faltas que se indican a continuación ítem Falta a multar No cumple con: Multa a aplicar 1 Por cada día de ausencia de trabajador de la empresa de aseo, sin que sea reemplazado. Punto 2.5, cláusula ANEXO de bases específicas, en concordancia con lo ofertado en anexo 1. 5% sobre el valor mensual del servicio 2 Por cada semana de ausencia del Supervisor. Punto 2.4, cláusula ANEXO de bases específicas, en concordancia con lo ofertado en anexo 1. 7% sobre el valor mensual del servicio, por cada semana de incumplimiento. 3 Cada incumplimiento en la realización de la desinsectación. Punto 2.13 de las bases específicas sobre control de plagas y sus exigencias. 7% sobre el valor mensual del servicio, por día de atraso tras el vencimiento del plazo acordado con el administrador o subrogante. 4 Cada incumplimiento en la realización de la desratización. Punto 2.13 de las bases específicas sobre control exigencias. 7% sobre el valor mensual del servicio, por día de atraso tras el vencimiento del plazo acordado con el administrador o subrogante. 5 Cada incumplimiento en la realización de la Sanitización trimestral. Punto 2.14 de las bases específicas sobre control de plagas y sus exigencias. 7% sobre el valor mensual del servicio, por día de atraso una vez terminado el mes. 6 Cada incumplimiento en la realización de la Sanitización semanal. Punto 2.14 de las bases específicas sobre control de plagas y sus exigencias. 7% sobre el valor semanal del servicio, por día de atraso una vez terminado el mes. 7 En el evento que el adjudicatario o la empresa subcontratada pierdan la certificación correspondiente a sanitización, desinsectación y desratización, durante la ejecución del trabajo en la unidad de crédito Lo señalado en el punto 1.9.11 de las bases administrativas 2% sobre el valor mensual del contrato. 8 Por cada uno de los demás casos de incumplimiento mensual de las obligaciones señaladas en las presentes bases imputables al proveedor adjudicado informadas por el administrador o subrogante. Demás faltas contempladas en bases y no indicadas en ítems precedentes. 2% sobre el valor mensual del servicio, por cada falta En todo caso, la suma de las multas no podrán exceder más de 3 (tres) multas, por configurarse causal de término anticipado de la contratación.
PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS.-
Cuando la contraparte técnica verifique la ocurrencia de uno o más de los incumplimientos tipificados precedentemente, informará al proveedor adjudicado, por medio de carta certificada dirigida al domicilio señalado en la documentación del adjudicatario, con el detalle de los hechos que configuran el eventual incumplimiento y su correspondiente multa. El proveedor podrá realizar descargos, por medio de carta certificada dirigida a la Oficina de Partes de la Dirección General del Crédito Prendario, ubicada en calle San Antonio N°427, quinto piso, comuna de Santiago, dentro del plazo de 5 días hábiles, a contar del tercer día siguiente de su recepción en la oficina de correos que corresponda. En el caso de que el proveedor no realice descargos, los realice fuera del plazo establecido en las presentes bases, o sean desestimados por la contraparte técnica, esta última informará a la Jefatura del Departamento de Crédito para la elaboración de la resolución, la cual indicará el detalle de los hechos que configuran el incumplimiento y la multa que resulta aplicable, siendo notificada al proveedor, mediante carta certificada, al domicilio señalado en la documentación del adjudicatario. El proveedor podrá aceptar y pagar la multa una vez notificado el acto administrativo, sin necesidad de seguir con el procedimiento señalado a continuación. En contra de esta resolución, el proveedor podrá presentar recurso de reposición dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde su notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar el recurso. En el caso del incumplimiento de lo dispuesto en el Ítem 2 del presente punto, DICREP podrá hacer efectivo el cobro de la garantía de postventa. El Director General resolverá el recurso de reposición a través de resolución fundada, en la que podrá acoger totalmente el recurso, dejando sin efecto la multa aplicada, acoger parcialmente el recurso, modificando el monto de la multa aplicada, o bien, rechazar el recurso, ratificando el monto de la multa aplicada. Esta resolución será notificada al proveedor, mediante carta certificada, al domicilio señalado en la documentación del adjudicatario. En contra de la resolución que resuelve el recurso de reposición presentado no procederán más recursos. El pago de las multas se hará por ventanilla, se expresará en pesos chilenos, y el proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles para pagarla a contar del término del plazo establecido para su impugnación, en caso de no interponer recurso alguno, o en caso contrario, desde la notificación que se pronuncia sobre la reposición. En el caso de no cumplir con el pago de multas dentro del plazo señalado, el servicio no será recepcionado de manera conforme y DICREP rechazará el pago de la factura hasta que el proveedor no regularice el pago correspondiente. De la misma forma, podrá poner término anticipado a la contratación del servicio y realizar toda acción judicial que estime conveniente a fin del resguardo de los recursos fiscales de la institución o bien se rechazará la factura hasta que el proveedor no regularice el pago de la multa. No procederán estas multas si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado por el proveedor adjudicado y con el V°B° de la contraparte técnica. En caso de acumular más 3 (tres) multas, DICREP podrá poner término anticipado a la contratación del servicio por incumplimiento por parte de la empresa adjudicada, sin derecho a indemnización alguna en favor del proveedor.
Modificación y término anticipado del contrato.
1.9.15.1 Causales Causales de modificación o término anticipado del contrato: a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, como, por ejemplo, la renuncia unilateral por parte del proveedor adjudicado o en caso de acumular 3 (tres) multas, entre otras. c) Estado de notoria insolvencia del contratante, lo cual quedará acreditado con el inicio de un procedimiento regulado dentro de la Ley Nº 27.720. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Registrar y/o mantener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato con un máximo de seis meses. f) Las demás que se establezcan en estas bases de licitación.
Procedimiento para el término anticipado del contrato
Cuando la contraparte técnica verifique la ocurrencia de uno o más de los incumplimientos tipificados en estas bases licitatorias, informará al proveedor adjudicado, por medio de carta certificada dirigida al domicilio señalado en la documentación del adjudicatario, el detalle de los hechos que configuran el eventual incumplimiento y su decisión de dar por terminado anticipadamente el servicio. El proveedor podrá realizar descargos por medio de carta certificada, dirigida a la Oficina de Partes de la Dirección General del Crédito Prendario, ubicada en calle San Antonio N°427, quinto piso, comuna de Santiago, dentro del plazo de 5 días hábiles, a contar del tercer día siguiente de su recepción en la oficina de correos que corresponda. En el caso de que el proveedor no realice descargos, los realice fuera del plazo establecido en las presentes bases, o sean desestimados por la contraparte técnica, esta última informará a la Jefatura del Departamento de Crédito para la elaboración de la resolución, la cual indicará el detalle de los hechos que configuran el incumplimiento y el termino anticipado del servicio, siendo notificada al proveedor, mediante carta certificada, al domicilio señalado en la documentación del adjudicatario. El acto administrativo que da por terminado anticipadamente al servicio podrá impugnarse mediante los recursos administrativos contemplados en la Ley N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.