Licitación ID: 5097-2-LQ22
SERVICIOS DE REPOSICIÓN DE LA CUBIERTA DE LA UNIDA
Responsable de esta licitación: DIRECCION GENERAL DEL CREDITO PRENDARIO, Unidad Valdivia
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Instalación o reparación de techos 1 Unidad
Cod: 72101601
SERVICIOS DE REPOSICIÓN DE LA CUBIERTA DE LA UNIDAD DE VALDIVIA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIOS DE REPOSICIÓN DE LA CUBIERTA DE LA UNIDA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contratar los servicios de reposición de la cubierta de la Unidad de Crédito Valdivia
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION GENERAL DEL CREDITO PRENDARIO
Unidad de compra:
Unidad Valdivia
R.U.T.:
61.504.000-2
Dirección:
Av. Picarte Nº 608
Comuna:
Valdivia
Región en que se genera la licitación:
Región de Los Ríos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-03-2023 15:01:00
Fecha de Publicación: 20-02-2023 10:42:05
Fecha inicio de preguntas: 20-02-2023 12:01:00
Fecha final de preguntas: 02-03-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-03-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-03-2023 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-03-2023 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 11-05-2023 11:45:24
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
1era visita a terreno 24-02-2023 12:00:00
2da visita a terreno 27-02-2023 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1: Declaración jurada de confidencialidad. Por razones de seguridad inherente al giro de DICREP, los oferentes que participen de la visita terreno y al oferente adjudicado, se les solicitará firmar el Anexo N°1 Declaración Jurada de Confidencialidad.
2.- Anexo N° 2: Declaración jurada simple. El oferente deberá adjuntar el Anexo N.º 2 Declaración Jurada Simple, en el evento que la información no se encuentre actualizada en el portal al momento de efectuar la oferta para la presente licitación; se entiende que los documentos y la información se encuentra actualizada si no sobrepasan los 30 días hábiles desde la presentación de la oferta. En el caso de las personas jurídicas deberá ser firmado el anexo por el actual representante legal del oferente, situación que deberá ser acreditada y anexada con los demás documentos de la oferta. En el caso de Unión Temporal de Proveedores, cada uno de ellos debe presentar este documento
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°5: Itemizado: Presupuesto detallado. El oferente deberá detallar en el Anexo N°4 los porcentajes de gastos generales en cada uno de los items que se desarrollarán en el proyecto.
 
2.- Anexo N°6: Profesional Encargado de la obra y experiencia El oferente deberá señalar en el presente anexo el profesional que cumplirá el rol de encargado de la obra. Los profesionales que podrán estar a cargo de la obra en representación del contratista son: Ingeniero Civil, Ingeniero Constructor, Constructor Civil, Arquitecto o un profesional, o técnico afín a la naturaleza del proyecto con más de 5 años de experiencia en el rubro, con el fin de asegurar un profesional residente calificado. Criterio de Inclusión con Enfoque de Género, aquellos oferentes que cuenten con el Sello Empresa Mujer deberán presentarlo. En caso de no presentarlo, los oferentes continuarán participando de la licitación, pero obtendrán 0 (cero) puntos en el presente criterio.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 3: Oferta económica y plazo de ejecución El oferente debe consignar en el Anexo N°3 “oferta económica y plazo de ejecución” el monto total con IVA del valor total del proyecto. En caso que el monto del Anexo N°3 no coincida con lo expresado en el Anexo N°4, se tomará en consideración lo ofertado en el Anexo N°3, y se solicitara ajustar el itemizado indicado en el Anexo N°4. El plazo de ejecución de la obra no podrá superar los 90 días corridos, en caso de exceder del plazo indicado la oferta se declarará inadmisible.
2.- Anexo N° 4: Programa de ejecución – Carta Gantt Será requerimiento de la oferta, presentar una Carta Gantt y tabla de proyección porcentual de hitos de avance semanal del total del plazo ofertado. La Carta Gantt deberá contener todos los ítems señalados en el Anexo N°4. En caso de no cumplir con esta exigencia se podrá solicitar por foro inverso el respectivo ajuste. En caso de no adjuntar la Carta Gantt y la tabla de proyección antes mencionada o no concordar con el plazo ofertado en el Anexo N°3 (Oferta Económica y Plazo de ejecución) se tomará en consideración lo señalado en el anexo N°3, y se solicitará ajustar el itemizado indicado en el Anexo N°4. La exigencia obligatoria se fundamenta en la necesidad de DICREP de contar con una verificación técnica de los plazos de ejecución ofertados por el contratista. Esta Carta Gantt contendrá ruta crítica, deberá ser actualizada y remitida a solicitud de la Inspección Técnica durante el transcurso de la obra para prever y anticipar retrasos al plazo estipulado de término.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta económica En la evaluación de las ofertas se aplicará el concepto de: “Análisis de mínimo costo”, donde se considerará la relación entre cada oferta y la de menor costo, según la siguiente formula: {OM/OE*100}*0,40 Dónde: OM = Oferta Mínima OE = Oferta evaluada Para la evaluación de este criterio se utilizará el valor ingresado en el Anexo Nº 3 de la Oferta Económica, la que deberá ser detallada en el Anexo N° 5. En caso que no se indique precio en el Anexo N° 3, la oferta no será evaluada y se declarará inadmisible. En caso que el monto del Anexo N°3 no coincida con lo expresado en el Anexo N°5, se tomará en consideración lo ofertado en el Anexo N°3, y se solicitara ajustar el itemizado indicado en el Anexo N°5. 40%
2 Cumplimiento Presentación de Antecedentes Los requisitos formales tienen una ponderación del 5%, aspecto que se evaluará acorde a la siguiente tabla: Oferente presenta todos los documentos solicitados Puntaje SI 5 NO 0 Sin perjuicio de la anterior, habiéndose detectado errores u omisiones formales durante la evaluación (artículo 40 Reglamento de Compras), se le otorgará un plazo breve y fatal de 2 días hábiles, contados desde la fecha en que sean solicitados vía portal, para salvar errores u omisiones, y así poder seguir participando en la licitación. Lo solicitado solo será formal, pero no podrán modificar o desnaturalizar la oferta ya presentada. Esto se solicitará por el FORO INVERSO DE MERCADOPUBLICO. 5%
3 Plazo de Ejecución - Carta Gantt Para ponderar los plazos ofertados se aplicará la siguiente fórmula: {PM/PE x100}x0.30 Dónde: PM = Plazo Mínimo Ofertado PE = Plazo de Oferta evaluada El dato a considerar será el informado en el anexo N° 3: Plazo de ejecución del trabajo expresado en días corridos, el que deberá ser consistente con el anexo N°4. El plazo comenzará a regir desde la entrega del área de trabajo formalizado en el acta firmada por el ITO y proveedor adjudicado y consignado en la apertura del libro de obras. El plazo de ejecución de la obra no podrá superar los 90 días corridos, en caso de exceder del plazo indicado la oferta se declarará inadmisible. En caso de no adjuntar la Carta Gantt y tabla de proyección de hitos (Anexo N°4) o no concordar con el plazo ofertado en el Anexo N°3 (Oferta Económica y Plazo de ejecución) se solicitará, mediante foro inverso, la incorporación del anexo N°4, de acuerdo al plazo ofertado en el anexo N°3. En caso de no coincidir ambos pla 30%
4 Asistencia a visita a terreno Los requisitos formales tienen una ponderación del 5%, aspecto que se evaluará en base a la siguiente tabla: Oferente asiste a visita a terreno Puntaje SI 5 NO 0 Al oferente que no asista a alguna de las visitas a terreno se le asignará un puntaje de 0 (cero), Los concurrentes deberán dar cumplimiento a lo preceptuado en la cláusula 9.2 de las presentes bases. Se levantará el acta respectiva de la visita, en donde se dejará constancia de los concurrentes. Las consultas efectuadas por los oferentes al momento de efectuar recorrido de las dependencias a intervenir, serán consignadas en el Acta de Visita a objeto que las respuestas a las consultas sean de público conocimiento para todos los oferentes. El acta será firmada por todos los asistentes Se reitera que es responsabilidad de cada oferente y concurrente la estricta reserva y confidencialidad de la información entregada por DICREP en la visita. 5%
5 Profesional encargado de la obra y experiencia Para evaluar este criterio, los oferentes deberán presentar certificados emitidos por organismos públicos o privados, en el rubro asociado a esta licitación y que correspondan a servicios de reposición, mejoramiento, construcción de cubierta y/o techumbre, en los cuales, el profesional señalado se haya desempeñado como Inspector Técnico de Obra. El anexo N°6 de las presentes bases de licitación, deberá ser completado y firmado por cada uno de sus clientes, o bien, deberá constar de otro documento en el que señale claramente la conformidad en el trabajo desempeñado, dicho documento deberá al menos individualizar: - Razón social del cliente - Rut - Contacto telefónico - Correo electrónico - Individualización del profesional encargado de obra - Aspecto técnico de la obra - Contratos o resoluciones que aprueban los contratos o facturas u órdenes de compra, los cuales servirán como medio verificatorio para que sea validada la experiencia, individualizando el profesional designado. El ofer 15%
6 Criterio de Inclusión con Enfoque de Género ChileCompra lanzó el Sello Empresa Mujer para identificar a empresas lideradas por mujeres que hacen negocios con el Estado con fecha 24 de marzo de 2016, la cual se suma a la Directiva N° 20 de fecha 12 de noviembre de 2015, de enfoque de género en materia de compras públicas, de la Dirección de Compras y Contratación Pública. El fundamento del Sello Empresa Mujer corresponde al siguiente: “En ChileCompra y ChileProveedores queremos que aún más mujeres sean proveedoras del Estado, porque sólo el 36% de las personas que hacen negocios en www.mercadopúblico.cl son mujeres, y éstas se llevan sólo el 26% de los montos transados. Para disminuir esta brecha, se creó el Sello Empresa Mujer, que identifica a las empresas lideradas por mujeres. Así los compradores públicos, podrán incluir este ítem como criterio en la evaluación de sus bases de licitación”. Aquellos oferentes que presenten el Sello Empresa Mujer obtendrán 5 (cinco) puntos, caso contrario, obtendrán 0 (cero) puntos. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 22 06 001
Monto Total Estimado: 124091058
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 90 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Marcelo Salazar
e-mail de responsable de pago: Marcelo.salazar@dicrep.cl
Nombre de responsable de contrato: Christian Barrueto
e-mail de responsable de contrato: christian.barrueto@dicrep.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-29796541-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Dirección General del Crédito Prendario
Fecha de vencimiento: 20-04-2023
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: La garantía de seriedad de oferta debe ser tomada a la vista, con el carácter de irrevocable y en forma nominativa en favor de la Dirección General del Crédito Prendario, equivalente a $ 500.000.- La garantía deberá ser ingresada en la Unidad de Crédito Valdivia ubicada en Ramón Picarte N°608 o por Oficina de Partes de la Dirección General, ubicada en San Antonio 427, 5º piso, comuna de Santiago, hasta antes del plazo indicado para el cierre de presentación de las ofertas. Se evaluarán las propuestas cuyas garantías sean recibidas en el plazo estipulado y condiciones descritas.
Glosa: La glosa impresa en el documento deberá decir: “Garantizar seriedad de la oferta en la Licitación ID 5097-2-LQ22”. Dicha glosa puede estar en el mismo documento solicitado o bien, señalarlo en sobre o carta adjunta a garantía.
Forma y oportunidad de restitución: El proveedor adjudicado recuperará su documento contra la entrega de garantía de fiel cumplimiento de contrato. Las garantías de los oferentes no adjudicados podrán retirarse después de 10 días hábiles de notificada la Resolución de adjudicación en el portal Mercadopublico.cl. Este plazo se extenderá en 10 días hábiles en el caso de tener que readjudicar dicha licitación. Las garantías se retirarán en las mismas direcciones donde se entregaron, ya sea en Valdivia o en Santiago. En el caso de que las ofertas sean declaradas inadmisibles o desestimadas, la devolución de la presente garantía se efectuará de la misma manera indicada en este punto
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Dirección General del Crédito Prendario
Fecha de vencimiento: 20-06-2023
Monto: 10 %
Descripción: El proveedor adjudicado deberá entregar una garantía de fiel cumplimiento de contrato equivalente al 10% del monto que se adjudicó con IVA incluido. La garantía de fiel cumplimiento del contrato debe ser tomada a la vista, con el carácter de irrevocable y en forma nominativa en favor de Dirección General del Crédito Prendario. Una vez notificada la adjudicación de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl, el oferente tiene 10 días hábiles para entregar la garantía en la Unidad de Crédito Valdivia ubicada en Ramón Picarte N°608 o por Oficina de Partes de la Dirección General, ubicada en San Antonio 427, 5º piso, comuna de Santiago. La no presentación de la garantía en tiempo y forma será causal de cobro de la garantía de seriedad de la oferta y se readjudicará al siguiente proveedor con mayor puntaje, o bien, declarar desierta la licitación según corresponda. Si el contratista no entrega esta garantía al momento de firmar contrato, se entenderá como desistimiento, se hará efectiva la garantía de Seriedad de la Oferta y se procederá según el punto 9.6 de estas bases. Esta garantía se cobrará en caso de incumplimiento grave de las obligaciones que impone al OFERENTE el respectivo contrato, lo cual será calificado mediante resolución fundada del Jefe Superior de Servicio. El OFERENTE, en caso de cobro, estará obligado a renovar la garantía, dentro de cinco días hábiles.
Glosa: La glosa impresa en el documento deberá decir: “Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y leyes sociales adjudicado en la Licitación ID 5097-2-LQ22”. Dicha glosa puede estar en el mismo documento solicitado o bien, señalarlo en sobre o carta adjunta a garantía.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de fiel cumplimiento del contrato y de las obligaciones laborales y previsionales, será devuelta después de realizar la Recepción Provisoria sin Observaciones, cursado el último Estado de Pago y que se haya verificado mediante certificados entregados por la empresa, que esté se encuentre al día en el pago de las obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores. Lo anterior, salvo que la empresa no cumpla con las obligaciones que establecen las bases, la oferta correspondiente y/o el presente contrato, en cuyo caso la Dirección General, queda desde ya autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite
    Otras Garantías
Beneficiario: Dirección General del Crédito Prendario.
Fecha de vencimiento: 27-04-2023
Monto: 5 %
Descripción: El contratista deberá entregar una garantía correspondiente a la correcta ejecución de la obra por un monto equivalente al 5% del valor de adjudicación IVA incluido. La garantía deberá ser tomada a la vista, con el carácter de irrevocable y en forma nominativa en favor de Dirección General del Crédito Prendario. Este documento deberá ser entregado una vez efectuada la recepción provisoria de la obra y rige a contar de la fecha en que se firma el Acta de Recepción Provisoria de Forma y oportunidad de restitución. El objetivo de esta garantía es cautelar los intereses DICREP durante el periodo de garantía de un año luego de efectuada la Recepción Provisoria más una holgura de 60 días para cubrir eventualidades administrativas.
Glosa: La glosa impresa en el documento deberá decir: “Garantizar la correcta ejecución del contrato adjudicado en la Licitación ID 5097-2-LQ22”. Dicha glosa puede estar en el mismo documento solicitado o bien, señalarlo en sobre o carta adjunta a garantía.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía será devuelta después de firmar el Acta de Recepción Definitiva, en la misma dirección donde se entregó.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Seguro contra todo riesgo de construcción
Previo a la entrega del terreno, el contratista deberá hacer entrega en la Unidad de Crédito Valdivia ubicada en Ramón Picarte N°608, Valdivia o por Oficina de Partes de la Dirección General, ubicada en San Antonio 427, 5º piso, comuna de Santiago, una Póliza de Seguro por todo Riesgo de Construcción. Dicho seguro será por un monto equivalente al valor total de construcción, en caso de contar con deducible este deberá ser asumido por él contratista. Dicho seguro tendrá como beneficiario a la Dirección General del Crédito Prendario. En caso de siniestro las sumas percibidas por DICREP serán destinadas a la reconstrucción de la obra. El inicio de la vigencia de la cobertura de la póliza deberá comenzar, al menos, a contar de la fecha en que se realice la entrega de terreno y hasta 30 días después de la Recepción Provisoria de las Obras, sin observaciones, por parte de la ITO. Este seguro deberá estar vigente por todo el período de la construcción. La póliza por todo riesgo de la construcción no podrá estar incluida ni incluir la póliza por responsabilidad civil, debiendo entregarse en forma separada. El contratista deberá presentar a la ITO la Póliza de Seguro más los antecedentes técnicos que la respaldan, el cual deberá contener como mínimo las condiciones generales y especiales del seguro, sus coberturas de riesgo, el valor de las obras aseguradas, las estimaciones de pérdidas máximas de la obra, los sublímites propuestos, etc. Con todo, la póliza deberá contener en forma explícita y obligatoriamente las siguientes cláusulas: a) Rehabilitación automática (cobertura 100% del tiempo mientras la póliza se encuentre vigente); b) Renuncia de los derechos de subrogación respecto de los asegurados y beneficiarios; c) Deberá incluir gastos de aceleración; d) Que indique la imposibilidad de cancelar o dar término al seguro por parte del contratista sin la aprobación por escrito de la Dirección General del Crédito Prendario. La ITO podrá rechazar la póliza de seguro por todo riesgo de la construcción si no cumple los requisitos mínimos para una efectiva cobertura de los riesgos
Seguro de responsabilidad civil ante terceros
El contratista deberá contratar un Seguro de Responsabilidad Civil ante Terceros, para cubrir todos los daños que con motivo de la ejecución de las obras se cause a terceros. El monto de esta póliza será correspondiente al 10% del total del valor original del contrato, expresado en Unidades de Fomento con valor al último día del mes anterior a la fecha de apertura de la propuesta; sin embargo, de producirse daños a terceros por montos que superen el valor de la póliza contratada, el contratista será el único responsable pecuniariamente de las diferencias entre el monto efectivamente pagado por la compañía de seguros y los daños que efectivamente deben ser indemnizados o reparados. Esta póliza, que deberá contener una cláusula de renovación automática que permita cubrir todo el periodo de construcción de las obras y hasta la recepción provisoria de las mismas. Esta póliza, que deberá ser pagada al contado, contendrá en forma específica, dentro de la glosa correspondiente, la materia asegurada, el número y fecha de la resolución que adjudica el contrato y los daños e indemnizaciones referidos, sin exclusiones en cuanto al origen de esos daños, en caso que la póliza considere deducible, esta deberá ser asumida por el contratista. Lo anterior no es óbice para que el contratista mantenga su responsabilidad total ante cualquier accidente que deteriore o derribe la obra.
Visita a terreno
Una vez publicada la licitación, el contacto y coordinación para los oferentes invitados a asistir a las visitas a terreno será en el mail infraestructura@dicrep.cl. Sólo podrán asistir un máximo de tres delegados por empresa interesada. Además, en el correo electrónico que se envíe para estos efectos, se deberá incluir: a.- Nombre completo de la o las personas a concurrir. b.- Cédula de identidad de cada uno de ellos. c.- Nombre de la empresa a quien representa. d.- R.U.T de la Empresa interesada. e.- Datos de contacto de cada uno de los concurrentes y la empresa interesada. Los concurrentes deberán portar la información señalada en el párrafo anterior. No se aceptará el ingreso de concurrentes que se presenten sin la información solicitada, salvo en el caso de personas naturales que participen en el proceso de licitación por sí mismos. Se levantará el acta respectiva de la visita, en donde se dejará constancia de los concurrentes. Se reitera que es responsabilidad de cada oferente y concurrente la estricta reserva y confidencialidad de la información entregada por DICREP en la visita. La visita a terreno se programará, una vez publicada la licitación, en día hábil: VISITAS A UNIDAD (Una vez Publicada la Licitación) HORARIO DE VISITA UNIDAD DE CRÉDITO DIRECCIÓN DE UNIDAD 4° día y 5° día Hábil 12:00 a 14:00 Valdivia Ramón Picarte N°608 En consecuencia, cualquier error de apreciación del oferente, que encarezcan las prestaciones de los servicios, será de cargo del adjudicatario y no significará un aumento del precio del servicio. Conjuntamente en este proceso se deberá recabar todas las mediciones atingentes a la presentación de la oferta. Este mismo principio se aplicará a quienes asistiendo a la visita a terreno, no efectúen consultas en el plazo contemplado para esto en el proceso licitatorio.
Aceptación de las bases
Por la sola presentación de su propuesta el OFERENTE acepta todas las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, como el de ejecución de la contratación, principalmente las obligaciones contempladas en las presentes bases de licitación.
Modificación de las bases
El Servicio podrá modificar las presentes bases y sus anexos, durante el proceso de licitación, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, pero si la modificación se produce dentro de los dos últimos días para presentar las ofertas, se debe ampliar el plazo en 3 (tres) días, a lo menos, con el fin de que los oferentes actualicen sus propuestas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Las aclaraciones que se efectúen se entenderán que forman parte de las presentes bases.
Comisión evaluadora
Para efectos del proceso de evaluación se constituirá una Comisión Evaluadora de DICREP, a la cual le corresponderá resolver en una única instancia la licitación, redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos en las que se consignarán las evaluaciones, los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta, para entregar una propuesta al Director General sobre la adjudicación, o bien, cuando corresponda declarar desierto el procedimiento. Los miembros de la Comisión Evaluadora y los referentes técnicos no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes al momento de la evaluación y deberán evaluar las propuestas para la adjudicación por parte del Jefe Superior del Servicio. La vigencia de la Comisión será desde la fecha en que se apruebe la presente resolución y hasta 2 días después de aceptada la orden de compra o después de la fecha de la resolución que declara desierta o revoca la presente licitación, según corresponda. La Comisión Evaluadora de la Dirección General estará integrada por: a) El Jefe del Departamento de Administrativo o su subrogante legal. b) El Jefe del Departamento de Crédito o su subrogante legal. c) Jefe de la Oficina de Seguridad o quien este designe. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes al momento de la evaluación, en caso que lo hubiere o ausencia de alguno de los miembros de la comisión evaluadora, lo reemplazará el Jefe del Departamento de Contabilidad o su subrogante legal y deberá cumplirse con las obligaciones que demanda la Ley de Lobby, N.º 20.730. Presidirá la comisión evaluadora la Jefatura del Departamento de Crédito o su subrogante legal, quien levantará el informe final que deberá incluir lo señalado en el artículo 40 bis, del D.S 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Resolución de empates
En caso de empates se aplicará la siguiente tabla de prelación: a) En caso de empate, se adjudicará al mejor porcentaje en el criterio OFERTA ECONOMICA. b) Si persiste el empate, prevalece el mejor porcentaje en el criterio PLAZO DE EJECUCIÓN. c) Si persiste el empate, prevalece le mejor puntaje en el criterio EXPERIENCIA POSITIVA DE LOS ENCARGADOS DE OBRA d) Si el empate persiste, prevalecerá el mejor porcentaje en el criterio de INCLUSIÓN CON ENFOQUE DE GÉNERO. e) Si el empate persiste, prevalecerá el mejor porcentaje en el criterio CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES. Por último, si persiste el empate, se seleccionará la oferta que primero se subió al portal.
Cláusula de re adjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no firma el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases, rechaza la orden de compra, no presenta la garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido en las presentes bases, o no está hábil en ChileProveedores al momento de firmar el contrato, DICREP podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, siempre que DICREP lo estime adecuado a sus intereses y en el evento que no se haya dado inicio a la ejecución de los servicios
Inicio de la obra: Reunión Inicial y Entrega de terreno
Una vez adjudicada la licitación, se procederá a gestionar el contrato por la Oficina de Compras; una vez aprobado por resolución, se publicará la orden de compra en el portal. Una vez aceptada la Orden de Compra en el portal por parte del proveedor adjudicado, se coordinará con el proveedor y el ITO, la reunión de coordinación previa entrega de Terreno. Esto ocurrirá a más tardar el 8° día hábil, ocasión donde deberán estar presentes el Contratista, el profesional encargado de la obra, el ITO y el Administrador de la Unidad de Crédito Valdivia o en quien designe este su representación. En la reunión se tratarán los siguientes temas entre otros: - Planificación del contratista para desarrollar la obra acorde a la carta Gantt y trayectoria critica. - Determinación de la utilización de los servicios de subcontratación y sus alcances. - Instalación de faenas: El adjudicatario deberá presentar la planificación de los trabajos cierres provisorios, utilización de bodegas, medidas de seguridad, zonas de circulación, accesos, etc. - Trabajadores: Contratista efectuará entrega del listado de todo el personal que bajo su dependencia ingresará en la obra identificados por RUN y domicilio. - Aspectos especiales de conocimiento mutuo - Entrega de listado de teléfonos y correos de la parte directiva, administrativa y técnica del contratista. - Coordinación de las obras con el funcionamiento del inmueble. - Coordinación de trabajos que pudieran afectar al edificio en su conjunto. - Plazos estimativos de los proveedores que suministraran elementos a instalar. - Carga y descarga de camiones - Acopios de materiales nuevos, disposición de elementos retirados y los que deban ser trasladados a botadero autorizado. La reunión termina con la firma del Acta de Entrega de Terreno, determinándose como fecha inicial de la obra el siguiente día hábil a la fecha de firma por el Contratista e ITO consignado en el libro de obras.
Acreditación de pagos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Se exigirá la certificación de inexistencia de deudas o demandas laborales en los últimos dos años, adicionalmente se exigirá certificación de pagos previsionales previo a cursar los estados de pago de este contrato. La devolución de la garantía de fiel cumplimiento queda condicionada a la acreditación del pago de las obligaciones previsionales, sociales y remuneraciones correspondientes de todo el periodo de la obra. En caso de incumplimiento, la DICREP podrá cobrar la garantía, retener los montos por los conceptos ya mencionados y, pagar directamente a los trabajadores que acrediten deudas con el empleador, lo cual será calificado mediante resolución fundada del Jefe Superior de Servicio. Las acreditaciones de obligación laborales serán mediante documentos originales emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo: En cada EP se adjuntarán los certificados, planillas y cotizaciones de seguridad social de los trabajadores en la obra, respaldado con los formularios F30 y F30-1. En cada ocasión la nómina del personal efectivo dentro del periodo en cobro. En cada estado de pago, el contratista deberá presentar copias de contrato, planillas previsionales y cotizaciones laborales al día, de cada uno de los trabajadores en obra. En caso de existir subcontratos, deberán incorporarse en una carpeta separada dentro del Estado de Pago e incluir similar documentación que la exigida para los trabajadores directos.
Aplicación de multas
La aplicación de multas la determinará el ITO acorde a sus atribuciones y contrato, quien deberá fundamentar cada caso en un informe y de acuerdo a la siguiente tabla: CONCEPTO MONTOS en UF 1. Entrega de los servicios contratados fuera del plazo de ejecución de la obra por razones imputables al adjudicatario. 10 UF por día 2. Observaciones por aseo, retiro de escombros y/o acopio de material (aseo y retiro de escombros en forma semanal o en conformidad a lo señalado por el ITO). 5 UF cada observación 3. Observaciones del ITO no subsanadas. 4 UF cada observación 4. La no utilización de elementos de seguridad. 4 UF cada observación 5. Observaciones Generadas por la Oficina de Prevención de Riesgos, no subsanadas. 4 UF cada observación 6. Observaciones ajenas que no correspondan a la ejecución de los trabajos (fumar en área prohibida, uso incorrecto del vocabulario, delimitar sector de ejecución y otros. 2 UF cada observación 7. En la recepción Provisoria o Definitiva, la Comisión Receptora concederá un plazo exento de multa para subsanar algún defecto. Los días en exceso dicho plazo estarán afectos a multa 10 UF por día 8. Al paso de 5 días hábiles luego de haber constatado el no cumplimiento de la tabla de proyección porcentual de hitos de avance semanal ofertado, por razones imputables al contratista. 5 UF cada observación 9. Observaciones referidas a la ausencia de profesional residente sin aviso previo y aprobado por la ITO. 2 UF por día Notas: (1) Al cabo de 10 días de atraso DICREP podrá poner término al contrato de manera unilateral. (2) Salvo aquellas que fueran calificadas y debidamente certificadas como fuerza mayor e imprevisto, y que no sean atingente a la empresa proveedora. Las multas serán registradas en libro de obras y comunicadas por correo. En caso de existir multas insolutas se imposibilita al contratista para cursar estados de pagos. El pago de las multas se hará por ventanilla, o se cobrarán judicialmente, en su caso. Para estos efectos se considerará el valor de la UF correspondiente al día en que se deja constancia en el libro de obra. Con todo, la aplicación de las multas, sumadas, no podrá exceder del 10% del precio del servicio dentro del periodo de ejecución de la obra; en caso de excederse ese límite, se entenderá que el adjudicatario ha incurrido en incumplimiento grave y DICREP podrá poner término al contrato, según lo dispuesto en el Punto 9.13, letra l. Con todo, la aplicación de 3 multas seguidas, se entenderá que el adjudicatario ha incurrido en incumplimiento grave y DICREP podrá poner término al contrato, según lo dispuesto en el Punto 9.13 letra j. En la eventualidad que el trabajo no se entregue en el plazo contractual o que, a juicio de la DICREP, no tenga opción de ser entregado (según lo que señala la carga Gantt y los ítems de la oferta económica), esto se entenderá transcurrido más de 10 días corridos luego de la fecha comprometida para la entrega, se retendrán los pagos que pudiesen estar en curso y dará derecho a DICREP para cobrar las boletas de Garantía
Procedimiento para la aplicación de multas
Cuando la ITO verifique la ocurrencia de uno o más de los incumplimientos tipificados precedentemente, notificará al momento de la verificación de dicho incumplimiento al contratista, mediante constancia en libro de obra al contratista, e informará al responsable del contrato quién notificará por medio de carta certificada dirigida al domicilio señalado en la documentación del adjudicatario o en la registrada en el portal de Mercado público, el detalle de los hechos que configuran el eventual incumplimiento y su correspondiente multa. El proveedor podrá realizar descargos, por medio de carta certificada dirigida al ITO y enviada a la Oficina de Partes de la Dirección General del Crédito Prendario, ubicada en calle San Antonio N°427, quinto piso, comuna de Santiago, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde el tercer día hábil siguiente de la recepción de la carta certificada señalada en el párrafo precedente, en la oficina de correos que corresponda. En el caso de que el proveedor no realice descargos, los realice fuera del plazo establecido en las presentes bases, o sean desestimados por la contraparte técnica, esta última informará al Jefe del Departamento de Crédito para la elaboración de la resolución, la cual indicará el detalle de los hechos que configuran el incumplimiento y la multa que resulta aplicable, siendo notificada al proveedor vía portal de Mercadopublico. El proveedor podrá aceptar y pagar la multa una vez notificado el acto administrativo, sin necesidad de seguir con el procedimiento señalado a continuación. En contra de esta resolución, el proveedor podrá presentar recurso de reposición dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde su notificación en el portal, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar el recurso. El Director General resolverá el recurso de reposición a través de resolución fundada, en la que podrá acoger totalmente el recurso, dejando sin efecto la multa aplicada, acoger parcialmente el recurso, modificando el monto de la multa aplicada, o bien, rechazar el recurso, ratificando el monto de la multa aplicada. Esta resolución será notificada al proveedor por el portal. En contra de la resolución que resuelve el recurso de reposición presentado no procederán más recursos. El pago de las multas se hará por ventanilla, se expresará en pesos chilenos, y el proveedor tendrá un plazo de 3 (tres) días hábiles para pagarla a contar del término del plazo establecido para su impugnación, en caso de no interponer recurso alguno, o en caso contrario, desde la notificación que se pronuncia sobre la reposición. En caso de no cumplir con el pago de multas dentro del plazo señalado, el servicio no será recepcionado de manera conforme y DICREP rechazará el pago de la factura hasta que el proveedor no regularice el pago correspondiente. De la misma forma, podrá poner término anticipado a la contratación del servicio y realizar toda acción judicial que estime conveniente a fin del resguardo de los recursos fiscales de la institución.
Fuerza mayor
a. No será causal de multa o término del contrato el incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario derivado de una catástrofe natural o de otra causal de fuerza mayor. b. Se entenderá como fuerza mayor, los hechos imprevisibles que no dependen de la voluntad de las partes, que afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para cumplir con las obligaciones contraídas en virtud de la orden de compra, las que son entre otras, el sabotaje, catástrofes naturales, guerra declarada, rebelión, revolución, actos vandálicos, actos de gobierno, condiciones climáticas. c. Si una u otra parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por alguna causa de fuerza mayor, deberá notificar a la otra por parte por escrito, en un plazo no superior a cinco (5) días corridos desde iniciada la causa de fuerza mayor, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos por la orden de compra. La causal invocada podrá ser aceptada o no aceptada por la otra parte dentro de 10 días desde que haya sido notificada, mediante resolución fundada de acuerdo con el mérito de los antecedentes.
9.12. Modificacion y término Anticipado Del Contrato. -
a. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista. c. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. Para efectos de determinar la notoria insolvencia, se entenderá como verificación del presente punto, el inicio de cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 20.720, sobre reorganización y liquidación de empresas y personas. d. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. f. Incumplimiento grave en los plazos para la ejecución de cada mantención. g. Las demás que se establezcan en estas bases de licitación o en el contrato.
Incumplimientos graves
Sin perjuicio de los demás casos previstos en estas bases, se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, las siguientes: a. Retraso de más de 10 días en el inicio de las obras (Salvo aquellas que fueran calificadas y debidamente certificadas como fuerza mayor e imprevisto, y que no sean atingente a la empresa proveedora). b. Incumplimiento de sus obligaciones laborales y de seguridad social, en relación con el personal que destine a la ejecución de este contrato. c. Incumplimiento reiterado (dos ocasiones dentro del plazo contractual) de instrucciones impartidas por el ITO en relación con la prestación de los servicios. d. En caso de daños graves a la infraestructura de la Unidad de Crédito o a su equipamiento. e. Incumplimiento de la obligación de confidencialidad. f. Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra. g. Prohibición de celebrar contratos con el Estado declarada judicialmente, prevista en la Ley N°20.393. h. Utilización de materiales defectuosos, de mala calidad o rechazados por el ITO en la ejecución de los trabajos i. No dar cumplimento a los requerimientos técnicos establecidos en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas. j. En caso de acumular más de tres multas seguidas, DICREP podrá poner término anticipado al contrato por incumplimiento de este por parte de la empresa adjudicada, sin derecho a indemnización alguna en favor del contratista. k. No contar con el profesional residente certificado en la obra tras 3 días de ausencia en obra sin ser justificado y aprobado por la ITO previamente. l. Multas que sumadas excedan el 10% del precio del servicio IVA incluido En cualquiera de los casos anteriores, DICREP podrá hacer efectiva la boleta de garantía respectiva, subsistiendo la facultad de iniciar las acciones legales que correspondan, a fin de obtener el resarcimiento de los perjuicios ocasionados.
Procedimiento para el término anticipado del contrato
Cuando la Contraparte Técnica verifique la ocurrencia de uno o más de los incumplimientos tipificados precedentemente, informará al Jefe del Departamento de Crédito, quien procederá a notificar al proveedor adjudicado, por medio de carta certificada dirigida al domicilio señalado en la documentación del adjudicatario o en la registrada en el portal de mercadopublico, el detalle de los hechos que configuran el eventual incumplimiento y su decisión de dar por terminado anticipadamente el contrato. El proveedor podrá realizar descargos, por medio de carta certificada dirigida a la Oficina de Partes de la Dirección General del Crédito Prendario, ubicada en calle San Antonio N°427, quinto piso, comuna de Santiago, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde el tercer día hábil siguiente de la recepción de la carta certificada señalada en el párrafo precedente, en la oficina de correos que corresponda En el caso de que el proveedor no realice descargos, los realice fuera del plazo establecido en las presentes bases, o sean desestimados por la Contraparte Técnica, esta última informará al Jefe del Departamento de Crédito para la elaboración de la resolución, la cual indicará el detalle de los hechos que configuran el incumplimiento y el término anticipado del contrato, siendo notificada al proveedor vía portal y mediante carta certificada, al domicilio señalado en la documentación del adjudicatario o en la registrada en el portal de mercadopublico. En ambos supuestos, el acto administrativo que da por terminado anticipadamente el contrato podrá impugnarse de acuerdo a los recursos administrativos contemplados en la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.
Estado de pago
El Estado de Pago lo solicitará el Contratista y deberá responder a las siguientes condiciones: ● El contratista podrá cursar hasta 2 estados de pagos en un periodo de 30 días corridos y deberán transcurrir como mínimo 10 días corridos entre cada solicitud. ● Cada estado de pago deberá ajustarse estrictamente a lo informado como avance efectivo de obra, en el que quedará consignado el itemizado (Anexo N° 4) en formato tipo entregado por la ITO. ● Se presentarán en tres carpetas: Una para el ITO, otra que se despachará para realizar el proceso administrativo relativo al pago y la tercera quedará en poder del Contratista con timbre y firma del ITO a título de constancia de la fecha de entrega. ● En caso que el ITO devuelva el EP al Contratista, se contabilizará una nueva fecha correspondiente al reingreso del EP corregido, asumiéndose un nuevo plazo de revisión. ● El ultimo estado de pago no podrá ser inferior al 20% del valor IVA incluido total ofertado por el contratista y será cursado contra recepción provisoria. Documentación del Estado de Pago: 1. Carta conductora emitido por contratista. 2. Obra 2.1. Caratula resumen de Estado de Pago (formato a entregar por DOCREP. 2.2. Itemizado con las cantidades de obras ejecutadas expresadas en monto cantidad y porcentaje de ejecución (formato entregado por DICREP). 2.3. Levantamiento Fotográfico mostrando las partidas objeto del cobro. 2.4. Fotocopia de folios correlativos del libro de Obras, en el periodo del EP. 2.5. Comprobante de pago de multas, en caso de existir. 3. Leyes sociales 3.1. Listado de trabajadores (Nombre, Rut, Cargo). 3.2. Contratos de Trabajo de todo el personal en obra. 3.3. Subcontratos 3.4. Cotizaciones Previsionales y formularios de la inspección de trabajo (F30/F30-1). 3.5. Libro de asistencia (firmado por los trabajadores). 4. Contrato de factoring, si hubiese. En el caso que el contratista haga uso de factoring, deberá informar a la ITO señalando los datos bancarios para ser incorporador en el estado de pago en curso. El ITO dispondrá de 5 días hábiles para revisar la documentación recibida y validar consistencia de los avances en cobro respecto a lo efectivamente ejecutado como obra. Con la validación de los conceptos antes mencionados informará al responsable del contrato quien autorizará la emisión de la respectiva factura. La factura deberá ser remitida al correo electrónico dicreprecepcion@custodium.com y extendida a nombre de la Dirección General del Crédito Prendario, RUT N°61.504.000-2, indicando en su glosa la descripción del servicio y el número de la orden de compra respectiva. El pago del servicio realizado será dentro de 30 días desde la recepción de la factura en la plataforma web del SII, de lo contrario, la factura será devuelta dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción. En caso que el ITO devuelva el EP al Contratista, se contabilizará una nueva fecha correspondiente al reingreso del EP corregido, asumiéndose un nuevo plazo de revisión.
Recepción provisoria
El contratista por libro de obra y correo electrónico oficial comunicará al ITO que la obra se encuentra en condiciones de ser inspeccionada con motivo de la recepción provisoria, si el ITO no efectúa observaciones se fijará una fecha para realizar la Recepción Provisoria, ocasión donde se emitirá el acta correspondiente a la Recepción Provisoria con la firma del Contratista, el administrador (a) de la unidad y el ITO, copia de este documento que se adjuntará al último Estado de Pago. En este acto el contratista entregará al ITO la boleta correspondiente a la Correcta ejecución de la Obra.
Recepción provisoria con observaciones
En caso de existir observaciones que a juicio de la Comisión Receptora requieran de un plazo para subsanar se emitirá un “Acta de recepción provisoria con Observaciones “donde se detallará el plazo y las observaciones a resolver. El plazo para levantar las observaciones no estará afecto a multa por cumplimiento de plazo. Cumplido el plazo antes mencionado el ITO verificará el cumplimiento de las observaciones para su aceptación. Si no se hubiese dado cumplimiento al plazo u observación en el Acta se comenzará a aplicar multas por cada día de atraso. Para los efectos del periodo correspondiente a la “Correcta ejecución de la Obra” se contabilizará la fecha en que sean subsanadas todas las observaciones y recibidas conforme por el ITO. Proceso a registrar en Libro de obra.
Recepción definitiva
Transcurrido un año desde la fecha de la Recepción Provisoria se coordinará una inspección de la obra para verificar el correcto funcionamiento, si a juicio del ITO no existieran observaciones a subsanar por parte del contratista, se fijará una fecha para la Recepción Definitiva donde concurrirá la Comisión receptora el Contratista, el administrador (a) de la unidad y el ITO. Una vez efectuado el acto de Recepción Definitiva de la Obra el ITO elaborará un Acta para constancia oficial, documento a firmar por el ITO, el Contratista y el Administrador de la Unidad de Crédito en calidad de ministro de Fe. Esta Recepción puede ser con o sin observaciones: a.- Recepción Definitiva con observaciones. En este caso la Comisión otorgará un plazo de solución, periodo de tiempo no afecto a multa por cumplimiento de plazo, al cabo del cual se convocará nuevamente a la Comisión. b.- Recepción Definitiva sin observaciones. La Comisión recibe la obra y se emite el acta de recepción sin observaciones. Con este acto se cierra el Libro de Obra y da inicio a la Liquidación del Contrato y devolución de la garantía por la Correcta Ejecución de la Obra.
Liquidación del contrato
Terminada y recibida la obra se procederá a efectuar la liquidación del contrato, asemejando a un balance para determinar los eventuales saldos a favor o en contra del contratista para los efectos del respectivo procedimiento de liquidación. De igual modo se verificará el cumplimiento y devolución de todos los documentos que pudiesen tener vigencia a esa fecha. Este es el acto formal correspondiente a la extinción del contrato se comunica a DICREP y Contratista.
Aumento de plazo
En caso que el Contratista solicitará un aumento de plazo por razones distintas a fuerza mayor, lo solicitará formalmente por escrito al ITO. Esta solicitud no podrá ser presentada en los últimos 10 días del plazo inicial de término contractual. La solicitud deberá argumentar razonadamente la ampliación de plazo, el cual no podrá superar el 10% del plazo de ejecución ofertado. El ITO dispondrá de 2 días hábiles para informar al responsable del servicio quien aceptará o rechazará la solicitud en un plazo de 3 días hábiles. En caso de considerarse plausible lo solicitado; el responsable del servicio fundamentará esta solicitud para ser canalizado al director nacional de DICREP.
Obras adicionales y extraordinarias
El contratista deberá ejecutar las obras con estricto cumplimiento a lo establecido en las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, planos generales, planos de detalle, aclaraciones, respuestas a las consultas y, en general, de toda la documentación que forme parte de la licitación, no estando autorizado para hacerle modificación o alteración alguna. Por tanto, se prohíbe al contratista introducir unilateralmente cambios que no estén de acuerdo con lo establecido en estos documentos. Todo cambio introducido unilateralmente por el contratista y estar debidamente autorizado por el ITO y consignado en el libro de obras, será de su exclusivo costo y responsabilidad, y el costo y plazo que demande corregir las obras de acuerdo con los planos y especificaciones originales será exclusivamente de su cargo. Lo anterior no lo exonera de la responsabilidad que para los constructores establece la legislación vigente, de modo que si, a juicio del contratista, hubiere alguna inconsistencia o error, deberá hacerla presente oportunamente a la ITO. Sin embargo, durante la ejecución de las obras, la ITO podrá ordenar modificaciones ya sean obras adicionales o extraordinarias, que produzcan aumentos, reducción y aún supresión de las cantidades de obra o la sustitución de una clase, modelo o marca de fábrica de materiales por una diferente de la contemplada en el presupuesto del contratista. En este caso, dichas modificaciones deberán quedar registradas en el libro de obras previo a la materialización de ellas, dejando señalado montos y plazos involucrados por estas modificaciones. El contratista estará obligado a ejecutarlas de acuerdo con los términos presentados. En casos técnicamente fundados y que signifiquen una mejora o circunstancias que pudiesen exceder a los términos del contrato, DICREP formalizará aumentos o disminución, mediante adendum al contrato, debiendo ser autorizado por el Director General y aprobado por resolución. LOS AUMENTOS DE CONTRATO TANTO POR OBRAS ADICIONALES COMO EXTRAORDINARIAS, NO PODRÁN SUPERAR EL 30% DEL VALOR TOTAL DEL CONTRATO IVA INCLUIDO.
Obras adicionales
Serán obras adicionales, aquellas que surjan de modificaciones al proyecto, ordenadas y solicitadas formalmente por la ITO a través del libro de obra y que corresponden a aumentos, disminuciones o supresiones de los volúmenes de obra, cuyos precios unitarios están considerados en el “Itemizado Detallado de Construcción” que deberá entregar el Contratista previo a la suscripción del Contrato. El contratista, luego de solicitadas estas obras y dentro de un plazo indicada por la ITO, deberá hacer la presentación del presupuesto empleando para ello como marco referencial los listados de precios del MINVU y plazos de ejecución para la aprobación, considerando los mismos porcentajes de los gastos generales y utilidades estipulados en el presupuesto original.
Obras extraordinarias
Se entenderá por obras extraordinarias, las que surjan de modificaciones al proyecto, ordenadas y solicitadas formalmente por la ITO a través del libro de obra, que se incorporen o agreguen al proyecto para llevar a mejor término la obra contratada, pero cuyas características sean diferentes a las especificadas o contenidas en los antecedentes del contrato y no cuentan con precios unitarios considerados en el “Itemizado detallado” En este caso, sus precios deberán ser acordados por ambas partes, para lo cual el contratista luego de solicitadas estas obras y dentro de un plazo indicado por la ITO, deberá hacer la presentación del presupuesto y plazos de ejecución para la aprobación, se considerará en este caso el mismo porcentaje de utilidad estipulado en presupuesto original y se deberá evaluar la proporción de gastos generales correspondientes. Para ello se tomará como base el desglose de gastos generales que el contratista adjunte en su oferta, considerando los mismos precios indicados en este desglose, pero asignando correspondencia de aplicación si fuera el caso, dado la naturaleza de la obra extraordinaria. No aplica el concepto de obras extraordinarias en los casos que el Contratista no haya considerado en su oferta económica y que hayan estado incluidas en alguno de los antecedentes de la licitación.
Obras adicionales y extraordinarias sin afectar plazo de ejecución de la obra
Si las modificaciones introducidas, pudiendo ser obras adicionales o extraordinarias no afectan la ruta crítica del programa de trabajo o carta Gantt, no implicarán variaciones del plazo de ejecución de las obras.
Obras adicionales y extraordinarias que afectan el plazo de ejecución de la obra
Si las modificaciones introducidas, pudiendo ser obras adicionales o extraordinarias, afectan la ruta crítica del programa de trabajo o Carta Gantt de la obra, podrán dar lugar a estudiar un nuevo plazo de ejecución de las obras, empleando para ello la programación previamente aprobada por la ITO.
Procedimiento de aprobación de las obras adicionales y extraordinarias
Con la finalidad de determinar montos y plazos involucrados en las modificaciones ya sean obras adicionales o extraordinarias, será obligación del contratista, proporcionar en detalle dentro de los plazos señalados, lo siguiente: a. Desglose explícito y claro (valorizado) de todos los ítems, incluidos los gastos generales y utilidades. b. Modificación del programa de trabajo que contenga todas las partidas del Itemizado sujeto a modificación. Esta programación se realizará con vínculos en las partidas con la finalidad que ella exprese la ruta crítica y holguras, fechas de inicio y término de las diferentes partidas, entre otros. La ITO tendrá un plazo máximo de 5 días corridos para aceptar los presupuestos de las modificaciones, manifestación de voluntad que quedará consignada en el Libro de Obras. La ejecución de las obras adicionales o extraordinarias deberá contar además con la aprobación del encargado de la Oficina de Compras y Contrataciones Públicas. Pasado este plazo se entenderá por rechazado el presupuesto, en ese caso el contratista deberá readecuarlo. El contratista, en el evento de prórroga del plazo de ejecución de las obras, modificaciones de obras ya sean obras adicionales o extraordinarias, deberá ampliar la vigencia y monto de las garantías y Seguros, a lo menos por el mismo período de la prórroga.
Inspección técnica de obras
La Contraparte Técnica de DICREP es el Inspector Técnico de Obras (ITO), dependiente de la Oficina de Compras y Contrataciones Públicas, que mediante su encargado nominará formalmente un profesional del rubro que ejercerá como ITO y un Suplente, serán responsables por el fiel cumplimiento del servicio: Control, ejecución, gestión del servicio y cumplimiento de la normativa vigente, manteniendo contacto con el contratista durante toda su vigencia. La contraparte técnica, ITO es el interlocutor único y valido para el contratista. El Administrador, o subrogante, de la Unidad de Crédito se relacionará con el Contratista a través de la contraparte técnica y colaborará con éste en las circunstancias que así le sea solicitado.
Profesional encargado de la Obra
La obra deberá estar bajo la supervisión permanente de un encargado de los trabajos, propuesto por el Contratista en su oferta bajo la calidad de Encargado de Obra. Este deberá ser un profesional, o técnico afín a la naturaleza del proyecto y tendrá que estar presente en todo el desarrollo de la obra, desde la Entrega de Terreno hasta la Recepción Provisoria, suscribiendo las respectivas actas. En aquellas ocasiones en que el encargado de la obra se ausente de ésta, deberá dejar en su reemplazo una persona de igual idoneidad técnica y profesional En caso de no estar el suplente debidamente comunicado y autorizada por el ITO, las faenas están detenidas mientras dure su ausencia y se cursaran las multas establecidas precedentemente, hecho que deberá quedar registrado en el Libro de Obra.
Personal del Contratista
El contratista deberá proporcionar los profesionales y trabajadores en general con experiencia en sus respectivos campos, en cantidad suficiente para cumplir con el contrato
Prevencionista de Riesgo
Considerando que la obra considera trabajos en altura, con empleo de andamios ya sea colgantes o con apoyo en el piso se deberá considerar la presencia de un prevencionista de riegos a jornada completa como responsable de supervisar, hacer charlas inductivas, uso de implementos de seguridad y todo lo que compete a esta actividad profesional. Para estos efectos, el contratista deberá entregar a la ITO actas firmadas correspondientes a derecho de saber, entrega de elementos de trabajos en altura y emisión de informes debidamente validados por el prevencionista y el contratista.