INSCRITO EN CHILEPROVEEDORES.- |
A fin de suscribir el contrato correspondiente, el adjudicatario deberá encontrarse HÁBIL en el Registro Electrónico de ChileProveedores.
En el evento de no encontrarse HÁBIL en dicho registro, dispondrá de un plazo fatal de 5 días hábiles para inscribirse contados desde la fecha de notificación de la resolución de adjudicación en el portal www.mercadopúblico.cl.
La misma obligación se aplica a cada proveedor de la UNIÓN TEMPORAL.
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UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (art. 67° bis del Reglamento de Compras).- |
La formalización de la Unión Temporal para montos inferiores a 1.000 UTM podrá contar en instrumento público o privado. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
El Representante de la Unión Temporal de Proveedores debe adjuntar documento público o privado que formalice la Unión Temporal de proveedores, en el que deberán establecer, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con DICREP y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la posible renovación.
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Criterios de Evaluación |
Criterio Ponderación
Cumplimiento de Antecedentes administrativos 5%
Experiencia 10%
Condiciones de Empleo y Remuneraciones 25%
Otorga Aguinaldos, movilización y colación 15%
Precio 45%
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REMUNERACIÓN BRUTA: |
REMUNERACIÓN BRUTA:
Para efectos de la presente licitación, la remuneración bruta o salario bruto se entenderá por:
Remuneración Bruta: Salario base (más) Ingresos que constituyen remuneración (menos) Ingresos que no constituyen remuneración
Salario Base: Hace referencia al dinero por el cual fue contratado el empleado. Nunca puede ser inferior al sueldo mínimo.
Ingresos que constituyen remuneración: Se trata de todos los pagos que, por ley, debe hacer el empleador al trabajador por contraprestación adicional por sus servicios, como es el caso de horas extras, las comisiones y los bonos. No incluye la gratificación.
Ingresos que no constituyen remuneración: Son gastos en los que incurre el trabajador para llevar a cabo su labor. Al no constituir remuneración, no están afectas a cotizaciones previsionales. Las principales son: la asignación familiar, colación, movilización, aguinaldos.
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PUNTAJE FINAL |
Criterio Administrativo + Criterio Técnico + Criterios Económicos
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Prohibición de Subcontratación.- |
Se prohíbe la subcontratación a excepción de los servicios de limpieza de vidrios, desratización, desinsectación y sanitización, en caso que la empresa no cuente con dichos servicios y no pueda emitir el correspondiente certificado de control de plagas.
En caso de subcontratación deberá ser declarado por el oferente en su oferta a través de Anexo N° 6 Declaración Jurada Simple de Subcontratación.
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Circunstancias y Alcances de la Prohibición.- |
En caso que la empresa adjudicada utilice los servicios de subcontratación, DICREP podrá solicitar los documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social, de los trabajadores actuales o durante los últimos 2 años de la empresa subcontratada, durante toda la vigencia de la contratación.
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DECLARACIÓN JURADA DE CONFIDENCIALIDAD.- |
Por razones de seguridad inherente a la función de DICREP, los oferentes que participen de la visita a terreno y al proveedor adjudicado, en caso que no asistiere a la visita a terreno, se les solicitará firmar el Anexo Nº 5 Declaración Jurada de Confidencialidad, que se adjunta.
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VISITA A TERRENO.- |
Los oferentes podrán asistir al cuarto día hábil a las 15:00 horas, después de publicada la licitación, a la UNIDAD DE CRÉDITO DE VALDIVIA, ubicada en la Avenida Ramón Picarte N°608 Valdivia.
En consecuencia, cualquier error de apreciación del oferente por no asistir a las dependencias, que encarezca las prestaciones de los servicios, será de cargo del adjudicatario y no significará un aumento del precio del contrato.
Para participar de la visita a la Unidad de Crédito se solicitará:
a.- Nombre completo de la o las personas a concurrir y datos de contacto.
b.- Cédula de identidad vigente de cada uno de ellos.
c.- Nombre de la empresa a quien representa y RUT.
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COMISIÓN EVALUADORA.- |
Para efectos del proceso de evaluación se constituirá una Comisión Evaluadora de DICREP, a la que le corresponderá resolver en una única instancia la licitación, redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos en las que se consignarán las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta.
Los miembros de la Comisión Evaluadora y los referentes técnicos no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes al momento de la evaluación y deberán evaluar las propuestas para la adjudicación por parte del Jefe Superior del Servicio.
La vigencia de la Comisión será desde la fecha en que se apruebe la presente resolución y hasta 2 días después de aceptada la orden de compra o después de la fecha de la resolución que declara desierta o revoca la presente licitación, según corresponda.
La Comisión Evaluadora de la Unidad de Crédito Valdivia estará integrada por:
• El Administrador/a o su subrogante legal.
• El Contador/a o su subrogante legal.
• El Tasador Jefe o su subrogante legal.
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ADJUDICACIÓN Y CONTRAPARTE DE DICREP.- |
La licitación se evaluará y adjudicará, con todas las ofertas que cumplan con todos los requisitos de las bases.
El contrato de servicios de aseo se confeccionará y éste contendrá las condiciones establecidas en las presentes bases.
La garantía de fiel cumplimiento de contrato se entregará según como se señala en las presentes bases.
El Administrador, o su subrogante, será responsable por la ejecución, seguimiento y gestión del respectivo contrato, manteniendo el contacto con el proveedor adjudicado durante toda su vigencia y a su vez el proveedor adjudicado deberá remitirse a los funcionarios ya mencionados.
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CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN.- |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no firma el contrato, rechaza la orden de compra, no presenta la garantía de fiel cumplimiento o, no se inscribe en ChileProveedores y o estando inscrito en el registro se encuentra inhábil en los plazos que se establecen en las presentes bases, DICREP podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, siempre que DICREP lo estime adecuado a sus intereses y en el evento que no se haya dado inicio a la ejecución de los servicios.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES.- |
En caso de empate, se adjudicará al mejor porcentaje en el criterio PRECIO.
Si el empate persiste, prevalecerá el mejor porcentaje en el criterio CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIONES.
Si persiste el empate, prevalece el mejor porcentaje en el criterio OTORGA AGUINALDOS.
Si persiste el empate, prevalece el mejor porcentaje en el criterio EXPERIENCIA
Si el empate persiste, prevalecerá el mejor porcentaje en el criterio CUMPLIMIENTO ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS.
Por último, si persiste el empate, se adjudicará al proveedor que primero ingresó su oferta al portal.
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ACEPTACIÓN DE LAS BASES.- |
El solo hecho de la presentación de la oferta significa el estudio, aceptación y adhesión por parte del proponente de las presentes Bases y de los antecedentes que la acompañan.
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ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.- |
ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.-
La acreditación de esta obligación se hará mediante Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, que deberá ser entregado al Administrador de la Unidad de Crédito por el adjudicatario conjuntamente con la factura.
El adjudicatario deberá presentar las facturas de pago mensuales junto con las copias de contrato y cotizaciones laborales al día de cada uno de los trabajadores que prestarán el servicio en la DICREP.
Si el adjudicatario no cumple con esta obligación, devengará las multas establecidas en estas bases. Además, DICREP procederá a retener el monto de lo adeudado y podrá pagar las remuneraciones y cotizaciones sociales de los trabajadores que se deban, en forma directa.
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VERIFICACIÓN DE CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIONES.- |
VERIFICACIÓN DE CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIONES.-
El Administrador de la Unidad de Crédito Valdivia podrá solicitar al proveedor adjudicado copia de liquidación de sueldo de las personas que hagan aseo en Unidad de Crédito, con el fin de verificar el cumplimiento del Anexo N° 4, antes de pagar la respectiva factura.
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INICIO DE SERVICIOS DE ASEO.- |
Considerando la necesidad de mantener la correcta continuidad del servicio, el contrato comenzará a regir a contar de la fecha de suscripción del mismo y deberá ser aprobado mediante acto administrativo, o bien, a continuación del término de la contratación vigente de dicho servicio en la Unidad de Crédito, en caso de que el contrato ya esté suscrito.
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DEL CONTRATO.- |
DEL CONTRATO.-
El contrato que DICREP suscriba con el proveedor adjudicado, deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo. No procederá pago alguno mientras el acto aprobatorio del contrato no se encuentre totalmente tramitado.
Para la suscripción del contrato el oferente adjudicado deberá encontrarse inscrito en el registro de ChileProveedores.
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DURACIÓN DEL CONTRATO.- |
DURACIÓN DEL CONTRATO.-
El contrato tendrá una duración de 24 meses, el cual podrá renovarse una sola vez por 12 meses, salvo comunicación en contrario de cualquiera de las partes, otorgada mediante aviso por escrito enviado a lo menos con treinta (30) días corridos de anticipación a la fecha de vencimiento del mismo.
Transcurridos un año de los servicios prestados el contrato se reajustará considerando la variación positiva del IPC del período de 12 meses inmediatamente anteriores al mes undécimo (11°).
Adicionalmente, el adjudicatario aplicará un reajuste sobre el monto bruto a cada uno de los trabajadores que hacen aseo diario, señalados en el Anexo Nº 4 Remuneraciones a Pagar a Personal, dicho reajuste se regirá por la fórmula ya señalada del IPC y, tiene una naturaleza distinta al reajuste del ingreso mínimo mensual; se aplicará a contar del mes en que se reajuste el valor de los servicios al proveedor
En caso de ser negativo el IPC, se mantendrán los montos de contratación y sueldo.
En caso de incumplimiento, en cuanto al reajuste a los trabajadores que prestan los servicios de aseo diario, se devengarán multas, conforme a lo dispuesto en las presenten bases, generando el derecho para que DICREP ponga término anticipado al contrato.
Para ser renovado el contrato, se evaluará la calidad del servicio y comportamiento de la empresa prestadora, en conformidad a las presentes bases. Dicha evaluación será confeccionada por el Administrador.
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FORMA DE PAGO Y CONFORMIDAD DE SERVICIO.- |
Los pagos serán mensuales, contra presentación de respectiva factura junto al certificado de pagos de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social de los trabajadores que prestan el Servicio de aseo en la Unidad de Crédito Valdivia y previo V° B° del Administrador, en señal de conformidad por los servicios prestados, dentro de los 30 días corridos desde la recepción de la factura en la Unidad de Crédito Valdivia.
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REAJUSTABILIDAD DEL SERVICIO.- |
En caso de renovarse el contrato, éste se reajustará al final de los primeros 24 meses, considerando la variación positiva del IPC del período de 12 meses inmediatamente anteriores al mes vigésimo tercero (23°).
Adicionalmente, el adjudicatario aplicará un reajuste sobre el monto bruto a cada uno de los trabajadores que hacen aseo diario, señalados en el Anexo Nº 4 Remuneraciones a Pagar a Personal, dicho reajuste se regirá por la fórmula ya señalada del IPC y, tiene una naturaleza distinta al reajuste del ingreso mínimo mensual; se aplicará a contar del mes en que se reajuste el valor de los servicios al proveedor.
En caso de ser negativo el IPC, se mantendrán los montos de contratación y sueldo.
En caso de incumplimiento, en cuanto al reajuste a los trabajadores que prestan los servicios de aseo diario, se devengarán multas, conforme a lo dispuesto en las presenten bases, generando el derecho para que DICREP ponga término anticipado al contrato.
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CONTROL DE PLAGAS.- |
Acreditación.-
Las empresas de sanitización, desinsectación y desratización, al igual que sus trabajadores, deberán estar autorizadas por la Seremi de Salud, conforme al Decreto N° 157/2005, sobre “Reglamento de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico”, artículos 95° y 100°, y dar cumplimiento a las exigencias del Decreto N° 594/1999, artículos 3, 11 y 22, sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”. Deberá estar vigente en el catastro de empresas aplicadoras de plaguicidas de uso sanitario y doméstico.
La empresa adjudicada debe entregar al Administrador, al momento de terminar la aplicación, un certificado de los tratamientos realizados, emitido por el responsable técnico.
Exigencia de documentos
El proveedor adjudicado, y antes de comenzar los trabajos de control de plagas, debe presentar la siguiente documentación:
- Hojas de seguridad de acuerdo a la Norma chilena NCH 2245 Of. 93.
- Ficha técnica de los productos a utilizar.
- Procedimiento de ejecución.
Con respecto a la desratización, el contratista deberá adjuntar un croquis con los sectores donde se ubiquen los cebos y/o trampas.
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EVALUACIÓN PROVEEDOR.- |
EVALUACIÓN PROVEEDOR.-
La evaluación del servicio será mensual.
El Administrador de la Unidad de Crédito de Valdivia evaluará el servicio de aseo al final de cada mes.
Copia de esta evaluación se enviará al proveedor, con el cual se analizará las posibles evaluaciones negativas y así corregir; independiente de las posibles multas por incumplimiento, según señala la cláusula MULTAS de estas bases.
El Formulario de Evaluación será el que está a disposición en la Oficina de Compras y Contrataciones.
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MULTAS A APLICAR.- |
Las multas a aplicar al proveedor adjudicado se verificaran previo informe del Administrador, diferente a la evaluación mensual del servicio, y de acuerdo a las faltas que se indica a continuación:
ítem Falta a Multar No Cumple con: Multa a aplicar
1 Por cada día de ausencia de trabajador de la empresa de aseo, sin que sea reemplazado. Punto 4, cláusula ANEXO de bases administrativas, en concordancia con lo ofertado en Anexo 1. 5% sobre el valor mensual del servicio con IVA incluido
2 Proveedor adjudicado no da cumplimiento en el pago del monto de remuneraciones al personal contratado para hacer el aseo. Lo ofertado en Anexo 4. 5% sobre el valor mensual del servicio con IVA incluido
3 Proveedor adjudicado no da cumplimiento en el pago de reajuste a los trabajadores que presten los servicios de aseo en DICREP. Punto 9, cláusula REAJUSTABILIDAD DEL SERVICIO y DURACIÓN DEL CONTRATO de las bases administrativas, en concordancia con lo ofertado en Anexo 4. 5% sobre el valor mensual del servicio con IVA incluido
4 Por cada semana de ausencia del Supervisor. Punto 4, cláusula ANEXO de bases administrativas, en concordancia con lo ofertado en Anexo 1. 7% sobre el valor mensual del servicio con IVA incluido
5 Cada incumplimiento de labores contenidas en las distintas frecuencias y tareas obligatorias de aseo y mantención, durante el respectivo mes. Cláusula 10 de bases técnicas. 2% sobre el valor mensual del servicio con IVA incluido
6 Cada incumplimiento en la realización de la desinsectación. Punto 11 de las bases técnicas sobre control de plagas y su exigencias. 7% sobre el valor mensual del servicio con IVA incluido
7 Cada incumplimiento en la realización de la desratización. Punto 11 de las bases técnicas sobre control de plagas y su exigencias. 7% sobre el valor mensual del servicio con IVA incluido
8 Cada incumplimiento en la realización de la Sanitización. Punto 11 de las bases técnicas sobre control de plagas y su exigencias. 7% sobre el valor mensual del servicio con IVA incluido
9 En el evento que el adjudicatario o la empresa subcontratada pierdan la certificación correspondiente a sanitización, desinsectación y desratización, durante la ejecución del contrato. Lo señalado en los puntos 9 de las bases administrativas y 11 de las bases técnicas. 2% sobre el valor mensual del servicio con IVA incluido
10 Por cada uno de los demás casos de incumplimiento mensual de las obligaciones señaladas en las presentes bases imputables al proveedor adjudicado informadas por el Administrador. Demás faltas contempladas en bases y no indicadas en ítems precedentes. 2% sobre el valor mensual del servicio con IVA incluido
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PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS.- |
Cuando el Administrador de la Unidad de Crédito, verifique la ocurrencia de uno o más de los incumplimientos tipificados precedentemente, notificará al contratista, mediante el envío de correo electrónico señalado en su oferta y/o ficha de ChileProveedores, indicando el detalle de los hechos que configuran el incumplimiento y la multa que resulta aplicable.
El contratista podrá aceptar y pagar la multa una vez cumplido el acto administrativo, sin necesidad de seguir con el procedimiento señalado a continuación.
El contratista podrá reclamar por escrito del incumplimiento notificado y de la aplicación de la multa, dentro de los 5 (cinco) días hábiles contados desde la fecha de recepción de la notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar sus descargos.
El Director General resolverá los descargos a través de Resolución Fundada, la que será notificada al contratista, mediante el envío de copia de dicha Resolución, por carta certificada, al domicilio indicado por el adjudicatario.
En contra de esta Resolución, el adjudicatario podrá presentar Recurso de Reposición dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde su notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar el Recurso.
El Director General, resolverá el Recurso de Reposición a través de Resolución fundada, en la que podrá acoger totalmente el Recurso, dejando sin efecto la multa aplicada, acoger parcialmente el Recurso, modificando el monto de la multa aplicada, o bien, rechazar el Recurso, ratificando el monto de la multa aplicada. Esta Resolución será notificada al contratista mediante el envío de copia de la misma, por carta certificada, al domicilio indicado en el contrato.
En contra de la Resolución que resuelve el Recurso de Reposición presentado, no procederán más Recursos, por lo que la dictación de ésta, producirá el efecto de terminar definitivamente el presente procedimiento especial de Reclamación, quedando firme la multa aplicada.
La extemporaneidad o la no presentación de antecedentes que funden las alegaciones contenidas en los descargos y/o en el Recurso de Reposición, facultan al Director General para rechazarlos de plano.
La aplicación de las multas se realizará administrativamente, se expresarán en pesos chilenos y se pagarán, descontando el monto del estado de pago correspondiente al mes siguiente a la notificación de la aplicación de la misma o a la notificación del rechazo del reclamo a su aplicación.
En el caso que sea aplicable una multa en el último mes de la duración del contrato, la respectiva factura no se pagará hasta que se agote la instancia de reclamo por multa, si corresponde.
No procederán estas multas si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditada por el proveedor adjudicado y con el V° B° del Administrador.
En caso de acumular más de cinco multas en 3 meses seguidos, DICREP podrá poner término anticipado al contrato por incumplimiento del mismo por parte de la empresa adjudicada, sin derecho a indemnización alguna en favor del proveedor
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MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.- |
a. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, como por ejemplo, la aplicación de más de cinco multas en tres meses seguidos, o bien, la pérdida de la autorización o certificación emitida por la Seremi de Salud a la empresas de sanitización, desinsectación o desratización, siempre que no fuera subsanado en un plazo superior a 30 días corridos.
c. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.
d. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f. Las demás que se establezcan en estas bases de licitación.
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PROCEDIMENTO PARA TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.- |
En caso de verificarse alguna de las circunstancias que hagan procedente el término anticipado, DICREP informará al proveedor, mediante correo electrónico informado por el proveedor en su oferta o ficha de ChileProveedores, su intención de poner término al contrato.
El proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles desde la notificación de la comunicación para despachar sus descargos a DICREP por escrito.
Transcurrido el plazo, sea que se hayan recibido o no los descargos, DICREP procederá -si así continúa estimándolo- a dictar el correspondiente acto administrativo que ponga término anticipado a la contratación, resolución que también debe ser notificada al proveedor para los fines que estime pertinente.
Este último acto podrá impugnarse de acuerdo a los recursos administrativos contemplados en la ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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AUMENTO DE SERVICIOS.- |
Aseo y Mantención.-
Durante la vigencia del contrato, en caso que DICREP cuente con nuevas dependencias, el Administrador podrá solicitar al proveedor adjudicado una cotización por el aumento de servicios de estas nuevas dependencias, siendo facultad del Director General, aceptar dicho presupuesto o efectuar la contratación pública por esas nuevas dependencias.
Control de Plagas.-
Si en las dependencias llegase a existir plaga de roedores o de algún insecto, se deberá complementar la cantidad de aplicaciones solicitadas por aplicaciones adicionales, previa resolución que así lo autorice el Director General.
En caso de detectarse o que surjan nuevas plagas, será evaluado por el proveedor adjudicado; se presentará al Administrador y al Prevencionista de Riesgos, cotización con informe y programa de eliminación de dichas plagas, siendo facultad del Director General evaluar la decisión para aceptar dicho presupuesto o efectuar la contratación pública por esa nueva plaga.
En caso que DICREP apruebe el aumento de los servicios, tanto de aseo como de control de plagas, deberá ser aprobado por Resolución Exenta.
La referida ampliación no puede exceder del 30% del monto adjudicado, con impuesto incluido, y no podrá extenderse más allá de la finalización de la contratación objeto de la presente licitación.
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CERTIFICADOS.- |
Para la suscripción del contrato será necesario que el adjudicatario disponga del certificado de poderes y de vigencia de la sociedad actualizada, no pudiendo ser superior a 30 días corridos a la presentación de la oferta, no será necesario acompañar la documentación ya señalada, en el caso que conste en el portal.
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PERSONAL DE ASEO.- |
Los trabajadores del proveedor adjudicado deberán cumplir solo las obligaciones señaladas en estas bases y DICREP se reserva el derecho de solicitar cambio de trabajadores de aseo, debidamente fundado ante el proveedor adjudicado.
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CONSULTAS Y DUDAS.- |
CONSULTAS Y DUDAS.-
Durante la publicación de la licitación las consultas y dudas que se tengan al respecto sólo se aceptarán durante el período que se establece en las mismas bases de licitación, a través de la opción FORO del portal mercadopublico.cl. NO SE RESPONDERÁN CONSULTAS O DUDAS FUERA DEL FORO, NI FUERA DE PLAZO.
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Tipo Garantía fiel Cumplimiento del Contrato |
Boleta de Garantía a la Vista, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista, Póliza de Seguro o cualquier otro documento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva. En caso de que el documento sea otorgado electrónicamente deberá ajustarse a los requerimientos de la Ley N° 19.799.
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