Licitación ID: 5147-11-L124
CONSERVACION SIST CALEFACCION CENTRAL ESC CAMERON
Responsable de esta licitación: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TIMAUKEL, ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TIMAUKEL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Supervisión de instalación, ajuste o mantenimiento de calderas 1 Unidad
Cod: 72102301
La necesidad de realizar el proceso de licitación pública en el www.portalmercadopublico.cl ,de los recursos disponibles con fondo FAEP 2023, para que se ejecute la : “Conservación Sistema Calefacción Central Escuela Ignacio Carrera Pinto” Código de plata  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSERVACION SIST CALEFACCION CENTRAL ESC CAMERON
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La necesidad de realizar el proceso de licitación pública en el www.portalmercadopublico.cl ,de los recursos disponibles con fondo FAEP 2023, para que se ejecute la : “Conservación Sistema Calefacción Central Escuela Ignacio Carrera Pinto” Código de plataforma 1-FAEP2023-2024-8 Sistema Infra Mineduc en línea.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TIMAUKEL
Unidad de compra:
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TIMAUKEL
R.U.T.:
69.251.600-1
Dirección:
Cameron S/N
Comuna:
Timaukel
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-04-2024 17:00:00
Fecha de Publicación: 03-04-2024 16:39:36
Fecha inicio de preguntas: 04-04-2024 15:00:00
Fecha final de preguntas: 07-04-2024 19:50:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-04-2024 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 11-04-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 11-04-2024 17:00:00
Fecha de Adjudicación: 16-04-2024 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1 Identificación del oferente y aceptación de las bases Firmada por el oferente si fuera persona natural o, por el representante legal del proponente si fuese persona jurídica. - Extracto de la escritura de constitución de la Empresa. Las uniones temporales de proveedores, deberán adjuntar el documento público o privado que contenga la formalización de la unión, y conste el cumplimiento a los requisitos exigidos por el artículo 67 bis del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Anexo N° 2 Declaración Jurada por Inhabilidades del Artículo 4º inciso 1° de la Ley 19.886 Anexo la que deberá ser completada y firmada por el por el representante legal. Anexo N° 3 Declaración Jurada para Contratar Anexo la que deberá ser completada y firmada por el por el representante legal.
Documentos Técnicos
1.- Programa General de Trabajo (Anexo N°4) . Indicar la programación de las fechas de entrega de las etapas según formato, programación en semanas. Esta propuesta podrá ofertar tiempos de ejecución menores a los establecidos en las Especificaciones Técnicas, y/o variación de los tiempos intermedios de ejecución de plazos y Etapas. Listado de Personal que participara en la Propuesta (Anexo N°5) Con nombres y apellidos de las personas que participaran en la ejecución del proyecto mínimo 2 maestros del área, más un Capataz a cargo de las obras como autocontrol y buena ejecución de los trabajos. Medidas de Gestión o Control de obras ofrecidas por el oferente, sin perjuicio de las que adopte la I.T.O. (Anexo N°6) Anexo la que deberá ser completada y firmada por el por el representante legal. Formulario de especificaciones Técnicas Anexo N°7 Esta deberá venir firmada para conocimiento de estas de haberlas leído.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 8 Formulario de presentación de la oferta Económica El oferente deberá señalar en valor neto. De su oferta, esta debe ser coincidente con el valor a ofertar en la página del www.mercadopublico.cl ,debe indicarse plazo de ejecución de la obra. Anexo N° 9 Presupuesto detallado de la obra . El oferente deberá señalar las cantidades, precios unitarios y valores totales, como así también, gastos generales, utilidades e impuestos, con motivo de desglosar mejor su oferta. Según formato. Letrero de Obra, según formato Anexo N°10 Este deberá ser firmado para conocimiento de instalación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRESENTACION DE ANTECDENTES Para este criterio de evaluación, las ofertas se compararán entre sí, conforme a los antecedentes presentados y se jerarquizarán otorgándole el máximo puntaje (0 a 100 ptos.) a las ofertas que presenten la totalidad de antecedentes conforme a bases, y luego, disminuyendo por cada documento o antecedente presentado fuera de la fecha o que haya debido ser rectificado. DESCRIPCION PUNTAJE % Entrega dentro del plazo original el 100% de los requisitos formales de presentación de la oferta 100 Entrega o rectifica de 1 a 2 antecedentes en instancia posterior al cierre de las ofertas 75 Entrega o rectifica de 3 a 4 antecedentes en instancia posterior al cierre de las ofertas 50 Entrega o rectifica 5 o más antecedentes en instancia posterior al cierre de las ofertas 25 5%
2 PRECIO Precio Anexo 25 % Precio mínimo ofertado o menor valor en oferta. 100 puntos Segundo precio mínimo ofertado o segundo menor valor. 70 puntos Tercer precio mínimo ofertado o tercer menor valor. 50 puntos Cuarto o más precios ofertados. 30 puntos 25%
3 EXPERIENCIA Para este ítem, sólo se considerarán y asignará puntaje a los certificados de recepción definitiva de obras emitidos por alguna DOM (Dirección de Obras Municipales), los que corresponden única y exclusivamente a los formularios instaurados y preestablecidos por el MINVU tras cursar expedientes con éxito en las respectivas DOM. También se aceptarán actas de recepción provisoria o definitiva emitidas por municipalidades u otras instituciones públicas y/o fiscales, donde se señale el nombre del proyecto ejecutado. No se aceptarán certificados emitidos por particulares o privados, como tampoco órdenes de compra, facturas o similares, se puntuará con cero punto a quienes incurran en esto último. Cada certificado que sea válido según lo solicitado, se contabilizará de manera individual, otorgándose los puntajes de acuerdo a la siguiente tabla (si no se presentan certificados en la oferta se asignará puntaje cero en este ítem): certificados de recepción definitiva NUMEROS DE CERTIFICADOS 35%
4 OTRAS MATERIAS DE ALTO IMPACO SOCIAL (TERRITORIALI OTRAS MATERIAS DE ALTO IMPACO SOCIAL (TERRITORIALIDAD): 10 % Se favorecerá a las empresas más cercanas al territorio, considerando que esto generará empleos a nivel local, para este criterio se asignará puntaje en relación a la siguiente tabla: OTRAS MATERIAS DE ALTO IMPACTO SOCIAL 10 % PUNTAJE Proveedores de la Provincia de Tierra del Fuego 100 Otros Proveedores de la Región de Magallanes y antártica Chilena. 90 Proveedores de otras Regiones del País 80 10%
5 PLAZO CRITERIO “PLAZO DE EJECUCION Y COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR EN OBRAS EJECUTADAS” 25%. PLAZO DE EJECUCION OFERTADO PUNTAJE % Oferente con propuesta de más rápida ejecución 100 Segundo Oferente con propuesta de más rápida ejecución 50 Tercer Oferente con propuesta de más rápida ejecución 25 Cuarto Oferente con propuesta de más rápida ejecución 0 En consideración a que el plazo puede ser factor definitorio de decisión de adjudicación de un proceso ,se tomara en cuenta en la calificación el comportamiento de los días preferentemente a cumplimientos de plazos de entrega de la obra de ejecución y que estos sean como fue ofertado a obras anteriores a oferentes que hayan realizado trabajos o hayan sido contratados por este municipio en el portal de mercado Publico, La ponderación se asignara de acuerdo a la siguiente tabla, restando 3 puntos a quienes no hayan cumplido con plazos contractuales anteriores. Oferentes que hayan solicitado aumento de plazo entre 10 -15 días Se restar 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: FAEP 2023
Monto Total Estimado: 4000000
Justificación del monto estimado El proyecto será financiado con recursos provenientes del Fondo Apoyo a la Educación Publica FAEP 2023, El o los Pagos correspondientes los efectuará directamente la Municipalidad través de la Dirección de Administración y Finanzas. La oferta deberá p
Contrato con Renovación: NO
Observaciones .- PRECIO, VALIDEZ DE LA OFERTA El valor de la oferta no deberá superar el monto total de 4.000.000 Cuatro millones de pesos, Valores con I.V.A. incluidos o exentos de IVA deberá presentarse en moneda nacional y deberá tener una validez mínima
Tiempo del Contrato 60 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: LUIS BARRIA ANDRADE
e-mail de responsable de pago: luis.barria@municipalidadtimaukel.cl
Nombre de responsable de contrato: PAOLA ESPINOZA VEGA
e-mail de responsable de contrato: direccion.secplan@municipalidadtimaukel.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-42431288-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
17.- CESION O SUBCONTRATACION El Adjudicatario podrá ceder, partidas especiales de gas, agua y electricidad, solamente aquellos considerados como servicios especiales, No podrá transferir o traspasar en forma alguna, otra partida o ítem ,ya sea total ni
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: municiopalidad de timaukel
Fecha de vencimiento: 30-04-2025
Monto: 5 %
Descripción: a favor de la Municipalidad de Timaukel, equivalente al 5% (Cinco por ciento) del monto total del contrato (IVA incluido si lo hubiera), expresado en moneda nacional, con una duración mínima de 13 meses, la que deberá ser entregada por el Adjudicatario, días antes a la firma del contrato.
Glosa: Con la siguiente glosa “Para garantizar el Fiel Cumplimiento de la Obra: Proyecto FAEP del año 2023 “CONSERVACION SISTEMA CALEFACCION CENTRAL ESCUELA IGNACIO CARRERA PINTO
Forma y oportunidad de restitución: Con el objeto de caucionar el fiel y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones pactadas en el contrato, el adjudicatario deberá reemplazar la boleta de seriedad de la oferta por cualquier tipo de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. La que deberá expresarse en pesos chilenos y podrá otorgarse de manera física o electrónicamente. En este último caso deberá ajustarse a la ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Municipalidad de Timaukel, mediante decreto fundado por su Alcalde, podrá declarar desierta la licitación o, si fuere conveniente a los intereses institucionales, podrá readjudicarla al oferente que hubiere obtenido el segundo mejor puntaje en la evaluación de las ofertas y así sucesivamente con el tercero y siguientes, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: a Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o no lo hace dentro del plazo establecido en las bases o en el artículo 65° del DS. N° 250; b Si no hace entrega, en el plazo establecido, de los antecedentes requeridos en el numeral siguiente; c Si no entrega las garantías solicitadas, siempre y cuando se soliciten; d Si se desista de su oferta o cambia unilateralmente el monto, forma o condiciones de ella; e Si rechaza la orden de compra o no es aceptada dentro de las 24 horas desde la emisión de la misma; y, f Si no se inscribe en el Registro de Proveedores, dentro del plazo previsto en el punto N°14 de las presentes bases o se encuentra inhábil, en el sistema de Chileproveedores. En cualquiera de estos casos, La Municipalidad de Timaukel podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
OBJETIVO DE LA LICITACION
La Municipalidad de Timaukel, en adelante “La Municipalidad”, ubicada en Villa Cameron S/N, comuna de Timaukel, Provincia de Tierra del Fuego Región de Magallanes y Antártica Chilena, llama a presentar ofertas mediante Licitación Pública para la contratación por la ejecución del proyecto denominado: “Conservación Sistema Calefacción Central Escuela Ignacio Carrera Pinto” Código de plataforma 1-FAEP2023-2024-8 Sistema Infra Mineduc en línea. Estas obras no podrán desarrollarse en un plazo superior a 60 días corridos. Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas administrativas y técnicas que regirán la presentación de las ofertas, la adjudicación, valores y los requerimientos técnicos para la prestación de dicho servicio. III. BASES ADMINISTRATIVAS 1. PROPONENTES Podrán participar en la presente licitación, todas aquellas personas naturales y/o jurídicas, chilenas o extranjeras, y/o uniones temporales de proveedores, que se encuentren inscritas en el sistema de Compras y Contratación Publica CHILE COMPRA, y que cumplan con los requisitos establecidos en estas bases, en su llamado y en los documentos Anexos de la propuesta, y que no tengan algunas de las inhabilidades establecidas en el inciso 1° del Artículo 4º de la Ley Nº 19.886, que se transcribe en su parte pertinente: “(…) Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años”. En el caso de las personas naturales o jurídicas extranjeras, éstas tendrán la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de Nacionalidad chilena o extranjera, según corresponda. En el caso de una unión temporal de proveedores, cada proveedor de dicha unión deberá inscribirse dentro del plazo señalado para suscribir, con la cual se celebrará el contrato, y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato, en los términos establecidos en el inciso cuarto del artículo 4º de la Ley Nº 19.886. 1.2 UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES: • Unión de 2 o más proveedores para participar en un proceso de compra. • Solidaridad entre las partes. • Nombramiento de un representante o apoderado común. • En adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, obligatoriedad de adjuntar a la oferta documento público o privado que da cuenta del acuerdo. • En adquisiciones iguales o superiores 1.000 UTM, obligatoriedad de presentar al momento de contratar escritura pública que da cuenta del acuerdo. • Inscripción individual de proveedores integrantes de la Unión en ChileProveedores. • Inhabilidades para contratar afectan individualmente a los miembros de la Unión. • Vigencia de la Unión equivalente a la del contrato adjudicado.
VISITA A TERRENO
Las visitas serán obligatorias a las dependencias donde se ejecutarán las obras del reconocimiento de terreno siendo única responsabilidad del oferente, la que condicionara el desarrollo de la buena ejecución de la obra. Dejando inadmisible las ofertas aquellos que no visiten en la fecha y lugar en donde se realizaran los trabajos, La visita a terreno será de carácter obligatoria y se considera una única visita agendada para el dia viernes 05 de abril a las 15:00 hrs en la localidad de Villa Cameron, para reconocimiento del lugar donde se ejecutarán los trabajos. su asistencia, la que condicionarán el desarrollo de la buena ejecución de la obra y entrega correcta a su costo. En caso de visita podrán coordinarse con la Unidad Técnica, Secretaría de Planificación, al correo electrónico: direccion.secplan@municipalidadtimaukel.cl, o llamar al contacto del celular +56978808711 de la Dirección de Secplan, siendo la fecha tope para coordinar 2 horas previas a la visita a terreno. La asistencia a la visita a terreno deberá ser representada por el oferente o representante legal de la empresa que postule. Sin embargo, y de no ser posible está representación, se aceptará la asistencia a la visita de un tercero que deberá presentar una declaración jurada simple para ir en representación de la empresa, sea esta natural o jurídica, adjuntando copia de cedula de identidad y contrato con la empresa a la cual representa, en justificación a que pertenece a ella con antigüedad de 15 días como mínimo para cumplimiento del requisito.
FINANCIAMIENTO
El proyecto será financiado con recursos provenientes del Fondo Apoyo a la Educación Publica (FAEP 2023), El o los Pagos correspondientes los efectuará directamente la Municipalidad través de la Dirección de Administración y Finanzas. La oferta deberá presentarse con valores NETOS, en moneda nacional y deberá tener una validez mínima de 60 días corridos, y en ella se entenderán incorporados todos los gastos e impuestos que pudieren ser aplicables El pago sólo será pagado previa recepción conforme de la o las partidas, por parte de la ITO y de la Secretaría Comunal de Planificación Los proponentes que oferten valores superiores al indicado anteriormente, quedarán imposibilitados de seguir en el proceso licitatorio. Los pagos sólo serán efectuados según los porcentajes de entrega que a continuación se indican, previa recepción conforme de los trabajos, por parte de la Secretaria Comunal de planificación y de la ITO de las obras Civiles, o de quien La Municipalidad designe para estos efectos.
CONSULTAS Y ACLARACIONES
Las consultas o aclaraciones que puedan surgir en relación a las presentes Bases, deberán ser formuladas a través del sitio web www.mercadopublico.cl, a partir de la fecha de publicación de estas bases y hasta la fecha indicada en calendario de licitación. Las respuestas estarán en conocimiento de todos los oferentes a través de este mismo medio, a más tardar a la hora del día señalado en calendario de licitación. La Municipalidad podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes del vencimiento del plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante Decreto Alcaldicio, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por un oferente en cuyo caso se establecerá un plazo prudente para que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
PRECIO Y VALIDEZ DE LA OFERTA
El valor de la oferta no deberá superar el monto total de $ 4.000.000 ( Cuatro millones de pesos), Valores con I.V.A. incluidos (o exentos de IVA) deberá presentarse en moneda nacional y deberá tener una validez mínima de 60 días corridos, y en ella se entenderán incorporados todos los gastos e impuestos que pudieren ser aplicables. Las ofertas deberán subirse en Valor Neto en el portal www.mercadopublico.cl . Los proponentes que oferten valores superiores al indicado anteriormente, quedarán imposibilitados de seguir en el proceso licitatorio, quedando su oferta inadmisible por no ajustarse a las presentes bases. El pago se efectuará en un plazo de 30 días, contados desde la fecha de recepción conforme de la factura respectiva y del informe realizado por el oferente según se indica a continuación.
PLAZO DE EJECUICON
El plazo disponible para ejecutar será de 60 días corridos a contar desde la fecha de entrega de terreno.
APERTURAS DE OFERTAS
Al momento de la apertura, el control de los antecedentes legales y/o administrativos, será formal, es decir, sólo se verificará que se presenten todos los antecedentes requeridos. El análisis de fondo de los antecedentes se efectuará con posterioridad durante el período de evaluación de las ofertas. Del acto de apertura se levantará un Acta, la que será refrendada por todos los integrantes de la Comisión correspondiente. Cualquier discrepancia o duda que se presente en el Acto de la Apertura, será resuelta por quien presida la Comisión Evaluadora.
otras consideraciones
12.1 RESOLUCION DE EMPATES En caso de producirse una igualdad en la ponderación de las ofertas presentadas, se adjudicará la licitación a la propuesta que haya obtenido el segundo mayor puntaje precio, experiencia, plazo y así sucesivamente hasta lograr la desigualdad,siendo en caso de mantener el empate ,se adjudicara aquel oferente que haya ingresado primero su oferta al www.portalmercadopublico.cl. 12.2. ERRORES U OMISIONES Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Municipalidad de Timaukel podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de tipo administrativo, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información. Se permitirá asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento vía “Foro Inverso” inserta en el portal de compras públicas, para responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El cumplimiento en el plazo establecido permitirá evaluar el criterio en el cual se solicitó el antecedente omitido dentro del plazo de presentación de ofertas, pero se asignará puntaje cero (0), en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos”. En caso que no se cumpla con el plazo otorgado se desestimará la oferta por no cumplir con los requisitos exigidos en las presentes bases de licitación. 12.3 COMISION EVALUADORA La evaluación de las ofertas admitidas será realizada por una Comisión Evaluadora, integrada por un mínimo de 3 funcionarios municipales designados mediante Decreto Alcaldicio. La comisión será presidida por quien tenga mayor jerarquía al momento de su realización, Y emitirá un acta de evaluación, debidamente fundada considerando todos los antecedentes exigidos, y estableciendo el puntaje que se le asigna a cada una de las ofertas, y su correspondiente orden de prelación, el que deberá remitirse al Sr. Alcalde de la Municipalidad de Timaukel.
ADJUDICACION
La Municipalidad de Timaukel adjudicará la presente licitación a aquel oferente que, encontrándose hábil para contratar con los organismos del Estado, haya presentado la oferta más conveniente a sus intereses, de acuerdo a la evaluación realizada, debiendo notificar el resultado de la licitación a más tardar el día indicado en el Portal Mercado público. En el caso que el adjudicatario no esté inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de Chile-Proveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. La resolución de adjudicación será publicada en el Sistema de Información de la Dirección de Compras Públicas dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la fecha del acta de evaluación. En el evento que se presente alguna imposibilidad de informar el resultado de la adjudicación, esta situación será notificada en el Sistema de Información, indicando las razones que justifican el incumplimiento, fijando el nuevo plazo para hacerlo. Los proponentes no favorecidos no percibirán indemnización de ninguna naturaleza, siendo de su exclusiva responsabilidad los gastos en que hubieren incurrido con motivo de la presentación de sus ofertas. Las consultas que pudieran suscitarse con motivo de la adjudicación deberán consultarse a través del “Portal Mercado Público”, siendo respondidas por este mismo medio a más tardar, el día y hora indicado en calendario de licitación. No obstante lo señalado precedentemente, la Municipalidad de Timaukel mediante decreto fundado, podrá declarar desierta la licitación por no convenir a los intereses institucionales o, declarará inadmisibles las ofertas por no cumplir los oferentes con los requisitos establecidos en estas bases y en las Especificaciones Técnicas. Dicha resolución será publicada en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas dentro del plazo de 30 días corridos desde la fecha del acta de evaluación.
READJUDICACION
La Municipalidad de Timaukel, mediante decreto fundado por su Alcalde, podrá declarar desierta la licitación o, si fuere conveniente a los intereses institucionales, podrá readjudicarla al oferente que hubiere obtenido el segundo mejor puntaje en la evaluación de las ofertas (y así sucesivamente con el tercero y siguientes), dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o no lo hace dentro del plazo establecido en las bases o en el artículo 65° del DS. N° 250; b) Si no hace entrega, en el plazo establecido, de los antecedentes requeridos en el numeral siguiente; c) Si no entrega las garantías solicitadas, siempre y cuando se soliciten; d) Si se desista de su oferta o cambia unilateralmente el monto, forma o condiciones de ella; e) Si rechaza la orden de compra o no es aceptada dentro de las 24 horas desde la emisión de la misma; y, f) Si no se inscribe en el Registro de Proveedores, dentro del plazo previsto en el punto N°14 de las presentes bases o se encuentra inhábil, en el sistema de Chileproveedores. En cualquiera de estos casos, La Municipalidad de Timaukel podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
MODALIDAD DE CONTRATO
La Contratación será a suma alzada, en pesos chilenos, sin reajustes ni intereses, impuestos incluidos (si corresponde) y el pago será efectuado mediante estados de pago de acuerdo a lo definido en el numeral 8 validez de la oferta y 24, forma de pago, según lo mencionado en las presentes bases. El Contrato será a plazo fijo y el proponente estará obligado a ofertar por el costo que comprende el servicio de acuerdo a las Especificaciones Técnicas y documentos adjuntos a estas bases, asumiendo el adjudicatario todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos en su ejecución cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia e incluye además el valor de los aportes y derechos a los servicios respectivos, según corresponda, remuneraciones e imposiciones de personal, costos de las garantías, traslados, hospedaje, alimentación y en general todos los gastos que irrogue o exija el cumplimiento del contrato, sea directo o indirecto. Pasarán a formar parte del contrato, las presentes Bases, Especificaciones Técnicas y demás antecedentes que se acompañen a estas. El contrato deberá suscribirse en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el portal de chilecompra, por el Adjudicatario ante Notario y por la Municipalidad de Timaukel, representada por su Alcalde o subrogante legal. Sin perjuicio de la total tramitación de la resolución aprobatoria del contrato, el adjudicatario iniciará la prestación de sus servicios una vez firmado el contrato por ambas partes, para luego desde la fecha de emision de la orden de compra, la cual deberá ser aceptada en un plazo máximo de 24 horas de emitida la orden de compra, según lo dispuesto en el artículo N° 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Con todo, los servicios sólo podrán ser pagados en la medida que la precitada resolución aprobatoria se hubiera dictado. En todo caso, si durante la ejecución del contrato, ciertas causas o circunstancias no imputables a culpa o negligencia del adjudicatario hicieren imposible su oportuno cumplimiento, podrá ampliarse el plazo estipulado para su término, previa solicitud por escrito y fundada de éste, la cual en caso de aceptarse sólo podrá ser formalizada mediante la dictación de un decreto fundado que indicando el motivo de la modificación, cumpla con todos los requisitos indicados en el artículo 79° del DS. N° 250, de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886. La autorización de ampliación del plazo, necesariamente implicará ampliar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, respetando el plazo adicional de 60 días hábiles contemplado en el artículo 70° del precitado Reglamento. Para todos los efectos legales del contrato las partes fijarán su domicilio en la ciudad y comuna de Porvenir y se someterán a la competencia de sus Tribunales de Justicia.
ANTECDENTES LEGALES DEL ADJUDICATARIO
Para la redacción del contrato, el oferente adjudicado deberá proporcionar, en el plazo máximo de 10 días hábiles, original o copia autorizada ante Notario, de los siguientes documentos: a) Cédula Nacional de Identidad b) Inscripción en Chileproveedores c) Boleta de garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de acuerdo a lo solicitado en estas bases. d) Declaración jurada para contratar (Anexo N° 3), debidamente firmada. Además tratándose de personas jurídicas, se deberá entregar original o copia autorizada ante Notario, de los siguientes documentos: e) RUT de la empresa. f) Certificado de Vigencia de la empresa, extendida por el Conservador de Bienes Raíces y Registro de Comercio respectivos, con no más de 60 días de anticipación a la fecha de la firma del contrato. g) Certificado de vigencia de la personería, emitido por el Conservador de Bienes Raíces y Registro de Comercio correspondientes, con no más de 60 días de anticipación a la fecha de la firma del contrato. h) Escritura en que conste la personería del representante legal del oferente, con expresa mención de sus facultades, las cuales deberán contener las de percibir y contratar.
CESION Y SUBCONTRATACION
El Adjudicatario podrá ceder, partidas especiales de gas, agua y electricidad, solamente aquellos considerados como servicios especiales, No podrá transferir o traspasar en forma alguna, otra partida o ítem ,ya sea total ni parcial, que correspondan a los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la ejecución de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, ni constituir sobre tales derechos y obligaciones, garantías, prendas u otros gravámenes que la pudiera afectar.
TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
.- La Municipalidad de reserva la facultad de poner término definitivo o suspender transitoriamente la ejecución del servicio, bajo las siguientes circunstancias: a) Por caso fortuito o fuerza mayor. b) Por causas imputables al adjudicatario por incumplimiento de las Bases Administrativas. c) Por acuerdo entre las partes (resciliación). d) Fallecimiento del adjudicatario si es persona natural o de uno de los socios que implique la disolución de la sociedad si es persona jurídica. El contrato se entenderá resuelto administrativamente ipso-facto sin forma de juicio por cualquier incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el consultor, sin derecho a indemnización. 2.- Para todos los efectos de justificar la terminación administrativa del contrato, se considerarán como graves las siguientes causales: El contrato podrá terminarse anticipadamente, en caso de concurrir algunas de las siguientes causales: 1) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2) Incumplimiento grave de las obligaciones estipuladas en el Contrato. Se considerará que el incumplimiento del proveedor es grave en los siguientes casos: a) Si se hubiera hecho efectiva la boleta de garantía del fiel cumplimiento del contrato, y el adjudicatario no entregara una nueva en su reemplazo, en la forma y dentro del plazo establecido . b) Si el adjudicatario cediera a terceros las obligaciones que asuma en virtud del respectivo contrato. c) por retardo en el inicio de las obras por más de 10 días hábiles. d) notorio abandono de las obras ´por más de 5 días seguidos. e) por no acatar las instrucciones impartidas por los ITOS. 3) Si durante la vigencia del Contrato incurriera en alguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado o con esta entidad licitante, de acuerdo a lo indicado en el numeral 2 de estas Bases. 4) Haber incurrido, durante la vigencia del Contrato, en alguna de las inhabilidades para inscribirse en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, en los casos previstos en el artículo 92 del Decreto Supremo Nº 250, de 2004 (Hacienda). 5) Si el proveedor adjudicado fuere suspendido o eliminado del Registro Oficial de Contratistas, a cargo de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 95 y 96 del Decreto Supremo Nº 250, de 2004 (Hacienda). 6) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 7) En caso que el adjudicatario no acreditara el cumplimiento de sus obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores. 8) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. En ninguno de estos casos, procederá el pago de indemnización alguna al proveedor adjudicado. El término anticipado del Contrato deberá disponerse previa resolución fundada dictada al efecto. Además, deberá ser notificado por carta certificada al adjudicatario, salvo en la situación descrita en el N° 1 precedente, en que se requerirá un acta suscrita por el representante legal del adjudicatario y el Alcalde, dando cuenta de ello. Con todo, durante el período transcurrido entre la notificación del término anticipado y la nueva contratación que efectúe la Municipalidad el adjudicatario deberá cumplir con todas las obligaciones pactadas. 19.- FACTORING Esta entidad edilicia cumplirá con los contratos de Factoring suscritos por el contratista, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes Art.Nº75, del reglamento de la ley de compras públicas de Chile. En caso de celebrarse este tipo de contrato, el contratista u empresa, oferente adjudicado, y la empresa de FACTORING, Tendrá la obligación de notificar el contrato celebrado y consultar la existencia de multas u obligaciones pendientes a la Ilustre municipalidad de Timaukel. Previo al inicio de procedimiento de cobro. La notificación deberá practicarse: 1.-Correo electrónico a la directora de Secplan. Antes de la firma de contrato. direccion.secplan@municipalidadtimaukel.cl. 2.-Oficio Conductor al director de Secplan. Antes de la firma de contrato. Por Tratarse de un contrato de ejecución por etapas en el cual es posible tener que calcular multas por incumplimiento y/o atrasos imputables al adjudicatario.
UNIDAD TECNICA
Para la correcta ejecución de las obras, actuará como unidad técnica la Secretaría Comunal de Planificación, la que supervisará el cumplimiento del contrato, resolverá los problemas que se susciten, durante la ejecución de las obras y será la encargada de visar los pagos y facturas para su cancelación. 20.1.- INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS. Cumplidos todos los trámites que le den vigencia legal al Contrato, se dará inicio al plazo contractual de la Obra, mediante Acta de Entrega Oficial de Terreno, suscrita por el Contratista y la ITO. La Municipalidad será representada ante el Contratista por la ITO, quien deberá, entre otras funciones, inspeccionar y llevar el registro de los avances y observaciones que le merezca lo ejecutado, en el Libro de Obra respectivo. La inspección citada en el punto precedente no libera al Contratista de ninguna de las obligaciones de responsabilidad que le son propias y la inspección no constituirá en caso alguno, aprobación parcial o total de la Obra. Para el Correcto control de la obra, actuará como unidad técnica la Secretaría Comunal de Planificación (SECPLAN) unidad responsable de la recepción provisoria de la obra y estará constituida por la o las personas que dicha unidad designe y tendrá la responsabilidad de fiscalizar el cumplimiento del contrato correspondiente. La inspección Técnica de la Obra (I.T.O), podrá autorizar cambios u ordenar modificaciones a la obra que ameriten ser consideradas, evaluadas y aprobadas si procede, para optimizar la construcción e inversión que se realiza, siempre y cuando esta no modifique el valor del contrato todo esto en coordinación con Secretaría Comunal de Planificación, previo VºBº de Alcalde. Si la inspección infringiere la disposición del artículo precedente y el contratista acatase lo dispuesto por él, las consecuencias que pudieren derivar de dicha aceptación, serán de exclusiva responsabilidad del contratista. Para los efectos de consignar las inspecciones, observaciones o plantear dudas, el contratista mantendrá en la obra, bajo su custodia, un Libro de Obra, autocopiativo, de tapas rígidas, debidamente foliado en original y 2 copias, en el que se consignarán: a) Avances e instrucciones de la ITO, dentro de los términos contractuales. b) Observaciones a los trabajos que se ejecuten. c) Observaciones del o los proyectistas con conocimiento de la ITO. d) Comunicaciones de orden técnico que deban intercambiar Contratista, Proyectista y la ITO. Los trabajos mal ejecutados, materiales mal empleados y elementos utilizados al margen de las normas técnicas correspondientes, que sean observados por la ITO; deberán ser sustituidos, reconstruidos, reparados o refaccionados a costa del Contratista en el plazo que la ITO Establezca, según las indicaciones; sin que ello represente, en caso alguno, aumento de Obra ni costo adicional para el Mandante. Las observaciones efectuadas en el Libro de Obra por la ITO, deberán ser acatadas de inmediato por el Contratista; y su inobservancia será causal de multas parciales y/o término anticipado del Contrato en caso de recurrencia. Se aplicará una multa de 2.0 UF por cada vez que el Contratista no acate las instrucciones de la ITO dentro del plazo establecido para ello, estampadas en el Libro de Obras. 20.2.-. PROFESIONALES A CARGO. Para el manejo adecuado del contrato se requerirán como mínimo lo siguiente:  Capataz en calidad de residente en el lugar que se desarrollaran las obras (residente en obra), para Autocontrol, con experiencia mínimo un año. Los o el antecedente del personal a cargo debe ser presentado a la inspección para su aprobación en un plazo máximo de diez días, contabilizados desde la entrega de terreno. El encargado, podrá ser reemplazado previa presentación a la unidad técnica de una solicitud u oficio conductor de cambio explicando los motivos del mismo y propondrá el (los) reemplazante(s), que deberán tener los méritos similares o superiores al aceptado. La unidad Técnica deberá dar su V°B°, Si procediere a este cambio o requerir otro reemplazante. Por cada día que no se dé cumplimiento a lo señalado, se aplicara una multa equivalente a 2 UTM.
PROGRAMA DE TRABAJO
La empresa a la cual se adjudique la propuesta deberá presentar a la inspección, dentro de un plazo de 15 días contados desde la fecha de inicio de la obra, un programa de trabajo.
TERMINO DE OBRAS
Una vez que la Unidad Técnica a través de la ITO o profesional responsable, haya verificado y confirmado el término de la obras y el fiel cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el contrato, lo comunicará al Mandante mediante el envío de la Recepción Provisoria sin observaciones de la obra, será obligación del contratista, entregar a la Unidad Técnica, una carpeta digital con en avance de las obras, que correspondan cada estado de pago presentado, al momento de la recepción provisoria . 22.1.- RECEPCION DE LAS OBRAS Terminado los trabajos, el contratista deberá solicitar por escrito a la Unidad Técnica, la Recepción Provisoria de las obras. Verificado y confirmado el término de las obras y el fiel cumplimiento del Contrato, ajustado a las especificaciones técnicas y proyectos de especialidad, la ITO lo consignará en el libro de obras con la fecha exacta de término. La Recepción Provisoria, se efectuará dentro de un máximo de 10 días hábiles a contar de la fecha del decreto que designa la Comisión Receptora, tramitado luego del recibo de la solicitud de recepción del contratista y la verificación de término de la obra por parte de la ITO. Si en la inspección en terreno de las obras, por parte de la comisión, existieren observaciones a las características y calidad de lo ejecutado, no se cursará la recepción correspondiente; emitiéndose un acta con observaciones, estableciendo en ella el plazo para que el contratista atienda, resuelva y ejecute a su costo los trabajos necesarios que se determinen. Concluido el plazo para subsanar las observaciones por parte del contratista, la comisión se constituirá nuevamente en terreno, para verificar la atención a las observaciones y efectuar la Recepción Provisoria, si procede; levantándose el Acta de Recepción correspondiente. El Acta de Recepción Provisoria, entre otros, deberá consultar, los siguientes datos: a) La fecha de inicio de la Obra b) La fecha de término de la Obra. c) La fecha en que habrá de efectuarse la Recepción Definitiva de la misma. d) La visación de la Unidad Técnica, para autorizar el último Estado de Pago, con las deducciones a que hubiere lugar. El plazo de garantía para la Buena Ejecución de la Obra, estabilidad y calidad de los trabajos ejecutados, tendrá vigencia mínima igual a 6 meses, contados desde la fecha del acta de Recepción Provisoria. Durante el plazo que medie entre la Recepción Provisoria y la Recepción Definitiva de la Obra y en el caso que no afecten el desarrollo de las observaciones, la Municipalidad podrá disponer el uso de la obra, para los fines que fue concebida. Con un mínimo de 15 días, previos al término del plazo de garantía de 6 meses, el contratista deberá solicitar por escrito a la Unidad Técnica la Recepción Definitiva de la Obra. Tramitándose a contar del recibo de la solicitud, la designación por decreto de la comisión de recepción respectiva, la que dispondrá de 10 días hábiles contados desde la fecha de emisión del decreto para efectuar y levantar el Acta de Recepción Definitiva, si procede. Esta recepción tiene por objeto, verificar el comportamiento de la Obra en el período de garantía y establecer las fallas y/o errores constructivos que transcurrido el plazo de un año pudiesen haberse producido. Se procederá a efectuar la recepción definitiva previa entrega de Copia digital de los avances ante y durante con todas las modificaciones hechas durante el desarrollo de la obra, (si es que las hubiere). Esta recepción final, en ningún caso exime al Contratista de la responsabilidad establecida en el Artículo 2003, del Código Civil, por el plazo de 5 años. Efectuada, sin observaciones, la Recepción Definitiva de la Obra, se procederá a efectuar la liquidación del Contrato. Cumplida esta formalidad y si no existen saldos pendientes a favor del Mandante, se, devolverá al contratista la garantía de caución de la buena ejecución de obra y el o los saldos de retenciones, si las hubiere.
GARANTIAS
23.1 SERIEDAD DE LA OFERTA No Aplica . 23.2 FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO Con el objeto de caucionar el fiel y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones pactadas en el contrato, el adjudicatario deberá reemplazar la boleta de seriedad de la oferta por cualquier tipo de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. La que deberá expresarse en pesos chilenos y podrá otorgarse de manera física o electrónicamente. En este último caso deberá ajustarse a la ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Con la siguiente glosa “Para garantizar el Fiel Cumplimiento de la Obra: Proyecto FAEP del año 2023 “CONSERVACION SISTEMA CALEFACCION CENTRAL ESCUELA IGNACIO CARRERA PINTO a favor de la Municipalidad de Timaukel, equivalente al 5% (Cinco por ciento) del monto total del contrato (IVA incluido si lo hubiera), expresado en moneda nacional, con una duración mínima de 13 meses, la que deberá ser entregada por el Adjudicatario, días antes a la firma del contrato. Sin perjuicio de las acciones de cumplimiento o resolución del contrato y de indemnizaciones de perjuicio que se pudieran ejercer separada e independientemente por el incumplimiento de las obligaciones contractuales, la Municipalidad de Timaukel podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en caso de concurrir algunas de las circunstancias prescritas en el numeral 18 de estas bases, salvo que la causal respectiva no le sea imputable al adjudicatario. En caso de cobro de la garantía por alguna circunstancia que no signifique el cese del contrato, el adjudicatario, deberá renovar dentro del plazo de 7 días hábiles siguientes a su cobro, para dar por terminado anticipadamente el contrato sin indemnización. 23.3 GARANTÍA DE BUENA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. Al momento de la Recepción Provisoria, mediante expresa solicitud del Mandatario, la Municipalidad procederá a devolver esta garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, contra la entrega por parte del Contratista de una segunda boleta de garantía o vale vista que caucionará la Buena Ejecución de las Obras, su estabilidad y calidad de los trabajos ejecutados; proyecto FAEP del año 2023 “CONSERVACION SISTEMA CALEFACCION CENTRAL ESCUELA IGNACIO CARRERA PINTO Con una vigencia de 6 meses, entregada a la fecha establecida para la Recepción Provisoria Definitivas de las Obras, por un monto equivalente al 5% del valor total del Contrato, por ejecución extendida a nombre de la Municipalidad de Timaukel, La que deberá expresarse en pesos chilenos y podrá otorgarse de manera física o electrónicamente. En este último caso deberá ajustarse a la ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Con la siguiente, Glosa : proyecto FAEP del año 2023 “CONSERVACION SISTEMA CALEFACCION CENTRAL ESCUELA IGNACIO CARRERA PINTO .
FORMA DE PAGO
El único pago se regirá por las siguientes reglas: La Municipalidad pagará al adjudicatario a través de (1) estado de pago. Este quedará sujeto a la aprobación del I.T.O .ante los avances vistos y previa recepción provisoria solicitada por el adjudicatario.Unico estado de pago por parte de la Directora de Secplan o quien le subrogue la Municipalidad designe para ello. ÚNICO ESTADO DE PAGO 100% Se pagara por avance del 100 %.valor adjudicado: 24. 1 ANTECEDENTES PARA EL PAGO El adjudicatario deberá solicitar por escrito el pago a la Dirección de secplan por correo electrónico para que esta ingrese la solicitud en la oficina de partes de la Municipalidad de Timaukel.  Carta Dirigida a la Secretaria Comunal de Planificación, (Directora de Secplan o Subrogante) mediante el cual se informara del avance y etapas realizada de lo ejecutado y que el desarrollo ha sido conforme al contrato, bases administrativas y especificaciones técnicas. El pago se efectuará en un plazo de 30 días, contados desde la fecha de recepción de la factura respectiva, la cual deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad Timaukel, Rut 69.251.600-1, con dirección en Villa Cameron S/N Timaukel. Se pagara único pago avance 100% por avance de obra y se cancelarán al contratista conforme pago calculado de acuerdo al porcentaje físico de la obra y a los precios del presupuesto detallado, presentado por el contratista e incluido en el contrato. Estos deberán considerar solamente todas las patidas ejecutadas. No se podrán presentar estado de pago por materiales depositados al pie de la obra. El estado de pago deberá tener el visto bueno de la ITO. El contratista deberá indicar el avance de la obra, entregando un detalle desglosado por partida, mostrando separadamente el costo directo, los gastos generales y las utilidades. Para la cancelación de pago el contratista presentará a la Unidad Técnica los siguientes antecedentes: a. Certificado de pago de Obligaciones laborales de los trabajadores de la obra. b. Certificado emitido por la Inspección del Trabajo que no tiene reclamos de trabajadores. c. Estado de Avance aprobado por la ITO. d. Carátula de Estado de Pago. e. Itemizado de partidas, según avance f. Factura a nombre de “Ilustre Municipalidad de Timaukel”. 24.2 .OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA DEBERÁ: a) Ejecutar todos los trabajos consultados en los antecedentes de su Propuesta adjudicada. b) Entregar a la ITO de la Unidad Técnica, al momento de la presentación de un Estado de Pago, un mínimo de 15 fotografías digitales, que muestren el desarrollo y avance de las obras en el período, en deberá presentar fotografías del sitio al comienzo de la obra y luego las fotos de la obra con el avance correspondiente. c) Aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que le importa al inspector técnico respectivo sobre la materia, durante el desarrollo de las obras. Además responderá al fiel cumplimiento de las disposiciones y será el único responsable del cabal cumplimiento del código del trabajo, leyes sociales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades provisionales, y en general toda legislación social y provisional vigente, ante su personal contratado. El contratista es el único responsable de la obra ante la Municipalidad y frente a terceros. El contratista será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros ya sea por defecto del proyecto por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores. El contratista deberá proteger contra la acción de factores climáticos, transporte y otros, el material que por dicha (s) acciones pueda resultar dañado o afectado. En los casos no contemplados en los ítems antes expuestos, se aplicarán como normas las que regulen la contratación de obras al sector público, tales D.S. Nº 75 de 2004 del Ministerio de Obras Públicas. d) pública o privada, ocasionado por algún tipo de siniestro provocado por la ejecución de los trabajos, ya que el municipio no tendrá responsabilidad de eventualidades. e) Medidas De Seguridad, Serán las establecidas por la ITO, de acuerdo a la normativa vigente y en Concordancia con las medidas de control establecidas en las presentes Bases Administrativas, de acuerdo a Anexo N° 6.
MULTAS
. Se considerará un porcentaje de multa diario por atraso en la recepción provisoria de las obras. Del mismo modo se multarán los incumplimientos a las órdenes del I.T.O. en virtud de las obligaciones que impone el contrato, las Bases Administrativas y Técnicas. En caso de incumplimiento de una orden impartida por la I.T.O., se aplicará una multa diaria equivalente. Cómo mínimo con valor ascendiente según cuadro: UTM DIA MODO DE APLICACIÓN DE MULTAS 0,5 (día) Si el atraso no es mayor quince días 1,0 (día) Si el atraso sobre pasa los quince días En caso de atraso en la ejecución de la obra, se aplicará, la multa diaria correspondiente. La Unidad Técnica deberá notificar al contratista de los casos y/o situaciones que ameriten y/o motiven la aplicación de multas y/o sanciones con la finalidad de que, en forma previa a la dictación del acto administrativo respectivo, éstos puedan entregar los antecedentes y argumentos que estimen pertinentes. Las notificaciones en ese caso se efectuarán mediante anotación en el Libro de Obras. Notificada la proposición de aplicación de multa y/o sanción al contratista, éste dispondrá de 5 días hábiles para reclamar y/o formular y/o presentar su contestación y/o descargos por escrito. El plazo comenzará a correr a partir del día hábil siguiente al de la notificación. Los descargos deberán presentarse en la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Timaukel, en horarios de lunes a viernes, de 09:00 a 17:00 horas o por correo electrónico dirigido a la dirección direccion.secplan@municipalidadtimaukel.cl – Directora de Secplan. Carta dirigida al alcalde de la Municipalidad de Timaukel, El documento deberá contener, respaldos que justifiquen los descargos deberá indicar expresamente como referencia el Número de oficio de la Unidad Técnica que informa y/o materializa la proposición de la sanción y/o multa. Transcurrido este plazo, y con los antecedentes que la Unidad Técnica disponga y/o que el contratista haya aportado, se dictará un acto administrativo que se pronunciará el Sr. Alcalde sobre los hechos, la sanción y la cuantía, si correspondiere, a través de una resolución fundada. Las sanciones impuestas serán notificadas mediante carta certificada dirigida al contratista, al domicilio que figura en el texto del contrato, sin perjuicio de su anotación en el Libro de Obras. En contra del referido acto administrativo procederán los recursos que al efecto contempla la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Todas las multas serán descontadas de los estados de pago que correspondan. Si el saldo pendiente que existe por concepto de estados de pago no cubre el monto total de la multa, se podrá recurrir a las retenciones e inclusive a la boleta de garantía de fiel cumplimiento de contrato. Cuando el atraso supere el 30% del plazo de ejecución de la obra, se podrá poner término anticipado al Contrato y/o hacer efectivas las garantías que estuvieren constituidas, sin perjuicio de las demás acciones legales que fueren procedentes. Los valores que correspondan por concepto de multas a que hubiere lugar de acuerdo al contrato se informarán en el Oficio conductor del estado de pago que corresponda. 25.1. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS La I. Municipalidad de Timaukel, por medio de la dirección de Secplan a través del respectivo I.T.O.- al detectar y constatar una irregularidad en el desarrollo de la obra, ya sea por no cumplir con una instrucción directa o por el incumplimiento en el plazo de ejecución u otro que especifiquen las presentes Bases Administrativas, avisará en forma oportuna al adjudicatario al respecto, con máximo de 3 días hábiles contados desde acontecido el suceso, determinando en primera instancia si la situación acontecida amerita sanción. En el caso que corresponda la aplicación de multas, la dirección de Secplan remitirá los antecedentes y proposiciones de sanción a aplicar al contratista mediante oficio conductor enviado por correo electrónico, en dicho oficio se explicarán los motivos, circunstancias y razones de los hechos que fundan la aplicación de sanciones. Una vez recibido el antecedente, el Contratista tendrá un plazo máximo de 05 días hábiles para presentar los descargos correspondientes, el plazo comenzará a regir al día siguiente de recibida la notificación. Si no hubiera descargos, las multas serán aplicadas directamente a estado de pago. Por el contrario, si hubiera descargos, pero estos no fueran acogidos, el adjudicatario tendrá el plazo de 03 días hábiles para solicitar su reconsideración ante la Municipalidad de Timaukel, con carta dirigida a la Directora de Secplan o subrogante, acompañando los antecedentes necesarios para fundamentar tal petición. Una vez estudiados éstos, la dirección de Secplan se pronunciará al respecto, dirigiendo la solicitud al Sr.Alcalde, donde en dicha solicitud se explicará (en base a lo proporcionado por el contratista) si se acoge la solicitud, sea dejando sin efecto la aplicación de sanción (total o parcial) o aplicando aquella que corresponda según lo dispuesto en estas Bases. El importe de las multas que fueran aplicadas, será descontado directamente del monto de la facturas que correspondiere cancelar o, de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, si aquellas no fueran suficientes.
CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario estará obligado a mantener en estricta reserva y confidencialidad, el contenido de todos los antecedentes y de toda información que, con objeto de esta licitación y del contrato respectivo, sea y haya sido conocida por ella, quedándole estrictamente prohibido utilizar dicha información o conocimiento en cualquier otra actividad que pueda desarrollar y que no se refiera estrictamente al cumplimiento del servicio contratado, sin el consentimiento previo por escrito de la Municipalidad de Timaukel. Esta obligación se extiende también, al personal que trabaja para ella, directa o indirectamente. En caso de incumplimiento de esta cláusula, la Municipalidad de Timaukel podrá dejar sin efecto la adjudicación o terminar anticipadamente el contrato, según el caso, pudiendo además hacer efectiva la garantía respectiva, sin perjuicio de iniciar las acciones legales que fueren procedentes.
otras consideraciones
Las presentes bases prevalecerán por sobre todo otro instrumento emitido en relación a su contenido. Queda absolutamente prohibido al adjudicatario, ceder las obligaciones que asuma en virtud de la presente licitación. Su incumplimiento se regirá por lo dispuesto en el numeral 24 N° 2, precedente. Además, la Municipalidad de Timaukel no cancelará anticipo alguno al adjudicatario. En caso de que fuera necesario modificar estas bases, sea por caso fortuito o fuerza mayor; en atención a una aclaración solicitada por alguno de los participantes; o, por otras circunstancias debidamente fundamentadas en un acto administrativo debidamente tramitado, se otorgará un plazo prudencial de adecuación, el que será informado en el sitio web www.mercadopublico.cl. Igualmente, si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en estas bases, se informará en el precitado sitio, las razones que justifican dicho incumplimiento así como el nuevo plazo para la adjudicación.