OBJETIVO DE LA LICITACION |
La presente licitación pública invita a los proveedores relacionados con el rubro a celebrar un convenio el “CONVENIO DE SUMINISTRO DE LIMPIEZAS DE FOSAS SEPTICAS, LIMPIEZA DE CAMARAS ALCANTARILLADO, Y VARILLAJE, LIMPIEZA DE RED DE COLECTORES DE ALCANTARILLADO, REPOSICION E INSTALACION DE FOSAS, INSTALACION DE TAPAS METALICAS DE CAMARAS DE ALCANTARILLADO”. Por línea de productos pudiendo el oferente ofertar por más de una línea o los servicios que estime conveniente, el cual se podrá adjudicar una o más de una línea de productos en su oferta siendo los servicios en diferentes inmuebles municipales de dos localidades una de otra retirada a 90 Km .de las áreas de gestión y Salud, de la Comuna de Timaukel.
Corresponde a 06 (seis) líneas de servicios específicos, cuya oferta debe realizarse en forma unitaria en la plataforma de www.mercadopublico.cl :
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PROCEDIMIENTO |
Los oferentes deberán acceder y estudiar los términos de administrativos y técnicos para posteriormente presentar sus ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl .
Las propuestas se deberán presentar EXCLUSIVAMENTE a través del mencionado Sistema de Compras públicas.
En este documento se indican los requisitos técnicos y administrativos que regirán el proceso de licitación por línea de productos y las obligaciones que serán exigidas al oferente seleccionado.
2. PARTICIPANTES
Podrán participar en esta licitación todos los interesados que, cumpliendo los requisitos señalados en las presentes bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en ellas.
No podrán ser contratados los participantes que incurrieran en las incompatibilidades o prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 4 de la ley N°19.886, para cuyo efecto los proponentes deberán suscribir la declaración jurada contenida en el anexo N°3 de las presentes bases.
El proveedor o los proveedores que resulten adjudicados en una línea o más de una línea de productos y no esté inscrito en el Registro Eléctrico Oficial de proveedores del estado Chile proveedores, estará obligado a inscribirse como requisito previo a la celebración del contrato, sea que este puede ser perfeccionado con el envió y aceptación de la primera orden de compra, Sin perjuicio de lo anterior, el plazo para cumplir con dicha obligación no podrá, en ningún caso, superar los 15 días hábiles desde la fecha en que se notificó la adjudicación. De superar este plazo el departamento Secplan de la municipalidad de Timaukel quedara facultado para readjudicar o declarar desierta la licitación.
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UNION TEMPORAL DE TRABAJADORES |
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto a todas las obligaciones, que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Y esta tendrá vigencia por el tiempo que permanezca la garantía de fiel cumplimiento de contrato siendo poder ser extendida en su efecto de ampliación de contrato.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal determinaran que antecedentes presentaran para ser considerados en la evaluación respectiva siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que efectué a alguno de los integrantes de la misma. Las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, para la formulación de las propuestas o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectaran a cada integrante de la unión, esta deberá decidir si continuara con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este reglamento.
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MODALIDAD DE LICITACION |
El presente convenio no considera reajuste ni intereses de ningún tipo, el plazo de vigencia del contrato es 12 meses contados desde la firma de contrato en la dependencia de la municipalidad de timaukel en presencia del secretario municipal o quien le subrogue. El oferente deberá presentar su oferta por línea de productos por cada servicio según anexo Nº5, en donde la municipalidad de Timaukel será el requirente de uno o más servicios según sea la necesidad, el tiempo y lugar en que se realizará pudiendo adjudicar una o más línea aun mismo u distintito proveedor, según sea la evaluación en su oferta presentada en el portal www.mercadopublico.cl.
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MODALIDAD DE CONTRATO |
item
1 Limpieza y extracción de material sólido, grasas, todos en fosas sépticas horizontales naturales, así como prefabricadas por m3 Complejo Villa Cameron
2 Limpieza y extracción de material sólido, grasas, todos en fosas sépticas horizontales naturales, así como prefabricadas por m3, Complejo Pampa Guanaco.
3 Limpieza de cámaras de alcantarillas 8 unidades aproximadamente: Se considera el destape de cámara de alcantarillado, Se debe realizar con el equipamiento, máquina y personal capacitado, y utilizando los debidos implementos de seguridad en el complejo municipal de Villa Cameron.
4 Limpieza y varillaje de extracción de residuos por cámara en el complejo municipal de Villa Cameron.
5 En el caso de reemplazar el recambio de fosa por vida útil de esta ofertar por la capacidad de una instalación de equipamiento materias y mano de obra vendida, por capacidad de tanque de 3200 litros. Sobre material pétreo de 10 cm.
6 Reemplazo y reposición e instalación de tapas de alcantarillado metálicas (mano de obra y materiales con terminación de pintura antióxido) con manilla 1.20 x 1.20 metros. Aproximadamente.
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PRECIO Y VALIDEZ DE LA OFERTA |
La oferta deberá presentarse con valores NETOS, en moneda nacional y deberá tener una validez mínima de 60 días corridos, y en ella se entenderán incorporados todos los gastos e impuestos que pudieren ser aplicables.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica, contra la presentación de la respectiva factura una vez realizada la recepción conforme del servicio por parte de la Municipalidad de Timaukel, en un plazo de 30 días, contados desde la fecha de recepción conforme de la factura.
No se permitirá la recepción de la factura con una fecha anterior a la recepción de los servicios.
La factura deberá ser extendida a nombre de la Ilustre Municipalidad de Timaukel, Rut N°69.251.600-1, con dirección en Villa Cameron S/N comuna de Timaukel, Provincia de Tierra del Fuego.
Esta información deberá ser recepcionada por la entidad dándole por tanto al proveedor la posibilidad de facturar.
8. PRESENTACION DE LAS OFERTAS.-
Las propuestas se deberán presentar exclusivamente a través del sistema electrónico de compras públicas www.mercadopublico.cl mediante formularios separados (adjunto en anexos) que contendrán la oferta técnica y la oferta económica, para que el oferente decida por cual líneas de productos ofertara sea una o mas de una en consecuencia de los servicios caracterizados por ítem según recuadro antes singularizados en el punto 3 de las bases.
La oferta deberá estar disponible, en formato digital, junto con la documentación de respaldo que más adelante se indica, en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, en la fecha y hora indicada en calendario de licitación.
Se verificará que los antecedentes respetando el o los formatos indicados en el punto Antecedentes legales y administrativos, técnicos y económicos.
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APERTURAS DE OFERTAS |
El acto de apertura será realizada por la Comisión evaluadora, que deberá verificar el cumplimientos de los requisitos en las bases administrativas y bases técnicas.
La comisión verificara en primer lugar, que se hayan acompañado todos los documentos exigidos, esto es :
Documentos administrativos y/o legales y aquellos exigidos en la oferta técnica y económica a menos que alguno de los mencionados se encuentren en el portal www.mercadopublico, levantándose un acta dejando constancia del hecho de la apertura y las observaciones que hayan surgido.
La comisión de evaluación y apertura en virtud del artículo 40 del reglamento de la ley de compras públicas, se reserva el derecho de otorgar plazo a los oferentes para salvar errores u omisiones formales, lo que será informado a través del portal, siempre que no afecten los principios de igualdad de los oferentes, ni de estricta sujeción a las bases.
En dicho caso se otorgará un plazo de 48 horas corridas para enmendar los errores, o presentar aquellos certificados u antecedentes faltantes que se hubieren obtenido con fecha anterior al plazo de cierre para presentar las ofertas o refieran a situaciones no mutables desde la fecha de cierre para presentar las ofertas. De todo lo anterior, sé dejará constancia en acta que será suscrita por los integrantes de la comisión.
En el evento que se solicite salvar errores u omisiones se suspenderá la evaluación de las ofertas técnicas y economicas, hasta el cumplimiento del plazo otorgado. En el caso que la falta de documentos y/o antecedentes sea insalvables ya sea porque no se refiere a aquellos antecedentes indicados más arriba, o porque los documentos y/o antecedentes sea insalvables ya sea porque los documentos presentados forman parte de la oferta económica y son necesariamente para evaluarla oferta será declarada inadmisible, sin que pueda ser evaluada.
La no presentación por parte de algún oferente en el plazo estipulado, de los documentos solicitados, implicara que la oferta sea declarada inadmisible, este plazo incluye el tiempo adicional que se proporcionara para subsanar requisitos formales, conforme a lo dispuesto en el artículo 40 del reglamento de la ley de compras.
Las ofertas deberán considerar todos los elementos y antecedentes señalados en estas bases administrativas, técnicas, aclaraciones y/o modificaciones, si las hubiere.
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GARANTIAS |
10.1 SERIEDAD DE LA OFERTA
Los oferentes deberán adjuntar garantía tomada a la vista, nominativa, no endosable, irrevocable y de realización Inmediata. (En caso de ser física una vez adjunta será enviada a correos de Chile o Vías Chile exprés de Puerto Porvenir), previa información por correo electrónico. Oficina de partes. oficinadepartes@municipalidadtimaukel.cl .
Se aceptará cualquier tipo de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. La que deberá expresarse en pesos chilenos y podrá otorgarse de manera física o electrónicamente. En este último caso deberá ajustarse a la ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Por la suma de $100.000 (Cien mil pesos), a nombre de la Ilustre Municipalidad de Timaukel, con la siguiente glosa: “Para garantizar seriedad de oferta en licitación: “convenio de suministro de limpiezas de fosas sépticas, limpieza de cámaras alcantarillado, y varillaje, limpieza de red de colectores de alcantarillado, reposición e instalación de fosas, instalación de tapas metálicas de cámaras de alcantarillado”.
con una vigencia mínima de 60 días, contados desde la fecha de apertura de las ofertas según lo publicado en el Portal Mercado público. En caso de no cumplir con la fecha en su vencimiento u vigencia mínima esta oferta quedara inadmisible.
La Municipalidad de Timaukel podrá hacer efectiva esta garantía, en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si el proponente se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de la misma.
b) Si se comprobara falsedad de los documentos constitutivos de la oferta.
c) Si el oferente adjudicado no suscribiera el contrato dentro del plazo respectivo o no se inscribiera en el Registro de Proveedores del Estado (Chile Proveedores), dentro del plazo señalado.
Toda oferta que no esté acompañada de esta garantía será rechazada por La Municipalidad de Timaukel, por no ajustarse a lo establecido en estas bases.
En el caso de que el oferente presente garantía en forma física esta deberá ser entrega en la Municipalidad de Timaukel mediante oficio o carta conductora, sobre cerrado en oficina de partes antes de la hora de apertura de licitación. En horarios de 08:00 Hrs a 17 :00 de lunes a Jueves y Viernes de 08:00 a 16 Horas ( Villa Cameron S/N)
10.2 RESTITUCION DE GARANTIA
Esta garantía será restituida dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, o de la adjudicación. En estos casos, la boleta podrá ser retirada en el Departamento de Tesorería de la Institución, ubicada en Villa Cameron S/N, comuna de Timaukel, entre las 9:00 y las 12:00 horas, de lunes a viernes, con la presentación del Rut en caso de ser el representante legal de la empresa, o de un poder notarial otorgado por la empresa en caso de corresponder a otra persona.
En caso de readjudicación, según lo dispuesto en el numeral 15 de estas bases, el plazo antes indicado se extenderá en 10 días, contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de ello, según lo dispuesto en la parte final del artículo 43° del D.S. N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
Al adjudicatario, esta Garantía le será restituida al momento de hacer entrega de la Garantía de fiel cumplimiento del contrato, que se detalla a continuación.
10.3.- FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO
Con el objeto de caucionar el fiel y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones pactadas en el contrato, el adjudicatario deberá presentar garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. La que deberá expresarse en pesos chilenos y podrá otorgarse de manera física o electrónicamente. En este último caso deberá ajustarse a la ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
La garantía deberá contener la siguiente glosa “Para garantizar el Fiel Cumplimiento de : “convenio de suministro de limpiezas de fosas sépticas, limpieza de cámaras alcantarillado, y varillaje , limpieza de red de colectores de alcantarillado, reposición e instalación de fosas,instalación de tapas metálicas de cámaras de alcantarillado”.
Debe esta darse a favor de la Municipalidad de Timaukel, equivalente al 5% del gasto anual por los servicios de limpieza de fosa séptica de un año calendario promedio. Para estos efectos se ha considerado el gasto anual del año 2021, por $ 26.147.156, monto sobre calcularse el 5%.duracion por 18 meses.
Garantía que se deberá entregar a la fecha de firma del contrato.
La cual se hará efectiva en los siguientes casos:
a) Por incumplimiento grave de las obligaciones contenidas en el Contrato
b) Por no cumplir dentro de las 24 horas como mínimo, de pedido el servicio en forma telefónica o por correo electrónico. Cada unidad solicitante deberá si fuera el caso, informar al alcalde por escrito del incumplimiento del servicio.-
APELACION: El Contratista podrá apelar al cobro de la garantía, para lo cual deberá dirigirse, por escrito, al Alcalde, dentro de los dos primeros días hábiles, contados desde la fecha de notificaciones por escrito. En dicha apelación deberá informar sobre las causas que ocasionaron, a juicio del adjudicado, la deficiencia y qué procedimiento se utilizó en terreno para superar la situación, ya sea intentando evitar o disminuir la deficiencia, dadas las condiciones en terreno.
El Alcalde, dispondrá de un plazo máximo de Siete (7) días hábiles para responder, en forma escrita, al Contratista, si acepta o rechaza la apelación. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Alcalde para modificar o dejar sin efecto la sanción, de acuerdo al informe de la Unidad que informo del incumplimiento del servicio. La determinación del Alcalde deberá notificarse por escrito al Contratista.
Sin perjuicio de las acciones de cumplimiento o resolución del contrato y de indemnizaciones de perjuicio que se pudieran ejercer separada e independientemente por el incumplimiento de las obligaciones contractuales, la Municipalidad de Timaukel podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en caso de concurrir algunas de las circunstancias prescritas en el numeral 10.3,de estas bases, salvo que la causal respectiva no le sea imputable al adjudicatario.
En caso de cobro de la garantía por alguna circunstancia que no signifique el cese del contrato, el adjudicatario, deberá renovar dentro del plazo de 7 días hábiles siguientes a su cobro, para dar por terminado anticipadamente el contrato sin indemnización.
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CONTRATO |
11.1-El Contrato de suministro será redactado dentro de los diez (10 ) días siguientes, contados desde la fecha de la Adjudicación.
11.2-El Adjudicatario tendrá un plazo de quince (15) días corridos a contar de la notificación de adjudicación para suscribir el contrato.
11.3. El contrato tendrá vigencia de (12) meses,desde la firma del contrato , no obstante podrá ponerse término anticipado por las siguientes causas:
• Por incumplimiento grave de las obligaciones contenidas en el Contrato.
• Vencimiento del plazo del Contrato.
• Resciliación del Contrato, esto es, el mutuo acuerdo de las partes, aprobado por Decreto Alcaldicio.
11.4 La prestación de los servicios se entenderá una vez adjudicado el proveedor o los proveedores. El inicio se hará efectivo a contar de la fecha de firma del contrato respectivo y emisión de la orden de compra.
El Contrato será a plazo fijo y el proponente estará obligado a ofertar por el costo que comprende el servicio de acuerdo a la oferta técnica de cada servicio de los anexos u documentos adjuntos a estas bases, asumiendo el adjudicatario todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos en su ejecución cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia e incluye además el valor de los aportes y derechos a los servicios respectivos, según corresponda, remuneraciones e imposiciones de personal, costos de las garantías, traslados, hospedaje, alimentación y en general todos los gastos que irrogue o exija el cumplimiento del contrato, sea directo o indirecto. Hasta la disposición final de los residuos sean líquidos o solidos hasta y todo lo anterior pasarán a formar parte del contrato, las presentes Bases con las exigencias y demás antecedentes que se acompañen a estas al solicitar los servicios correspondientes.
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ADJUDICACION |
La Municipalidad de Timaukel adjudicará la presente licitación a aquel oferente o aquellos oferentes que, encontrándose hábil para contratar con los organismos del Estado, haya presentado la oferta más conveniente a sus intereses, de acuerdo a la evaluación realizada, debiendo notificar el resultado de la licitación a más tardar el día indicado en el Portal Mercado público.
En el caso que el adjudicatario no esté inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de Chile-Proveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la fecha de notificación de la adjudicación.
La resolución de adjudicación será publicada en el Sistema de Información de la Dirección de Compras Públicas dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la fecha del acta de evaluación.
En el evento que se presente alguna imposibilidad de informar el resultado de la adjudicación, esta situación será notificada en el Sistema de Información, indicando las razones que justifican el incumplimiento, fijando el nuevo plazo para hacerlo.
Los proponentes no favorecidos no percibirán indemnización de ninguna naturaleza, siendo de su exclusiva responsabilidad los gastos en que hubieren incurrido con motivo de la presentación de sus ofertas.
Las consultas que pudieran suscitarse con motivo de la adjudicación deberán consultarse a través del “Portal Mercado Público”, siendo respondidas por este mismo medio a más tardar, el día y hora indicado en calendario de licitación.
No obstante lo señalado precedentemente, la Municipalidad de Timaukel mediante decreto fundado, podrá declarar desierta la licitación por no convenir a los intereses institucionales o, declarará inadmisibles las ofertas por no cumplir los oferentes con los requisitos establecidos en estas bases y en las Especificaciones Técnicas. Dicha resolución será publicada en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas dentro del plazo de 30 días corridos desde la fecha del acta de evaluación.
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READJUDICACION |
La Municipalidad de Timaukel, mediante decreto fundado por su Alcalde, podrá declarar desierta la licitación o, si fuere conveniente a los intereses institucionales, podrá adjudicarla al oferente que hubiere obtenido el segundo mejor puntaje en la evaluación de las ofertas (y así sucesivamente con el tercero y siguientes), dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o no lo hace dentro del plazo establecido en las bases o en el artículo 65° del DS. N° 250;
b) Si no hace entrega, en el plazo establecido, de los antecedentes requeridos en el numeral siguiente;
c) Si no entrega las garantías solicitadas, siempre y cuando se soliciten;
d) Si se desista de su oferta o cambia unilateralmente el monto, forma o condiciones de ella;
e) Si rechaza la orden de compra o no es aceptada dentro de las 24 horas desde la emisión de la misma; y,
f) Si no se inscribe en el Registro de Proveedores, dentro del plazo previsto en el punto de las presentes bases o se encuentra inhábil, en el sistema de Chileproveedores.
g) En caso de término anticipado de contrato y liquidación de contrato, el alcalde estará facultado en Re adjudicar al segundo oferente mejor evaluado u subsiguiente en el caso de mantener la igualdad en el proceso y no llamar a un segundo llamado.
En cualquiera de estos casos, La Municipalidad de Timaukel podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
La declaración de Re adjudicación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl y el nuevo adjudicado será el oferente que ocupe el segundo lugar en la evaluación original del proceso, en los términos consignados en estas bases administrativas.
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EXTENSION DEL CONTRATO |
En caso fortuito se podrá extender los servicios por solo única vez hasta que se realice un nuevo proceso de licitación pública, para efecto de cualesquiera de los ítems propuestos o en su totalidad de los servicios,por un plazo no mayor a seis meses.
11.7 DEVOLUCION DE GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
La devolución de la garantía de Fiel cumplimiento se efectuará una vez que el contratista haya dado cumplimiento a todas las obligaciones impuestas por el contrato, pudiendo ser retirada a su vencimiento en dependencias de la notaria de la municipalidad de Timaukel.
En el caso de las personas jurídicas, para proceder al retiro de la garantía se deberá presentar un poder simple timbrado por la entidad a la que se representa, fotocopia de la cedula de identidad de la persona que retira y el rut de la correspondiente empresa. Las personas naturales podrán retirar su garantía con una fotocopia de la cedula de identidad, o bien a través de terceros mediante un poder notarial y copia de la respectiva cedulas de identidades.
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FORMA DE PAGO |
El “convenio de suministro de limpiezas de fosas sépticas, limpieza de cámaras alcantarillado, y varillaje , limpieza de red de colectores de alcantarillado, reposición e instalación de fosas, instalación de tapas metálicas de cámaras de alcantarillado”. Se pagará dentro de los treinta días de recepcionada la factura, con servicios conforme y visación de la contraparte municipal como señal de haber recibido el servicio a su entera satisfacción. Cada unidad o área que solicite los servicios o trabajos a ejecutarse establecerá un mecanismo de control del servicio y recepción de los mismos.
El proveedor facturará por los servicios ejecutados, adjuntando las correspondientes órdenes de compras.
Para que el municipio proceda al pago de los servicios, el proveedor deberá enviar la factura correspondiente y los datos para realizar el pago mediante transferencia bancaria a la funcionaria encargada de facturación correo: inventariomunicipalidadtimaukel.cl .
12.1 FINANCIAMIENTO Y PRECIO DEL CONTRATO. -
El financiamiento corresponde al presupuesto gestión municipal y del servicio traspasados de salud 2024 .
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MULTAS |
La Municipalidad de Timaukel estará facultada para aplicar y cobrar multas al adjudicatario por ATRASO O INCUMPLIMIENTO con respecto a los servicios definidos en el contrato y su anexo singularizado en número Nº4.oferta técnica
13.1. MULTAS POR ATRASO O INCUMPLIMIENTO
La Municipalidad de Timaukel previa solicitud y aprobación del Sr. Alcalde podrá aplicar multas en caso de atraso o incumplimiento injustificado en la entrega del servicio toda vez que supere los siete días ( 7) corridos de atraso, aplicándose una multa de 1 UTM del valor de la siguiente orden de compra electrónica producto de las características del servicio contratado por cada dia de atraso.
En caso de aplicarse la multa esta deberá hacerse efectiva a través del descuento en la respectiva factura.
13.2. APLICACION DE LA MULTA
La Municipalidad de Timaukel previa solicitud y aprobación de Sr. Alcalde le informara al adjudicatario, por correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. El adjudicatario tendrá un plazo de tres días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, la entidad dictara la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma oportuna, la municipalidad tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazar o acogerlos, total o parcialmente la multa, lo que se determinara, mediante resolución o acto administrativo, comunicándose a través de carta certificada al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de personas jurídicas.
La multa será aplicada mediante resolución de la Municipalidad previo oficio o informe de contrato de servicio y con la ponderación respectiva de los antecedentes presentados.
Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la orden de compra a través de www.mercadopublico.cl, sin embargo haya entregado total o parcialmente los servicios requeridos, se considerara que el plazo de entrega comenzó al segundo día hábil de emitida la orden de compra.
13.3.- COBRO DE LA MULTA
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad deba efectuar al adjudicatario en relación a la factura más próxima.
14.- MODIFICACION Y TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO.
El contrato que emane de la presente licitación, podrá modificarse o terminarse anticipadamente, por las causales establecidas en el artículo 13 de la ley 19.886 sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y en artículo 77 de su reglamento-
1.-Resciliacion o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2.-Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.-
3.-Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes. Para garantizar el cumplimiento de contrato.
4.-Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5.-Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Las demás que se establezcan en las respectivas bases de licitación o en el contrato.
Sin perjuicio de las demás causales anteriores, la municipalidad de Timaukel podrá poner término anticipado, en los siguientes casos:
a) Por acuerdo de las partes.
b) Por incumplimiento del proveedor adjudicado, a juicio de la Ilustre Municipalidad de Timaukel, de cualquiera de las obligaciones establecidas en las bases, en la oferta y el contrato, previo informe fundado de la unidad o área establecida, en que se genere la orden de a quien se preste el servicio.
c) El oferente adjudicado no aceptare las órdenes de compra, dentro de las 72 Horas desde la fecha de emisión de esta
d) Entregar los servicios o trabajos de manera deficiente, con retrasos reiterados o simplemente incumplir de acuerdo a lo que señale la municipalidad de timaukel, incumplimientos en los plazos acordados por escrito con la dirección de secplan.
e) No da cumplimiento con cualquiera de las obligaciones estipuladas en anexo Nº4 de las presentes bases.
f) La resolución o decreto de termino de contrato será visada por la unidad de control y será notificado por el Sr. Alcalde.
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MULTAS |
La Municipalidad de Timaukel estará facultada para aplicar y cobrar multas al adjudicatario por ATRASO O INCUMPLIMIENTO con respecto a los servicios definidos en el contrato y su anexo singularizado en número Nº4.oferta técnica
13.1. MULTAS POR ATRASO O INCUMPLIMIENTO
La Municipalidad de Timaukel previa solicitud y aprobación del Sr. Alcalde podrá aplicar multas en caso de atraso o incumplimiento injustificado en la entrega del servicio toda vez que supere los siete días ( 7) corridos de atraso, aplicándose una multa de 1 UTM del valor de la siguiente orden de compra electrónica producto de las características del servicio contratado por cada dia de atraso.
En caso de aplicarse la multa esta deberá hacerse efectiva a través del descuento en la respectiva factura.
13.2. APLICACION DE LA MULTA
La Municipalidad de Timaukel previa solicitud y aprobación de Sr. Alcalde le informara al adjudicatario, por correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. El adjudicatario tendrá un plazo de tres días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, la entidad dictara la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma oportuna, la municipalidad tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazar o acogerlos, total o parcialmente la multa, lo que se determinara, mediante resolución o acto administrativo, comunicándose a través de carta certificada al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de personas jurídicas.
La multa será aplicada mediante resolución de la Municipalidad previo oficio o informe de contrato de servicio y con la ponderación respectiva de los antecedentes presentados.
Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la orden de compra a través de www.mercadopublico.cl, sin embargo haya entregado total o parcialmente los servicios requeridos, se considerara que el plazo de entrega comenzó al segundo día hábil de emitida la orden de compra.
13.3.- COBRO DE LA MULTA
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad deba efectuar al adjudicatario en relación a la factura más próxima.
14.- MODIFICACION Y TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO.
El contrato que emane de la presente licitación, podrá modificarse o terminarse anticipadamente, por las causales establecidas en el artículo 13 de la ley 19.886 sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y en artículo 77 de su reglamento-
1.-Resciliacion o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2.-Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.-
3.-Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes. Para garantizar el cumplimiento de contrato.
4.-Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5.-Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Las demás que se establezcan en las respectivas bases de licitación o en el contrato.
Sin perjuicio de las demás causales anteriores, la municipalidad de Timaukel podrá poner término anticipado, en los siguientes casos:
a) Por acuerdo de las partes.
b) Por incumplimiento del proveedor adjudicado, a juicio de la Ilustre Municipalidad de Timaukel, de cualquiera de las obligaciones establecidas en las bases, en la oferta y el contrato, previo informe fundado de la unidad o área establecida, en que se genere la orden de a quien se preste el servicio.
c) El oferente adjudicado no aceptare las órdenes de compra, dentro de las 72 Horas desde la fecha de emisión de esta
d) Entregar los servicios o trabajos de manera deficiente, con retrasos reiterados o simplemente incumplir de acuerdo a lo que señale la municipalidad de timaukel, incumplimientos en los plazos acordados por escrito con la dirección de secplan.
e) No da cumplimiento con cualquiera de las obligaciones estipuladas en anexo Nº4 de las presentes bases.
f) La resolución o decreto de termino de contrato será visada por la unidad de control y será notificado por el Sr. Alcalde.
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