Licitación ID: 514847-14-LE23
Suministro Arriendo Camión Traslado Agua Potable
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LAUTARO, Salud
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 14
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Transporte de agua 1 Unidad no definida
Cod: 78102102
La Municipalidad de Lautaro, a través de su Departamento de Salud, en adelante DSM, llama a presentar ofertas para la contratación de Suministro Servicio de Arriendo de Camión Aljibe para Traslado de Agua Potable, según lo estipulado en el Punto Nº 13.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Suministro Arriendo Camión Traslado Agua Potable
Estado:
Autorizada para Deserción
Descripción:
La Municipalidad de Lautaro, a través de su Departamento de Salud, en adelante DSM, llama a presentar ofertas para la contratación de Suministro Servicio de Arriendo de Camión Aljibe para Traslado de Agua Potable, según lo estipulado en el Punto Nº 13
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LAUTARO
Unidad de compra:
Salud
R.U.T.:
69.190.100-9
Dirección:
OHIGGINS Nº 1096
Comuna:
Lautaro
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-06-2023 17:43:00
Fecha de Publicación: 23-05-2023 16:06:00
Fecha inicio de preguntas: 23-05-2023 19:46:00
Fecha final de preguntas: 25-05-2023 19:46:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-05-2023 19:46:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-06-2023 17:44:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-06-2023 17:44:00
Fecha de Adjudicación: 30-06-2023 17:44:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIONES SEGUN BASES ADJUNTAS 5%
2 LOCALIZACION GEOGRAFICA SEGUN BASES ADJUNTAS 10%
3 OFERTA ECONOMICA SEGUN BASES ADJUNTAS 40%
4 EXPERIENCIA EN EL RUBRO SEGUN BASES ADJUNTAS 30%
5 AÑO DEL CAMION SEGUN BASES ADJUNTAS 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 2152208999004
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: HERNALDO MORALES URREA
e-mail de responsable de pago: HMORALES@MUNILAUTARO.CL
Nombre de responsable de contrato: MARCO JOFRE LEIVA
e-mail de responsable de contrato: MJOFRE@MUNILAUTARO.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2591470-471
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntajes entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:

En primer lugar, se seleccionará aquel oferente que presente el mayor puntaje en el ITEM Oferta Económica en el proceso de evaluación de las propuestas.

En segundo lugar, a igualdad entre dos o más propuestas bajo este criterio oferta económica, se escogerá aquella propuesta que presente la mayor puntuación en el ITEM Experiencia en el Rubro.

En tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas bajo los criterios anteriores, se escogerá aquella propuesta con el mayor puntaje en el ITEM Año del Camión.

En cuarto lugar, de continuar el empate, se considerará al oferente con mayor puntaje en el ITEM Localización Geográfica.

En quinto lugar, de continuar el empate, se considerará al oferente con mayor puntaje en el ITEM Condiciones de Empleo y Remuneraciones.

Si pese a todo lo anterior, aun persistiera el empate, la Comisión Evaluadora citará a representantes de las Empresas que empaten para definir en conjunto la modalidad para desempatar. De no presentarse uno o unos de los oferentes empatados, ello implicará la adjudicación al que se presentare o se dirimirá sólo entre quienes se presentaren, según corresponda la situación.


Pacto de integridad
El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen. 
f) El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

SANCIONES Y MULTAS
Sin perjuicio de lo indicado en el punto 17, el DSM podrá administrativamente cobrar multas al proveedor cuando este no cumpla con el servicio requerido, con excepción de casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados. La decisión de multa que califique el DSM será notificada por escrito o por correo electrónico al proveedor indicando la causa y origen del incumplimiento. Situaciones que puedan ameritar la aplicación de multas: a) Diferencias en la entrega del servicio respecto de lo solicitado. b) Entrega de productos en malas condiciones. c) Negativa injustificada a prestar el servicio. Si el proveedor incurriese en dos ocasiones en la presente falta se estará a lo indicado en la letra c) del punto 17. Forma de cálculo de la Multa: a) 1 UF por ocasión con un máximo de dos faltas. Habiéndose incurrido en una tercera falta, se estará a lo establecido en la letra c) del punto 15 anterior. En caso que los hechos sean constitutivos de falta, corresponderá al DSM determinar la naturaleza y cuantía de la sanción, para lo que considerará, entre otros aspectos, la situación del abastecimiento del bien en particular y el porcentaje de cumplimiento de las entregas que el proveedor tiene en el período respectivo, de acuerdo a las bases. El DSM resolverá el rechazo, aceptación o modificación de la sanción. En caso de aplicar una sanción, ésta se comunicará por escrito, El Proveedor podrá interponer recurso de reposición ante el Director del DSM, durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de notificación. Se entenderá practicada la notificación a contar del tercer día siguiente de la recepción de la carta en la oficina de correos respectiva. Recibida la reposición del proveedor, el Director por su parte deberá resolver en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, con los antecedentes que se disponga y/o que el proveedor haya aportado. Se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, la sanción y su cuantía, a través de una resolución, la que será debidamente notificada al proveedor, en los términos señalados en los párrafos anteriores. Respecto de esta decisión, procederán los recursos que al efecto dispone la Ley Nº 19.880. Una vez ejecutoriada la sanción, y para el evento de que esta conlleve una multa, o indemnización, el DSM podrá cobrar mediante la rebaja directamente del total facturado debiendo el proveedor respaldar con la Nota de Crédito respectiva. No obstante lo anterior, se podrá obviar la multa en la medida que el atraso o incumplimiento se deba a razones de fuerza mayor no atribuibles al proveedor. Con todo, las razones del atraso o incumplimiento deberán ser debidamente informadas y respaldadas lo que será evaluado y considerado por el DSM. Junto con ello, el proveedor deberá comprometerse con un nuevo plazo de despacho. En el caso que el proveedor no cuenta con el producto solicitado, deberá en un plazo no mayor a 48 horas rechazar la Orden de Compra emitida consignando tal razón. De no cumplir con esta formalidad y transcurridas las 48 horas, se entenderá como incumplimiento al contrato y se le aplicará la multa indicada en esta cláusula.
TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La ENTIDAD está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurriere alguna de las causales que se señalan a continuación: a) Si el adjudicado fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. b) Si se disuelve la empresa adjudicada. c) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a la prestación del servicio descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad y cuando dicho incumplimiento le genere al Municipio un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones. d) Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible durante la ejecución del respectivo contrato o propiciaren prácticas corruptas, tales como: - Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.