Licitación ID: 514847-19-LP24
INSUMOS MEDICOS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LAUTARO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 23
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Suplementos vitamínicos 1 Unidad
Cod: 51191905
Suplementos varios de alto costo, de alta demanda y rotación. Según Bases adjuntas.  

2
Sábanas de hospital 1 Unidad
Cod: 42132105
Insumos de higiene personal de alto costo, de alta demanda y rotación. Según Bases adjuntas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
INSUMOS MEDICOS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Municipalidad de Lautaro, a través de su Departamento de Salud, en adelante DSM, llama a presentar ofertas para la Contratación de Suministro para la adquisición de Suplementos Alimenticios y Pañales para la Farmacia Popular, según lo indicado en el Numeral 13 y Anexo 3.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Salud
R.U.T.:
69.190.100-9
Dirección:
OHIGGINS Nº 1096
Comuna:
Lautaro
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-07-2024 18:30:00
Fecha de Publicación: 14-06-2024 9:08:00
Fecha inicio de preguntas: 14-06-2024 19:36:00
Fecha final de preguntas: 18-06-2024 19:36:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-06-2024 19:36:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-07-2024 17:46:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-07-2024 17:46:00
Fecha de Adjudicación: 03-02-2025 12:37:45
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONOMICA SEGUN BASES ADJUNTAS. 40%
2 CUMPLIMIENTOESPECIFICACIONES TECNICAS SEGUN BASES ADJUNTAS. 35%
3 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL SEGUN BASES ADJUNTAS. 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 2152204004005
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: HERNALDO MORALES URREA
e-mail de responsable de pago: HMORALES@MUNILAUTARO.CL
Nombre de responsable de contrato: MARCO JOFRE LEIVA
e-mail de responsable de contrato: MJOFRE@MUNILAUTARO.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2591471-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe al Proveedor Adjudicado subcontratar todos o algunos de los servicios encomendados a raíz de la presente Licitación, sus Bases y posterior Contrato. El incumplimiento de esta prohibición por parte del Proveedor será considerado incumplimiento
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I. Municipalidad de Lautaro
Fecha de vencimiento: 29-08-2024
Monto: 1500000 Peso Chileno
Descripción: Los Participantes deberán entregar una boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, certificada de fianza, u otro instrumento de fácil ejecución que garantice la oferta que realicen y que cuyos valores no serán modificados posteriormente, a nombre del Departamento de Salud de la Municipalidad de Lautaro, RUT 69.190.100-9, por un monto equivalente a $1.500.000, con un plazo de vencimiento de hasta 60 días hábiles después de la fecha de cierre de la Licitación, de carácter IRREVOCABLE, y pagadera al día.
Glosa: La Glosa deberá indicar “Por Seriedad de la Oferta Licitación para Adquisición de Suplementos Alimenticios y Pañales para la Farmacia Popular”
Forma y oportunidad de restitución: Si por alguna razón técnica no puede consignar esta glosa, se entenderá, para todos los efectos, que el documento entregado es para cumplir con esta exigencia. Terminado el plazo referido, se procederá a la devolución de dicha garantía, dentro del plazo de 30 días. En caso de prórroga, se deberá canjear la garantía por otra que cumpla con los mismos requisitos y que cubra el nuevo periodo, con fecha de vencimiento de 60 días hábiles después de la nueva fecha de término de contrato. En el caso de las Garantías otorgada por participantes que no resultaron adjudicados, los respectivos documentos serán devueltos en un periodo de 10 días.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. Municipalidad de Lautaro
Fecha de vencimiento: 04-09-2026
Monto: 6 %
Descripción: El proveedor adjudicado y en un plazo de 10 días hábiles desde notificado de dicha adjudicación, deberá entregar una boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, certificada de fianza, u otro instrumento de fácil ejecución por buen cumplimiento del contrato, a nombre del Departamento de Salud de la Municipalidad de Lautaro, RUT 69.190.100-9, por un valor equivalente al 6% del monto adjudicado, con un plazo de vencimiento de hasta 60 días hábiles después de la fecha de término del contrato, de carácter IRREVOCABLE, y pagadera al día.
Glosa: La Glosa deberá indicar “Por un Buen Cumplimiento de Contrato y Obligaciones Laborales Licitación Contrato de Suministro Adquisición de Suplementos Alimenticios y Pañales para la Farmacia Popular”
Forma y oportunidad de restitución: Si por alguna razón técnica no puede consignar esta glosa, se entenderá, para todos los efectos, que el documento entregado es para cumplir con esta exigencia. Terminado el plazo referido, se procederá a la devolución de dicha garantía, dentro del plazo de 30 días. En caso de prórroga, se deberá canjear la garantía por otra que cumpla con los mismos requisitos y que cubra el nuevo periodo, con fecha de vencimiento de 60 días hábiles después de la nueva fecha de término de contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
MECANISMO Y RESOLUCION DE EMPATE
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntajes entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes: a) En primer lugar, se seleccionará aquel oferente que presente el mayor puntaje en el ITEM Evaluación Económica en el proceso de evaluación de las propuestas. b) En segundo lugar, a igualdad entre dos o más propuestas bajo este criterio Evaluación Económica, se escogerá aquella propuesta que presente la mayor puntuación en el ITEM Cumplimiento Especificaciones Técnicas. c) En tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas bajo los criterios anteriores, se escogerá aquella propuesta con el mayor puntaje en el ITEM Comportamiento Contractual Anterior. Si pese a todo lo anterior, aun persistiera el empate, la Comisión Evaluadora citará a representantes de las Empresas que igualen en puntaje para definir en conjunto la modalidad para desempatar. De no presentarse uno o unos de los oferentes empatados, implicará la adjudicación al que se presentare o se dirimirá sólo entre quienes se presentaron, según corresponda la situación.
ADJUDICACION Y READJUDICACION
Se adjudicará a aquel Proveedor que cumpliendo todos los requisitos formales haya además obtenido el mayor puntaje ponderado, previa aplicación y cálculo de los parámetros de evaluación por parte de la Comisión Evaluadora. Con ello, se asegura que la propuesta adjudicada es la que satisface de mejor forma la necesidad del DSM, en este caso, en lo que al contrato de Suministro de Suplementos de Suplementos Alimenticios y Pañales se refiere. El Acto Administrativo indicado anteriormente, quedará materializado a través de un Decreto autorizado y firmado por el Sr. Alcalde de la Comuna o por quien haya delegado su firma o por quien los subrogue. A su vez, cuando el Proveedor adjudicado no suscribiera el Contrato o no aceptara la Orden de Compra dentro de los plazos establecidos por las Bases o la Ley de Compras, el Municipio está facultado para readjudicar la Licitación a aquel Proveedor que en orden de prelación haya obtenido el segundo puntaje ponderado más alto y así sucesivamente si este último tampoco suscribiera Contrato o aceptare la respectiva Orden de Compra.
SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO
Dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a la fecha de notificación del Decreto Alcaldicio que adjudica la propuesta en el Portal Mercado Público, el adjudicatario deberá suscribir el contrato respectivo el cual también será oficializado mediante Decreto Alcaldicio. La duración del Contrato será de 24 meses desde la fecha de completa tramitación del proceso. Los valores ofertados se mantendrán por el tiempo de vigencia del Contrato, pudiendo los Proveedores reajustarlos hasta por un 6% de incremento por una sola vez durante el tiempo de vigencia del contrato, en la medida que las condiciones del mercado, como IPC, valor del dólar, entre otros, así lo ameriten. Con todo, dichos cambios deberán ser informados fundadamente al menos con 30 días de anticipación a la fecha que el proveedor pretende el aumento al DSM de Lautaro, caso contrario, los valores se mantendrán sin ser modificados. No obstante, lo anterior, los eventuales incrementos en el precio de los productos o servicios serán evaluados por el DSM para determinar su procedencia.
SANCIONES Y MULTAS
El oferente contratado estará afecto a las multas y sanciones que digan relación con la inadecuada entrega de los productos o incumplimiento de lo indicado en las presentes Bases y/o posterior Contrato. Se aplicarán multas del 1% del valor contratado, por cada evento que diga relación con incumplimiento del servicio de entrega de los productos. En caso que los hechos sean constitutivos de falta, corresponderá al DSM determinar la naturaleza y cuantía de la sanción, para lo que considerará, entre otros aspectos, la situación del abastecimiento del servicio en particular y el porcentaje de cumplimiento que el proveedor tiene en el período respectivo, de acuerdo a las bases. El DSM resolverá el rechazo, aceptación o modificación de la sanción. En caso de aplicar una sanción, ésta se comunicará por escrito, El Proveedor podrá interponer recurso de reposición ante el Director del DSM, durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de notificación. Se entenderá practicada la notificación a contar del tercer día siguiente de la recepción de la carta en la oficina de correos respectiva. Recibida la reposición del proveedor, el Director por su parte deberá resolver en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, con los antecedentes que se disponga y/o que el proveedor haya aportado. Se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, la sanción y su cuantía, a través de una resolución, la que será debidamente notificada al proveedor, en los términos señalados en los párrafos anteriores. Respecto de esta decisión, procederán los recursos que al efecto dispone la Ley Nº 19.880. Una vez ejecutoriada la sanción, y para el evento de que esta conlleve una multa, o indemnización, el DSM podrá cobrar mediante la rebaja directamente del total facturado debiendo el proveedor respaldar con la Nota de Crédito respectiva. No obstante lo anterior, se podrá obviar la multa en la medida que el atraso o incumplimiento se deba a razones de fuerza mayor no atribuibles al proveedor. Con todo, las razones del atraso o incumplimiento deberán ser debidamente informadas y respaldadas lo que será evaluado y considerado por el DSM. Junto con ello, el proveedor deberá comprometerse con un nuevo plazo de despacho. En el caso que el proveedor no cuenta con el producto solicitado, deberá en un plazo no mayor a 48 horas rechazar la Orden de Compra emitida consignando tal razón. De no cumplir con esta formalidad y transcurridas las 48 horas, se entenderá como incumplimiento al contrato y se le aplicará la multa indicada en esta cláusula.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen. f) El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.