Licitación ID: 5153-13-LP23
Suministro Artículos Desechables de Alimentación
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE CHILE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1503
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Cubertería desechable doméstica 1 Unidad
Cod: 52151503
Suministro de Artículos Desechables de Alimentación  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Suministro Artículos Desechables de Alimentación
Estado:
Cerrada
Descripción:
La Universidad de Chile, para su Hospital Clínico de la Universidad de Chile, en adelante e indistintamente el “Hospital Clínico”, establecimiento docente-asistencial de medicina de alta complejidad, llama a licitación pública para la adquisición, por sistema de suministro, de ARTÍCULOS DESECHABLES DE ALIMENTACIÓN, la cual se regulará por las presentes Bases. El mandante de esta licitación es la Universidad de Chile para su Hospital Clínico de la Universidad de Chile, cuyo domicilio para todos los efectos legales de esta convocatoria es calle Dr. Carlos Lorca Tobar Ex Santos Dumont Nº999, comuna de Independencia, Santiago de Chile, representado por su Director General, en adelante el Director.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Hospital Clínico Univ. de Chile-Insumos Generales
R.U.T.:
60.910.000-1
Dirección:
Avenida La Paz 1000, entrada Urgencias; Bodega Insumos Generales
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-06-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 16-05-2023 9:52:00
Fecha inicio de preguntas: 16-05-2023 11:00:00
Fecha final de preguntas: 22-05-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-05-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-06-2023 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-06-2023 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 11-03-2024 10:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 22-12-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 90 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Entrega de Muestras (Ver art. 13º) 05-06-2023 16:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- RES. EX. N°0993, ART. N°13 CONTENIDOS DE LA PROPUESTA, LETRA A.
Documentos Técnicos
1.- RES. EX. N°0993, ART. N°13 CONTENIDOS DE LA PROPUESTA LETRA B.
 
Documentos Económicos
1.- RES. EX. N°0993, ART. N°13 CONTENIDOS DE LA PROPUESTA LETRA C.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 c. Precio de los Productos RES. EX. N°0993, ART. 22 NOTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN 40%
2 a. Calidad Técnica de los Productos RES. EX. N°0993, ART. 22 NOTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN 45%
3 b. Plazo de Entrega de Productos RES. EX. N°0993, ART. 22 NOTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Universidad de Chile
Monto Total Estimado: 97500000
Justificación del monto estimado Flujo MM 2969
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: Sr. Guillermo Ibañez Mardones
e-mail de responsable de pago: gibanez@hcuch.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Universidad de Chile
Fecha de vencimiento: 21-03-2025
Monto: 5 %
Descripción: La vigencia de la garantía deberá exceder en noventa (90) días corridos al plazo de duración del contrato. No obstante, y atendido que el contrato entra en vigencia solo una vez totalmente tramitada la resolución aprobatoria del mismo y que esto solo se verifica a contar de la fecha de control de legalidad efectuado por la Contraloría Universitaria, es que en el evento que se constate que el plazo de vigencia de la garantía no excede el referido término de noventa días, el Proveedor VIG 11 07 22 deberá extender o reemplazar la garantía entregada a efectos de cumplir con dicho plazo de manera cabal. La extensión o reemplazo deberá ser efectuado por el Proveedor con a lo menos 30 días corridos de anticipación al plazo de vencimiento previsto en el documento. El incumplimiento de esta obligación será estimado como incumplimiento grave y dará lugar a la ejecución inmediata de la garantía de fiel cumplimiento. Corresponderá a la Contraparte Técnica del HOSPITAL verificar el efectivo cumplimiento
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de suministro de ARTÍCULOS DESECHABLES DE ALIMENTACIÓN y para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones sociales y laborales con los trabajadores de los contratantes”.
Forma y oportunidad de restitución: Una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato y se haya verificado el plazo de vigencia de la garantía. Previamente a la restitución de la garantía se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica del HOSPITAL emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles La garantía deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 15 días
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes finales con decimales se aproximarán de la siguiente manera:

Puntajes con  decimales iguales o inferiores a 0,5

Se aproxima hacía número inferior

Puntaje con  decimales iguales o superiores 0,6 

Se aproxima hacía número superior           

En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje parcial ponderado en el criterio de Calidad Técnica de los productos. En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje parcial ponderado promediado entre los criterios de Evaluación de los productos y precio de los productos.

Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Artículo 24°: Adjudicación. -

24.1) Formas de adjudicación

Los productos solo podrán ser adjudicados a un solo proveedor, con el objetivo que se garantice que la entrega de los productos sea de una misma línea en cuanto a su medida/dimensiones, capacidad, materialidad, textura y acabado. Por esta razón, se requiere adquirir la totalidad de los productos a un solo proveedor.

En ningún caso se podrá adjudicar un mismo producto a dos o más oferentes.

De las propuestas seleccionadas el HOSPITAL adjudicará a la propuesta que técnica y económicamente haya obtenido el mayor puntaje sobre la base del Informe de Evaluación respectivo.

Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte del HOSPITAL que los costos de dicha oferta son económicamente inconsistentes, el HOSPITAL podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.

El acto de adjudicación es la aceptación oficial por parte del HOSPITAL de una propuesta presentada por un oferente que no genera al adjudicatario derecho adquirido alguno respecto de la adjudicación y que solo pasa a tener fuerza jurídica una vez perfeccionado el vínculo contractual, esto es, cuando ha sido emitida y aceptada la orden de compra o bien cuando se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato, según el caso.

Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.

Para los efectos previstos en el párrafo cuarto del artículo 41° del Reglamento de la ley N°19.886, en caso de producirse consultas relacionadas con la resolución del proceso licitatorio, esto es, respecto de la adjudicación o declaración de licitación desierta, los oferentes podrán, dentro del plazo de 3 días hábiles contado desde la publicación de la respectiva resolución, formular sus consultas a través del Sistema de Información, las que serán respondidas en un plazo de 3 días hábiles contado desde la fecha de recepción del correo de consulta.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Artículo 9°: Participantes y requisitos. -

Podrán participar en esta propuesta pública todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, así como también las uniones temporales de proveedores, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener constituido domicilio en Chile.

 

En el evento de presentarse una Unión Temporal de Proveedores (en adelante también UTP) ésta deberá sujetarse, en todo, a lo establecido en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, que Aprueba Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios

 

Podrán suscribir contratos con el HOSPITAL, todas las personas naturales y/o jurídicas que no se encuentren inhabilitadas para contratar con la Administración del Estado, según lo establecido en las leyes N°18.575, 19.886 y 20.393 y D.F.L. N°1/2004 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y no se encuentren afectas a las inhabilidades contempladas en el artículo 92 del Reglamento de Compras Públicas aprobado por Decreto Supremo Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda.

Conforme con lo anterior, no podrán participar en esta licitación, y quedarán excluidos:

a)    quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal (artículo 4º, inciso 1º, ley Nº19.886).

b)    los funcionarios directivos de la Universidad de Chile,  ni  personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54° de la ley Nº18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas (artículo 4º, inciso 6º, ley Nº19.886).

c)    aquellos condenados por prácticas anticompetitivas con la medida o prohibición de contratar con órganos de la administración del Estado, mediante sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia conforme con lo dispuesto en el artículo 20° letra d) del D.F.L. N° 1/2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N° 211 de 1973, que Fija normas para la Defensa de la Libre Competencia.

d)    aquellos que tengan la prohibición de contratar o de celebrar actos o contratos con la administración del Estado dispuesta en conformidad con los artículos 8º Nº 2) y 10° de la Ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica.

A objeto de acreditar por el oferente que no está afecto a alguna de estas circunstancias, aquel deberá suscribir la declaración jurada del Anexo 2-A, 2-B o 2-C, según corresponda, el cual deberá ser incorporado y presentado en su Oferta Administrativa.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Artículo 16°: Aclaraciones a las ofertas. -

El HOSPITAL podrá solicitar a los oferentes al momento de la apertura electrónica de sus ofertas y durante el proceso de evaluación que salven errores de referencia o de transcripción que dan lugar a inconsistencias evidentes u omisiones formales o bien que aclaren algunos aspectos precisos de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores, vicios u omisiones o aclaraciones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio o ventaja respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Tanto la solicitud de aclaración de la oferta, por parte del HOSPITAL como la respuesta del oferente a dichas solicitudes, se realizarán a través del Sistema de Información. El plazo de respuesta será de 72 horas corridas contadas desde la fecha de solicitud de aclaración.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.