Licitación ID: 5184-147-LQ24
SERVICIO INTERVENCIÓN QUIRÚRGICO DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD DEL MAULE HOSPITAL DE LINARES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 17
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios ortopédicos 140 Unidad
Cod: 85121612
SERVICIO INTERVENCION QUIRÚRGICO DE ENDOPROTESIS TOTAL DE CADERA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO INTERVENCIÓN QUIRÚRGICO DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
SERVICIO INTERVENCIÓN QUIRÚRGICO DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CONTRATOS-SUMINISTRO
R.U.T.:
61.606.917-9
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-08-2024 16:00:00
Fecha de Publicación: 12-07-2024 9:34:00
Fecha inicio de preguntas: 12-07-2024 10:01:00
Fecha final de preguntas: 18-07-2024 16:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-07-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-08-2024 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-08-2024 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 04-09-2024 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- BASES ADMINISTRATIVAS - Anexo Nº I a: Identificación del Oferente “Persona Natural o Jurídica” (Según corresponda) - Anexo Nº I b: Identificación del Oferente “Unión Temporal de Proveedores (UTP)” (Según corresponda) - Anexo II Declaración Jurada.
Documentos Técnicos
1.- BASES TÉCNICAS - Anexo IV Equipo Quirúrgico - Anexo V Centro de Derivación
 
Documentos Económicos
1.- - Anexo III Oferta Económica.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
No hay información de requisitos para persona jurídica

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio La determinación del puntaje para este criterio se obtendrá con el valor indicado por el proveedor, será el único monto válido para el cálculo, y será de su responsabilidad, poner énfasis en el adecuado ingreso de la oferta, el valor indicado debe ser neto, hasta el 31 de diciembre de 2024 o hasta el término de las prestaciones adquiridas en esta licitación. Se evaluará en base a la siguiente fórmula. Puntaje Oferta = Precio Mínimo Ofertado x 100 x 60% Precio de Oferta Evaluada Donde: 100 corresponde al puntaje asignado para la evaluación. Precio Mínimo Ofertado; corresponde a la oferta más económica entre todas las ofertas recibidas. Precio de Oferta Evaluada; corresponde al precio de la oferta que está siendo evaluada. 60%
2 EVALUACIÓN TÉCNICA b.1. Experiencia Quirurgica (15%) Experiencia Quirurgica del Equipo Quirúrgico Puntaje Primer Cirujano (Traumatólogo) acredita a lo menos 50 cirugías de endoprótesis Total de cadera en los últimos dos años (en anexo IV). El Segundo y tercer cirujano (Traumatólogo) acredita experiencia en cirugías de caderas 100 puntos Primer Cirujano NO acredita a lo menos 50 cirugías de endoprótesis Total de cadera en los últimos dos años (en anexo IV). El Segundo y tercer cirujano (Traumatólogo) NO acredita experiencia en cirugías de caderas 0 puntos b.2 Certificación de Especialidad (15%) Certificación de Especialidad Puntaje Equipo Quirúrgico presenta antecedentes solicitados en cuanto a Títulos de Profesión y/o Especialidad en los casos correspondientes y Certificación de la Superintendencia de Salud. 100 puntos Equipo Quirúrgico presenta parcialmente los antecedentes solicitados en cuanto a Títulos de Profesión y/o Especialidad en los casos correspondientes y Certificación de la Superintenden 30%
3 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS ADMINISTRATIVOS Y ECONÓ Para este criterio se considerará la información proporcionada en los siguientes anexos: - Anexo Nº I a: Identificación del Oferente “Persona Natural o Jurídica” (Según corresponda) - Anexo Nº I b: Identificación del Oferente “Unión Temporal de Proveedores (UTP)” (Según corresponda) - Anexo II Declaración Jurada. - Anexo III Oferta Económica. - Anexo IV Equipo Quirúrgico - Anexo V Centro de Derivación Toda vez que el Proveedor presente los antecedentes anteriormente mencionados, será evaluado de la siguiente forma: Cumplimiento de Requisitos Puntos Presenta TODOS los antecedentes solicitados. 100 NO presenta la totalidad de los antecedentes solicitados. 0 Se usará la fórmula: Puntaje obtenido x 5% 5%
4 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS TÉCNICO En lo referente a la evaluación Técnica de estos servicios se solicitará se envíe necesariamente lo siguiente por ser requisitos específicos para evaluación en Unidades Clínicas: Cumplimiento de los Requisitos Técnicos Completo Incompleto No lo Envía Anexo Nº IV Equipo Quirúrgico 100 50 0 Anexo N° V Centro de Derivación 100 50 0 Nota: Se deberá adjuntar una carta de convenio entre el oferente y centro de derivación al que se hace referencia en el Anexo V. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DE LINARES
Monto Total Estimado: 196000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CLAUDIA YAÑEZ VALENCIA
e-mail de responsable de pago: CLAUDIAYVALENCIA@GMAIL.COM
Nombre de responsable de contrato: VALENTINA MOURGUIART LIBERONA
e-mail de responsable de contrato: VALENTINAML.HBL@GMAIL.COM
Teléfono de responsable del contrato: 56-73-2566517-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL DE LINARES
Fecha de vencimiento: 30-09-2024
Monto: 700000 Peso Chileno
Descripción: La garantía de la oferta deberá ser pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable por un monto de $700.000 (Setecientos mil pesos) o valor equivalente a unidad de fomento, deberá ser tomada, extendida o emitida a nombre del HOSPITAL DE LINARES, RUT N° 61.606.917-9, debiendo incluir dicho documento la siguiente glosa: “Para garantizar la Seriedad de la oferta ID 5184-147-LQ24 SERVICIO INTERVENCIÓN QUIRÚRGICO DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA” con una fecha de vencimiento no menor a 60 (sesenta) días corridos a contar de la fecha de cierre de la presente licitación. La garantía deberá ser entregada en la oficina de partes del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº 753 Linares, en horario de oficina, esto es de lunes a jueves de 08:30 a 16:00 horas. Y viernes de 08:30 a 15:00 horas; hasta el día y hora de cierre de la presente licitación. En el caso de documentación electrónica lo requerido con antelación quedará sin efecto pues solo deberá ser adjuntado en la oferta respectiva Importante: el Oferente que no presente Garantía de Seriedad de la Oferta por la presente Licitación y en los plazos establecidos, quedará excluido de participar en el proceso de Evaluación y posterior Adjudicación. Se debe presentar una garantía por cada oferta presentada.
Glosa: “Para garantizar la Seriedad de la oferta ID 5184-147-LQ24 SERVICIO INTERVENCIÓN QUIRÚRGICO DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la Garantía por Seriedad de la Oferta se hará efectiva dentro de los diez primeros días hábiles posteriores al vencimiento de la boleta y esta deberá ser retirada por el oferente en Caja Central del Hospital de Linares presentando copia de Rut de la empresa y carta de representación además de cédula de identidad de quien lo retira.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DE LINARES
Fecha de vencimiento: 28-11-2025
Monto: 5 %
Descripción: El (los) adjudicatario(s) deberá(n) presentar dentro de los 10 días siguientes a la publicación de Resolución de Adjudicación, Garantía el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato de la entrega de bienes y servicios solicitados, extendida a nombre del HOSPITAL DE LINARES, RUT: 61.606.917-9, debiendo incluir dicho documento la siguiente glosa “Para garantizar Fiel y Oportuno Cumplimiento de contrato ID 5184-147-LQ24 SERVICIO INTERVENCIÓN QUIRÚRGICO DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA”, por el monto equivalente a un 5% del Total Adjudicado a dicho oferente, con una fecha de vencimiento de 60 días hábiles (lunes a viernes) después de terminado el contrato. La garantía deberá tener el carácter de irrevocable y ser pagadera a la vista. De acuerdo a lo anterior quedará exceptuado de la presentación de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento aquellas adjudicaciones MENORES O IGUAL A CINCO MILLONES DE PESOS ($5.000.000) La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y demás antecedentes solicitados, deberán ser entregados en la oficina de partes del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº753 Linares, en horario de oficina, esto es de lunes a jueves de 08:30 a 17:00 horas. Y viernes de 08:30 a 16:00 horas. En el caso de documentación electrónica lo requerido con antelación quedará sin efecto pues solo deberá ser enviado por correo electrónico a contratoshospitallinares@gmail.com. En los casos de Disolución del Contrato, descritos en el Número 17.12 de las bases, se hará efectivo el cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento Contrato, en la Forma prevista en el artículo Nº72 del Reglamento de la Ley Nº19.886.
Glosa: “Para garantizar Fiel y Oportuno Cumplimiento de contrato ID 5184-147-LQ24 SERVICIO INTERVENCIÓN QUIRÚRGICO DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la Garantía por Fiel Cumplimiento se hará efectiva dentro de los diez primeros días hábiles posteriores al vencimiento de la boleta y esta deberá ser retirada por el oferente en Caja Central del Hospital de Linares presentando copia de Rut de la empresa y carta de representación además de cédula de identidad de quien lo retira.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
BASES ADMINISTRATIVAS
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BASES ADMINISTRATIVAS

SERVICIO INTERVENCIÓN QUIRÚRGICO DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA”

            ID 5184-147-LQ24

Especificación: SERVICIO INTERVENCIÓN QUIRÚRGICO DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA

ID Licitación: 5184-147-LQ24

Mandante: Hospital de Linares.

Duración del contrato: 31 de diciembre de 2024 o hasta cumplir la totalidad de las prestaciones adquiridas.

Unidad Técnica: Unidad Coordinación GES y Unidad Lista de Espera NO GES.

Tipo de Adquisición: Licitación Pública, igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM.

Tipo de Convocatorio: Abierta.

Tipo Adjudicación: Adjudicación simple, sin emisión automática de Orden de Compra.

Moneda: En pesos chilenos.

Etapa del Proceso: En una Etapa.

I.- ESPECIFICACIONES ADMINISTRATIVAS

1.- GENERALIDADES:

La entidad mandante es el Hospital de Linares, con domicilio en Av. Brasil Nº 753, de Linares, requiere la contratación de SERVICIO INTERVENCIÓN QUIRÚRGICO DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA”.

Que revisado el catalogo del portal www.mercadopublico.cl, se constata, que los servicios requeridos no se encuentran disponible a través del sistema de Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

Las presentes Bases Administrativas establecen y rigen las condiciones para establecer un convenio de suministro el cual provea “SERVICIO INTERVENCIÓN QUIRÚRGICO DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA”. La Licitación contempla la compra de servicios por un periodo hasta 31 de diciembre de 2024 o hasta cumplir la totalidad de las prestaciones adquiridas, según requerimiento.

El proceso de la presente Licitación Pública se regirá íntegramente por lo dispuesto en la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, además por sus Especificaciones Técnicas y Bases Administrativas debidamente aprobadas.

Los oferentes, por el sólo hecho de presentar sus propuestas a esta Licitación se entenderán en cabal conocimiento de todos y cada uno de los instrumentos que integran las bases, eventuales respuestas a las consultas formuladas por los proveedores y aclaraciones, si las hubiere.

El presente llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras Públicas, esto es www.mercadopublico.cl, se efectuará a través del mismo el proceso completo de postulación y selección de ofertas, adjudicación y contratación se encontrará disponible gratuitamente en dicho sitio electrónico a fin de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso.

Podrán presentar ofertas en esta licitación aquellas personas naturales y/o jurídicas que acrediten su situación financiera e idoneidad técnicas conforme lo establece la Ley Nº 19.886 y su reglamento, cumpliendo con los requisitos exigidos en las presentes Bases de Licitación.

De conformidad a lo dispuesto en el reglamento de la Ley de Compras, los oferentes podrán presentar ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, cumpliendo para ello los requisitos establecidos en el Artículo 67 bis del citado reglamento. De resultar adjudicado, la Entidad Licitante exigirá que, al momento de la suscripción del contrato respectivo, todos los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se encuentren inscritos y habilitados en Chileproveedores.

El oferente adjudicado en esta licitación deberá estar inscrito y hábil, en el Registro de Proveedores del portal www.mercadopublico.cl.

1.1 De las Inhabilidades

En virtud de lo dispuesto en Artículo 35 septies de la Ley N°21.634:

“Sin perjuicio de las causales de inhabilidad para formar parte del Registro de Proveedores establecidas en virtud del artículo 17, podrán quedar inhabilitados del referido Registro las siguientes personas:

    a) Quienes hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Título IX del Libro II del Código Penal, o en sede penal, por delitos establecidos en los numerales 4° párrafos primero, segundo, tercero y quinto; 10° párrafo tercero; 22°; 23° párrafo primero; 24° párrafo tercero, y 25° del artículo 97 del Código Tributario.

    b) Las personas naturales o jurídicas que hayan sido condenados en virtud de una sentencia firme o ejecutoriada por incumplimiento contractual respecto de un contrato de suministro y prestación de servicios suscrito con alguno de los organismos sujetos a esta ley, derivado de culpa o falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.

    c) Quienes hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador.

    d) Las personas que hayan sido condenadas por los delitos de cohecho establecido en el Párrafo 2 del Título V del Libro II del Código Penal, lavado de activos establecido en el Título III de la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, o financiamiento del terrorismo contemplado en el artículo 8º de la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad.

    Para efectos de lo anterior, la Dirección de Compras y Contratación Pública declarará inhábiles a las personas incluidas en las listas de personas naturales y jurídicas, incluyendo a sus accionistas y beneficiarios finales, declaradas inelegibles para la adjudicación de contratos, elaboradas por las instituciones financieras multilaterales.

    e) El proveedor que ha informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presentan de una forma que claramente induce a error para efectos de su evaluación.

    Para efectos de la aplicación de esta causal, en caso de que la Dirección tome conocimiento de que el proveedor ha presentado información en los términos descritos, deberá notificarlo, y le otorgará un plazo de diez días para subsanar el vicio. En caso que la información requerida no sea enmendada dentro de dicho plazo, procederá la aplicación de la inhabilidad para participar en el Registro.

    En los casos señalados en los literales a) y d), en la demanda o querella se podrá solicitar, además, que se extienda la inhabilidad en el Registro de Proveedores a las personas jurídicas en las que el condenado participe como socio o accionista, titular de al menos el 10 por ciento de las acciones o derechos sociales, o como beneficiario final.

    Respecto de la causal señalada en el literal b), en la demanda se podrá solicitar también que la inhabilidad del Registro se extienda a otras personas jurídicas que tengan un objeto similar al del demandado, e iguales socios, accionistas o beneficiarios finales, así como también, a sus beneficiarios finales, en cuanto personas naturales.

    Tratándose de los casos señalados en el literal c), en la demanda se podrá solicitar la inhabilidad respecto de las personas jurídicas que hayan sido consideradas por sentencia firme o ejecutoriada como un solo empleador con el condenado, para efectos laborales y previsionales conforme al inciso cuarto del artículo 3° del Código del Trabajo, sea que se encuentren o no inscritas en el Registro.

    La inhabilidad en el Registro de Proveedores será aplicable cada vez que se configure la ocurrencia de las circunstancias reguladas en los literales a), b), c), d) o e).

    La inhabilidad se podrá aplicar por hasta dos años contados desde la fecha en que se encuentre firme o ejecutoriada la sentencia respectiva, salvo en el caso del literal d), en que se extenderá por el tiempo que dure la pena de inhabilitación establecida en el artículo 251 quáter del Código Penal, o, en su caso, la condena.

    Para efectos de determinar la duración de la inhabilidad, el juez deberá considerar especialmente en los fundamentos de su sentencia el bien jurídico o derecho vulnerado, la magnitud de la infracción en consideración a los terceros afectados, la reiteración de la conducta denunciada, el interés público afectado y la proporcionalidad del probable efecto económico que tendría su aplicación en consideración a la conducta denunciada, tanto respecto de quien haya sido directamente inhabilitado, como de todos aquellos a quienes se les extienda la inhabilidad en virtud de lo dispuesto en los incisos segundo, tercero y cuarto.

    Sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, en los casos en que la sanción de inhabilidad del Registro de Proveedores pueda causar graves consecuencias sociales y económicas o daños serios a la comunidad, o sea perjudicial para el Estado, el tribunal no la aplicará. Para la determinación del interés público afectado o las consecuencias económicas que la inhabilidad pueda provocar a la comunidad o al Estado, el tribunal deberá solicitar a la Dirección de Compras y Contratación Pública su opinión fundada.

    Una vez aplicada la inhabilidad en el Registro de Proveedores, el tribunal comunicará este hecho a la Dirección de Compras y Contratación Pública y le remitirá copia del respectivo fallo.

    Cuando la Dirección de Compras y Contratación Pública tome conocimiento de alguna de las circunstancias señaladas en el presente artículo, dictará una resolución por la cual aplicará la inhabilidad en el Registro de Proveedores al proveedor que haya sido condenado, o rechazará su ingreso a él, en su caso, lo que le será notificado. Contra la presente resolución, el proveedor afectado podrá interponer los recursos que establezca la ley.

1.2 Mandante:

NOMBRE                                            Hospital de Linares.

DOMICILIO                                         Av. Brasil # 753, Linares.

1.3 Unidad Técnica

DEPARTAMENTO                               Unidad Coordinación GES y Unidad Lista de Espera NO GES.

DOMICILIO                                        Av. Brasil # 753, Linares.

2.- ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACION:

Se deja establecido el siguiente calendario de actividades a efectuar durante el periodo de licitación en cuanto a fechas, plazos y horario. Esta información sólo podrá ser modificada por la Unidad Técnica mediante comunicación por escrito (aclaraciones) a todos los proponentes.

Etapa

Fecha

Hora

Publicación

12-07-2024

10:00

Inicio de Preguntas

12-07-2024

10:01

Final de Preguntas

18-07-2024

16:30

Publicación de Respuestas

23-07-2024

17:00

Cierre de Recepción de Ofertas

01-08-2024

16:00

Acta de Apertura Electrónica

01-08-2024

16:01

Adjudicación

02-09-2024

17:00

3.- LA PRESENTACION DE ANTECEDENTES DEL OFERENTE:

Los interesados deberán presentar su propuesta en forma electrónica en el portal www.mercadopublico.cl, hasta la fecha y hora de cierre publicado en el portal.

Se entenderá por documentos a presentar en conjunto con la oferta los siguientes:

-  Anexo Nº I a: Identificación del Oferente “Persona Natural o Jurídica” (Según corresponda)

-  Anexo Nº I b: Identificación del Oferente “Unión Temporal de Proveedores (UTP)” (Según corresponda)

-  Anexo II Declaración Jurada.

-  Anexo III Oferta Económica.

-  Anexo IV Equipo Quirúrgico

-  Anexo V Centro de Derivación

Documentos Requeridos:

-          Declaración de Cumplimiento Horario de licitación

-          Currículum con referencias

-          Documento que acredite experiencia laboral, ya sea:

a)    Contrato de trabajo

b)    Hoja de vida

c)     Certificado de antigüedad

d)    Relación de servicio

-          Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud, emitido por la Superintendencia de Salud, el cual indique que posee Título de médico cirujano y de especialidad (cuando se requiera) y certificado de EUNACOM aprobado.

-          Médico Extranjero debe contar con permiso de residencia (según Art. N°68 de la Ley N°21.325)

-          Carnet de vacunación Hepatitis B o declaración jurada simple de vacuna Hepatitis B

-          Certificado de antecedentes

En caso de que la oferta sea persona Jurídica, deberán además cumplir con los siguientes requisitos:

A)    Indicar los profesionales que realizaran las intervenciones quirúrgicas.

B)    Adjuntar Copia de escritura de Constitución de la Sociedad vigente (si esta no se encontrara adjunta en portal Mercado Público.)

C)    Deberán Indicar Participación de los socios

D)    Respecto a los médicos que realizarán los turnos se deberán adjuntar cada uno de los documentos solicitados para los oferentes como persona natural.

*No podrán contratar con la Entidad Licitante las personas afectadas por alguna de las causales de inhabilidad, contempladas en el Artículo 4° de la Ley N°19.886 y Art. N° 92 del Reglamento de la misma Ley.

***IMPORTANTE***

Las ofertas que incurren en las inhabilidades contempladas en el Art. 35 quater de la ley 21.634, serán rechazadas y no pasarán a la etapa de evaluación de ofertas (Ver Anexo N°2).

4.- ACLARACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN DE ANTECEDENTES:

En conformidad con el artículo 40 inciso 1º de las bases del Decreto Nº 250 que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886 el Hospital de Linares podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de información. Las ofertas deberán ajustarse a los requerimientos y condiciones establecidos en las presentes Bases.

5.-PRESENTACION DE LAS OFERTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

El valor a cobrar deberá ser ingresado en el portal y deberá ser ajustado a las especificaciones técnicas y a las presentas bases administrativas.

Junto a lo anterior, el oferente deberá incluir cualquier archivo adjunto que acredite los criterios de evaluación, los cuales serán evaluados, ponderados en su importancia en los porcentajes que se indican:

a) Precio (60%):

La determinación del puntaje para este criterio se obtendrá con el valor indicado por el proveedor, será el único monto válido para el cálculo, y será de su responsabilidad, poner énfasis en el adecuado ingreso de la oferta, el valor indicado debe ser neto, hasta el 31 de diciembre de 2024 o hasta el término de las prestaciones adquiridas en esta licitación. Se evaluará en base a la siguiente fórmula.

Puntaje Oferta =   Precio Mínimo Ofertado x 100 x 60%

                              Precio de Oferta Evaluada

Donde:

100 corresponde al puntaje asignado para la evaluación.

Precio Mínimo Ofertado; corresponde a la oferta más económica entre todas las ofertas recibidas.

Precio de Oferta Evaluada; corresponde al precio de la oferta que está siendo evaluada.

b)    Evaluación Técnica (30%)

b.1. Experiencia Quirurgica (15%)

Experiencia Quirurgica del Equipo Quirúrgico

Puntaje

Primer Cirujano (Traumatólogo) acredita a lo menos 50 cirugías de endoprótesis Total de cadera en los últimos dos años (en anexo IV). El Segundo y tercer cirujano (Traumatólogo) acredita experiencia en cirugías de caderas

100 puntos

Primer Cirujano NO acredita a lo menos 50 cirugías de endoprótesis Total de cadera en los últimos dos años (en anexo IV). El Segundo y tercer cirujano (Traumatólogo) NO acredita experiencia en cirugías de caderas

0 puntos

b.2 Certificación de Especialidad (15%)

Certificación de Especialidad

Puntaje

Equipo Quirúrgico presenta antecedentes solicitados en cuanto a Títulos de Profesión y/o Especialidad en los casos correspondientes y Certificación de la Superintendencia de Salud.

100 puntos

Equipo Quirúrgico presenta parcialmente los antecedentes solicitados en cuanto a Títulos de Profesión y/o Especialidad en los casos correspondientes y Certificación de la Superintendencia de Salud.

50 puntos

Equipo Quirúrgico NO presenta los antecedentes solicitados en cuanto a Títulos de Profesión y/o Especialidad en los casos correspondientes y Certificación de la Superintendencia de Salud.

0     puntos

c)    Cumplimiento de los Requisitos Técnicos (5%)

En lo referente a la evaluación Técnica de estos servicios se solicitará se envíe necesariamente lo siguiente por ser requisitos específicos para evaluación en Unidades Clínicas:

Cumplimiento de los Requisitos Técnicos

Completo

Incompleto

No lo Envía

Anexo Nº IV Equipo Quirúrgico

100

50

0

Anexo N° V Centro de Derivación

100

50

0

Nota: Se deberá adjuntar una carta de convenio entre el oferente y centro de derivación al que se hace referencia en el Anexo V.

d)     Cumplimiento de requisitos Administrativos y Económicos (5%):

Para este criterio se considerará la información proporcionada en los siguientes anexos:

-  Anexo Nº I a: Identificación del Oferente “Persona Natural o Jurídica” (Según corresponda)

-  Anexo Nº I b: Identificación del Oferente “Unión Temporal de Proveedores (UTP)” (Según corresponda)

-  Anexo II Declaración Jurada.

-  Anexo III Oferta Económica.

-  Anexo IV Equipo Quirúrgico

-  Anexo V Centro de Derivación

Toda vez que el Proveedor presente los antecedentes anteriormente mencionados, será evaluado de la siguiente forma:

Cumplimiento de Requisitos

Puntos

Presenta TODOS los antecedentes solicitados.

100

NO presenta la totalidad de los antecedentes solicitados.

0

Se usará la fórmula: Puntaje obtenido x 5%

6.- RESOLUCIÓN DE EMPATES

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Evaluación Técnica”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterioCumplimiento de los Requisitos Técnicos”. Finalmente, si aún persiste el empate, se considerará nuevamente entre las ofertas empatadas, el puntaje obtenido en el criterio “Cumplimiento de requisitos Administrativos y Económicos”.

Solo en caso de subsistir empate, se adjudicará al Proveedor que ingreso primero su oferta al Portal.

7.- MODIFICACIONES A LAS BASES

Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la Propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl.  Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

En caso de ser necesaria modificaciones los plazos indicados en el número 2 de estas bases se podrán ampliar hasta por 5 días hábiles.

8.- CONSULTAS DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados.

9.- COMISIÓN EVALUADORA

La comisión que realizará la evaluación para la adjudicación estará constituida por:

- Sra. María Alejandra Valenzuela Vielma, RUT N°9.392.008-2, Subdirector de Gestión Administrativa (S).

- Dra. Clara Patricia León Ferrada, RUT N°9.949.910-9, Subdirector Gestión Clínica (S)

- Dr. José Agustín Mena Peña, RUT N°13.916.791-0, Jefe Unidad de Traumatología     

- Sra. Isabel Reyes Ortega, RUT N°15.570.360-1, Jefa Unidad Coordinación GES.

- Sra. Claudia Parra Castillo, RUT N°15.153.598-4, Enfermera Unidad Lista de Espera

- Sra. Jessica Douglas Jiménez, RUT N°15.153.325-6, Enfermera Supervisora C.R. Pabellón y Rec. de Anestesia.

- Srta. Claudia Yañez Valencia, RUT N°13.599.268-2, Jefe Departamento de Finanzas (S).

- Sra. Trinidad Espinoza Jaque, RUT N°13.789.441-6, Jefe Departamento de Adquisiciones (S).

-Sra. Yesica Muñoz Garrido, RUT N°14.549.260-2, Jefe de Abastecimiento.

del Paciente, en su defecto, las personas que subroguen dichos cargos

o en su defecto, las personas que subroguen dichos cargos.

La comisión evaluadora quedará reflejada en la Resolución de Publicación de Licitación.

Se prohíbe que los integrantes concedan reuniones a oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares, durante la evaluación salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio a través de las Bases.

Los miembros de la Comisión Evaluadora deberán abstenerse de recibir donativos mientras la integran.

Los integrantes de la Comisión Evaluadora suscribirán declaraciones juradas mediante las cuales declararán ausencia, al momento de firmar el Acta de Evaluación y Resumen, de conflicto de intereses para calificar el presente proceso licitatorio, lo que realizarán bajo estrictas normas de confidencialidad.

En virtud de lo dispuesto en Articulo 35 nonies de la Ley N°21.634:

“Toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él.

    Asimismo, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones señaladas en el inciso anterior, tendrá la calidad de agente público, por lo que estará sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda”.

10.- DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA

La adjudicación se realizará conforme a los criterios de evaluación establecidos en el punto 5 de las “Especificaciones Administrativas” de las presentes Bases. Se contendrá en una Resolución Interna en la cual se incorporará el acta debidamente firmada.

10.1.‑  La adjudicación será publicada en el portal Mercado público entendiéndose notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes transcurridas 24 horas desde dicha publicación, de acuerdo al artículo N° 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

10.2.- Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con el Hospital de Linares para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentación, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que se pudiesen requerir durante la evaluación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.

10.3.-  El Hospital de Linares, se reserva el derecho de declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando esta no resulte conveniente a sus intereses. Para declarar desierta la presente Licitación se requerirá Resolución fundada que así lo disponga, publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

10.4.‑ Si se resuelve el rechazo de todas las propuestas, se procederá a declarar desierta la licitación mediante Resolución publicada en el portal Mercado público. Se deja constancia que los antecedentes adjuntos a las ofertas no serán devueltos. El mismo procedimiento será aplicado a los proveedores que no resulten adjudicados.

10.5.‑  El HOSPITAL DE LINARES, se reserva el derecho de declarar inadmisible la o las ofertas cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes bases. La declaración de inadmisibilidad de la presente licitación, se efectuará por resolución fundada, publicándose en el portal www.mercadopublico.cl.

10.6.‑  El HOSPITAL DE LINARES, se reserva el derecho de aceptar la propuesta que le pareciere más conveniente a sus intereses, siendo no necesariamente la más económica de acuerdo con los criterios de evaluación antes señalados.

10.7.-  EL HOSPITAL DE LINARES, se reserva el derecho de adjudicar en el caso de que existiera un oferente que cumpla con las expectativas o por necesidad de dar continuidad a los servicios.

10.8.‑  La entidad licitante se reserva el derecho de modificar la fecha de adjudicación de acuerdo con lo establecido en el artículo N° 41 inciso 2° del reglamento de la Ley N° 19.886.

11.- DEL RECHAZO DE TODAS O ALGUNAS DE LAS PROPUESTAS

11.1.-La Comisión y el Mandante se reservan la facultad de rechazar todas o algunas de las ofertas realizadas, declarando desierta la Licitación total o parcialmente si se considera que:

- No satisfacen propósito o los requerimientos técnicos de la Licitación;

- Si se estima que no son convenientes a los intereses locales;

- Si las disponibilidades presupuestarias fueran insuficientes, atendidos sus montos; o

- Por otras razones técnicas o presupuestarias.

La calificación y ponderación de las causas precedentemente señaladas, será facultad exclusiva de la Comisión y el Mandante, por lo que el rechazo de las ofertas fundado en alguna de ellas, no dará derecho a reclamo ni indemnización alguna.

Todas ellas se expresarán en la Resolución fundada que así lo resuelva, la que será puesta en conocimiento de los oferentes, mediante el portal www.mercadopublico.cl

11.2.- Causales para Declarar Desierta la Licitación

La Comisión Evaluadora podrá declarar desierta la Licitación por las siguientes causales:

- Que no se presenten oferentes.

- Que lo ofertado no resulta conveniente a los intereses del Hospital de Linares.

- Que el valor de la oferta exceda el monto presupuestario que para estos efectos dispone el Hospital de Linares.

- Que sólo se presente un oferente y que cuyos precios no sean convenientes para el Hospital.

La calificación y ponderación de las causas precedentemente señaladas, será facultad exclusiva de la Comisión y el Mandante, por lo que la declaración realizada en estos términos no dará derecho a reclamo ni indemnización alguna.

Esta declaración deberá ser efectuada mediante una Resolución fundada, que deberá ser publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

12.- VALIDEZ DE LA OFERTA

Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital de Linares podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.

13.- VIGENCIA DE LA OFERTA

 La vigencia de la oferta presentada a través del Portal Mercado público será válida por el plazo hasta el 31 de diciembre de 2024 o hasta el término de las prestaciones adquiridas en esta licitación.

14.- READJUDICACIÓN

Las presentes Bases Administrativas contemplan la facultad del Director del Hospital de Linares de Readjudicar esta Licitación Pública. En el caso de proceder la Readjudicación, ésta recaerá sobre el oferente con el segundo mejor puntaje, para lo cual se dictará una nueva resolución que Readjudique el proceso.

El Director del Hospital de Linares podrá proceder a la Re adjudicación de la licitación, toda vez que el proveedor adjudicado, según sea el caso:

a)    Se desistiere de su oferta.

b)    No acepta la orden de compra.

c)    No puede prestar el servicio o entregar los bienes adjudicados.

d)    No se inscribe en Registro de Contratistas y Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública en un plazo máximo de cinco (5) días corridos contados notificada la adjudicación.

e)    No entrega los antecedentes legales para contratar.

f)     No firma el contrato según punto 17.2 de las bases (Plazo para celebrar el Contrato).

g)    No entrega el documento garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en un plazo de 10 días siguientes a la publicación de Resolución de Adjudicación de la presente licitación pública.

Si el proveedor Re adjudicado no cumpliere con los requisitos de la presente licitación, se procederá a dejar desierto el proceso licitatorio correspondiente, mediante una Resolución Fundada del Director del Hospital de Linares, la que será publicada en www.mercadopublico.cl.

La Re adjudicación debe ser dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la Adjudicación original.

15.- FECHA DE ADJUDICACIÓN (aplazamiento)

Si por causas no imputadas al Hospital de Linares, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las Bases para Adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, lo cual no podrán exceder los 5 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.

16.- GARANTÍAS (Exigencias comunes)

            Todas la garantías exigidas en las presentes  bases  podrán ser constituidas por  documentos, como  póliza  de seguro electrónica, Boleta de Garantía,  y cualquier  otro instrumento   que asegure el pago de la garantía de manera rápida  y efectiva, y cumpla  con las condiciones exigidas en estas bases y en el reglamento de la ley  19.886, sin  perjuicio de ello, tanto para  la garantía de seriedad de  la oferta como  para  la  garantía  de fiel y oportuno  cumplimiento de contrato,  no se exigirá  glosa alguna cuando  la naturaleza del documento no permita incluirla, ni tampoco se exigirá, el señalamiento  expreso,  en el documento, del vencimiento mínimo indicado en las bases, cuando  por su propia naturaleza  el instrumento en garantía, tenga un vencimiento  igual o superior al exigido. 

             La fecha y oportunidad de entrega de cada una de las Garantías se establece en los puntos 16.1 y 16.2 de las presentes Bases Administrativas.

            Si por alguna razón de incumplimiento grave, la Unidad Técnica requiere hacer efectiva alguna de las Garantías solicitadas a algún(os) oferente(s), este(os) deberá(n) remplazar dicho documento ya cobrado, por una nueva Garantía a nombre del Hospital de Linares, por el mismo monto y con el mismo plazo de vencimiento que el documento inicial. Este nuevo plazo de vencimiento se contará en días corridos desde la fecha de notificación de cobro, de la Garantía original. El plazo de entrega de esta nueva Garantía será de 5 días hábiles, contados desde la fecha de cobro del documento inicial. La no entrega de la nueva Garantía en el plazo señalado facultara a la Unidad Técnica para desestimar la oferta o liquidar el contrato según corresponda.

                        Todas las garantías y demás antecedentes solicitados, deberán ser entregados en la oficina de partes del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº 753 Linares, en horario de oficina, esto es de lunes a jueves de 08:30 a 17:00 horas y viernes de 08:30 a 16:00 horas.

16.1.- Garantía de Seriedad de la Oferta:

            La garantía de la oferta deberá ser pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable por un monto de $700.000 (Setecientos mil pesos) o valor equivalente a unidad de fomento, deberá ser tomada, extendida o emitida a nombre del HOSPITAL DE LINARES, RUT N° 61.606.917-9, debiendo incluir dicho documento la siguiente glosa: “Para garantizar la Seriedad de la oferta ID 5184-147-LQ24 SERVICIO INTERVENCIÓN QUIRÚRGICO DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA con una fecha de vencimiento no menor a 60 (sesenta) días corridos a contar de la fecha de cierre de la presente licitación.

La garantía deberá ser entregada en la oficina de partes del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº 753 Linares, en horario de oficina, esto es de lunes a jueves de 08:30 a 16:00 horas.  Y viernes de 08:30 a 15:00 horas; hasta el día y hora de cierre de la presente licitación. En el caso de documentación electrónica lo requerido con antelación quedará sin efecto pues solo deberá ser adjuntado en la oferta respectiva

            Importante: el Oferente que no presente Garantía de Seriedad de la Oferta por la presente Licitación y en los plazos establecidos, quedará excluido de participar en el proceso de Evaluación y posterior Adjudicación. Se debe presentar una garantía por cada oferta presentada.

            La restitución de la Garantía por Seriedad de la Oferta se hará efectiva dentro de los diez primeros días hábiles posteriores al vencimiento de la boleta y esta deberá ser retirada por el oferente en Caja Central del Hospital de Linares presentando copia de Rut de la empresa y carta de representación además de cédula de identidad de quien lo retira.

16.2. ‑ Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato:

El (los) adjudicatario(s) deberá(n) presentar dentro de los 10 días siguientes a la publicación de Resolución de Adjudicación, Garantía  el Fiel  y Oportuno Cumplimiento de Contrato de la entrega de bienes y servicios solicitados, extendida a nombre del HOSPITAL DE LINARES, RUT: 61.606.917-9, debiendo incluir dicho documento la siguiente glosa “Para garantizar Fiel y Oportuno Cumplimiento de contrato ID 5184-147-LQ24 SERVICIO INTERVENCIÓN QUIRÚRGICO DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA ”, por el monto equivalente a un 5% del Total  Adjudicado a dicho oferente, con una fecha de vencimiento de 60 días hábiles (lunes a viernes) después de terminado el contrato. La garantía deberá tener el carácter de irrevocable y ser pagadera a la vista.

 De acuerdo a lo anterior quedará exceptuado de la presentación de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento aquellas adjudicaciones MENORES O IGUAL A CINCO MILLONES DE PESOS ($5.000.000)  

 La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y demás antecedentes solicitados, deberán ser entregados en la oficina de partes del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº753 Linares, en horario de oficina, esto es de lunes a jueves de 08:30 a 17:00 horas.  Y viernes de 08:30 a 16:00 horas. En el caso de documentación electrónica lo requerido con antelación quedará sin efecto pues solo deberá ser enviado por correo electrónico a contratoshospitallinares@gmail.com.

 En los casos de Disolución del Contrato, descritos en el Número 17.12 de las bases, se hará efectivo el cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento Contrato, en la Forma prevista en el artículo Nº72 del Reglamento de la Ley Nº19.886.

La restitución de la Garantía por Fiel Cumplimiento se hará efectiva dentro de los diez primeros días hábiles posteriores al vencimiento de la boleta y esta deberá ser retirada por el oferente en Caja Central del Hospital de Linares presentando copia de Rut de la empresa y carta de representación además de cédula de identidad de quien lo retira.

16.3.- Cláusula Penal

Dada la especial naturaleza del servicio contratado, “SERVICIO INTERVENCIÓN QUIRÚRGICO DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA”, y su breve duración, se estipula que ante el incumplimiento del proveedor adjudicado de las obligaciones que emanan de la presente licitación y de la naturaleza misma del servicio contratado, el Hospital de Linares podrá cobrar y aplicar, a través del procedimiento que corresponda ante tribunales de justicia, una multa penal por concepto de evaluación anticipada de perjuicios, equivalente al mismo valor de la adjudicación a la mitad o un tercio de ella, según la gravedad del incumplimiento, sin perjuicio de las indemnizaciones compensatorias y moratorias que puedan solicitarse ante los tribunales de justicia conforme a las reglas generales. Se hace presente que por el pago de la pena no se entiende extinguida la obligación principal ni la de cualquier otro perjuicio ya sea directa o indirecta que se pueda suscitar.

El valor de la multa penal también podrá ser descontado del pago del servicio adjudicado.

17.- DEL CONTRATO

17.1.- Formalización del Contrato

Para las adjudicaciones cuyo monto sea menor a 100 UTM, el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor; cuando se trate de adjudicaciones cuyo monto sea mayor o igual a 100 UTM y menor a 1000 UTM, el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor, siempre y cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y, por último en el caso de las adjudicaciones mayores a 1000 UTM el contrato se formalizará mediante la suscripción del mismo, de acuerdo a los requisitos y condiciones que se expresan en los puntos que a continuación se indican.

17.2.- Plazo para celebrar el Contrato

El contrato deberá suscribirse dentro del plazo de 60 días hábiles desde la total tramitación de la Resolución de Adjudicación. Si vencido este plazo el proponente adjudicado no ha suscrito el Contrato, el Hospital de Linares podrá dejar sin efecto la Resolución de Adjudicación, pudiendo Readjudicar esta propuesta al oferente que sigue en puntaje al adjudicatario inicial o declarar desierto el proceso, situación de la cual se dejará constancia en el portal.

17.3.- Inicio del Contrato

El Contrato que se celebre al respecto comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto que lo apruebe, salvo en aquellos casos en los cuales en que, por razones de buen servicio las prestaciones contenidas deban iniciarse desde el momento de la adjudicación.

17.4.- Vigencia del Contrato 

El Contrato tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2024 o hasta el término de las prestaciones adquiridas en esta licitación, contados desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que lo aprueba. La adjudicación será publicada en el portal Mercado público entendiéndose notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes transcurridas 24 horas desde dicha publicación, de acuerdo con el artículo N° 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Con todo, el Hospital de Linares, podrá poner término anticipado al Contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento o se encuentre inhabilitado para contratar con el estado según Art. N° 33 de Ley N° 21.595, con la única formalidad de comunicar a la Empresa su decisión mediante carta certificada.

17.5.- Modificación de Contrato

       Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% de valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.

17.6.- Gastos del Contrato

Todos los gastos, derechos, impuestos, aranceles, honorarios y demás que se acusen en la celebración del contrato serán siempre de cargo del proveedor.

17.7 Precio y Reajustabilidad

Los precios ofertados se mantendrán inalterables por toda la vigencia del Convenio.

17.8 Confidencialidad

El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.

El adjudicatario, así como sus consultores y personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.

La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.

El Adjudicatario, debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Entidad licitante el derecho de ejercer las sanciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.

17.9.- Supervisión y Coordinación del Contrato por parte de la entidad licitante

La Supervisión y Coordinación del Contrato, estará a cargo de Jefe Unidad Coordinación GES y Enfermera de la Unidad de Lista de Espera del Hospital de Linares, o quien lo subrogue, en calidad de contraparte técnica para el coordinador del respectivo Contrato y ejercerá las siguientes funciones:

a)    Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato.

b)    Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.

c)    Dar visto bueno y recepción conforme de los bienes, como también la tramitación de multas y sanciones.

Las demás que le encomiende el presente instrumento.

17.10.- Coordinador del Contrato por parte del proveedor adjudicado.

El proveedor adjudicado deberá nombrar un Coordinador del Contrato, cuya identidad deberá ser informada a la Unidad de Abastecimiento del Hospital de Linares.

En el desempeño de su cometido, el Coordinador del Contrato deberá, a lo menos:

a)    Informar oportunamente a Jefe Unidad Coordinación GES y Enfermera de la Unidad de Lista de Espera del Hospital de Linares, de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.

b)    Representar al Proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

c)    Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este Contrato.

La designación del coordinador y todo cambio relativo a ésta, deberá ser informado a Unidad de Abastecimiento del Hospital de Linares, por el proveedor a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado la designación o cambio. El Hospital de Linares podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.

17.11.- Cesión de Contrato y Subcontratación

No Procede la subcontratación

17.12.- Terminación anticipada del Contrato:

Serán causales de terminación anticipada del Contrato, las contempladas en el artículo 77 del Reglamento de la Ley 19.886.

18.- DERECHO A EXIGIR CALIDAD DE LOS SERVICOS

El Hospital de Linares podrá aplicar medidas de sanción económica en aquellos casos justificados en que la empresa no cumpla con la calidad de los servicios ofrecidos en su propuesta inicial.

18.1.- La Amonestación: corresponde a un registro escrito y firmado por ambas partes, que deja de manifiesto cualquier falta menor cometida por el adjudicatario, en atención a su importancia, no está afecta a sanción directa. La acumulación de dos amonestaciones en un mes calendario o cuatro en tres meses continuados o discontinuados ameritará una multa de 1 UTM.

18.2.- La Multa: deja de manifiesto una falta cometida por la empresa, de gravedad leve, moderada o mayor, en que incurra, cada vez que el adjudicatario no dé cumplimiento a cualquiera de las obligaciones contempladas en las presentes bases, especificaciones, a su oferta o en el contrato. El monto de cada multa, dependerá de la gravedad de la infracción cometida, en este sentido las multas se clasifican en:

18.2.1.- Multa Leve: será considerada LEVE aquella situación originada por una falta, que no origine riesgos graves a pacientes o funcionarios del Hospital, originados por la empresa. La multa LEVE será de 1 a 2 UTM. Sin que la enumeración taxativa, las conductas que pueden estar afectas a multa leve son:

- Por comportamiento inadecuado, indecoroso o insolente del personal del contratista hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del establecimiento. 1UTM.

- Cada vez que el contratista acumule dos amonestaciones en un mes calendario o cuatro en tres meses continuados o discontinuados. 2 UTM.

- Utilización de personal en actividades que no correspondan a su función. 2UTM.

18.2.2.- Multa Moderada: será considerada MODERADA, aquella situación originada por una falta, que afecte o ponga en riesgo la integridad física o moral, directa o indirectamente a pacientes, personas o a la Institución o que limite significativamente la atención y calidad del servicio, pero que sea factible de ser corregida. La multa MODERADA será de 3 a 5 UTM.

Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que pueden estar afectas a multa MODERADA son:

- Utilización deficiente de implementos indispensables, o falta de elementos para vigilancia: 3 UTM.

- Utilización de las instalaciones, equipos y/o plata física en objetivos que no sean los convenidos: 5 UTM.

18.2.3.- Multa Grave: será considerada GRAVE, aquella situación que ocasiones daño económico, moral o físico al Hospital de Linares, a su personal o pacientes, según corresponda, como así mismo el incumplimiento grave de las obligaciones estipuladas en el contrato, todo lo cual podrá ser causal de término de contrato. La multa GRAVE será de 6 a 10 UTM.

Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multa GRAVE son:

- Incumplimiento reiterado de falta de no asistencia a llamados. 10 UTM.

- Utilización de personal no calificado. 7 UTM.

- Hurto o malversación de parte de los funcionarios de la empresa en la institución. 10 UTM

- El Supervisor o Coordinador del Contrato llevará un registro de reclamos para los casos señalados anteriormente.

- La aplicación de multas según detalle de cuadro, facultará al Hospital para poner término anticipado al contrato.

Sanción

Cantidad de veces aplicada

Amonestación

5

Multa Leve

4

Multa Moderada

3

Multa Grave

2

19.- MULTA POR ATRASO

Por cada día hábil de atraso en la entrega, se cobrará una Multa del dos por cien (2 %) del valor neto del producto o servicio requerido, según respectiva Orden de Compra, y aplicable a las cantidades o servicios que se entreguen atrasadas, con un tope de 10 días hábiles.

El proveedor adjudicado deberá respetar lo indicado en las presentes Bases Administrativas y el plazo de entrega estipulado, “El plazo de entrega de los productos requeridos será de 48 horas contadas desde la aceptación de la orden de compra (2 días hábiles)”. Las órdenes de compra emitidas a través del portal, deberán ser aceptadas por el oferente dentro del plazo de 24 horas.

El documento que determinará la fecha de entrega real del o los productos será la Recepción en Bodega de Economato, en Avenida Brasil, Nº 753, Linares. La fecha de entrega será la que indique el funcionario responsable de la recepción en la Institución beneficiaria con su nombre, firma y timbre.

20.- EXCEPCIÓN DE APLICACIÓN DE MULTA POR ATRASO CALIFICADO:

En aquellos casos en que los plazos de entrega se vean afectados por un hecho fortuito o por una causa mayor, que el adjudicatario se vio imposibilitado de prever o que pudiendo haberlo previsto le fue imposible evitar, en especial consideración a las circunstancias que por la contingencia se suscitan, estará obligado a modificar, vía correo electrónico, a la Unidad Técnica de la licitación, el acontecimiento de los hechos y el fundamento de los mismos.

En la referida notificación, deberá informar, además, los planes de contingencia adoptados y el nuevo plazo de entrega al que se compromete.

La calificación de excepción de aplicación de multa por atraso, recaerá en la Unidad Técnica.

La institución se resera al derecho de no iniciar Procedimiento de Cobro de Multa, cuando así lo indique la Unidad Técnica, una vez analizados y calificados los antecedentes esgrimidos por el adjudicatario, al momento de practicar la requerida notificación.

21.- PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS:

En casos de incumplimiento por parte del adjudicatario, de cualquiera de las obligaciones consagradas en las Bases de Licitación, especificaciones, en su oferta o en el contrato, se procederá a dictar Ordinario que contendrá el incumplimiento y la normativa infringida, y que será notificado al adjudicatario en forma personal o mediante carta certificada, con la finalidad de que en un plazo de 10 días hábiles, manifieste sus descargos en relación al incumplimiento y acompañe todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez recepcionados los descargos presentados dentro del plazo legal conferido, la Entidad tendrá un plazo de 10 días hábiles, a contar de la fecha de recepción de los mismos, para acogerlos total o parcialmente o rechazarlos y formular la aplicación de la multa, todo lo cual, se materializará mediante la dictación de Resolución fundada emanada del Director del Hospital de Linares y que será notificada personalmente o mediante carta certificada al adjudicatario.

Respecto a la mencionada Resolución fundada, el adjudicatario, una vez notificado, tendrá un plazo de 5 días hábiles, para presentar Recurso de Reposición y acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez vencido el referido plazo y habiendo presentado recurso, la Entidad tendrá un plazo de 30 días hábiles, a contar de la presentación del mismo, para acogerlo total o parcialmente o para rechazarlo y hacer efectiva la aplicación de la multa, mediante Resolución Fundada emanada del Director del Hospital de Linares y que será notificada personalmente o mediante carta certificada.  

En lo referente a las notificaciones en forma personal, estas se entenderán válidamente practicadas, cuando el respectivo comunicado o resolución, sean entregadas, por un funcionario de la entidad, al adjudicatario o al o los representantes legales de la empresa adjudicada, según sea el caso, bajo recepción de firma conforme o de estampado que dé cuenta de la negativa de realizar dicha acción.

En lo referente a las notificaciones por medio de carta certificada y dirigidas al domicilio que el adjudicatario hubiera informado en documentos del proceso licitatorio, estas se entenderán válidamente practicadas, a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.     

En lo que respecta a la Resolución fundada emanada de la autoridad máxima de la Entidad y que instruye la aplicación de multa o exonera de la misma al adjudicatario, se publicará oportunamente en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. -

22.- DEL COBRO DE LAS MULTAS:

Válidamente notificada la Resolución fundada que instruye la aplicación de multas, cualesquiera sean éstas, ya sea por atraso o por infracción a la calidad del servicio, el monto podrá ser rebajado del pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas y de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se procederá a cobrar la multa directamente al adjudicatario, para lo cual, éste dispondrá de un plazo de 10 días hábiles.

El no pago de la multa en el plazo establecido, faculta a la Entidad para hacer el cobro de la Boleta de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, si es que la hubiere.

23.- ORDEN DE COMPRA:

23.1.- Las Órdenes de Compra serán Generadas por la Unidad de Abastecimiento, del Hospital de Linares, con cargo al presupuesto definido para esta institución.

23.2.- Las órdenes de compra se emitirán de acuerdo a los requerimientos del Hospital de Linares.

Las órdenes de compra emitidas a través del portal, deberán ser aceptadas por el oferente dentro del plazo de 24 horas.

23.3.- El adjudicatario facturará posterior a la entrega y recepción conforme de el o los productos.

23.4.- La factura deberá estar emitida a Nombre de Hospital de Linares, Rut: 61.606.917-9, cuya dirección es Avda. Brasil # 753 de Linares, Giro Servicios.

Sólo corresponde facturar a la persona o empresa cuyo nombre figura en la Resolución de adjudicación en caso contrario no se cursará el respectivo pago.

23.5.- El proveedor adjudicado y que cuente con una orden de compra emitida, deberá aceptar esta en el portal Mercado público, la no realización de esta acción significará el rechazo de la orden de compra y postergación del pago.

24.- PAGO Y FACTURACIÓN:

El proveedor deberá ACEPTAR la orden de compra dentro de 24 horas siguientes a la notificación de ésta a través del portal www.mercadopublico.cl.

El proveedor deberá enviar los productos señalados en la orden de compra preferentemente con GUÍA DE DESPACHO o factura (en caso de no contar con emisión de guía de despacho), a la bodega de Farmacia, ubicado en Avda. Brasil N°753, Linares.

El Hospital, una vez recepcionado conforme los productos, efectuará la recepción de la guía o factura según corresponda.

En caso de existir disconformidad, respecto de lo entregado por el proveedor, y la información que posee el Hospital, se solicitarán las correcciones correspondientes.

El Hospital de Linares, teniendo a la vista los antecedentes anteriores procederá a realizar la RECEPCIÓN CONFORME en la plataforma www.mercadopublico.cl.

24.1.-Facturación:

El proveedor podrá facturar una vez realizada la RECEPCIÓN CONFORME en la plataforma www.mercadopublico.cl por parte de la Institución.

Por cada entrega, el proveedor deberá emitir la factura correspondiente a nombre del Hospital de Linares, RUT 61.606.917-9, Dirección: Avda. Brasil Nº 753, Linares, indicando claramente en el detalle de su glosa lo siguiente:

Nombre de la propuesta adjudicada,

N° de la Orden de Compra

Número de Guía de Despacho con la que se enviaron los productos adquiridos

  En el campo de referencia 801 se debe indicar el número o ID DE LA ORDEN DE COMPRA emitido por el portal www.mercadopublico.cl.

  Será motivo de rechazo inmediato de la factura en la plataforma del SII, el no indicar el N° de la orden de compra.

24.2.-Pago:

Con todo lo señalado en los párrafos anteriores el pago de documentos tributarios se realizará a través de TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA por TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA, por mes vencido, en un plazo no superior a 30 días corridos, desde la recepción conforme de la factura, que debe ser emitida a nombre del HOSPITAL DE LINARES RUT. 61.606.917-9 de acuerdo con lo estipulado en la Ley de Presupuesto N°21.640 del año 2024.

24.3.- Modo de envío de documento de cobro:

  El documento de pago, deberá enviarlo a través de la plataforma del Servicio de Impuestos Internos. Paralelamente se deberá enviar a:

Correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com.    

25.- FACTORING

El HOSPITAL DE LINARES, aceptará que el oferente u oferentes adjudicados entreguen su facturación a empresas de factoring o aquellas que presten servicios similares, lo anterior siempre y cuando cumplan con los puntos requeridos a continuación, que tienen por objeto resguardar la correcta aplicación y pago a quien corresponda de los montos adeudados por los servicios recibidos y en los tiempos que el HOSPITAL DE LINARES se ha comprometido a pagar, se detalla a continuación este proceder:

La verificación de recepción conforme de las facturas que se pretende recibir en Factoring, por las empresas del rubro, se deberá realizar comunicándose, ya sea por vía telefónica o correo electrónico, con el Jefe de Finanzas, del Hospital de Linares, al fono 73-2566553 o al Correo electrónico claudiayvalencia@gmail.com.

En el caso que el proveedor oferente opte por entregar sus facturas para que sean Factorizadas, deberá informar a la empresa de factoring, que ésta realice el envío de las copias de Facturas Factorizadas, debidamente legalizadas ante notario, a la oficina de partes del Hospital de Linares, Avda.  Brasil N° 753, Linares, antes de 10 días de vencido el plazo para la cancelación de dichos documentos, (35 días desde recepción conforme).

En caso de haber recibido copias de Documentos factorizados, el Hospital de Linares, originará el pago del o los documentos adeudados a nombre de la empresa que los haya recibido en Factoring. No teniendo deuda alguna con el proveedor, prestador de los servicios requeridos. La vía de cancelación será a no mediar otra cosa, el pago Directo en Caja.

25.1.-         Se recuerda a los proveedores que, las facturas que se presenten por la realización de Servicios o Ventas al Hospital de Linares, deberán contar en la Copia Ejecutivo Cedible, claramente con la identificación y otros datos del Receptor de la misma, que para estos efectos es el Encargado de Bodega de Economato, siendo los documentos que cumplan con este requisito, los únicos que podrán ser sometidos a procesos de cobranza y posterior devolución, previa cancelación.

25.2.-         Todo Documento de Cobro ejecutivo cedible, de factura que haya sido pagada, deberá ser devuelto por el proveedor o empresa de factoring, en un plazo no mayor de 15 días, contados desde la fecha del pago, a la Oficina Partes del Hospital de Linares, Avda.  Brasil Nº 753, Linares.

26.- PRELACIÓN DE DOCUMENTOS:

En caso de discrepancia o discordancia entre los diferentes antecedentes de la licitación, prevalecerán unos sobre otros, conforme al orden de prioridad siguiente:

1)    Las aclaraciones y respuestas a consultas de la licitación

2)    Las bases administrativas y técnicas. (Considerándose para este efecto, complementarias y no excluyentes)

3)    Oferta del Contratista

4)    La ley 19.886.

5)    El reglamento de la ley 19.886.

BASES TÉCNICAS
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SERVICIO DE SALUD DEL MAULE

HOSPITAL DE LINARES

SUB DIRECCIÓN DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES

UNIDAD DE ABASTECIMIENTO

BASES TÉCNICAS

COMPRA DE “SERVICIO INTERVENCION QUIRÚRGICO DE ENDOPROTESIS TOTAL DE CADERA”

ID 5184-147-LQ24

Especificación: SERVICIO INTERVENCION QUIRÚRGICO DE ENDOPROTESIS TOTAL DE CADERA

ID Licitación: 5184-147-LQ24

Mandante: Hospital de Linares.

Duración del contrato: 31 de diciembre de 2024 o hasta cumplir la totalidad de las prestaciones adquiridas.

Unidad Técnica: Traumatología

Unidad Administrativa: Unidad de Coordinación GES y Unidad Lista de Espera NO GES.

Tipo de Adquisición: Licitación Pública, igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM.

Tipo de Convocatorio: Abierta

Tipo Adjudicación: Adjudicación Simple, sin emisión automática de Orden de Compra.

Moneda: en Pesos Chilenos.

Etapa del Proceso: En una Etapa.

 

1.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

 Las especificaciones técnicas para cumplir con el requerimiento son las siguientes:

-          Anexo III Oferta Económica.

-          Anexo IV Equipo Quirúrgico

-          Anexo V Centro de Derivación

2.  GENERALIDADES

Dentro de las patologías que actualmente están cubiertas por el Régimen de Garantías Explícitas en Salud (GES), se encuentra la endoprótesis total de cadera en mayores de 65 años, siendo este procedimiento la principal herramienta quirúrgica en el manejo de la artrosis severa de cadera en este grupo etario. Las artralgias secundarias a artrosis, son la fuente más común de sintomatología y de limitación funcional en el adulto mayor. Se estima que las artropatías producen entre un 29 a 41% de limitación funcional en el desempeño de las actividades de la vida diaria. FONASA como asegurador público tiene el compromiso legal de asegurar el acceso a las prestaciones de salud garantizadas en condiciones de oportunidad y protección financiera, como se narra en el decreto correspondiente.

Es importante indicar que existe otro grupo de pacientes para los cuales la prestación de endoprótesis de cadera no se encuentra asegurada por el GES, pero que deben acceder a esta atención como pacientes NO GES, los cuales corresponden a pacientes menores de 65 años, los cuales representan un grupo importante de pacientes en lista de espera y que por el deterioro en su calidad de vida igualmente deben acceder a este tipo de intervención quirúrgica.

          En atención a la alta demanda de resolución de este problema de salud y dado que Hospital de Linares no cuenta con la suficiente disponibilidad de horas médicas para resolución quirúrgica que permitan satisfacer los altos requerimientos de la población beneficiaria, se hace imperativo el requerimiento de contratación de recurso médico adicional para asegurar el cumplimiento de las garantías legales y evitar así el aumento de la Lista de Espera GES.

              Para efectos de decisiones clínicas, estándares de calidad de la especialidad y criterios de inclusión se considerarán las guías clínicas publicadas por MINSAL 2010.

  1. OBJETIVO

Las presentes Bases Técnicas de licitación tienen por objeto garantizar las prestaciones de salud a los beneficiarios del Libro II del DFL Nº 1 de 2005, del Ministerio de Salud, en problemas de salud en el área traumatológica para la resolución quirúrgica de los pacientes que requieren endoprótesis total de cadera, con el fin de resguardar el cumplimiento de las garantías de acceso y oportunidad, con que deben ser cubiertas dichas prestaciones.

              Así mismo tienen por objeto brindar a la población una atención especializada oportuna, que permita responder a las demandas del sistema de garantías, reducir los tiempos de espera y así mantener y elevar los niveles de salud de la población.

  1. RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE

Será responsabilidad del Adjudicatario realizar las intervenciones quirúrgicas en condiciones óptimas y seguras, esto según los plazos y las condiciones especificadas en las presentes bases.

             Durante el desempeño de sus funciones en el Hospital de Linares, el Adjudicatario estará obligado a resguardar la integridad del equipamiento y la infraestructura; en caso de daño, pérdida, mal uso y/o desperfecto de los bienes dispuestos, éstos deberán ser reparados y/o repuestos, con cargo integral a los recursos del adjudicado y/o sus pagos.

               El Adjudicatario estará obligado a proporcionar las facilidades, informes y datos que le sean requeridos para el ejercicio de estas fiscalizaciones, las que podrán hacerse efectivas mediante revisión de inventarios, exámenes, visitas inspectivas, y demás medios previstos por las normas y procedimientos de auditoría generalmente aceptados.

  1. CONTRAPARTE TÉCNICA Y SUPERVISIÓN TÉCNICO-ADMINISTRATIVA

                       Para todos los efectos operativos de fiscalización y control técnico-administrativa se faculta al Coordinador GES como administrador de contrato, quien será el encargado de llevar a nombre del establecimiento, la relación operativa cotidiana con el adjudicatario y serán al mismo tiempo los responsables de emitir los informes mensuales de conformidad, que serán base para la revisión y cancelación de los estados de pago emitidos, además serán los encargados de entregar requerimiento de cirugías a la empresa adjudicada (garantías vigentes, exceptuadas y retrasadas si las hubiese) y registrar prestaciones realizadas en la plataforma SIGGES.

En el caso de los pacientes NO GES será en profesional de enfermería de la Unidad de Lista de Espera.

Para efectos de la presente licitación pública se entenderá actuando como ente técnico fiscalizador y control al Subdirector de Gestión Clínica, quien podrá efectuar a nombre del establecimiento inspecciones técnicas o solicitar informes de operatividad, para resguardar que se dé cumplimiento a las presentes bases técnicas.

  1. MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

                                    Para fiscalizar el correcto cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá proporcionar al administrador del contrato, toda la información que este requiera, estando éste expresamente facultado para efectuar visitas inspectivas, revisar procedimientos y recabar todo antecedente que estime pertinente, debiendo dársele todas las facilidades del caso. Se incluirá como mecanismo de fiscalización a la Unidad de Calidad e IAAS del establecimiento.

  1. DEL PROCEDIMIENTO

Los pacientes que serán intervenidos quirúrgicamente por el adjudicatario serán seleccionados por los administradores del contrato desde las nóminas de garantías Vigentes, Vencidas y Exceptuadas emitidas por SIGGES, por estricto orden de vencimiento de la Garantía GES de Intervención quirúrgica. En lo que corresponde al NO GES, los pacientes deberán ser seleccionados de la nómina entregada por la oficina de Lista de Espera en base a la información aportada por SIGTE y SISMAULE, dando prioridad a los pacientes que estén en condiciones de ser intervenidos y que presenten mayor antigüedad en la lista de espera.

  • La unidad de lista de espera, generará una nómina de pacientes a intervenir, correspondiente a SIGTE.
  • El adjudicatario no podrá elegir unilateralmente los pacientes a operar, ya que se le entregará una nómina con pacientes rutificados y en el caso que alguno de ellos no pueda ser operado, deberá justificar en ficha clínica el motivo de la exclusión del paciente, en este caso solo se aceptaran causales clínicas y atribuibles al paciente.
  • El monto debe incluir equipo médico y no médico
  • Se deberá considerar consulta Pre- quirúrgica, intervención, control post-operatorio, alta y visita en sala
  • En el caso de complicaciones están deberán ser atendidas por el equipo que se asigne esta prestación
  • En caso de que, por motivos clínicos o personales de los pacientes, no sea posible contar con pacientes de reposición se cancelara solo las intervenciones realizadas y paciente dados de alta clínica con control día siguiente, a los 15 días y control hasta los 3 meses una vez terminada la terapia kinésica.
  • El plazo máximo para cumplir con el total de los pacientes a intervenir es el 31 de Diciembre de 2024 ó hasta cumplir la totalidad de las intervenciones licitadas.

La referente quirúrgica de traumatología es la encargada de la citación respectiva para preparación de pacientes (exámenes preoperatorios y ECG) que serán intervenidos en base a la nómina enviada por los administradores del contrato a evaluación prequirúrgica, intervención quirúrgica y controles post operatorios debiendo acreditar al menos 3 citaciones formales en casos de inasistencias.

              Semanalmente la unidad de coordinación GES enviará al Adjudicatario, en planilla Excel vía correo electrónico, todos los pacientes a resolver. El adjudicatario deberá registrar en dicha planilla la fecha de la cirugía.

              Las Intervenciones Quirúrgicas deberán ser registradas en Ficha Clínica con formulario de Protocolo Operatorio otorgado por Plataforma “Pabellón” de Sismaule, remitiendo de acuerdo a la periodicidad de las intervenciones a la oficina de registros GES, al referente quirúrgico de traumatología y Unidad GRD, un informe vía correo electrónico de las intervenciones efectuadas. Las Fichas Clínicas de los pacientes resueltos, deberán encontrarse disponible de ser necesaria su revisión. El registro en SIGGES de las cirugías realizadas será de exclusiva responsabilidad de la Unidad de Coordinación GES.

              Todos los casos tendrán que estar resueltos dentro los plazos legales de garantía, salvo situaciones excepcionales que deberán ser registradas en documento denominado Excepción de Garantía de Oportunidad, solo por causas establecidas por la Superintendencia de Salud, por ejemplo: tres inasistencias no justificadas, debidamente respaldadas en ficha clínica.

              En caso de complicaciones médicas derivadas o relacionadas con la cirugía practicada por el Adjudicatario, el paciente será hospitalizado en el Hospital de Linares según complejidad del problema clínico.  Será el Administrador del Contrato quien informe vía correo electrónico al Subdirector de Gestión Clínica.

                           El ingreso del paciente se efectuará en el Servicio de Urgencia, será evaluado por cirujano de turno, quien determinará si la emergencia es atribuible a la cirugía.

Si es atribuible al procedimiento realizado en esta licitación, se debe contactar al referente administrativo que en horario hábil informará mediante correo electrónico o cualquier otro medio de comunicación al adjudicatario respecto al caso para su atención. Dicha notificación será informada a la Subdirección de Gestión Clínica y al Administrador del contrato.

En horario inhábil la unidad de gestión de camas deberá contactar al adjudicatario previo atención e informe de la unidad de emergencia.

El tiempo de reacción por parte del oferente, ante este evento no debe ser superior a 6 horas, desde la notificación. Por lo anterior el jefe del equipo debe indicar fono y correo electrónico para informar dichas situaciones. El Cirujano adjudicatario a cargo deberá acudir al establecimiento a fin de dar resolución a la emergencia o en su defecto indicar los Centros de Derivación al cual será trasladado el paciente en atención a su gravedad, cuyo costo de traslado será responsabilidad del Adjudicatario.

El adjudicatario asumirá todas las responsabilidades legales que emanen del aspecto técnico del procedimiento quirúrgico por incumplimiento de las bases técnicas administrativas y normativas del establecimiento, por lo que se atendrá a lo que la Ley sanciona para estos casos.

El adjudicatario será jurídicamente responsable del manejo y protección del paciente desde la intervención quirúrgica y hasta su alta definitiva. Por consiguiente, las partes dejan expresamente establecido que el Hospital de Linares no estará obligado, en virtud del Convenio respectivo, al pago de indemnizaciones que resulten de las demandas interpuestas en contra del EQUIPO MÉDICO, por los servicios, materia del mencionado Convenio, siempre y cuando el adjudicatario no haya cumplido con las bases técnicas prescritas.

Ante una complicación quirúrgica que requiera procedimiento urgente, el equipo deberá buscar el espacio en el pabellón o su derivación a centro de referencia para su resolución lo antes posibles según criterio médico.

En caso de que el paciente presente complicaciones directamente relacionadas a errores o mala praxis debido a incumplimiento de las bases de licitación y se requiera reintervención, deberá ser resuelto por el adjudicatario y comunicar a los referentes del establecimiento, quedando estas prestaciones con total cargo al proveedor.

              En las cirugías de endoprótesis total de caderas , el proveedor adjudicado se responsabiliza por las acciones u omisiones tanto de sus servicios como de sus dependientes, respondiendo de las resultas de los juicios que por estos motivos se hayan originado sea que la demanda se funde en las normas de la responsabilidad civil extracontractual contenidos en el Título XXV del Libro Cuarto del Código Civil,  o sobre falta de servicios a que se refieren las normas contenidas en el Art. 4º de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado

  1. ESPECIFICACIONES TECNICAS

Las presentes Bases establecen las disposiciones que regirán la licitación “SERVICIO INTERVENCION QUIRÚRGICO DE ENDOPROTESIS TOTAL DE CADERA” para contratar 140 cirugías de endoprótesis de cadera que el Hospital de Linares deberá adquirir mediante la presente licitación, las cuales deberán ser efectuadas a partir de la fecha de adjudicación, con plazo máximo 31 de diciembre de 2024 o hasta terminar el total de prestaciones adjudicadas, a pacientes beneficiarios legales del Fondo Nacional de Salud FONASA, que pertenecen a su jurisdicción.

El oferente deberá planificar la realización de las prestaciones de tal manera que el horario de los profesionales que realizan las consultas y controles no coincida con su horario de realización de las intervenciones quirúrgicas. Cabe hacer presente que para la programación de actividades pre y postoperatorias pueden considerarse los días lunes a viernes de las 17:00 a 19:00 hrs. y los sábados y domingos desde las 08:00 a 16:00 hrs. considerando no intervenir el normal funcionamiento de la Unidad de Traumatología y CDT.

Las intervenciones quirúrgicas deberán ser realizadas en el Hospital de Linares, en Pabellones Quirúrgicos los días lunes a jueves desde las 17:00 a 21:00 horas, viernes 16:00 a 17:00, sábados y domingos desde las 08:00 a 17:00 hrs., según la disponibilidad de pabellones quirúrgicos, siempre que esta acción no altere el normal funcionamiento del establecimiento.

El oferente debe asegurar que todos los profesionales que se presentan en su oferta, del presente llamado a la licitación, participen posteriormente en la ejecución de las actividades y asegurar además la continuidad en la atención del paciente por lo que, el profesional que efectúa los controles evaluación pre y postoperatoria, debe ser parte del equipo que participó en la intervención quirúrgica, es por esto que en Anexo IV de las presentes bases, se deberá especificar el rol que ejecutará cada profesional que forma parte del equipo.

El profesional que actúa como cirujano o el jefe del equipo médico, que deberá ser consignado también en Anexo IV, será responsable de verificar, que todos los documentos que se detallan se encuentren firmados y timbrados, al momento de realizar la intervención quirúrgica: Consentimiento informado, evaluación pre anestésica y luego de la intervención quirúrgica: protocolo operatorio, epicrisis médica y egreso hospitalario, además de los requerimientos de recetas u otro documento asociado a la atención, junto con ello deberá registrar en la ficha clínica todos los antecedentes relacionados a la intervención quirúrgica y las evaluaciones previas y posteriores al procedimiento.

El Hospital de Linares se hace responsable de la confirmación diagnóstica de los pacientes con sospecha de artrosis severa de cadera mayores de 65 años, según lo estipulado en la Guías Clínicas GES para Tratamiento Quirúrgico de endoprótesis total de cadera del MINSAL, la cual formará parte de estas bases. Los pacientes que sean confirmados como portadores de artrosis severa mayores de 65 años y que se le programe resolución quirúrgica serán derivados al adjudicatario con exámenes preoperatorios, electrocardiograma y radiografía de pelvis AP y axial de caderas.

En el caso de los pacientes NO GES, el Hospital se hará responsable de la confirmación diagnóstica de los pacientes.

El adjudicatario, deberá además dar cumplimiento a los protocolos de Calidad del Establecimiento.

  1. DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR

LA OFERTA ECONÓMICA DEBE CONSIDERAR:

9.1.- Consulta médica preoperatoria traumatológica, la cual deberá contemplar la elección del implante protésico adecuado a utilizar y gestionar licencia médica.

       En el caso de pacientes GES mayores de 65 años, que no cuenten con Ayuda Técnica, realizar indicación por médico tratante en su evaluación preoperatoria.

En el caso de los pacientes NO GES igualmente se les debe indicar la ayuda técnica adecuada.

9.2.- Consulta médica preoperatoria anestésica: El paciente deberá ser evaluado por médico anestesista del equipo quirúrgico previo a la intervención, quien deberá completar formulario evaluación pre-anéstesica y otorgar indicaciones preoperatorias al paciente.

9.3.- Intervención quirúrgica integral de endoprótesis total de cadera, que al menos deberá considerar:

  9.3.1.- Modalidad hospitalizada: por lo menos 8 horas previas a la cirugía y 48 horas luego de procedimiento quirúrgico.

9.3.2.- Implantación de prótesis total de cadera con todos sus componentes, cementada, no cementada o híbrida, según criterio del equipo quirúrgico.

9.3.3.- Profilaxis preoperatoria según normativa vigente de atenciones asociadas a la atención de salud según lo protocolizado.

9.4.- El recurso humano requerido para el servicio a contratar incluye:

9.4.1.- Médico Traumatólogo: Médico Traumatólogo: primero, segundo y tercer Cirujano, con experiencia en cirugía de caderas. En su oferta técnica, el oferente debe presentar el equipo de profesionales y sus eventuales reemplazos, que participarán en el desarrollo del servicio requerido. Cada uno de ellos, deberá acreditar su condición de especialistas, ya sea por parte de una Universidad reconocida por el Estado o la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas y deberá estar acreditado por la Superintendencia de Salud.

El oferente deberá presentar en la licitación el nombre y antecedentes del Médico Jefe del Equipo de profesionales que realizarán las prestaciones, el cual debe tener experiencia en las intervenciones quirúrgicas licitadas y debe participar en las actividades del equipo en forma permanente.

Sólo en caso de médico extranjero tercer cirujano: Si se encuentra en proceso de Regularización de especialidad en el país puede acreditar regularización de título:

  • Mediante certificado emitido por Institución Pública en la cual ejerce como especialista.
  • Estar acreditado por la Superintendencia de Salud.
  • EUNACOM aprobado.

Adjuntar la siguiente documentación en su oferta:

Personas Naturales deben presentar:

  1. Certificaciones:

-          Declaración de Cumplimiento Horario de licitación

-          Currículum con referencias

-          Documento que acredite experiencia laboral, ya sea:

a)    Contrato de trabajo

b)    Hoja de vida

c)     Certificado de antigüedad

d)    Relación de servicio

-          Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud, emitido por la Superintendencia de Salud, el cual indique que posee Título de médico cirujano y de especialidad (cuando se requiera) y certificado de EUNACOM aprobado.

-          Médico Extranjero debe contar con permiso de residencia (según Art. N°68 de la Ley N°21.325)

-          Carnet de vacunación Hepatitis B o declaración jurada simple de vacuna Hepatitis B

-          Certificado de antecedentes

En caso de que la oferta sea persona Jurídica, deberán además cumplir con los siguientes requisitos:

A)    Indicar los profesionales que realizaran las intervenciones quirúrgicas.

B)    Adjuntar Copia de escritura de Constitución de la Sociedad vigente (si esta no se encontrara adjunta en portal Mercado Público.)

C)    Deberán Indicar Participación de los socios

D)    Respecto a los médicos que realizarán los turnos se deberán adjuntar cada uno de los documentos solicitados para los oferentes como persona natural.

*No podrán contratar con la Entidad Licitante las personas afectadas por alguna de las causales de inhabilidad, contempladas en el Artículo 4° de la Ley N°19.886 y Art. N° 92 del Reglamento de la misma Ley.

***IMPORTANTE***

Las ofertas que incurren en las inhabilidades contempladas en el Art. 35 quater de la ley 21.634, serán rechazadas y no pasarán a la etapa de evaluación de ofertas (Ver Anexo N°2).

Se deberá acreditar que el primer cirujano registre realización de al menos 50 cirugías de endoprótesis Total de cadera en los últimos dos años.

El oferente deberá presentar en la licitación el nombre y antecedentes del Médico Jefe del Equipo de profesionales que realizarán las prestaciones, el cual debe tener experiencia en las intervenciones quirúrgicas licitadas y debe participar en las actividades del equipo en forma permanente.

9.4.2.- Médico anestesiólogo: Profesional capacitado para cirugía traumatológica, el cual debe acreditar su condición de especialista a través de la inscripción en la Superintendencia de Salud como anestesista.

En caso de médico extranjero: Si se encuentra en proceso de Regularización de especialidad en el país puede acreditar regularización de título:

  • Mediante certificado emitido por Institución Pública en la cual ejerce como especialista.
  • Estar acreditado por la Superintendencia de Salud.
  • EUNACOM aprobado.

9.4.3.-Arsenalera: Capacitado para cirugía traumatológica, deberá presentar copia simple de Título de Técnico en Enfermería de Nivel Superior con respectiva inscripción en la Superintendencia de Salud y certificado de experiencia como arsenalera traumatológica.

9.4.4.- Técnico Paramédico: Capacitado en rol de pabellonero, deberá presentar copia simple de Título de Técnico en Enfermería de Nivel Superior, acreditada por la Superintendencia de Salud.

9.4.5.- Técnico Paramédico: Auxiliar de anestesia, deberá presentar copia simple de Título de Técnico en Enfermería de Nivel Superior, acreditada por la Superintendencia de Salud.

9.4.6.- Profesional no Médico: Encargado (a) de la coordinación administrativa del programa y programación quirúrgica por parte del Adjudicatario, deberá presentar copia simple de título profesional acreditado por la Superintendencia de Salud.

9.4.7.- Auxiliar de servicio: Que realice las actividades atingentes a su cargo, con experiencia en pabellón.

Cualquier modificación que el adjudicatario pretenda realizar, debe ser autorizada por Subdirector Médico del establecimiento.

9.5.- Prescripción de Fármacos:

  Se solicitará al Equipo Médico tener registrada su firma en el libro destinado a ello en la Unidad de Farmacia, con el fin de cumplir la reglamentación vigente para la prescripción de los medicamentos requeridos para la preparación quirúrgica, la cirugía y terapia post operatoria.

  Los medicamentos prescritos deberán corresponder a lo existente en el arsenal del Hospital de Linares. Para la prescripción de medicamentos sujetos a control legal, se deberá seguir estrictamente el reglamento que norma la dispensación de estos fármacos.

9.6.- Prescripción de Certificado y licencia Médica

     El adjudicatario deberá proporcionar certificado y licencia médica a los pacientes sometidos a operación de endoprótesis total de cadera, según la complejidad de cada caso. -

9.7.- Control Post Operatorio:

9.7.1.- Controles postoperatorios: realizar control según normativa GES, control dentro de las 24 horas siguientes de la intervención quirúrgica, a los 15 días siguientes, a la sexta semana. Donde el control de las 24 horas no es diferible a un plazo mayor y los cuales deberán llevarse a cabo por al menos uno de los profesionales que fue parte del equipo quirúrgico (primer, segundo y/o tercer cirujano) quien debe estar acreditado por la Superintendencia de Salud como especialista en traumatología o con CONACEM en trámite para los médicos extranjeros tercer cirujano. Se debe evaluar tolerancia de dolor, sangrado y estado del apósito, capacidad funcional y estado neuro-vascular de la extremidad.

9.7.2.- Tratamiento y control de complicaciones propias del acto quirúrgico, las cuales deben ser consideradas consultas postoperatorias, hasta que el paciente esté clínicamente en condiciones de ser dado de alta.

9.7.3.- Consulta traumatológica postoperatoria: la cual se realizará a los 15 días del postoperatorio para evaluación del estado de herida operatoria y retiro de corchetes o puntos, recomendaciones, evaluación de rangos articulares y fuerza muscular, así como re-educación de la marcha asistida.

9.7.4.- Consulta postoperatoria no programada: Frente a la eventual complicación presentada por un paciente operado (dolor súbito severo, luxación protésica, complicación a nivel de herida operatoria, hematoma, seroma) médico traumatólogo debe asegurar la asistencia a consulta postoperatoria no programada en un tiempo de reacción no mayor a 6 horas o derivar a centro derivador en convenio, posterior a la notificación por parte del referente técnico de Hospital de Linares.

9.7.5.- Atención diaria de los pacientes que se encuentren hospitalizados por motivos de la intervención en días festivos, sábados y domingos. Para ello, el proveedor deberá informar el nombre del profesional médico responsable de esta atención y proporcionar número telefónico de contacto.

9.7.6.- Centro de derivación: Frente a la eventual derivación a un centro de mayor complejidad, para el manejo de alguna complicación postoperatoria, será responsabilidad del oferente la coordinación del traslado del paciente a la entidad informada en Anexo V.

10.  EL HOSPITAL DE LINARES SE OBLIGA A:

10.1.- Efectuar confirmación diagnóstica de artrosis severa de cadera en mayores de 65 años y adjuntar en ficha clínica documentación GES y protocolos que se desprenden de este procedimiento.

10.2.- Efectuar exámenes preoperatorios de laboratorio (hemograma, glicemia, crea, urea, orina completa, urocultivo, perfil de coagulación, electrolitos plasmáticos, hemoglobina glicosilada en pacientes diabéticos) y electrocardiograma los cuales serán adjuntados en ficha clínica de modo tal que el adjudicatario tenga acceso a ellos al momento de efectuar la consulta de evaluación pre anestésica, estos exámenes tienen validez clínica de 6 meses. El paciente deberá contar además con pase dental.

10.3.- Implante protésico, de calidad, ajustado a estándares internacionales y con estudios científicos de seguimiento a largo plazo, el cual podrá variar en especificaciones (cementado, no cementado, híbrida, doble movilidad) según el criterio del equipo quirúrgico en evaluación preoperatoria.

10.4.- Proporcionar la infraestructura de Pabellones Quirúrgicos.

10.5.- Disposición de instrumental quirúrgico para cirugía protésica de cadera e intensificador de imágenes, que permita la ejecución del acto quirúrgico.

10.6.- Ropa de Pabellón estéril desechable.

10.7.- Proporcionar los insumos y fármacos del arsenal en las dependencias del establecimiento, los cuales sean necesarios para la realización de las actividades quirúrgicas, de acuerdo al uso promedio previamente establecido con el ente técnico.  

10.8.- Servicio de Esterilización para instrumental quirúrgico: Hospital de Linares dispondrá de servicio de esterilización del material reesterilizable, para lo cual el adjudicatario debe considerar que este servicio tomará un máximo de 6 horas. En tal caso el adjudicatario deberá considerar la utilización de material propio, éste deberá ser entregado el día anterior antes de las 12.00 horas en el servicio de pabellón, si desea que el material sea preparado en dichas dependencias. No se autorizará uso de material y/o instrumental que no sea esterilizado en nuestras dependencias.

10.9.- Box de Atención Traumatológica: El cual estará implementado con camilla de examen clínico, negatoscopio y computador. De ser necesaria la utilización de algún otro instrumental que posea Hospital de Linares, solo Subdirector de gestión clínica se encuentra facultado para autorizar su uso; adjudicatario deberá asumir compromiso de buen uso según se establece en estas bases técnicas.

10.10.- Entrega de ayudas técnicas: bastones canadienses u otro apoyo ortopédico.

10.11.- Efectuar un seguimiento kinésico de tres meses a los pacientes con endoprótesis total de cadera, con el objetivo de lograr la restitución de la funcionalidad de la marcha y de las actividades de la vida diaria. Se sugiere que esto se realice distribuyendo 12 sesiones el primer mes, 8 sesiones el segundo mes y las últimas 8 sesiones durante el tercer mes.

11.- CUMPLIMIENTO DE PROTOCOLOS

El adjudicatario deberá dar fiel y oportuno cumplimiento, durante la vigencia del contrato, a las normativas de Calidad e Infecciones Intrahospitalarias vigentes, las cuales serán entregadas oportunamente a través de correo electrónico.  

12.- CLÁUSULA PENAL

Dada la especial naturaleza del servicio contratado, “SERVICIO INTERVENCION QUIRÚRGICO DE ENDOPROTESIS TOTAL DE CADERA”, y su breve duración, se estipula que ante el incumplimiento del proveedor adjudicado de las obligaciones que emanan de la presente licitación y de la naturaleza misma del servicio contratado, el Hospital de Linares podrá cobrar y aplicar, a través del procedimiento que corresponda ante tribunales de justicia, una multa penal por concepto de evaluación anticipada de perjuicios, equivalente al mismo valor de la adjudicación a la mitad o un tercio de ella, según la gravedad del incumplimiento, sin perjuicio de las indemnizaciones compensatorias y moratorias que puedan solicitarse ante los tribunales de justicia conforme a las reglas generales.

Se hace presente que por el pago de la pena no se entiende extinguida la obligación principal ni la de cualquier otro perjuicio ya sea directa o indirecta que se pueda suscitar.

El valor de la multa penal también podrá ser descontado del pago del servicio adjudicado.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.