Licitación ID: 5184-166-LQ19
INTERVENCION DE CIRUGIAS DE CATARATAS AÑO 2019
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD DEL MAULE HOSPITAL DE LINARES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 16
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Equipo quirúrgico de fragmatome retinal vítreo o accesorios para cirugía oftálmica 400 Unidad
Cod: 42295126
CIRUGÍA DE CATARATAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
INTERVENCION DE CIRUGIAS DE CATARATAS AÑO 2019
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La necesidad de contar con “INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE CATARATAS AÑO 2019”, promovido por Sra. Isabel Reyes Ortega, Jefe (S) Unidad Coordinador GES, en Memorándum conductor N° 431 de fecha 08 de Octubre de 2019.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CONTRATOS-SUMINISTRO
R.U.T.:
61.606.917-9
Dirección:
Brasil Nº 753
Comuna:
Maule
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-11-2019 10:00:00
Fecha de Publicación: 17-10-2019 17:09:12
Fecha inicio de preguntas: 17-10-2019 18:00:00
Fecha final de preguntas: 25-10-2019 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-10-2019 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-11-2019 10:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-11-2019 10:01:00
Fecha de Adjudicación: 26-11-2019 10:01:35
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- ANEXO I; ANEXO II IDENTIFICACIÓN DE OFERENTE; BASES ADMINISTRATIVAS
Documentos Técnicos
1.- ANEXO IV CERTIFICACIÓN ESPECIALIDAD EQUIPO QUIRURGICO; ANEXO V EXPERIENCIA EQUIPO MEDICO; ANEXO IV EXPERIENCIA EQUIPO NO MEDICO, ANEXO VII CENTROB DERIVACIÓN DE LICITACION
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO III OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACIÓN TÉCNICA b.1. Experiencia Quirurgica del Equipo Médico (10%) Para la determinación del puntaje en este subcriterio, se obtendra de la información que el oferente presente en el Anexo V, avalada por la documentación de respaldo que adjunte. Contempla la participación en Cirugía Mayores Ambulatorias de Cataratas efectuadas en el último año, por el 1er Cirujano, 2do cirujano y anestesista; las cuales deben estar debidamente acreditadas (ver Anexo V). El cálculo se efectuará considerando, como mínimo experiencia en 300 intervenciones quirúrgicas de cataratas en el último año; junto con lo anterior, (se deberá acreditar que los médicos en calidad de segundo cirujano y anestesista, registran experiencia en Intervenciones quirúrgicas de cataratas); por lo que se deberá adjuntar certificado que acredite tal experiencia, el cual deberá ser emitido por institución pública o privada en la cual haya prestado servicios. De acuerdo a lo anterior, se evaluará de acuerdo a lo siguiente: Experiencia Quirurgica 50%
2 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 40%
3 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS TÉCNICOS En lo referente a la evaluación Técnica de estos Dispositivos Médicos se solicitará se envíe necesariamente lo siguiente por ser requisitos específicos para evaluación en Unidades Clínicas: Cumplimiento de los Requisitos Técnicos Completo Incompleto No lo Envía Anexo Nº IV Equipo Quirúrgico 100 50 0 Anexo Nº V Experiencia Equipo Médico 100 50 0 Anexo Nº VI Experiencia Profesionales NO Médicos 100 50 0 Anexo Nº VII Centro de Derivación 100 50 0 Nota: Se deberá adjuntar una carta de convenio entre el oferente y centro de derivación al que se hace referencia en el Anexo VII. 5%
4 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS ADMINISTRATIVOS Cumplimiento de los Requisitos Técnicos Completo Incompleto No lo Envía Anexo Nº I Identificación del Oferente y Anexo Nº II Declaración Jurada 100 50 0 Anexo Nº III Oferta Económica 100 50 0 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 264492000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 6 Meses
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días “El Hospital de Linares se exceptúa del pago a 30 días por ser parte de un Servicio de Salud, según Ley 21.131”
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ANA FLOR BARROS SOTO
e-mail de responsable de pago: abarros@hospitaldelinares.cl
Nombre de responsable de contrato: María Isabel Sáez Castro
e-mail de responsable de contrato: msaez@hospitaldelinares.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-73-2566521-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL DE LINARES
Fecha de vencimiento: 17-01-2020
Monto: 700000 Peso Chileno
Descripción: La garantía de la oferta deberá ser pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable por un monto de $700.000 (Setecientos mil pesos) o valor equivalente a unidad de fomento, deberá ser tomada, extendida o emitida a nombre del HOSPITAL DE LINARES, RUT N° 61.606.917-9, debiendo incluir dicho documento la siguiente glosa: “Para garantizar la Seriedad de la oferta ID 5184-166-LQ19 INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE CATARATAS AÑO 2019” con una fecha de vencimiento no menor a 60 (sesenta) días corridos a contar de la fecha de cierre de la presente licitación. La garantía deberá ser entregada en la oficina de partes del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº 753 Linares, en horario de oficina, esto es de Lunes a Jueves de 08:30 a 16:00 horas. Y viernes de 08:30 a 15:00 horas; hasta el día y hora de cierre de la presente licitación. Importante: El Oferente que no presente Garantía de Seriedad de la Oferta por la presente Licitación y en los plazos establecidos, quedará excluido de participar en el proceso de Evaluación y posterior Adjudicación. Se debe presentar una boleta de Seriedad por cada Oferta presentada.
Glosa: Para garantizar la Seriedad de la oferta ID 5184-166-LQ19 INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE CATARATAS AÑO 2019
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la Garantía por Seriedad de la Oferta, se hará efectiva dentro de los diez primeros días hábiles posteriores al vencimiento de la boleta vía correo certificado.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DE LINARES
Fecha de vencimiento: 18-07-2020
Monto: 5 %
Descripción: El (los) adjudicatario(s) deberá(n) presentar dentro de los 10 días siguientes a la publicación de Resolución de Adjudicación, Garantía el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato de la entrega de bienes solicitados, extendida a nombre del HOSPITAL DE LINARES, RUT: 61.606.917-9, debiendo incluir dicho documento la siguiente glosa “Para garantizar fiel y oportuno cumplimiento de contrato ID 5184-166-LQ19 INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE CATARATAS AÑO 2019” por el monto equivalente a un 5% del Total Adjudicado a dicho oferente, con una fecha de vencimiento de 60 días hábiles después de terminado el contrato. La garantía deberá tener el carácter de irrevocable y ser pagadera a la vista. De acuerdo a lo anterior quedará exceptuado de la presentación de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento aquellas adjudicaciones MENORES O IGUAL A CINCO MILLONES DE PESOS ($5.000.000) La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y demás antecedentes solicitados, deberán ser entregados en la oficina de partes del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº 753 Linares, en horario de oficina, esto es de Lunes a Jueves de 08:30 a 17:00 horas. Y viernes de 08:30 a 16:00 horas. En los casos de Disolución del Contrato, descritos en el Número 17.9 de las bases, se hará efectivo el cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento Contrato, en la Forma prevista en el artículo Nº 72 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
Glosa: Para garantizar fiel y oportuno cumplimiento de contrato ID 5184-166-LQ19 INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE CATARATAS AÑO 2019
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato, se hará efectiva dentro de los diez primeros días hábiles posteriores al vencimiento de la garantía vía correo certificado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Evaluación Técnica”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Técnicos”. Si persiste aun el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Administrativos”.

Solo en caso de subsistir empate entre dos o más ofertas en todos los criterios de evaluación antes señalados, se “adjudicará” al Proveedor con el que el Hospital de Linares mantiene contrato de suministro vigente, en consideración al conocimiento y experiencia que como usuarios se tiene del proveedor y al comportamiento contractual de éste.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Bases Administrativas

 BASES ADMINISTRATIVAS

  “INTERVENCION QUIRÚRGICA DE CATARATAS AÑO 2019”

HOSPITAL DE LINARES

ID 5184-166-LQ19

Especificación: INTERVENCION QUIRÚRGICA DE CATARATAS AÑO 2019

ID Licitación: 5184-166-LQ19

Mandante: Hospital de Linares.

Duración del contrato: 400 Intervenciones quirúrgicas.

Unidad Técnica: Oftalmología - Unidad Administrativa: Coordinación GES

Tipo de Adquisición: Licitación Pública, igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM.

Tipo de Convocatorio: Abierta

Tipo Adjudicación: Adjudicación Simple, sin emisión automática de Orden de Compra.

Moneda: en Pesos Chilenos.

Etapa del Proceso: En una Etapa.

I.- ESPECIFICACIONES ADMINISTRATIVAS

1.- GENERALIDADES:

La entidad mandante, Hospital de Linares, con domicilio en Avda. Brasil Nº 753, de Linares, requiere contratar convenio de suministro de INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE CATARATAS AÑO 2019

Que revisado el catálogo electrónico del portal de Compras Públicas se ha constatado que los servicios requeridos no se encuentran disponibles  a través del sistema de Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

Las presentes Bases Administrativas establecen y rigen las condiciones para establecer un convenio de suministro el cual provea de “INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE CATARATAS AÑO 2019” al Hospital de Linares .

 La Licitación contempla el Servicio Médico Tratamiento Quirúrgico de Cataratas por 400 cirugías de cataratas.

 El proceso de la presente Licitación Pública se regirá íntegramente por lo dispuesto en la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, además por sus Especificaciones Técnicas y Bases Administrativas debidamente aprobadas.

Los oferentes, por el sólo hecho de presentar sus propuestas a esta Licitación se entenderán en cabal conocimiento de todos y cada uno de los instrumentos que integran las bases, eventuales respuestas a las consultas formuladas por los proveedores y aclaraciones, si las hubiere.

El presente llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras Públicas, esto es www.mercadopublico.cl, se efectuará a través del mismo, el proceso completo de postulación y selección de ofertas, adjudicación y contratación, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso dicho portal, toda la documentación se encontrará disponible gratuitamente en dicho sitio electrónico a fin de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso.

Podrán presentar ofertas en esta licitación aquellas personas naturales y/o jurídicas que acrediten su situación financiera e idoneidad técnicas conforme lo establece la Ley Nº 19.886 y su reglamento, cumpliendo con los requisitos exigidos en las presentes Bases de Licitación.

El oferente adjudicado en esta licitación deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores del portal www.mercadopublico.cl, o en su defecto, proceder a su inscripción en el plazo máximo de 5 días, en conformidad con lo dispuesto en el inciso 4 del artículo 16 de la Ley Nº 19.886. Los oferentes que hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en los articulos 463 y siguientes del Codigo Penal, dentro de dos años previos, quedarán excluidos de la presente licitación.

1.1.‑       Mandante:

               NOMBRE                                              Hospital de Linares

               DOMICILIO                                          Av. Brasil # 753 LINARES

1.2.-      Unidad Administrativa

               DEPARTAMENTO                              Unidad de Coordinación GES

             DOMICILIO                                       Av. Brasil # 753. Linares

1.3.-      Unidad Técnica

               DEPARTAMENTO                             Unidad de Oftalmología

             DOMICILIO                                       Av. Brasil # 753. Linares

2.- ETAPAS Y PLAZOS:

Se establece el siguiente calendario de actividades a realizar durante el período de licitación en las fechas, plazos, horas, etc. Esta información sólo podrá ser modificada por la Unidad Técnica mediante comunicación por escrito (aclaraciones) a todos los proponentes.

Etapa

Fecha

Hora

Publicación

17/10/2019

18:00

Inicio de Preguntas

17/10/2019

18:00

Final de Preguntas

25/10/2019

16:00

Publicación de Respuestas

29/10/2019

16:00

Cierre de Recepción de Ofertas

06/11/2019

10:00

Acta de Apertura Electrónica

06/11/2019

10:01

Adjudicación

06/12/2019

19:00

 3.- PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OFERENTE:

                Los interesados deberán presentar su propuesta en forma electrónica en el portal www.mercadopublico.cl, hasta la fecha y hora de cierre publicada en el portal:

-          Anexo I Identificación de oferente.

-          Anexo II Declaración Jurada.

-          Anexo III Oferta Económica.

-          Anexo IV Certificación Especialidad Equipo Quirúrgico.

-          Anexo V Experiencia Equipo Médico.

-          Anexo VI Experiencia Equipo NO Médico.

-          Anexo VII Centro de derivación

4.- ACLARACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN DE ANTECEDENTES:

En conformidad con el artículo 40 inciso 1º de las bases del Decreto Nº 250 que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886  el Hospital de Linares podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes se correspondiere  a través del Sistema de Información.  Las ofertas deberán ajustarse a los requerimientos y condiciones establecidos en las presentes Bases.

5.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Y CRITERIOS DE EVALUACION:

El valor a cobrar deberá ser ingresado en el portal y deberá ser ajustado a las especificaciones técnicas y a las presentas bases administrativas.

Junto a lo anterior, el oferente deberá incluir cualquier archivo adjunto que acredite los criterios de evaluación, los cuales serán evaluados, ponderados en su importancia en los porcentajes que se indican:

a)      Precio (40%): Para las ofertas el puntaje asignado se determinará utilizando la siguiente fórmula = Precio Menor/P. evaluado x 100 x porcentaje asignado

El valor indicado por el proveedor, será el único monto válido para el cálculo, y será de su     responsabilidad, poner énfasis en el adecuado ingreso de la oferta.

b)      Evaluación Técnica (50%)

b.1. Experiencia Quirurgica del Equipo Médico (10%)

Para la determinación del puntaje en este subcriterio, se obtendra de la información que el oferente presente en el Anexo V, avalada por la documentación de respaldo que adjunte.

Contempla la participación en Cirugía Mayores Ambulatorias de Cataratas efectuadas en el último año, por el 1er Cirujano, 2do cirujano y anestesista; las cuales deben estar debidamente acreditadas (ver Anexo V). El cálculo se efectuará considerando, como mínimo experiencia en 300 intervenciones quirúrgicas de cataratas en el último año; junto con lo anterior, (se deberá acreditar que los médicos en calidad de segundo cirujano y anestesista, registran experiencia en Intervenciones quirúrgicas de cataratas); por lo que se deberá adjuntar certificado que acredite tal experiencia, el cual deberá ser emitido por institución pública o privada en la cual haya prestado servicios.

De acuerdo a lo anterior, se evaluará de acuerdo a lo siguiente:

Experiencia Quirurgica del Equipo Médico

Puntaje

El Primer Cirujano registra al menos 300 intervenciones quirúrgicas de cataratas efectuadas durante el último año. El Segundo Cirujano y Médico Anestesista cuentan con experiencia en cirugía de cataratas.

100 puntos

El Primer Cirujano NO registra al menos 300 intervenciones quirúrgicas de cataratas efectuadas durante el último año. El Segundo Cirujano y Médico Anestesista NO cuentan con experiencia en cirugía de cataratas.

0 puntos

b.2 Experiencia Quirurgica del Equipo no Médico (10%)

Para la determinación del puntaje en este subcriterio, se obtendra de la información que el oferente presente en el Anexo VI, avalada por la documentación de respaldo que adjunte.

Contempla la participación en Cirugía Mayores Ambulatorias de Cataratas efectuadas por el personal no médico del equipo quirúrgico; las cuales deben estar debidamente acreditadas (ver Anexo VI). Por lo que se deberá adjuntar certificado que acredite tal experiencia, el cual deberá ser emitido por institución pública o privada a la cual haya prestado servicios.

De acuerdo a lo anterior, se evaluará de acuerdo a lo siguiente:

Experiencia Quirurgica del Equipo Médico

Puntaje

Equipo no Médico presenta documentación que acredite la experiencia en Cirugía Mayores Ambulatorias de Cataratas.

100 puntos

Equipo no Médico NO presenta documentación que acredite la experiencia en Cirugía Mayores Ambulatorias de Cataratas.

0 puntos

b.3 Certificación de Especialidad (10%)

Para la determinación del puntaje en este sub-criterio, se obtendrá de la información que el Oferente presente en el Anexo IV, avalada por la documentación de respaldo que adjunte.

El Equipo Quirúrgico debe estar acreditado mediante los Certificados correspondientes de Acreditación de Especialidad, otorgado ya sea por una Universidad reconocida por el Estado o la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas, deberán además estar acreditados por la Superintendencia de Salud, dichas acreditaciones que se presenten deberán encontrarse vigentes. Si dentro del Equipo Médico, está incorporado algún médico extranjero, éste debe tener acreditado su título y especialidad en Chile de acuerdo a la legislación vigente.

De acuerdo a lo anterior, se evaluará de acuerdo a lo siguiente:

Certificación de Especialidad

Puntaje

El Oferente presenta documentación que acredite la Certificación de Especialidad e inscripción en Superintendencia de Salud del total del equipo médico (1er Cirujano, 2do Cirujano y Médico Anestesista) y No médico

100 puntos

El Oferente NO presenta documentación que acredite la Certificación de Especialidad e inscripción en Superintendencia de Salud del total del equipo médico (1er Cirujano, 2do Cirujano y Médico Anestesista) y No médico.

0 puntos

b.4 Contrataciones Quirúrgicas Vigentes (10%)

Para la determinación del puntaje en este sub-criterio, se obtendrá de la información que el Oferente presente en una Declaración Jurada Simple.

Contempla el compromiso contractual adquirido por los médicos del Equipo Quirúrgico en otros Servicios Hospitalarios para la prestación de servicios de cirugías mayores ambulatorias de cataratas. El cálculo se efectuará considerando, como máximo de compromiso contractual en 500 intervenciones quirúrgica de cataratas, en los próximos 10 meses. Se deberá adjuntar certificado que acredite información proporcionada. Se faculta, además, al equipo evaluador, para poder corroborar información proporcionada a través del portal www.mercadopublico.cl.

De acuerdo a lo anterior, se evaluará de acuerdo a lo siguiente:

Contrataciones Quirúrgicas Vigentes

Puntaje

Ningún Cirujano del equipo quirúrgico tiene adquirido un compromiso operatorio mayor a 500 intervenciones de cataratas en otros Servicios Hospitalarios durante el periodo de contratación.

100 puntos

Al menos uno de los Cirujanos del equipo quirúrgico presentado por el Oferente, tiene adquirido un compromiso operatorio mayor a 500 intervenciones de cataratas en otros Servicios Hospitalarios durante el periodo de contratación.

0 puntos

Observación 1: Este ítem de evaluación se considera con la finalidad de salvaguardar la calidad y continuidad de la prestación, junto con favorecer la relación médico-paciente.

Observación 2: los antecedentes aportados serán verificados por el ente técnico que se valdrá de todos los medios posibles y respaldará por medio de informe.

b.5 Comportamiento Contractual Anterior (10%)

Para la determinación del puntaje en este sub-criterio, se obtendrá considerando la ausencia de reclamos o sanciones por parte de las instituciones donde el Oferente ha prestado servicios durante los últimos dos años, en donde este deberá presentar un buen comportamiento contractual previo, relacionado con el cumplimiento de contrato o de la calidad técnica de los servicios ahí realizado. Para la evaluación de este punto, se considerará cualquier información que durante el proceso de evaluación la Comisión Evaluadora tenga disponible, ya sea a través del portal www.mercadopublico.cl o bien a través del contacto directo con referentes de otros establecimientos hospitalarios de la red pública de salud.

Comportamiento Contractual Anterior

Puntaje

El Oferente NO registra sanciones por incumplimiento de contrato o de la calidad técnica de los servicios prestados.

100 puntos

El Oferente registra sanciones por incumplimiento de contrato o de la calidad técnica de los servicios prestados.

0 puntos

c)       Cumplimiento de los Requisitos Técnicos (5%)

En lo referente a la evaluación Técnica de estos Dispositivos Médicos se solicitará se envíe necesariamente lo siguiente por ser requisitos específicos para evaluación en Unidades Clínicas:

Cumplimiento de los Requisitos Técnicos

Completo

Incompleto

No lo Envía

Anexo Nº IV Equipo Quirúrgico

100

50

0

Anexo Nº V Experiencia Equipo Médico

100

50

0

Anexo Nº VI Experiencia Profesionales NO Médicos

100

50

0

Anexo Nº VII Centro de Derivación

100

50

0

Nota: Se deberá adjuntar una carta de convenio entre el oferente y centro de derivación al que se hace referencia en el Anexo VII.

d)      Cumplimiento de los Requisitos Administrativos (5%)

Cumplimiento de los Requisitos Técnicos

Completo

Incompleto

No lo Envía

Anexo Nº I Identificación del Oferente y Anexo Nº II Declaración Jurada

100

50

0

Anexo Nº III Oferta Económica

100

50

0

6.- RESOLUCIÓN DE EMPATES

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Evaluación Técnica”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Técnicos”. Si persiste aun el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Administrativos”.

Solo en caso de subsistir empate entre dos o más ofertas en todos los criterios de evaluación antes señalados, se “adjudicará” al Proveedor con el que el Hospital de Linares mantiene contrato de suministro vigente, en consideración al conocimiento y experiencia que como usuarios se tiene del proveedor y al comportamiento contractual de éste.

7.- MODIFICACIONES A LAS BASES

Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la Propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl.  Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

En caso de ser necesaria modificaciones los plazos indicados en el número 2 de estas bases se podrán ampliar hasta por 5 días hábiles.

8.- CONSULTAS DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN

                Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados.

9.- COMISIÓN EVALUADORA

               La comisión que realizará la evaluación para la adjudicación, estará constituida por:

Sra. Caroline Beals Campos, RUT N° 9.160.178-8, Subdirectora de Gestión Administrativa;

Dr. Francisco Azócar Zubicueta, RUT N° 7.268.809-0, Subdirector de Gestión Clínica;

Sra. María Soledad Pereira Mena, Rut N° 14.330.961-4, Subdirectora Gestión del Cuidado;

Sra. Isabel Reyes Ortega, RUT N° 15.570.360-1, Jefe (S) U. Coordinación G.E.S;

Srta. Ana Barros Soto, RUT N° 9.555.721-K, Jefe de Finanzas;

Sra. Yesica Muñoz Garrido, RUT N° 14.549.260-2 Jefe de Abastecimiento, o en su defecto, las personas que subroguen dichos cargos.

La comisión evaluadora quedará reflejada en la Resolución de Publicación de Licitación.

Se prohíbe que los integrantes concedan reuniones a oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares, durante la evaluación salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio a través de las Bases.

Los miembros de la Comisión Evaluadora deberán abstenerse de recibir donativos mientras la integran.

10.- DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA

La adjudicación se realizará conforme a los criterios de evaluación establecidos en el punto 5 de las “Especificaciones Administrativas” de las presentes Bases. Se contendrá en una Resolución Interna en la cual se incorporará el acta debidamente firmada.

10.1.‑    La adjudicación será publicada en el portal Mercado público entendiéndose notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes transcurridas 24 horas desde dicha publicación, de acuerdo al artículo N° 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

10.2.-  Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con el Hospital de Linares para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentación, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que se pudiesen requerir durante la evaluación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.

10.3.- El Hospital de Linares, se reserva el derecho de declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando esta no resulte conveniente a sus intereses. Para declarar desierta la presente Licitación se requerirá Resolución fundada que así lo disponga, publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

10.4.‑    Si se resuelve el rechazo de todas las propuestas, se procederá a declarar desierta la licitación mediante Resolución publicada en el portal Mercado público. Se deja constancia que los antecedentes adjuntos a las ofertas no serán devueltos. El mismo procedimiento será aplicado a los proveedores que no resulten adjudicados.

10.5.‑    El Hospital de Linares, se reserva el derecho de declarar inadmisible la o las ofertas cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes bases. La declaración de inadmisibilidad de la presente licitación, se efectuará por Resolución fundada, publicándose en el portal www.mercadopublico.cl.

10.6.‑    El Hospital de Linares, se reserva el derecho de aceptar la propuesta que le pareciere más conveniente a sus intereses de acuerdo a los criterios de evaluación antes señalados.

10.7.-    EL Hospital de Linares, se reserva el derecho de adjudicar en el caso de que existiera un oferente que cumpla con las expectativas.

10.8.‑    La entidad licitante se reserva el derecho de modificar la fecha de adjudicación de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 41 inciso 2° del reglamento de la Ley N° 19.886.

11.- DEL RECHAZO DE TODAS O ALGUNAS DE LAS PROPUESTAS

11.1.-La Comisión y el Mandante se reservan la facultad de rechazar todas o algunas de las ofertas realizadas, declarando desierta la Licitación total o parcialmente si se considera que no satisfacen propósito o los requerimientos técnicos de la Licitación; si se estima que no son convenientes a los interés locales, si las disponibilidades presupuestarias fueran insuficientes, atendidos sus montos o por otras razones técnicas o presupuestarias que se expresarán en la Resolución fundada que así lo resuelva, la que será puesta en conocimiento de los oferentes, mediante el portal www.mercadopublico.cl

                La calificación de las causas precedentemente señaladas, será facultad de la Comisión y Mandante y el rechazo de las ofertas fundado en alguna de ellas, no dará derecho a reclamo ni indemnización alguna.

11.2.- Causales para Declarar Desierta la Licitación

La Comisión Evaluadora podrá declarar desierta la Licitación por las siguientes causales:

-          Que no se presenten oferentes.

-          Que lo ofertado no resulta conveniente a los intereses del Hospital de Linares.

-          Que el valor de la oferta exceda el monto presupuestario que para estos efectos dispone el Hospital de Linares.

-          Que sólo se presente un oferente y que cuyos precios no sean convenientes para el Hospital.

La existencia de la causal para declarar desierta la Licitación será calificada exclusivamente por la Comisión y el Mandante.  Esta declaración deberá ser efectuada mediante una Resolución fundada, que deberá ser publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

12.- VALIDEZ DE LA OFERTA

                Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital de Linares podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.

13.- VIGENCIA DE LA OFERTA

       La vigencia de la oferta presentada a través del Portal Mercado público, será de 400 Intervenciones quirúrgicas de cataratas.

14.- READJUDICACIÓN

                Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, o no acepta la orden de compra,  no puede prestar el servicio o entregar los bienes adjudicados, no entrega los antecedentes legales para contratar, se desiste de firmar el contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde notificada la adjudicación, la entidad licitante podrá, dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje al adjudicatario inicial, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la Licitación.

15.- FECHA DE ADJUDICACIÓN (aplazamiento)

                Si por causas no imputables al Hospital de Linares, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indica en las Bases para Adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, lo cual no podrán exceder los 5 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.

16.- GARANTÍAS (Exigencias comunes)

                Todas las cauciones o garantías que se exijan en las presentes bases administrativas, deberán   tener el carácter de irrevocables, se pagaderas a la vista y estar extendidas, tomadas o emitidas en forma nominativa a nombre del Hospital de Linares expresadas en pesos chilenos o unidades de fomento.

Todas la garantías exigidas en las presentes  bases  podrán ser constituidas por  documentos, como  póliza  de seguro electrónica, Boleta de Garantía,  y cualquier  otro instrumento   que asegure el pago de la garantía de manera rápida  y efectiva, y cumpla  con las condiciones exigidas en estas bases y en el reglamento de la ley  19.886, sin  perjuicio de ello, tanto para  la garantía de seriedad de  la oferta como  para  la  garantía  de fiel y oportuno  cumplimiento de contrato,  no se exigirá  glosa alguna cuando  la naturaleza del documento no permita incluirla, ni tampoco se exigirá, el señalamiento  expreso,  en el documento, del vencimiento mínimo indicado en las bases, cuando  por su propia naturaleza  el instrumento en garantía, tenga un vencimiento  igual o superior al exigido. 

             La fecha y oportunidad de entrega de cada una de las Garantías se establece en los puntos 16.1 y 16.2 de las presentes Bases Administrativas.

                Si por alguna razón de incumplimiento grave, la Unidad Técnica requiere hacer efectiva alguna de las Garantías solicitadas a algún(os) oferente(s), este(os) deberá(n) remplazar dicho documento ya cobrado, por una nueva Garantía a nombre del Hospital de Linares, por el mismo monto y con el mismo plazo de vencimiento que el documento inicial. Este nuevo plazo de vencimiento se contará en días corridos desde la fecha de notificación de cobro, de la Garantía original. El plazo de entrega de esta nueva Garantía será de 5 días hábiles, contados desde la fecha de cobro del documento inicial. La no entrega de la nueva Garantía en el plazo señalado facultara a la Unidad Técnica para desestimar la oferta o liquidar el contrato según corresponda.

                               Todas las garantías y demás antecedentes solicitados, deberán ser entregados en la oficina de partes del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº 753 Linares, en horario de oficina, esto es de Lunes a Jueves de 08:30 a 17:00 horas y viernes de 08:30 a 16:00 horas.

16.1.- Garantía de Seriedad de la Oferta:

                La garantía de la oferta deberá ser pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable por un monto de $700.000 (Setecientos mil pesos) o valor equivalente a unidad de fomento, deberá ser tomada, extendida o emitida a nombre del HOSPITAL DE LINARES, RUT N° 61.606.917-9, debiendo incluir dicho documento la siguiente glosa: “Para garantizar la Seriedad de la oferta ID 5184-166-LQ19 INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE CATARATAS AÑO 2019” con una fecha de vencimiento no menor a 60 (sesenta) días corridos a contar de la fecha de cierre de la presente licitación.

La garantía deberá ser entregada en la oficina de partes del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº 753 Linares, en horario de oficina, esto es de Lunes a Jueves de 08:30 a 16:00 horas.  Y viernes de 08:30 a 15:00 horas; hasta el día y hora de cierre de la presente licitación.

                Importante: El Oferente que no presente Garantía de Seriedad de la Oferta por la presente Licitación y en los plazos establecidos, quedará excluido de participar en el proceso de Evaluación y posterior Adjudicación. Se debe presentar una boleta de Seriedad por cada Oferta presentada.

                La restitución de la Garantía por Seriedad de la Oferta, se hará efectiva dentro de los diez primeros días hábiles posteriores al vencimiento de la boleta vía correo certificado.

16.2. ‑ Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato:

El (los) adjudicatario(s) deberá(n) presentar dentro de los 10 días siguientes a la publicación de Resolución de Adjudicación, Garantía  el Fiel  y Oportuno Cumplimiento de Contrato de la entrega de bienes solicitados, extendida a nombre del HOSPITAL DE LINARES, RUT: 61.606.917-9, debiendo incluir dicho documento la siguiente glosa “Para garantizar fiel  y oportuno cumplimiento de contrato ID 5184-166-LQ19 INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE CATARATAS AÑO 2019”  por el monto equivalente a un 5% del Total  Adjudicado a dicho oferente, con una fecha de vencimiento de 60 días hábiles después de terminado el contrato. La garantía deberá tener el carácter de irrevocable y ser pagadera a la vista.

De acuerdo a lo anterior quedará exceptuado de la presentación de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento aquellas adjudicaciones MENORES O IGUAL A CINCO MILLONES DE PESOS ($5.000.000)  

La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y demás antecedentes solicitados, deberán ser entregados en la oficina de partes del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº 753 Linares, en horario de oficina, esto es de Lunes a Jueves de 08:30 a 17:00 horas.  Y viernes de 08:30 a 16:00 horas.

En los casos de Disolución del Contrato, descritos en el Número 17.9 de las bases, se hará efectivo el cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento Contrato, en la Forma prevista en el artículo Nº 72 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

                La restitución de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato, se hará efectiva dentro de los diez primeros días hábiles posteriores al vencimiento de la garantía vía correo certificado.

17.- DEL CONTRATO

17.1.- Formalización del Contrato

Para las adjudicaciones cuyo monto sea menor a 100 UTM, el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor; cuando se trate de adjudicaciones cuyo monto sea mayor o igual a 100 UTM y menor a 1000 UTM, el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor, siempre y cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y, por último en el caso de las adjudicaciones mayores a 1000 UTM el contrato se formalizará mediante la suscripción del mismo, de acuerdo a los requisitos y condiciones que se expresan en los puntos que a continuación se indican.

17.2.- Plazo para celebrar el Contrato

El contrato deberá suscribirse dentro del plazo de 35 días hábiles desde la total tramitación de la Resolución de Adjudicación. Si vencido este plazo el proponente adjudicado no ha suscrito el Contrato, el Hospital de Linares podrá dejar sin efecto la Resolución de Adjudicación, pudiendo Readjudicar esta propuesta al oferente que sigue en puntaje al adjudicatario inicial o declarar desierto el proceso, situación de la cual se dejará constancia en el portal.

17.3.- Inicio del Contrato

El Contrato que se celebre al respecto comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto que lo apruebe, salvo en aquellos casos en los cuales en que, por razones de buen servicio las prestaciones contenidas deban iniciarse desde el momento de la adjudicación.

 17.4.- Vigencia del Contrato 

El Contrato tendrá una duración por el periodo de 2 meses, contados desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que lo aprueba.

Con todo, el Hospital de Linares, podrá poner término anticipado al Contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento, con la única formalidad de comunicar a la Empresa su decisión mediante carta certificada.

 17.5.- Modificación de Contrato

      Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% de valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.

17.6.- Gastos del Contrato

Todos los gatos, derechos, impuestos, aranceles, honorarios y demás que se acusen en la celebración del contrato serán siempre de cargo del proveedor.

17.7.- Supervisión y Coordinación del Contrato por parte de la entidad licitante

La Supervisión y Coordinación del Contrato, estará a cargo de Sra. Isabel Reyes Ortega, Jefe (S) U. Coordinación G.E.S. del Hospital de Linares, o quien lo subrogue, en calidad de contraparte técnica para el coordinador del respectivo Contrato y ejercerá las siguientes funciones:

a)      Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato.

b)      Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.

c)       Dar visto bueno y recepción conforme de los bienes, como también la tramitación de multas y sanciones.

Las demás que le encomiende el presente instrumento.

17.8.- Coordinador del Contrato por parte del proveedor adjudicado.

El proveedor adjudicado deberá nombrar un Coordinador del Contrato, cuya identidad deberá ser informada a la Unidad de Abastecimiento del Hospital de Linares.

En el desempeño de su cometido, el Coordinador del Contrato deberá, a lo menos:

a)      Informar oportunamente a Sra. Isabel Reyes Ortega, Jefe (S) U. Coordinación G.E.S. del Hospital de Linares,  de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.

b)      Representar al Proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

c)       Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este Contrato.

La designación del coordinador y todo cambio relativo a ésta, deberá ser informado a Unidad de Abastecimiento del Hospital de Linares, por el proveedor a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado la designación o cambio. El Hospital de Linares podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.

17.9.- Cesión de Contrato y Subcontratación

Procede la subcontratación parcial de los bienes. Al respecto, sólo pueden subcontratarse los bienes de la presente Licitación.

17.10.- Disolución del Contrato

Serán causales de disolución del Contrato, las contempladas en el artículo 77 del Reglamento de la Ley 19.886.

 

18.- DERECHO A EXIGIR CALIDAD DE LOS SERVICIOS

El Hospital de Linares podrá aplicar medidas de sanción económica en aquellos casos justificados en que la empresa no cumpla con la calidad del servicio ofrecido en su propuesta inicial.

18.1.- La Amonestación: corresponde a un registro escrito y firmado por ambas partes, que deja de manifiesto cualquier falta menor cometida por el adjudicatario, en atención a su importancia, no está afecta a sanción directa. La acumulación de dos amonestaciones en un mes calendario o cuatro en tres meses continuados o discontinuados ameritará una multa de 1 UTM.

18.2.- La Multa: deja de manifiesto una falta cometida por la empresa, de gravedad leve, moderada o mayor, en que incurra, cada vez que el adjudicatario no dé cumplimiento a cualquiera de las obligaciones contempladas en las presentes bases, especificaciones, a su oferta o en el contrato. El monto de cada multa, dependerá de la gravedad de la infracción cometida, en este sentido las multas se clasifican en:

18.2.1.- Multa Leve: será considerada LEVE aquella situación originada por una falta, que no origine riesgos graves a pacientes o funcionarios del Hospital, originados por la empresa. La multa LEVE será de 1 a 2 UTM. Sin que la enumeración taxativa, las conductas que pueden estar afectas a multa leve son:

- Por comportamiento inadecuado, indecoroso o insolente del personal del contratista hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del establecimiento. 1UTM.

- Cada vez que el contratista acumule dos amonestaciones en un mes calendario o cuatro en tres meses continuados o discontinuados. 2 UTM.

- Utilización de personal en actividades que no correspondan a su función. 2UTM.

18.2.2.- Multa Moderada: será considerada MODERADA, aquella situación originada por una falta, que afecte o ponga en riesgo la integridad física o moral, directa o indirectamente a pacientes, personas o a la Institución o que limite significativamente la atención y calidad del servicio, pero que sea factible de ser corregida. La multa MODERADA será de 3 a 5 UTM.

Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que pueden estar afectas a multa MODERADA son:

- Utilización deficiente de implementos indispensables, o falta de elementos para vigilancia: 3 UTM.

- Utilización de las instalaciones, equipos y/o plata física en objetivos que no sean los convenidos: 5 UTM.

18.2.3.- Multa Grave: será considerada GRAVE, aquella situación que ocasiones daño económico, moral o físico al Hospital de Linares, a su personal o pacientes, según corresponda, como así mismo el incumplimiento grave de las obligaciones estipuladas en el contrato, todo lo cual podrá ser causal de término de contrato. La multa GRAVE será de 6 a 10 UTM.

Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multa GRAVE son:

- Incumplimiento reiterado de falta de no asistencia a llamados. 10 UTM.

- Utilización de personal no calificado. 7 UTM.

- Hurto o malversación de parte de los funcionarios de la empresa en la institución. 10 UTM

- El Supervisor o Coordinador del Contrato llevará un registro de reclamos para los casos señalados anteriormente.

- La aplicación de multas según detalle de cuadro, facultará al Hospital para poner término anticipado al contrato.

Sanción

Cantidad de veces aplicada

Amonestación

5

Multa Leve

4

Multa Moderada

3

Multa Grave

2

19.- MULTA POR ATRASO

Por cada día hábil de atraso en la entrega, se cobrará una Multa del dos por cien (2 %) del valor neto del producto o servicio requerido, según respectiva Orden de Compra, y aplicable a las cantidades o servicios que se entreguen atrasadas, con un tope de 10 días hábiles.

El proveedor adjudicado deberá respetar lo indicado en las presentes Bases Administrativas y el plazo de entrega estipulado, esto es “El plazo de entrega de los productos requeridos será de 48 horas contados desde la aceptación de la orden de compra (2 días hábiles)”. Las órdenes de compra emitidas a través del portal, deberán ser aceptadas por el oferente dentro del plazo de 24 horas.

La fecha de entrega será la que indique el Coordinador del Contrato responsable de la recepción en la Institución beneficiaria con su nombre, firma y timbre.

20.- EXCEPCIÓN DE APLICACIÓN DE MULTA POR ATRASO CALIFICADO:

En aquellos casos en que los plazos de entrega se vean afectados exclusivamente por un hecho fortuito o por una causa mayor, que el adjudicatario se vio imposibilitado de prever o que pudiendo haberlo previsto le fue imposible evitarlo, estará obligado a notificarlo al supervisor o coordinador del contrato (señalar nombre y cargo), por escrito.

En la mencionada notificación, el adjudicatario deberá indicar además, los planes de contingencia adoptados y el nuevo plazo de entrega al que se compromete.

En todo caso, la calificación de excepción de aplicación de multa por atraso, recaerá siempre en el supervisor o coordinador del contrato.  

21.- PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS:

En casos de incumplimiento por parte del adjudicatario, de cualquiera de las obligaciones consagradas en las Bases de Licitación, especificaciones, en su oferta o en el contrato, se procederá a dictar Ordinario que contendrá el incumplimiento y la normativa infringida, y que será notificado al adjudicatario en forma personal o mediante carta certificada, con la finalidad de que en un plazo de 10 días hábiles, manifieste sus descargos en relación al incumplimiento y acompañe todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez recepcionados los descargos presentados dentro del plazo legal conferido, la Entidad tendrá un plazo de 10 días hábiles, a contar de la fecha de recepción de los mismos, para acogerlos total o parcialmente o rechazarlos y formular la aplicación de la multa, todo lo cual, se materializará mediante la dictación de Resolución fundada emanada del Director del Hospital de Linares y que será notificada personalmente o mediante carta certificada al adjudicatario.

Respecto a la mencionada Resolución fundada, el adjudicatario, una vez notificado, tendrá un plazo de 5 días hábiles, para presentar Recurso de Reposición y acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez vencido el referido plazo y habiendo presentado recurso, la Entidad tendrá un plazo de 30 días hábiles, a contar de la presentación del mismo, para acogerlo total o parcialmente o para rechazarlo y hacer efectiva la aplicación de la multa, mediante Resolución Fundada emanada del Director del Hospital de Linares y que será notificada personalmente o mediante carta certificada.  

En lo referente a las notificaciones en forma personal, estas se entenderán válidamente practicadas, cuando el respectivo comunicado o resolución, sean entregadas, por un funcionario de la entidad, al adjudicatario o al o los representantes legales de la empresa adjudicada, según sea el caso, bajo recepción de firma conforme o de estampado que dé cuenta de la negativa de realizar dicha acción.

En lo referente a las notificaciones por medio de carta certificada y dirigidas al domicilio que el adjudicatario hubiera informado en documentos del proceso licitatorio, estas se entenderán válidamente practicadas, a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.     

En lo que respecta a la Resolución fundada emanada de la autoridad máxima de la Entidad y que instruye la aplicación de multa o exonera de la misma al adjudicatario, se publicará oportunamente en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.

22.- DEL COBRO DE LAS MULTAS:

Válidamente notificada la Resolución fundada que instruye la aplicación de multas, cualesquiera sean éstas, ya sea por atraso o por infracción a la calidad del servicio, el monto podrá ser rebajado del pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas y de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se procederá a cobrar la multa directamente al adjudicatario, para lo cual, éste dispondrá de un plazo de 10 días hábiles.

El no pago de la multa en el plazo establecido, faculta a la Entidad para hacer el cobro de la Boleta de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, si es que la hubiere.

23.- ORDEN DE COMPRA:

23.1.-    Las Órdenes de Compra serán Generadas por la Unidad de Abastecimiento, del Hospital de Linares, con cargo al presupuesto definido para esta institución quien además será considerado como ente técnico para la presente licitación.

23.2.-    La Orden de Compra emitida a través del portal, deberá ser aceptada por el oferente dentro del plazo de 24 horas.

23.3.-    El adjudicatario facturará posterior a la entrega y recepción conforme de los servicios, la que debe llevar la nómina de pacientes intervenidos a quienes se les haya efectuado el cierre de caso Ges y Vº Bº de la Unidad Técnica correspondiente o quien lo subrogue.

23.4.- La factura deberá estar emitida a Nombre de Hospital de Linares, Rut: 61.606.917-9, cuya dirección es Avda. Brasil # 753 de Linares, Giro Servicios.

Sólo corresponde facturar a la persona o empresa cuyo nombre figura en la Resolución de adjudicación en caso contrario no se cursará el respectivo pago.

23.5.-    El proveedor adjudicado y que cuente con una orden de compra emitida, deberá aceptar esta en el portal www.mercadopublico.cl, la no realización de esta acción significará el rechazo de la orden de compra y postergación del pago.

24.- FORMA DE PAGO:

24.1.-    El pago lo realizará el Hospital de Linares, a través del Departamento de Finanzas (Caja), CONTRA FACTURA, a través de transferencia bancaria a cuenta bancaria informada por el adjudicatario. El Hospital de Linares deberá certificar la conformidad en la entrega. (45 días desde recepción conforme)

24.2.-    Para el proceso de pago, se define como responsable a Srta. Ana Flor Barros Soto, Jefe de Finanzas del Hospital de Linares, Correo Electrónico abarros@hospitaldelinares.cl, en cuanto a consultas y recepción de solicitudes.

25.- FACTORING

El HOSPITAL DE LINARES, aceptará que el oferente u oferentes adjudicados entreguen su facturación a empresas de factoring o aquellas que presten servicios similares, lo anterior siempre y cuando cumplan con los puntos requeridos a continuación, que tienen por objeto resguardar la correcta aplicación y pago a quien corresponda de los montos adeudados por los servicios recibidos y en los tiempos que el HOSPITAL DE LINARES se ha comprometido a pagar, se detalla a continuación este proceder:

  • La verificación de recepción conforme de las facturas que se pretende recibir en Factoring, por las empresas del rubro, se deberá realizar comunicándose, ya sea por vía telefónica o correo electrónico, con el Jefe de Finanzas, del Hospital de Linares, al fono 73-2566553 o al Correo electrónico abarros@hospitaldelinares.cl.
  • En el caso que el proveedor oferente opte por entregar sus facturas para que sean Factorizadas, deberá informar a la empresa de factoring, que ésta realice el envío de las copias de Facturas Factorizadas, debidamente legalizadas ante notario, a la oficina de partes del Hospital de Linares, Avda.  Brasil N° 753, Linares, antes de 10 días de vencido el plazo para la cancelación de dichos documentos, (30 días desde recepción conforme).
  • En caso de haber recibido copias de Documentos factorizados, el Hospital de Linares, originará el pago del o los documentos adeudados a nombre de la empresa que los haya recibido en Factoring. No teniendo deuda alguna con el proveedor, prestador de los servicios requeridos. La vía de cancelación será a no mediar otra cosa, el pago Directo en Caja.

25.1.-    Se recuerda a los proveedores que, las facturas que se presenten por la realización de Servicios o Ventas al Hospital de Linares, deberán contar en la Copia Ejecutivo Cedible, claramente con la identificación y otros datos del Receptor de la misma, siendo los documentos que cumplan con este requisito, los únicos que podrán ser sometidos a procesos de cobranza y posterior devolución, previa cancelación.

25.2.-    Todo Documento de Cobro ejecutivo cedible, de factura que haya sido pagada, deberá ser devuelto por el proveedor o empresa de factoring, en un plazo no mayor de 15 días, contados desde la fecha del pago, a la Oficina Partes del Hospital de Linares, Avda.  Brasil Nº 753, Linares.

26.- PRELACIÓN DE DOCUMENTOS:

En caso de discrepancia o discordancia entre los diferentes antecedentes de la licitación, prevalecerán unos sobre otros, conforme al orden de prioridad siguiente:

1)            Las aclaraciones y respuestas a consultas de la licitación

2)            Las bases administrativas y técnicas. (Considerándose para este efecto, complementarias y no excluyentes)

3)            Oferta del Proveedor

4)            La ley 19.886.

5)            El reglamento de la ley 19.886.

Bases Técnicas

SERVICIO DE SALUD DEL MAULE

HOSPITAL DE LINARES

SUB DIRECCIÓN DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

UNIDAD DE ABASTECIMIENTO

BASES TÉCNICAS

 “INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE CATARATAS AÑO 2019”

ID 5184-166-LQ19

Especificación: INTERVENCION QUIRÚRGICA DE CATARATAS AÑO 2019

ID Licitación: 5184-166-LQ19

Mandante: Hospital de Linares.

Duración del contrato: 400 Intervenciones quirúrgicas.

Unidad Técnica: Oftalmología

Unidad Administrativa: Coordinación GES

Tipo de Adquisición: Licitación Pública, igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM.

Tipo de Convocatorio: Abierta

Tipo Adjudicación: Adjudicación Simple, sin emisión automática de Orden de Compra.

Moneda: en Pesos Chilenos.

Etapa del Proceso: En una Etapa.

 

I.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1.1.- Las especificaciones técnicas para cumplir con el requerimiento de cada producto, son las siguientes:

-          Anexo III Oferta Económica.

-          Anexo IV Certificación Especialidad Equipo Quirúrgico.

-          Anexo V Experiencia Equipo Médico.

-          Anexo VI Experiencia Equipo NO Médico.

-          Anexo VII Centro de derivación

Los documentos obligatorios que se deben presentar para Intervención Quirúrgicas de Cataratas año 2019 y que deben estar vigentes, son los siguientes:

-          Resolución Autorización Sanitaria de Funcionamiento, otorgado por Seremi de Salud.

-          Resolución Autorización de Botiquín, otorgado por Seremi de Salud.

***Serán obligatorios los documentos antes señalados, para poder participar del proceso licitatorio. En el caso de no presentarlos su oferta será declarada inadmisible.

Las personas Jurídicas deberán cumplir con los siguientes requisitos:

-          Adjuntar Copia de escritura de Constitución de la Sociedad vigente.

-          Deberán Indicar Participación de los socios

-          Certificado de Iniciación de Actividades de SII.

  1. GENERALIDADES

Dentro de las patologías que actualmente están cubiertas por el Régimen de Garantías Explícitas en Salud (GES), se encuentra el Tratamiento Quirúrgico de Cataratas, patología oftalmológica que se caracteriza por ser la principal causa de ceguera reversible en el mundo. FONASA como asegurador público tiene el compromiso legal de asegurar el acceso a las prestaciones de salud garantizadas en condiciones de oportunidad y protección financiera, como se narra en el decreto correspondiente.

En atención a la alta demanda de resolución de este problema de salud GES y dado que Hospital de Linares no cuenta con la suficiente disponibilidad de horas médicas para resolución quirúrgica que permitan satisfacer los altos requerimientos de la población beneficiaria, se hace imperativo el requerimiento de contratación de recurso médico adicional para asegurar el cumplimiento de las garantías legales y evitar así el aumento de la Lista de Espera GES.

Para efectos de decisiones clínicas y estándares de calidad de la especialidad, se considerarán las guías clínicas publicadas por MINSAL 2010, para criterio de inclusión de pacientes se considerará Decreto Exento Nº 1 de 2010 del Ministerio de Salud.





  1. OBJETIVO

Las presentes Bases Técnicas de licitación tienen por objeto garantizar las prestaciones de salud a los beneficiarios del Libro II del DFL Nº 1 de 2005, del Ministerio de Salud, en problemas de salud de GES en el área oftalmológica para la resolución quirúrgica de cataratas, con el fin de resguardar el cumplimiento de las garantías de acceso y oportunidad, con que deben ser cubiertas dichas prestaciones.

Así mismo tienen por objeto brindar a la población una atención especializada oportuna, que permita responder a las demandas del sistema de garantías, reducir los tiempos de espera y así mantener y elevar los niveles de salud de la población.

  1. RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE

Será responsabilidad del Adjudicatario realizar las intervenciones quirúrgicas en condiciones óptimas y seguras, esto según los plazos y las condiciones especificadas en las presentes bases.

El Adjudicatario estará obligado a proporcionar las facilidades, informes y datos que le sean requeridos para el ejercicio de estas fiscalizaciones, las que podrán hacerse efectivas mediante revisión de inventarios, exámenes, visitas inspectivas, y demás medios previstos por las normas y procedimientos de auditoría generalmente aceptados.

  1. CONTRAPARTE TÉCNICA Y SUPERVISIÓN TÉCNICO-ADMINISTRATIVA

Para todos los efectos operativos de Fiscalización y Control Administrativo se faculta al Jefe Coordinación GES como Administrador de Contrato, quien será el encargado de llevar, a nombre del establecimiento, la relación operativa cotidiana con el Adjudicatario y será al mismo tiempo el responsable de emitir los informes mensuales de conformidad, que serán base para la revisión y cancelación de los estados de pago emitidos, además será el encargado de entregar requerimiento de cirugías a la empresa adjudicada (garantías vigentes, exceptuadas y retrasadas si las hubiese)y registrar prestaciones realizadas en la plataforma SIGGES.

Para efectos de la presente Licitación Pública, se entenderá actuando como Fiscalizador y Control Técnico la Unidad de Oftalmología del Hospital de Linares, a través, de su Tecnóloga Médico Constanza Villanueva Sáez o quien le subrogue dicho cargo, quien podrá efectuar a nombre del establecimiento inspecciones técnicas o solicitar informes de operatividad, para resguardar que se dé cumplimiento a las presentes bases técnicas.

  1. MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

                Para fiscalizar el correcto cumplimiento del contrato, el Adjudicatario deberá proporcionar al Administrador del Contrato, toda la información que este requiera, estando éste expresamente facultado para efectuar visitas inspectivas, revisar procedimientos y recabar todo antecedente que estime pertinente, debiendo dársele todas las facilidades del caso.

  1. DEL PROCEDIMIENTO

Los pacientes a intervenir quirúrgicamente por el Adjudicatario serán seleccionados por el Administrador del Contrato de las Nóminas de Garantías Vigentes, exceptuados y retrasadas, emitidas por el SIGGES y por estricto orden de vencimiento de las Garantías GES de intervención quirúrgica.

La Unidad de Admisión será responsable de citar a los pacientes que serán intervenidos en base a la nómina enviada por el Administrador del Contrato debiendo acreditar al menos 3 citaciones formales en casos de inasistencias.

Semanalmente la Unidad de Coordinación GES enviará al Adjudicatario, con copia a la Unidad de Admisión y a la monitora de esta patología GES, en planilla Excel vía correo electrónico, todos los pacientes a resolver con los siguientes datos: RUT, Nombre, Problema de Salud, Fecha Inicio, Fecha Límite y Nombre de la Garantía. El Adjudicatario deberá registrar en dicha planilla la fecha de cirugía de primer y segundo ojo, según corresponda, y remitir semanalmente el 1er día hábil de cada semana al correo electrónico del Administrador del Convenio.

Las Intervenciones Quirúrgicas deberán ser registradas en formulario de Protocolo Operatorio, remitiendo diariamente a la Oficina de Registros GES, a la Administradora del contrato, a Coordinadora de Unidad de Oftalmología y a la Jefa de Unidad GRD, un informe vía correo electrónico de las intervenciones efectuadas. El registro en SIGGES de las cirugías realizadas será de exclusiva responsabilidad de la Unidad de Coordinación GES a través de su Oficina de Registros del Hospital de Linares.

Todos los casos tendrán que estar resueltos dentro los plazos legales de garantía, salvo situaciones excepcionales que deberán ser registradas en documento denominado Excepción de Garantía de Oportunidad, solo por causas establecidas por la Superintendencia de Salud, por ejemplo: tres inasistencias no justificadas, debidamente acreditadas.

En caso de complicaciones médicas derivadas o relacionadas con la cirugía practicada por el Adjudicatario, el paciente será hospitalizado según complejidad del problema clínico, con cargo al Adjudicatario. Será el Administrador del Contrato quien informe vía correo electrónico al Subdirector de Gestión Clínica.

Cualquier dificultad de tipo administrativo que se presentare, será resuelta por el Administrador del Contrato. Si se trata de un problema relacionado con la salud de algún paciente, derivado del procedimiento quirúrgico, será el Adjudicatario el encargado de canalizar la atención; la cual será evaluado por oftalmólogo de la empresa, quien determinará si la emergencia es atribuible a la cirugía y será responsable de notificar, con copia a la Subdirección de Gestión Clínica y al Administrador del contrato. El tiempo de reacción por parte del oferente, ante dicha emergencia no debe ser superior a 4 horas, desde la notificación. El Cirujano a cargo deberá dar resolución a la emergencia o en su defecto indicar los Centros de Derivación al cual será trasladado el paciente en atención a su gravedad, cuyo costo de traslado será responsabilidad del Adjudicatario.

El adjudicatario deberá entregar al paciente, teléfono de contacto para notificar alguna emergencia, producto de la intervención quirúrgica de cataratas.

El Adjudicatario asumirá todas las responsabilidades legales que emanen del aspecto técnico del procedimiento quirúrgico y se atendrá a lo que la Ley sanciona para estos casos.

El adjudicatario será jurídicamente responsable del manejo y protección del paciente desde la intervención quirúrgica y hasta su alta definitiva (consignada en cierre de caso GES). Por consiguiente, las partes dejan expresamente establecido que el Hospital de Linares no estará obligado, en virtud del Convenio respectivo, al pago de indemnizaciones que resulten de las demandas interpuestas en contra del EQUIPO MÉDICO, por los servicios, materia del mencionado Convenio.      

Asimismo, cualquier acto que se pueda caracterizar como evento adverso en el proceso quirúrgico, aun cuando no se configure negligencia médica, será de exclusiva responsabilidad jurídica y administrativa del Adjudicatario así como su mayor costo también. Entendiéndose por evento adverso: “Lesión o complicación no intencional que tiene por resultado la discapacidad del paciente al momento del alta, muerte o aumento de días de hospitalización provocada por el manejo en la atención de salud más que por enfermedades subyacentes

En las cirugías de cataratas, el proveedor adjudicado se responsabiliza por las acciones u omisiones tanto de sus servicios como de sus dependientes, respondiendo de las resultas de los juicios que por estos motivos se hayan originado sea que la demanda se funde en las normas de la responsabilidad civil extracontractual contenidos en el Título XXV del Libro Cuarto del Código Civil,  o sobre falta de servicios a que se refieren las normas contenidas en el Art. 4º de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado

  1. ESPECIFICACIONES TECNICAS

Las presentes Bases establecen las disposiciones que regirán la licitación “Contratación de Intervenciones Quirúrgicas de Cataratas”, para contratar 400 cirugías de Cataratas que el Hospital de Linares deberá adquirir mediante la presente licitación, a pacientes beneficiarios legales del Fondo Nacional de Salud FONASA, que pertenecen a su jurisdicción.

Las intervenciones quirúrgicas deberán ser realizadas en Establecimiento del Adjudicatario, resguardando el cumplimiento de la Normativa Ministerial de Prevención de Endoftalmitis.

El oferente debe asegurar que todos los profesionales que se presentan en su oferta, del presente llamado a la licitación, participen posteriormente en la ejecución de las actividades y asegurar además la continuidad en la atención del paciente por lo que, el profesional que efectúa los controles evaluación pre y postoperatoria, debe ser parte del equipo que participó en la intervención quirúrgica, es por esto que en Anexo IV de las presentes bases, se deberá especificar el rol que ejecutará cada profesional que forma parte del equipo.

El profesional que actúa como cirujano o el jefe del equipo médico, que deberá ser consignado también en Anexo IV, será responsable de verificar, que todos los documentos que se detallan se encuentren firmados y timbrados, al momento de realizar la intervención quirúrgica: Consentimiento informado, evaluación pre anestésica, protocolo operatorio, epicrisis médica.  

El Hospital de Linares se hace responsable de la confirmación diagnóstica de los pacientes con sospecha de catarata, según lo estipulado en la Guía Clínica para Tratamiento Quirúrgico de Cataratas Congénitas y Adquiridas del MINSAL, la cual formará parte de estas bases. Los pacientes que sean confirmados como portadores de Patología GES de Catarata y que se le programe resolución quirúrgica serán derivados al adjudicatario con exámenes preoperatorios.

El adjudicatario deberá dar cumplimiento a la normativa de prevención de brote de Endoftalmitis infecciosa post cirugía de cataratas, según Circular CN ° 10 del 19 de Agosto de 2015, deberá además dar cumplimiento a los protocolos de Calidad del Establecimiento

  1. DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR; LA OFERTA ECONÓMICA DEBE CONSIDERAR:

8.1.- Consulta médica preoperatoria oftalmológica, la cual deberá contemplar la elección del lente intraocular a implantar y consignar alguna enfermedad crónica u otra que pueda generar algún inconveniente quirúrgico, a mediano o largo plazo. El adjudicatario podrá rechazar la realización de alguna intervención quirúrgica en pacientes que pueda presentar complicaciones severas, para lo cual realizará cierre de caso o excepción de garantías, según la indicación del oftalmólogo, según guías clínicas.

8.2.- Consulta médica preoperatoria anestésica: El paciente deberá ser evaluado por médico anestesista del equipo quirúrgico al menos 96 horas previas a la intervención, quien deberá completar Formulario Evaluación Pre anestésica y otorgar indicaciones preoperatorias al paciente.

8.3.- Realización de ecobiometría por el adjudicatario.

8.4.- El adjudicatario será el responsable del traslado y estadía cuando corresponda, de los pacientes a su centro quirúrgicos, este debe ser en vehículos aptos para el traslado de paciente y su acompañante, la programación de los buses será de parte del adjudicatario, según los listados entregados por la coordinadora GES, al igual que la cantidad de paciente que se trasladaran según disponibilidad de pabellón en su entidad. El adjudicatario será el encargado de disponer de personal idóneo para tal efecto.

8.5.- Intervención quirúrgica integral de cataratas, que al menos deberá considerar:

8.5.1.- Lente intraocular (LIO): El LIO deberá ser provisto por Adjudicatario. Será el cirujano, quien determine las medidas del LIO a implantar, debiendo mantener la calidad del LIO que se describe en Guía Clínica de Tratamiento Quirúrgico de cataratas.

      8.5.2.- Modalidad ambulatoria.

      8.5.3.-Facoéresis con técnica de facoemulsificación, extracapsular en los casos que se justifica y excepcionalmente intracapsular, según indicación de oftalmólogo tratante.

      8.5.4.- Implante de lente intraocular.

      8.5.5.- Profilaxis preoperatoria según normativa vigente de atenciones asociadas a la atención de salud.

                En caso que el adjudicatario requiera extraordinariamente, locaciones del Hospital de Linares, para realizar alguna de las consultas antes mencionadas, deberá coordinarse para tales efectos, con el Subdirector de Gestión Clínica del Hospital o quien lo subrogue.

                                                                                           

8.6.- El recurso humano requerido para el servicio a contratar incluye:

8.6.1.- Médico oftalmólogo:   Primer y Segundo Cirujano, con experiencia en cirugía de cataratas. En su oferta técnica, el oferente debe presentar el equipo de profesionales y sus eventuales reemplazos, que participarán en el desarrollo del servicio requerido. Cada uno de ellos, deberá acreditar su condición de especialistas, ya sea por parte de una Universidad reconocida por el Estado o la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas y deberá estar acreditado por la Superintendencia de Salud. Se deberá acreditar que el primer cirujano registre realización de al menos 300 cirugías de catarata al año.

El oferente deberá presentar en la licitación el nombre y antecedentes del Médico Jefe del Equipo de profesionales que realizarán las prestaciones, el cual debe tener experiencia en las intervenciones quirúrgicas licitadas y debe participar en las actividades del equipo en forma permanente.

8.6.2.- Médico anestesiólogo: Profesional capacitado para cirugía de cataratas, el cual debe acreditar su condición de especialista, ya sea por parte de una Universidad reconocida por el Estado o la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas, acreditado por la Superintendencia de Salud.

8.6.3.- Arsenalera: Capacitado para cirugía de cataratas, deberá presentar copia simple de “Título de Arsenalera”, acreditada por la Superintendencia de Salud.

8.6.4.- Técnico Paramédico: Capacitado en rol de pabellonero, deberá presentar copia simple de “Título de Técnico en Enfermería de Nivel Superior”, acreditada por la Superintendencia de Salud.

8.6.5.- Técnico Paramédico: Auxiliar de anestesia, deberá presentar copia simple de “Título de Técnico en Enfermería de Nivel Superior”, acreditada por la Superintendencia de Salud.

8.6.6.- Profesional no Médico: Encargado (a) de la coordinación administrativa del programa por parte del Adjudicatario, deberá presentar copia simple de título profesional.

8.7.- Control Post Operatorio:

      8.7.1.- Realizar controles según normativa GES (a lo menos tres antes del alta), control dentro de las 24 horas siguientes de la intervención quirúrgica, a los 10 días siguientes y a la sexta semana. Donde el control de las 24 horas no es diferible a un plazo mayor y los cuales deberán llevarse a cabo por al menos uno de los profesionales que fue parte del equipo quirúrgico (primer y/o segundo cirujano).

      8.7.2.- Tratamiento y control de complicaciones propias del acto quirúrgico, las cuales deben ser consideradas consultas postoperatorias, hasta que el paciente este clínicamente en condiciones de ser dado de alta.

      8.7.3.- Consulta oftalmológica integral para el control del alta del paciente, la cual debe ser efectuada por oftalmólogo y deberá incluir: Agudeza visual (con y sin corrección), tonometría, fondo de ojo (con Biomicroscopio, directo o indirecto) y completar el formulario de cierre de caso por término de tratamiento GES, este último deberá ser referido a Oficina de Coordinación GES en un plazo no superior a 24 horas.

      Será responsabilidad del adjudicatario la indicación y la entrega de los lentes ópticos que requiera el paciente. (Para lo cual el adjudicatario tiene que tener convenio con ópticas para la entrega)

      Se debe considerar como plazo para el alta, los descritos a continuación:

                - El alta es a la sexta semana con lente óptico, en cirugía con facoemulsificación.

                - El alta es a la décima semana con lente óptico, en cirugía tipo Extra capsular.

     

      8.7.4.- Consulta postoperatoria no programada: Frente a la eventual complicación presentada por un paciente operado (dolor ocular, ojo rojo, disminución o pérdida de agudeza visual y/o traumatismo, elevación de la presión intraocular, desplazamiento subluxación o dislocación del lente intraocular, edema de la retina o córnea, endoftalmitis, uveítis, alergia a medicamentos y las complicaciones atribuibles a la cirugía realizada), el paciente en horario hábil será atendido en urgencia y direccionando a la oficina GES, para realizar las gestiones pertinentes con el adjudicatario para su evaluación  por el médico Oftalmólogo, se debe asegurar la asistencia a consulta postoperatoria no programada en un tiempo de reacción no mayor a 4 horas, posterior a la notificación por parte del referente técnico al Hospital de Linares. En caso de ser en horario no hábil será el encargado de urgencia quien deberá hacer el contacto vía telefónica con el coordinador GES quien se comunicará con el adjudicatario, vía telefónica, para que ellos coordinen la evaluación de este paciente.

      8.7.5.- Atención diaria de los pacientes que se encuentren hospitalizados por motivos de la intervención en días festivos, sábados y domingos. Para ello, el proveedor deberá informar el nombre del profesional médico responsable de esta atención y proporcionar número telefónico de contacto.

      8.7.6.- Centro de derivación: Frente a la eventual derivación a un centro de mayor complejidad, para el manejo de alguna complicación postoperatoria, será responsabilidad y cargo económico del oferente la coordinación del traslado del paciente a la entidad informada en Anexo VII.

      8.7.7.- El adjudicatario tendrá la responsabilidad de asistir al paciente durante año posterior a la realización de la cirugía, por cualquier alteración que presente el paciente debido al tratamiento realizado.

    

9      EL HOSPITAL DE LINARES SE OBLIGA A:

9.1.- Proporcionar nómina de los pacientes con diagnóstico de cataratas para ser intervenidos quirúrgicamente.

9.2.- Efectuar exámenes preoperatorios de laboratorio (Hemograma, uremia, orina completa, pruebas de coagulación, tiempo de protrombina), electrocardiograma los cuales serán adjuntados de modo tal que el adjudicatario tenga acceso a ellos al momento de efectuar la consulta de evaluación anestésica, estos exámenes tienen validez clínica de 6 meses.

       

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.