Licitación ID: 5184-6-LE21
CONCESIÓN CASINO HOSPITAL DE LINARES
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD DEL MAULE HOSPITAL DE LINARES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 15
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Concesionarios de casino de comida 24 Mes
Cod: 90101604
CONCESIÓN CASINO HOSPITAL DE LINARES, SEGÚN BASES DE LICITACIÓN.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONCESIÓN CASINO HOSPITAL DE LINARES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONCESIÓN CASINO HOSPITAL DE LINARES
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CONTRATOS-SUMINISTRO
R.U.T.:
61.606.917-9
Dirección:
Brasil Nº 753
Comuna:
Linares
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-02-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 27-01-2021 18:11:00
Fecha inicio de preguntas: 27-01-2021 18:30:00
Fecha final de preguntas: 01-02-2021 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-02-2021 18:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-02-2021 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-02-2021 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 19-02-2021 16:26:03
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO 29-01-2021 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE.
2.- ANEXO 2 DECLARACIÓN JURADA.
3.- ANEXO 3 FICHA TÉCNICA.
4.- ANEXO 4 OFERTA ECONÓMICA.
5.- ANEXO 5 EXPERIENCIA DEL OFERENTE.
6.- BASES ADMINISTRATIVAS
Documentos Técnicos
1.- BASES TÉCNICAS
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONÓMICA (CANON DE ARRIENDO) En este anexo el proveedor deberá informar cuánto es el valor de arriendo que está dispuesto a pagar por concepto de las instalaciones del casino del Hospital de Linares, valor que pagará en pesos chilenos de forma mensual como se explica en punto 22 de las Bases Administrativas. El mínimo valor a ofertar es de $250.000.- Este valor es reajustable anualmente según IPC durante la vigencia del convenio. Este valor incluye el valor del arriendo más el gasto mensual por concepto de consumo de agua, siendo el gasto mensual de luz de cargo del adjudicatario, quien deberá coordinar los pagos con el Comité para el control y evaluación del casino concesionado del Hospital de Linares. *El oferente que postule con menor valor al mínimo mencionado quedara fuera de bases y su oferta se considerara inadmisible. La determinación del puntaje para este criterio se obtendrá sobre el valor ofertado mensual, especificados en el Anexo Nº 4 denominado “Oferta Económica”. Se evaluará en base a la sigu 40%
2 OFERTA TÉCNICA Se evaluará el cumplimiento de los antecedentes presentados e individualizados en el Punto 3 de las Bases Administrativas conjuntamente con la ficha técnica presentada en Anexo N°3. Dichos antecedentes los evaluará la comisión designada para tal efecto y otorgará un puntaje en base al siguiente cuadro: EVALUACION VISITA A TERRENO PUNTOS Los documentos presentados cumplen a cabalidad con los requerimientos expresados tanto en el punto 3 de las Bases Administrativas y Anexo N°3 “Ficha Técnica, según informe de evaluación técnica. ASISTE A VISITA A TERRENO 100 Los documentos presentados cumplen a cabalidad con los requerimientos expresados tanto en el punto 3 de las Bases Administrativas y Anexo N°3 “Ficha Técnica, según informe de evaluación técnica. NO ASISTE A VISITA A TERRENO 75 Los documentos presentados cumplen medianamente con los requerimientos expresados tanto en el punto 3 de las Bases Administrativas y Anexo N°3 “Ficha Técnica, según informe de evaluación técnica. ASISTE A VI 40%
3 EXPERIENCIA DEL OFERENTE La evaluación será realizada según el cumplimiento de los antecedentes técnicos presentados en Anexo N°5 “Experiencia del Oferente”, se evaluará en base al siguiente cuadro: Cumplimiento de Requisitos Puntos El oferente tiene experiencia en sector público y/o privado y presenta referencias acreditadas y comprobables, y cumple altamente lo deseable por la Institución. 100 El oferente cumple medianamente con lo solicitado, tiene experiencia, pero no consigue acreditar sus referencias. 50 El oferente no cumple con lo solicitado, y no tiene experiencia comprobable. 0 (Se usará la fórmula: Puntaje obtenido x 10%) 10%
4 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS Para la determinación del puntaje, en este criterio se considerará toda la información proporcionada por el Oferente de acuerdo a lo exigido en Anexos N°1, 2, 3, 4 y 5, demás documentos solicitados en el Punto N° 3 de las Bases Administrativas y la Visita a Terreno. Toda vez que el Proveedor presente los antecedentes anteriormente mencionados, será evaluado de la siguiente forma: Cumplimiento de Requisitos Puntos Presenta TODOS los antecedentes solicitados. 100 NO presenta la totalidad de los antecedentes solicitados. 0 (Se usará la fórmula: Puntaje obtenido x 10%) 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DE LINARES
Monto Total Estimado: 6000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones POR LA NATURALEZA DE LA PRESENTE LICITACIÓN NO SE REQUERIRÁ LA EMISIÓN DE ÓRDENES DE COMPRA.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: ANA FLOR BARROS SOTO
e-mail de responsable de pago: ABARROS@HOSPITALDELINARES.CL
Nombre de responsable de contrato: PATRICIO ANDRES MUÑOZ MIRANDA
e-mail de responsable de contrato: PMUNOZM@HOSPITALDELINARES.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-73-2566517-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DE LINARES
Fecha de vencimiento: 27-03-2023
Monto: 300000 Peso Chileno
Descripción: El (los) adjudicatario(s) deberá(n) presentar dentro de los 10 días siguientes a la publicación de Resolución de Adjudicación, Garantía el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato de la entrega de bienes solicitados, extendida a nombre del HOSPITAL DE LINARES, Rut: 61.606.917-9, debiendo incluir dicho documento la siguiente glosa “PARA GARANTIZAR FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO A ID 5184-6-LE21 CONCESIÓN CASINO HOSPITAL DE LINARES”, por el monto de $300.000.- con una fecha de vencimiento de 60 días hábiles (lunes a viernes) después de terminado el contrato. La garantía deberá tener el carácter de irrevocable y ser pagadera a la vista. La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y demás antecedentes solicitados, deberán ser entregados en la oficina de partes del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº 753 Linares, en horario de oficina, esto es de lunes a jueves de 08:30 a 17:00 horas y viernes de 08:30 a 16:00 horas. En los casos de Disolución del Contrato, descritos en el Número 17 de las bases, se hará efectivo el cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento Contrato, en la Forma prevista en el artículo Nº 72 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
Glosa: “PARA GARANTIZAR FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO A ID 5184-6-LE21 CONCESIÓN CASINO HOSPITAL DE LINARES”
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato, se hará efectiva dentro de los diez primeros días hábiles posteriores al vencimiento de la garantía vía correo certificado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
BASES ADMINISTRATIVAS

BASES ADMINISTRATIVAS

“CONCESIÓN CASINO HOSPITAL DE LINARES”

ID 5184-6-LE21

Especificación: Concesión Casino Hospital de Linares

ID Licitación: 5184-6-LE21.

Mandante: Hospital de Linares.

Duración del contrato: 24 meses.

Unidad Técnica: Comité para el control y evaluación de casino concesionado del Hospital de Linares

Tipo de Adquisición: Licitación Pública, Mayor a 100 UTM y Menor a 1000 UTM.

Tipo de Convocatorio: Abierta.

Tipo Adjudicación: Simple, sin emisión automática de Orden de Compra.

Moneda: En Pesos Chilenos.

Etapa del Proceso: En una Etapa.

I.- ESPECIFICACIONES ADMINISTRATIVAS

1.- GENERALIDADES:

La entidad mandante es el Hospital de Linares, con domicilio en Av. Brasil Nº 753, de Linares, requiere la contratación de “Concesión Casino Hospital de Linares”. Se llama a licitación para renovar la contratación de servicios de casino para el Hospital de Linares.

Que revisado el catalogo del portal www.mercadopublico.cl, se constata, que los servicios requeridos no se encuentran disponible a través del sistema de Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

Las presentes Bases Administrativas establecen y rigen las condiciones para establecer un convenio de suministro el cual provea de “Concesión Casino Hospital de Linares”. La Licitación contempla la compra de servicios por un periodo de 24 meses.

El proceso de la presente Licitación Pública se regirá íntegramente por lo dispuesto en la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, además por sus Especificaciones Técnicas y Bases Administrativas debidamente aprobadas.

Los oferentes, por el sólo hecho de presentar sus propuestas a esta Licitación se entenderán en cabal conocimiento de todos y cada uno de los instrumentos que integran las bases, eventuales respuestas a las consultas formuladas por los proveedores y aclaraciones, si las hubiere.

La presente llamada a licitación será publicada en el Sistema de Información de la Dirección de Compras Públicas, esto es www.mercadopublico.cl, se efectuará a través del mismo el proceso completo de postulación y selección de ofertas, adjudicación y contratación se encontrará disponible gratuitamente en dicho sitio electrónico a fin de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso.

Podrán presentar ofertas en esta licitación aquellas personas naturales y/o jurídicas que acrediten su situación financiera e idoneidad técnicas conforme lo establece la Ley Nº 19.886 y su reglamento, cumpliendo con los requisitos exigidos en las presentes Bases de Licitación.

El oferente adjudicado en esta licitación deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores del portal www.mercadopublico.cl, o en su defecto, proceder a su inscripción en el plazo máximo de 5 días, en conformidad con lo dispuesto en el inciso 4 del artículo 16 de la Ley Nº 19.886. Los oferentes que hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de dos años previos, quedarán excluidos de la presente licitación.

1.1.-   Mandante:

NOMBRE                                Hospital de Linares.

DOMICILIO                             Av. Brasil # 753, Linares.

1.2.-   Unidad Técnica

DEPARTAMENTO                    Comité para el control y evaluación de casino concesionado del Hospital de

                                               Linares, conformado por:

                                               -Sr. José Mauricio Oyarce Urrea, Subdirector de las Personas.

                                               -Sra. Marta Lagos Reyes, Nutricionista Jefe Unidad Central de Producción.

                                               -Srta. Ana Barros Soto. Jefe Unidad de Finanzas.

                                               -Sr. Juan José Gutiérrez Gutiérrez, Jefe Unidad de Mantenimiento.

DOMICILIO                             Av. Brasil # 753, Linares.

2.- ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACION:

Se deja establecido el siguiente calendario de actividades a efectuar durante el periodo de licitación en cuanto a fechas, plazos y horario. Esta información sólo podrá ser modificada por la Unidad Técnica mediante comunicación por escrito (aclaraciones) a todos los proponentes.

Etapa del Proceso

Fecha

Hora

Publicación

27/01/2021

18:30

Inicio de Preguntas

27/01/2021

18:30

Visita a Terreno

29/01/2021

11:00

Final de Preguntas

01/02/2021

18:00

Publicación de Respuestas

04/02/2021

18:00

Cierre Recepción de Ofertas

08/02/2021

15:00

Acto Apertura Electrónica

08/02/2021

15:00

Adjudicación

15/02/2021

18:00

Se contempla una visita a terreno a los Oferentes, la que tiene la finalidad de mostrar las dependencias en las cuales el proveedor adjudicado prestará sus servicios. La visita se programa para el día viernes 29 de enero de 2021 a las 11:00 horas, los interesados deberán presentarse con Don José Mauricio Oyarce Urrea, Subdirector de las Personas del Hospital de Linares o quien lo subrogue, su oficina se encuentra ubicada en segundo piso del Hospital de Linares, por entrada principal, dirección Avda. Brasil Nº 753, Linares. Se otorgará un tiempo máximo de espera de 10 minutos posterior a la hora de visita, a él o los oferentes que lleguen atrasados o no se presenten no podrán obtener puntaje máximo en evaluación de Oferta Técnica y Cumplimiento de Requisitos.

Déjese establecido que el valor del Menú “Beneficio de Alimentación para Funcionarios” no podrá sobrepasar los CL$2.400.- valor entregado por la Dirección del Servicio de Salud del Maule a través de ORD. N°38 de fecha 06 de enero 2021, monto que se reajusta de forma anual según variación del IPC.

3.- LA PRESENTACION DE ANTECEDENTES DEL OFERENTE:

     Los interesados deberán presentar su propuesta en forma electrónica en el portal www.mercadopublico.cl, hasta la fecha y hora de cierre publicado en el portal.

Se entenderá por documentos a presentar los siguientes:

Anexo Nº1: Identificación del oferente.

Anexo N°2: Declaración Jurada.

Anexo Nº3: Ficha Técnica.

  • En la ficha el oferente debe presentar una oferta técnica propia, acorde a los lineamientos ofrecidos en las Bases Técnicas de la presente licitación, el documento Ficha Técnica de cada oferente estará sujeto a evaluación como indica el punto 5.b).

Anexo N°4: Oferta Económica:

  • Se refiere al canon de arriendo que está dispuesto a pagar el oferente por concepto de arriendo de las instalaciones. Como detalla el punto 5.a).

Anexo Nº5: Experiencia del Oferente.

  • Se refiere al currículum de la empresa o persona natural, donde además debe indicar:

- Años de experiencia en instituciones públicas o privadas, más referencias comprobables en la prestación de servicios semejantes a los de la presente licitación.

- La cantidad de contratos firmados y efectivamente trabajados.

- La cantidad de raciones promedio mensual vendidas por contrato.

(Servicios realizados en los últimos 5 años, con referencias comprobables, acreditado mediante certificados, contratos, facturas, órdenes de compra u otro medio. Adjuntar documentos de referencias a éste anexo).

* Otros documentos a presentar:

            Las personas Naturales deberán adjuntar los siguientes documentos.

  • Certificado de antecedentes emitido por el Registro Civil.
  • Protocolo de Higiene y seguridad, se refiere a normativa interna sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (Ley N°16.744)

            Las personas Jurídicas además deberán adjuntar los siguientes documentos:

  • Copia del Rol Único Tributario. 
  • Certificado de Vigencia de la Sociedad.
  • Certificado de antecedentes comerciales.
  • Certificado de quiebras.
  • Protocolo de Higiene y seguridad, se refiere a normativa interna sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (Ley N°16.744)

** Es requisito obligatorio para el adjudicatario, en un plazo máximo de 45 días corridos desde la fecha de adjudicación, lo siguiente:

-       Presentar Programa de Aseo y Control de Plagas que contenga: Aseo Industrial, Desratización, Desinsectación y Sanitización. Exigencia establecida en Bases Técnicas punto 8.a)

-       Aceptar como medio de pago vales de alimentación y tarjetas de alimentación Sodexo o aquella con que el Hospital de Linares tenga convenio.

-       Presentar su correspondiente “Certificación de Registro Sanitario” u/o “Autorización sanitaria para locales de alimentos”, emitida como “Resolución Sanitaria” por la Seremi de Salud, si no presenta su documentación deberá exponer las razones por escrito al director del Hospital de Linares Sr. Nolasco Pérez Pérez, argumentando con la respuesta de la autoridad sanitaria competente.

En caso de no hacer efectivo estos requisitos obligatorios, en el plazo correspondiente, la presente concesión se anulará dando lugar a una readjudicación o una nueva licitación, según corresponda.

4.- ACLARACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN DE ANTECEDENTES:

     En conformidad con el artículo 40 inciso 1º de las bases del Decreto Nº 250 que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886 el Hospital de Linares podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de información. Las ofertas deberán ajustarse a los requerimientos y condiciones establecidos en las presentes Bases.

5.-PRESENTACION DE LAS OFERTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

     El valor a cobrar deberá ser ingresado en el portal y deberá ser ajustado a las especificaciones técnicas y a las presentas bases administrativas.

Junto a lo anterior, el oferente deberá incluir cualquier archivo adjunto que acredite los criterios de evaluación, los cuales serán evaluados, ponderados en su importancia en los porcentajes que se indican:

a) Oferta Económica (Canon de arriendo 40%):

En este anexo el proveedor deberá informar cuánto es el valor de arriendo que está dispuesto a pagar por concepto de las instalaciones del casino del Hospital de Linares, valor que pagará en pesos chilenos de forma mensual como se explica en punto 22 de las Bases Administrativas.

El mínimo valor a ofertar es de $250.000.-

Este valor es reajustable anualmente según IPC durante la vigencia del convenio.

Este valor incluye el valor del arriendo más el gasto mensual por concepto de consumo de agua, siendo el gasto mensual de luz de cargo del adjudicatario, quien deberá coordinar los pagos con el Comité para el control y evaluación del casino concesionado del Hospital de Linares.

*El oferente que postule con menor valor al mínimo mencionado quedara fuera de bases y su oferta se considerara inadmisible.

     La determinación del puntaje para este criterio se obtendrá sobre el valor ofertado mensual, especificados en el Anexo Nº 4 denominado “Oferta Económica”.  Se evaluará en base a la siguiente fórmula.

Puntaje Oferta =   Precio de Oferta Evaluada x 100 x 0.4)

                                     Precio Máximo Ofertado 

Donde:

Precio Máximo Ofertado; corresponde a la oferta económica de mayor valor entre todas las ofertas recibidas.

Precio de Oferta Evaluada; corresponde al precio de la oferta que está siendo evaluada.


b) Oferta Técnica (40%):

Se evaluará el cumplimiento de los antecedentes presentados e individualizados en el Punto 3 de las Bases Administrativas conjuntamente con la ficha técnica presentada en Anexo N°3. Dichos antecedentes los evaluará la comisión designada para tal efecto y otorgará un puntaje en base al siguiente cuadro:

 

EVALUACION

VISITA A TERRENO

PUNTOS

Los documentos presentados cumplen a cabalidad con los requerimientos expresados tanto en el punto 3 de las Bases Administrativas y Anexo N°3 “Ficha Técnica, según informe de evaluación técnica.

ASISTE A

VISITA A TERRENO

100

Los documentos presentados cumplen a cabalidad con los requerimientos expresados tanto en el punto 3 de las Bases Administrativas y Anexo N°3 “Ficha Técnica, según informe de evaluación técnica.

NO ASISTE A

VISITA A TERRENO

75

Los documentos presentados cumplen medianamente con los requerimientos expresados tanto en el punto 3 de las Bases Administrativas y Anexo N°3 “Ficha Técnica, según informe de evaluación técnica.

ASISTE A

VISITA A TERRENO

50

Los documentos presentados cumplen medianamente con los requerimientos expresados tanto en el punto 3 de las Bases Administrativas y Anexo N°3 “Ficha Técnica, según informe de evaluación técnica.

NO ASISTE A

VISITA A TERRENO

25

Los documentos presentados no cumplen con los requerimientos expresados tanto en el punto 3 de las Bases Administrativas y Anexo N°3 “Ficha Técnica”, según informe de evaluación técnica.

ASISTE A

VISITA A TERRENO

10

Los documentos presentados no cumplen con los requerimientos expresados tanto en el punto 3 de las Bases Administrativas y Anexo N°3 “Ficha Técnica”, según informe de evaluación técnica.

NO ASISTE A

VISITA A TERRENO

0

(Se usará la fórmula: Puntaje obtenido x 40%)

e) Experiencia del Oferente (10%):

La evaluación será realizada según el cumplimiento de los antecedentes técnicos presentados en Anexo N°5 “Experiencia del Oferente”, se evaluará en base al siguiente cuadro:

Cumplimiento de Requisitos

Puntos

El oferente tiene experiencia en sector público y/o privado y presenta referencias acreditadas y comprobables, y cumple altamente lo deseable por la Institución.

100

El oferente cumple medianamente con lo solicitado, tiene experiencia, pero no consigue acreditar sus referencias.

50

El oferente no cumple con lo solicitado, y no tiene experiencia comprobable.

0

(Se usará la fórmula: Puntaje obtenido x 10%)

e) Cumplimiento de requisitos (10%):

Para la determinación del puntaje, en este criterio se considerará toda la información proporcionada por el Oferente de acuerdo a lo exigido en Anexos N°1, 2, 3, 4 y 5, demás documentos solicitados en el Punto N° 3 de las Bases Administrativas y la Visita a Terreno.

Toda vez que el Proveedor presente los antecedentes anteriormente mencionados, será evaluado de la siguiente forma:

Cumplimiento de Requisitos

Puntos

Presenta TODOS los antecedentes solicitados.

100

NO presenta la totalidad de los antecedentes solicitados.

0

(Se usará la fórmula: Puntaje obtenido x 10%)

6.- RESOLUCIÓN DE EMPATES

     En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio Oferta Técnica. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterioExperiencia del Oferente. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de requisitos.

7.- MODIFICACIONES A LAS BASES

     Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la Propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl.  Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

En caso de ser necesaria modificaciones los plazos indicados en el número 2 de estas bases se podrán ampliar hasta por 5 días hábiles.

8.- CONSULTAS DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN

     Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados.

9.- COMISIÓN EVALUADORA

     La comisión que realizará la evaluación para la adjudicación, estará constituida por:

Sra. Caroline Beals Campos, RUT: 9.160.178-8. Subdirector de Gestión Administrativa;

Sr. Andrés Peña Rosales, RUT: 8.065.526-6. Subdirector de Operaciones;

Sr. José Mauricio Oyarce Urrea, RUT: 12.418.955-1. Subdirector de las Personas;

Srta. Ana Flor Barros Soto, RUT: 9.555.721-K. Jefe Finanzas;

Dra. Q.F María Alejandra Valenzuela Vielma, RUT: 9.392.008-2, Jefe de Adquisiciones Clínicas

Sra. Yesica Muñoz Garrido, RUT: 14.549.260-2. Jefe de Abastecimiento;

Sra. Marta Lagos Reyes, RUT: 15.219.278-9. Jefe Central Alimentación.

O en su defecto las personas que subroguen dichos cargos.

La comisión evaluadora quedará reflejada en la Resolución de Publicación de Licitación.

Se prohíbe que los integrantes concedan reuniones a oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares, durante la evaluación salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio a través de las Bases.

Los miembros de la Comisión Evaluadora deberán abstenerse de recibir donativos mientras la integran.

10.-  DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA

     La adjudicación se realizará conforme a los criterios de evaluación establecidos en el punto 5 de las “Especificaciones Administrativas” de las presentes Bases. Se contendrá en una Resolución Interna en la cual se incorporará el acta debidamente firmada.

10.1.‑  La adjudicación será publicada en el portal Mercado público entendiéndose notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes transcurridas 24 horas desde dicha publicación, de acuerdo al artículo N° 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

10.2.-  Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con el Hospital de Linares para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentación, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que se pudiesen requerir durante la evaluación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.

10.3.-  El Hospital de Linares, se reserva el derecho de declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando esta no resulte conveniente a sus intereses. Para declarar desierta la presente Licitación se requerirá Resolución fundada que así lo disponga, publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

10.4.‑ Si se resuelve el rechazo de todas las propuestas, se procederá a declarar desierta la licitación mediante Resolución publicada en el portal Mercado público. Se deja constancia que los antecedentes adjuntos a las ofertas no serán devueltos. El mismo procedimiento será aplicado a los proveedores que no resulten adjudicados.

10.5.‑  El HOSPITAL DE LINARES, se reserva el derecho de declarar inadmisible la o las ofertas cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes bases. La declaración de inadmisibilidad de la presente licitación, se efectuará por resolución fundada, publicándose en el portal www.mercadopublico.cl.

10.6.‑  El HOSPITAL DE LINARES, se reserva el derecho de aceptar la propuesta que le pareciere más conveniente a sus intereses, siendo no necesariamente la más económica de acuerdo a los criterios de evaluación antes señalados.

10.7.-  EL HOSPITAL DE LINARES, se reserva el derecho de adjudicar en el caso de que existiera un oferente que cumpla con las expectativas.

10.8.‑  La entidad licitante se reserva el derecho de modificar la fecha de adjudicación de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 41 inciso 2° del reglamento de la Ley N° 19.886.

11.- DEL RECHAZO DE TODAS O ALGUNAS DE LAS PROPUESTAS

11.1.-  La Comisión y el Mandante se reservan la facultad de rechazar todos o algunos de las ofertas realizadas, declarando desierta la Licitación total o parcialmente si se considera que no satisfacen propósito o los requerimientos técnicos de la Licitación; si se estima que no son convenientes a los interés locales, si las disponibilidades presupuestarias fueron insuficientes, atendidos sus montos o por otras razones técnicas o presupuestarias que se expresarán en la Resolución fundada que así lo resuelva, la que será puesta en conocimiento de los oferentes, mediante el portal www.mercadopublico.cl.

La calificación de las causas precedentemente señaladas, será facultad de la Comisión y Mandante y el rechazo de las ofertas fundadas en alguna de ella, no dará derecho a reclamo ni indemnización alguna.

11.2.-  Causales para Declarar Desierta la Licitación

La Comisión Evaluadora podrá declarar desierta la Licitación por las siguientes causales:

-          Que no se presenten oferentes.

-          Que lo ofertado no resulte conveniente a los intereses del Hospital de Linares

-          Lo establecido en el punto 10.7 de las presentes Bases Administrativas.

La existencia de la causal para declarar desierta la Licitación será calificada exclusivamente por la Comisión Evaluadora.  Esta declaración deberá ser efectuada mediante una Resolución fundada, que deberá ser publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

12.- VALIDEZ DE LA OFERTA

     Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital de Linares podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.

13.- VIGENCIA DE LA OFERTA

     La vigencia de la oferta presentada a través del Portal Mercado público, será válida por la totalidad del convenio, monto establecido en el sistema de compras públicas para el presente contrato.

14.- READJUDICACIÓN

     Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, o no acepta la orden de compra,  no puede prestar el servicio o entregar los bienes adjudicados, no entrega los antecedentes legales para contratar, se desiste de firmar el contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde notificada la adjudicación, la entidad licitante podrá, dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje al adjudicatario inicial, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la Licitación.

15.- FECHA DE ADJUDICACIÓN (aplazamiento)

Si por causas no imputadas al Hospital de Linares, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las Bases para Adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, lo cual no podrán exceder los 5 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.

16.- GARANTÍAS

     Todas las cauciones o garantías que se exijan en las presentes bases administrativas, deberán   tener el carácter de irrevocables, ser pagaderas a la vista y estar extendidas, tomadas o emitidas en forma nominativa a nombre del Hospital de Linares expresadas en pesos chilenos o unidades de fomento.

Todas la garantías exigidas en las presentes  bases  podrán ser constituidas por  documentos, como  póliza  de seguro electrónica, Boleta de Garantía,  y cualquier  otro instrumento que asegure el pago de la garantía de manera rápida  y efectiva, y cumpla  con las condiciones exigidas en estas bases y en el reglamento de la ley  19.886, sin  perjuicio de ello, tanto para  la garantía de seriedad de  la oferta como  para  la  garantía  de fiel y oportuno  cumplimiento de contrato,  no se exigirá  glosa alguna cuando  la naturaleza del documento no permita incluirla, ni tampoco se exigirá, el señalamiento  expreso, en el documento, del vencimiento mínimo indicado en las bases, cuando por su propia naturaleza  el instrumento en garantía, tenga un vencimiento  igual o superior al exigido.

     La fecha y oportunidad de entrega de cada una de las Garantías se establece en los puntos 16.1 y 16.2 de las presentes Bases Administrativas.

     Si por alguna razón de incumplimiento grave, la Unidad Técnica requiere hacer efectiva alguna de las Garantías solicitadas a algún(os) oferente(s), este(os) deberá(n) remplazar dicho documento ya cobrado, por una nueva Garantía a nombre del Hospital de Linares, por el mismo monto y con el mismo plazo de vencimiento que el documento inicial. Este nuevo plazo de vencimiento se contará en días corridos desde la fecha de notificación de cobro, de la Garantía original. El plazo de entrega de esta nueva Garantía será de 5 días hábiles, contados desde la fecha de cobro del documento inicial. La no entrega de la nueva Garantía en el plazo señalado facultara a la Unidad Técnica para desestimar la oferta o liquidar el contrato según corresponda.

     Todas las garantías y demás antecedentes solicitados, deberán ser entregados en la oficina de partes del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº 753 Linares, en horario de oficina, esto es de lunes a jueves de 08:30 a 17:00 horas y viernes de 08:30 a 16:00 horas.

16.1      Garantía de Seriedad de la Oferta:

     Para efectos de esta licitación, no se requerirá garantía de seriedad de la oferta.

16.2      Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento:

     El (los) adjudicatario(s) deberá(n) presentar dentro de los 10 días siguientes a la publicación de Resolución de Adjudicación, Garantía  el Fiel  y Oportuno Cumplimiento de Contrato de la entrega de bienes solicitados, extendida a nombre del HOSPITAL DE LINARES, Rut: 61.606.917-9, debiendo incluir dicho documento la siguiente glosa “PARA GARANTIZAR FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO A ID 5184-6-LE21 CONCESIÓN CASINO HOSPITAL DE LINARES,  por el monto  de $300.000.- con una fecha de vencimiento de 60 días hábiles (lunes a viernes) después de terminado el contrato. La garantía deberá tener el carácter de irrevocable y ser pagadera a la vista.

La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y demás antecedentes solicitados, deberán ser entregados en la oficina de partes del Hospital de Linares, ubicado en Avda. Brasil Nº 753 Linares, en horario de oficina, esto es de lunes a jueves de 08:30 a 17:00 horas y viernes de 08:30 a 16:00 horas.

En los casos de Disolución del Contrato, descritos en el Número 17 de las bases, se hará efectivo el cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento Contrato, en la Forma prevista en el artículo Nº 72 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

     La restitución de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato, se hará efectiva dentro de los diez primeros días hábiles posteriores al vencimiento de la garantía vía correo certificado.

16.3   Clausula Penal

     Dada la especial naturaleza del servicio contratado, se estipula que ante el incumplimiento del proveedor adjudicado de las obligaciones que emanan de la presente licitación y de la naturaleza misma del servicio contratado especialmente:

- El trato a los usuarios.

- La calidad entregada.

- El cumplimiento de requisitos de las presentes bases administrativas y técnicas.

El Hospital de Linares podrá cobrar y aplicar, a través del procedimiento que corresponda ante tribunales de justicia, una multa penal por concepto de evaluación anticipada de perjuicios, equivalente al mismo valor de la adjudicación a la mitad o un tercio de ella, según la gravedad del incumplimiento, sin perjuicio de las indemnizaciones compensatorias y moratorias que puedan solicitarse ante los tribunales de justicia conforme a las reglas generales. Se hace presente que por el pago de la pena no se entiende extinguida la obligación principal ni la de cualquier otro perjuicio ya sea directa o indirecta que se pueda suscitar.

El valor de la multa penal también podrá ser descontado del pago del servicio adjudicado.

17.- DEL CONTRATO

17.1.- Formalización del Contrato

Para las adjudicaciones cuyo monto sea menor a 100 UTM, el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor; cuando se trate de adjudicaciones cuyo monto sea mayor o igual a 100 UTM y menor a 1000 UTM, el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor, siempre y cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y, por último en el caso de las adjudicaciones mayores a 1000 UTM el contrato se formalizará mediante la suscripción del mismo, de acuerdo a los requisitos y condiciones que se expresan en los puntos que a continuación se indican.

17.2.- Plazo para celebrar el Contrato

El contrato deberá suscribirse dentro del plazo de 35 días hábiles desde la total tramitación de la Resolución de Adjudicación. Si vencido este plazo el proponente adjudicado no ha suscrito el Contrato, el Hospital de Linares podrá dejar sin efecto la Resolución de Adjudicación, pudiendo Readjudicar esta propuesta al oferente que sigue en puntaje al adjudicatario inicial o declarar desierto el proceso, situación de la cual se dejará constancia en el portal.

17.3.- Inicio del Contrato

El Contrato que se celebre al respecto comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto que lo apruebe, salvo en aquellos casos en los cuales en que, por razones de buen servicio las prestaciones contenidas deban iniciarse desde el momento de la adjudicación.

17.4.- Vigencia del Contrato 

El Contrato tendrá una duración de 24 meses, contados desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que lo aprueba. La adjudicación será publicada en el portal Mercado público entendiéndose notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes transcurridas 24 horas desde dicha publicación, de acuerdo al artículo N° 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Con todo, el Hospital de Linares, podrá poner término anticipado al Contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento, con la única formalidad de comunicar a la Empresa su decisión mediante carta certificada.

17.5.- Modificación de Contrato

       Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% de valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.

17.6.- Gastos del Contrato

Todos los gatos, derechos, impuestos, aranceles, honorarios y demás que se acusen en la celebración del contrato serán siempre de cargo del proveedor.

17.7 Precio y Reajustabilidad.

El canon de arriendo se reajustará de acuerdo a la variación del IPC anual.

El valor de la colación del Menú Beneficio de Alimentación para Funcionarios se mantendrá inalterable en el transcurso del año calendario.

Respecto al valor ofrecido por almuerzos en categoría de extras estos solo podrán ser aumentados 4 veces durante toda la vigencia del convenio y estos aumentos no podrán superar el 5% del valor ofertado cada una de las veces, todo previo acuerdo con el comité antes mencionado.

17.8 Confidencialidad

El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.

El adjudicatario, así como sus consultores y personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.

La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.

El Adjudicatario, debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Entidad licitante el derecho de ejercer las sanciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.

 17.9.- Supervisión y Coordinación del Contrato por parte de la entidad licitante

La Supervisión y Coordinación del Contrato, estará a cargo del Comité para el control y evaluación de casino concesionado del Hospital de Linares, conformado por:

       -Sr. José Mauricio Oyarce Urrea, Subdirector de las Personas.

       -Sra. Marta Lagos Reyes, Nutricionista Jefe Unidad Central de Producción.

       -Srta. Ana Barros Soto. Jefe Unidad de Finanzas.

       -Sr. Juan José Gutiérrez Gutiérrez, Jefe Unidad de Mantenimiento.

En calidad de contraparte técnica para la coordinación del Contrato y quienes ejercerán las siguientes funciones:

a)    Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato.

b)    Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.

c)    Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, como también la tramitación de multas y sanciones.

d)    Coordinar visitas de Inspección junto a una Nutricionista del Hospital, para supervisar que se cumplan las condiciones laborales descritas en Bases de Licitación.

Las demás funciones que le encomiende el presente instrumento.

17.10.- Coordinador del Contrato por parte del proveedor adjudicado.

El proveedor adjudicado deberá nombrar un Coordinador del Contrato, cuya identidad deberá ser informada a la Unidad de Abastecimiento del Hospital de Linares.

En el desempeño de su cometido, el Coordinador del Contrato deberá, a lo menos:

a)    Informar oportunamente a Sr. José Mauricio Oyarce Urrea, RUT N°12.418.955-1, Subdirector de las Personas del Hospital de Linares, de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato, déjese para este efecto el correo electrónico joyarceu@hositaldelinares.cl, el mensaje se entenderá por leído e informado siempre que exista una confirmación de lectura o acuse de recibo correspondiente. Será en conjunto al comité quienes indicarán las medidas que sean necesarias implementar para dar continuidad con el servicio y dar cumplimiento a este contrato.

b)    Representar al Proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

c)    Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este Contrato.

La designación del coordinador y todo cambio relativo a ésta, deberá ser informado a Unidad de Abastecimiento del Hospital de Linares, por el proveedor a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado la designación o cambio. El Hospital de Linares podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.

17.11.- Disolución del Contrato

Serán causales de disolución del Contrato, las contempladas en el artículo 77 del Reglamento de la Ley 19.886.

18.- DERECHO A EXIGIR CALIDAD EN EL SERVICIO

            El Hospital de Linares podrá aplicar medidas de sanción económica en aquellos casos en que la empresa no cumpla con la calidad del servicio ofrecido o en las cláusulas propuestas en las presentes Bases de Licitación.

18.1.- La Amonestación: corresponde a un registro escrito y firmado por ambas partes, que deja de manifiesto cualquier falta menor cometida por el adjudicatario, en atención a su importancia, no está afecta a sanción directa. La acumulación de dos amonestaciones en un mes calendario o cuatro en tres meses continuados o discontinuados ameritará una multa de 1 UTM.

18.2.- La Multa: deja de manifiesto una falta cometida por la empresa, de gravedad leve, moderada o mayor, en que incurra, cada vez que el adjudicatario no dé cumplimiento a cualquiera de las obligaciones contempladas en las presentes bases, especificaciones, a su oferta o en el contrato. El monto de cada multa, dependerá de la gravedad de la infracción cometida, en este sentido las multas se clasifican en:

            •           Multa Leve: será considerada LEVE aquella situación originada por una falta, que no origine riesgos graves a pacientes o funcionarios del Hospital, originados por la empresa. La multa LEVE será de 1 a 2 UTM. Sin que la enumeración taxativa, las conductas que pueden estar afectas a multa leve son:

- Por comportamiento inadecuado, indecoroso o insolente del personal del contratista hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del establecimiento. 1UTM.

- Cada vez que el contratista acumule dos amonestaciones en un mes calendario o cuatro en tres meses continuados o discontinuados. 2 UTM.

- Utilización de personal en actividades que no correspondan a su función. 2UTM.

            •           Multa Moderada: será considerada MODERADA, aquella situación originada por una falta, que afecte o ponga en riesgo la integridad física o moral, directa o indirectamente a pacientes, personas o a la Institución o que limite significativamente la atención y calidad del servicio, pero que sea factible de ser corregida. La multa MODERADA será de 3 a 5 UTM.

Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que pueden estar afectas a multa MODERADA son:

- Utilización deficiente de implementos indispensables, o falta de elementos para vigilancia: 3 UTM.

- Utilización de las instalaciones, equipos y/o plata física en objetivos que no sean los convenidos: 5 UTM.

            •           Multa Grave: será considerada GRAVE, aquella situación que ocasiones daño económico, moral o físico al Hospital de Linares, a su personal o pacientes, según corresponda, como así mismo el incumplimiento grave de las obligaciones estipuladas en el contrato, todo lo cual podrá ser causal de término de contrato. La multa GRAVE será de 6 a 10 UTM.

Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multa GRAVE son:

- Incumplimiento reiterado de falta de no asistencia a llamados. 10 UTM.

- Utilización de personal no calificado. 7 UTM.

- Hurto o malversación de parte de los funcionarios de la empresa en la institución. 10 UTM

- El Supervisor o Coordinador del Contrato llevará un registro de reclamos para los casos señalados anteriormente.

- La aplicación de multas según detalle de cuadro, facultará al Hospital para poner término anticipado al contrato.

Sanción

Cantidad de veces aplicada

Amonestación

5

Multa Leve

4

Multa Moderada

3

Multa Grave

2

18.3.- MULTA POR ATRASO

Por cada día hábil de atraso en la apertura y funcionamiento íntegro del casino, se cobrará una Multa de 0,5 UTM, según fecha establecida en punto 1.5 de las Bases Técnicas de la presente licitación, con un tope de 10 días hábiles.

En lo que respecta a la instalación: El proveedor adjudicado deberá respetar lo indicado en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y el plazo de entrega estipulado en su oferta, el que comenzará a regir a contar de la fecha del Acta Entrega de Terreno. La fecha de Acta Entrega de Terreno, será la que indique el funcionario responsable en la Institución beneficiaria con su nombre, firma y timbre.

18.4.- EXCEPCIÓN DE APLICACIÓN DE MULTA POR ATRASO CALIFICADO:

En aquellos casos en que los plazos de entrega se vean afectados exclusivamente por un hecho fortuito o por una causa mayor, que el adjudicatario se vio imposibilitado de prever o que pudiendo haberlo previsto le fue imposible evitarlo, estará obligado a notificarlo al supervisor o coordinador del contrato (señalar nombre y cargo), por escrito.

En la mencionada notificación, el adjudicatario deberá indicar, además, los planes de contingencia adoptados y el nuevo plazo de entrega al que se compromete.

En todo caso, la calificación de excepción de aplicación de multa por atraso, recaerá siempre en el supervisor o coordinador del contrato.  

19.- PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS:

En casos de incumplimiento por parte del adjudicatario, de cualquiera de las obligaciones consagradas en las Bases de Licitación, especificaciones, en su oferta o en el contrato, se procederá a dictar Ordinario que contendrá el incumplimiento y la normativa infringida, y que será notificado al adjudicatario en forma personal o mediante carta certificada, con la finalidad de que en un plazo de 10 días hábiles, manifieste sus descargos en relación al incumplimiento y acompañe todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez recepcionados los descargos presentados dentro del plazo legal conferido, la Entidad tendrá un plazo de 10 días hábiles, a contar de la fecha de recepción de los mismos, para acogerlos total o parcialmente o rechazarlos y formular la aplicación de la multa, todo lo cual, se materializará mediante la dictación de Resolución fundada emanada del Director del Hospital de Linares y que será notificada personalmente o mediante carta certificada al adjudicatario.

Respecto a la mencionada Resolución fundada, el adjudicatario, una vez notificado, tendrá un plazo de 5 días hábiles, para presentar Recurso de Reposición y acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez vencido el referido plazo y habiendo presentado recurso, la Entidad tendrá un plazo de 30 días hábiles, a contar de la presentación del mismo, para acogerlo total o parcialmente o para rechazarlo y hacer efectiva la aplicación de la multa, mediante Resolución Fundada emanada del Director del Hospital de Linares y que será notificada personalmente o mediante carta certificada.  

En lo referente a las notificaciones en forma personal, estas se entenderán válidamente practicadas, cuando el respectivo comunicado o resolución, sean entregadas, por un funcionario de la entidad, al adjudicatario o al o los representantes legales de la empresa adjudicada, según sea el caso, bajo recepción de firma conforme o de estampado que dé cuenta de la negativa de realizar dicha acción.

En lo referente a las notificaciones por medio de carta certificada y dirigidas al domicilio que el adjudicatario hubiera informado en documentos del proceso licitatorio, estas se entenderán válidamente practicadas, a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.     

En lo que respecta a la Resolución fundada emanada de la autoridad máxima de la Entidad y que instruye la aplicación de multa o exonera de la misma al adjudicatario, se publicará oportunamente en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. -

19.1.- DEL COBRO DE LAS MULTAS:

Válidamente notificada la Resolución fundada que instruye la aplicación de multas, cualesquiera sean éstas, ya sea por atraso o por infracción a la calidad del servicio, el monto podrá ser rebajado del pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas y de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se procederá a cobrar la multa directamente al adjudicatario, para lo cual, éste dispondrá de un plazo de 10 días hábiles.

El no pago de la multa en el plazo establecido, faculta a la Entidad para hacer el cobro de la Boleta de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, si es que la hubiere.

20.- MULTA POR ATRASO EN HORARIO DE APERTURA

     En caso que el concesionario no cumpla con la especificación en cuanto a su horario de apertura, que se indican en las especificaciones técnicas correspondiente a las 08:00 Hrs de lunes a viernes, este será amonestado con las mismas exigencias descritas en el punto 18 de las presentes bases, siendo esta sanción acumulativa, en el cual, las amonestaciones reiteradas facultarán al Hospital para poner término anticipado al contrato.

21.- ORDEN DE COMPRA:

     Para efectos de esta licitación no se requerirá generar orden de compra para este servicio.

22.-FORMA DE PAGO CANON DE ARRIENDO:

22.1.-  El pago se realizará al Hospital de Linares, al mes vencido, con un plazo máximo de diez días hábiles, a través del Departamento de Finanzas en horario de 08:30 a 16:00 horas, de lunes a jueves y viernes de 08:30 a 15:00 horas, con factura emitida por la institución.

22.2.-  Para el proceso de pago, se define como responsable al adjudicatario, el que debe estar íntegramente identificado en Anexo N°1 de estas Bases Administrativas, el pago se deberá efectuar mediante uno de los mecanismos que se detallan a continuación:

- Pago Directo en Caja, mediante efectivo o cheque nominativo, el cual deberá ser extendido a nombre de: “Hospital de Linares”.

- Depósito Bancario: Se podrá efectuar depósito en cuenta corriente de los recursos adeudados al HOSPITAL DE LINARES, a la cuenta corriente que se informará oportunamente al adjudicatario. Posterior al depósito obligatoriamente deberá enviar el comprobante mediante correo electrónico indicando brevemente las referencias de dicho pago a: Srta. Ana Flor Barros Soto, Jefa de la Unidad de Finanzas del Hospital de Linares, correo: abarros@hospitaldelinares.cl.

23.- PRELACIÓN DE DOCUMENTOS:

En caso de discrepancia o discordancia entre los diferentes antecedentes de la licitación, prevalecerán unos sobre otros, conforme al orden de prioridad siguiente:

1)         Las aclaraciones y respuestas a consultas de la licitación.

2)         Las bases administrativas y técnicas. (Considerándose para este efecto, complementarias y no excluyentes).

3)         Oferta del Proveedor.

4)         La ley 19.886.

5)        El reglamento de la ley 19.886.


BASES TÉCNICAS

BASES TÉCNICAS

 

CONCESIÓN CASINO HOSPITAL DE LINARES

ID 5184-6-LE21

 

Especificación: Concesión Casino Hospital de Linares

ID Licitación: 5184-6-LE21

Mandante: Hospital de Linares.

Duración del contrato: 24 meses.

Unidad Técnica: Comité para el control y evaluación de casino concesionado del Hospital de Linares

Tipo de Adquisición: Licitación Pública, Mayor a 100 UTM y Menor a 1000 UTM.

Tipo de Convocatorio: Abierta.

Tipo Adjudicación: Simple, sin emisión automática de Orden de Compra.

Moneda: En Pesos Chilenos.

Etapa del Proceso: En una Etapa.

Contenido Bases Técnicas Casino Hospital Linares

1.      REQUERIMIENTOS GENERALES DEL SERVICIO. 1

2.      RESUMEN GENERAL DE LOS ALMUERZOS. 2

3.      OPCIONES DETALLADAS DE MENÚ OFRECIDO. 2

4.      SERVICIO DE CAFETERÍA. 3

5.      PREPARACIÓN Y NORMAS ALIMENTARIAS. 3

6.      DE LA CALIDAD SANITARIA DEL ALIMENTO. 4

7.      DEL PERSONAL Y OTRAS OBLIGACIONES. 5

8.      DEL EQUIPAMIENTO Y MANTENCIÓN. 6

9.      MEDIDAS SANITARIAS PARA EL USO DEL CASINO.. 6

9.1          Medidas generales: 6

9.2          Medidas específicas: 7

9.2.1      ASEGURAR LA LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DEL CASINO: 7

9.2.2      MEDIDAS INDIVIDUALES DE PREVENCIÓN DE COVID-19: 7

9.2.3      MEDIDAS ESPECÍFICAS DE PREVENCIÓN DE COVID-19 EN CASINO: 8

9.2.4      VIGILANCIA DE SINTOMATOLOGÍA COVID-19 EN TRABAJADORES DEL CASINO: 8

10.         INVENTARIO. 8

11.         ACTA DE SUPERVISIÓN CASINO HOSPITAL DE LINARES. 9

1.   REQUERIMIENTOS GENERALES DEL SERVICIO.

1.1.     El Hospital de Linares requiere contratar el servicio diario de alimentación, el cual está destinado para funcionarios y visitas del recinto.

1.2.     El horario de funcionamiento del Casino deberá ser el siguiente, el cual debe ser publicado visiblemente:

Lunes a Domingo                            : Desde las 08:00 hasta las 20:00 horas.

Servicio de Almuerzo                      : Desde las 12:00 hasta las 16:00 horas.

Servicio de Cafetería                      : Desde las 08:00 hasta las 20:00 horas.

1.3.     El valor de cualquiera de las colaciones para funcionarios del Hospital no debe exceder de $2.400.- valor correspondiente al monto asignado para colación diaria por funcionario año 2021, según “Beneficio de Alimentación para Funcionarios”, establecido en el artículo 36 de la ley Nº 20.799, sus modificaciones y dictámenes que la regulan.

1.4.     El adjudicatario podrá ofrecer otras alternativas de Menú de diversos valores, tanto para los funcionarios del Hospital como para visitas del recinto. El valor de estas colaciones deberá indicarlas en el Anexo N°3 y solo podrán ser modificados 4 veces durante la vigencia del convenio (una sola vez por semestre) y ante un alza de precios el valor final no podrá superar un aumento superior al 5% del precio indicado en dicho anexo.

2.   RESUMEN GENERAL DE LOS ALMUERZOS.

La metodología del almuerzo debe ser orientado a la contingencia actual, con las medidas higiénicas debidas:

-       Colación en envase desechable mientras la ciudad se encuentre hasta en fase 4. (plato, cubiertos, pocillo de sopa o ensalada, servilleta y aderezos individuales) incluido en el valor de la colación.

-       Una vez se pase a fase 5, se deberá iniciar el servicio de colaciones similar a restorán, (vajilla de loza, cubiertos metálicos, vasos de vidrio, etc)

La empresa deberá proporcionar un Menú con diferentes componentes, para los usuarios de los casinos, en los que podemos encontrar los siguientes:

  • Colación Básica (1.100 Calorías) 1 alternativa diaria
  • Colación Vegetariana (1000 Calorías) 1 alternativa diaria

La empresa deberá confeccionar un set de minutas mensuales, las que deben ser enviadas 7 días antes de finalizar el mes a Nutricionista Jefe del Establecimiento para ser revisadas y con visto bueno iniciar el mes siguiente. Este set debe estar de forma visible a todo público.

Para conceptos de esta licitación se solicita presentar el set de minutas correspondiente al mes de marzo 2021.

3.   OPCIONES DETALLADAS DE MENÚ OFRECIDO.

3.1 - Colación Básica en contingencia:

-       Entrada: Ensalada o sopa

-       Plato de fondo

-       Postre

Contenido

Descripción

Gramaje servido

Ensalada

  • Cruda o cocida en las siguientes variedades:

-       Hojas (lechugas, espinacas, acelga, repollo, etc.)

-       Tallos (apio, etc.)

-       Raíces (zanahoria, betarraga, rábanos, cebollas, etc.)

-       Frutos (tomate, berenjenas, zapallo italiano, etc.)

-       Granos frescos, secos o semillas (arvejas, choclo, habas, porotos verdes, porotos, etc.)

  • 3 variedades, al menos una cruda diaria
  • Higienizadas
  • Con aderezos disponibles en sachet: sal, aceite, vinagreta, limón, etc)

180 gramos

Sopa (Pollo, pavo, posta, huevo)

Con agregado proteico de alto valor biológico, de libre consumo. De elaboración casera, no se permite caldos o sopas en sobre recontituidos.

200 cc

Plato de fondo

Elaboración de tipo casera.

  • Debe tener como base una proteína Ej. Carne de: Pollo, pavo, pescado, vacuno, pulpa de cerdo.
  • Agregados: Fideos, arroz, papas, puré, guiso, tortilla de verduras, budín.
  • Nota: también se puede considerar plato principal la composición anterior mezclada. Ej: Carbonada, estofado, caldos y dentro de la frecuencia semanal debe considerar legumbres 1 vez por semana.
  • Nota: preparaciones con carnes picadas solo 1 por semana (charquicán, chapsuí, lasaña, julianas, etc.)

100 gramos

250 gramos

Postre: 1 variedad postre elaborados.

Fruta natural entera y Jalea libre de calorías Diariamente como alternativa al postre del día

Debe considerar las siguientes alternativas:

-       Preparado:

v  Frutas al jugo (macedonias o comportas) según programación.

v  Postres de leche tres veces por semana.

150 gramos

3.2- Colación desde fase 5

 

-       Entrada: Ensalada o sopa

-       Plato de fondo

-       Postre

-       Pan especial de 40 grs

-       Jugo en polvo con opción normal o diet

3.3 Colación Ovo-Lácteo Vegetariana:

La estructura es la misma de la colación básica el acompañamiento puede ser el mismo del menú básico excepto la proteína. No debe contener bases cárnicas ni tampoco mezclas de estos productos. Además, pueden ser platos calientes o fríos. Se puede agregar como proteína huevo o algún lácteo (quesillo, queso o queso fresco)

4.   SERVICIO DE CAFETERÍA.

El concesionario deberá presentar una oferta de diferentes tipos de productos del área de cafetería como por ejemplo bebidas frías, bebidas calientes, sándwich, productos refrigerados, snacks, productos de pastelería, confites, etc.,

Incluye la preparación de sándwich variados en pan marraqueta, hallulla, molde integral o blanco, frica y deben estar aluzados si se encuentran en exhibición. Si son preparados en el momento se deben entregar en recipientes desechables.

SERVICIOS EXTRAORDINARIOS:

El concesionario deberá estar en condiciones de ofrecer servicios extraordinarios los cuales deberán estar orientados a la atención especial, los que generalmente obedecen a la realización de seminarios, congresos, visitas, reuniones, entre otras. Los precios de estos servicios serán determinados de común acuerdo entre las unidades solicitantes con el concesionario.

5.   PREPARACIÓN Y NORMAS ALIMENTARIAS.

a)  Las preparaciones a entregar deberán considerar Guías alimentarias saludables, minutas variadas y la aceptabilidad de los usuarios del casino, los nombres de las preparaciones a utilizar deben responder al tipo de alimentos que la componen, no se aceptarán nombres de fantasías que no estén en relación con los ingredientes que componen la preparación.

b) Se establece perentoriamente que al menos el treinta y cinco por ciento de los alimentos que ofrezca el Concesionario del Casino sean de naturaleza u origen vegetal, así como establecer dentro de sus colaciones preparadas, un menú alternativo vegetariano

c) Es necesario, disminuir el uso de sal y azucares en la preparación de los alimentos, y también moderar el uso de condimentos.

d) Queda prohibida la venta de mariscos crudos, y de verduras que no cuenten con la debida certificación del organismo competente.

e) Los productos utilizados en los diferentes servicios, deben consistir en productos frescos, congelados, refrigerados, deshidratados, enlatados, al vacío, etc., todos los cuales deben cumplir con las exigencias de las presentes normas, reglamentos sanitarios de los alimentos y otras normas vigentes del país que se dicten por la autoridad sanitaria respectiva.

f) Los menús deberán incluir preparaciones que combinen consistencias y mezclas en texturas, sabores y colores diferentes. Para ello deben incorporarse alimentos con distintos tipos de cortes (presa, trozo, picados, etc.) y forma de preparación (crudos, cocidos, naturales y elaborados), con el objeto de otorgar variedad y atractivo a las preparaciones. Todas las preparaciones que incorporen alimentos crudos, para ser entregados en tal condición deberán cumplir fielmente las normas sanitarias vigentes.

g) Se deberá tener en consideración en la programación de la alimentación, el factor de la estacionalidad, especialmente en productos como frutas, verduras y según oferta de mercado en aquellos productos de temporada.

h) El aceite que se use deberá ser de origen vegetal; se aceptarán principalmente aceites de oliva, maravilla, maíz, preferentemente de variedad canola.

6.   DE LA CALIDAD SANITARIA DEL ALIMENTO.

- Los productos y técnicas de preparación de alimentos deberán cumplir lo establecido en el Reglamento   sanitario vigente de alimentos.

- El Hospital de Linares se reserva el derecho de solicitar, cuando así lo estime conveniente, registros de control de proveedores, ficha técnica de los productos, resoluciones sanitarias, etc. de los alimentos, insumos y cualquier elemento que sea utilizado en la preparación de las comidas, estos deben contar con las certificaciones de los organismos normativos y controladores.

- Se realizarán visitas de fiscalización por parte de integrantes del comité con el fin de aplicar acta de supervisión, herramienta que será respaldo para constatar que se cumplan con las especificaciones solicitadas en estas bases. El cumplimiento del acta debe ser de a lo menos el 90%

- El concesionario que use productos reenvasados deberán acreditar la autorización respectiva del servicio de salud para efectuar este proceso. 

- Será de especial relevancia, que los productos alimenticios sean de primera calidad, inocuos tanto para la vida humana, animal y vegetal.

- Deberá cumplir con las normas en términos de explicitar sus contenidos tal como lo determinan las normas de etiquetado y de información al consumidor. Así también los elementos que sean utilizados para el lavado, limpieza e higiene   de los productos deben ser manipulados bajo estrictas normas de higiene, tanto en lo que respecta a la preparación como al servicio. Se exigirá los protocolos de higiene, mantenimiento y prevención respecto de las materias señaladas.

- En la zona en que se manipulen alimentos deberá prohibirse todo acto que pueda contaminar los alimentos, como: comer, fumar, masticar chicle o realizar otras prácticas antihigiénicas como escupir.

- Si el manipulador de alimentos emplea guantes, éstos se mantendrán en perfectas condiciones de limpieza e higiene.  El uso de guantes no eximirá al operario de la obligación de lavarse las manos cuidadosamente.

- Se deberá evitar la presencia de personas extrañas en las salas donde se manipulan alimentos.  En la eventualidad que esto suceda se tomarán las precauciones para impedir que éstas contaminen los alimentos.   Las precauciones deben incluir el uso de ropas protectoras.

7.   DEL PERSONAL Y OTRAS OBLIGACIONES

  1. El concesionario tendrá la responsabilidad de tener a su personal debidamente uniformado con los elementos necesarios considerados como ropa de trabajo exclusiva para esta labor siendo estos: pantalón, chaqueta o delantal, pecheras, cofias, guantes, mascarillas y otros exigidos de acuerdo a la normativa vigente (colores claros), además de una identificación (o chapa) que indique el nombre, apellido y función que desempeñará. Estos elementos deben ser utilizados por el personal de forma estable, manteniéndose perfectamente limpios y conservados en buen estado.

  1. Bajo la responsabilidad del concesionario, el personal deberá practicar todas las normas de higiene en la manipulación de los alimentos, con el fin de prevenir enfermedades alimentarias.

  1. El personal deberá llevar ropa de trabajo adecuada que incluye: cofia o gorro que cubra la totalidad del cabello, delantal y mascarilla.  Estos artículos deben ser lavables, a menos que sean desechables y mantenerse limpios.  El personal no debe usar objetos de adorno cuando manipule alimentos y deberá tener las uñas de las manos cortas, limpias y sin barniz.

  1. El personal que manipula alimentos deberá lavarse siempre las manos antes de iniciar el trabajo, inmediatamente después de haber hecho uso de los servicios higiénicos, después de manipular material contaminado y todas las veces que sea necesario.

  1. Cualquier persona que trabaje a cualquier título y aunque sea ocasional donde se elaboren, almacenen, envasen, distribuyan o expendan alimentos, deberá mantener un estado de salud que garantice que no representan riesgo de contaminación de los alimentos que manipule.

  1. El personal que manipule alimentos no deberá atender pagos del público, sea recibiendo o entregando dinero.

  1. El Concesionario deberá disponer de personal para el aseo de las dependencias durante todo el día y reforzado en horas pick, los que en ningún caso podrán manipular alimentos, ni preparar alimentos, ni atender caja o mesones.

  1. El personal deberá estar provisto de todos los elementos de seguridad, protección y especialmente de aquellos obligatorios para el desempeño de sus actividades. Asimismo, el vestuario deberá considerar las exigencias de tales actividades y mantenerse en correcta limpieza y pulcritud.

i. El adjudicatario deberá mantener un sistema que permita efectuar los reemplazos del personal faltante en forma oportuna, con la acreditación de los requisitos estipulados. Cuando el administrador se encuentre ausente, deberá existir un funcionario subrogante que tenga las mismas facultades del cargo.

j. La dotación comprometida y aceptada por el oferente adjudicado no podrá ser disminuida, debiendo reemplazar al personal que presente licencias o se ausente por más de 24 horas, siendo obligación del adjudicatario mantener su número y composición, debiendo informar en un plazo de 2 días hábiles en caso de cambio de personal (contratos nuevos y finiquitos).

k.  El concesionario deberá mantener al día los pagos previsionales AFP y seguros de accidentes y enfermedades profesionales, materia que deberá ser acreditada mediante el Certificado emitido mensualmente por la Dirección del Trabajo.

8.   DEL EQUIPAMIENTO Y MANTENCIÓN.

Deben presentar como parte de la oferta técnica los siguientes antecedentes:

a) El Concesionario deberá presentar un Plan/protocolo de limpieza y aseo tanto de las áreas de preparación, comedor, ventanas, muebles, artefactos eléctricos, superficies, pisos, etc. Como se exige en punto 3 de las Bases Administrativas.

b) El concesionario proporcionará equipamiento que permita habilitar en un 100% el espacio de las infraestructuras del casino. En relación a la implementación, el oferente debe detallar los equipos, utensilios, etc. que pondrá a disposición para la prestación del servicio en condiciones óptimas.

c) El Casino Hospital de Linares cuenta con equipamiento, que será conocido en la respectiva visita a terreno. Por lo tanto, la conservación de los bienes entregados al concesionario deberá ser devueltos en óptimas condiciones. En caso contrario se hará uso de la boleta de garantía de fiel cumplimiento, además este mismo documento respaldara, el incumplimiento de las obligaciones que le impone el contrato en cuanto a fiel cumplimiento y pago de obligaciones laborales y previsionales.

9.   MEDIDAS SANITARIAS PARA EL USO DEL CASINO

9.1Medidas generales:

La empresa que licite deberá coordinarse con la Unidad de IAAS de la institución, para realizar capacitación del 100% del personal del casino, en relación a medidas de prevención de IAAS en contexto de Covid-19. Esta capacitación debe ser realizada antes del inicio de sus funciones.

La empresa debe dar cumplimiento obligatorio a todas las medidas de prevención de Covid-19 que la institución determine durante el transcurso de la pandemia.

Las acciones que deben establecerse tienen relación con:

-       Asegurar la limpieza y desinfección del casino.

-       Cumplimiento de medidas individuales de prevención del covid-19.

-       Cumplimiento de medidas específicas de prevención de covid-19 en casino.

-       Vigilancia de sintomatología covid-19 en trabajadores del casino.

9.2 Medidas específicas:

9.2.1    ASEGURAR LA LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DEL CASINO:

Mantener espacios limpios y ventilados.

La limpieza y desinfección de los espacios comunes debe realizarse de acuerdo a los establecido en el “Protocolo de limpieza y desinfección de ambientes Covid-19” del Ministerio de Salud (resolución exenta N°591 de julio 2020):

Deberán asegurarse los elementos necesarios para una adecuada higiene de manos para los usuarios, conforme a la normativa que establezca la autoridad competente.

Los lugares de trabajo deberán ser limpiados y desinfectados al menos una vez al día, todos los espacios, superficies y elementos expuestos al flujo de personas, ya sea de trabajadores o clientes.

Las herramientas y elementos de trabajo deberán ser limpiados y desinfectados al menos una vez al día, y cada vez que sean intercambiadas.

El comedor deberá ser limpiado y desinfectado al menos una vez al día.

Las superficies de contacto frecuente y objetos deben limpiarse regularmente: mesas, teléfono, sillas, etc.

Reforzar la limpieza y desinfección de baño.

La empresa debe contar con mecanismos de supervisión y capacitación de sus trabajadores que incluya medidas preventivas respecto al Covid-19. (Confirmar este punto con Sra. Barbara Maureira Jefa Unidad de Prevención de Riesgos del Hospital de Linares)

9.2.2    MEDIDAS INDIVIDUALES DE PREVENCIÓN DE COVID-19:

Mantener distancia física de al menos 1 metro entre las personas en todos los espacios comunes.

Se debe utilizar mascarilla que cubra nariz y boca, para todas las personas, independiente de la actividad que se esté realizando. Sin perjuicio de esto, se exceptuarán del uso de mascarilla aquellas personas que estén comiendo y aquellos que estén solos.

Lavado de manos frecuente con agua y jabón.

Disponer de solución en base alcohol para realizar higiene de manos.

No realizar ningún saludo con contacto físico.

Cubrir la boca y nariz con el antebrazo o pañuelo desechable al toser y estornudar, eliminar y realizar higiene de manos.

Evitar tocarse nariz, boca, ojos.

No compartir artículos de higiene personal y artículos de alimentación.

No compartir elementos de protección personal, son de uso exclusivo de cada persona.

9.2.3    MEDIDAS ESPECÍFICAS DE PREVENCIÓN DE COVID-19 EN CASINO:

Establecer junto a Profesional de Prevención de Riesgos de la institución el número máximo de personas al interior del casino, de acuerdo al tamaño del recinto, asegurando distanciamiento físico de al menos 1 metro entre las personas. Lo que debe estar visible para los clientes (señalética).

Las mesas deben ser individuales (y de superficie lavable), para evitar comer frente a otra persona en la misma mesa, de no ser posible, instalar alguna barrera física (lámina de acrílico u otro).

No están autorizadas las instancias de alimentación compartidas (cumpleaños, días de, entre otros).

Demarcar en piso la distancia de 1 metro de separación entre las personas que esperan la atención.

En lo posible establecer un flujo unidireccional de tránsito.

Instalar dispensadores de solución en base alcohol a la entrada y salida del casino para realizar higiene de manos.

Realizar limpieza y desinfección después de su uso por cada grupo de personas incluyendo pisos, sillas, mesas, puertas, manillas, utensilios y cualquier elemento de uso frecuente.

Mantener distanciamiento de al menos 1 metro entre las mesas y entre las sillas.

Evitar las entregas colectivas de cubiertos, pan y otros, para evitar la manipulación de estos por todos los trabajadores que acuden al casino.

Reforzar las medidas preventivas individuales con el uso de señalética o medios audiovisuales.

Mantener carpeta de registro de usuarios, al menos con fecha, nombre y hora de entrada y salida.

De tener venta de otros productos (dulces, bebidas, etc.) deberán ser entregados por personal del casino, está prohibida la manipulación por parte de los consumidores.

La persona que manipula dinero o tarjetas, no deberá manipular alimentos, de tener que hacerlo, deberá lavar sus manos previamente.

9.2.4    VIGILANCIA DE SINTOMATOLOGÍA COVID-19 EN TRABAJADORES DEL CASINO:

El trabajador que presente dos o más síntomas de Covid, de acuerdo a normativa vigente, no podrá asistir a su jornada laboral en el casino, se deberá derivar a atención médica y se informará a Sra. Barbara Maureira, Prevencionista de Riesgos del Hospital de Linares.

10.             INVENTARIO.

Se anexa a estas Bases de Licitación (como archivo en PDF denominado “Hoja Mural Casino.PDF”) inventario actual donde se individualiza los bienes que se contemplan como parte de las instalaciones. Respecto a las condiciones del inmueble este se encuentra en buen estado para su utilización, el adjudicatario deberá informar al “Comité para el control y evaluación de casino concesionado del Hospital de Linares”, de todo hecho relevante que imposibilite o dificulte el cumplimiento de sus funciones.


11.             ACTA DE SUPERVISIÓN CASINO HOSPITAL DE LINARES


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.