Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante la presentación del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación), emitido por la Dirección de Trabajo, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Estos certificados deberán ser presentados al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, o cada seis meses de vigencia de éste. Sin perjuicio de ello, la Universidad también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de estos certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
Con todo, el respectivo adjudicatario deberá acreditar, al término del correspondiente contrato, el cumplimiento del pago de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social en los términos descritos, a través de los certificados o antecedentes respectivos.
- Además, el Administrador del contrato deberá entregar a la Administración Superior de Campus de la Facultad de Medicina:
i. El Formulario F30-1 “Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales” todos los meses.
ii. Notificación de entrada, salida y procedencia del personal que presta servicios en sedes.
iii. Notificación del movimiento del personal en la faena efectuado por la empresa (nuevas contrataciones y despidos) efectuados cada mes.
iv. Una vez al año (marzo o enero), acreditar capital por parte de la empresa, mediante certificado emitido por la institución bancaria.