Licitación ID: 523059-1-LP26
ASEO Y JARDINERÍA 24 MESES TEMUCO
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 24 Mes
Cod: 76111501
Servicio de aseo y jardinería para las dependencias de Sernageomin en la región de la Araucanía, ubicadas en avenida Rudecindo ortega N° 03786 en la ciudad de Temuco y Centro Volcanológico de Villarrica, en sector Los Guindos, Cruz Blanca, kilómetro 6.3 c  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ASEO Y JARDINERÍA 24 MESES TEMUCO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Servicio Nacional de Geología y Minería, se requirió la contratación del servicio de aseo y jardinería para las dependencias de Sernageomin en la región de la Araucanía, ubicadas en avenida Rudecindo ortega N° 03786 en la ciudad de Temuco y Centro Volcanológico de Villarrica, en sector Los Guindos, Cruz Blanca, kilómetro 6.3 camino tramo Villarrica – Pucón, por un periodo de 24 meses.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
OVDAS
R.U.T.:
61.702.000-9
Dirección:
Rudecindo Ortega 03850
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-03-2026 12:00:00
Fecha de Publicación: 05-03-2026 16:21:00
Fecha inicio de preguntas: 05-03-2026 16:31:00
Fecha final de preguntas: 16-03-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-03-2026 19:28:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-03-2026 12:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-03-2026 12:01:00
Fecha de Adjudicación: 20-04-2026 14:11:37
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita Técnica en Avenida Rudecindo Ortega N° 03786, ciudad de Temuco, a cargo de Andres Prado, el día 10 de marzo de 2026 a las 09-30 horas. 10-03-2026 9:30:00
Visita Técnica en Sector Los Guindos, Cruz Blanca, Kilometro 6.3 camino Villarrica – Pucón a cargo de Javier Marquez, el día 10 de marzo a las 15.00 horas. 10-03-2026 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Las ofertas deberán contener en formato electrónico o digital: I. Antecedentes Generales del Proponente: A. Tratándose de Personas Jurídicas Declaración Jurada, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley Nº19.886 y las dispuestas en el artículo 35 quáter y 35 septies de la Ley N°21.634. B. Tratándose de Personas Naturales Declaración Jurada Simple, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4 de la Ley Nº19.886 y las dispuestas en el artículo 35 quáter y 35 septies de la Ley N°21.634. C. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores 1. Documento público que formaliza la unión, de acuerdo al formato del Anexo N°1 el que debe dar cuenta a lo menos del acuerdo para participar de esta forma, de la solidaridad establecida entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, y del nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, de acuerdo a los requisitos exigidos en el artículo 3° “Participantes”, de las presentes bases. La vigencia de esta unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación. 2. Declaraciones Juradas Simples disponibles en la plataforma de mercado público de cada uno de las personas naturales o jurídicas que forman la unión temporal, al momento de ingresar su oferta, debidamente completas y firmadas, que den cuenta que el respectivo integrante no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley Nº19.886 (según formulario contenido en Anexo Nº2 o N°3 de estas Bases, según corresponda).
Documentos Técnicos
1.- La Oferta Técnica deberá ajustarse a lo previsto en el apartado “Bases Técnicas”, y presentarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la sección anexos técnicos. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los integrantes de la misma determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
 
Documentos Económicos
1.- En el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl se deberá informar el precio neto de la contratación por 24 meses, expresado en pesos chilenos y sin impuestos. Adicionalmente, deberá presentarse a través del portal, el Detalle de Oferta Económica que se acompaña como Anexo N°4 de estas Bases, en que se indique claramente la naturaleza y cuantía de los impuestos que afectan al servicio, y que en consecuencia deberán ser aplicados sobre el monto neto señalado en el formulario electrónico del portal. Las ofertas económicas, con impuesto incluido, deberán enmarcarse en el presupuesto disponible, el que asciende al monto máximo de $84.000.000 (ochenta y cuatro millones de pesos), impuesto incluido, por un periodo de veinticuatro (24) meses, el que se encuentra ajustado a las condiciones reales y actuales del mercado y en caso de sobrepasar dicho monto, estas ofertas quedarán fuera de Bases y no serán evaluadas por resultar inadmisibles. Es importante señalar que todos los costos en que incurra el oferente adjudicado estarán dentro del valor ofertado; por tanto, el SERNAGEOMIN no incurrirá en gastos ni costos adicionales al valor adjudicado. En caso de que se presente disconformidad entre los precios informados por el oferente en el formulario electrónico y los precios señalados en el Anexo N°4, primará el precio informado en el referido Anexo. Asimismo, en caso de que se presente disconformidad entre los precios y/o impuestos desglosados informados por el oferente en el Anexo N°4 y la suma total señalada en el mismo Anexo, primará el precio total con IVA incluido informado, y se procederá a ajustar el monto proporcionalmente, de manera que la suma del precio e impuestos en su caso cuadre con el precio total con IVA incluido informado por el oferente. Si la licitación resulta adjudicada a un oferente cuya propuesta económica haya presentado la disconformidad señalada precedentemente, al momento de emitir la correspondiente orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl, deberá dejarse constancia en las observaciones de la misma, del precio indicado en el Anexo N°4, ajustado, en su caso, en la forma indicada en el inciso precedente.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONÓMICA VER ARTÍCULO N°14 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 40%
2 EXPERIENCIA COMRPOBADA EN EL RUBRO VER ARTÍCULO N°14 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 30%
3 PROGRAMA DE INTEGRIDAD O CÓDIGO DE ÉTICA VER ARTÍCULO N°14 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%
4 PRESENTACIÓN FORMAL DE LA PROPUESTA VER ARTÍCULO N°14 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%
5 CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACION VER ARTÍCULO N°14 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA
Monto Total Estimado: 84000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: ANDRES PRADO
e-mail de responsable de pago: andres.prado@sernageomin.cl
Nombre de responsable de contrato: BEGOÑA PARRAGUEZ LANDAETA
e-mail de responsable de contrato: begona.parraguez@sernageomin.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-24825500-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA
Fecha de vencimiento: 27-07-2028
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del contratación del servicio de aseo y jardinería para las dependencias de Sernageomin en la región de la Araucanía, ubicadas en avenida Rudecindo ortega N° 03786 en la ciudad de Temuco y Centro Volcanológico de Villarrica, en sector Los Guindos, Cruz Blanca, kilómetro 6.3 camino tramo Villarrica – Pucón, por un periodo de 24 meses y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta después de finalizados los servicios, una vez transcurridos 60 días hábiles desde el término del contrato, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso SERNAGEOMIN queda desde ya autorizado para proceder a hacerla efectiva sin más trámite. Sin perjuicio de lo anterior, considerando que el uso de garantías es de carácter excepcional y tiene por objeto proteger los intereses fiscales, resguardando el correcto cumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones que emanan del contrato, en caso que el mismo termine anticipadamente por cualquier causa que no dé lugar a la ejecución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento entregada, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la referida caución será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley N°19.886. Se deja constancia que la ejecución de las garantías que se otorguen en virtud de lo establecido en este artículo es compatible con el cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en el artículo 19° sobre “Medidas a Aplicar en Caso de Incumplimiento”, y además con el ejercicio de las acciones que procedan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento de la adjudicataria genere. Asimismo, en caso de ejecutarse el cobro de esta boleta de garantía, el proveedor deberá reponer y constituir una nueva boleta de garantía en los mismos términos antes señalados, considerando el período de tiempo restante. El procedimiento de cobro de garantías se sujetará a lo señalado para la aplicación de multas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS

ARTÍCULO 1º: NORMATIVA Y TIPO DE LICITACIÓN

La presente licitación pública se rige por la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento y estas Bases, que se encuentran conformadas por Bases Administrativas y Técnicas, además de sus Anexos.

Las presentes Bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.

La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:

  1. Modificaciones que se introduzcan a las Bases Administrativas y Técnicas que se aprueban por este acto.
  2. Las consultas a las Bases formuladas por los oferentes y las respectivas respuestas evacuadas por SERNAGEOMIN.
  3. Las aclaraciones que se efectúen a las Bases de iniciativa de SERNAGEOMIN.
  4. Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
  5. Los antecedentes solicitados a cada postulante.
  6. Las aclaraciones a las ofertas que solicite SERNAGEOMIN.
  7. El acto administrativo que adjudica la presente licitación pública
  8. El acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios.
  9. Las órdenes de compra que se emitan al proveedor.

Se deja constancia que la presente licitación contempla la opción de adjudicación simple y total, mediante la cual SERNAGEOMIN busca seleccionar la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, adjudicando en su caso la licitación a un solo oferente.

ARTÍCULO 2º: COMUNICACIONES Y PLAZOS

Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, con anterioridad a la adjudicación de la misma deberán canalizarse exclusivamente por medio del portal de internet www.mercadopublico.cl. Durante el período indicado no se aceptarán ni responderán comunicaciones planteadas por un conducto diferente al señalado, sin perjuicio de otras vías de comunicación que se encuentren expresamente previstas en estas Bases, en conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de Compras.

Los plazos a que se haga referencia en estas Bases son de días corridos, salvo que se señale expresamente lo contrario.

Cuando el último día del plazo recaiga en día sábado, domingo o festivo, este se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Se deja constancia de que, tratándose de presentaciones o gestiones que en conformidad a estas Bases deban realizarse presencialmente en alguna oficina o dependencia de SERNAGEOMIN, deberán considerarse las limitaciones derivadas del horario de funcionamiento de la respectiva oficina o dependencia informado en la página web institucional www.sernageomin.cl, siendo exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar periódicamente la referida página, como asimismo las respuestas y aclaraciones que pueda emitir al respecto SERNAGEOMIN, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y efectuar las respectivas presentaciones o gestiones dentro del plazo definido al efecto.

ARTÍCULO 3º: PARTICIPANTES

Podrán participar y presentar ofertas aquellas personas naturales y jurídicas, que tengan interés en ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.

Podrán participar también grupos de personas jurídicas o naturales que se unan para presentar una oferta en conjunto, en cuyo caso, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia que el acuerdo en que conste la unión temporal deberá establecer, a lo menos, lo siguiente:

  1. Identificación de sus integrantes
  2. La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN. Por lo anterior, las partes no podrán establecer en el acuerdo, cláusulas de exención o de limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes.

 

  1. El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, quien deberá ser aquel que presente su oferta en el portal www.mercadopublico.cl. Dicha designación deberá recaer en alguno de los integrantes de la Unión, o sus representantes, no pudiendo ser designado un tercero ajeno a ésta.

  1. La vigencia de la unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación.

Será obligación de la Unión Temporal de Proveedores dar aviso inmediato a SERNAGEOMIN en caso de retiro de uno o más de sus integrantes, o en caso de modificación de la unión, debiendo acompañarse el respectivo documento modificatorio.

Se deja constancia de que, tanto las Uniones Temporales de Proveedores que participen en la presente licitación, como SERNAGEOMIN, deberán ceñirse a las disposiciones del artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886 y a las recomendaciones contenidas en la Directiva N°22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sobre “Orientaciones sobre la participación de las uniones temporales de proveedores en los procesos de compra”, disponible en disponible en http://www.chilecompra.cl/category/centro-de-documentación/normativa/directivas-de-compra/.

ARTÍCULO 4°: INHABILIDADES Y PROHIBICIONES

Los oferentes no podrán incurrir en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en el inciso 1° del artículo 4° de la Ley Nº19.886, y las dispuestas en el artículo 35 quáter y 35 septies de la Ley N°21.634, que moderniza la Ley de Compras, para cuyo efecto el proponente deberá suscribir la Declaración Jurada Simple disponible en la plataforma de mercado público al momento de subir su oferta.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el artículo 3° precedente, las causales de inhabilidad establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado, debiendo en consecuencia suscribir cada uno de ellos la correspondiente Declaración Jurada indicada en el párrafo anterior, según corresponda. En caso de afectar una causal de inhabilidad a un integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La declaración jurada para ofertar que suscriban electrónicamente los proveedores al participar en el proceso de licitación pública es la siguiente:

“No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26 letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, del 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, de 1973.

Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por los delitos en la ley N°20.393.

No he sido condenado por los tribunales de justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la Ley N°21.595 de delitos económicos. En el caso de mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o participe con poder para influir en la administración, a personas naturales que lo hubieren sido condenadas a la citada medida.

No soy ni he sido durante el periodo de un año trascurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido (a), a estos o aquellos por los vínculos descritos en la letra d) del artículo 54 de la Ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad inclusive).

No integro la nómina del personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido (a) a estos o aquellos por los vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 (cónyuge, convivientes civil o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).

Mi representada no es sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes conforme parte o sea beneficiarias finales.

Mi representada no es una sociedad en comunidad por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada, en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto o quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.

Mi representada no es una sociedad anónima abierta en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o mas del capital o sean beneficiarias finales.

No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

Nota: Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de los informada en una declaración jurada puede traducirse en la comisión de delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del código penal, que dispone que “ el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas del presidio menor en sus grados mínimos a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”.

ARTÍCULO 5°: CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

Los oferentes podrán formular consultas a las bases, a través de la funcionalidad “preguntas licitación” que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, dentro de los 10 días corridos siguientes a la publicación del llamado. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, dentro de los 3 días corridos siguientes al vencimiento del plazo anterior.

No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.

Asimismo, a través del portal, SERNAGEOMIN podrá efectuar a iniciativa propia aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad al décimo cuarto día corrido siguiente a la publicación del presente llamado a licitación.

Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. Lo anterior es sin perjuicio de las medidas extraordinarias por caso fortuito, que se formalizarán mediante aclaraciones en los términos dispuestos en el artículo 1 de estas Bases.

Sin perjuicio de lo señalado, SERNAGEOMIN podrá también modificar las presentes Bases antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o con motivo de una consulta o aclaración solicitada por alguno de los interesados.

Las modificaciones que se introduzcan formarán parte integrante de las Bases y estarán vigentes desde la total tramitación del respectivo acto administrativo, el que deberá considerar un aumento prudencial del plazo para la presentación de ofertas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.

En todos los casos, será obligación de los interesados, revisar periódicamente el proceso de licitación, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y considerar para la preparación de sus ofertas las respuestas y aclaraciones emitidas por SERNAGEOMIN, como asimismo toda modificación introducida a las Bases.

ARTÍCULO 6º: FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal de Internet www.mercadopublico.cl, no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable.

No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, salvo en los casos previstos en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886, en cuyo caso las ofertas deberán presentarse en soporte papel y entregarse dentro del plazo y hora señalado en el artículo sobre “Plazo de Presentación de las Ofertas”, en Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María 0104, comuna de Providencia, en sobre cerrado dirigido al Jefe del Departamento de Administración y Finanzas del SERNAGEOMIN, con indicación del N° de ID de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl, rotulado contratación del servicio de aseo y jardinería para las dependencias de Sernageomin en la región de la Araucanía, ubicadas en avenida Rudecindo ortega N° 03786 en la ciudad de Temuco y Centro Volcanológico de Villarrica, en sector Los Guindos, Cruz Blanca, kilómetro 6.3 camino tramo Villarrica – Pucón, por un periodo de 24 meses.”. Cada oferta que se realice deberá efectuarse respecto de todos los requerimientos previstos en las presentes bases, sin que sea posible efectuar ofertas parciales.

Se deja constancia que un mismo oferente NO podrá presentar más de una oferta.

ARTÍCULO 7°: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Las ofertas deberán presentarse dentro de los 20 días corridos siguientes a la publicación de estas Bases en el Portal www.mercadopublico.cl., hasta las 12:00 horas del último día del plazo, a menos que el último día del plazo recaiga en día lunes, o en un día hábil inmediatamente siguiente a un feriado, en cuyo caso las ofertas podrán presentarse hasta las 15:00 horas. No se aceptarán ofertas presentadas después del día y hora dispuestos al efecto.

Con todo, en caso de indisponibilidad técnica del portal www.mercadopublico.cl, durante este período, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras Públicas, excepcionalmente las ofertas podrán ser recibidas en soporte papel, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, en virtud de lo establecido en el artículo 46 del reglamento de compras.

ARTÍCULO 7° BIS: VISITA TECNICA OBLIGATORIA.

 

El presente proceso de licitación contempla la realización de una visita técnica previa a la presentación de ofertas, la cual tendrá por objeto que los oferentes conozcan en terreno las condiciones en que deberán prestarse los servicios, a fin de presentar una oferta técnica y económica debidamente ajustada a los requerimientos de la presente licitación.

La visita técnica se efectuará en las dependencias de SERNAGEOMIN Región de La Araucanía, ubicadas en los siguientes lugares:

  • Avenida Rudecindo Ortega N° 03786, ciudad de Temuco.

  • Sector Los Guindos, Cruz Blanca, Kilometro 6.3 camino Villarrica – Pucón.

La fecha y hora de la visita técnica serán las indicadas en el portal www.mercadopublico.cl

La visita técnica a cada dependencia, tendrá el carácter de obligatoria, por lo que la inasistencia implicará la inadmisibilidad de la oferta.

Se exige puntualidad estricta. La visita se iniciará exactamente en el día y hora establecidos, no permitiéndose el ingreso de oferentes que lleguen con más de 10 minutos de atraso, quienes quedarán automáticamente excluidos de participar en la visita y, por ende, del presente proceso licitatorio.

Las ofertas que no cumplan con la visita técnica obligatoria en los términos señalados, serán declaradas inadmisibles.

ARTÍCULO 8º: CONTENIDO DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán contener en formato electrónico o digital:

  1. Antecedentes Generales del Proponente:
    1. Tratándose de Personas Jurídicas

Declaración Jurada, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley Nº19.886 y las dispuestas en el artículo 35 quáter y 35 septies de la Ley N°21.634.

B.    Tratándose de Personas Naturales

Declaración Jurada Simple, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4 de la Ley Nº19.886 y las dispuestas en el artículo 35 quáter y 35 septies de la Ley N°21.634.

C.    Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores

  1. Documento público que formaliza la unión, de acuerdo al formato del Anexo N°1 el que debe dar cuenta a lo menos del acuerdo para participar de esta forma, de la solidaridad establecida entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, y del nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, de acuerdo a los requisitos exigidos en el artículo 3° “Participantes”, de las presentes bases. La vigencia de esta unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación.

  1. Declaraciones Juradas Simples disponibles en la plataforma de mercado público de cada uno de las personas naturales o jurídicas que forman la unión temporal, al momento de ingresar su oferta, debidamente completas y firmadas, que den cuenta que el respectivo integrante no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley Nº19.886 (según formulario contenido en Anexo Nº2 o N°3 de estas Bases, según corresponda).

II. Oferta Técnica

La Oferta Técnica deberá ajustarse a lo previsto en el apartado “Bases Técnicas”, y presentarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la sección anexos técnicos.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los integrantes de la misma determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.

 

III. Oferta Económica

En el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl  se deberá informar el precio neto de la contratación por 24 meses, expresado en pesos chilenos y sin impuestos.

Adicionalmente, deberá presentarse a través del portal, el Detalle de Oferta Económica que se acompaña como Anexo N°4 de estas Bases, en que se indique claramente la naturaleza y cuantía de los impuestos que afectan al servicio, y que en consecuencia deberán ser aplicados sobre el monto neto señalado en el formulario electrónico del portal.

Las ofertas económicas, con impuesto incluido, deberán enmarcarse en el presupuesto disponible, el que asciende al monto máximo de $84.000.000 (ochenta y cuatro millones de pesos), impuesto incluido, por un periodo de veinticuatro (24) meses, el que se encuentra ajustado a las condiciones reales y actuales del mercado y en caso de sobrepasar dicho monto, estas ofertas quedarán fuera de Bases y no serán evaluadas por resultar inadmisibles.

Es importante señalar que todos los costos en que incurra el oferente adjudicado estarán dentro del valor ofertado; por tanto, el SERNAGEOMIN no incurrirá en gastos ni costos adicionales al valor adjudicado.

En caso de que se presente disconformidad entre los precios informados por el oferente en el formulario electrónico y los precios señalados en el Anexo N°4, primará el precio informado en el referido Anexo.

Asimismo, en caso de que se presente disconformidad entre los precios y/o impuestos desglosados informados por el oferente en el Anexo N°4 y la suma total señalada en el mismo Anexo, primará el precio total con IVA incluido informado, y se procederá a ajustar el monto proporcionalmente, de manera que la suma del precio e impuestos en su caso cuadre con el precio total con IVA incluido informado por el oferente.

Si la licitación resulta adjudicada a un oferente cuya propuesta económica haya presentado la disconformidad señalada precedentemente, al momento de emitir la correspondiente orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl, deberá dejarse constancia en las observaciones de la misma, del precio indicado en el Anexo N°4, ajustado, en su caso, en la forma indicada en el inciso precedente.

ARTÍCULO 9°: PACTO DE INTEGRIDAD.

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12 y 16, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

  1. El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  2. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

  1. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  1. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  2. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

  1. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  1. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Se deja expresa constancia de que toda referencia al “oferente” efectuada en este artículo se hace extensiva al respectivo adjudicatario y/o contratista.

El incumplimiento por parte del oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, de uno o más de los compromisos asumidos en virtud del “Pacto de Integridad”, contenido en estas Bases, acarreará la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, procediéndose a ejecutar la respectiva garantía de seriedad de la oferta o de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.

 

ARTÍCULO 10º: DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS

Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 60 días corridos, contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas.

Si dentro del plazo de validez de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación o la readjudicación, SERNAGEOMIN podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas, hasta por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.

ARTÍCULO 11°: APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura electrónica de las propuestas se efectuará desde el cierre de las ofertas hasta 24 horas hábiles siguientes.

Se levantará un Acta de Apertura Electrónica emitida en el portal www.chilecompra.cl en la cual se dejará constancia del día y hora de la apertura, de la individualización de los oferentes y de la aceptación o rechazo de sus ofertas, señalando en su caso el fundamento del rechazo, como asimismo, cualquier otro hecho relevante.

ARTÍCULO 12°: REVISIÓN DE LAS OFERTAS Y SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES

Sólo se aceptarán Ofertas enviadas electrónicamente vía el portal www.mercadopublico.cl

Tratándose de una unión temporal de proveedores, sólo se aceptarán ofertas presentadas por el representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión.

Se procederá a rechazar aquellas propuestas presentadas por participantes que no hayan remitido su oferta técnica y su oferta económica, electrónicamente, a través del portal www.mercadopublico.cl.

SERNAGEOMIN solicitará a los oferentes que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información.

Para estos efectos, se otorgará un plazo de 48 horas corridas contadas desde la publicación de este requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas, pero será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en el factor “Presentación Formal de las Propuestas”, según lo estipulado en el artículo sobre “Evaluación de las Ofertas” contenido en estas Bases.

Transcurrido el plazo otorgado sin que el participante subsane los errores u omisiones señaladas, se declarará inadmisible sin más trámite su oferta, salvo en los casos en que las presentes Bases contemplen expresamente como sanción para la falta de información, la asignación de una determinada nota en la evaluación del correspondiente factor.

En todos los casos, será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, a través de la cual se solicitará la subsanación de errores u omisiones detectados y/o los antecedentes o certificaciones omitidos, debiendo enviar oportunamente los antecedentes requeridos.

ARTÍCULO 13°: SOLICITUD DE ACLARACIONES

SERNAGEOMIN podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o se acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases.

Asimismo, SERNAGEOMIN podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

 

Será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, a través de la cual se solicitarán las aclaraciones que correspondan, y enviar oportunamente la información requerida.

ARTÍCULO 14º: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios:

  1. Javier Marquez Menanteaux, RUN N°15.380.478-8, Asistente administrativo, OVDAS – RNVV del Sernageomin.

  1. José Bon Rebolledo, RUN. N° 12.388.719-0, Encargado de inventario OVDAS - RNVV del Sernageomin.       

  1. Christian Delgado Echeverria, RUN. N° 13.318.363-9, Coordinador área electrónica OVDAS - RNVV del Sernageomin.       

En caso de ausencia o impedimento de algún integrante titular de la Comisión Evaluadora, nombrase en calidad de reemplazante al siguiente funcionario del Servicio.

Doña Susana Ulloa Pineda, Run. N° 12.537.041-1 Secretaria del OVDAS – RNVV del Sernageomin.

Los criterios objetivos de evaluación, sus factores y sus ponderaciones se indican en el cuadro siguiente:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

1.Oferta Económica

40%

2.Experiencia comprobada en el rubro

30%

3.Condiciones de empleo, remuneración y otros

20%

4. Programa de Integridad o Código de Ética

5%

5.Presentación formal de la propuesta 

5%

TOTAL

100%

  Los criterios de evaluación de las ofertas serán evaluados por la Comisión Evaluadora, de acuerdo con los puntajes o notas que obtengan de acuerdo con las fórmulas contenidas en la siguiente tabla:

CÁLCULO DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN

 

I. OFERTA ECONÓMICA.

 

El oferente deberá presentar el anexo económico N°4, donde deberá desglosar en el cuadro el valor total del contrato por 24 meses, con el impuesto incluido.

 

Las ofertas económicas, con impuesto incluido, que superen el presupuesto disponible, será declarada fuera de bases y en consecuencia inadmisible.

 

Asimismo, las ofertas económicas cuyo anexo económico N°4, no precise el desglose solicitado será declarada fuera de bases y en consecuencia inadmisible.

 

Valor  total por 24 meses, más económico tendrá la nota máxima, y las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo con la siguiente fórmula: (menor precio / precio evaluado x 7)

40%

 

No informa a través del anexo 4, o supera presupuesto asignado

Queda fuera de evaluación y en consecuencia será declarada inadmisible

 

II. EXPERIENCIA COMPROBADA EN EL RUBRO COMO EMPRESA O COMO PERSONA NATURAL

 

Deberá presentar el Anexo N° 7 de las presentes bases de licitación, con indicación de las empresas o instituciones a ha prestado servicios de la misma naturaleza y período en que prestó servicios y datos de contactos que permitan verificar la información. Se debe tener presente que, para efectos de considerar experiencia, la comisión evaluadora contabilizará los meses de experiencia. Sernageomin queda facultado para verificar que la información sea verídica, por tanto, si no incorpora datos de contacto verificable, no será considerado en la evaluación.

 

Más de 60 meses

Nota 7

30%

 

Entre 36 y 59 meses

Nota 5

 

Entre 24 meses y menos de 35 meses

Nota 3

 

Menos de 24 meses o no informa o no acredita experiencia

Nota 0

 

III. CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN

Los antecedentes que se presenten deben corresponder a trabajadoras y trabajadores con contrato vigente a la época de presentación de oferta.

a) Ranking Sueldo de las/los trabajadores que prestarán servicios de aseo en el contrato que se derive de esta licitación                                                                                                      

60%

20%

Se deberá considerar el sueldo bruto, esto es Sueldo Base más            Gratificaciones, cualquier otra asignación no será considerada para dicho cálculo, donde especifique cual será la remuneración de los trabajadores. El ranking se establecerá en base al promedio de las remuneraciones de los trabajadores que van a prestar el servicio de aseo (se excluye jefaturas. El oferente deberá informar la remuneración a través de una declaración jurada (anexo 8).

Primer lugar

Nota 7

Segundo lugar

Nota 5

Tercer lugar

Nota 3

No informa a través del anexo, la información es incompleta o informa una o más remuneraciones/es bruta es inferior al ingreso mínimo legal

Queda fuera de evaluación y en consecuencia será declarada inadmisible

b) Cotizaciones Previsionales pagadas  

20%

Deberá acreditarse mediante Certificado actualizado, emitido por la respectiva Inspección del Trabajo con una antigüedad máxima de 60 días de vigencia, que no registra deuda previsional.

No registra deuda previsional

Nota 7

Registra deuda previsional, gestiona con convenio de pago, o cotizaciones declaradas, pero no pagadas

Nota 3

Registra deuda previsional sin gestionar o no informa estado de pago de cotizaciones previsionales o el certificado no cumple con la vigencia solicitada

Queda fuera de evaluación y en consecuencia será declarada inadmisible

c) El empleador proporciona ropa de trabajo e implementos de uso personal para efectuar labores de aseo.

20%

El proveedor deberá indicar en su oferta técnica el detalle de la ropa de trabajo e implementos tales como guantes desechables u otros, que proporcionará a sus trabajadores, todos los que serán a costo exclusivo del empleador.

El empleador proporciona a todos sus trabajadores

ropa de trabajo, e implementos de seguridad.

Nota 7

El empleador no proporciona a todos sus trabajadores ropa de trabajo, e implementos de seguridad o no informa

Nota 0


IV. PROGRAMA DE INTEGRIDAD O CODIGO DE ETICA                                                                                                        Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°9. A su vez, deberá adjuntar el referido programa de integridad a su oferta, como medio de verificación. En caso de que no se presente el Anexo N°9 debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido.

Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.

Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal.

Nota 7

5%

No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal.

Nota 0

V. PRESENTACIÓN FORMAL DE LA PROPUESTA

Presenta todos los antecedentes solicitados dentro de plazo

Nota 7

5%

Presenta los antecedentes omitidos dentro de plazo

Nota 5

No informa y no subsana dentro de plazo

Queda fuera de evaluación y en consecuencia será declarada inadmisible

Cada factor será calificado conforme la ponderación recién señalada, informando las razones o fundamentos tenidos en consideración para el otorgamiento del puntaje asignado.

SERNAGEOMIN se reserva el derecho de verificar los antecedentes presentados por los oferentes.

Se deja constancia que el puntaje mínimo para cada factor que puede obtener un oferente es de 1 punto, de manera que, si por aplicación de una determinada fórmula matemática, rebaja u otro, un oferente obtiene una nota inferior a 1, ésta se aproximará a 1.

Nota Mínima para adjudicar 5,0.

Cada factor será calificado conforme la ponderación recién señalada, informando las razones o fundamentos tenidos en consideración para el otorgamiento del puntaje asignado.

 

SERNAGEOMIN se reserva el derecho de verificar los antecedentes presentados por los oferentes.

Resolución de Empates

En caso de que luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo quedando ambas en condiciones de adjudicar, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios, según orden de prelación definido a continuación:

  1. Oferta Económica
  2. Experiencia comprobada en el rubro
  3. Condiciones de empleo y remuneración
  4. Programa de integridad o código de ética
  5. Presentación formal de la propuesta 

En caso de que una vez aplicadas las reglas referidas aún se mantenga el empate, se preferirá la oferta del proveedor que primero haya ingresado su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.

De la evaluación resultante, se elaborará un Acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicha Acta dará cuenta de lo siguiente:

a)     Los errores u omisiones de fondo que se hayan constatado en el proceso de revisión de las ofertas desarrollado con posterioridad a la apertura, dejando constancia en consecuencia de las ofertas que no fueron evaluadas por no cumplir con los requisitos establecido en las Bases, y especificando los artículos que habrían sido vulnerados y la forma como se configuró dicha vulneración.

b)     Los errores u omisiones formales detectados tanto en el acto de apertura como en el posterior proceso de revisión de las ofertas, señalando si se solicitó la subsanación a través de foro inverso, y dando cuenta de si fueron subsanadas en tiempo y forma o no.

c)     La evaluación de las ofertas que resultaron admisibles, señalando los criterios y ponderaciones utilizados, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la aplicación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

d)     El Acta de Evaluación indicará con claridad a cuál oferente se sugiere adjudicar la licitación, o propondrá declarar desierto el proceso, en caso de que las ofertas presentadas no sean convenientes para los intereses de SERNAGEOMIN, o si ninguna de ellas resulta admisible por no cumplir los requisitos solicitados en las presentes Bases.

SERNAGEOMIN se reserva el derecho de adjudicar la licitación al oferente que obtenga el más alto puntaje por aplicación de los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, aun cuando su oferta no sea la de más bajo precio, o rechazar fundadamente todas las ofertas por inconvenientes, declarando en este caso desierta la licitación.

ARTÍCULO 15°: DE LA ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN

Mediante la dictación de la correspondiente resolución fundada, SERNAGEOMIN podrá:

a. Declarar inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes Bases.

b. Declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.

c. Adjudicar la licitación al oferente que obtenga el más alto puntaje por aplicación de los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, aun cuando su oferta no sea la de más bajo precio.

La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo del SERNAGEOMIN, dentro de 10 días corridos contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, notificándose dicho acto administrativo mediante su publicación en el Sistema de Información.

Este plazo podrá extenderse, debiendo informarse esta situación en el Sistema de Información, indicando la nueva fecha para la adjudicación, asimismo las razones que justifican esta ampliación de plazo.

Dicho acto administrativo deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las Bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento de la Ley N°21.634, aprobado por Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, señalando las notas que obtuvo en cada uno de ellos y las razones que justifican el puntaje otorgado.

Las consultas y/u observaciones respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 3 días corridos contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del aplicativo de gestión de reclamos disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl

En caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en dicho registro de proveedores de Mercado Público, deberá obtener ese estado en el plazo de 15 días hábiles corridos desde que el SERNAGEOMIN le notifique la adjudicación de su oferta.

Readjudicación

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la orden de compra en el plazo de dos días desde que le fue despachada, no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para formalizar la contratación, en los plazos que se establecen en las presentes Bases, SERNAGEOMIN tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de cuatro días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

Los oferentes ubicados en los lugares segundo, tercero o siguientes, en su caso, deberán cumplir con la entrega de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 4 días corridos, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.

Por su parte, en caso de que uno o más integrantes de una Unión Temporal de Proveedores no cumplan la exigencia de encontrarse inscrito y hábil en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado y/o les afecta alguna causal de inhabilidad, la Unión Temporal deberá comunicar a SERNAGEOMIN dentro del mismo plazo de 4 días corridos señalado en el inciso precedente, si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La posibilidad de elección prevista en el inciso anterior no procederá en caso que el integrante de la unión que no cumpla la exigencia y/o a quien le afecta la inhabilidad, haya reunido una o más características objeto de evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión de Proveedores. En tal caso, se entenderá que la Unión de Proveedores adjudicada no acepta la adjudicación, pudiendo SERNAGEOMIN adjudicar y suscribir el contrato respectivo con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar, el tercero o los siguientes en la evaluación, conforme a lo regulado en los incisos precedentes.

ARTÍCULO 16º: DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Resuelta la adjudicación de la oferta, se celebrará el contrato correspondiente, que será redactado por SERNAGEOMIN dentro de 15 días corridos contados desde la notificación efectuada en conformidad al artículo precedente, a menos que SERNAGEOMIN requiera de un mayor lapso para un mejor estudio de los antecedentes del caso, debiendo la entidad adjudicataria entregar dentro de plazo y en la forma y condiciones establecidas más adelante, una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas.

El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses de SERNAGEOMIN, pudiendo contemplar especialmente las relativas al cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social entre el adjudicatario y sus dependientes.

ARTÍCULO 17°: ANTECEDENTES A ENTREGAR PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO

Para proceder a la firma del contrato, el oferente adjudicado deberá encontrarse inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.chileproveedores.cl.

Tratándose de una Unión de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo denominado “Participantes” de estas Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá encontrarse inscrito y hábil en el Registro señalado. En caso de que uno o más integrantes de la unión no cumplan dicha exigencia, ésta deberá decidir si se desiste de su participación en el respectivo proceso o si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma, siempre que el integrante inhábil de la unión temporal que se retira no haya reunido una o más de las características que fueron objeto de la evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión de Proveedores. La decisión que se adopte deberá ser comunicada por escrito por el representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión, dentro del plazo de 5 días corridos, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.

Previo a la suscripción del contrato el adjudicatario deberá entregar a SERNAGEOMIN, la información y documentación que a continuación se indica:

  1. Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.

  1. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo sobre “Participantes” de las presentes Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá hacer entrega de sus respectivas declaraciones.

  1. En caso de que el adjudicatario sea una entidad privada, certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales N°30, otorgado por la Dirección del Trabajo, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N°319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del artículo 183-C, inciso segundo, del Código del Trabajo.

  1. En caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica, deberá hacer entrega de una declaración jurada que contenga la identificación de sus socios y accionistas principales. Se exceptúan sin embargo de dicha obligación, los adjudicatarios cuya información relativa a composición societaria y accionistas principales se encuentre disponible en el portal www.chileproveedores.cl. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo sobre “Participantes” de las presentes Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá hacer entrega de sus respectivas declaraciones

  1. Nombre completo y dirección de correo electrónico de la Contraparte designada para la gestión del contrato a que dé lugar la presente licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo sobre “Administración del Contrato” de las Bases de Licitación.

  1. Información necesaria para realizar los pagos que correspondan.

  1. La siguiente información legal de la adjudicataria, en la medida que los respectivos antecedentes no se encuentren disponibles en el Sistema de Información, en el Registro de Proveedores del Estado, o en el Registro de Empresas y Sociedades creado por la Ley N°20.659:

1.   Tratándose de personas jurídicas:

a)    Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

b)    Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, a la época de presentación de la oferta.

c)    Copia del Rol Único Tributario.

  1. Tratándose de personas naturales:

  1. Fotocopia de la cédula de identidad y Fotocopia del RUT si lo tuviere

  1. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores:

  1. Escritura pública que formaliza el acuerdo en que consta la Unión Temporal, a menos que dicha escritura púbica haya sido presentada al momento de ofertar. En la referida escritura pública se deberá establecer, a lo menos, la identificación de sus integrantes, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, y la determinación de su vigencia, la que no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.

  1. Antecedentes legales de la persona natural o jurídica designada como representante o apoderado común, y los de cada una de las personas naturales o jurídicas que integran la Unión de Proveedores, según se indica en los numerales precedentes.

Se deja constancia de que en caso de que el adjudicatario no haga entrega de los documentos e información señalada, dentro del plazo y en la forma que establezca SERNAGEOMIN al efecto, SERNAGEOMIN dejará sin efecto la adjudicación, pudiendo adjudicar la licitación al oferente que siga en puntaje, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo “De la adjudicación y readjudicación” de las mismas Bases.

 

ARTÍCULO 18°: GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.

Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, el adjudicatario deberá entregar, con anterioridad a la suscripción del contrato, una Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, PAGADERA A LA VISTA, DE EJECUCIÓN INMEDIATA, y CON CARÁCTER DE IRREVOCABLE, EXPRESADA EN PESOS CHILENOS, por la suma equivalente al 5% del monto neto del contrato, (sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento, en cuyo caso deberá considerarse el equivalente en pesos a la fecha de emisión del mismo), y cuya vigencia deberá comprender el plazo total del contrato más 60 días hábiles contados desde la fecha de término del mismo.

La garantía se deberá tomar a nombre del SERNAGEOMIN RUT N°61.702.000-9, podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso de que la garantía sea otorgada físicamente deberá entregarse en la Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María N°0104, de la comuna de Providencia, ciudad de Santiago, región Metropolitana o bien en la Oficina de Partes de la Dirección Regional de Magallanes. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

En caso que las garantías se otorguen de manera electrónica, al ser documentos de naturaleza eléctrica no es necesario que sean entregados de forma física, por lo que pueden ser adjuntados a las ofertas en el sistema Mercado Público, o bien, que las remitan al correo electrónico adquisiciones@sernageomin.cl o oficinadepartes@sernageomin.cl ; debiendo cumplir con los mismos plazos máximos para efectos de entregar dichas garantía.

Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 121 del reglamento de la ley N°19.886. El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se otorga “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del contratación del servicio de aseo y jardinería para las dependencias de Sernageomin en la región de la Araucanía, ubicadas en avenida Rudecindo ortega N° 03786 en la ciudad de Temuco y Centro Volcanológico de Villarrica, en sector Los Guindos, Cruz Blanca, kilómetro 6.3 camino tramo Villarrica – Pucón, por un periodo de 24 meses y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista”.

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros.

Esta garantía podrá hacerse efectiva especialmente en los siguientes casos:

a)    Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del contratista con sus trabajadores.

b)    Si el contratista no paga las multas cursadas dentro del plazo de 5 días corridos siguientes a la notificación de la resolución fundada que dispuso su aplicación.

c)    Si el contrato termina en forma anticipada por incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones contractuales del contratista, en conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo sobre “Plazo del Contrato y Terminación Anticipada” de las presentes Bases.

Será responsabilidad del contratista mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en los términos indicados en este artículo, durante toda la vigencia del respectivo contrato.

La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta después de finalizados los servicios, una vez transcurridos 60 días hábiles desde el término del contrato, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso SERNAGEOMIN queda desde ya autorizado para proceder a hacerla efectiva sin más trámite.

Sin perjuicio de lo anterior, considerando que el uso de garantías es de carácter excepcional y tiene por objeto proteger los intereses fiscales, resguardando el correcto cumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones que emanan del contrato, en caso que el mismo termine anticipadamente por cualquier causa que no dé lugar a la ejecución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento entregada, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la referida caución será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley N°19.886.

Se deja constancia que la ejecución de las garantías que se otorguen en virtud de lo establecido en este artículo es compatible con el cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en el artículo 19° sobre “Medidas a Aplicar en Caso de Incumplimiento”, y además con el ejercicio de las acciones que procedan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento de la adjudicataria genere.

Asimismo, en caso de ejecutarse el cobro de esta boleta de garantía, el proveedor deberá reponer y constituir una nueva boleta de garantía en los mismos términos antes señalados, considerando el período de tiempo restante.

El procedimiento de cobro de garantías se sujetará a lo señalado para la aplicación de multas.

 

ARTÍCULO N°19: MEDIDAS A APLICAR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO

En caso de que la entidad contratada incurra retrasos o incumplimientos en la prestación del servicio, se le aplicará una multa de acuerdo a lo que se indica en la tabla a continuación, la cual será imputable al proveedor adjudicado:

Incumplimientos

Monto de la multa

Incumplimiento del horario, superior a una hora, por parte del personal de la empresa adjudicada, asignado al contrato con SERNAGEOMIN.

El monto de la multa será de 2 UF., por cada hora de incumplimiento en el horario.

Inasistencia del o los trabajadores a una jornada laboral, sin que haya tenido lugar un reemplazo.

5 UF por cada inasistencia

No cumplimiento en los servicios diarios, semanales, quincenales o mensuales

28. UF por cada infracción

No uso del uniforme respectivo

0,5 UF cada vez que se cometa la infracción

Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas en el contrato.

 5.00 UF por cada incumplimiento, del contrato.

 

 

Normas para la aplicación de multas.

 

La decisión sobre la aplicación de la multa será notificada a la contratante, mediante carta certificada, indicándosele claramente la causa que da origen al incumplimiento, el monto de la multa y las instrucciones para el pago. La notificación se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda, debiendo ser pagada la multa dentro de los 30 (treinta) días hábiles siguientes a la notificación.

El contratante podrá presentar a SERNAGEOMIN sus descargos respecto de la aplicación de la multa, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde su notificación, debiendo acompañar los antecedentes que acrediten la causal de exculpación (hechos o circunstancias constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor). Dicho reclamo deberá presentarse por escrito, e ingresarse a través de la Oficina de Partes de SERNAGEOMIN.

Toda reclamación presentada extemporáneamente será desechada de plano. Asimismo, todo reclamo presentado en forma verbal o por una vía distinta a la señalada, se considerará como no oficial y, por lo tanto, carente de validez administrativa.

SERNAGEOMIN resolverá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción la reclamación presentada; acogiendo los fundamentos dados por el contratante, o bien rechazándolos, confirmando así la aplicación de la multa respectiva.

Vencido el plazo de 5 días hábiles sin que el contratante haya presentado reclamación, o bien rechazada la reclamación presentada, la aplicación de las multas se formalizará mediante la correspondiente resolución fundada, que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y se ejecutará unilateral y administrativamente por SERNAGEOMIN, deduciendo su valor de los pagos que corresponda cursar a la empresa, lo anterior sin perjuicio de los recursos administrativos a que haya lugar.

La aplicación de una multa no podrá implicar atraso alguno en el pago de facturas, reteniéndose de éstos, únicamente, el monto de las multas. El monto deducido por concepto de multa se pagará al adjudicatario o se retendrá definitivamente, en cuanto se conozcan las resultas de los recursos presentados, o hayan transcurrido los plazos previstos al efecto por la Ley N°19.880 sin que el interesado haya impugnado la respectiva resolución.

ARTÍCULO 20°: PLAZO DEL CONTRATO Y TERMINACIÓN ANTICIPADA

El contrato que se celebre a consecuencia del presente proceso licitatorio entrará en vigencia  en la fecha indicada en el contrato y se extenderá por 24 meses. No obstante, los pagos correspondientes quedaran suspendidos y supeditados a la total tramitación de la resolución aprobatoria.

La vigencia del contrato, señalada precedentemente, se entiende sin perjuicio del término por resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, como asimismo de la posibilidad de SERNAGEOMIN de poner término anticipado al contrato, en cualquier tiempo, a través de comunicación escrita enviada por carta certificada al adjudicatario con una anticipación de a lo menos 30 (treinta) días corridos a la fecha de término deseada.

La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 

2) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

5) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.

6) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.

b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. 

c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.

7) Sobrepasar el límite o tope de las multas establecidas en la cláusula “Medidas a Aplicar en caso de incumplimiento”.

8) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 5% del valor total contratado o se apliquen más de 6 multas totalmente tramitadas en un periodo de 6 meses consecutivos.

9) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.

10) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

11) En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP):

a.       Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.

b.       De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

c.       Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

d.       Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.

e.       Disolución de la UTP.

12) Falta de disponibilidad presupuestaria de Sernageomin.

13) Termino del contrato de arrendamiento del inmueble.

14) Suspensión del proveedor del registro de proveedores de Mercado Público.

De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del numeral 3) y 12) y 13), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en el punto Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimiento”:

Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.

Resciliación o término de mutuo acuerdo

Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.

ARTÍCULO 21°: PAGOS

El pago de los servicios contratados mediante el presente proceso de licitación se efectuará en 24 mensualidades de igual valor, dentro de los 30 días siguientes, contados desde la fecha de recepción de la factura respectiva, i. previa recepción conforme de los servicios prestados emitido por el JEFE DEL OVDAS y ii. acreditación por parte de la adjudicataria, del cumplimiento de todas sus obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores. El cumplimiento de las prestaciones recién señaladas deberá ser informado documentalmente, antes de cada cobro.

En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

SERNAGEOMIN exigirá al adjudicatario que proceda a dichos pagos, debiendo presentar este último, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses, los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación, el adjudicatario también podrá presentar el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales N°30, otorgado por la Dirección del Trabajo, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N°319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del Artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario dará derecho a SERNAGEOMIN a dar por terminado el contrato, de forma anticipada.

En el caso de una Unión Temporal de Proveedores lo descrito en los incisos precedentes deberá ser acreditado respecto de cada uno de sus integrantes, y las consecuencias establecidas se harán efectivas en caso de que cualquiera de ellos se encuentre en las situaciones descritas.

En caso de término anticipado del contrato, SERNAGEOMIN procederá a la liquidación del mismo, de manera de pagar únicamente el monto correspondiente a los servicios efectivamente prestados.

Los valores convenidos en el contrato podrán reajustarse anualmente de acuerdo a la variación del IPC (índice de precios del consumidor), de conformidad a lo establecido en la Directiva N°40 de Chile Compras.

ARTÍCULO 22°: FACTURACIÓN POR COBRO DEL SERVICIO

Las facturas que correspondan deberán emitirse a nombre de SERNAGEOMIN, RUT N°61.702.000-9, indicando con claridad el N° ID de la orden de compra, debiendo ingresarse exclusivamente a través de la casilla que oportunamente informe Sernageomin.

En atención a la modalidad de pago, para los efectos del artículo 3° de la Ley Nº19.983 que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a la Factura, SERNAGEOMIN tendrá un plazo de 8 días corridos, desde su notificación electrónica para reclamar en contra de su contenido.

Se deja constancia que las facturas que correspondan sólo podrán presentarse una vez que los servicios hayan sido efectivamente prestados, a total satisfacción de SERNAGEOMIN, de manera que no se admitirá facturación por anticipado. SERNAGEOMIN procederá a rechazar sin más trámite las facturas presentadas con anterioridad a la prestación de los servicios contratados.

ARTÍCULO 23°: CESIÓN DEL CONTRATO

El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones.

Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos puedan transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.

ARTÍCULO 24°: MODIFICACIÓN DE LAS PRESTACIONES

La contratación podrá modificarse por mutuo acuerdo entre las partes, siempre que no se altere la aplicación del principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. SERNAGEOMIN podrá requerir prestaciones adicionales a las originalmente contratadas, o disminuirlas, siempre que estén debidamente justificadas y sean de la misma naturaleza que las contratadas inicialmente. Las modificaciones acordadas no podrán alterar el precio total del contrato en más de un 30%.

Dichas modificaciones deberán ser aprobadas por el acto administrativo pertinente, totalmente tramitado y deberá ir acompañada de la ampliación o reducción de la vigencia del contrato, cuando corresponda.

 

ARTÍCULO 24º: CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Toda información relativa a SERNAGEOMIM o a terceros a los que la adjudicataria tenga acceso con motivo de la presente licitación, tendrá el carácter de confidencial, no pudiendo, por tanto, realizar ningún acto respecto de ellos ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de SERNAGEOMIN, pudiendo ser usada para efectos de efectuar su oferta correspondiente, limitando su tratamiento a ese trámite.

En consecuencia, la adjudicataria, se obliga a mantener la más estricta confidencialidad respecto de toda información, antecedentes o bases de datos, de SERNAGEOMIN o de terceros, a la que tengan acceso o se genere en la prestación de los servicios encomendados, así como a tomar las medidas oportunas para garantizar que su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, mantengan también esta obligación de confidencialidad, respondiendo la adjudicataria de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación.

El contratista bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte la información entregada por SERNAGEOMIN ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización.

En consecuencia, el o la contratista:

  1. No deberá hacer ningún uso de la información, antecedentes o base de datos diferente del previsto en el respectivo contrato, ya sea por sí mismos o a través de sus filiales o terceros en general.

  1. No deberán transferir, ceder o transmitir a cualquier título, gratuito u oneroso, la información, antecedentes o base de datos generados, en virtud del respectivo contrato.

  1. No deberán transmitir o divulgar a terceros la información, antecedentes o bases de datos por ninguna otra vía o procedimiento.

  1. No deberán efectuar copia alguna, por ningún medio, ni bajo ningún concepto, de la información facilitada por SERNAGEOMIN para la realización de los servicios objeto del contrato, salvo autorización previa, expresa y escrita de SERNAGEOMIN.

  1. Deberán custodiar la información recibida a fin de que se garantice la protección adecuada de la misma y de su contenido, para evitar que personas no autorizadas o ajenas a la misma, puedan hacer uso indebido de ella.

La contratista deberá garantizar que en la prestación de los servicios no se infringirá de manera alguna las disposiciones establecidas en la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada, y toda la normativa relacionada, y garantizar que los datos personales recolectados en la prestación de los servicios sólo serán utilizados para los fines del respectivo contrato, por lo que los mismos no podrán ser procesados o comunicados a persona alguna o utilizados para un propósito distinto al que contemple el contrato.

La contratista deberá devolver cualquier documentación, publicación, material o antecedente que constituya una información confidencial, sustentado en cualquier tipo de soporte, al término del contrato.

En caso de incumplimiento de esta cláusula, SERNAGEOMIN podrá terminar anticipadamente el Contrato, por incumplimiento grave del mismo, de acuerdo con lo especificado en el artículo sobre sobre “Plazo del Contrato y Terminación Anticipada” de las presentes Bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de acuerdo al procedimiento establecido para el cobro de la misma en el artículo sobre “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.

ARTÍCULO 25º: REORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA

En caso de fusión, transformación o cualquier otra modalidad de reorganización empresarial que realice la adjudicataria, que signifique la mantención del giro a través de una nueva figura, con la misma personalidad jurídica, la empresa deberá garantizar en la suscripción de los actos correspondientes, el estricto cumplimiento de las obligaciones adquiridas con SERNAGEOMIN y la debida continuidad del servicio ofrecido.

ARTÍCULO 26º: OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

Sin perjuicio de lo establecido en estas bases, serán obligaciones del adjudicatario, entre otras, las siguientes:

  1. El adjudicatario será plenamente responsable por el manejo financiero de sus actividades, sin que ello pueda influir en la calidad del servicio que se obligue a prestar a SERNAGEOMIN. 2. El adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de los servicios. SERNAGEOMIN no tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con dicho personal.

  1. Será de cargo y responsabilidad exclusiva del adjudicatario el pago de las remuneraciones, enterar las cotizaciones de seguridad social, pago de seguro obligatorio de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, el pago de los impuestos y otros que deriven de la relación laboral que éste tenga con sus trabajadores o personas a través de las cuales prestará el servicio; de modo tal que SERNAGEOMIN no asume responsabilidad directa ni indirecta alguna por dichos conceptos.

  1. Será responsabilidad del adjudicatario la adopción de todas las medidas y elementos de seguridad que correspondan a la naturaleza del servicio, relevando de toda injerencia y responsabilidad a SERNAGEOMIN.

SERNAGEOMIN, podrá solicitar en cualquier momento que el adjudicatario le exhiba los documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones de índole laboral y previsional relativo a la o las personas asignadas a la prestación de los servicios materia de esta contratación.

ARTÍCULO 27°: INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN

Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, Anexos y el contrato se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.

ARTÍCULO 28°: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de Licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública.

Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia del contrato que se suscribirá, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para ante sus tribunales.

ARTICULO 29°: ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO.

La Adjudicataria deberá informar a SERNAGEOMIN, con anterioridad a la suscripción del contrato a que dé lugar la presente licitación, el nombre completo de la persona que ejercerá la función de contraparte y la casilla de correo electrónico a través de la cual se efectuarán las comunicaciones con SERNAGEOMIN.

La Contraparte, representará a la adjudicataria para efectos de la ejecución, coordinación y gestión del contrato, y será responsable de atender todos los requerimientos que sean formulados por SERNAGEOMIN. Esta persona deberá contar con un servicio de comunicación eficiente para contactarla fácilmente en caso de necesidades y requerimientos. El costo de este servicio será de cargo de la adjudicataria.

No obstante, lo anterior, y previa comunicación escrita a SERNAGEOMIN, la Adjudicataria podrá designar a otra persona para que, en caso de ausencia de la Contraparte, lo reemplace o haga las veces de tal.

Por su parte, SERNAGEOMIN designará como encargados del contrato a que dé lugar la presente licitación al Encargado/a DAF del OVDAS.

Al responsable del Contrato de SERNAGEOMIN le corresponderá la coordinación y control del cumplimiento oportuno y eficiente de las obligaciones del Adjudicatario, siendo responsable, entre otras, de dar visto bueno de conformidad a los servicios para efectos de proceder a las facturaciones que correspondan, previa verificación exhaustiva del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratante, verificación del cumplimiento conforme del servicio, aceptar o rechazar las facturas presentadas, informar los incumplimientos contractuales, gestionar la aplicación de las multas y/o término anticipado cuando corresponda, velar por la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento u otras comprometidas.

Previa comunicación escrita a la Contraparte, SERNAGEOMIN podrá designar a otro funcionario para que, en caso de ausencia del Encargado de Contrato, lo reemplace o haga las veces de tal.

BASES TÉCNICAS

ARTÍCULO 30°: 1.DESCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN.

Mediante la presente licitación se busca contratar los servicios de aseo y jardinería de las dependencias de SERNAGEOMIN en la región de La Araucanía, ubicadas en Avenida Rudecindo Ortega N° 03786 en la ciudad de Temuco y Centro Volcanológico de Villarrica, en sector los Guindos, Cruz Blanca, Kilometro 6.3 camino tramo Villarrica – Pucón, por un periodo de veinticuatro meses iniciando el 01-04-2026 y finalizando el 31-03-2028.

 

2.DESCRIPCIÓN DE LAS DEPENDENCIAS

I.- Sede OVDAS: Avenida Rudecindo Ortega N° 03786 en la ciudad de Temuco.

Terreno de 6.960.90 Metros cuadrados

Oficinas 1.702.86 Metros cuadrados

Bodegas 666,0 metros cuadrados

Subterráneo 170,94 Metros cuadrados

II.- Centro Volcanológico de Villarrica (CVV): Sector los Guindos Cruz Blanca kilómetro 6.3 camino tramo Villarrica – Pucón

Terreno de 2.800 metros cuadrados

75 metros cuadrados construidos, con dos baños.

una bodega de 18 metros cuadrados.

 

3.REQUISITOS MINIMOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El oferente deberá considerar, al menos, los aspectos mencionados en las presentes Bases Técnicas, con consideraciones tales como:

  • El oferente dispondrá de un/a Supervisor/a que deberá visitar regularmente las instalaciones.
  • Deberá disponer de personal adecuado, con salud compatible y experiencia para la realización de los servicios solicitados.
  • Todos los productos de limpieza deberán ser proporcionados por la empresa adjudicada (jabón de manos, detergente, lavaloza, cloro, amoniaco, bolsas de basura grandes y pequeñas). OVDAS solo proporcionará papel higiénico y toallas de papel.
  • El adjudicatario deberá efectuar las labores estipuladas en la presente licitación con un Supervisor para la ejecución del contrato, un mínimo de 2 auxiliares de aseo, quienes deberán desempeñar labores en turno diurno y/o nocturnos, en jornada ordinaria de trabajo, respetando la jornada ordinaria legal en las siguientes direcciones:
  • OVDAS Rudecindo Ortega 03786, Temuco
  • Centro volcanológico de Villarrica ubicada en Sector los Guindos, Cruz Blanca, Kilometro 6.3 Camino Villarrica Pucon

 

4.DETALLE DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS

El detalle de los servicios de aseo se indica a continuación:

4.1.- Funciones del Supervisor

El Supervisor será responsable de supervisar la correcta y oportuna entrega del servicio de aseo contratado, debiendo cumplir, a lo menos, las siguientes funciones:

a) Realizar una reunión inicial con el/la Encargado/a del Contrato del OVDAS.

b) Velar por el total y permanente cumplimiento del programa de aseo contratado.

c) Entregar un cronograma con la programación de las actividades mensuales, en coordinación con el/la Encargado/a del Contrato del OVDAS.

d) Sostener reuniones de coordinación y evaluación del servicio con el/la Encargado/a del Contrato del OVDAS, a requerimiento.

e) Presentar mensualmente, junto con la facturación de los servicios, la planilla de control de asistencia por mes vencido, la que deberá contener el registro del personal que prestó el servicio durante el mes inmediatamente anterior. El proveedor deberá implementar un mecanismo de control de asistencia de uso obligatorio.

f) Coordinar y disponer del personal a su cargo las tareas necesarias para una mantención estandarizada de alta calidad, así como recepcionar las necesidades de aseo que determine el/la Encargado/a del Contrato del OVDAS, especialmente aquellas asociadas a requerimientos especiales.

g) Supervisar el cumplimiento de los horarios del personal a su cargo.

h) Coordinar la logística asociada a horarios de colación, turnos, traslados, reemplazos, rutinas y horarios de entrada y salida.

i) Velar por el cumplimiento de las tareas asignadas y por la seguridad en su ejecución.

j) Contar con un procedimiento asociado a la ocurrencia de accidentes, que considere, al menos, números de contacto, mecanismos de traslado, mutualidad y acciones conforme a la normativa vigente.

k) Gestionar el traslado de uno/a de los dos trabajadores/as asignados al servicio hacia el Centro Volcanológico Villarrica (CVV), cuando así se requiera. Dicho traslado será de cargo exclusivo del proveedor, quien deberá asumir el pago de pasajes, movilización, alimentación y cualquier otro gasto asociado, conforme a la legislación laboral vigente. El Supervisor deberá coordinar y asegurar la correcta ejecución del viaje de ida y regreso del personal involucrado.

Nota: En caso de reemplazo del Supervisor, por cualquier motivo, el proveedor deberá designar a un/a funcionario/a que asuma íntegramente las funciones descritas, no pudiendo recaer dicha designación en un/a trabajador/a que se encuentre cumpliendo turno operativo.

4.2.- Funciones del Personal de Aseo (OVDAS y CVV)

El servicio de aseo será ejecutado de manera permanente, principalmente en las dependencias del OVDAS, ubicadas en Rudecindo Ortega N° 03786, Temuco, y de manera complementaria, bajo demanda y programación previa, conforme a las necesidades operativas que determine el mandante en el Centro Volcanológico Villarrica (CVV).

El proveedor deberá disponer de dos (02) trabajadores/as en forma presencial, cumpliendo la jornada legal vigente, sin contemplar aumento de dotación, quienes deberán cubrir la totalidad de las funciones establecidas en las presentes bases.

Distribución del personal

  • Dos (02) trabajadores/as destinados al OVDAS, Temuco.
  • De manera excepcional y coordinada, uno/a de estos trabajadores/as deberá trasladarse al CVV para ejecutar labores de aseo y jardinería, sin que ello implique aumento de dotación ni costos adicionales para el mandante

A)  Funciones en OVDAS. Ubicación: Rudecindo Ortega N° 03786, Temuco.

I.- Aseo

El servicio de aseo diario, semanal, quincenal, mensual y los servicios especiales descritos a continuación se ejecutarán de manera permanente y exclusiva en las dependencias del OVDAS, ubicadas en Rudecindo Ortega N° 03786, Temuco.

a)   Servicios de aseo diario:

  • Barrer, trapear y abrillantar los pisos.
  • Aspirado de los pisos y alfombras.
  • Eliminar manchas superficiales de alfombras o similares.
  • Desempolvar escritorios.
  • Vaciar y limpiar papeleros existentes en las dependencias.
  • Limpiar pisos y artefactos de los baños mínimo 2 veces al día con productos desinfectantes adecuados y que sean amigables con el medio ambiente.
  • Limpieza de muebles, revestimientos y equipos instalados para extraer el polvo acumulado.
  • Barrido y limpieza de veredas, patios interiores, terrazas y estacionamiento.
  • Preparación de salas de reuniones, biblioteca y tercer piso, lo que incluye el ordenamiento del espacio y la disposición y retiro de sillas para videoconferencias.
  • Preparación de mesas para coffee break, según requerimiento previo..
  • Retiro, lavado y orden de vajilla utilizada (tazas, vasos, cuchillería y otros utensilios), conforme al uso que se haga de las dependencias.
  • Limpieza de áreas que hayan sido intervenidas por acciones de funcionarios o empresas externas en el cometido de sus funciones.
  • Desinfección en los lugares de trabajo incluyendo insumos y considerando la limpieza de los turnos que realiza el personal OVDAS, cuando se requiera y de acuerdo con la frecuencia de personas.
  • Extracción de contenedores hacia la vía pública para su retiro por el camión recolector, de acuerdo con la disponibilidad del servicio municipal.

b)   Servicios de aseo semanal:

  • Desempolvar bordes de ventanas
  • Desmanchar puertas, muros, ventanas y pisos alfombrados.
  • Aplicar lustra muebles u otro producto de limpieza adecuado a mobiliario.
  • Limpiar centrales y aparatos telefónicos.
  • Limpieza de PC, impresoras, fotocopiadoras.

c)   Servicios de aseos quincenales:

  • Lavado, sellado y abrillantado de pisos (baldosas, madera, goma u otros), utilizando productos adecuados al tipo de superficie.
  • Encerado de pisos y limpieza profunda de alfombras, conforme a la programación establecida.
  • Limpieza de vidrios, mamparas y ventanas de los tres pisos de la sede, tanto en su cara interior como exterior, la cual podrá ejecutarse con una frecuencia quincenal o semanal, según requerimientos operativos o realización de actos protocolares.

d)   Servicios de aseo mensuales:

  • Lavado de alfombras mediante el uso de maquinaria adecuada a la operación y al tipo de superficie.
  • Limpieza de cielos rasos de oficinas e instalaciones.
  • Lavado y desmanchado de muros interiores.
  • Limpieza de instalaciones de alumbrado, incluyendo focos, lámparas de techo, tubos fluorescentes y bandejas porta tubos, entre otros elementos similares.

El servicio de aseo mensual contempla la totalidad de las áreas de las dependencias previamente individualizadas, tanto interiores como del entorno inmediato del edificio, incluyendo, entre otras, las siguientes labores:

  • Limpieza de veredas y patios.
  • Limpieza de canaletas y bajadas de aguas lluvias.
  • Mantención de áreas verdes.
  • Corte y riego de césped.
  • Retiro de basura y residuos generados por las labores de aseo.
  • Lavado de alfombras con maquinaria adecuada a la operación
  • Limpiar cielo raso de oficinas e instalaciones.
  • Lavar y desmanchar los muros.
  • Limpiar instalaciones de alumbrado (focos, lámparas de techos, tubos fluorescentes y bandejas porta tubos, etc.)

e)   Servicios especiales:

Realizar labores de limpieza profunda en sala de monitoreo, sala de descanso y otras áreas que se definan previamente, una vez finalizado los trabajos realizados por el servicio de fumigación.

Las tareas incluyen: ventilación de espacios, retiro de residuos generados por la fumigación, limpieza de superficies horizontales y verticales, lavado o desinfección de pisos, y reinstalación del mobiliario si corresponde.

Este servicio se ejecutará según programación asociada a la fumigación, estimada en una vez al mes o cuando se requiera por necesidad operativa.

Se realizará en un horario , el cual será coordinado y confirmado previamente.

II.- Jardinería

  • Corte de pasto (mínimo 1 vez al mes o según requerimiento del Servicio).
  • Desmalezado.
  • Poda de árboles y arbustos.
  • Riego de áreas verdes.
  • Limpieza y retiro de hojas secas y residuos vegetales.
  • Mantención de jardines ornamentales.
  • Barrido y limpieza de senderos, terrazas y áreas exteriores
  • Ordenamiento, hermoseamiento y mantención estética de jardines, lo que incluye labores de remoción, aireación y nivelación superficial del suelo, redistribución de tierra en macizos, acomodación de plantas ornamentales y corrección visual de áreas verdes, con el fin de mantener una presentación ordenada y adecuada del jardín.

B)   Funciones en CVV. Ubicación: Kilómetro 6,3 camino Villarrica–Pucón, sector Cruz Blanca.

Las labores serán ejecutadas por uno/a de los trabajadores/as asignados, conforme a programación definida por el Supervisor y en coordinación con el/la Encargado/a del Contrato del OVDAS, sin que ello implique aumento de dotación ni costos adicionales para el mandante.

En el Centro Volcanológico Villarrica (CVV), el servicio de aseo, jardinería y labores asociadas no tendrá carácter diario ni permanente.

La ejecución de estas labores considera un total de cuarenta y ocho (48) visitas anuales, las que serán programadas y coordinadas previamente entre el Supervisor del contrato y el proveedor adjudicado, conforme a las necesidades operativas del recinto.

La distribución mensual o semanal de dichas visitas no estará sujeta a una periodicidad fija, pudiendo concentrarse o espaciarse según los requerimientos del servicio, sin que ello implique aumento de dotación ni costos adicionales para el mandante.

 La ejecución de estas labores deberá realizarse con una periodicidad semanal, equivalente a un máximo de una (1) visita por semana, totalizando cuatro visitas mensuales o según las necesidades operativas del recinto. El día específico de ejecución será definido de común acuerdo entre el Supervisor del servicio y el proveedor adjudicado, sin que ello implique aumento de dotación ni costos adicionales para el mandante

I.- Aseo

  • Oficinas y dependencias (100 m² aprox.)
  • Bodega (6 m²)
  • Patio (media hectárea aprox.).

II.- Jardineria

  • Corte de pasto, el cual se realizará de acuerdo con el estado y crecimiento del césped, considerando las condiciones climáticas y estacionales
  • Desmalezado de áreas verdes, senderos, bordes, patios y sectores aledaños a edificaciones, con elfin de mantener condiciones adecuadas de orden y seguridad
  • Poda de árboles, arbustos y plantas, orientada a la mantención, control de crecimiento, seguridad de las instalaciones y despeje de áreas de tránsito.
  • Retiro y disposición de residuos vegetales generados por las labores de jardinería (pasto, ramas, maleza u otros).

5.- CONDICIONES GENERALES DE LA PRESTACION DEL SERVICIO

El servicio de aseo será proveído de lunes a sábado (excepto festivos) el horario de trabajo será definido en reunión de inicio del servicio, la que se realizará antes de entrado en vigencia el contrato y que podría ser modificado previa coordinación.

El servicio de aseo contempla todas las áreas de las dependencias antes individualizadas, tanto interior como del entorno inmediato (limpieza de veredas, jardines, terrazas, escalas de emergencia, patios, etc.)

Será obligación del adjudicado, la provisión de insumos y materiales de aseo utilizados en la realización de los servicios ofrecidos, que se encuentren en armonía con la protección y cuidado del medio ambiente (biodegradables). El proveedor deberá proveer de bolsas de basura, lavalozas, desengrasante y demás insumos necesarios para la buena ejecución del servicio. El mandante solo entregara papel higiénico y toallas de papel.

De igual forma, serán de cargo y responsabilidad del proveedor todos los equipos e implementos utilizables en la ejecución de la propuesta, debiendo contar a lo menos con una aspiradora de polvo – agua, abrillantadora y otras necesarias para la limpieza en el desarrollo de las funciones en OVDAS y otra para el CVV, dichas maquinarias deben ser manejadas por personal capacitado para su correcto uso y seguridad de estos. Por su parte, el Servicio suministrará lugares apropiados en cada dependencia para el bodegaje y almacenamiento de materiales, herramientas y equipos.

Las bodegas de almacenamiento de los productos de limpieza deben estar siempre limpias, los líquidos a utilizar deben contener su respectiva etiqueta, nombre y uso en cada envase, debe estar visible la cantidad a diluir del producto industrial y responsable de realizar dicha actividad. Todos deben estar correctamente sellados y cerrados para evitar posibles accidentes y siempre ser manipulados con elementos de Protección Personal.

El contratista proveerá ropa de trabajo (uniformes y equipo de seguridad a sus trabajadores, y su renovación (cuando sea necesario) en concordancia con las normas de seguridad establecidas para este tipo de actividades, considerando además que el vestuario sea adecuado para las condiciones climáticas estacionales de la zona de prestación de los servicios.

El contratista deberá acreditar al SERNAGEOMIN que sus trabajadores cuentan con contrato de trabajo, y presentará, además, los certificados de antecedentes de las personas que prestarán servicios en las oficinas del Servicio. Asimismo, cada vez que ingrese un nuevo trabajador al servicio de aseo, deberá presentar esta documentación al Coordinador del Contrato.

El contratista adjudicado emitirá mensualmente el pago de cotizaciones previsionales del mes anterior de las personas que prestan el servicio en SERNAGEOMIN, lo que hará llegar junto a la factura de cobro mensual. La no presentación de esta documentación facultará al SERNAGEOMIN a reclamar la factura a la empresa.

El contratista deberá velar por que el personal de aseo mantenga una adecuada presentación personal (uniforme), como asimismo mantener una intachable conducta moral en el desempeño de sus funciones, reserva de situaciones que en función de su labor pudiesen informarse, así como el cuidado de recintos, útiles y otros bienes de SERNAGEOMIN que sean cedidos para la eficiente realización de sus labores.

En caso de que SERNAGEOMIN destine otras instalaciones en reemplazo de las actuales antes del término del contrato, la empresa contratista deberá reasignar al personal de Aseo a las nuevas dependencias.

En el caso de que SERNAGEOMIN estime que un trabajador está realizando un trabajo deficiente o desempeñando un comportamiento que perjudique el clima laboral de la institución, podrá solicitar al proveedor su reemplazo, con el objeto de contar con una ejecución de servicio óptima y de calidad.

En caso de contingencia sanitaria u otros que afecte el normal funcionamiento del servicio, se redefinirán los horarios y/o turnos del personal que preste el servicio de acuerdo con los requerimientos del Sernageomin.

Con el fin de llevar el control de la jornada de trabajo, la empresa adjudicada, dispondrá de un sistema de control de asistencia que cumpla la normativa vigente en cuanto a la jornada laboral, donde cada funcionario/a deberá dejar registrada su hora de ingreso y salida.

ARTÍCULO 31°:OFERTA TECNICA.

           

La oferta técnica que presenten los oferentes deberá ajustarse íntegramente a los requerimientos señalados en las presentes bases tecnicas de licitación, y en caso de no cumplir no serán evaluados.

La oferta técnica deberá contener y adjuntar la siguiente información:

a)    Planificación de los trabajos diarios, semanales, mensuales y semestrales.

b)    Detalle de los insumos y materiales de aseo a utilizar en la realización de los servicios ofrecidos, que deben guardar armonía con la protección y cuidado del medio ambiente, biodegradables - detergentes de uso industrial, ceras, desinfectantes, bolsas de basura, lavalozas.

 

c)    Adjuntar antecedentes que acrediten el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del oferente respecto de sus trabajadores, por medio de certificado emitido por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad del monto y estado de cumplimiento.

d)    Adjuntar antecedentes que acrediten la experiencia del oferente: contratos, certificados, facturas u otros, todos verificables. Deberá indicar detalle de los mismos que deberán estar contenidos y detallados en Anexo N°7. Si la contratación informada no acompaña medio de verificación, no será considerada para el calculo de experiencia.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.