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Resolución de Empates |
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En caso de que dos o más oferentes obtengan el mismo puntaje total, se adjudicará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia Oferente”. Si el empate persiste, se considerará el mayor puntaje en “Oferta Económica”; de mantenerse el empate, se optará por la oferta con mayor puntaje en “Comportamiento Contractual”. Si aún persiste el empate, se evaluará el mayor puntaje en “Programa de Integridad”; en caso de continuar el empate, se considerará el mayor puntaje en “Cumplimiento de los requisitos formales de la oferta”. Finalmente, si el empate persiste en todos los criterios anteriores, se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero en la plataforma www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Si existieran dudas y/o consultas respecto de la adjudicación podrá efectuarse la consulta respectiva,
de forma electrónica dirigida a un correo electrónico de la Universidad Tecnológica Metropolitana que será informado en http://www.mercadopublico.cl.
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Cláusula de Readjudicación |
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La Universidad Tecnológica Metropolitana se reserva el derecho de poder readjudicar el presente proceso
licitatorio, al segundo proveedor mejor evaluado y así sucesivamente, en el caso que el proveedor
adjudicado no accediere a la firma del contrato y/o se presente otra causa que no permita la viabilidad de la
prestación del servicio licitado, dentro de un plazo de 60 días corridos, según lo dispuesto en el artículo 58
del Reglamento de la Ley de Compras.
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Presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta. |
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Siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de
evaluación.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que
contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el
oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida
de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público
en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas
que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la
conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de
tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar
la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas
en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes
y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de
las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también
procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
i) El proveedor declara que conoce y respetará íntegramente la Política Institucional de Género, que trata
sobre la Violencia de Género, Acoso Sexual y Discriminación en razón de Género de la Universidad
Tecnológica Metropolitana.
En caso de hechos eventualmente constitutivos de violencia de género, acoso sexual y discriminación en
razón de género que ocurran con ocasión de la ejecución del contrato con la Universidad, el proveedor
deberá activar sus protocolos internos de investigación/sanción y adoptar las medidas para evitar la comisión
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de este u otros hechos similares. En caso de incumplimiento de esta cláusula, la Universidad podrá terminar
el contrato ipso facto y sin derecho a indemnizaciones
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Forma de pago |
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En conformidad al artículo 8º de la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año en curso, todos los
pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo que se realicen por parte de los órganos de la
Administración del Estado (UTEM entre ellos) durante el presente año, incluidos aquellos relacionados a
Modalidad Suma Alzada
Reajustabilidad No reajustable.
Monto en Base a Monto estimado
Monto Total estimado $17.000.000 IVA incluido
Observaciones
En el evento de que existan ofertas que se encuentren por debajo o
excedan el monto estimado, será facultativo para la Universidad
Tecnológica Metropolitana autorizarlo en la medida que se cuente con
el respectivo presupuesto.
Cesión de Derechos No se permite
Formalización
La formalización de la adquisición se materializará por la notificación
de la adjudicación y, en conjunto con la emisión y aceptación de la
orden de compra del proveedor, por tratarse de bienes y/o servicios
estándar de simple y objetiva especificación..
Forma de pago Ver ítem 9.2 de este documento.
Opciones de Pago Transferencia electrónica
Plazo de Pago a 30 días
Unidad responsable de
pago
Departamento de Finanzas
E-mail de responsable
de pago
proveedores@utem.cl
Modalidad de
Adjudicación
Simple
Unidad Técnica Vicerrectoría Vinculación con el Medio
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contratos de obra o infraestructura, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos. Por lo
tanto, el proveedor debe tener habilitada la opción de recibir pagos por transferencia electrónica, debiendo
proporcionar con la debida antelación la información bancaria para que ello pueda realizarse.
De igual manera, la ley establece que el reconocimiento en la ejecución presupuestaria deberá realizarse en
pleno cumplimiento de la Ley N°19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la
factura. Por consiguiente, el pago se realizará dentro de 30 días corridos, contados desde la recepción de la
factura.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente se certifique por parte de UTEM la recepción
conforme de los bienes y servicios contratados por la contraparte técnica.
En el caso de que la UTEM verifique que el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos
dos años, los primeros estados de pagos resultantes del presente contrato serán destinados al pago de
dichas obligaciones. El proveedor deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentra
liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Asimismo, la Universidad estará facultada para hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento
con el fin de cubrir los pagos adeudados por la empresa.
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Procedimiento para la aplicación de multas |
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a) Si la Contraparte técnica de la Universidad Tecnológica Metropolitana considera que existe mérito
suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al proveedor, indicando los
fundamentos y monto de la misma.
b) El proveedor dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, contado desde la notificación para efectuar sus
descargos. La notificación al proveedor se efectuará mediante el envío de un correo electrónico con todos
los antecedentes fundantes, y dirigido a la casilla indicado en el Anexo N°6.
c) Una vez efectuado los descargos o transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, la Contraparte
técnica remitirá los antecedentes para que la Universidad Tecnológica Metropolitana resuelva sobre el
particular, mediante resolución fundada, previa ponderación de los antecedentes.
Las resoluciones que apliquen multas serán susceptibles de reclamarse acuerdo a la Ley N°19.880.
En el caso de que el valor de las multas supere el monto máximo permitido en las Bases, se hará efectiva
contra el cobro de la caución.
Una vez efectuado los descargos o, transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, la Contraparte
técnica remitirá los antecedentes para que la Rectora de la Universidad Tecnológica Metropolitana resuelva
sobre el particular, mediante resolución fundada, previa ponderación de los hechos.
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Término anticipado del contrato |
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El contrato se entenderá resuelto administrativamente y sin derecho a indemnizaciones por cualquier
incumplimiento grave de parte del proveedor respecto de las obligaciones contraídas en virtud del Contrato.
Una vez dictada la Resolución respectiva se notificará al proveedor, efectuando la publicación de esta a
través del Portal, pudiendo el proveedor objetar tal decisión conforme a lo dispuesto en la Ley 19.880.
La UTEM podrá poner término definitivo o suspender transitoriamente la entrega del servicio, en cualquier
momento por causales ajenas a la responsabilidad del proveedor, tales como, de emergencia nacional,
instrucciones superiores de instituciones que financian la adquisición, de entes fiscalizadores u otro motivo
de fuerza mayor, dando aviso por escrito a éste con una debida anticipación. En dicho caso, la UTEM pagará
al proveedor el monto que corresponda al avance del equipamiento entregado. Se entenderá que todos los
gastos que origine la liquidación del contrato serán de cargo de la UTEM.
Asimismo, y sin desmedro de las causales de término anticipado por incumplimiento grave recién esgrimidas,
los contratantes podrán modificar o poner término anticipado a la relación contractual que los vincula, de
mutuo acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 130 del Decreto N°661 que aprueba el Reglamento
de la Ley N°19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y la Ley
N°21.634 de 2023 que la moderniza.
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RESERVA DE DERECHOS |
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La Universidad Tecnológica Metropolitana se reserva el derecho a:
a) La Universidad podrá en cualquier momento, y hasta antes del vencimiento del plazo de presentación de
las ofertas, modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o
consulta. La Institución evaluará las condiciones de aplicación de las modificaciones, considerando la
naturaleza de estas, para ajustar los plazos de presentación de las ofertas si la situación lo amerita. Dichas
modificaciones serán obligatorias para todos los participantes y serán publicadas en el portal
www.mercadopublico.cl.
b) Declarar desierta la licitación en caso de que todas las propuestas ofrecidas excedan la disponibilidad
presupuestaria con que cuenta para financiar el gasto que irrogue la contratación de los servicios que se
licitan y ante el evento que ninguno de los proponentes dé cumplimiento a la suscripción del contrato o la
inscripción del proveedor en el portal www.mercadopublico.cl en los plazos señalados en estas Bases.
c) Adjudicar a la propuesta que, conforme a la evaluación, sea la mejor combinación de factores técnicos y
de precio, aunque no sea la del menor precio ofrecido.
d) Adjudicar a la propuesta del siguiente mejor puntaje, cuando el oferente adjudicado no se presente a
celebrar el contrato cuando se exija o no suministre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato,
conforme a la forma y plazo establecidos en estas Bases y en los demás casos señalados.
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Formalización del Contrato |
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La formalización de la adquisición se materializará por la notificación
de la adjudicación y, en conjunto con la emisión y aceptación de la
orden de compra del proveedor, por tratarse de bienes y/o servicios
estándar de simple y objetiva especificación
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CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y PROPIEDAD |
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Todas las personas que participen en la ejecución del contrato, sin importar el tipo de participación que
tengan dentro de los procesos, deberán guardar confidencialidad respecto de todos los antecedentes
derivados de los mismos, entendiéndose por datos de carácter personal, los relativos a cualquier información
concerniente a personas naturales, identificadas o identificables. En este sentido, en conformidad a lo
establecido en la letra c) del artículo 2 de la ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada, se entenderá
por comunicación o transmisión de datos, la circunstancia de dar a conocer, de cualquier forma, los datos de
carácter personal a personas distintas del titular sean determinadas o indeterminadas, acción que constituye
una infracción a lo dispuesto en este título. Asimismo, en conformidad al artículo 7 de la misma norma, todas
las personas que participen del contrato están obligadas a guardar secreto respecto de los datos personales
a que tengan acceso, particularmente de aquéllos que hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al
público.
El incumplimiento a lo dispuesto en este título es causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de
la responsabilidad civil y penal que se genere para el infractor, por el tratamiento indebido de los datos, en
atención a lo dispuesto en los artículos 23 de la norma recién citada, y artículo 4 de la ley N°19.223, que
tipifica figuras penales relativas a la informática. Toda la información proporcionada al adjudicatario para la
ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte
material, será propiedad exclusiva de UTEM.
Asimismo, será propiedad de la UTEM todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato,
reservándose el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie salvo las
impuestas por el ordenamiento jurídico, no pudiendo por tanto el adjudicatario realizar ningún acto respecto
a ellos. ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de UTEM.
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INADMISIBILIDAD POR DEUDAS INSOLUTAS |
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De acuerdo con lo dispuesto por la Ley N°19.886 y su reglamento, no serán admitidas las ofertas de
proveedores que registren deudas insolutas derivadas de contratos previos con la institución u otros
organismos del Estado, ya sean vencidas y no canceladas. En tal sentido, la institución podrá verificar, en
conformidad con los mecanismos disponibles a través de la plataforma de Mercado Público, que el proveedor
no se encuentre en esta situación.
En caso de que un proveedor presente una oferta y se detecte que registra deudas insolutas, su oferta será
declarada inadmisible, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley N°19.886.
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INDISPONIBILIDAD DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEL ESTADO |
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En caso de indisponibilidad del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado
durante el período de presentación de ofertas, los oferentes podrán presentar su oferta de forma física,
siempre que adjunten el certificado de indisponibilidad emitido por la Dirección de Chile Compra, conforme
a lo establecido en el artículo 21, letra c) de la ley 19.886 y el artículo 115 del Decreto 661/2024 del Ministerio
de Hacienda. Los oferentes afectados dispondrán de un plazo de dos días hábiles para presentar sus ofertas
fuera del sistema, contados a partir de la notificación y habilitación del certificado de indisponibilidad por
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parte de la Dirección de Chile Compra. La omisión de este procedimiento resultará en la invalidación de la
oferta.
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AUMENTO O DISMINUCIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS |
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La Universidad Tecnológica Metropolitana se reserva el derecho de modificar, disminuir o aumentar las
cantidades originalmente estimadas, según acto administrativo totalmente tramitado, hasta un tope del 30%
del total adjudicado; previa información vía correo electrónico a la empresa, a través del Departamento de
Abastecimiento, indicando la cantidad de bienes y los motivos que fundamentan la modificación.
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