Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio Ofertado”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Plazo de Entrega”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "Cumplimiento de los requisitos formales” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Materias de alto impacto Social”. Aún si se mantuviere el empate, se determinará por quién haya subido
primero la oferta en la plataforma www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
El funcionario o la comisión
evaluadora, según corresponda, -de estimarlo necesario- podrá efectuar consultas a uno
o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales
consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes
a través del portal www.mercadopublico.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u
obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período
de evaluación.
Las certificaciones o antecedentes antes señalados deberán ser presentados en el plazo y
la forma señalados en el punto 5.4 d) de las presentes bases.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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PLAZO DE PAGO. |
En conformidad al artículo 8º de la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año
2022, todos los pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo que se realicen
por parte de los órganos de la Administración del Estado (UTEM entre ellos) durante el
presente año, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos. Por lo tanto,
el proveedor debe tener habilitada la opción de recibir pagos por transferencia electrónica,
debiendo proporcionar con la debida antelación la información bancaria para que ello pueda
realizarse.
De igual manera, la ley establece que el reconocimiento en la ejecución presupuestaria
deberá realizarse en pleno cumplimiento de la Ley N° 19.983, que regula la transferencia
y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura.
Por consiguiente, el pago se realizará dentro de 30 días corridos, contados desde la recepción
de la factura.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente se certifique por parte de
UTEM la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos o contratados.
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PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS. |
a) Si la Contraparte técnica de la Universidad Tecnológica Metropolitana considera que
existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su
decisión al proveedor, indicando los fundamentos y monto de la misma.
b) El proveedor dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, contado desde la notificación
para efectuar sus descargos.
La notificación al proveedor podrá efectuarse, a elección de la Universidad:
i.- Personalmente, en dependencias de la Institución o a través de un funcionario
designado al efecto en el domicilio del proveedor, en ambos casos habrá de dejarse
constancia de ello,
ii.- Mediante el envió de carta certificada, o bien
iii.- Mediante el envío de un solo correo electrónico con todos los antecedentes
fundantes, y dirigido a la casilla indicado en el Anexo N° 2.
c) Una vez efectuado los descargos o transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, la Contraparte técnica remitirá los antecedentes para que la Universidad Tecnológica Metropolitana resuelva sobre el particular, mediante resolución fundada, previa ponderación de los antecedentes.
Las resoluciones que apliquen multa serán susceptibles de reclamarse acuerdo a la
Ley N° 19.880.-
d) Una vez perfeccionada la aplicación de una multa, su monto será descontado del estado
de pago más próximo que se curse. Para estos efectos, se considerará el valor de la
UTM del mes correspondiente al estado de pago.
Una vez efectuado los descargos o, transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado,
la Contraparte técnica remitirá los antecedentes para que el Rector de la Universidad
Tecnológica Metropolitana resuelva sobre el particular, mediante resolución fundada,
previa ponderación de los hechos
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ENTREGA DEL MATERIAL |
La entrega del material deberá realizarse dentro del plazo ofertado por el proveedor adjudicado en el Anexo N°8 en las dependencias de la Universidad Tecnológica metropolitana, según se indica a continuación:
Dirección de despacho: Alonso Ovalle N° 1626, Santiago Centro (Programa PACE)
Coordinación del despacho: El proveedor deberá enviar un correo 48 horas antes a: cvidal@utem.cl con cc: lcifuent@utem.cl y margarita.olguin@utem.cl indicando el día y el horario de entrega de los materiales. Cualquier otro medio o contacto no indicado en las presentes bases no será válido.
El embalaje debe ser adecuado a los productos que contienen y permiten un manejo y traslado sin sufrir desperfectos o deterioros. Los artículos defectuosos o deteriorados serán devueltos al
proveedor para su correspondiente sustitución. Los costos que se incurran en las devoluciones serán de cargo del proveedor.
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RESERVA DE DERECHOS |
La Universidad Tecnológica Metropolitana se reserva el derecho a:
a) La Universidad podrá en cualquier momento, y hasta antes del vencimiento del plazo de presentación de las ofertas, modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta. La Institución evaluará las condiciones de aplicación de las modificaciones, considerando la naturaleza de estas, para ajustar los plazos de presentación de las ofertas si la situación lo amerita. Dichas modificaciones serán obligatorias para todos los participantes y serán publicadas en el portal http://www.mercadopublico.cl.
b) Declarar desierta la licitación en caso de que todas las propuestas ofrecidas excedan la disponibilidad presupuestaria con que cuenta para financiar el gasto que irrogue la contratación de los servicios que se licitan y ante el evento que ninguno de los proponentes dé cumplimiento a la suscripción del contrato o la inscripción en el portal Chile proveedores en los plazos señalados en estas Bases.
c) Adjudicar a la propuesta que, conforme a la evaluación, sea la mejor combinación de factores técnicos y de precio, aunque no sea la del menor precio ofrecido.
d) Adjudicar a la propuesta del siguiente mejor puntaje, cuando el oferente adjudicado no se presente a celebrar el contrato cuando se exija o no suministre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, conforme a la forma y plazo establecidos en estas Bases.
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AUMENTO O DISMINUCIÓN DE LOS BIENES O SERVICIOS |
La Universidad Tecnológica Metropolitana se reserva el derecho de modificar, disminuir o aumentar las cantidades originalmente estimadas, según acto administrativo totalmente tramitado, hasta un tope del 10% del total adjudicado previa información vía correo electrónico a la empresa, a través del Departamento de Abastecimiento, indicando la cantidad de bienes y los motivos que fundamentan la modificación.
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CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y PROPIEDAD |
Todas las personas que participen en la ejecución del contrato, sin importar el tipo de participación que tengan dentro de los procesos, deberán guardar confidencialidad respecto de todos los antecedentes derivados de los mismos, entendiéndose por datos de carácter personal, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables. En este sentido, en conformidad a lo establecido en la letra c) del artículo 2 de la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, se entenderá porcomunicación o transmisión de datos, la circunstancia de dar a conocer, de cualquier forma,
los datos de carácter personal a personas distintas del titular, sean determinadas o indeterminadas, acción que constituye una infracción a lo dispuesto en este título.
Asimismo, en conformidad al artículo 7 de la misma norma, todas las personas que participen del contrato están obligadas a guardar secreto respecto de los datos personales a que tengan acceso, particularmente de aquéllos que hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público.
El incumplimiento a lo dispuesto en este título es causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que se genere para el infractor, por el tratamiento indebido de los datos, en atención a lo dispuesto en los artículos 23 de la norma recién citada, y artículo 4 de la ley N° 19.223, que tipifica figuras penales relativas a la informática.
Toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material, será propiedad exclusiva de UTEM.
Asimismo, será propiedad de la UTEM todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, reservándose el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie salvo las impuestas por el ordenamiento jurídico, no pudiendo por tanto eladjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos. Ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de UTEM.
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CUMPLIMIENTO LEY N° 21.342 |
Conforme con la legislación vigente, será de responsabilidad del proveedor adjudicado cumplir con todas las medidas, controles y seguros que se indican en la Ley N° 21.342, que establece protocolo de seguridad sanitaria laboral para el retorno gradual y seguro al trabajo en el marco de la alerta sanitaria decretada en ocasión de la enfermedad de covid-19 en el país y otras materias que indica.
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