En el caso de un empate en la calificación final de las ofertas, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los proponentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterios Técnicos
a) Cumplimiento de Requisitos técnicos
b) Desempeño Contractual Anterior
c) Mejores condiciones de empleo
d) Monto salario líquido mensual de los trabajadores
- Salario diurno
- Salario nocturno
2° Criterio Económico (Precio).
3° Criterio de sustentabilidad
4° Criterio Formal (presentación formal de la oferta).
Se logrará el desempate en uno de los factores o sub factores de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los proponentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel proponente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio o subcriterio, no cotejando los siguientes.
De no resolverse la licitación de conformidad a las normas precedentes, esta será adjudicada a aquel oferente que sea más conveniente a los intereses del Consejo, lo que será decidido por el o la directora(a) del Consejo.