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Resolución de Empates |
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En caso de producirse una igualdad en la ponderación final de las ofertas presentadas entre dos o más oferentes, se adjudicará la licitación la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO”. De persistir el empate se adjudicará a la oferta que haya obtenido el más alto puntaje en el criterio de “GARANTÍA DE LOS PRODUCTOS”. De seguir el empate se adjudicará a la oferta que haya obtenido el más alto puntaje en el criterio de “PRESENCIA REGIONAL”. De persistir el empate se adjudicará a la oferta que haya obtenido el más alto puntaje en el criterio de “CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES” y finalmente si persiste el empate, se dirimirá por el oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal Mercado Público considerándose la hora en que aquello se efectuó.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Si existieren consultas respecto al proceso de adjudicación, podrán efectuarse a través del foro de “Aclaraciones Ofertas” de la plataforma www.mercadopublico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Se permitirá la presentación de documentación administrativa para que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de Información.
Además, la Entidad Licitante podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones o pruebas referentes a la información reportada por los proveedores en su oferta. Los oferentes tendrán un plazo de 24 horas corridas, contados desde la notificación del requerimiento de la Dirección, para responder a lo solicitado o para acompañar los antecedentes requeridos, vía Sistema.
No se solicitará en ningún caso, documentación técnica o económica, ya que en este caso se rechazará al momento de efectuar la apertura electrónica.
La Entidad Licitante no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo y/o enviados por un medio distinto a la plataforma www.mercadopublico.cl
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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REQUISITOS PARA POSTULAR |
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Los antecedentes que a continuación se indican se deberán presentar por parte de los oferentes en el portal MERCADO PUBLICO:
• Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar: al momento de ingresar su oferta, cada oferente debe Confirmar y firmar electrónicamente el formulario disponible en plataforma www.mercadopublico.cl.
• Adjuntar ANEXO N°1 “IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE, según corresponda, Persona Natural, Persona Jurídica o Unión Temporal de Proveedores (según corresponda).
• Adjuntar Anexo N°2 “DECLARACION PARA UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES (UTP)”
• Adjuntar Anexo N°3 “OFERTA ECONÓMICA”, OBLIGATORIO. (*)
• Adjuntar Anexo N°4 “DECLARACION JURADA SIMPLE PARA OFERTAR”, SOLO PARA OFERENTE DE UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP).
• Adjuntar Anexo N°5 “DECLARACION JURADA SIMPLE CONFLICTOS DE INTERÉS “, SOLO PARA OFERENTE DE UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP).
• Adjuntar Cotización Propia de los bienes que está ofertando. (Ver Bases Técnicas).
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CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE LAS BASES |
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Los oferentes al momento de hacer su oferta dan por conocidas y aceptadas íntegramente las presentes bases y el proceso licitatorio en general. El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de los antecedentes especificados en estas bases. Si producto del estudio el oferente estimare que existen contradicciones o ausencias de información, deberá formular las consultas pertinentes a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo establecido en las presentes bases. Con motivo de las consultas, la Universidad podrá rectificar o modificar estas Bases administrativas, las Bases Técnicas y los demás documentos que formen parte de la presente licitación.
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MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
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La Universidad de Magallanes podrá modificar las Bases de Licitación y sus Anexos, ya sea por iniciativa propia, al detectar algún error u omisión, sea por caso fortuito o fuerza mayor, o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los participantes, o por otras circunstancias fundamentadas en una resolución debidamente tramitada. Se otorgará un plazo prudencial de adecuación, el que será informado en el sitio web www.mercadopublico.cl.
Igualmente, si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en estas bases, se informará en el precitado sitio, las razones que justifican dicho incumplimiento así como el nuevo plazo para la adjudicación
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Unidad Técnica y Administrador del Contrato |
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Con la finalidad de efectuar una mejor coordinación y control del correcto cumplimiento del servicio contratado, la UNIVERSIDAD DE MAGALLANES designa como contraparte técnica al Director de Seguridad, Obras y Servicios, en caso de ausencia su subrogante; quien cumplirá las funciones como Unidad Técnica y Administrador del contrato y además tendrá al efecto las siguientes facultades-obligaciones:
1) Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento del contrato
2) Aprobar el pago considerando los descuentos y/o multas a que hubiere lugar durante la vigencia del contrato.
3) Informar inmediatamente a la Unidad Administrativa del contrato, cualquier incumplimiento por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, para lo cual deberá elaborar un informe detallado de la situación y solicitar aplicación de multas en los casos definidos en el Art. 30 de las presentes Bases.
4) Confeccionar el documento que dé cuenta de la recepción conforme de los productos adquiridos.
5) Visar la factura correspondiente, posterior a la recepción conforme de los productos.
6) Desarrollar todas las acciones referidas de control y gestión, que faciliten la ejecución del contrato.
Asimismo, el adjudicatario deberá contestar en un plazo prudente los requerimientos, consultas o reclamos que envíe por correo electrónico el Administrador de Contrato o sus delegados, que en definitiva son los usuarios requirentes.
La UNIVERSIDAD DE MAGALLANES, no tendrá vínculo laboral alguno, con el personal del contratista, de modo que toda reclamación por causas laborales, previsionales, tributarias o de cualquier otra naturaleza que derive de las relaciones entre el contratista y sus respectivos trabajadores, será de exclusiva responsabilidad de dicho empleador. El adjudicatario será responsable único, exclusivo y absoluto de los pagos correspondientes a sueldos, honorarios, cotizaciones previsionales y de salud, asignación familiar, finiquitos, desahucios, indemnización por años de servicios, y toda deuda u obligación que tenga con sus respectivos trabajadores.
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RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO |
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Durante el periodo de vigencia del presente contrato, cada proveedor adjudicado se compromete a:
El adjudicatario deberá cumplir las obligaciones del contrato con estricta sujeción a lo establecido en las Bases y demás anexos y/o documentos que rigen la licitación; entregando los bienes de acuerdo a las especificaciones técnicas y a la oferta realizada a través del portal www.mercadopublico.cl. De detectarse alguna falta se aplicará la sanción correspondiente.
Mantener vigente, durante todo el periodo de vigencia del Contrato, las Patentes Comerciales, Permisos y Autorizaciones correspondientes, según el tenor del proceso, emitida por las autoridades competentes. El incumplimiento de esta obligación será considerado una falta grave.
Aceptar oportunamente la orden de compra emitida y enviada por la UNIVERSIDAD DE MAGALLANES a través del portal www.mercadopublico.cl.
Asumir todos los gastos que se originen con motivo de la operación del contrato, la celebración del mismo y sus eventuales modificaciones. Los gastos que origine la oferta serán de cargo exclusivo del oferente, por lo que no podrá exigir indemnización ni compensación alguna, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
Mantener la totalidad de los compromisos contraídos y no cederlos ni transferirlos total o parcialmente a persona natural o jurídica alguna.
Mantener vigente durante todo el período de duración del contrato, su inscripción en el registrowww.mercadopublico.cl y www.chileproveedores.cl.
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MULTAS POR INCUMPLIMIENTO |
La UNIVERSIDAD DE MAGALLANES, podrá aplicar administrativa y unilateralmente las siguientes sanciones:
1 UTM por cada día corrido de atraso. El plazo comenzará el día siguiente de la emisión de la Orden de Compra.
Por incumplimiento en los plazos de entrega comprometidos en su oferta adjudicada.
Las multas se aplicarán hasta el tope máximo de 100 UTM, en caso de superar dicho monto se dispondrá el término anticipado al contrato conforme al Art. N° 33 letra q) de las Bases Administrativas.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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La UNIVERSIDAD DE MAGALLANES está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Cuando de común acuerdo, la UNIVERSIDAD DE MAGALLANES y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
b) Unilateralmente. La UNIVERSIDAD DE MAGALLANES mediante la dictación de una resolución fundada, podrá poner término anticipado al contrato, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario y facultará a la Universidad para efectuar el cobro de la garantía por el fiel cumplimiento del contrato, cuando se presenten una o más de las siguientes situaciones:
1. Incumplimiento grave y reiterado del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones establecidas en las bases, en su oferta y en las obligaciones estipuladas en el Contrato, previo informe de la Unidad Técnica. Se considerará que el incumplimiento del proveedor es grave en los siguientes casos:
a) Si se hubiera hecho efectiva el instrumento de garantía del fiel cumplimiento del contrato, y el adjudicatario no cumple con entregar una nueva garantía del fiel cumplimiento del contrato en su reemplazo, en la forma y plazo establecido en el Art. N° 17) de las de las Bases Administrativas.
b) Si el adjudicatario cediera a terceros en todo o en parte las obligaciones que asuma en virtud del respectivo contrato.
c) Por no acatar las instrucciones impartidas por el administrador del contrato.
d) Si durante la vigencia del Contrato incurriera en alguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado o con esta entidad licitante.
e) Por haber incurrido, durante la vigencia del Contrato, en alguna de las inhabilidades para inscribirse en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, en los casos previstos en el artículo 92 del Decreto Supremo Nº 250, de 2004 (Hacienda). Por inhabilidad sobreviniente de un miembro de UTP que haya resultado adjudicada.
f) Si el proveedor adjudicado fuere suspendido o eliminado del Registro Oficial de Contratistas, a cargo de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 95 y 96 del Decreto Supremo Nº 250, de 2004 (Hacienda).
g) Si el oferente adjudicado fuera declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. En el caso de una UTP (Unión Temporal de Proveedores) aplica para cualquiera de sus integrantes.
h) Por liquidación o término de la sociedad, ya sea que se produzca por extinción, absorción o fusión de la razón social, en el caso de que el contratista sea una persona jurídica.
i) Por disolución de la UTP adjudicada, o por retiro de un integrante que fue esencial, en cuanto a las características evaluadas y que permitió la adjudicación. (retiro de integrante evaluado).
j) Por ocultamiento de información o por no informar a la Universidad de Magallanes; los cambios, retiros, inhabilidades, u otras condiciones que afecten a los miembros de la UTP.
k) Si el proveedor fuera condenado por algún delito que tuviera pena aflictiva, en el caso de una persona jurídica, sus miembros, directores, socios o representantes.
l) Por acumulación de (3) tres multas durante la vigencia del contrato, por cualquiera de las causales mencionadas las de las Bases Administrativas.
m) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
n) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.
o) Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por el adjudicatario, en virtud del “Pacto de integridad” contenido en estas bases.
p) Si se detectan situaciones en donde la información proporcionada por el proveedor sea falsa, situación que deberá ser comprobada objetivamente, siendo esta información utilizada para adjudicar la presente licitación. Asimismo, la comprobación de la falta de idoneidad, de fidelidad o de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser adjudicado o contratado. En el caso de una UTP (Unión Temporal de Proveedores) aplica para cualquiera de sus integrantes.
q) Por superar el monto máximo de 100 UTM en la multa aplicada.
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PAGO DE FACTURAS |
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El pago a proveedor adjudicado se realizará, en un plazo no superior a 30 días corridos, a partir de la fecha de recepción conforme por parte de la Unidad Técnica, entendiéndose como recepción conforme la instalación y puesta en marcha del equipo adquirido, esto, independiente de la fecha que el proveedor indique como emisión en el documento.
a) Procedimiento envío documentación para pago.
IMPORTANTE: Si no hay recepción conforme por parte de la Unidad Técnica (usuario requirente), no se tramitará el pago.
Los datos para la emisión de facturas son los siguientes:
NOMBRE : Universidad de Magallanes
RUT : 71.133.700-8
DOMICILIO : Avda. Bulnes N° 01855, Punta Arenas
Giro : Universidades
El proveedor adjudicado podrá presentar sólo la factura asociada a la licitación adjudicada. Deberá enviar la factura al email del usuario que realizó la compra, con copia adquisiciones@umag.cl.
El pago se realizará a través de documento bancario nominativo o a través de transferencia electrónica a la cuenta bancaria asociada a la Razón Social y al RUT de la empresa. De lo contrario, se emitirá un vale vista emitido a la Razón Social de la empresa adjudicada.
En caso de existir reparos u observaciones por parte de la Universidad de Magallanes, estas serán comunicadas al adjudicatario, para que este dentro de un plazo de 5 días hábiles, subsane o aclare los reparos formulados. Una vez que el adjudicatario haya corregido las observaciones formuladas por la Unidad Técnica, éste otorgará su conformidad y visará la factura pendiente de pago.
La Universidad podrá reclamar el contenido de la factura dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción.
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