Presentación de las Ofertas |
Solo se aceptarán ofertas, administrativas, técnicas y económicas, que sean presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas ni antecedentes en soporte de papel, salvo las excepciones establecidas en el artículo 62º del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, debiendo acreditar el Oferente la concurrencia de algunas de las circunstancias contenidas en la aludida disposición.
Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
El Oferente debe procurar la presentación de una oferta clara y ordenada, utilizando los formatos de anexos adjuntos en las presentes bases de licitación.
El orden de las ofertas estará determinado por lo siguiente:
1. Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedente requerido en las presentes Bases, independiente del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo digital.
2. Subir archivos en el Anexo que corresponde: Los antecedentes que se solicitan en las presentes Bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el Oferente debe subir cada archivo digital al anexo que corresponde.
3. Nombre de los archivos digitales: El nombre que se asigne a cada archivo, debe guardar relación con el contenido de este. Ejemplo: Anexo N° 2, Oferta económica. 4. El formato digital de los antecedentes debe ser de uso común (por ejemplo: formato JPG, PDF, Word, Excel).
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Validéz de las Ofertas |
Las ofertas tendrán una validez mínima de 30 (treinta) días corridos a contar de la fecha de cierre para recepción de las mismas.
Se entiende que por el solo hecho de presentar una oferta, si nada se dice a este respecto, el proponente le otorga la vigencia antes mencionada. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la Comisión solicitará a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, la prórroga respectiva, por el plazo que se informe.
Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá como desistida.
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Resolución de Empates |
En caso de existir dos o más Oferentes que cuenten con el mismo puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación fijados en las Bases de Licitación, se procederá a resolver dicho empate atendiendo a los siguientes criterios, en el orden que se presentan a continuación:
1. Se resolverá dicho empate de acuerdo con la Evaluación del Propuesta Técnica de la Oferta presentada, considerándose en ésta, la totalidad de los ítems especificados en las tablas anteriores, adjudicando el servicio a aquel Oferente que tenga mayor puntaje en esta calificación;
2. De persistir el empate, éste se resolverá de acuerdo con la evaluación de la Plazo de Entrega presentada, adjudicando el servicio a aquel Oferente que tenga a mayor puntaje en esta calificación;
3. De persistir el empate, éste se resolverá de acuerdo con la evaluación del Tiempo de Garantía Técnica presentada, adjudicando el servicio a aquel Oferente que tenga a mayor puntaje en esta calificación;
4. De mantenerse el empate, éste se resolverá de acuerdo con la evaluación de la Propuesta Económica presentada, adjudicando el servicio a aquel Oferente que tenga a mayor puntaje en esta calificación;
5. De persistir el empate, éste se resolverá de acuerdo con la evaluación del ítem Cumplimiento de Antecedentes Formales de la propuesta administrativa, de acuerdo con lo especificado en las tablas anteriores, adjudicando el servicio a aquel Oferente que tenga mayor puntaje en este ítem específico.
6. En último término, y de persistir el empate, este se resolverá de acuerdo a un criterio cronológico, adjudicando la licitación a la primera de las ofertas que haya sido presentada, según fecha y hora, en el portal www.mercadopublico.cl.
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Multas |
En caso de que el oferente adjudicado no diera fiel cumplimiento al contrato que se suscriba entre las partes producto del presente proceso licitatorio, en cuanto a los plazos determinados en estas bases, sin causa justificada, lo que será calificado fundadamente por CNA, ésta se reserva el derecho de aplicar las siguientes multas:
N°
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FALTA
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DESCRIPCIÓN DE LA FALTA
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PLAZO
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MONTO MULTA
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TOPE MÁXIMO
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1
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Atraso en la entrega de los equipos ofertados en tiempo y forma.
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Si el Oferente adjudicado no cumple con los plazos y características declaradas en su oferta para entrega de cualquiera de los productos a CNA.
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Según lo indicado en la oferta técnica
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0,5 % del valor unitario bruto de cada equipo con atraso, por cada día hábil de atraso
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15 días corridos.
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2
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No da cumplimiento a la Garantía ofertada o entrega un cumplimiento tardío o imperfecto de la misma
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Si el oferente adjudicado no da cumplimiento a la garantía declarada en su oferta o su cumplimiento es parcial o tardío.
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Según lo indicado en su oferta técnica
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2,5 UF por cada evento (monitor)
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10 eventos (monitor)
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La CNA procederá a cancelar la Orden de Compra respectiva cuando el atraso en la entrega de las licencias, de acuerdo con el tiempo y forma ofertada por el proveedor, supere los 15 días hábiles.
La multa producirá sus efectos una vez notificada la resolución que resuelve los recursos pertinentes, o haya vencido el plazo de su interposición sin que el prestador los haya presentado, en conformidad al procedimiento de aplicación de multas y otras medidas dispuesto en la presentes bases y respectivo contrato (orden de compra).
Desde ese momento el prestador se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.
El monto de la sanción será rebajado del pago que la CNA deba efectuar al prestador en las facturas o boletas más próximas y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente al prestador quien deberá enterar dicho monto en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la aplicación y cobro de la multa.
La imposición de multas no obsta a que la Comisión inicie las acciones legales que sean procedentes, como aquella destinada a exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios, como dispone el inciso segundo del artículo 72 del DS N°250.
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Ofertas Inadmisibles y Licitación Desierta |
En conformidad al artículo 9º de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas, la Comisión declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases y la declarará desierta cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses, lo que en todo caso deberá ser fundado mediante resolución publicada en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas.
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Comisión Evaluadora |
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una comisión evaluadora, que estará integrada por dos funcionarios(as) de la CNA y un(a) reemplazante, quienes están indicados en el resuelvo segundo del acto administrativo que aprueba las presentes bases de licitación pública. Dicha Comisión analizará y asignará puntajes a los anexos técnico y económico presentados por los Oferentes y realizará un informe de adjudicación. Serán funciones de la Comisión de Evaluación las siguientes:
1. Resolver si las ofertas técnicas presentadas por cada Oferente se ajustan a los formularios que forman parte de estas Bases. En caso de que ello no ocurra, deberá declarar inadmisible la propuesta sin evaluarla, sin perjuicio de lo establecido en la letra c) del numeral XII, de la presente Licitación.
2. Evaluar todas las ofertas técnicas presentadas y establecer un ranking entre ellas. Este ranking ordenará las ofertas técnicas, de mayor a menor, de acuerdo con el puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores y subfactores de evaluación que se indican.
3. Revisar y evaluar las ofertas económicas presentadas por los Oferentes, para ello se emitirá al final de la evaluación, un informe de adjudicación. Este informe debe contener a lo menos lo siguiente:
- Fecha de emisión.
- Individualización de los nombres de los funcionarios integrantes de la Comisión de Evaluación.
- Identificación de las ofertas evaluadas. Bastará para estos efectos la que conste en el cuadro comparativo de ofertas que entregue el sistema.
- Propuesta de adjudicación, indicando las opciones en orden decreciente que se consideren convenientes a los intereses institucionales.
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Observaciones para Salvar Errores U Omisiones Administrativas |
La CNA podrá solicitar a los Oferentes que salven errores u omisiones formales en sus propuestas, en el plazo que se les indique, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes, lo que se informará al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl.
Asimismo, la CNA permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los Oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Para estos efectos, se otorgará 2 (dos) días hábiles para que el Oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas, pero dicha circunstancia será considerada en la calificación de su oferta, específicamente en el factor “Cumplimiento de Antecedentes Formales “, según lo estipulado en el apartado sobre “Presentación de Ofertas”, contenido en estas Bases.
Esta posibilidad de presentación de documentos omitidos o con errores, al momento de ofertar, no será válida para los siguientes antecedentes, por lo tanto, su incumplimiento dejará al Oferente fuera de bases y su oferta será declarada inadmisible:
1. Anexo N° 2, Oferta Económica.
2. Anexo N° 3, Oferta Técnica.
Transcurrido el plazo otorgado sin que el oferente subsane las omisiones señaladas, se le aginará 0 puntos en “Cumplimiento de antecedentes formales de presentación de la oferta”.
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Suscripción del Contrato |
Al tratase de bienes de simple y objetiva especificación, el contrato entre las partes se materializará a través de la emisión de la Orden de Compra y su aceptación por parte del oferente adjudicado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 63 del Decreto N°250, que establece el reglamento de la ley de compras públicas.
La emisión de la Orden de compra se realizará dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación al prestador adjudicado, quien deberá aceptarla dentro de 3 días hábiles desde su emisión.
El acuerdo entre la CNA y el proveedor adjudicado se rige por lo previsto en la Ley Nº19.886 y su Reglamento, aprobado por el Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y por los siguientes documentos que se consideran parte integrante del mismo:
1.Las presentes bases de Licitación para la adquisición de 30 monitores led para la Comisión Nacional de Acreditación.
2. La Oferta adjudicada.
3. La orden de compra correspondiente.
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Encargado del Adjudicado |
El adjudicatario deberá designar un encargado para los efectos de la presente adquisición, quien actuará como contraparte técnica y tendrá, a lo menos, las siguientes funciones:
1. Representar al Adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la entrega del equipamiento;
2. Coordinar las acciones que sean pertinentes para el cumplimiento a la garantía ofertada.
Actuará como encargado del acuerdo celebrado entre la CNA y el adjudicatario, aquella persona individualizada y designada por el proveedor adjudicado según el Anexo 1 de las presentes bases.
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Administración y Supervisión de los Servicios |
La Comisión designará al Encargado de la Unidad Informática TIC y SIC, o quien lo reemplace, quién realizará las siguientes funciones:
1. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento oportuno de los aspectos contemplados en el presente proceso licitatorio;
2. Dar visto bueno y recepción conforme del equipamiento, como asimismo dar tramitación al pago;
3. Gestionar con el encargado del adjudicatario de las materias asociadas a la garantía;
4. Gestionar la tramitación las posibles multas asociadas, y,
5. La comunicación entre la CNA y el proveedor adjudicado se realizará través de los correos electrónicos cgalvez@cnachile.cl e informatica@cnachile.cl
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Factoring |
Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus Contratistas, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes, según dispone el Art. 75, del Reglamento de la Ley 19.886.
Así mismo el Prestador deberá informar a la CNA si gestiona sus facturas a través de un Factoring, para que la CNA derive los pagos a estas empresas, el aviso debe ser al email facturas@cnachile.cl
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Forma de Entrega de los Productos en Caso de Atraso |
En caso de que el Oferente se retrase en la entrega de los productos, el proveedor deberá realizar la entrega mediante una Guía de Despacho, mientras se tramita el procedimiento de cobro de multas establecido en las presentes bases.
Una vez firme la decisión que resuelve dicho procedimiento, sea porque no se interpusieron recursos en contra de ella o, que habiéndose impugnado el reclamo fuera rechazado por la CNA, el Oferente podrá emitir la factura con el respectivo descuento por concepto de multa por atraso en la entrega de los productos, en caso de ser procedente.
Si el Oferente entrega los productos con atraso y, a pesar de lo señalado en el párrafo anterior, adjunta la factura con el valor total, la CNA deberá rechazar dicha factura al momento de la recepción y a través del SII.
El oferente deberá facturar nuevamente solo una vez se encuentre firme la Resolución de aplicación de multas, con el respectivo descuento, de ser procedente.
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BASES TÉCNICAS |
ANTECEDENTES GENERALES:
Con el fin de guiar de mejor manera las ofertas, a continuación, se detallan los principales datos que deberán contemplar los Oferentes al momento de realizar las propuestas.
Que, la CNA requiere reemplazar algunos monitores que, debido a su antigüedad y uso, evidencian un notorio desgaste en el brillo y calidad de la imagen, además se requieren monitores adicionales para ser asignados a los nuevos funcionarios que actualmente han ingresado a la entidad y que deben ser dotados con los insumos computacionales mínimos tanto para el desarrollo de las actividades propias de la CNA, como de apoyo administrativo.
II.- REQUERIMIENTOS TÉCNICOS:
El equipamiento ofertado, debe considerar 30 monitores Led nuevos, sin uso y de un solo modelo, los que deberán cumplir con las características que a continuación son indicadas:
CARÁCTERÍSTICAS OBLIGATORIAS
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CARACTERÍSTICAS MÍNIMAS
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Tamaño de pantalla
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Entre 22” y 24”
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Resolución de Pantalla mínima
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1920 x 1080
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Velocidad de actualización
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48 a 75 Hz
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Tipo Resolución mínima
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Full HD LED
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Relación Aspecto
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16:9
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Núm. de puertos HDMI
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1 (1.4)
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Núm. de puerto VGA
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1
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Formato alimentación / Fuente de poder
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Integrada y con cable de poder directo (220v). No debe ser con transformador externo. Enchufe norma chilena
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Cables
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Cable de poder directo y HDMI
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CARACTERISTICAS DESEABLES
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CARACTERISTICAS
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Forma de la pantalla
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Plana
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Color del producto
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Negro mate (incluido soporte)
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Ajustes altura e inclinación
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Si, ambos
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Interruptor de encendido / apagado
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Si, integrado
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Certificaciones
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Energy Star 7.0 u otras
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El oferente deberá adjuntar, además, como parte de su propuesta:
- La ficha del equipamiento en formato propio del oferente, que deberá incluir la identificación del producto (marca, modelo, P/N, especificaciones solicitadas y características adicionales, etc.).
- Póliza de garantía del fabricante que indica la vigencia de esta garantía.
Garantía:
Los oferentes deberán incorporar como parte de su propuesta técnica el certificado de Póliza de garantía con los detalles tanto de características como de condiciones aplicables para hacer efectiva la garantía ofertada, junto con los datos de contacto que correspondan para su correcta y oportuna aplicación.
De no adjuntar este documento se asignará 0 puntos en la evaluación de garantías. El periodo mínimo de garantía a ofertas es de 3 meses.
En caso de que el proveedor adjudicado no cumpla con la garantía ofertada o lo haga de manera tardía o parcial, la CNA tiene la facultad de cursar las respectivas multas, según lo indicado en el numeral XIV de las Bases Administrativas.
En caso de que algún equipo haciendo uso de la garantía ofertada, deba ser retirado de la CNA, el proveedor adjudicado, deberá proveer temporalmente otro en su reemplazo de características similares o superiores.
Entrega:
La totalidad de los monitores led deberán ser entregados, en las dependencias de la CNA, ubicadas en Merced 480, piso 8, dentro del plazo indicado por el oferente adjudicado, en su oferta técnica (Anexo Nº3 Oferta Técnica).
El no cumplimiento de dicho plazo facultará a la CNA a aplicar las multas correspondientes, según lo indicado en el numeral XIV del presente documento.
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