Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Tipo de documento:
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Boleta de Garantía
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Beneficiario:
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Comisión Nacional de Acreditación
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Fecha de vencimiento:
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13-02-2025
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Para garantizar el fiel cumplimiento del respectivo contrato, el adjudicatario contratado deberá presentar una garantía por un valor equivalente al 5% del valor total del presupuesto autorizado y señalado precedentemente, impuestos incluidos.
La garantía deberá ser entregada por el adjudicatario, de forma física, electrónica o bien enviada por correo certificado y recibida en Merced N° 480, piso 8, comuna y ciudad de Santiago, dentro de los 15 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la adjudicación totalmente tramitada.
La fecha de vencimiento de la garantía debe corresponder a 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato. En caso de renovación del respectivo contrato, esta Garantía deberá renovarse, por el mismo plazo de renovación de éste, aumentado en 60 días hábiles.
La garantía deberá ser extendida en pesos chilenos, a nombre de la Comisión Nacional de Acreditación, R.U.T. 61.978.810-9, pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomada por el adjudicatario.
Las garantías constituidas asegurarán el fiel cumplimiento del contrato, como también caucionan el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del adjudicatario.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
En caso de cobro de la garantía el adjudicatario deberá proceder a su reposición por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la garantía cobrada. La nueva garantía deberá ser entregada dentro de los 5 días hábiles siguientes al cobro y la pena del término anticipado del contrato será sin derecho a indemnización.
Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles posteriores a la culminación del respectivo contrato. En caso de renovación del contrato, y cuando la boleta tenga fecha de vencimiento anterior al termino de dicha renovación, el contratado deberá reemplazarla, dentro de los últimos 5 días de vigencia de esta, por otra de iguales características, que cumpla con el plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor
Segun punto XIII, letra i) de las bases.
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Glosa:
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“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el Servicio de sanitización, desinsectación y desratización para las dependencias de la Comisión Nacional de Acreditación”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Una vez cumplido el plazo de vigencia de la garantía, el retiro de esta se efectuará en las oficinas del encargado del contrato de la CNA.
La garantía será devuelta sin reajustes ni intereses, ni costo alguno para la CNA.
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