Resolución de Empates |
En el caso que se presenten dos o más ofertas que obtengan la misma puntuación, el mecanismo para
resolver los empates sucesivos que se puedan producir en el resultado final de la evaluación, será el
siguiente:
- En primera instancia para desempatar se considerará la propuesta que haya obtenido el mejor
puntaje en el criterio: PRECIO
- De continuar empatados se considerará la propuesta que haya presentado el mejor puntaje en el criterio: PLAZO DE ENTREGA
- De seguir empatados se considerará la oferta con mejor puntaje en el criterio: CUMPLIMIENTO DE
REQUISITOS FORMALES
- Y como último criterio de desempate se considerará la propuesta que haya presentado el mejor
puntaje en el Criterio: PACTO DE INTEGRIDAD
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los Oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la Universidad, dentro del plazo fatal de 2
días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema
www.mercadopublico.cl, a través de la siguientes casilla electrónica, abastecimiento@ulagos.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Universidad podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los
proponentes, en caso de ser necesario.
Se deja claramente establecido, que no se aceptarán certificados que se encuentre en “trámite” o “no
vigentes”.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, para responder a lo solicitado por la
Universidad o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Universidad no considerará las
respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. La responsabilidad de revisar el “foro
inverso” disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y
aclaraciones, durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.
Se exceptúa de esta opción la entrega de oferta técnica y económica, la cual deberá ser entregada antes
del cierre de la Licitación.
De acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de licitación, aquel o
aquellos proveedores que presentaran antecedentes administrativos fuera de plazo, serán sancionados
según los criterios de evaluación.
La Universidad se reserva el derecho de comprobar la veracidad de cualquier antecedente presentado por
el oferente. De constatarse la falsedad de cualquiera de estos, el oferente quedará fuera del proceso de
licitación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Exclusivo para Personas Jurídicas:
Que, para efectos del posterior contrato, EL PROVEEDOR declara que:
1. Ha tomado conocimiento de la Ley N°20.393, que establece la
responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos señalados
en el artículo 1° del mencionado texto legal.
2. En caso de que le sea aplicable la Ley N°20.393, se obliga a adoptar controles internos eficientes y eficaces para prevenir, evitar y detectar la
comisión de los delitos señalados en el artículo 1° de dicha ley.
3. Tomará todas las medidas necesarias y eficaces para asegurar que sus
trabajadores o dependientes, sus subcontratistas, y demás personas
involucradas en el desarrollo y ejecución del contrato que esté bajo su
control y dependencia, den cumplimiento al Pacto de Integridad
establecido en las respectivas bases de licitación, con el objeto de
asegurar estándares de probidad, buenas prácticas, moral y éticos
exigidos por la UNIVERSIDAD DE LOS LAGOS, durante toda la vigencia de
la relación contractual.
4. Las Partes que suscriban el Contrato declararan expresamente que en
la negociación que derivó en la firma del instrumento, EL PROVEEDOR ni
de la UNIVERSIDAD DE LOS LAGOS, actuado por sí mismos, por medio de
representantes o dependientes, solicitó, aceptó recibir, dio, ofreció o
consintió en dar algún beneficio económico o de otra naturaleza, con el
objeto de favorecer la contratación por sobre otro oferente, por lo que la
contratación se ajustará a estándares de transparencia y probidad.
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Bases y Documentos que rigen la Propuesta |
La propuesta de los oferentes, se regirán por los siguientes documentos:
• Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
• Las consultas, respuestas y las aclaraciones derivadas del
procedimiento estipulado en las bases.
• Las ofertas Administrativa, técnica, y económica.
• Las modificaciones a las bases si las hubiese.
• Orden de compra.
Ante cualquier discrepancia entre éstos, prevalecerá el siguiente orden
de precedencia:
- Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
- Respuestas a consultas derivadas del presente proceso licitatorio.
- Orden de compra
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Conocimiento y Aceptación de las Bases |
El sólo hecho de participar, en cualquier forma, en la presente Licitación
Pública, implicará el conocimiento y aceptación íntegra y obligatoria de
todos los procedimientos, requisitos, y términos de estas Bases
Administrativas, de las Bases Técnicas y del proceso licitatorio en
general.
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Obligación de Reserva Y Confidencialidad |
Los Oferentes y Adjudicatarios, deberán guardar estricta reserva y
confidencialidad respecto de toda información que no sea de dominio
público referida a la Licitación efectuada en conformidad a las presentes
Bases.
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Prohibiciones |
Queda prohibido realizar gestiones o pagos directamente o a través de
terceros, diversos a las diligencias contempladas en el procedimiento
regular de licitación para adjudicarse la contratación de los bienes, obras
o servicios.
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Publicidad de las Ofertas Técnicas |
Después de Adjudicada la Licitación las ofertas técnicas de los diversos
oferentes serán de carácter público.
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Domicilio, Competencia y Legislación Aplicable |
Para todos los efectos legales, las partes fijarán su domicilio en la ciudad
de Osorno y se someterán expresamente a la legislación chilena y a la
jurisdicción de sus tribunales ordinarios de justicia.
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Situaciones no Previstas |
Toda situación no prevista o que resultare dudosa en su alcance o efectos, vinculada a las presentes bases será resuelta por la Universidad
de Los Lagos, quien está facultada para integrar los vacíos de las Bases,
buscando el sentido que más se ajuste al espíritu de ellas, siendo su
decisión obligatoria e inapelable para los participantes; quienes, en esta
materia, no tendrán derecho a reclamo alguno. Lo anterior, es sin
perjuicio de las acciones legales que procedan.
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Confidencialidad |
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la
ejecución de los bienes y/o servicios licitados, la documentación, los
antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o
a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de
cualquier actividad relacionada con éste.
Al adjudicatario, así como su personal dependiente que de una u otra
manera se hayan vinculado a la ejecución del servicio licitado, en
cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los
antecedentes vinculados con el desarrollo de dicho servicio.
La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito, será
solidaria respecto de la de sus administradores, representantes,
personeros, empleados, consultores o subcontratistas
El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la
confidencialidad de la información, reservándose la Universidad el
derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a
las normas legales vigentes.
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Causales para declarar Desierta la Licitación |
El o los responsables de evaluar la licitación podrá(n) proponer al Rector
o a quien tenga la facultad delegada de la Universidad de Los Lagos, se
declare desierta la licitación por las siguientes causales:
- Que no se presenten oferentes.
- Que todas las ofertas presentadas resulten inadmisibles.
- Que las ofertas no resultaren convenientes a los intereses de la entidad
licitante, conforme a los requerimientos contenidos en las Bases
Administrativas y Técnicas.
La existencia de la causal para declarar desierta la Licitación será
calificada exclusivamente por el o los responsables de evaluar la
licitación, quienes a través de un informe de evaluación propondrán al Sr.
Rector o a quien tenga la facultad delegada de la Universidad de Los
Lagos declarar desierta la propuesta pública. Esta declaración deberá ser
efectuada mediante un Resolución fundada que deberá ser publicado en
el portal www.mercadopublico.cl. Esto no dará derecho a reclamar
indemnización alguna.
Los fundamentos de esta decisión serán incluidos en el Informe de
Evaluación correspondiente que efectuará el o los responsables de
evaluar la licitación y expuestos en acto administrativo fundado que
dictará la Entidad Licitante.
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Llamado a Nueva Licitación |
En caso de declararse desierta la Licitación, la Universidad efectuará una
nueva Licitación en la fecha que se determine la que será publicada en
el Sistema de información www.mercadopúblico.cl. El nuevo proceso se
realizará de acuerdo a lo establecido en la Ley de Compras Públicas y su
Reglamento.
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Responsabilidad de Adjudicatario |
El Adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo
del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales de previsión, de seguros
de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás
pertinentes respecto de todos y cada uno de los trabajadores.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable en forma exclusiva
del pago oportuno de las remuneraciones, indemnizaciones, desahucios,
beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier
concepto deba pagarse a su personal.
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Unión Temporal de Proveedores |
Según Bases de Licitación Adjunta
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Clausula de Readjudicación |
Segun bases adjuntas
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