Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
ARTICULO 9.- ANTECEDENTES OMITIDOS Y SOLICITUD DE ACLARACIONES
La Universidad podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los
proponentes, en caso de ser necesario.
Se deja claramente establecido, que no se aceptarán certificados que se encuentre en “trámite” o “no
vigentes”.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, para responder a lo solicitado por la
Universidad o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Universidad no considerará las
respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. La responsabilidad de revisar el “foro
inverso” disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y
aclaraciones, durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.
Se exceptúa de esta opción la entrega de oferta técnica y económica, la cual deberá ser entregada antes
del cierre de la Licitación.
De acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de licitación, aquel o
aquellos proveedores que presentarán antecedentes administrativos fuera de plazo, serán sancionados
según el criterio de evaluación “cumplimiento de requisitos formales”.
La Universidad se reserva el derecho de comprobar la veracidad de cualquier antecedente presentado por
el oferente. De constatarse la falsedad de cualquiera de estos, el oferente quedará fuera del proceso de
licitación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente
licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a
cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo,
sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y
demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el
suministrar toda la información y documentación que sea considerada
necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o
conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su
tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su
oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los
contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas
o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar
negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de
cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto
específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y
documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso
licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de
legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente
proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas
y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos
integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones
previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa
que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso
licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos
técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de
cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para
que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente
cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en
general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus
subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de
su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también
procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Exclusivo para Personas Jurídicas:
Que, para efectos del posterior contrato, EL PROVEEDOR declara que:
1. Ha tomado conocimiento de la Ley N°20.393, que establece la
responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos señalados en el
artículo 1° del mencionado texto legal.
2. En caso de que le sea aplicable la Ley N°20.393, se obliga a adoptar controles
internos eficientes y eficaces para prevenir, evitar y detectar la comisión de los
delitos señalados en el artículo 1° de dicha ley.
3. Tomará todas las medidas necesarias y eficaces para asegurar que sus
trabajadores o dependientes, sus subcontratistas, y demás personas
involucradas en el desarrollo y ejecución del contrato que esté bajo su control
y dependencia, den cumplimiento al Pacto de Integridad establecido en las
respectivas bases de licitación, con el objeto de asegurar estándares de
probidad, buenas prácticas, moral y éticos exigidos por la UNIVERSIDAD DE LOS
LAGOS, durante toda la vigencia de la relación contractual.
4. Las Partes que suscriban el Contrato declararan expresamente que en la
negociación que derivó en la firma del instrumento, EL PROVEEDOR ni de la
UNIVERSIDAD DE LOS LAGOS, actuado por sí mismos, por medio de
representantes o dependientes, solicitó, aceptó recibir, dio, ofreció o consintió
en dar algún beneficio económico o de otra naturaleza, con el objeto de
favorecer la contratación por sobre otro oferente, por lo que la contratación se
ajustará a estándares de transparencia y probidad.
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