|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
BASES ADMINISTRATIVAS |
|
BASES ADMINISTRATIVAS
1. Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación
Artículo 1: El Hospital de Peñaflor, en adelante “el Hospital”, llama a licitación pública para contratar el “Servicio Retiro de Residuos Especiales y Peligrosos para el Hospital de Peñaflor”.
Artículo 2: Las presentes Bases Administrativas, constituyen el instrumento guía a aplicar en el Proceso de Licitación pública convocada por el Hospital de Peñaflor, para contratar el Servicio Retiro de Residuos Especiales y Peligrosos para el Hospital de Peñaflor, que considere los siguientes tipos de trabajos según se detalla en las Especificaciones Técnicas.
Artículo 3: Bases. Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
I. Bases Administrativas
II. Bases Técnicas
III. Anexos y Formularios
Artículo 4: Normativa y Orden de Precedencia de los Documentos. Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación, y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:
a) Las presentes Bases Administrativas.
b) Las Bases Técnicas.
c) El contrato respectivo.
d) La Licitación con todos sus documentos anexos.
Artículo 5: Definiciones. Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y del contrato que se celebre, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones:
• El Hospital: El Hospital de Peñaflor
• Licitación: Es el concurso mediante el cual se solicita a proponentes ofertas destinadas a la adquisición de los Bienes o servicios que se señalan. Se inicia con el llamado a Propuesta Pública y finaliza con la adjudicación y firma del contrato.
• Bases: Conjunto de normas que regulan el Proceso de Adquisición de los Bienes o Servicios individualizados en las especificaciones técnicas, a las que deben ceñirse todas las partes interesadas. Comprende las Bases Administrativas y Técnicas, condiciones generales del contrato, Anexos y cualquier otro antecedente que forme parte de la licitación pública.
• Bases Administrativas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que regula el proceso de licitación.
• Proponente u Oferente: Personas naturales o jurídicas que participan en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.
• Comisión de Evaluación: Estudiará y evaluará las ofertas y antecedentes, y elaborará un informe comparativo o evaluativo de las ofertas, considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.
• Contraparte Técnica: Unidad de “El Hospital” encargado de coordinar el proceso de licitación, actual como interlocutor de los licitantes y del Ejecutor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y el contrato que regula la relación entre las partes.
• Adjudicatario: Persona natural o jurídica cuya propuesta, presentada dentro del marco del proceso de licitación, es seleccionada.
• Ejecutor: Profesional o especialista designado por el adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante “El Hospital” en todos los asuntos técnicos relativos a la ejecución de los servicios contratados.
• Resolución de Adjudicación: Es el documento administrativo mediante el cual se adjudica la propuesta.
• Especificaciones Técnicas: Conjunto de características y condiciones particulares que deberán cumplir los Bienes o Servicios objeto de la presente licitación.
• Garantías Administrativas: Son los documentos emitidos por entidades autorizadas y que garantizan en este proceso la seriedad de la oferta, el fiel cumplimiento del contrato. Se aceptara cualquier caución o garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva.
• Oferta o Propuesta: Proposición técnica o económica presentada por el oferente.
• Mandante: Es la entidad que ordena efectuar la licitación y tiene la administración financiera del Proyecto. Le corresponderá llamar a licitación, analizar y evaluar las ofertas, resolver la adjudicación y realizar la recepción de los Bienes o Servicios. En este proceso de licitación el Mandante es el HOSPITAL DE PEÑAFLOR con domicilio en JOSE MIGUEL CARRERA Nº 214, Comuna de Peñaflor, Región Metropolitana de Santiago.
Artículo 6: Plazos. Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato, serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles.
Artículo 7: Domicilio y Competencia. Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la Comuna y Cuidad de Santiago y se someten a la competencia de sus Tribunales de Justicia.
Artículo 8: Esta licitación pública es a suma alzada, sin reajustes ni intereses, y los montos serán fijados por los proponentes. El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en estas Bases.
2. Llamado a Licitación, entrega de Bases y Participantes
Artículo 9: Llamado a Licitación. El llamado a licitación se publicará vía Internet en el Portal Web http://www.mercadopublico.cl.
Artículo 10: Entrega de Bases. Las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Portal Web http://www.mercadopublico.cl.
Artículo 11: Documentos de la Licitación. El análisis de las ofertas, contratos y todos los trámites necesarios que lleven a la correcta entrega y uso de los Bienes o Servicios a adquirir, según lo señalado en las Especificaciones Técnicas, se regirán por los documentos indicados a continuación, todos los cuales el oferente declara conocer y respetar.
1. Las presentes Bases Administrativas Generales.
2. Las Bases Técnicas.
3. Consultas, aclaraciones y respuestas sobre aspectos administrativos y técnicos efectuadas por los oferentes a través de mercado público.
4. La Oferta del proponente.
5. Los anexos constituidos por los formularios que el oferente obligatoriamente debe presentar con su oferta.
6. Las presentaciones formales que el o los oferentes realicen de sus Bienes o Servicios, y los documentos escritos que estos ingresen al portal.
7. Las actas.
Artículo 12: Requisitos de los Participantes. Podrán participar en la presente propuesta todas las personas naturales o jurídicas que hayan obtenido las bases a través del portal www.mercadopublico.cl y que cumplan con los requisitos y términos señalados en las presentes Bases.
No podrán participar en la presente licitación las personas naturales o jurídicas que se excluyen en el artículo 4º de la Ley 19.886.
Artículo 13: Consultas y Aclaraciones. Los proponentes podrán formular Consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas mediante el Foro del Portal Web http://www.mercadopublico.cl.
No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
“El HOSPITAL” realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Portal Web http://www.mercadopublico.cl.
Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.
Los proponentes en el momento de presentar su oferta declaran conocer todos los antecedentes asociados a la licitación, aceptando íntegramente lo expuesto en las Bases, en señal de lo cual entregan la Declaración Jurada que forma parte de los anexos mencionados en el Formulario 2.
El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de los antecedentes especificados en estas Bases. Si producto del estudio el oferente estimare que existen contradicciones o ausencias de información, deberá formular las consultas pertinentes a “El HOSPITAL” a través del Portal www.mercadopublico.cl en el plazo establecido en las presentes Bases.
Con motivo de las aclaraciones “El HOSPITAL”, podrá rectificar, aclarar o modificar estas Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas y los demás documentos que formen parte de la licitación.
Modificación de los Documentos de Licitación: “El HOSPITAL” podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes de que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación, mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas enmiendas pasarán a formar parte integrante de estas Bases y del contrato respectivo y serán informadas a través del Portal www.mercadopublico.cl a todos los interesados, en la misma fecha establecida en las Bases Administrativas para publicar las respuestas a consultas. En caso de haber modificación a las Bases se otorgará un plazo para que los oferentes ajusten sus ofertas a estos nuevos términos. Sin perjuicio de la total tramitación del Acto Administrativo aprobatorio de la respectiva modificación.
3. Presentación y Contenido de la Propuesta
Artículo 14: Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas y proveedores, autorizadas y con representación oficial en Chile, y que cumplan los requisitos señalados en las Bases de licitación.
En caso de personas jurídicas el proponente individualizará en su oferta la persona facultada para representarlo con amplios poderes en la presente licitación, para lo cual adjuntará el Instrumento Público en que conste dicha personería.
Artículo 15: Todos los documentos asociados al proceso de licitación deberán ser en idioma español.
Artículo 16: La omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada.
Artículo 17: La Comisión de Evaluación adjudicará al oferente que, de acuerdo a los criterios establecidos en las Bases, haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación.
Artículo 18: Presentación de las Propuestas. Cada proponente podrá presentar una o más propuestas por el producto licitado. Las propuestas se presentarán en el Portal www.mercadopublico.cl debiendo informar en ese sitio los precios, condiciones económicas, marcas y cualquier otro dato relevante de los Bienes o Servicios ofertados y de su instalación.
Artículo 19: Contenido de las Propuestas. Las propuestas deberán incluir además los siguientes documentos:
1. Formulario 1: Identificación del Proponente.
2. Formulario 2: Declaración Jurada Simple de aceptación y conocimiento de las Bases Administrativas y Técnicas, Anexos y demás antecedentes de la licitación.
3. Formulario 3: Experiencia de la empresa.
4. Formulario 4: Declaración Jurada Simple de no estar en algunas de las situaciones previstas en el Art. 4º de la Ley 19.886.
5. Formulario 5: Oferta económica, se considerar lo expresado en el presente formulario al momento de evaluar la oferta.
6. Formulario 6: Programa de retiro de residuos.
7. Formulario 7: Plantas de tratamiento.
8. Otros documentos Obligatorios:
• Resolución funcionamiento de Seremi.
• Resolución de transporte de sustancias infecciosas y/o peligrosas Seremi.
• Autorizaciones sanitarias que faculten al oferente como empresa transportista de tratamientos y disposición final de residuos industriales peligrosos como especiales.
NOTA: Será obligación del oferente presentar estos documentos en su propuesta, la falta de uno de ellos será causal de inadmisibilidad de la oferta de forma inmediata.
Se podrán incluir además cualquier otro tipo de información, que se considere necesaria para entregar una completa descripción de los bienes o servicios ofertados, siendo de responsabilidad del oferente la veracidad de la información proporcionada. Cabe señalar que el idioma español regirá para toda la información presentada por parte de los oferentes en lo que respecta a la licitación. Para todos los aspectos indicados en las especificaciones técnicas se solicitará la comprobación mediante certificado particular del aspecto en cuestión.
Artículo 20: De los Precios. La oferta Económica entregada debe ser expresada en pesos chilenos y debe incluir todos los costos en que se incurra y que no están definidos en las presentes Bases. Formulario Nº 5.
Artículo 21: De las reglas de Presentación. El oferente deberá examinar y dar cumplimiento a todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en la documentación indicada en el Artículo 19º de las presentes Bases de lo contrario se declarará inadmisibilidad la oferta de plano.
Todos los documentos de la licitación que explícitamente lo indican deberán firmados por el Representante Legal, en caso de Persona Jurídica y por el titular o mandatario de este, en caso de Persona Natural.
4. De la Admisibilidad y Evaluación de las Ofertas
Antecedentes preliminares. Las ofertas válidamente ingresadas a través del Portal, serán evaluadas según pautas de evaluación establecidas en las presentes Bases.
Evaluación Administrativa. En esta instancia se verificará:
• La entrega de los documentos indicados en el Artículo 19º por el Portal y el cumplimiento de toda la documentación.
Evaluación Técnica. Será realizada por la Comisión de Evaluación, que al efecto revisará respecto de cada producto o servicio ofertado:
• Que se adjunten los documentos de la oferta técnica atingentes a la oferta u ofertas;
• Que corresponda a lo solicitado en el llamado o a alguna de las alternativas que se permiten para dicho proceso;
• El puntaje obtenido.
5. Del Acto de Apertura de las Propuestas y Revisión de la Documentación
Artículo 22: Apertura de la Propuesta. La apertura de la Propuesta se efectuará el día y hora fijada en el Portal www.mercadopublico.cl y será de carácter electrónico.
En caso de detectarse errores en la presentación económica el monto que prevalecerá será el valor total señalado en la oferta económica ingresada en el Portal www.mercadopublico.cl.
Artículo 23: Oferente Eliminado en el Acto de Apertura. A los oferentes eliminados en el acto de apertura, se les devolverán los documentos que correspondan, de acuerdo a lo estipulado en estas Bases. La Garantía de Seriedad de la Oferta se devolverá una vez que la propuesta haya sido adjudicada. Si los oferentes desean que se le endose la Garantía, ésta quedará en poder del Departamento de Contabilidad y Finanzas, quien la devolverá con posterioridad al Acto de Apertura.
6. Validez de las Propuestas
Artículo 24: Las ofertas tendrán una validez de 90 días hábiles desde la fecha de apertura de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, “El HOSPITAL” solicitará a los proponentes antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la renovación de las garantías de Seriedad de éstas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación.
7. Garantías Administrativas
Artículo 25: Serán aceptados como documentos que garanticen la seriedad de la Oferta. Cualquier caución o garantía a la vista que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, con vencimiento a 90 días contados desde la fecha de apertura de la propuesta por un valor de $ 300.000 (Trescientos mil pesos) y deberá ser tomada en una entidad bancaria a nombre de “Hospital de Peñaflor”.
Glosa: La glosa de la Garantía será “Para garantizar la seriedad de la Oferta del Servicio Retiro de Residuos Especiales y Peligrosos para el Hospital de Peñaflor”.
Devolución: Esta garantía será devuelta a los oferentes que válidamente presentaron ofertas, una vez adjudicada la propuesta y suscrito el contrato respectivo o dictada la Resolución que declare desierta o rechaza las ofertas presentadas, dentro de un plazo de 10 días hábiles.
Artículo 26: Garantías.
Garantía de Seriedad de Oferta:
Tipo de Documento Los permitidos por la normativa vigente, tales como, boleta bancaria de garantía, póliza de seguro, vale vista, depósito a plazo o garantía electrónica, debiendo ser pagaderos a la vista y tener el carácter de irrevocables.
Beneficiario Hospital de Peñaflor
Fecha de Vencimiento La garantía deberá ser extendida por un plazo de vigencia que exceda en a lo menos en sesenta (60) días hábiles la fecha de cierre de la propuesta en el Portal mercado público.
Monto $200.000.- (Doscientos mil pesos)
Descripción La Garantía deberá ser entregada en la Oficina de Partes ubicada en José Miguel Carrera N°214 comuna de Peñaflor antes de la hora y fecha de cierre de la recepción de las ofertas.
La entrega deberá efectuarse con una carta conductora firmada por el oferente donde se identifique el ID de la licitación y se indique que la entidad licitante es el Hospital de Peñaflor.
El horario de funcionamiento de la Oficina de Partes del hospital de Peñaflor es de lunes a jueves de 9:00 a 16:00 hrs. y viernes de 9:00 a 15:00 hrs.
En su caso, la garantía electrónica se presentará a través del Sistema.
El proveedor deberá adjunta a esta garantía la carta conductora comprendida en Formulario 8, ya sea para su ingreso físico por Oficina de Partes como su ingreso electrónico mediante el sistema de información Mercado Público.
Glosa "Para garantizar la seriedad de la oferta Licitación “SERVICIO MÉDICOS Y ENFERMERA/O DE APOYO PARA LA UNIDADES CLÍNICAS DEL HOSPITAL DE PEÑAFLOR”
Forma y oportunidad de restitución La garantía se devolverá mediante su entrega y previo endoso, una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato respectivo.
Garantía de Fiel Cumplimiento:
Tipo de Documento Los permitidos por la normativa vigente, tales como, boleta bancaria de garantía, póliza de seguro, vale vista, depósito a plazo o garantía electrónica, debiendo ser pagaderos a la vista y tener el carácter de irrevocables.
Beneficiario Hospital de Peñaflor.
Fecha de Vencimiento El plazo de vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato será todo el período de prestación del servicio aumentado en al menos 60 días hábiles, contados desde la fecha de vencimiento del plazo total de prestación del servicio.
Monto La garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá extenderse por un valor equivalente al 10% (cinco por ciento) del monto total del contrato.
Descripción La Garantía deberá ser entregada en la Oficina de Partes ubicada en José Miguel Carrera N°214 comuna de Peñaflor, Región Metropolitana, durante el plazo estipulado para la firma del contrato.
La entrega deberá efectuarse con una carta conductora firmada por el oferente donde se identifique el ID de la licitación y se indique que la entidad licitante es el Hospital de Peñaflor.
El horario de funcionamiento de la Oficina de Partes del hospital de Peñaflor es de lunes a jueves de 9:0 a 16:00 hrs. y viernes de 9:00 a 15:00 hrs.
Glosa “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato “DEL SERVICIO MÉDICOS Y ENFERMERA/O DE APOYO PARA LA UNIDADES CLÍNICAS DEL HOSPITAL DE PEÑAFLOR”.
Forma y oportunidad de restitución La garantía se devolverá mediante su entrega y previo endoso al proveedor en un plazo de 60 (sesenta) días hábiles siguientes a la terminación efectiva del servicio prestado y recibido a conformidad.
8. Evaluación de las Ofertas
Artículo 27: La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión de Evaluación designada por la Dirección, la cual consta en la Resolución Exenta Nº 74 de fecha 19 de Abril 2018.
La referida Comisión estudiará y evaluará las ofertas y antecedentes, y elaborará un acta de evaluación, considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes en las presentes Bases.
Artículo 28: Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:
1. En el análisis y evaluación de las ofertas El HOSPITAL, podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes.
2. El HOSPITAL, podrá, solicitar por escrito, con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones que considere necesarias y oportunas, respecto de uno o más aspectos de las ofertas recibidas, siempre que no violen o modifiquen las bases de licitación, no alteren la oferta o el precio de la misma ni violen el principio de igualdad entre los proponentes. Las respuestas deberán entregarse por escrito y se limitarán a los puntos solicitados. Estas consultas así como las respuestas serán informadas al resto de los oferentes a través del sitio www.mercadopublico.cl.
3. La evaluación y calificación del cumplimiento de especificaciones técnicas de las ofertas será realizada por la Comisión de Evaluación.
4. La Comisión de Evaluación de la presente licitación deberá efectuar una proposición de adjudicación, mediante informe fundado.
5. Los requisitos administrativos son el inicio de la evaluación y por lo tanto definirán si se continúa con la otra etapa de la evaluación. Por lo anterior la evaluación administrativa está conformada por dos partes:
a) Evaluación de entrega documentación de admisibilidad, la cual sólo indicará si la oferta se sigue evaluando en el proceso o se rechaza.
b) Evaluación ponderada, que se utilizará para asignar puntaje junto a la evaluación técnica y económica, en el proceso de apertura.
Artículo 29: Factores a Evaluar y Ponderación
De la Evaluación de las Ofertas
Declarada la admisibilidad de las ofertas se efectuará la apertura electrónica, a efectos de iniciar la evaluación de las ofertas económicas por la Comisión Evaluadora.
Para la evaluación de las ofertas declaradas previamente admisibles, se considerarán los siguientes factores y sus respectivos ponderadores:
Precio de la Oferta 60%
Experiencia 20%
Calidad Técnica de Bienes y Servicios 20%
Los puntajes serán de 0 a 100, siendo 100 la oferta mejor evaluada. Se adjudicará la oferta que tenga el mayor puntaje o la más conveniente a los intereses del Hospital de Peñaflor.
Hasta antes de la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
1. Precio de la Oferta
Se evaluará del resultado del análisis mínimo costo, donde se considerara la relación entre cada oferta y la de menor costo, según la siguiente fórmula:
OM, Oferta Mínima OM X 100
OE, Oferta Evaluada OE
2. Años de Experiencia en Retiro de Residuos Especiales y Peligrosos
Se evaluará la experiencia según los años de servicio que presente la empresa oferente de la siguiente manera:
OME, Oferta Mejor Experiencia OME X 100
OE, Oferta Evaluada OE
3. Calidad Técnica de Bienes y Servicios
Se evaluara contar con planta de incineración y autoclavado propia que presenten los oferentes mediante Resoluciones Sanitarias correspondientes, considerando los siguientes puntajes (Completar Formulario 7)
PLANTAS DE TRATAMIENTO PUNTACIÓN PONDERADA
Tiene planta de incineración y autoclavado propia 100
Tiene sólo planta de autoclavado propia 50
Tiene sólo planta de incineración propia 50
No posee planta de incineración o autoclavado propia o no presenta Resoluciones Sanitarias correspondientes que las acrediten 0
No posee planta de autoclavado propia o no presenta Resoluciones Sanitarias correspondientes que las acrediten 0
Artículo 30: Evaluación Final
La evaluación final se realizará según la siguiente tabla.
Criterios Ponderación
Precio de la Oferta 60%
Experiencia 20%
Calidad Técnica de Bienes y Servicios 20%
Puntaje Total 100%
Nota: En caso de empate en el puntaje total, se establece como mecanismo de desempate el puntaje más alto obtenido en los distintos factores a evaluar y en el orden de prelación establecido en el Artículo 30º de las presentes Bases.
9. Adjudicación de la Licitación
Artículo 31: El HOSPITAL, adjudicará la licitación a una de las ofertas presentadas. Seleccionará la oferta que obtenga el mayor puntaje considerando los criterios establecidos en estas Bases.
Artículo 32: Los participantes serán notificados de la adjudicación a través de la publicación del resultado de la misma en el Portal Web http://www.mercadopublico.cl.
El oferente adjudicado se entenderá notificado para todos los efectos legales transcurridos 24 horas desde que se haya efectuado la referida publicación.
Artículo 33: El HOSPITAL se reserva el derecho de rechazar total o parcialmente alguna, o todas las propuestas, en forma fundada, si aquellas no cumplen una o más disposiciones de estas Bases o si estima que no son convenientes para sus intereses.
En el evento de rechazarse todas las propuestas se procederá a declarar desierto el proceso, notificando de ello a los participantes mediante publicación efectuada en el sitio http://www.mercadopublico.cl
Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.
10. Del Contrato
Artículo 34: Una vez notificada la Resolución de Adjudicación, el Hospital suscribirá con el proveedor adjudicado un contrato por la compra de Bienes o Contratación de Servicios. El oferente adjudicado deberá presentar en este acto la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato a que se refiere el Artículo 26º. El proveedor adjudicado necesariamente deberá estar inscrito en el Registro de ChileProveedores para poder suscribir el contrato.
Artículo 35: La suscripción del contrato se efectuará dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de notificada la Resolución de Adjudicación al oferente seleccionado, salvo en aquellos casos en los cuales en que, por razones de buen servicio de las prestaciones contenidas deban iniciarse desde el momento de la adjudicación, y/o si la licitación se adjudicase con anterioridad al término de la licitación de Retiro de Residuos Hospitalarios actualmente vigente y además se encuentre ejecutada la total tramitación del acto que lo apruebe, la nueva licitación deberá comenzar al día siguiente de terminada la licitación vigente del periodo anterior. En todos los casos anteriores, no se generará pago de servicio hasta la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Artículo 36: Si el adjudicatario se desistiera negándose a suscribir el contrato o no presenta la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, en el plazo estipulado en las presentes Bases, el HOSPITAL procederá a hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta y podrá adjudicar la presente licitación al segundo oferente mejor evaluado.
Artículo 37: Todos los gastos que se originen con motivo de la suscripción del contrato serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.
Artículo 38: Formarán parte integrante del contrato los siguientes documentos: Las Bases Administrativas, las Bases Técnicas, Anexos, Consultas y Respuestas, las aclaraciones si las hubiere, la Oferta presentada, Resolución de Adjudicación y cualquier otro documentos que se origine con motivo de la presente licitación.
Artículo 39: El oferente adjudicado deberá ceñirse, hasta el vencimiento de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, a las Bases Administrativas, Bases Técnicas, contrato y demás documentos que forman parte integrante de éste.
Artículo 40: El precio del contrato corresponderá al monto establecido en la oferta adjudicada bajo el sistema de suma alzada, sin reajustes ni intereses de ninguna especie, entendiéndose incluidos todos los costos e impuestos en que debe incurrir para llevar a cabo lo establecido en el contrato.
Artículo 41: El proveedor asume dentro del valor de la Propuesta todos los riesgos e imponderables que signifique mayores costos, cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia.
Artículo 42: Modalidad del Contrato y Pagos. El pago se llevara a cabo dentro de los 45 días, contados desde el ingreso de la factura en la Oficina de Partes del Hospital de Peñaflor, ubicada en calle José Miguel Carrera Nº214, comuna de Peñaflor.
Artículo 43: Vigencia del Contrato. El contrato comenzará a regir a contar de la fecha de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y tendrá una vigencia de 24 (veinticuatro) meses, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 35º de las presentes bases.
El servicio contratado podrá prorrogarse por una sola vez, y por un periodo máximo de doce (12) meses, previo acuerdo de las partes, en las mismas condiciones del contrato original y otorgándose al efecto el respectivo instrumento de renovación de contrato. Para proceder en este sentido, la Dirección deberá contar siempre, y en forma previa, con un informe técnico y administrativo favorable evacuado por la Contraparte Técnica del contrato. Sin superar nunca el monto de 1.000 UTM. Como costa en el artículo N°12 del reglamento de compras públicas.
Artículo 44: Domicilio. Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la Comuna y Cuidad de Santiago.
Artículo 45: Informes. El proveedor deberá informar al HOSPITAL sobre cualquier aspecto de las prestaciones contratadas cuando la Contraparte lo requiera.
Artículo 46: Ejecución. El proveedor designará un “Supervisor Técnico” con dedicación permanente que lo representará ante “El HOSPITAL” para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el proveedor.
Artículo 47: Supervisión y Fiscalización del Cumplimiento del Contrato. La supervisión técnica y administrativa del fiel cumplimiento del contrato le corresponderá a la directora(a) del Hospital de Peñaflor o quien el (ella) designe.
Artículo 48: Adaptabilidad del Contrato.- se establece la posibilidad de modificar el presente convenio, pudiendo aumentarse las prestaciones (servicios) contenidas en el, en no más de un 30% del monto originalmente pactado (presupuesto disponible), manteniendo los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad los oferentes.
11. Sanciones y Multas
Artículo 49: El Hospital de Peñaflor, podrá disponer la aplicación de las sanciones y multas, en caso de cualquier incumplimiento en las condiciones pactadas.
1. Clasificación de las sanciones y reglas de aplicación:
En función de la gravedad de la infracción cometida por el adjudicatario, se le aplicarán las siguientes sanciones:
Amonestación: Corresponde a un registro escrito, que deja de manifiesto cualquier falta menor cometida por la empresa. La amonestación no estará afecta a sanción pecuniaria, salvo que se acumulen más de dos en el periodo de un mes o cuatro en trimestres móviles, en cuyo caso se aplicará una multa leve.
Multa: Corresponde a la sanción de cualquier falta, de gravedad leve, moderada o grave, en que incurra la empresa, cada vez que el proveedor no dé cumplimiento a cualquiera de las obligaciones contempladas en las presentes bases, a su oferta o en el contrato. Se expresará en Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
El monto de cada multa, dependerá de lo gravedad de la infracción cometida, en este sentido las multas se clasifican en:
a.1) Multa Leve: Será considerada LEVE aquella situación originada por una falta de carácter menor, que no origina riesgos a las dependencias, ni a la salud de los pacientes beneficiarios del Hospital.
Su importe será de 1 a 2 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que pueden estar afectas a multa leve son (la primera multa será de 1 UTM y la segunda de 2 UTM).
- La acumulación de dos amonestaciones en un mismo mes calendado o cuatro en trimestres móviles.
- Entrega de servicios con atraso.
- Conducta o trato irrespetuoso de parte del personal del proveedor.
a.2) Multa Moderada: Será considerada MODERADA, aquella situación originada por una falta que afecta o pone en riesgo, directa o indirectamente el funcionamiento de Equipos Médicos o que limite significativamente la atención y calidad del servicio, pero que es factible de ser corregida.
Su importe será de 3 a 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM)
Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que pueden estar afectas o multa moderado son (primera multa será de 3 UTM y la segundo de 5 UTM):
- No aceptar la orden de compra respectiva dentro de 2 días hábiles o el plazo ofrecido por el oferente adjudicado si fuere distinto, contados desde la aceptación de la orden de compra.
- Rechazo parcial de la entrega de los servicios por no ajustarse o las especificaciones técnicas.
- Acumulación de 2 multas leves en semestres móviles.
a.3) Multa Grave: Será considerado GRAVE, aquella situación originada por una falta que pone en riesgo, directo o indirectamente, el Servicio de retiro de residuos especiales y peligrosos, que implique afectación del buen funcionamiento del establecimiento en la atención de sus pacientes beneficiarios. También será considerada grave, aquella situación que atente, directo o indirectamente, contra lo integridad física o moral de los pacientes, o que obstruya la atención y Calidad del servicio de atención del establecimiento.
Su importe será de 6 a 10 Unidades Tributarias Mensuales (UTM)
Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que pueden estar afectas a multa grave son (la primera multa será de 6 UTM y la segunda de 10 UTM):
- Incumplimiento de los servicios en cualquiera de sus dimensiones.
- Por realizar actos fuera de la moral en horario de trabajo, comprometiendo la imagen de la institución.
- Rechazo total de los Servicios recepcionados por no ajustarse a las especificaciones técnicas:
- No aceptar dos órdenes de compra consecutivas o tres órdenes de compra en un periodo de cuatro meses móviles.
- Incurrir en falsedad en el cobro de los servicios entregados.
- Si el Proveedor hiciese traspaso de su Contrato, a otra persona natural o jurídica.
- Hurtos, daños u otros delitos o faltas cometidas por el personal del proveedor en la institución o a sus pacientes.
- Hurtos, daños u otros delitos o faltas cometidas por el personal del proveedor en la institución o a sus pacientes.
- Acumulación de dos multas moderadas en diez meses móviles.
2. Procedimientos para aplicar una Sanción
El Gestor de Contratos, subrogante o a quien se designe esta función al detectar o ser informada por el Administrador del Contrato del HOSPITAL de una irregularidad, determinará en primera instancia, si amerita proponer sanción a la situación denunciada.
En el caso de una amonestación, el Gestor de Contratos y/o quien se designe, informará vía correo electrónico al Encargado de la Empresa. Por lo tanto, se entenderá que la Empresa conoce desde entonces la correlación de las amonestaciones. Dicha amonestación será enviada vía correo electrónico al contacto informado en el proceso de licitación, siendo responsabilidad del proveedor mantener su información actualizada. El Hospital de Peñaflor no se hará responsable de la entrega de información en cuentas erróneas o no actualizadas.
En el caso que los hechos sean constitutivos de Multa, el Gestor de Contratos informará al proveedor adjudicado por escrito vía correo electrónico, en el cual se detalle la infracción cometida, a fin de que éste tome conocimiento de los hechos y efectué las medidas necesarias para corregirlos.
A su vez, el Gestor de Contrato remitirá los antecedentes y proposiciones de sanción a aplicar a la Dirección del Hospital de Peñaflor, quien resolverá el rechazo, aceptación o modificación de la sanción propuesta. En caso de aplicar en definitiva una sanción, se le comunicará por escrito, mediante correo electrónico, al proveedor.
El Proveedor podrá interponer recurso de reposición ante el Director del Hospital de Peñaflor, durante los cinco (5) días hábiles siguientes a lo fecha de notificación. Se entenderá practicada la notificación a contar de las siguientes veinticuatro (24) horas hábiles desde el envío del correo electrónico. Recibida la reposición del proveedor, el Director por su parte deberá resolver en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, con los antecedentes que el Hospital de Peñaflor disponga y/o que el proveedor haya aportado. Se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, la sanción y su cuantía, a través de una resolución, la que será debidamente notificado al proveedor, en los términos señalados en los párrafos anteriores. Respecto de esta decisión, procederán los recursos que al efecto dispone lo Ley N° 19.880.
Una vez ejecutoriada la sanción, y para el evento de que esto conlleve una multa, el Hospital de Peñaflor podrá cobrar de acuerdo al siguiente sistema;
- Descontar las sumas que deban pagarles por concepto de precio en la facturación del mes siguiente a aquel en que se aplicó la sanción.
- A todo evento, el proveedor podrá depositar en la cuenta corriente del Hospital de Peñaflor el monto correspondiente.
3. Derecho a Reclamo
La Empresa podrá recurrir en contra de un reclamo formal realizado por el administrador del contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la carta, en cuyo caso el Administrador del Contrato responderá por escrito si se acepta la reclamación o si esta es rechazada. Lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Nº 19.880, sobre Bases de los procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado.
12. Terminación Anticipada del Contrato
Artículo 50: Causales de Término de Contrato. El contrato quedará resuelto por disposición del Hospital de Peñaflor, mediante acto administrativo fundado, en los siguientes casos:
1. Por mutuo acuerdo de las partes.
2. Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas en el Contrato y/o sus antecedentes a éste.
3. El proveedor es sometido a proceso por delito que merezca pena aflictiva.
4. El proveedor es declarado en quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia.
5. No dar cumplimiento a las observaciones efectuadas por el Referente Técnico.
De incurrir cualquiera de las causales señaladas del número 2 al 5, el Hospital de Peñaflor, quedará facultado para hacer efectiva la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato.
El Hospital de Peñaflor, podrá poner término anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, las necesidades del servicio así lo requieran, con la única formalidad de comunicar a la Empresa su decisión mediante carta certificada y con 30 días de anticipación.
13. Solución de Controversias
Artículo 51: La Comisión de Evaluación queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases.
Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del (la) Director(a), previo informe en derecho emitido por el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Metropolitano Occidente. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de los tribunales Ordinarios de Justicia.
Artículo 52: Contraparte Hospitalaria. La Contraparte Técnica del HOSPITAL será el (la) Director(a) del HOSPITAL o quien éste (a) designe.
Artículo 53: Interpretación de los Antecedentes del Contrato. Cualquier discrepancia en la interpretación de los documentos vinculados a la licitación, será resuelta sin ulterior recurso por el Director(a) del HOSPITAL.
14. Condiciones Económicas
Artículo 54: La propuesta económica deberá presentarse de acuerdo al formato contenido en el Formulario Nº 5 de estas Bases.
Artículo 55: El pago se efectuará una vez realizada la recepción conforme y generada las actas de recepción técnica correspondientes, de acuerdo a lo estipulado en el contrato, plazo que no deberá exceder los 45 días contados desde la suscripción del contrato.
Artículo 56: El valor neto en pesos chilenos por producto o servicio, el que deberá tener incorporado costos de transporte, seguros y otros en los cuales le proveedor incurra para el total despacho de los Bienes o Servicios objeto de este contrato.
Artículo 57: Gastos del Contrato y Garantías. Los gastos en que incurra el oferente con motivo de la presente licitación y la obtención de las garantías serán de su exclusivo cargo, sin derecho a reembolso por parte del HOSPITAL.
|
|
|
|
BASES TÉCNICAS |
|
“BASES TECNICAS PARA RETIRO DE RESIDUOS ESPECIALES Y PELIGROSOS”
Las siguientes bases técnicas, están orientadas a definir el retiro, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos especiales, peligrosos (RE, RP) y residuos radioactivos de baja intensidad dispuestos en el Decreto N°6 y N°148
1. CARACTERÍSTICAS DE LA EMPRESA:
1.1 La empresa de transporte deberá tener Resolución Sanitaria que le permita realizar el servicio licitado y los lugares de disposición final de los residuos, donde se deposite o eliminen los desechos, deben contar con las autorizaciones sanitarias respectivas.
1.2 La Empresa de transporte, para la eliminación y disposición final de todos los residuos mencionados, deberá cumplir con el reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos y el Reglamento de Transporte de Sustancias Peligrosas por Calles y Caminos, fijado en el D.S. Nº 298 de fecha 25 de Noviembre de 1994.
1.3 La Empresa adjudicada debe ser capaz de eliminar los siguientes desechos Hospitalarios:
• Residuos cortopunzantes
• Cultivos y muestras almacenadas
• Residuos patológicos
• Sangre y productos derivados
• Residuos radioactivos de baja intensidad
• Colchones contaminados
• Residuos inflamables
• Residuos corrosivos
• Residuos reactivos
• Residuos tóxicos agudos
• Residuos tóxicos crónicos
• Residuos tóxicos extrínsecos
• Concentrado de residuos peligrosos en estado líquido o solido derivados de derrame tales como, cianuro etc.
• Y, todos aquellos residuos que se presenten ante una contingencia epidemiológica tales como COVI-19.
1.4 La Empresa deberá contar con un soporte técnico y profesional del área de la salud para dictar curso sobre REAS, al menos 2 veces al año, presentando previamente un programa de ello al profesional encargado de REAS en la institución.
LA EMPRESA HARA LAS GESTIONES NECESARIAS, LLENADO DE FORMULARIOS, AUTORIZACIONES, TRASLADOS EN ENVASES DEBIDAMENTE AUTORIZADOS Y SEÑALIZADOS.
1.5 El personal que realice el transporte deberá estar debidamente capacitado para la operación adecuada del vehículo y de sus equipos, y para enfrentar posibles emergencias.
2. CONDICIONES:
2.1 Toda discordancia en los antecedentes o falta de aclaración de un detalle deberá interpretarse en la forma que mejor beneficie al convenio.
2.2 Los proponentes deberán incluir en el estudio de su oferta cualquier Ítem que no esté previsto en los antecedentes y que sea necesario e indispensable.
3. DE LA PRESTACION DEL SERVICIO:
3.1 El Proveedor deberá disponer de vehículos con autorización sanitaria para el traslado, descontaminación y eliminación de residuos.
3.2 Las bolsas de eliminación de residuos deberán ser proporcionados por la empresa prestadora del servicio y deben cumplir los requerimientos de la normativa vigente.
3.3 Las bolsas serán de material plástico de alta resistencia que eviten su rotura con el peso del contenido, de color según la categoría del residuo eliminado, es decir deben ser bolsa impermeable de polietileno de alta densidad con las respectivas amarras.
3.4 Los contenedores de residuos a disponer para Residuos peligrosos y Especiales son:
0,8 LITROS
2,0 LITROS
4,8 LITROS
8,1 LITROS
13,6 LITROS
41,6 LITROS
Y, con sus correspondientes soportes para contenedores de 0,8 Litros, 4,8 Litros y para 8,1 Litro y , deberán ser proporcionados gratuitamente por la empresa prestadora del servicio y deben cumplir los requerimientos de la normativa vigente.
Además, las empresas deberán disponer del siguiente material:
cajas de cartón Talla "L", para tubos fluorescente
Bidones para residuos líquidos peligrosos
Biosystem (Galones) de 2,3 y 4, para Residuos Especiales
3.5 Los contenedores deben ser de color correspondiente al residuo eliminado (Rojo o amarillo; según corresponda), de acuerdo a reglamentación REAS- Chile
3.6 La cantidad aproximada de contenedores para residuos peligrosos será una vez al mes y para residuos especiales serán quincenalmente y la empresa licitada deberá cumplir con la entrega total del material en requerimiento, según a la siguiente Tabla Nº1.
Cuadro N°1: Requerimiento de material, Quincenal
IMAGEN TIPO
(VALIDA PARA CONTENDOR ROJO Y AMARILLO) NOMBRE PRODUCTO COLOR MEDIDAS CANTIDAD
AMARIILO ROJO
CONTENEDOR AMARILLO
ROJO 0,8 LITROS
70
20
CONTENEDOR AMARILLO
ROJO 2,0 LITROS
70
20
CONTENEDOR AMARILLO
ROJO 4,8 LITROS
60
20
CONTENEDOR AMARILLO
ROJO 8,1 LITROS
70
15
CONTENEDOR AMARILLO
ROJO 13,6 LITROS
60
15
CONTENEDOR AMARILLO
ROJO 26 LITROS
5
5
BIOSYSTEM/CONTENEDOR AMARILLO 7 LITROS 8 00
BIOSYSTEM/CONTENEDEOR AMARILLO 11 LITROS 8 00
BIOSYSTEM/CONTENEDOR AMARILLO 15 LITROS 8 00
Cuadro Nº2: Requerimiento de Bolsas, Cajas y Bidones, Quincenal:
IMAGEN NOMBRE PRODUCTO COLOR MEDIDAS CANTIDAD
AMARIILO ROJO
BOLSA ACOPIO INTERNO AMARILLO 40x50 CM
35
20
BOLSA ACOPIO INTERNO AMARILLO 60X60 CM
35
20
BOLSA ACOPIO INTERNO AMARILLO 80X80 CM
35
20
BOLSA ACOPIO INTERNO AMARILLO 120X140 CM
35
20
BOLSA ACOPIO INTERNO ROJO 60X60 CM
0
20
BOLSA ACOPIO INTERNO ROJO 80X80 CM
0
20
BOLSA ACOPIO INTERNO ROJO 120X140 CM
0
20
BOLSA DE ACOPIO FINAL INCINERAR AMARILLO 35X42 CM
30
00
BOLSA DE ACOPIO FINAL INCINERAR AMARILLO 60X60 CM
30
00
BOLSA DE ACOPIO FINAL INCINERAR AMARILLO 80X80 CM
30
00
BOLSA DE ACOPIO FINAL INCINERAR AMARILLO 65X90 CM
30
00
BOLSA DE ACOPIO FINAL AUTOCLAVE AMARILLO 60X60 CM
30
00
BOLSA DE ACOPIO FINAL AUTOCLAVE AMARILLO 80X80 CM
30
00
BOLSA DE ACOPIO FINAL AUTOCLAVE AMARILLO 65X90 CM
30
00
BOLSA DE ACOPIO FINAL CITOT
OXICO ROJO 65X90 CM
0
30
BOLSA DE ACOPIO FINAL FARMACO ROJO 65X90 CM
0
30
BOLSA DE ACOPIO FINAL RESIDUOS PELIGROSOS ROJO 65X90 CM
0
30
IMAGEN NOMBRE PRODUCTO COLOR MEDIDAS CANTIDAD
BIDÓN 5LTS
Resistente a cambios de temperatura y líquidos. MATERIAL Polipropileno de alta densidad
Blanco Alto 26, diámetro 19 x 14,5 cm BOCA DEL BIDÓN Diámetro interior 3 cm
35
Bolsas
(Naylon/polietileno)
Transparentes
80x110 cm, 40 Micro.
30
Caja cartón Talla L
Café
1,50x0,50x0,50 cm
(Largo, alto y ancho)
10
*El material debe ser de polipropileno rígido color AMARILLO, según exigencias de normas REAS, D.S Nº6.
Cierre de seguridad inviolable que engancha con la tapa del contenedor.
Tapa de polipropileno transparente rígido, para observar fácilmente el nivel de llenado del contenedor, con enganches de diferentes formas para separar las agujas de las jeringas, ya sean atornilladas o con sistema luer lock.
Sistema de cierre final inviolable, para ser desechada en incineradores autorizados.
Manilla para transporte de polipropileno rígido.
Estructura de bordes redondeados, exenta de bordes filosos, para seguridad en el manejo.
3.7. Los residuos serán entregados por el Hospital en bolsas con amarras, proporcionadas por la empresa Oferente Adjudicada, cuyo tipo y color dependerán del tipo de residuo a retirar y que cumplirán con la Normativa Vigente las cuales se entregarán quincenalmente y en cantidad especificado, según lo indicado en el cuadro en el siguiente cuadro de requerimiento de bolsas: Las cantidades indicadas en los Puntos 3.6, cuadro N° 1 y 3.7, cuadro N°2 podrán ser disminuidas y/o aumentadas según la demanda del Hospital.
3.8. La Empresa proporcionará los elementos de protección necesarios para proteger eficazmente la vida y salud de sus trabajadores y es obligación que cada vez que retiren "RESPEL", el personal de la empresa en servicio deberá indicar al auxiliar REAS, Nombre y Rut del Conductor y Auxiliar, Numero Patente del Vehículo, y firmar el Libro RESPEL
3.9. El retiro de los residuos hospitalarios se realizará como se indica a continuación:
RESIDUOS ESPECIALES: 2 veces a la semana. En el caso del retiro de placentas no debe exceder las 72 hrs. desde el inicio del almacenamiento de ésta.
RESIDUOS PELIGROSOS: Cada 15 días como mínimo y 30 días como máximo, Según requerimiento del Hospital.
La Unidad Técnica del Hospital y administrador para esta licitación será el profesional encargado de REAS.
Otros: La presente licitación considera la posibilidad de retiro, destrucción y adquisición de insumos no considerados en la oferta original, pero relativos al servicio contratado. Lo anterior deberá ser ejecutado previa cotización de la empresa y autorizado por la Subdirección Administrativa del Hospital. Una vez autorizado se emitirá al Orden de Compra respectiva. El presupuesto será imputado al del proceso principal.
|
|
|
|