Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
De acuerdo al art. Nº40 del Decreto Nº250, que aprueba el
Reglamento de la Ley Nº19.886, la Facultad de Ciencias Agronómicas
de la Universidad de Chile podrá solicitar a los oferentes que salven
errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una
situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es,
en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y
de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto
de los oferentes a través del Sistema de Información.
La Facultad podrá permitir la presentación de certificaciones o
antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento
de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al
vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar
ofertas y el período de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas,
contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para
responder a lo solicitado por la Facultad o para acompañar los
antecedentes requeridos por ésta. La Facultad no considerará las
respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en
la presente licitación, acepta expresamente el presente
pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y
cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo,
sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases
de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la
información y documentación que sea considerada
necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de
licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar
ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas a
pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el
proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los
contratos que eventualmente se deriven de Ia misma, ni
tampoco a ofrecerlas a concederlas a terceras personas
que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en Ia posterior
adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se
deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos
o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por
objeto influir o afectar de cualquier forma Ia libre
competencia, cualquiera fuese Ia conducta o acto
específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza
colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda Ia
información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las
medidas que sean necesarias para asegurar Ia veracidad,
integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de
Ia misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con
los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso
licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y
respetará las reglas y condiciones establecidas en las
bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los
contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias
y sanciones previstas en estas bases de licitación, así
como en Ia legislación y normativa que sean aplicables a
la misma.
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