Licitación ID: 548847-12-LE19
SS Aseo Dependencias IPS Región Tarapacá
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
Servicio Aseo Dependencias IPS Tarapacá  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SS Aseo Dependencias IPS Región Tarapacá
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVICIO DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA REGION DE TARAPACÁ
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
IPS Region de Tarapaca
R.U.T.:
61.979.440-0
Dirección:
Tarapacá Nº 568 2° Piso
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-01-2020 15:35:00
Fecha de Publicación: 23-12-2019 7:46:12
Fecha inicio de preguntas: 23-12-2019 9:00:00
Fecha final de preguntas: 31-12-2019 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-01-2020 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-01-2020 15:40:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-01-2020 15:40:00
Fecha de Adjudicación: 05-03-2020 13:53:29
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno / Tarapacá N° 568, 2do piso, Iquique a as 09:00 horas 26-12-2019 9:00:00
Visita Terreno Galeria Rossi, Avda La Pampa 3117, local 6, a las 11:00 26-12-2019 11:00:00
Visita a terreno / - Calle Aldunate 310 Pozo a las 14:30 horas 26-12-2019 14:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- .- Antecedentes Generales Deben ser ingresados a www.mercadopublico.cl, los siguientes documentos, como Anexos Administrativos. Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl, no deberán acompañar estos documentos si ellos se encuentren disponibles en dicho registro a la fecha de apertura de las ofertas: a)Antecedentes Identificatorios: Si es Persona Natural: 1.- Fotocopia Simple por ambos lados de la cédula de identidad. 2.- Anexo N°1 “Identificación del Oferente”. 3.- Declaración Jurada Simple firmada por el oferente con antigüedad no mayor a 30 días anteriores a la fecha de apertura de la presente propuesta en la cual se exprese: 1° Que el oferente no reviste la calidad de funcionarios directivo del Instituto de Previsión Social y no tiene vínculos de parentesco con alguno de estos, de los descritos en la letra b) del artículo 54 del D.F.L. N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado, de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 2° Que el oferente no es gerente, administrador, representante o director de una sociedad de personas de las que formen parte los funcionarios directivos y personas mencionadas en el punto anterior, ni de una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean accionistas, ni de una sociedad anónima abierta en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. 3° Que el oferente, dentro de los dos años anteriores, no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador por delitos concursales establecidos en el Código penal. Si es Persona Jurídica: 1.- Fotocopia Simple, por ambos lados, del R.U.T. 2.- Fotocopia Simple, por ambos lados, de la cédula de identidad del representante legal. 3.- Anexo N° 1 “Identificación del Oferente”. 4.- Copia autorizada de la(s) escritura(s) pública(s) donde conste la personería del representante legal, y en caso de ser un tercero, además del o los documentos(s) donde conste la personería del representante legal de la persona jurídica, documento(s) donde conste el poder notarial otorgado al referido tercero para actuar en la presente licitación. 5.- Declaración Jurada Simple firmada por el representante legal con antiguedad no mayor a 30 días anteriores a la fecha de apertura de la presente propuesta en la cual se exprese: 1° Que el oferente no tiene entre sus socios a una o mas personas que sean funcionarios directivos del Instituto de Previsión Social ni a personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del D.F.L. N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado, de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 2° Que el oferente no es una sociedad de personas que formen parte los funcionarios directivos y personas mencionadas en el punto anterior, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean accionistas, ni una sociedad anónima abierta en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. 3° Que el oferente, dentro de los dos años anteriores, no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador por delitos concursales establecidos en el Código penal. 4° Que el oferente no se encuentra afectado por la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por haber sido condenado en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. Si es Unión Temporal de Proveedores: 1.- Documento privado o público que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, firmado por el representante, y que establezca la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el IPS, el nombramiento del representante o apoderado común con poderes suficientes y la vigencia de la unión, que no podrá ser inferior a 13 meses, contados desde la fecha de apertura del presente proceso licitatorio. 2.- Fotocopia Simple, por ambos lados, del R.U.T. o cédula nacional de identidad de todos los integrantes de la unión de proveedores. 3.- Fotocopia Simple, por ambos lados, de la Cédula de Identidad del representante o apoderado. 4.- Anexo N° 1 “Identificación del Oferente”. 5.- Declaración Jurada Simple firmada por cada integrante de la unión temporal de proveedores, suscrita por el correspondiente representante legal, con antigüedad no mayor a 30 días anteriores a la fecha de apertura de la presente propuesta en la cual se exprese: 1° Que el oferente no tiene entre sus socios a una o mas personas que sean funcionarios directivos del Instituto de Previsión Social ni a personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del D.F.L. N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado, de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 2° Que el oferente no es una sociedad de personas que formen parte los funcionarios directivos y personas mencionadas en el punto anterior, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean accionistas, ni una sociedad anónima abierta en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. 3° Que el oferente, dentro de los dos años anteriores, no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador por delitos concursales establecidos en el Código penal. 4° Que el oferente no se encuentra afectado por la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por haber sido condenado en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Documentos Técnicos
1.- La Oferta Técnica Deben ser ingresados a www.mercadopublico.cl, como Anexos Técnicos, los siguientes documentos: a) Anexo N° 2 “Experiencia del Oferente”. b) ANEXO N° 2A c) Documentos que respalden la oferta presentada
 
Documentos Económicos
1.- .- La Oferta Económica Debe presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio, debiendo utilizarse para ello el Anexo Nº 3 de las presentes Bases. Los valores ingresados al Portal deberán expresarse en moneda nacional, en valores neto, es decir no debe contener ningún tipo de impuestos. Lo anterior, independiente de completar el formato de Anexo N° 3 Oferta Económica contenido en las presentes Bases, en el cual se debe establecer el valor neto señalado en el Portal, además de los impuestos a que esté afecto el servicio, si correspondiere.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Presentación de Antecedentes Presentación de Antecedentes de la oferta (5% de la Evaluación Total) Para la evaluación de los antecedentes generales, se considerará como criterio de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de las ofertas. Para lo anterior se asignará un puntaje de evaluación, según el siguiente detalle: CRITERIO PUNTOS Presentación completa de los antecedentes y dentro del plazo fijado en el calendario de eventos 10 Presentación incompleta de los antecedentes dentro del plazo fijado en el calendario de eventos 0 5%
2 Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración (15% Mejores Condiciones de empleo y remuneración (15% de la Evaluación Total) El proponente deberá señalar, mediante Declaración Jurada Simple firmada por el representante legal con antiguedad no mayor a 30 días anteriores a la fecha de apertura de la presente propuesta, el nivel inferior de remuneraciones imponibles que pagará a él o los trabajadores, considerando una jornada ordinaria laboral de 44 horas semanales. El nivel de remuneraciones imponibles que el oferente pagará a sus trabajadores, será evaluado según lo expresado en la siguiente fórmula: Formula MCER = Oferta Evaluada * 10 / Oferta de Sueldo Imponible más Alto 15%
3 Oferta Técnica .- De las Ofertas Técnicas (30% de la Evaluación Total) Cada una de las ofertas técnicas, se evaluarán objetivamente, de acuerdo a la siguiente tabla de factores, con sus respectivas ponderaciones: técnica, al 20% de la evaluación total. Evaluación de la Oferta Técnica SUBFACTOR % de Oferta Técnica 1 Experiencia de oferente 60% 2 Materiales a utilizar biodegradables 40% Total 100% 30%
4 Oferta Económica De las Ofertas Económicas (30% de la Evaluación Total) El criterio de evaluación de las ofertas económicas está orientado a determinar, dentro de aquellas ofertas técnicas que cumplen las exigencias requeridas en las Bases, cual resulta económicamente más ventajosa y conveniente para el Instituto. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más económica. Las demás ofertas se evaluarán de acuerdo a la siguiente fórmula: Puntaje Oferente= (Oe/Oi)*10 Dónde: Puntaje Oferente = Puntaje obtenido por oferente Oe = Oferta más Económica Oi = Oferta del Oferente La Oferta económica debe ser presentada por los oferentes en el Anexo N° 3 “Oferta Económica”. 35%
5 Trabajadores con Calificación de Discapacidad (15% Trabajadores con Calificación de Discapacidad (15% de la Evaluación Total) Orientado a la evaluación de la presencia laboral de personas con algún grado de discapacidad. Criterios Puntaje El oferente acredita tener entre sus trabajadores personas en situación de discapacidad 10 El oferente no acredita tener entre sus trabajadores personas en situación de discapacidad 0 Para efectos de verificar este factor, el oferente deberá adjuntar los documentos de certificación de la COMPIN y/o que acrediten la inscripción del trabajador en el Registro Nacional de la Discapacidad y/o el Dictamen de la Comisión Médica Regional y contrato de trabajo vigente que acredite la relación laboral actual. 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto Institucional
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 10 Horas
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: jorge cuevas naveas
e-mail de responsable de pago: jorge.cuevas@chileatiende.cl
Nombre de responsable de contrato: Monica Berasay Avalos
e-mail de responsable de contrato: monica.berasay@chileatiende.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-2248313-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario podrá, previa autorización expresa del Instituto, subcontratar parcialmente servicios para asegurar la continuidad operativa del contrato. En tal caso, el adjudicatario mantendrá toda la responsabilidad, tanto contractual como extra con
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Instituto de Previsión Social
Fecha de vencimiento: 26-03-2021
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de cada contrato, el Adjudicatario deberá entregar al momento de su firma, una garantía a la vista, irrevocable y no endosable, a nombre del Instituto de Previsión Social, por un monto equivalente al 5% (Cinco por ciento) del valor total del contrato, cuya vigencia será desde la fecha de suscripción de éste, y hasta 60 días hábiles contados desde la fecha de término del mismo, conforme lo establece el artículo 70 del Reglamento de la Ley N° 19.886. El instrumento/documento utilizado como Garantía debe asegurar el pago de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 68 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Glosa: La Garantía utilizada deberá contener la siguiente glosa “GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA REGION DE TARAPACÁ”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta al Adjudicatario, una vez cumplidas íntegramente sus obligaciones contractuales, debidamente certificadas por el Administrador del contrato y vencida su vigencia. Por el contrario, este instrumento/documento podrá hacerse efectivo administrativamente y sin forma de juicio, en caso de término anticipado del contrato, por las causales imputables establecidas en el Punto 12.7 de las presentes Bases. Se deja expresa constancia, que no se aceptarán Garantías, tomadas por terceras personas, jurídicas o naturales, distintas al Adjudicatario.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
9.3.- Readjudicación El IPS podrá, en el caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes Bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente efectuar una nueva Licitación.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Errores u Omisiones

El Instituto, en el Acto de Apertura Electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal.

El Instituto podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

En estos casos, se levantará la observación mediante el portal señalando los documentos que deben ser salvados o acompañados, otorgando un plazo no superior a 48 horas contadas desde la publicación de la referida observación para que sean ingresados en el portal www.mercadopublico.cl o se presenten físicamente, dentro del mismo plazo, en las secretaría de la Dirección Regional del IPS Tarapacá, ubicada en Tarapacá N° 568, Iquique.

Lo anterior en ningún caso se aplicará a las ofertas que no tengan ingresados en www.mercadopublico.cl, antes del acto de apertura, los datos solicitados en el Anexo N° 2A y en el Anexo N° 3 Oferta Económica, de los Puntos 5.1.2 y 5.1.3., respectivamente, de las presentes Bases y  la Declaración Jurada Simple firmada por el representante legal, con antiguedad no mayor a 30 días anteriores a la fecha de apertura de la presente propuesta, en la que se indique el nivel inferior de remuneraciones imponibles que pagará a él o los trabajadores, considerando una jornada ordinaria laboral de 44 horas semanales.

Cabe señalar que las ofertas que no cumplan con los requisitos formales de presentación dentro del plazo señalado en el Calendario de Eventos, se les asignará un puntaje menor en la evaluación, específicamente, en el factor “Presentación de Antecedentes de la Oferta”, en conformidad a lo estipulado en el punto 8.3.1 de las presentes Bases y, aquéllas ofertas que no acompañen los documentos solicitados en el plazo extraordinario y máximo de 48 horas indicado en el párrafo anterior, quedarán fuera de las presentes Bases, declarándose inadmisible dichas ofertas
Modificación
El artículo 13, letra a) de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, permite que, en la eventualidad de que, producto de las políticas del IPS y de otros múltiples factores, varíen algunas circunstancias y/o necesidades en la prestación del servicio, se establece la posibilidad de modificación de la contratación, en cualquiera de los aspectos esencialmente variables contenidos en la Licitación de la especie. En tales circunstancias, las partes se comprometen, en relación a dichas variaciones, a efectuar las respectivas adecuaciones de los servicios y del precio en base al concepto de estricta proporcionalidad, manteniendo vigentes todas las demás condiciones de la contratación. Para hacer efectiva esta facultad, el Administrador, Titular o Suplente, del contrato deberá efectuar el requerimiento por escrito al adjudicatario, quien deberá aceptarlo en iguales términos, sin perjuicio de sus eventuales observaciones en cuanto a que dicho requerimiento se refiera a alguna condición esencial del contrato, dejando constancia de todo ello en acta firmada por ambas partes, la que será aprobada mediante el acto administrativo correspondiente.
Servicios Ocasionales
En el evento que el Instituto requiera personal de Aseo para solucionar situaciones imprevistas y/o de emergencia, de forma ocasional, no implicará una modificación a la dotación ni al contrato y su pago se realizará de acuerdo al valor hora hombre que el adjudicatario haya informado en su Oferta Económica
Terminación Anticipada del Contrato
El Instituto por resolución fundada, podrá modificar o poner término unilateralmente y anticipado al contrato, en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación: a) Por resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes. b) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, entendiéndose por tal la aplicación de tres multas a la mitad del periodo de ejecución del contrato, por las causales ya descritas, o por incurrir en un mes en infracciones de multa que superen el 30% del valor mensual facturado. c) Por estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. f) Por declaración de quiebra del contratante. g) Por pérdida de las certificaciones y autorizaciones necesarias para que el contratante pueda funcionar en el giro de su actividad. h) Por infringir el adjudicatario el deber de confidencialidad establecido en el numeral 13. de las presentes Bases de Licitación. i) Por pérdida de la habilidad para contratar con el Estado según certificado emitido por Chileproveedores.cl. Adoptada esta medida, el Instituto procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnizatoria de los perjuicios causados. No procederá esta sanción si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado así por el Instituto, mediante Resolución fundada de la Jefatura del Departamento de Administración e Inmobiliaria
Multas
El Instituto estará facultado para aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por hechos imputables a su responsabilidad. Se entenderá que hay incumplimiento grave en las siguientes situaciones: a) Suspensión injustificada de la ejecución de los servicios contratados. b) Falta de atención en situaciones de emergencia. c) Deficiente atención de parte del personal de la empresa, debidamente acreditada. d) Incumplimiento de la dotación exigida para la dependencia o incumplimiento del suministro del personal de reemplazo en caso de ausencia del trabajador titular. e) Incumplimiento del número y calidad de la maquinaria, materiales e insumos comprometidos. f) El no uso de los elementos de seguridad por los equipos especiales de limpieza. g) Pérdida de Habilidad de contratar con el Estado. Para cada una de ellas, el monto de las multas será equivalente al 5% del valor neto total del mes en que ocurra la situación que dé origen a la sanción, para la dependencia en que este incumplimiento se hubiere cometido. Con todo, el total de las multas a aplicar para un mes de servicio en particular, no podrá exceder del 10 % del valor neto mensual del contrato señalado y se descontará de la facturación del mes siguiente al que se dicte la resolución que disponga su aplicación. Cabe señalar que los descuentos por multas, no son acumulables, es decir, cuando éstas superen el porcentaje máximo de aplicación para un mes, lo que excediere no se traspasa para el mes siguiente, sin perjuicio que de repetirse tal situación en dos oportunidades en un semestre, facultará al Instituto para poner término anticipado al contrato. Si se verificare la ocurrencia de las infracciones antes citadas, el Instituto comunicará por escrito su decisión al adjudicatario, indicando el monto y fundamento de la misma. El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles a contar de la comunicación para formular descargos. Con el mérito de ellos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, el Instituto resolverá sobre el particular mediante resolución o resoluciones fundadas del Departamento de Administración e Inmobiliaria, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndole copia del acto administrativo al adjudicatario.
Pago Servicio
El servicio se pagará por mes vencido, debiendo el Adjudicatario presentar un Estado de Pago, al Administrador del contrato, con el cobro del mes respectivo, quien tendrá un plazo máximo de 10 días corridos podrá efectuar observaciones, transcurridos el cual, sin que ellas se hayan formulado, deberá presentar la factura correspondiente. Si las formulare, las pondrá en conocimiento inmediato del adjudicatario, el que sin cargo adicional alguno, deberá satisfacerlas, reemplazando o modificando el Estado de Pago, en lo que fuere pertinente. Presentada la factura de acuerdo al Estado de Pago aprobado, el “Instituto” la pagará en un plazo máximo de 30 días corridos siguientes al de presentación del referido documento. El Instituto en forma previa al pago, exigirá al adjudicatario, la certificación o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, a través de un certificado emitido por la Dirección del Trabajo. En caso de que el proveedor desee que su pago se realice por transferencia electrónica de fondos, al momento de presentar la factura, deberá entregar los siguientes datos: • Dirección del proveedor • Teléfono de contacto • Correo electrónico de contacto • Cuenta corriente (asociada al RUT del proveedor) • Banco • Tipo de cuenta Además, el proveedor deberá adjuntar obligatoriamente para la transferencia electrónica, la copia cedible de ésta.
Administración y Fiscalización de su Cumplimiento
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, el Instituto designará a dos funcionarios, en calidad de Administrador Titular y Suplente, los que tendrán al efecto las siguientes facultades-responsabilidades: a) Tomar conocimiento del Manual de Administración de Contratos publicado en la Intranet del IPS, y cumplir estrictamente con las responsabilidades allí asignadas al Administrador del Contrato, y especialmente cumplir con el protocolo de inicio de la prestación contratada, suscribiendo el Acta de inicio de ésta, así como generar el Check List, las notificaciones de multas e informe de término anticipado del contrato cuando corresponda, y siempre el Informe Final del Contrato y la Evaluación del proveedor. b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato. c) Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento del contrato y proponer la aplicación de multas. d) Certificar la recepción, a entera satisfacción del “Instituto” de los servicios contratados. e) Revisar y aprobar los estados de pago, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del Adjudicatario, considerando las eventuales multas a que hubiere lugar. f) Certificar o proponer a través de un informe técnico que lo fundamente, modificaciones contractuales, si fuere procedente. Estos últimos no podrán ser ejecutados sin antes contar con la autorización mediante Resolución Exenta del Departamento Administración e Inmobiliaria. g) Revisar el contenido íntegro de la factura, considerando lo señalado en la Ley N° 19.983 Artículo 3°, que indica “… se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, ó 2. reclamando en contra de su contenido dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción…..”. h) Remitir las facturas de los proveedores contratados, al Área de Finanzas, previa aprobación de los correspondientes estados de pago, en un plazo no mayor a 10 días de recepcionadas éstas, a fin de dar cumplimiento con lo estipulado en la Circular Nº 23, del Ministerio de Hacienda, de fecha 13 de abril de 2006, que señala que el plazo de pago a proveedores deberá ser en el menor tiempo posible, y no mayor a treinta días corridos desde la fecha de recepción de las facturas correspondientes. i) Cursar la devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato o solicitar que se haga efectiva, según corresponda. j) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato. Asimismo, el Adjudicatario deberá designar un Coordinador Técnico que se relacionará con el Administrador del Contrato para todos los efectos señalados. Todas las definiciones adoptadas por el Administrador del Contrato y el Coordinador Técnico deberán constar en Actas firmadas por ambos.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.