|
ACTO DE APERTURA ELECTRONICA |
|
El Acto de Apertura Electrónica se efectuará en la oportunidad indicada en el Calendario de Eventos, por el Coordinador de Administración y Finanzas del IPS Tarapacá o, en caso de ausencia, por un funcionario que cuente con clave habilitada para operar en el Portal www.mercadopublico.cl.
Se verificará que las ofertas ingresadas en el Portal, cumplan con los requerimientos mínimos establecidos en el Punto 11.1 de las presentes Bases y en caso de no cumplirlos deberán ser rechazadas en el mismo acto.
Es de carácter obligatorio, para aquellos oferentes interesados en participar, adjuntar como archivos digitales en los módulos Anexos Administrativos, Anexos Técnicos y Anexos Económicos del Portal, todos los antecedentes administrativos, técnicos y económicos solicitados en las presentes Bases, antes de la fecha del cierre electrónico señalado en el Calendario de Eventos del proceso.
Todos los antecedentes que se incluyan en los módulos anteriormente descritos deberán ser presentados en idioma español, los que deben ser adjuntados según corresponda, debidamente ordenados de acuerdo a ítems entregados en estas Bases y deberán venir sin enmiendas ni borrones.
Las medidas se expresarán en las unidades que correspondan según la partida y los valores en moneda nacional.
El(los) oferente(s) podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes al Acto de Apertura Electrónica de las ofertas, dirigidas a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl.
En el evento que no se recepciones ofertas, o todas las que se recepcionen no cumplan con los requerimientos mínimos que establece el Punto 11.1 de estas Bases, se emitirá la resolución exenta que declare desierto el proceso, con el solo mérito del Acta de Apertura Electrónica.
|
|
|
|
Errores u omisiones |
|
El IPS Tarapacá podrá solicitar al(los) oferente(s) que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a ese(esos) oferente(s) una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, si los hubiere, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal.
El IPS Tarapacá, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
En estos casos, el Coordinador de Administración y Finanzas del IPS Tarapacá o, en caso de ausencia, por un funcionario que cuente con clave habilitada para operar en el Portal www.mercadopublico.cl, levantará la observación mediante el Portal, señalando el(los) documento(s) que debe(n) ser salvado(s) y/o acompañado(s) por este, otorgando un plazo máximo de 48 horas para que presente en las oficinas de la Dirección Regional o adjunte, dentro de plazo, como archivo digital en el módulo Anexos Administrativos, Anexos Técnicos y/o Anexos Económicos del Portal, según corresponda.
Lo anterior, en ningún caso se aplicará a las ofertas que no tengan ingresada o entregada previo al Acto de Apertura Electrónica la Garantía de Seriedad de la Oferta solicitada en la letra b) del punto 12.1.2. y a aquellas ofertas que no tengan ingresados en el Portal previo al Acto de Apertura los datos requeridos en el Anexo N° 3, “Oferta Económica”, solicitado en Antecedentes Económicos, Punto 12.1.3. de las presentes Bases.
|
|
|
|
Adjudicación |
|
El Instituto se reserva el derecho de adjudicar la Licitación a la propuesta que finalmente estime más ventajosa a sus necesidades e intereses, considerando en una estimación de conjunto, los criterios de evaluación y los puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes Bases, aunque no sea la de menor valor.
El oferente cuya propuesta u oferta ha sido seleccionada de este modo será, entonces, denominado Adjudicatario.
La adjudicación se efectuará a través de una Resolución Exenta de la Directora Regional del IPS Tarapacá o de quien lo subrogue en su caso.
El Instituto se reserva el derecho de prorrogar el plazo para adjudicar, por razones de buen servicio, caso en el cual, antes del cumplimiento del plazo original, informará a través del sitio sobre la referida prórroga, conforme lo establece el artículo 41 del D.S. Nº 250/2004 Hacienda, modificado por el D.S. Nº 1763/2009 Hacienda, que señala: “Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de Licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, debiendo estar contemplada en las Bases esta posibilidad”.
|
|
|
|
Pago |
|
La Dirección Regional del IPS Tarapacá, cancelará al Adjudicatario el valor de los servicios realizados, según los precios ofertados en la presente propuesta pública, una vez ejecutado por completo el servicio correspondiente.
La tramitación del pago se hará presentando, por parte del Adjudicatario, los siguientes antecedentes al Administrador, Titular o Suplente del contrato, en la Secretaría de la Dirección Regional IPS Tarapacá, ubicada en calle Tarapacá N° 568, Segundo Piso, Iquique, a nombre del funcionario ya individualizado:
a.- Factura, pagadera a 30 días corridos a contar de la fecha de aprobación y visación del documento correspondiente por el Administrador del Contrato Titular o Suplente, emitida a nombre de Instituto de Previsión Social, RUT Nº 61.979.440-0, domiciliado en calle Tarapacá N° 568, Segundo Piso, Iquique, consignando claramente en ella, el detalle de la materia de encargo (nombre de la Licitación), valor neto del producto y valor total, IVA incluido.
b.- Orden de Compra correspondiente, emitida por el Portal Mercado Público y aceptada por el Adjudicatario.
c.- Copia del Estado de Pago correspondiente, previamente aprobado por el Administrador Titular o Suplente, en su caso.
d.- Certificado del Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación), emitido por la Dirección del Trabajo, vigente a la fecha de presentación del documento.
El pago se hará por “TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA”, por lo que el proveedor adjudicado estará obligado a enviar sus datos bancarios en un plazo de 15 días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudica la propuesta, como requisito previo para la suscripción del contrato.
Además, deberá adjuntar obligatoriamente para la transferencia electrónica, la copia cedible de la factura.
|
|
|
|
Multas |
|
Cuando el Administrador del Contrato Titular o Suplente, en su caso, constate que el producto solicitado y/o el servicio materia del encargo no se ha entregado y/o ejecutado de acuerdo a las presentes Bases, en especial no se ha cumplido con el plazo para ejecutar los servicios requeridos (Punto 22.6 de las presentes Bases), se le aplicará una multa equivalente al 5% del valor total del servicio a facturar, por cada día de retraso en la entrega y/o ejecución del servicio.
El Adjudicatario podrá pagar la multa directamente, y si no lo hiciere, la Srta. Directora Regional del IPS Tarapacá, o quien la subrogue en su caso, estará facultado para deducirla del pago que corresponde efectuar.
Dichas multas se aplicarán una vez que el Administrador Titular o Suplente, en su caso, notifique mediante carta certificada remitida al domicilio que señale el Adjudicatario en el Anexo N° 1, solicitado como documento administrativo en estas Bases, y haya transcurrido el plazo de 05 días hábiles contados desde la notificación, para que el prestador haya deducido apelación contra la aplicación de multas, recurso que deberá ser presentado al Administrador Titular y Suplente, según el caso, dentro del plazo referido en las oficinas del IPS Tarapacá, ubicados en calle Tarapacá N° 568, Segundo Piso, Iquique.
De presentarse apelación por el prestador, la Srta. Directora Regional, o quien la subrogue en su caso, previo informe de la Coordinadora Jurídico del IPS Tarapacá, podrá rebajar o no aplicar la multa.
La aplicación, rebaja o no aplicación de sanciones, su monto y causas, debe estar debidamente formalizada a través de una Resolución Exenta.
|
|
|
|
TÉRMINO ANTICIPADO |
|
El Instituto por resolución fundada, podrá modificar o poner término unilateralmente y anticipado al contrato, en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación
1.- Mutuo acuerdo entre los contratantes.
2.- Como Sanción, por ejemplo, si el Adjudicatario:
- Incumpliera grave alguna de las obligaciones previstas en las Bases, esto es, no entregare y/o ejecutare un servicio solicitado.
- Fuere declarado en quiebra.
- Si presentare insolvencia financiera.
- Si perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.
- Si no diere cumplimiento a las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.
Adoptada esta medida, el Instituto procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnizatoria de los perjuicios causados.
3.- Por la concurrencia de un caso fortuito, por motivos de fuerza mayor y/o por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4.- En caso de que se agote el presupuesto destinado a la presente licitación pública.
|
|
|
|
MODIFICACIÓN |
|
El artículo 13, letra a) de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, permite que, en la eventualidad de que, producto de las políticas del IPS y de otros múltiples factores, varíen algunas circunstancias y/o necesidades en la prestación del servicio, se establece la posibilidad de modificación de la contratación, en cualquiera de los aspectos esencialmente variables contenidos en la Licitación de la especie. En tales circunstancias, las partes se comprometen, en relación a dichas variaciones, a efectuar las respectivas adecuaciones de los servicios y del precio en base al concepto de estricta proporcionalidad, manteniendo vigentes todas las demás condiciones de la contratación.
Para hacer efectiva esta facultad, el Administrador, Titular o Suplente, del contrato deberá efectuar el requerimiento por escrito al Adjudicatario, quien deberá aceptarlo en iguales términos, sin perjuicio de sus eventuales observaciones en cuanto a que dicho requerimiento se refiera a alguna condición esencial del contrato, dejando constancia de todo ello en acta firmada por ambas partes, la que será aprobada mediante el acto administrativo correspondiente.
|
|
|
|
Repuestos e insumos requeridos: |
|
CONVERTIDOR CATALITICO DPF 20802M NISSAN
SENSOR DE TEMPERATURA C01A NISSAN
SENSOR DE AIRE X00A NISSAN
SENSOR DE TEMPERATURA C01B NISSAN
EMPAQUETADURA DE ALTA TEMPERATURA H30A NISSAN
EMPAQUETADURA DE ALTA TEMPERATURA H30B NISSAN
SOLVENTE DESENGRASANTE NC 1,00 LTS
LIQUIDO SOLVENTE PARA LIMPIEZA 1,00 UN
WD40 DE 155 GRS 0.5 UN
MATERIAL DE PAÑOL
|
|
|
|
.- Servicio de Instalación requerido |
|
El IPS Tarapacá requiere el desmontaje y montaje de:
Convertidor Catalítico DPF por reemplazo de elemento
Sensores de Temperatura
Sensor de Aire
Configuración y prueba en ruta
Reestablecer parámetros de fabrica con escaner
|
|
|
|
Generalidades: |
|
a) La orden de compra respectiva debe ser aceptada dentro de los 02 días hábiles contados desde su envío a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
b) El Adjudicatario deberá efectuar el servicio en sus talleres, con maquinaria, herramientas y mano de obra propios y debe proveer todos los elementos necesarios para la correcta ejecución del trabajo.
c) Los repuestos deberán ser originales y/o genuinos, entendiendo por originales, los que corresponden a la misma pieza que el genuino, pero envasado bajo rotulo del fabricante y genuinos son los que distribuyen los representantes y distribuidores oficiales de la marca del vehículo, deben contar con sus certificaciones y logos correspondientes y los lubricantes y filtros, aquellos que el fabricante recomienda.
d) Se deberá entregar al Administrador Titular o Suplente, en su caso, las partes y/o piezas reemplazadas.
|
|
|
|
Garantía del suministro y servicio de instalación de repuestos: |
|
El Adjudicatario deberá garantizar los repuestos e insumos suministrados y el servicio de instalación de los mismos, durante el periodo ofertado en su Anexo N° 3 Oferta Económica, el cual no podrá ser en ningún caso menor a seis (06) meses y se contabilizará desde que se encuentre pagado el servicio.
|
|
|
|
Plazo de entrega: |
|
El servicio solicitado a través de una orden de compra, la que debe ser aceptada dentro de los 02 días hábiles contados desde su envío a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, debe ser ejecutado a más tardar dentro de 60 días hábiles contados desde la fecha de suscripción del contrato, prorrogables previa autorización por escrito del Administrador Titular o Suplente, en su caso y entrega de la respectiva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
|
|
|
|