Licitación ID: 548847-7-LE20
Servicio de Aseo Dependencias IPS Tarapacá
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
SERVICIO DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA REGIÓN DE TARAPACÁ  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Aseo Dependencias IPS Tarapacá
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contratar SERVICIO DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA REGIÓN DE TARAPACÁ
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
IPS Region de Tarapaca
R.U.T.:
61.979.440-0
Dirección:
Tarapacá Nº 568 2° Piso
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-01-2021 15:35:00
Fecha de Publicación: 21-12-2020 15:16:17
Fecha inicio de preguntas: 21-12-2020 15:30:00
Fecha final de preguntas: 29-12-2020 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 31-12-2020 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-01-2021 15:40:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-01-2021 15:40:00
Fecha de Adjudicación: 08-02-2021 13:02:25
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a Terreno Tarapacá 568, segundo piso 23-12-2020 9:00:00
Visita a Terreno Avda la Pampa 3117, local 17-18 23-12-2020 11:00:00
Visita a Terreno Aldunate 310 Pozo Almonte 23-12-2020 14:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Antecedentes Generales Deben ser ingresados a www.mercadopublico.cl, los siguientes documentos, como Anexos Administrativos. Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl, no deberán acompañar estos documentos si ellos se encuentren disponibles en dicho registro a la fecha de apertura de las ofertas: a) Antecedentes Identificatorios: Si es Persona Natural: 1.- Fotocopia Simple por ambos lados de la cédula de identidad. 2.- Anexo N°1 “Identificación del Oferente”. 3.- Declaración Jurada Simple firmada por el oferente con antigüedad no mayor a 30 días anteriores a la fecha de apertura de la presente propuesta en la cual se exprese: ● Que el oferente no reviste la calidad de funcionario directivo del Instituto de Previsión Social y que no tenga ningún vínculo de parentesco con alguno de estos, de los descritos en la letra b) del artículo 54 del D.F.L. N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado, de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. ● Que el oferente no es gerente, administrador, representante o director de una sociedad de personas de las que formen parte los funcionarios directivos y personas mencionadas en el punto anterior, ni de una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean accionistas, ni de una sociedad anónima abierta en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. ● Que el oferente, dentro de los dos años anteriores, no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador por delitos concursales establecidos en el Código penal. Si es Persona Jurídica: 1.- Fotocopia Simple, por ambos lados, del R.U.T. 2.- Fotocopia Simple, por ambos lados, de la cédula de identidad del representante legal. 3.- Anexo N° 1 “Identificación del Oferente”. 4.- Copia autorizada de la(s) escritura(s) pública(s) donde conste la personería del representante legal, y en caso de ser un tercero, además del o los documentos(s) donde conste la personería del representante legal de la persona jurídica, documento(s) donde conste el poder notarial otorgado al referido tercero para actuar en la presente licitación. 5.- Declaración Jurada Simple firmada por el representante legal con antigüedad no mayor a 30 días anteriores a la fecha de apertura de la presente propuesta en la cual se exprese: ● Que el oferente no tiene entre sus socios a una o más personas que sean funcionarios directivos del Instituto de Previsión Social ni a personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del D.F.L. N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado, de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. ● Que el oferente no es una sociedad de personas que formen parte los funcionarios directivos y personas mencionadas en el punto anterior, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean accionistas, ni una sociedad anónima abierta en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. ● Que el oferente, dentro de los dos años anteriores, no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador por delitos concursales establecidos en el Código penal. ● Que el oferente no se encuentra afectado por la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por haber sido condenado en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. Si es Unión Temporal de Proveedores: 1.- Documento privado o público que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, firmado por el representante, y que establezca la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el IPS, el nombramiento del representante o apoderado común con poderes suficientes y la vigencia de la unión, que no podrá ser inferior a 13 meses, contados desde la fecha de apertura del presente proceso licitatorio. 2.- Fotocopia Simple, por ambos lados, del R.U.T. o cédula nacional de identidad de todos los integrantes de la unión de proveedores. 3.- Fotocopia Simple, por ambos lados, de la Cédula de Identidad del representante o apoderado. 4.- Anexo N° 1 “Identificación del Oferente”. 5.- Declaración Jurada Simple firmada por cada integrante de la unión temporal de proveedores, suscrita por el correspondiente representante legal, con antigüedad no mayor a 30 días anteriores a la fecha de apertura de la presente propuesta en la cual se exprese: ● Que el oferente no tiene entre sus socios a una o más personas que sean funcionarios directivos del Instituto de Previsión Social ni a personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del D.F.L. N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado, de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. ● Que el oferente no es una sociedad de personas que formen parte los funcionarios directivos y personas mencionadas en el punto anterior, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean accionistas, ni una sociedad anónima abierta en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. ● Que el oferente, dentro de los dos años anteriores, no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador por delitos concursales establecidos en el Código penal. ● Que el oferente no se encuentra afectado por la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por haber sido condenado en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Documentos Técnicos
1.- La Oferta Técnica Deben ser ingresados a www.mercadopublico.cl, como Anexos Técnicos, los siguientes documentos: a) Anexo N° 2 “Experiencia del Oferente”. b) Anexo N° 2A c) Documentos que respalden la oferta presentada.
 
Documentos Económicos
1.- La Oferta Económica Debe presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio, debiendo utilizarse para ello el Anexo Nº 3 de las presentes Bases. Los valores ingresados al Portal deberán expresarse en moneda nacional, en valores neto, es decir no debe contener ningún tipo de impuestos. Lo anterior, independiente de completar el formato de Anexo N° 3 Oferta Económica contenido en las presentes Bases, en el cual se debe establecer el valor neto señalado en el Portal, además de los impuestos a que esté afecto el servicio, si correspondiere.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Trabajadores con Calificación de Discapacidad (10% Para efectos de verificar este factor, se estará a lo dispuesto en la Ley Nº 21.015, y el oferente deberá adjuntar documento que acredite la inscripción del trabajador o prestador en el Registro Nacional de la Discapacidad o Certificado de la COMPIN o comprobante de haber iniciado el trámite, y el contrato de trabajo que acredite la relación laboral, con una vigencia de al menos 90 días anteriores al cierre de presentación de las ofertas, además de completar y presentar el formato establecido en el Anexo 4. Criterios a validar en contratación de personas con Discapacidad Puntaje Encontrándose obligado por la Ley Nº 21.015 a contar con trabajadores con discapacidad, presenta y acredita más del mínimo legal. 10 No encontrándose obligado por la Ley Nº 21.015 a contar con trabajadores con discapacidad, presenta y acredita uno o más. 10 Encontrándose obligado por la Ley Nº 21.015 a contar con trabajadores con discapacidad, no presenta y acredita o presenta el mínimo o menos del mínimo le 10%
2 Mejores Condiciones de empleo y remuneración (15% El proponente deberá señalar, mediante Declaración Jurada Simple firmada por el representante legal con antigüedad no mayor a 30 días anteriores a la fecha de apertura de la presente propuesta, el nivel inferior de remuneraciones imponibles que pagará a él o los trabajadores, considerando una jornada ordinaria laboral de 44 horas semanales. El nivel de remuneraciones imponibles que el oferente pagará a sus trabajadores, el cual no podrá ser inferior al mínimo legal, será evaluado según lo expresado en la siguiente fórmula: Formula MCER = (Oferta Evaluada / Oferta de Sueldo Imponible más Alto)* 10 15%
3 Presentación de Antecedentes de la oferta (10% de Para la evaluación de los antecedentes generales, se considerará como criterio de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de las ofertas. Para lo anterior se asignará un puntaje de evaluación, según el siguiente detalle: CRITERIO PUNTOS Presentación completa de los antecedentes y dentro del plazo fijado en el calendario de eventos 10 Presentación incompleta de los antecedentes dentro del plazo fijado en el calendario de eventos 0 10%
4 De las Ofertas Técnicas (30% de la Evaluación Tota Cada una de las ofertas técnicas, se evaluarán objetivamente, de acuerdo a la siguiente tabla de factores, con sus respectivas ponderaciones: Evaluación de la Oferta Técnica SUBFACTOR % de Oferta Técnica 1 Experiencia de oferente 60% 2 Materiales a utilizar biodegradables 40% Total 100% 30%
5 De las Ofertas Económicas (35% de la Evaluación To El criterio de evaluación de las ofertas económicas está orientado a determinar, dentro de aquellas ofertas técnicas que cumplen las exigencias requeridas en las Bases, cual resulta económicamente más ventajosa y conveniente para el Instituto. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más económica. Las demás ofertas se evaluarán de acuerdo a la siguiente fórmula: Puntaje Oferente= (Oe/Oi)*10 Dónde: Puntaje Oferente = Puntaje obtenido por oferente Oe = Oferta más Económica Oi = Oferta del Oferente La Oferta económica debe ser presentada por los oferentes en el Anexo N° 3 “Oferta Económica”. 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto Institucional
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 10 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jorge Cuevas Naveas
e-mail de responsable de pago: jorge.cuevas@chileatiende.cl
Nombre de responsable de contrato: Oscar Ossio Serrano
e-mail de responsable de contrato: oscar.ossio@chileatiende.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-2248304-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Subcontratación de servicios El adjudicatario podrá, previa autorización expresa del Instituto, subcontratar parcialmente servicios para asegurar la continuidad operativa del contrato. En tal caso, el adjudicatario mantendrá toda la responsabilidad, tan
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Instituto de Previsión Social
Fecha de vencimiento: 26-03-2021
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de cada contrato, el Adjudicatario deberá entregar al momento de su firma, una garantía a la vista, irrevocable y no endosable, a nombre del Instituto de Previsión Social, por un monto equivalente al 5% (Cinco por ciento) del valor total del contrato, cuya vigencia será desde la fecha de suscripción de éste, y hasta 60 días hábiles contados desde la fecha de término del mismo, conforme lo establece el artículo 70 del Reglamento de la Ley N° 19.886. El instrumento/documento utilizado como Garantía debe asegurar el pago de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 68 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Glosa: glosa “GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA REGIÓN DE TARAPACÁ”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta al Adjudicatario, una vez cumplidas íntegramente sus obligaciones contractuales, debidamente certificadas por el Administrador del contrato y vencida su vigencia. Por el contrario, este instrumento/documento podrá hacerse efectivo administrativamente y sin forma de juicio, en caso de término anticipado del contrato, por las causales imputables establecidas en el Punto 12.7 de las presentes Bases. NOTA: "La garantía deberá ser tomada por el Adjudicatario o por un tercero a nombre del Adjudicatario".
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Readjudicación El IPS podrá, en el caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes Bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente efectuar una nueva Licitación.
Ofrecimiento a la firma y plazo
Redactado el contrato, se ofrecerá a la firma del Adjudicatario otorgándole un plazo máximo de 5 días hábiles para suscribir, contado desde la fecha en que el IPS le notifique vía correo electrónico que el contrato se encuentra a su disposición para tal efecto. Al momento de la suscripción de éste, el Adjudicatario deberá hacer entrega del respectivo documento de Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Al momento de la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega de la nómina de los trabajadores que desarrollarán el servicio o ejecutarán la prestación contratada, con identificación completa de cada uno de ellos, esto es, nombre completo, nacionalidad, N° de Rut, domicilio particular, estado civil y dirección particular. Además, deberán hacer entrega de copia del contrato individual de trabajo de todos ellos. La no presentación de la nómina de trabajadores en los términos indicados y/o la no entrega de copia de los contratos individuales de trabajo, implica el desistimiento del adjudicatario, lo cual faculta al Instituto para iniciar las acciones judiciales de indemnización de perjuicios pertinentes. En el evento que durante el desarrollo o ejecución de los servicios, se incorporen nuevos trabajadores o se produzcan despidos de algunos de los informados en la nómina inicial, la empresa contratada deberá para los nuevos ingresos informar por escrito la identificación del trabajador o trabajadores, adjuntando copia del contrato o los contratos individuales. Respecto de los despidos informar la identificación del o los trabajadores desvinculados y entregar copia del o los finiquitos respectivos. Por su parte el Instituto al momento del inicio del servicio, entregará al proveedor, copia del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas, acompañado de la Resolución Exenta N° 61, de fecha 17 de enero de 2014, de la Dirección Nacional del IPS, que aprueba dicho reglamento, y que contiene la Política de Seguridad y Salud Ocupacional del IPS. Cabe hacer presente que dicho reglamento se entenderá parte integrante del proceso.
Requisitos para contratar
Para la suscripción del contrato, el Adjudicatario no podrá haber sido condenado con la prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, contemplada en los artículos 8 y 10 de la ley N° 20.393 que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica, ni podrán tener vínculo de parentesco con los funcionarios directivos del Instituto, en los términos establecidos en el inciso 6° del artículo 4 de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Lo anterior, deberá ser declarado por el oferente adjudicado al suscribir el contrato definitivo. Para lo anterior, el proveedor adjudicado, deberá entregar el Anexo N° 5.
Vigencia
El contrato tendrá duración hasta el día 31 de diciembre de 2021 y su entrada en vigencia puede ser de alguna de las siguientes maneras: a) El contrato entrará en vigencia a contar de la fecha en que se notifique al Adjudicatario la total tramitación de la resolución aprobatoria del Contrato; o, b) Por razones fundadas de estricta necesidad, el Instituto podrá convenir con el Adjudicatario que la prestación del servicios se inicie una vez suscrito el contrato, pero antes de la total tramitación de la resolución aprobatoria respectiva. En este caso, no se cursará pago alguno por los servicios sino hasta la total tramitación del acto administrativo aprobatorio del contrato, oportunidad en que se pagarán los servicios prestados hasta esa fecha. Esta modalidad excepcional de entrada en vigencia del contrato, emana de la Ley N° 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, cuyo artículo 52 dispone expresamente que “los actos administrativos no tendrán efecto retroactivo, salvo cuando produzcan consecuencias favorables para los interesados y no lesionen derechos de terceros.” Lo anterior es sin perjuicio de las actividades de coordinación y reuniones de trabajo, que podrá sostener el Instituto con el Adjudicatario, desde la notificación de la adjudicación. Con todo el administrador del contrato deberá dejar en Acta firmada por las partes, la fecha exacta de la iniciación de los servicios. Dicha Acta deberá formar parte del expediente del contrato.
Administración y Fiscalización de su Cumplimiento
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, el Instituto designará a dos funcionarios, en calidad de Administrador Titular y Suplente, los que tendrán al efecto las siguientes facultades-responsabilidades: a) Tomar conocimiento del Manual de Administración de Contratos publicado en la Intranet del IPS, y cumplir estrictamente con las responsabilidades allí asignadas al Administrador del Contrato, y especialmente cumplir con el protocolo de inicio de la prestación contratada, suscribiendo el Acta de inicio de ésta, así como generar el Check List, las notificaciones de multas e informe de término anticipado del contrato cuando corresponda, y siempre el Informe Final del Contrato y la Evaluación del proveedor. b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato. c) Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento del contrato y proponer la aplicación de multas. d) Certificar la recepción, a entera satisfacción del “Instituto” de los servicios contratados. e) Revisar y aprobar los estados de pago, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del Adjudicatario, considerando las eventuales multas a que hubiere lugar. f) Certificar o proponer a través de un informe técnico que lo fundamente, modificaciones contractuales, si fuere procedente. Estos últimos no podrán ser ejecutados sin antes contar con la autorización mediante Resolución Exenta del Departamento Administración e Inmobiliaria. g) Revisar el contenido íntegro de la factura, considerando lo señalado en la Ley N° 19.983 Artículo 3°, que indica “… se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, ó 2. reclamando en contra de su contenido dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción…..”. h) Remitir las facturas de los proveedores contratados, al Área de Finanzas, previa aprobación de los correspondientes estados de pago, en un plazo no mayor a 8 días de recepcionadas éstas, a fin de dar cumplimiento con lo estipulado en la Circular Nº 23, del Ministerio de Hacienda, de fecha 13 de abril de 2006, que señala que el plazo de pago a proveedores deberá ser en el menor tiempo posible, y no mayor a treinta días corridos desde la fecha de recepción de las facturas correspondientes. i) Cursar la devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato o solicitar que se haga efectiva, según corresponda. j) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato. Asimismo, el Adjudicatario deberá designar un Coordinador Técnico que se relacionará con el Administrador del Contrato para todos los efectos señalados. Todas las definiciones adoptadas por el Administrador del Contrato y el Coordinador Técnico deberán constar en Actas firmadas por ambos.
Cumplimiento de normas sobre higiene y seguridad laboral
El Adjudicatario deberá cumplir fielmente con lo dispuesto en los incisos 1° y 2° del artículo 184 del Código del Trabajo, que dispone que “el empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales”. “Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica”. Obligaciones 1. Controlar permisos de traslado en caso de cuarentena: Se deberá realizar y entregar el control de permisos de traslado en cuarentena a los trabajadores de su dependencia que presten servicio en las respectivas dependencias del IPS en la Región de Tarapacá. 2. Control y registro de temperatura: Se deberá contar con un libro de registro, donde los trabajadores de su empresa que presten servicios de aseo en las dependencias de los centros de atención del IPS en la región de Tarapacá deberán registrar a diario su temperatura al momento de ingresar a las oficinas. 3. Contar con los EPP de rigor: Es de exclusiva responsabilidad del empleador hacer entrega mensual de los elementos de protección personal (guantes, mascarillas desechables, buzo o pecheras desechables, alcohol gel, termómetro o cualquier elemento que designe el servicio de salud para tal efecto) a sus trabajadores contando con el registro y firma de recepción. 4. Examen PCR COVID-19: El empleador deberá realizar los exámenes correspondientes a sus trabajadores, si se levanta alerta de protocolo COVI-19 en la sucursal que ellos se desempeñen. 5. Protocolo COVID-19: La Empresa licitada deberá contar con un protocolo de acción frente a un posible caso de COVID-19 de su personal, además de proveer el reemplazo de este con la finalidad de una continuidad en el servicio. 6. Capacitación de elementos Químicos para aseo y desinfección: El personal de aseo deberá contar con capacitación formal para la utilización de cualquier producto utilizado para el aseo y desinfección de las oficinas que no sean de uso común para el hogar. En caso de detectarse incumplimientos por parte del proveedor adjudicado a la normativa vigente sobre higiene y seguridad social o las obligaciones aquí registradas, el Administrador del contrato designado por el Instituto tendrá la facultad de ordenar la inmediata paralización del servicio.
Pago del servicio
El servicio se pagará por mes vencido, debiendo el Adjudicatario presentar un Estado de Pago, al Administrador del contrato, con el cobro del mes respectivo, quien tendrá un plazo máximo de 10 días corridos podrá efectuar observaciones, transcurridos el cual, sin que ellas se hayan formulado, deberá presentar la factura correspondiente. Si las formulare, las pondrá en conocimiento inmediato del adjudicatario, el que sin cargo adicional alguno, deberá satisfacerlas, reemplazando o modificando el Estado de Pago, en lo que fuere pertinente. Presentada la factura de acuerdo al Estado de Pago aprobado, el “Instituto” la pagará en un plazo máximo de 30 días corridos siguientes al de presentación del referido documento. El Instituto en forma previa al pago, exigirá al adjudicatario, la certificación o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, a través de un certificado emitido por la Dirección del Trabajo. El pago se realizará por transferencia electrónica de fondos, al momento de presentar la factura, para lo cual, el adjudicatario deberá entregar los siguientes datos, en caso de presentar alguna modificación a los datos o razón social de la empresa, deberá dar aviso de forma inmediata: ● Dirección del proveedor ● Teléfono de contacto ● Correo electrónico de contacto ● Cuenta corriente (asociada al RUT del proveedor) ● Banco ● Tipo de cuenta Además, el proveedor deberá adjuntar obligatoriamente para la transferencia electrónica, la copia cedible de ésta.
Disponibilidad del personal y mantenimiento de las condiciones de empleo y remuneraciones
El adjudicatario estará obligado a mantener la dotación y calidad del personal ofertado, durante el período de la contratación. Respecto a las condiciones de remuneración y empleo informadas en su oferta, más sus reajustes si se hubieren producido, respecto de su oferta. Estas deberán ser mantenidas en relación al nuevo personal que contrate, como producto de reemplazos de personal o aumentos de dotación, lo anterior sin perjuicio de las mejoras que sobre la materia, la empresa pueda entregarle a sus trabajadores (as).
Multas
El Instituto estará facultado para aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por hechos imputables a su responsabilidad. Se entenderá que hay incumplimiento grave en las siguientes situaciones: a) Suspensión injustificada de la ejecución de los servicios contratados. b) Falta de atención en situaciones de emergencia o la no entrega de los EPP necesarios a sus trabajadores. c) Deficiente atención de parte del personal de la empresa, debidamente acreditada. d) Incumplimiento de la dotación exigida para la dependencia o incumplimiento del suministro del personal de reemplazo en caso de ausencia del trabajador titular. e) Incumplimiento del número y calidad de la maquinaria, materiales e insumos comprometidos. f) El no uso de los elementos de seguridad por los equipos especiales de limpieza. Para cada una de ellas, el monto de las multas será equivalente al 5% del valor neto total del mes en que ocurra la situación que dé origen a la sanción, para la dependencia en que este incumplimiento se hubiere cometido. Con todo, el total de las multas a aplicar para un mes de servicio en particular, no podrá exceder del 20 % del valor neto mensual del contrato señalado y se descontará de la facturación del mes siguiente al que se dicte la resolución que disponga su aplicación. Cabe señalar que los descuentos por multas, no son acumulables, es decir, cuando éstas superen el porcentaje máximo de aplicación para un mes, lo que excediere no se traspasa para el mes siguiente, sin perjuicio que de repetirse tal situación en dos oportunidades en un semestre, facultará al Instituto para poner término anticipado al contrato. Si se verificare la ocurrencia de las infracciones antes citadas, el Instituto comunicará por escrito su decisión al adjudicatario, indicando el monto y fundamento de la misma. El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles a contar de la comunicación para formular descargos. Con el mérito de ellos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, el Instituto resolverá sobre el particular mediante resolución o resoluciones fundadas del Departamento de Administración e Inmobiliaria, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndose copia del acto administrativo al adjudicatario.
Terminación Anticipada del Contrato
El Instituto por resolución fundada, podrá modificar o poner término unilateralmente y anticipado al contrato, en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación: a) Por resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes. b) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, entendiéndose por tal la aplicación de tres multas a la mitad del periodo de ejecución del contrato, por las causales ya descritas, o por incurrir en un mes en infracciones de multa que superen el 20% del valor mensual facturado. c) Por estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. f) Por declaración de quiebra del contratante. g) Por pérdida de las certificaciones y autorizaciones necesarias para que el contratante pueda funcionar en el giro de su actividad. h) Por infringir el adjudicatario el deber de confidencialidad establecido en el numeral 13. de las presentes Bases de Licitación. i) Por pérdida de la habilidad para contratar con el Estado según certificado emitido por Chileproveedores.cl. j) Por desmejoramiento de las condiciones de empleo y remuneraciones señaladas en su oferta. k) Por incumplimiento de al menos 3 de las obligaciones exigidas en el punto 12.3 de esta licitación. Adoptada esta medida, el Instituto procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, a excepción de las letras a) y d) y ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnizatoria de los perjuicios causados. No procederá esta sanción si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado así por el Instituto, mediante Resolución fundada de la Jefatura del Departamento de Administración e Inmobiliaria Para terminar anticipadamente un contrato, el Instituto comunicará por escrito su decisión al prestador, indicando la causal y fundamento de esta. El prestador dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, a contar de la fecha de la comunicación, para formular descargos. Con el mérito de ellos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, el Instituto resolverá sobre el particular, mediante resolución fundada del Departamento de Administración e Inmobiliaria, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndose copia del acto administrativo al prestador, sin perjuicio del procedimiento establecido en la Ley Nº 19.880.
Modificación
Atendida la posibilidad de que, producto de las políticas del IPS y de otros múltiples factores, varíen las actuales necesidades, se establece expresamente la posibilidad de disminuir o aumentar en hasta un 30% la dotación de personal consideradas en el contrato, adecuándose el precio de acuerdo a los valores unitarios por Hora/Persona informados en la oferta presentada por el Adjudicatario en su Oferta Económica del Anexo 3, según corresponda. En tales circunstancias, las partes se comprometen, en relación a dichas variaciones, a efectuar las respectivas adecuaciones de los servicios y del precio, en base al concepto de estricta proporcionalidad, manteniendo vigentes todas las demás condiciones. El IPS podrá modificar el lugar (dependencias) donde se prestan los servicios, atendiendo a cambios de ubicación de las mismas, y para hacer efectiva esta facultad, el Coordinador deberá efectuar el requerimiento por escrito al Adjudicatario, quien deberá aceptarlo en igual forma, dejando constancia de todo ello en Acta firmada por ambas partes. Además, deberá suscribir la respectiva modificación de contrato, la que será aprobada mediante el acto administrativo correspondiente, debidamente tramitado. En el evento que la modificación del contrato importe un aumento de la dotación y consecuencialmente del valor del contrato, el Adjudicatario, por este mayor valor y para garantizar su fiel y oportuno cumplimiento, deberá hacer entrega, al momento de la suscripción de la modificación contractual, de una garantía a la vista, irrevocable y no endosable, y de ejecución inmediata, a nombre del “Instituto de Previsión Social”, por un monto equivalente al 5% (cinco por ciento) del valor total de la modificación del contrato, expresado en pesos chilenos, cuyo término de vigencia será igual a la boleta de garantía bancaria de fiel y oportuno cumplimiento del contrato original, y contener, la glosa: “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de la Modificación del Contrato del Servicio de Aseo, para la Dirección Regional IPS Tarapacá.”.
Servicios ocasionales, especiales y esporádicos
Ante necesidades surgidas por trabajos en edificios, oficinas, recintos institucionales, que serán informadas en su oportunidad y/o para solucionar situaciones sobrevinientes o de emergencia o eventualidades que deriven de la lluvia, inundaciones, rotura de cañerías, sismos, eventos especiales, etc., la empresa deberá disponer, previo requerimiento escrito del Administrador del Contrato, del personal necesario que se requiera al efecto. Su pago se efectuará de acuerdo al valor hora hombre, informados en la Oferta Económica presentada por el adjudicatario. El valor de estos servicios no podrá en caso alguno exceder, en definitiva, del 10% del monto total del contrato, incluido impuestos. Dicho servicio no podrá extenderse por más de 30 días continuos o discontinuos por evento; se entenderá incorporado al contrato y no requerirá de una modificación de este.
Reajustabilidad por variación del Sueldo Mínimo Legal
El valor del servicio será reajustado conforme se reajuste el Sueldo Mínimo legal, en igual porcentaje y surtirá su efecto, sólo en cuanto al costo mensual de la planilla de sueldos y remuneraciones del personal de aseo asignado al contrato (Auxiliares de aseo). Esta reajustabilidad deberá ser traspasada íntegramente al sueldo de dicho personal.
Administración y Fiscalización de su Cumplimiento
Sin perjuicio de las funciones y responsabilidad del administrador del contrato sobre la materia, los funcionarios y funcionarias del IPS, están facultados/as para realizar en cualquier momento observaciones respecto de transgresiones a la seguridad, la salud ocupacional y medioambiental, las cuales se pondrán en conocimiento del administrador del contrato, el cual documentará por escrito, individualizando los hechos y nombres del trabajador involucrado. El administrador del contrato comunicará lo sucedido al contratista, recomendándole las acciones correctivas pertinentes. Dichas acciones, en cuanto a la responsabilidad de la persona, podrán variar desde una simple amonestación verbal a una solicitud formal de reemplazo o término anticipado del contrato en la institución, dependiendo de la magnitud o frecuencia de la falta, sin perjuicio de la indemnización a que en derecho el IPS se haga acreedor por los daños producidos.
Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario
El Instituto, en forma previa al pago, exigirá al adjudicatario la certificación o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, quedando facultado en caso de detectarse incumplimientos, para retener el pago y actuar en conformidad a la ley laboral respecto de las empresas o servicios del Estado y/o de los solidaria o subsidiariamente obligados. En el evento que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el estado de pago producto del contrato licitado deberán ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El Instituto, exigirá que el contratado proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratado facultará al Instituto para terminar anticipadamente el contrato, pudiendo llamar a una nueva licitación en la que el contratado no podrá participar, en conformidad a lo establecido en el inciso 2º del artículo 4º de la ley Nº 19.886 de Compras Públicas.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
DEPENDENCIAS Y HORARIOS
La realización del servicio deberá realizarse en las siguientes dependencias del Instituto de Previsión Social de la Región de Tarapacá y deberá ajustarse al horario establecido en la siguiente tabla: Dependencia Horario a Cubrir Edificio Institucional Iquique: Tarapacá N° 568, Iquique Lunes a jueves 07.45 a 16.45 horas Viernes 07:45 a 15:45 horas Centro de Atención de Alto Hospicio: Centro Comercial Rossi, Av. La Pampa N° 3117, Local 17-18 Lunes a jueves 07.45 a 16.45 horas Viernes 07.45 a 15:45 horas Centro de Atención de Pozo Almonte: Aldunate N° 310 Lunes a viernes 08:00 a 13:30 horas Sin perjuicio, tanto las direcciones como el horario podrá variar de acuerdo a las necesidades del IPS Tarapacá, lo cual deberá ser previamente acordado por el Adjudicatario y el Administrador del Contrato.
SERVICIOS OCASIONALES
El Adjudicatario deberá contar con un equipo de apoyo disponible para solucionar situaciones imprevistas en materia de aseo, derivados de inundaciones, sismos, u otros, por lo que el Adjudicatario deberá disponer en forma permanente, de a lo menos tres trabajadores, cuyos antecedentes hayan sido aprobados previamente por el Instituto. En el evento que el Instituto requiera de personal adicional para servicios ocasionales, ello no implicará una modificación a la dotación ni al contrato y su pago se realizará de acuerdo al valor hora hombre que el adjudicatario haya informado en su Oferta Económica.
MATERIALES
Todos los materiales e insumos necesarios para realizar un buen servicio serán responsabilidad del proveedor, quien deberá entregar un listado al administrador del contrato o a quien lo subrogue para ser revisado y firmado por ambas partes, este contendrá un detalle minucioso, señalando producto, marca y cantidad que se dispondrá en forma mensual para el citado servicio (Anexo N° 2A).
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
a) Al momento de suscribir el contrato el adjudicatario, deberá acompañar una nómina del personal que destinará a la(s) dependencia(s) licitada(s), listado que deberá contener a lo menos: nombre completo, dirección particular, número de cédula de identidad de cada trabajador y fecha de ingreso. Además, deberá entregar un listado de maquinaria que utilizará durante el Contrato. b) Esta información deberá actualizarse periódicamente y, en todo caso, cada vez que existan modificaciones, el Instituto se reservará el derecho de objetar el ingreso a sus dependencias del personal propuesto por el adjudicatario y de aquel que no se informe oportunamente. c) El adjudicatario deberá contar con un equipo de apoyo permanente para solucionar situaciones de emergencia o eventualidades en materia de aseo, suplencias en casos imprevistos, o que deriven de inundaciones, atentados terroristas, sismos, etc. d) El adjudicatario deberá cumplir con programa de trabajo definido por el Instituto de Previsión Social Dirección Regional de Tarapacá, donde se detalla la labor a realizar, horario entre otros, el que será parte del check list del servicio, visado por el encargado de la respectiva sucursal, a fin de complementar y fundamentar el pago. e) El adjudicatario deberá capacitar a su personal en el manejo de los productos químicos, maquinarias, etc., que sean utilizadas en las actividades diarias del servicio, además de la capacitación en prevención de riesgos (uso de extintores). f) Los cambios o rotación del personal asignados serán de exclusiva responsabilidad del adjudicatario, previa comunicación al Administrador del contrato. En caso de que el cambio sea sugerido por el Instituto, el Administrador del contrato comunicará al adjudicatario, habida justificación y respaldo de tal petición. g) En caso de ausencia de alguna persona del recinto, (vacaciones, licencia médica, renuncia o imprevisto), el Adjudicatario deberá reponer a esa persona, a más tardar dentro del plazo de tres horas, desde que adquiera conocimiento del hecho, el que será informado vía correo electrónico por el Administrador del Contrato. h) La empresa deberá notificar por mano, por escrito, por correo electrónico, etc., en horario de 08:00 a 17:00 horas, la identidad del reemplazante al administrador del contrato. i) El adjudicatario deberá proporcionar a cada uno de sus trabajadores credenciales identificatorias, las que deben indicar todos los datos contenidos en la cédula de identidad, incluida la fotografía y datos del adjudicatario. j) El adjudicatario debe proporcionar uniformes completos dos veces al año ( dos mudas completas) a sus trabajadores, maquinarias, los elementos de aseo, detergentes y accesorios necesarios para el buen cumplimiento del servicio. k) Para el caso de la sanitización, desratización y desinfección de baños, el adjudicatario, deberá contar con la debida certificación por la autoridad correspondiente, pudiendo subcontratar el servicio de no contar con la autorización pertinente. l) Para cada dependencia los insumos requeridos serán conforme a lo que se detalla en el Anexo N° 2A de las Bases de Licitación. m) Dar cumplimiento por parte de los funcionarios, de las labores a realizar de forma diaria, semanal, quincenal, mensual y ocasional, conforme a lo detallado en el punto 5 de las Bases Técnicas.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.