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Resolución de Empates |
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, la comisión evaluadora podrá proponer la adjudicación de la licitación de la especie, conforme al siguiente orden de prelación.
1. Mejor puntaje en el factor “Condiciones de Remuneración y Empleo: Sueldo base”.
2. Mejor puntaje en el Criterio Técnico.
3. Si aún persistiere el empate, se propondrá la adjudicación de la oferta que primero se haya presentado en el Portal, según día y hora.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los y las oferentes tendrán la posibilidad de efectuar sus consultas en relación con la adjudicación, en el plazo de 02 días corridos a contar de la fecha de publicación de las correspondientes respuestas, correspondiendo realizar dichas consultas a través del portal www.mercadopublico.cl.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los y las oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 02 días corridos, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
La entidad adjudicataria en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
Se deja constancia que la suscripción del respectivo contrato no significará bajo ningún caso que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con la entidad contratante.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación (art. 56 D.S. 661/2024 Ministerio de Hacienda)
Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
a) Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
b) La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
c) La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por el Instituto y que se soliciten y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Para tales efectos, los oferentes tendrán un plazo fatal de 02 días hábiles, el cual en todos los casos será establecido a través del sistema de información, sin perjuicio de lo cual, esta situación será ponderada como requisito formal de presentación de ofertas.
Todas las solicitudes y sus debidas respuestas deben ser canalizadas exclusivamente por el portal www.mercadopublico.cl en el apartado del foro inverso, siendo responsabilidad del oferente su revisión.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en las presentes bases, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
5.Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
6.El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
8.Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en las presentes bases de licitación. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad a lo señalado en estas bases de licitación.
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Reajustabilidad y variación del valor de los servicios |
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La reajustabilidad operará por aplicación de los siguientes factores de manera independiente.
a) Por Variación Porcentual del Ingreso Mínimo Mensual (IMM):
La reajustabilidad por incremento del IMM, se encuentra regula por Ley, la que establece los montos y plazos de vigencia de dichas sumas, por tanto, cada vez que se reajuste el IMM, el adjudicatario deberá adicionar a los sueldos el porcentaje de incremento que haya experimentado el IMM, suma que a su vez se reflejará en el incremento del valor del servicio.
En consecuencia, el Instituto pagará al adjudicatario el monto generado por el reajuste del IMM, por cada uno de los trabajadores que preste el servicio de guardias de seguridad en el Instituto, quienes además deberán mantener todas las condiciones de empleabilidad ofertadas.
La reajustabilidad por este concepto operará sólo respecto de aquellos trabajadores cuyo sueldo base sea igual al IMM.
El oferente no podrá bajo ninguna circunstancia, para pagar a sus trabajadores, completar el IMM con cualquiera de las siguientes asignaciones:
• Horas extraordinarias
• Asignación familiar legal
• Asignación de movilización
• Asignación para colación
• Desgaste de herramientas o materiales
• Beneficios en dinero que no se paguen mes a mes
• Pagos que proceden de la extinción del vínculo contractual
• Pagos que constituyen devolución de gastos en que incurra el trabajador
• Gratificación legal o convencional, salvo que se trate de contratos de trabajo que tengan una duración de 30 días o menos, o de prórrogas de éstos que, sumados al período inicial, no excedan de 60 días.
b) Por variación porcentual del IPC:
En caso de renovación, el contrato será reajustado una vez transcurridos doce meses de la vigencia del servicio, en el mismo porcentaje en que haya variado el Índice de Precios al Consumidor (IPC) determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, en los doce meses anteriores o por el índice que lo reemplace. Este reajuste se hará efectivo al 13° mes de vigencia del contrato neto, si procediere.
El cálculo se realizará utilizando la calculadora IPC disponible en la página del Instituto Nacional de Estadísticas.
El proveedor adjudicado deberá hacer efectivo el reajuste en el estado de pago del 13° mes de vigencia del contrato, adjuntando, además, un documento en el que conste la aplicación de las fórmulas precedentemente indicadas a los valores ofertados.
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Renovación del Contrato |
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Debido a la indispensable necesidad del Instituto de contar permanentemente con los servicios materia de la presente licitación, y en el evento qué habiéndose gestionado un nuevo proceso licitación, éste se retrasare o se declarare desierto, se podrá, previo acuerdo de las partes, renovar el contrato por una sola vez y por un tiempo acotado no superior a 06 meses, o hasta que entre en operaciones el contrato producto del nuevo proceso de compras, evento que ocurra primero, lo que será comunicado por el IPS con una antelación de a lo menos 30 días corridos de la fecha de la renovación.
De existir acuerdo con el adjudicatario, éste continuará con la prestación de los servicios, en las mismas condiciones y precio que los especificados en el contrato que se renueva, no obstante, los servicios podrán ser reajustados según lo indicado en las presentes bases de licitación.
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