Licitación ID: 548860-18-LE24
SERV.ALARMA VIDEOVIGILANCIA MONITOREO IPS OHIGGINS
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Sistemas de alarma 1 Unidad
Cod: 46171604
SERVICIO ALARMA, VIDEOVIGILANCIA Y MONITOREO PARA OFICINAS DEL IPS DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O´HIGGINS AÑO 2025  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERV.ALARMA VIDEOVIGILANCIA MONITOREO IPS OHIGGINS
Estado:
Revocada
Descripción:
SERVICIO DE ALARMA, VIDEOVIGILANCIA Y MONITOREO PARA OFICINAS DEL IPS DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O´HIGGINS AÑO 2025
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
IPS Region del Libertador Gral Bernardo OHiggins
R.U.T.:
61.979.440-0
Dirección:
Plaza de los Heroes Nº 389
Comuna:
Rancagua
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-12-2024 15:30:00
Fecha de Publicación: 03-12-2024 15:50:53
Fecha inicio de preguntas: 03-12-2024 16:00:00
Fecha final de preguntas: 09-12-2024 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-12-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-12-2024 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-12-2024 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 28-02-2025 15:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OPTATIVA - 05 Y 06 DE DICIEMBRE DE 2024 - DE 09:30 A 16:30 HORAS 05-12-2024 9:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Todas las entidades proponentes, deberán presentar los siguientes documentos: Si es Persona Natural o Jurídica: 1. Declaración Jurada sobre habilidad para ofertar, la que deberá suscribirse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl. 2. Identificación del oferente y Declaraciones Juradas contenidas en Anexo N°2. Si es Unión Temporal de Proveedores o Proveedoras: 1. Documento privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, firmado por el o la representante, y que establezca la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el IPS, el nombramiento de la o el representante, apoderada o apoderado común con poderes suficientes y la vigencia de la unión, que no podrá ser inferior a la vigencia de la contratación y del período de renovación contemplado en estas bases. Los y las integrantes de la unión temporal de proveedores o proveedoras no podrán ser modificados durante el período de evaluación de ofertas. Si la unión temporal de proveedores o proveedoras no adjunta el presente documento, la oferta será declarada inadmisible. La oferta también será declarada inadmisible si durante el proceso de evaluación de las ofertas uno o una de los integrantes de la unión temporal de proveedores o proveedoras se retira, siempre cuando sus características hayan sido incluidas para la evaluación. 2. Declaración Jurada Simple de habilidad para postular en la presente licitación, la que deberá suscribirse por el integrante que ingrese la oferta a través del portal www.mercadopublico.cl. Los restantes proveedores que conformen la unión temporal deberán suscribir Anexo N°1 y adjuntarlo a Mercado Público. 3. Identificación del oferente y Declaraciones Juradas contenidas en Anexo N°2. 6.2 Cumplimiento de Requisitos Formales Se entenderá como el envío, en tiempo y forma, por parte de los oferentes, de toda la información solicitada en las presentes bases de licitación. Para el caso de no cumplir con el tiempo y forma de presentación se estará a lo dispuesto en el numeral 7.4 de estas bases de licitación.
Documentos Técnicos
1.- 6.1.1 La Oferta Técnica Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso del sitio, considerando los alcances de su oferta en la secuencia señalada en la Pauta de Evaluación Técnica e incorporando antecedentes de respaldo. La Oferta Técnica del Oferente, además deberá ser acompañada por el anexo que al efecto se individualiza, a través del cual el o la oferente declarará los aspectos técnicos más relevantes de esta licitación, Anexo N°5. Déjese establecido que la oferta debe ser presentada por quién tiene poder suficiente para ello. En caso de Unión Temporal de Proveedores, la oferta debe ser presentada por el representante o apoderado común con poderes suficientes, designado para estos efectos, quien actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de la Unión Temporal. La Unión Temporal será considerada como “Oferente” y sus integrantes serán solidariamente responsables de la Oferta ante el Instituto y de todas las obligaciones que se generen con la entidad.
 
Documentos Económicos
1.- Oferta Económica Es la que, cumpliendo las exigencias de estas Bases, detalla el precio de los servicios ofertados en la correspondiente oferta técnica. Debe presentarse electrónicamente, en archivo adjunto en el mismo portal www.mercadopublico.cl los contenidos establecidos en el Anexo N°4 Oferta Económica, de acuerdo con dicho valor el Instituto evaluará la oferta económica de cada proponente, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases administrativas. Los valores ingresados al Portal deberán expresarse en moneda nacional (CLP) y en valor Neto, es decir, no deben contener ningún tipo de impuesto. Lo anterior, independiente de completar el formato de oferta económica contenido en las presentes Bases, en donde se establece el impuesto respectivo si corresponde. En caso de discrepancias entre los valores señalados en el anexo de oferta económica y lo publicado en el portal, prevalecerá para efectos de la evaluación, lo señalado por los y las oferentes en el Anexo de Oferta Económica. El NO ingreso de la Oferta Económica a través del portal www.mercadopublico.cl hará inadmisible la oferta económica y con ello, la oferta en su totalidad.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos formales en la pres Se entenderá como el envío, por parte de los oferentes, de toda la información solicitada para la presentación de las ofertas, conforme a lo dispuesto en las presentes Bases. Lo anterior, se refiere en la forma y plazo dispuesto en el calendario de eventos. Ello, sin perjuicio de lo regulado en el numeral 7.4 de las presentes bases de licitación y, siempre que la omisión de uno o más de los antecedentes solicitados no tenga aparejado la declaración de inadmisibilidad. Para lo anterior se asignará un puntaje de evaluación, según el siguiente detalle: CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PUNTAJE Presentación completa de los antecedentes exigidos en las presentes bases de licitación (artículo 40, del D.S., 250/2004 del Ministerio de Hacienda), en la fecha indicada en el calendario de eventos y en los formatos contemplados en las presentes Bases. (Refiérase a documentos que no se consideran como requisito de admisibilidad) 10 No presenta en tiempo y forma los antecedentes exigidos en la 2%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios 7.1.1 De la Oferta Técnica (OT) Los Oferentes, en su parte técnica, serán evaluados conforme a la siguiente Pauta de Evaluación, de acuerdo con los siguientes factores y ponderaciones: FACTORES 1 Plazo de instalación de los equipos en las Sucursales 20% 2 Tiempo de respuesta en alerta de alarmas 30% 3 Experiencia del oferente en proyectos de similar naturaleza y envergadura 50% Total oferta técnica 100% 7.5.2.1. Factor N°1 Plazo de instalación de los equipos en las dependencias del IPS región del Libertador Bernardo O´Higgins Se requiere que el oferente informe en el Anexo N°5, el plazo final para la instalación de los equipos en todas las dependencias de IPS ChileAtiende de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins y la operatividad de estos. Es decir, el periodo necesario que el contratista requiere para instalar todo el equipamiento y el sistema se encuentre operativo. (Instalación y operatividad del sistema). El plazo mínimo de instalación aceptado es de 5 días corridos y el plazo máximo de 10 días corridos. Criterios Puntaje El plazo ofertado es de 5 días corridos. 10 El plazo ofertado es de 6 a 7 días corridos. 2 El plazo ofertado es de 8 a 10 días corridos. 3 No indica plazo de entrega o no se ajusta a plazo mínimo y máximo de entre 5 y 10 días corridos. 0 7.5.2.2. Factor N°2 Tiempo de respuesta en alerta de alarmas El criterio tiempo de respuesta en alerta en alarmas busca evaluar la rapidez con la que el personal de seguridad responde a una alerta de alarma desde el momento en que se activa hasta que se toma una acción adecuada. Para efectos de la evaluación, el oferente deberá informar en el Anexo N°5 el tiempo de respuesta desde la activación de la alarma. Criterios Puntaje Hasta 20 minutos de respuesta desde la activación de la alarma 10 Entre 21 hasta 25 minutos de respuesta desde la activación de la alarma 5 Más de 26 minutos de respuesta desde la activación de la alarma 3 No indica tiempo de respuesta 0 7.5.2.3. Factor N°3 Experiencia del oferente en servicios de similar naturaleza: Para el presente factor, se considerarán solo aquellas experiencias informadas en el Anexo N°5 y acreditadas en instituciones públicas y/o privadas, detallando los proyectos vigentes o ejecutados de similar envergadura y naturaleza al licitado en las presentes bases, adjuntando los documentos que los acrediten. Solo se considerarán para la evaluación contratos que cumplan las siguientes condiciones: 1. Suscritos en los últimos 5 años contados hacia atrás desde la publicación de las bases. 2. Tengan una duración mínima de 12 meses continuos. 3. Sean de similar naturaleza. Se entenderán de similar naturaleza aquellos proyectos que correspondan a servicios de videovigilancia de dependencias de atención de público de instituciones públicas y/o privadas. 4. Las experiencias deben estar acreditadas mediante el contrato donde figure fecha de inicio, vigencia y/o duración, órdenes de compra aceptadas, resoluciones o facturas. Aquellos contratos en los que no se adjunten ambos documentos (contrato y factura) no serán considerados para la evaluación. Las ofertas se evaluarán de acuerdo con los siguientes criterios: CONTRATOS SECTOR PRIVADO Y CONTRATOS CON INSTITUCIONES PÚBLICAS PUNTAJE Certifica 4 o más prestaciones con empresas privadas y/o instituciones públicas con las condiciones requeridas. 10 Certifica 3 prestaciones con empresas privadas y/o instituciones públicas con las condiciones requeridas 7 Certifica 2 prestaciones con empresas privadas y/o instituciones públicas con las condiciones requeridas 5 Certifica 1 prestación con empresas privadas y/o instituciones públicas con las condiciones requeridas. 3 No presenta anexo, no tiene o no certifica prestaciones con empresas privadas y/o instituciones públicas con las condiciones requeridas 0 La Comisión Evaluadora se reservará el derecho a confirmar o hacer confirmar los antecedentes que presente cada oferente en este punto y podrá solicitar en caso de ser necesario, la asesoría de los profesionales de IPS. La experiencia declarada y que no presente el documento de respaldo correspondiente no será considerada y contabilizada en la evaluación. Asimismo, no se considerará la experiencia declarada y los documentos de respaldo que no correspondan a la experiencia solicitada y, por tanto, no será contabilizada en el puntaje del factor.  47%
3 Programa de Integridad Se evaluará la existencia de políticas de integridad dentro de la empresa, esto es, de regulación interna tendiente a prevenir conductas asociadas a la corrupción, conflicto de intereses, contribuciones políticas, de caridad, patrocinio, regalos, entre otros, promoviendo e implementando buenas prácticas de probidad y procesos de gestión de riesgos, los que deben ser difundidos al personal del oferente. Para evaluar este criterio se deberá completar el Anexo N°2, Declaración jurada simple Programa de Integridad y acreditar lo declarado adjuntando copia de la documentación o certificación en que conste el programa de integridad, además, deberá adjuntar documento que acredite la difusión de éste a sus trabajadores, tales como copia de campañas vía correo electrónico, vía intranet, afiches, volantes, código de ética, u otro que dé cuenta con certeza de la difusión de la política entre los dependientes del oferente. PROGRAMA DE INTEGRIDAD PUNTAJE El oferente acredita que cuenta con prog 2%
4 Precio 7.5.3. De la Oferta Económica (OE) El criterio de evaluación de la oferta económica está orientado a determinar, cuál resulta económicamente más ventajosa y conveniente para el Instituto, durante todo el período del contrato. Para tal efecto, los oferentes deberán utilizar el formato contenido en el Anexo N°4, Oferta Económica. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más económica. Las demás ofertas se evaluarán de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntaje POEO = (OM / OO) * 10 Donde: POEO = Puntaje Oferta Económica Oferente. OM = Oferta Menor o más Económica. OO = Oferta del Oferente. Para estos efectos, el puntaje máximo a alcanzar será de 10 puntos de acuerdo con la fórmula antes indicada. En caso de presentar el Anexo incompleto y/o incoherente respecto del servicio licitado o NO presentarse el Anexo Nº4 Formato de Presupuesto (Oferta Económica), la propuesta quedará automáticamente inadmisible y fuera de todo análisis, esto último quedará indicado en el Acta de la Comisión Evaluadora al momento del análisis de las ofertas. 45%
5 Certificación Sello 40 Horas En este criterio se evaluarán a las empresas de todo tamaño o rubro, que tengan implementada una jornada laboral ordinaria de 40 o menos horas semanales. Para acreditar tal condición, deberán presentar copia de la certificación Sello de las 40 Horas emitida por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, vigente al cierre de la presentación de las ofertas.  Se evaluarán las ofertas que declaren en el Anexo N°2, el cumplimiento o no de este criterio y que, además, presenten copia de la acreditación requerida de acuerdo con la siguiente tabla:   CERTIFICACIÓN SELLO PUNTAJE Declara y acredita poseer Certificación Sello 40 Horas vigente. 10 No declara, declara que no posee o no presenta toda la documentación requerida para la evaluación del criterio. 0 No se aceptarán como medios de acreditación URL o Links que redirijan a páginas de internet y/o que obliguen buscar la documentación exigida en la web. 2%
6 Iniciativas de Sustentabilidad Ambiental Se evaluará la existencia de las siguientes medidas medioambientales: 1. Existencia de Política de eficiencia energética difundida: Para acreditar la existencia de una política de eficiencia energética, el oferente deberá adjuntar el documento en que conste la política, la que deberá tener como finalidad establecer objetivos, metas y/o desarrollar e implementar planes para mejorar el desempeño energético de la organización, entendiéndose por tal la disminución del consumo de energía. Además, se deberán adjuntar correos electrónicos u otros documentos en que conste la difusión de la política entre sus trabajadores. 2. Sello certificación medioambiental: El oferente deberá adjuntar copia del certificado del sello medioambiental que corresponda. 3. Convenios de reciclaje (papel, latas, vidrios, desechos tecnológicos u otros) El oferente deberá adjuntar copia del Convenio de reciclaje. 4. Inscripción en el Programa Huella Chile: Para acreditarlo, el oferente deberá adjuntar Comprobante 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22 08 002
Monto Total Estimado: 29128596
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El monto disponible para la presente licitación es de 29.128.596 Veintinueve millones ciento veintiocho mil quinientos noventa y seis mil pesos impuesto incluido.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Cristian Massa Pavez
e-mail de responsable de pago: cristian.massa@chileatiende.cl
Nombre de responsable de contrato: MARIA FRANCINA CARREÑO MALDONADO
e-mail de responsable de contrato: francina.carreno@chileatiende.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2975324-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
15. SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS La entidad adjudicataria no podrá subcontratar los servicios de la presente licitación.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Fecha de vencimiento: 30-04-2026
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, como asimismo, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de la entidad adjudicataria, deberá al momento de su firma, entregar uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, que aseguren el cobro de dicha caución de manera rápida y efectiva, pagadero a la vista e irrevocable, a primer requerimiento si corresponde, a nombre del "Instituto de Previsión Social", por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. En caso, que la garantía sea un Vale Vista, la glosa recién mencionada deberá constar al dorso de dicho instrumento. En caso de que la garantía se entregue a través de una póliza de seguro, ésta deberá cumplir con lo siguiente: • Debe excluir cláusula de arbitraje, en los términos del artículo 72 del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, toda vez que debe ser irrevocable, pagadera a la vista y de cobro inmediato. • Debe establecer que se hará efectiva en caso de multas y/o término anticipado, aplicados al contratista. • Debe incluir el pago de remuneraciones y cotizaciones de salud y previsionales de los trabajadores del contratista. • Deben indicar explícitamente en el primer artículo de las condiciones generales "Este seguro corresponde a un seguro de garantía a primer requerimiento de los señalados en el inciso final del artículo 583 del Código de Comercio". La garantía podrá ser tomada por la entidad adjudicataria o un tercero a su nombre. En este último caso, lo señalado deberá quedar explicitado por parte del tercero en el mismo documento de garantía o mediante un documento anexo el que deberá ser adjuntado al momento de presentar la caución dentro del plazo señalado precedentemente en esta cláusula.
Glosa: GARANTÍA DEL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y PAGO DE LAS OBLIGACIONES LABORALES SOCIALES DE LOS TRABAJADORES PARA El SERVICIO DE ALARMA, VIDEOVIGILANCIA Y MONITOREO PARA OFICINAS DEL IPS DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O´HIGGINS AÑO 2025
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta a la entidad adjudicataria, una vez cumplidas íntegramente sus obligaciones contractuales, debidamente certificadas por el o la Administradora del contrato y vencida su vigencia. Por el contrario, este documento podrá hacerse efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitraria alguna, en caso de término anticipado del contrato, por las causales establecidas en las presentes Bases. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del oferente, sin perjuicio de lo antes expuesto, en el evento que la garantía venza con anterioridad a la regla que dispone “en caso que la garantía venza con anterioridad a los 3 meses después de terminado el contrato”, la entidad adjudicataria deberá entregar en el tiempo dispuesto para ello por el IPS, otra caución, en reemplazo de la anterior, que cubra dicho período y bajo las mismas condiciones de la garantía original. En caso de no entregarse esta nueva caución, el IPS podrá hacer efectiva la garantía original. Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, al menos hasta 3 meses después de culminado el contrato. El documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento se podrá entregar de la siguiente forma: • Si es física: se deberá entregar en el domicilio que se le indique a la entidad adjudicataria al momento de que se le notifique que el contrato se encuentra disponible para su firma. • Si es electrónica: deberá ajustarse a la ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. (No significa escaneada).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
8.3 Re-adjudicación El Instituto dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original, podrá re-adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido en la evaluación de las propuestas, a menos que de acuerdo con los intereses se estime necesario declarar desierto el proceso concursal, en los siguientes casos: a. Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles a la entidad adjudicataria. b. Si la entidad adjudicataria no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en el plazo establecido para estos efectos. c. Si la entidad adjudicataria se desiste de su oferta. d. Si la entidad adjudicataria es inhábil para contratar con el Estado de acuerdo con los requisitos establecidos en las presentes bases, en el numeral 1.1. yo no se encuentra inscrito y hábil en el Registro de Proveedores de Marcado Público. e. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores y alguno de sus integrantes estuviese afecto a una inhabilidad para postular o contratar: ? La unión temporal deberá informar por escrito, dentro del plazo de 02 días hábiles, si se desiste o si decide ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. ? En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será re-adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. ? Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de a UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, pudiendo la licitación ser re-adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. f. Si mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es,
Resolución de Empates

7.5.   Sobre Mecanismo de Resolución de Empate

En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, la comisión evaluadora podrá proponer la adjudicación de la licitación de la especie, conforme al siguiente orden de prelación.

  1. Mejor puntaje en la Oferta Económica.
  2. Mejor puntaje en la Oferta Técnica.
  3. Si aún persistiere el empate, se propondrá la adjudicación de la oferta que primero se haya presentado en el Portal, según día y hora.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

7.1     Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación (art. 40 D.S. 250/2004 Ministerio de Hacienda)

El Instituto podrá solicitar a los y las oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a dichos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores u oferentes esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción  a las bases  y de igualdad de los y las oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los y las oferentes a través del sistema de información portal www.mercadopublico.cl. Para tales efectos, los y las oferentes tendrán el plazo de 02 días hábiles.

Además, el Instituto, podrá permitir y solicitar a los oferentes que presenten certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta (técnica y económica), siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para tales efectos, los oferentes tendrán un plazo fatal de 02 días hábiles, el cual en todos los casos será establecido a través del sistema de información, sin perjuicio de lo cual, esta situación será ponderada como requisito formal de presentación de ofertas.

En caso de que el oferente no presente las certificaciones o antecedentes omitidos dentro del plazo establecido, y siempre que no se trate de antecedentes o requisitos de admisibilidad, se le asignará puntaje 0 en el criterio, “Cumplimiento de los Requisitos formales”.

Todas las solicitudes y sus debidas respuestas deben ser canalizadas exclusivamente por el portal www.mercadopublico.cl en el apartado del foro inverso, siendo responsabilidad del oferente estar revisándolo.

Pacto de integridad
  1. PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en las presentes bases, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
  2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
  4. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
  6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
  8. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en las presentes bases de licitación. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad a lo señalado en estas bases de licitación.


GENERALIDADES
CAPÍTULO I: BASES ADMINISTRATIVAS 1. INTRODUCCIÓN El Instituto de Previsión Social, en adelante e indistintamente, “Instituto” o “IPS”, en conformidad con las normas establecidas en la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestaciones de Servicios, y su Reglamento, contenido en el D.S. N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, convoca a las personas naturales, jurídicas y unión temporal proveedores, a participar en la Licitación Pública para la contratación del servicio de “ALARMA, VIDEOVIGILANCIA Y MONITOREO PARA OFICINAS DEL IPS DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O´HIGGINS AÑO 2025”, conforme a los requerimientos contenidos en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos, en adelante, “Bases” o “Bases de Licitación”. 1.1 De las y los participantes Podrán participar en la presente licitación todas las personas naturales, jurídicas y uniones temporales que cumplan con los requisitos de idoneidad técnica y financiera, de conformidad a lo señalado en la Ley de Compras Públicas. No podrán participar en esa licitación los interesados que se encuentren afectos a las inhabilidades y prohibiciones contempladas en los incisos primero y sexto del artículo 4° de la ley N°19.886, en el artículo 35 quater de la Ley N°19.886, en el artículo 26, letra d), del decreto ley N°211, de 1973, en los artículos 8° y 10° de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo primero de la ley N°20.393, y aquellas que se encuentran afectas a la inhabilidad del artículo 33 de la Ley 21.595, de Delitos Económicos, ni aquellos que hayan sido condenados/as, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta; lo cual deberá acreditarse tanto al momento de presentar sus ofertas como al celebrar el respectivo contrato. Lo anterior, se verificará mediante la declaración jurada para ofertar que suscriben electrónicamente los oferentes al participar de este proceso de compra pública. Se entenderán como Uniones Temporales de Proveedores, aquellas asociaciones de personas naturales y/o jurídicas para la presentación de una oferta, debiendo establecer, en el documento que formaliza la Unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el IPS y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. El servicio deberá ser prestado directamente por la entidad adjudicataria y no por intermedio de terceros, sin perjuicio de que su oferta puede ser presentada a través de una UTP. En el caso de que el oferente indique en su oferta que el servicio será prestado a través de terceros y/o que requiere subcontratar parte de los servicios, quedará descartado del proceso y no podrá seguir adelante en la evaluación, siendo su oferta declarada inadmisible. 2. OBJETIVO DE LA LICITACIÓN El objetivo de la presente licitación corresponde a la adquisición de un servicio integral de Seguridad centrado en un monitoreo constante, de las zonas vigiladas; y reacción oportuna y efectiva, las 24 horas del día y durante 12 meses, frente a cualquier emergencia que pueda producirse en las dependencias del IPS, Región del Libertador Bernardo O’Higgins que se indican en las bases técnicas. 3. DE LA PUBLICACIÓN Y TRAMITACIÓN A TRAVÉS DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO El llamado a Licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante e indistintamente “el Sistema”, “el Portal” o “www.mercadopúblico.cl” y el proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación, se efectuará a través del mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal y conforme a los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su Calendario de Eventos, documentos que, con sus eventuales modificaciones, aclaraciones y otros, estarán disponibles en dicho sitio electrónico a objeto que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso. 4. DE LAS GENERALIDADES DE LAS BASES 4.1 Aceptación de los Términos de las Bases La participación en el proceso implica la aceptación de los proponentes, de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa. 4.2 Interpretación de las Bases El Instituto se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los principios de libre concurrencia de los y las oferentes e igualdad ante las Bases, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contratación Pública. 4.3 De la Modificación de las bases El IPS se reserva la facultad de introducir modificaciones a las presentes bases, hasta antes de la fecha de recepción de las propuestas, en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Reglamento de la Ley N°19.886, debiendo comunicarlas a través del Portal www.mercadopublico.cl mediante un documento denominado “Modificación de Bases”. Las modificaciones podrán referirse a todo tipo de aspectos, sean estos económicos, técnicos y/o administrativos, en tanto, dicha modificación, contenga aspectos relevantes para el desarrollo o ejecución del servicio y/o adquisición de productos. Dicha modificación deberá realizarse antes del cierre de recepción de ofertas y serán aprobadas mediante el acto administrativo correspondiente, y deberá considerar un plazo prudencial para que aquellos y aquellas oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones. 4.4 Estatuto Jurídico La relación contractual se regirá por las normas establecidas en la Ley N° 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y su reglamento contenido en el D.S. N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda, además de las normas obligatorias y/o complementarias contenidas en los documentos que se enumeran a continuación, los que formarán parte integrante de la misma para todos los efectos legales y, en caso de discrepancia, prevalecerán en el orden que se indica: a) Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus respectivos Anexos. b) Respuestas y aclaraciones del Instituto, a las consultas formuladas por los interesados, si las hubiere. c) Oferta Técnica y Económica presentada por el o la oferente. d) Resolución de adjudicación de la licitación. e) Contrato suscrito por las partes y aprobado por el correspondiente acto administrativo. 4.5 Los Anexos Administrativos, Técnicos y Económicos de esta licitación pública son los siguientes: 4.5.1 Anexos Administrativos N° ANEXO ANEXOS ADMINISTRATIVOS 1 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA OFERTAR. (Solo para integrantes de Unión Temporal de Proveedores) 2 DECLARACIÓN JURADA: IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE - PRÉSTAMO SOLIDARIO - DEUDAS VIGENTES CON TRABAJADORES CERTIFICACIÓN SELLO 40 HORAS - PROGRAMA DE INTEGRIDAD. 3 DECLARACIÓN JURADA DE INICIATIVAS DE SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL 4.5.2 Anexo Económico N° ANEXO ANEXO ECONÓMICO 4 OFERTA ECONÓMICA 4.5.3 Anexos Técnicos N° ANEXO ANEXOS TÉCNICOS 5 ANEXO TÉCNICO 5. DEL CALENDARIO DE EVENTOS DEL PROCESO El día hábil siguiente a la publicación del llamado constituirá el día uno del calendario de eventos establecido, a partir del cual se contarán los plazos de días hábiles para las distintas actuaciones o trámites del presente proceso licitatorio, salvo que expresamente se determinen como días corridos. Si el plazo de cierre para la recepción de oferta expirara en día inhábil, lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 horas, éste se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente. Los sábados, domingos y festivos se entenderán como inhábiles para efectos de las presentes bases de licitación. El proceso de Licitación se efectuará conforme al siguiente Calendario de Eventos: EVENTO LUGAR Y FECHA Visita a terreno optativa Se realizará el 2° y 3° día hábil, contado desde el día hábil siguiente a la publicación del proceso; entre las 09:30 y las 16:30 horas, en las dependencias de los CAPRI del Instituto de Previsión Social de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins indiciados en el punto 5.1 de las presentes bases. Recepción de consultas En el portal www.mercadopublico.cl desde terminada la visita a terreno y hasta el 4° día hábil, contado desde el día hábil siguiente a la publicación de licitación, hasta las 17:00 horas.  Publicación de Respuestas y/o Aclaraciones A través del portal www.mercadopúblico.cl, el 6° día hábil, contado desde el día hábil siguiente a la publicación, a las 17:00 horas.   Cierre de ingreso de los Antecedentes Generales, de las Ofertas Técnicas y Económicas en el sistema A través del portal www.mercadopúblico.cl, el 8° día hábil contado desde el día hábil siguiente a la publicación a las 15:30 horas. Apertura Electrónica de los Antecedentes Generales, de las Ofertas Técnicas y Económicas A través del portal www.mercadopublico.cl el 8° día hábil contado desde el día hábil siguiente a la publicación de licitación a las 16:00 horas. Fecha de Adjudicación Dentro de los 15° días hábiles posteriores a la Apertura de las ofertas, por resolución fundada del jefe del Departamento de Administración e Inmobiliaria del IPS. Resolución que aprueba el contrato Dentro de los 20 días hábiles posteriores a la Resolución de Adjudicación a la o el oferente adjudicatario, por Resolución fundada de la Jefatura del Departamento de Administración e Inmobiliaria del IPS. 5.1 Visita a Terreno Optativa El Instituto convoca a las y los oferentes a una visita a terreno optativa, a desarrollarse en los días y hora definido en el Calendario de Eventos, en la que, con el objeto de facilitar la eventual presentación de ofertas, se expondrán los términos y el alcance de los servicios sobre los que se pretende contratar. La licitación comprende las sucursales que se individualizan, y los encargados son los señalados en el siguiente cuadro: CAPRI Dirección Encargado(a) Centro de Atención IPS Rancagua Plaza Los Héroes N°389 Cristian Massa Centro de Atención IPS Rengo Calle Urriola N°355 Ximena Jeldres Centro de Atención IPS San Vicente de Tagua Tagua Arturo Prat N°1092 Edith Urra Centro de Atención IPS San Fernando Av. Manuel Rodriguez N°595 Eugenio Galaz Centro de Atención IPS Auxiliar Chimbarongo Pisagua N°106 Marcia Pérez Centro de Atención IPS Santa Cruz Nicolás Palacios N°85 Gladys Farias Centro de Atención IPS Pichilemu Aníbal Pinto N°279-1 A Carolina Aliste Para acreditar la presente visita, se realizará un acta en el cual se identifique a la persona que asistió dejando los datos del nombre de la empresa y RUT. Los oferentes deben llegar en la franja horaria indicada en las presentes bases, de no ser de esta forma, quedara inhabilitado para firmar registro. La visita se prolongará el tiempo suficiente para que los oferentes vean las instalaciones y además puedan tomar nota de todas las consultas pertinentes. Para verificación de lo anterior, el funcionario de IPS que guíe la visita a terreno solicitará a los participantes que completen un acta con los datos del oferente y que sea firmada por quien asiste, con el motivo de corroborar la asistencia. Este documento será subido al portal de www.mercadopublico.cl, bajo el Id de la respectiva licitación. Todas las preguntas deberán ser enviadas a través del Portal de mercado público. No existirán otras visitas programadas para estos efectos, y solo se responderán las consultas hechas a través del portal www.mercadopublico.cl. 5.2 Recepción de consultas, entrega de respuestas y/o aclaraciones En la forma y oportunidad definida en el Calendario de Eventos, las y los interesados podrán realizar las consultas que estimen necesarias, relativas al proceso de licitación, a través de www.mercadopublico.cl. Las consultas recibidas serán respondidas de acuerdo con lo establecido en el Calendario de Eventos, a través del mismo portal, quedando a disposición de todos los interesados. No serán admitidas las consultas o solicitud de aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado o aquellas no atingentes al proceso licitatorio. Las consultas se responderán siempre que se formulen en forma concreta y precisa, que sean pertinentes al desarrollo del proceso y que su respuesta no involucre información confidencial del Instituto. Las preguntas, respuestas y aclaraciones que emita el instituto se entenderán conocidas y aceptadas por todos los participantes aun cuando, el o la oferente no lo hubiere solicitado o consultado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de lo que en ellas se consigne. En la misma oportunidad, o hasta antes de la fecha de recepción de las propuestas, si el Instituto lo estima necesario, se podrán emitir antecedentes anexos a las Bases, a través de documentos aclaratorios y/o complementarios, los que en el evento que importen una modificación de las bases, estos documentos deberán ser aprobados a través de la correspondiente resolución, en cuyo caso se otorgará un plazo prudencial para que los interesados elaboren sus propuestas, el cual se contará desde la total tramitación de la resolución que lo apruebe. 6. DE LAS OFERTAS 6.1 Contenido de las ofertas Se aceptará una sola oferta por proponente. Con todo, si el oferente ingresara más de una oferta sólo se aceptará la oferta ingresada en último lugar (según fecha y hora registradas en el Sistema de Información), descartándose las ofertas restantes, las que no participarán del proceso de evaluación de ofertas. Respecto de propuestas presentadas por Uniones Temporales de Proveedores (UTP), una persona natural o jurídica no podrá participar simultáneamente en esta licitación por sí mismo y, al mismo tiempo, como integrante de una UTP. En el evento que ello acaeciese, se declarará inadmisible la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, evaluándose únicamente la oferta de la UTP de la que forme parte. Los oferentes deberán presentar su oferta a través de su cuenta en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En los anexos que forman parte de la oferta se debe identificar correctamente al proveedor oferente, sea persona natural, persona jurídica o UTP, debiendo existir coincidencia entre los datos de identificación del oferente que consten en la cuenta de usuario del Sistema de Información, por un lado, y los datos de identificación del oferente que consten en los respectivos anexos y documentos de la oferta, por otro. En caso de existir discordancia insalvable de identidad, la respectiva oferta será declarada inadmisible, sin perjuicio de la aplicación del artículo 40 del Reglamento de la ley N° 19.886, si correspondiere. Los proponentes deberán ofertar por el total de los requerimientos señalados en las bases de la presente licitación, en caso contrario no se evaluará la oferta presentada, debiendo la Comisión Evaluadora declararla inadmisible. Cada oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En consecuencia, corresponderá a los y/o las oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y necesarios para su evaluación. La oferta deberá estar conformada por: • La Oferta Técnica del servicio licitado. • La Oferta Económica del servicio licitado. • Los Antecedentes Administrativos Las ofertas deberán mantenerse vigentes durante 180 días corridos posteriores a la fecha de apertura de las propuestas. 6.1.1 La Oferta Técnica Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso del sitio, considerando los alcances de su oferta en la secuencia señalada en la Pauta de Evaluación Técnica e incorporando antecedentes de respaldo. La Oferta Técnica del Oferente, además deberá ser acompañada por el anexo que al efecto se individualiza, a través del cual el o la oferente declarará los aspectos técnicos más relevantes de esta licitación, Anexo N°5. Déjese establecido que la oferta debe ser presentada por quién tiene poder suficiente para ello. En caso de Unión Temporal de Proveedores, la oferta debe ser presentada por el representante o apoderado común con poderes suficientes, designado para estos efectos, quien actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de la Unión Temporal. La Unión Temporal será considerada como “Oferente” y sus integrantes serán solidariamente responsables de la Oferta ante el Instituto y de todas las obligaciones que se generen con la entidad. 6.1.2 La Oferta Económica Es la que, cumpliendo las exigencias de estas Bases, detalla el precio de los servicios ofertados en la correspondiente oferta técnica. Debe presentarse electrónicamente, en archivo adjunto en el mismo portal www.mercadopublico.cl los contenidos establecidos en el Anexo N°4 Oferta Económica, de acuerdo con dicho valor el Instituto evaluará la oferta económica de cada proponente, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases administrativas. Los valores ingresados al Portal deberán expresarse en moneda nacional (CLP) y en valor Neto, es decir, no deben contener ningún tipo de impuesto. Lo anterior, independiente de completar el formato de oferta económica contenido en las presentes Bases, en donde se establece el impuesto respectivo si corresponde. En caso de discrepancias entre los valores señalados en el anexo de oferta económica y lo publicado en el portal, prevalecerá para efectos de la evaluación, lo señalado por los y las oferentes en el Anexo de Oferta Económica. El NO ingreso de la Oferta Económica a través del portal www.mercadopublico.cl hará inadmisible la oferta económica y con ello, la oferta en su totalidad. El monto disponible para la presente licitación es de $29.128.596 (Veintinueve millones ciento veintiocho mil quinientos noventa y seis mil pesos) impuesto incluido. 6.1.3 De los Antecedentes Administrativos Todas las entidades proponentes, deberán presentar los siguientes documentos: Si es Persona Natural o Jurídica: 1. Declaración Jurada sobre habilidad para ofertar, la que deberá suscribirse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl. 2. Identificación del oferente y Declaraciones Juradas contenidas en Anexo N°2. Si es Unión Temporal de Proveedores o Proveedoras: 1. Documento privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, firmado por el o la representante, y que establezca la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el IPS, el nombramiento de la o el representante, apoderada o apoderado común con poderes suficientes y la vigencia de la unión, que no podrá ser inferior a la vigencia de la contratación y del período de renovación contemplado en estas bases. Los y las integrantes de la unión temporal de proveedores o proveedoras no podrán ser modificados durante el período de evaluación de ofertas. Si la unión temporal de proveedores o proveedoras no adjunta el presente documento, la oferta será declarada inadmisible. La oferta también será declarada inadmisible si durante el proceso de evaluación de las ofertas uno o una de los integrantes de la unión temporal de proveedores o proveedoras se retira, siempre cuando sus características hayan sido incluidas para la evaluación. 2. Declaración Jurada Simple de habilidad para postular en la presente licitación, la que deberá suscribirse por el integrante que ingrese la oferta a través del portal www.mercadopublico.cl. Los restantes proveedores que conformen la unión temporal deberán suscribir Anexo N°1 y adjuntarlo a Mercado Público. 3. Identificación del oferente y Declaraciones Juradas contenidas en Anexo N°2. 6.2 Cumplimiento de Requisitos Formales Se entenderá como el envío, en tiempo y forma, por parte de los oferentes, de toda la información solicitada en las presentes bases de licitación. Para el caso de no cumplir con el tiempo y forma de presentación se estará a lo dispuesto en el numeral 7.4 de estas bases de licitación. 6.3 Costo de formulación de las ofertas Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus Ofertas serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno. 6.4. De la apertura de antecedentes La apertura electrónica se efectuará a través del Sistema de Información en el portal www.mercadopublico.cl en la oportunidad indicada en el Calendario de Eventos. En el acto de apertura se procederá a la apertura electrónica de las ofertas Técnicas y Económicas, respectivamente, desde el portal www.mercadopúblico.cl revisando y dando cuenta de la presencia de todos y cada uno de los documentos exigidos en las Bases. Tras dicha apertura y revisión, se procederá a levantar un acta consignando lo señalado en el artículo 33 del reglamento de la Ley de Compra. Los oferentes interesados, tendrán acceso al acta de apertura a través del Portal y podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura electrónica de las ofertas a través del sistema de información del portal www.mercadopublico.cl las que serán analizadas por la respectiva Comisión Evaluadora. 7. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 7.1 Comisión evaluadora La Comisión Evaluadora será designada mediante la Resolución Exenta del Instituto que apruebe las presentes bases. La conformación de la Comisión Evaluadora se ajustará a lo dispuesto en el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, es decir, será integrada por al menos tres funcionarios públicos del IPS, y deberá publicarse en el Portal www.mercadopublico.cl. En el evento que el o los funcionarios designados no pudiesen ejercer las funciones encomendadas, el Instituto podrá a través de resolución fundada designar a nuevos integrantes. Dicha resolución deberá ser publicada con anterioridad a la fecha de inicio de la evaluación. La Comisión Evaluadora deberá evaluar las ofertas en forma separada e independiente, y en consecuencia proponer adjudicar al oferente, o declarar desierto el proceso, o declarar inadmisible las ofertas presentadas para esta licitación. La Comisión Evaluadora elaborará un acta final de la evaluación correspondiente, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación y los resultados de esta, en los términos establecidos en el artículo 40 bis del reglamento de la ley de Compras Públicas. 7.2 Consideraciones relativas a la Comisión Evaluadora La designación de la comisión evaluadora se publicará oportunamente en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl y sus integrantes se registrarán en el sistema de la ley N°20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán: • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886. • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora. • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 nonies de la Ley N° 19.886, la comisión evaluadora deberá suscribir una declaración jurada respecto del procedimiento de contratación en que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él. Asimismo, y en virtud de lo preceptuado en el artículo referido en el párrafo anterior, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones de calificación o evaluación en el presente proceso licitatorio tendrá la calidad de agente público, encontrándose sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda. Se deja constancia de que son motivos de abstención, aquellas situaciones contempladas en el artículo 35 quinquies de la Ley N° 19.886. Por consiguiente, no podrán tener participación, en comisiones evaluadoras o intervenir en el procedimiento de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, aquellas autoridades y funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, que se encuentren en los casos puntualizados por la norma indicada. En virtud de los principios de probidad administrativa y de abstención, y en aplicación del artículo 6° bis del Reglamento de la Ley N°19.886, en concordancia con los artículos 62 N°6 de la Ley N°18.575 y 12 de la Ley N°19.880, en el evento que un conflicto de interés se hiciese patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, el integrante afectado por dicho conflicto deberá abstenerse de participar en la comisión, debiendo poner en conocimiento de su superior jerárquico la circunstancia que le resta imparcialidad. En dicho evento, el integrante que se hubiese abstenido deberá ser reemplazado por otro idóneo, mediante acto administrativo debidamente tramitado. Cabe recordar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° bis del Reglamento de la Ley N° 19.886, dicho deber de abstención resulta aplicable no solo a funcionarios de planta o a contrata, sino también a los contratados a honorarios que excepcionalmente participaren en el proceso, en este caso, como miembros de la Comisión Evaluadora. Por su parte, los integrantes de la Comisión Evaluadora deberán resguardar la confidencialidad de las deliberaciones que surjan durante sus reuniones de evaluación, y para ello, deberán suscribir un acuerdo de confidencialidad o una declaración jurada que contenga un compromiso de confidencialidad en cuanto a las ofertas y antecedentes que no tengan el carácter de públicos, y a todas las deliberaciones que se lleven a cabo durante el proceso de evaluación. 7.3 Consultas Aclaratorias a Oferentes Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora -de estimarlo necesario- podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los y las oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl con un plazo máximo de respuesta de 02 días hábiles. Las pregunta y respuestas deben ser canalizadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl en el aplicativo permitido para ello (foro inverso); siendo responsabilidad de los oferentes estar atentos a la plataforma para atender las solicitudes en caso de corresponder. 7.4 Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación (art. 40 D.S. 250/2004 Ministerio de Hacienda) El Instituto podrá solicitar a los y las oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a dichos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores u oferentes esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los y las oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los y las oferentes a través del sistema de información portal www.mercadopublico.cl. Para tales efectos, los y las oferentes tendrán el plazo de 02 días hábiles. Además, el Instituto, podrá permitir y solicitar a los oferentes que presenten certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta (técnica y económica), siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para tales efectos, los oferentes tendrán un plazo fatal de 02 días hábiles, el cual en todos los casos será establecido a través del sistema de información, sin perjuicio de lo cual, esta situación será ponderada como requisito formal de presentación de ofertas. En caso de que el oferente no presente las certificaciones o antecedentes omitidos dentro del plazo establecido, y siempre que no se trate de antecedentes o requisitos de admisibilidad, se le asignará puntaje 0 en el criterio, “Cumplimiento de los Requisitos formales”. Todas las solicitudes y sus debidas respuestas deben ser canalizadas exclusivamente por el portal www.mercadopublico.cl en el apartado del foro inverso, siendo responsabilidad del oferente estar revisándolo. 7.5 Evaluación de las Ofertas Los criterios de evaluación estarán principalmente centrados en una lógica de rigor y control de la seriedad, capacidad y aptitud de los y las oferentes para prestar el servicio requerido, sin afectar los principios de igualdad de los y las oferentes y estricta sujeción a las Bases. Las ofertas que no cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes Bases no serán sometidas a evaluación por estar fuera de las mismas, debiendo la Comisión Evaluadora declararla inadmisible, conforme lo indicado en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. El proceso de evaluación contempla los siguientes criterios, los que estarán valorizados por una ponderación. Cada componente será evaluado en forma independiente y su resultado será representado por una calificación, la cual ponderada por el respectivo factor, arrojará el puntaje final de la oferta: Los puntajes ponderados de cada criterio, así como los puntajes finales de cada factor y el final de cada oferta se expresarán con dos decimales con aproximación. TABLA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS PORCENTAJE 1 Cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de las ofertas 2% 2 Oferta Técnica 47% 3 Oferta Económica 45% 4 Certificación Sello 40 Horas 2% 5 Iniciativas de Sustentabilidad Ambiental 2% 6 Programa de Integridad 2% 7 Comportamiento Contractual Anterior (CCA) Este criterio descuenta puntaje TOTAL 100% En el análisis de los antecedentes presentados en las respectivas ofertas se asignará un puntaje de 0 a 10 a los criterios o factores que a continuación se detallan, con su correspondiente ponderación. 7.5.1 Cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de las ofertas. (CRF) Se entenderá como el envío, por parte de los oferentes, de toda la información solicitada para la presentación de las ofertas, conforme a lo dispuesto en las presentes Bases. Lo anterior, se refiere en la forma y plazo dispuesto en el calendario de eventos. Ello, sin perjuicio de lo regulado en el numeral 7.4 de las presentes bases de licitación y, siempre que la omisión de uno o más de los antecedentes solicitados no tenga aparejado la declaración de inadmisibilidad. Para lo anterior se asignará un puntaje de evaluación, según el siguiente detalle: CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PUNTAJE Presentación completa de los antecedentes exigidos en las presentes bases de licitación (artículo 40, del D.S., 250/2004 del Ministerio de Hacienda), en la fecha indicada en el calendario de eventos y en los formatos contemplados en las presentes Bases. (Refiérase a documentos que no se consideran como requisito de admisibilidad) 10 No presenta en tiempo y forma los antecedentes exigidos en las presentes bases de licitación (artículo 40, del D.S., 250/2004 del Ministerio de Hacienda), pero sí en el plazo adicional. (Refiérase a documentos que no se consideran como requisito de admisibilidad) 5 NO presenta los antecedentes exigidos en las presentes bases de licitación (artículo 40, del D.S., 250/2004 del Ministerio de Hacienda) o los presenta fuera del plazo otorgado para ello. (Refiérase a documentos que no se consideran como requisito de admisibilidad) 0 Los requisitos formales NO comprenderán aquellos antecedentes que eventualmente tengan aparejada una cláusula de inadmisibilidad para la presentación de las ofertas conforme a lo estipulado en las presentes Bases. 7.5.2 De la Oferta Técnica (OT) Los Oferentes, en su parte técnica, serán evaluados conforme a la siguiente Pauta de Evaluación, de acuerdo con los siguientes factores y ponderaciones: FACTORES 1 Plazo de instalación de los equipos en las Sucursales 20% 2 Tiempo de respuesta en alerta de alarmas 30% 3 Experiencia del oferente en proyectos de similar naturaleza y envergadura 50% Total oferta técnica 100% 7.5.2.1. Factor N°1 Plazo de instalación de los equipos en las dependencias del IPS región del Libertador Bernardo O´Higgins Se requiere que el oferente informe en el Anexo N°5, el plazo final para la instalación de los equipos en todas las dependencias de IPS ChileAtiende de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins y la operatividad de estos. Es decir, el periodo necesario que el contratista requiere para instalar todo el equipamiento y el sistema se encuentre operativo. (Instalación y operatividad del sistema). El plazo mínimo de instalación aceptado es de 5 días corridos y el plazo máximo de 10 días corridos. Criterios Puntaje El plazo ofertado es de 5 días corridos. 10 El plazo ofertado es de 6 a 7 días corridos. 2 El plazo ofertado es de 8 a 10 días corridos. 3 No indica plazo de entrega o no se ajusta a plazo mínimo y máximo de entre 5 y 10 días corridos. 0 7.5.2.2. Factor N°2 Tiempo de respuesta en alerta de alarmas El criterio tiempo de respuesta en alerta en alarmas busca evaluar la rapidez con la que el personal de seguridad responde a una alerta de alarma desde el momento en que se activa hasta que se toma una acción adecuada. Para efectos de la evaluación, el oferente deberá informar en el Anexo N°5 el tiempo de respuesta desde la activación de la alarma. Criterios Puntaje Hasta 20 minutos de respuesta desde la activación de la alarma 10 Entre 21 hasta 25 minutos de respuesta desde la activación de la alarma 5 Más de 26 minutos de respuesta desde la activación de la alarma 3 No indica tiempo de respuesta 0 7.5.2.3. Factor N°3 Experiencia del oferente en servicios de similar naturaleza: Para el presente factor, se considerarán solo aquellas experiencias informadas en el Anexo N°5 y acreditadas en instituciones públicas y/o privadas, detallando los proyectos vigentes o ejecutados de similar envergadura y naturaleza al licitado en las presentes bases, adjuntando los documentos que los acrediten. Solo se considerarán para la evaluación contratos que cumplan las siguientes condiciones: 1. Suscritos en los últimos 5 años contados hacia atrás desde la publicación de las bases. 2. Tengan una duración mínima de 12 meses continuos. 3. Sean de similar naturaleza. Se entenderán de similar naturaleza aquellos proyectos que correspondan a servicios de videovigilancia de dependencias de atención de público de instituciones públicas y/o privadas. 4. Las experiencias deben estar acreditadas mediante el contrato donde figure fecha de inicio, vigencia y/o duración, órdenes de compra aceptadas, resoluciones o facturas. Aquellos contratos en los que no se adjunten ambos documentos (contrato y factura) no serán considerados para la evaluación. Las ofertas se evaluarán de acuerdo con los siguientes criterios: CONTRATOS SECTOR PRIVADO Y CONTRATOS CON INSTITUCIONES PÚBLICAS PUNTAJE Certifica 4 o más prestaciones con empresas privadas y/o instituciones públicas con las condiciones requeridas. 10 Certifica 3 prestaciones con empresas privadas y/o instituciones públicas con las condiciones requeridas 7 Certifica 2 prestaciones con empresas privadas y/o instituciones públicas con las condiciones requeridas 5 Certifica 1 prestación con empresas privadas y/o instituciones públicas con las condiciones requeridas. 3 No presenta anexo, no tiene o no certifica prestaciones con empresas privadas y/o instituciones públicas con las condiciones requeridas 0 La Comisión Evaluadora se reservará el derecho a confirmar o hacer confirmar los antecedentes que presente cada oferente en este punto y podrá solicitar en caso de ser necesario, la asesoría de los profesionales de IPS. La experiencia declarada y que no presente el documento de respaldo correspondiente no será considerada y contabilizada en la evaluación. Asimismo, no se considerará la experiencia declarada y los documentos de respaldo que no correspondan a la experiencia solicitada y, por tanto, no será contabilizada en el puntaje del factor.  7.5.3. De la Oferta Económica (OE) El criterio de evaluación de la oferta económica está orientado a determinar, cuál resulta económicamente más ventajosa y conveniente para el Instituto, durante todo el período del contrato. Para tal efecto, los oferentes deberán utilizar el formato contenido en el Anexo N°4, Oferta Económica. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más económica. Las demás ofertas se evaluarán de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntaje POEO = (OM / OO) * 10 Donde: POEO = Puntaje Oferta Económica Oferente. OM = Oferta Menor o más Económica. OO = Oferta del Oferente. Para estos efectos, el puntaje máximo a alcanzar será de 10 puntos de acuerdo con la fórmula antes indicada. En caso de presentar el Anexo incompleto y/o incoherente respecto del servicio licitado o NO presentarse el Anexo Nº4 Formato de Presupuesto (Oferta Económica), la propuesta quedará automáticamente inadmisible y fuera de todo análisis, esto último quedará indicado en el Acta de la Comisión Evaluadora al momento del análisis de las ofertas. 7.5.4. Certificación Sello 40 Horas (CS) En este criterio se evaluarán a las empresas de todo tamaño o rubro, que tengan implementada una jornada laboral ordinaria de 40 o menos horas semanales. Para acreditar tal condición, deberán presentar copia de la certificación Sello de las 40 Horas emitida por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, vigente al cierre de la presentación de las ofertas.  Se evaluarán las ofertas que declaren en el Anexo N°2, el cumplimiento o no de este criterio y que, además, presenten copia de la acreditación requerida de acuerdo con la siguiente tabla:   CERTIFICACIÓN SELLO PUNTAJE Declara y acredita poseer Certificación Sello 40 Horas vigente. 10 No declara, declara que no posee o no presenta toda la documentación requerida para la evaluación del criterio. 0 No se aceptarán como medios de acreditación URL o Links que redirijan a páginas de internet y/o que obliguen buscar la documentación exigida en la web. 7.5.5. Iniciativas de Sustentabilidad Ambiental (ISA) Se evaluará la existencia de las siguientes medidas medioambientales: 1. Existencia de Política de eficiencia energética difundida: Para acreditar la existencia de una política de eficiencia energética, el oferente deberá adjuntar el documento en que conste la política, la que deberá tener como finalidad establecer objetivos, metas y/o desarrollar e implementar planes para mejorar el desempeño energético de la organización, entendiéndose por tal la disminución del consumo de energía. Además, se deberán adjuntar correos electrónicos u otros documentos en que conste la difusión de la política entre sus trabajadores. 2. Sello certificación medioambiental: El oferente deberá adjuntar copia del certificado del sello medioambiental que corresponda. 3. Convenios de reciclaje (papel, latas, vidrios, desechos tecnológicos u otros) El oferente deberá adjuntar copia del Convenio de reciclaje. 4. Inscripción en el Programa Huella Chile: Para acreditarlo, el oferente deberá adjuntar Comprobante de registro de Ventanilla Única RETC, o mail de recepción conforme del envío del oferente de la Carta de participación voluntaria. Las medidas medioambientales que se informen deberán haberse obtenido/suscrito por el proveedor que ingresa la oferta. En el caso de la UTP, podrá corresponder a cualquiera de sus integrantes. Los oferentes deberán marcar con una X la medida que posean en el Anexo N°3 y adjuntar los documentos de respaldo que se señalan. Si no indica la información solicitada en el anexo o no acompañada los antecedentes solicitados, la medida medioambiental no será considerada para efectos de la evaluación. El criterio obtendrá el puntaje que se indica en el siguiente cuadro: SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL PUNTAJE El oferente selecciona y acredita cuatro de las medidas señaladas en el Anexo N°3.  10 El oferente selecciona y acredita tres de las medidas señaladas en el Anexo N°3.  8 El oferente selecciona y acredita dos de las medidas señaladas en el Anexo N°3.  7  El oferente selecciona y acredita una de las medidas señaladas en el Anexo N°3.  4 El oferente no selecciona y/o no acredita ninguna de las medidas señaladas en Anexo N°3 y/o no presenta Anexo.  0  7.5.6. Programa de Integridad (PI) Se evaluará la existencia de políticas de integridad dentro de la empresa, esto es, de regulación interna tendiente a prevenir conductas asociadas a la corrupción, conflicto de intereses, contribuciones políticas, de caridad, patrocinio, regalos, entre otros, promoviendo e implementando buenas prácticas de probidad y procesos de gestión de riesgos, los que deben ser difundidos al personal del oferente. Para evaluar este criterio se deberá completar el Anexo N°2, Declaración jurada simple Programa de Integridad y acreditar lo declarado adjuntando copia de la documentación o certificación en que conste el programa de integridad, además, deberá adjuntar documento que acredite la difusión de éste a sus trabajadores, tales como copia de campañas vía correo electrónico, vía intranet, afiches, volantes, código de ética, u otro que dé cuenta con certeza de la difusión de la política entre los dependientes del oferente. PROGRAMA DE INTEGRIDAD PUNTAJE El oferente acredita que cuenta con programa de integridad y demuestra difusión a sus trabajadores 10 El oferente declara que no cuenta con programa de integridad y/o no acredita difusión a sus trabajadores y/o no presenta anexo. 0 La comisión evaluadora del IPS se reserva el derecho de corroborar la información entregada por el oferente y acreditar su validez. Para el caso de las Uniones Temporales, el mayor puntaje se obtendrá cuando al menos uno de los integrantes de la unión posea la certificación. No se aceptarán como medios de acreditación URL o Links que redirijan a páginas de internet y/o que obliguen buscar la documentación exigida en la web." 7.5.7. Comportamiento Contractual Anterior (CCA) Para la evaluación de este criterio, se utilizará el comportamiento contractual anterior del oferente respecto de los procesos en compras públicas de los últimos 24 meses móviles, considerando el Comportamiento Base de la semana del cierre de presentación de oferta, evaluación obtenida desde la Ficha del Proveedor del Registro de Proveedores de Mercado Público. El mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar el puntaje indicado en la tabla siguiente, del puntaje total ponderado de la evaluación por el número de medidas por incumplimientos recibidas a través de la respectiva resolución, ejecutoriada, que disponga su aplicación. MEDIDA POR INCUMPLIMIENTO PERDIDA DE PUNTAJE Término anticipado de contrato 2 Cobro de garantía de fiel cumplimiento de contrato 1 Aplicación de multa 0.5 En caso de que, producto de los mismos hechos, se aplique más de una medida por incumplimiento, solo se considerará, para efectos de descontar del puntaje, aquella que descuente un mayor valor. En caso de que las medidas por incumplimiento sean dos o más y se hubiesen cursado por hechos distintos, se descontará del puntaje la suma de todas ellas. Lo anterior, independiente de que las medidas se encuentren contenidas en uno o más actos administrativos. Este puntaje se restará del puntaje total ponderado de la propuesta. Se deja expresa constancia que para UTP (uniones temporales de proveedores) este criterio se aplicará para todos los integrantes. 7.6. Evaluación General de las Propuestas El puntaje final (PF) de cada propuesta se calculará en base al puntaje de evaluación del Cumplimiento de Requisitos Formales (PCRF); Oferta Técnica (POT); Oferta Económica (POE); Certificación Sello 40 horas (PCS), Iniciativas de Sustentabilidad Ambiental (PISA); Programa de Integridad (PPI) y Puntaje de Comportamiento Contractual Anterior (PCCA) de acuerdo con la siguiente fórmula: 100% PF = (2% PCRF + 47% POT + 45% POE + 2% PCS + 2% PISA + 2% PPI) - PCCA Donde: PCRF = Puntaje Cumplimiento de Requisitos Formales POT = Puntaje Oferta Técnica POE = Puntaje Oferta Económica PCS = Puntaje Certificación Sello 40 horas PISA = Puntaje Iniciativas de Sustentabilidad Ambiental PPI = Puntaje Programa de Integridad PCCA = Puntaje Comportamiento Contractual Anterior Este puntaje final permitirá establecer un ranking de las ofertas, que determine el orden de prelación para adjudicar, y que podrá ser aplicable en caso de que el adjudicatario no entregue la documentación necesaria dentro del plazo establecido al efecto, para la elaboración del contrato y/o no suscriba el mismo. 7.7. Sobre Mecanismo de Resolución de Empate En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, la comisión evaluadora podrá proponer la adjudicación de la licitación de la especie, conforme al siguiente orden de prelación. 1. Mejor puntaje en la Oferta Económica. 2. Mejor puntaje en la Oferta Técnica. 3. Si aún persistiere el empate, se propondrá la adjudicación de la oferta que primero se haya presentado en el Portal, según día y hora. 7.8. Informe Final de la Comisión Evaluadora La Comisión Evaluadora debe levantar un acta denominada “Informe Final” en la que debe referirse a las siguientes materias: a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. b) Las ofertas que deben declararse inadmisibles, por no cumplir los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. c) La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resulten convenientes a los intereses del Instituto. d) La asignación de puntaje para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dicho puntaje, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. e) La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad competente para adoptar la decisión final. 8. DE LA RESOLUCIÓN DEL PROCESO 8.1 Adjudicación El Instituto, mediante resolución fundada, adjudicará la licitación a la propuesta que finalmente estime más ventajosa a sus necesidades e intereses, considerando en una estimación de conjunto, los criterios de evaluación, los puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes Bases, aunque no sea la de menor valor. La presente licitación es de adjudicación simple, lo que quiere decir que se contratará solo un oferente. La oferta cuya propuesta ha sido seleccionada de este modo, será denominada entidad adjudicataria. En el evento que la entidad adjudicataria no se encuentre inscrito en el Registro electrónico de proveedores de Mercado Público estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la resolución que adjudica la propuesta, como requisito previo para la suscripción del contrato. Dentro del mismo plazo, deberá encontrarse hábil en el referido registro, así como también los documentos deberán estar vigentes. Igual requisito se exige a la Unión Temporal de Proveedores. En caso de estar conformado por personas jurídicas extranjeras, esto es, no constituidos y sin operación en Chile, se exigirá la inscripción en el referido Registro y su habilidad se acreditará mediante declaraciones juradas contenidas en los Anexos N°1 y N°2. La adjudicación se efectuará a través de una Resolución fundada de la autoridad competente del IPS, la que será notificada a todos los y las oferentes. El Instituto se reserva el derecho de prorrogar el plazo para adjudicar, por razones de buen servicio, caso en el cual, antes del cumplimiento del plazo original, informará a través del sitio sobre la referida prórroga, conforme lo establece el artículo 41 del D.S. N°250/2004 del Ministerio de Hacienda, modificado por el Decreto Supremo N°1.763/2009.- que señala: “Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de Licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar el nuevo plazo para la adjudicación, debiendo estar contemplada en las bases esta posibilidad”. Los y las oferentes tendrán la posibilidad de efectuar sus consultas en relación con la adjudicación, en el plazo de 02 días hábiles a contar de la fecha de publicación de las correspondientes respuestas, correspondiendo realizar dichas consultas a través del portal www.mercadopublico.cl. Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los y las oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 02 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior. 8.2 Notificación La Resolución de adjudicación se notificará a los proponentes a través del sistema www.mercadopublico.cl, y además el Instituto requerirá vía correo electrónico dirigido a la entidad adjudicataria, los siguientes antecedentes para la suscripción del contrato, los cuales deberán ser entregados en originales o copia fiel a su original, debidamente autorizados ante notario público, en el lugar señalado en el correo y en un plazo máximo de 05 días hábiles, salvo que estos consten en el Registro de Proveedores de Mercado Público, y no tengan una antigüedad superior a 6 meses anteriores a la fecha de presentación de la propuesta en cuyo caso no les serán exigibles: a. Personas Naturales: 1. Fotocopia simple, por ambos lados, de la Cédula Nacional de Identidad. 2. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con validez a la fecha de entrega del documento. 3. Iniciación de Actividades en el SII. b. Personas Jurídicas: 1. Cédula Nacional de Identidad del representante legal de la entidad proponente y Rut de la persona jurídica. 2. Escritura de constitución de la persona jurídica y sus modificaciones posteriores, si las hubiere, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio y Publicación en el Diario Oficial y sus modificaciones posteriores, si las hubiere, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio y publicación en el Diario Oficial. 3. Escritura Pública que acredite la personería del representante legal del proponente, bastando, en su caso, la referencia a la escritura exigida en la letra precedente y certificado de Poderes Vigentes, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás, desde la fecha de apertura de antecedentes, si es que tuviera dicha designación. 4. Certificado de Vigencia de la sociedad, emitido por el respectivo Conservador de Bienes Raíces, de una antigüedad no superior a 60 días contados hacia atrás, desde la fecha de apertura de los antecedentes. 5. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con validez a la fecha de entrega del documento. 6. En el caso de personas jurídicas extranjeras, ésta estará obligada previo a la suscripción del respectivo contrato, a otorgar y constituir mandato con poder suficiente a una persona jurídica chilena que lo represente, o a constituir una agencia en Chile, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato ajustado a la normativa vigente, y el correspondiente certificado de poderes vigentes con una antigüedad contada hacia atrás de no más de 60 días desde la fecha de apertura de antecedentes. c. Unión Temporal de Proveedores: Los antecedentes señalados precedentemente, deben ser presentados por cada una de las personas naturales o Jurídicas que la integran, según corresponda, debiendo quedar establecida en la escritura de la Unión Temporal expresamente que: 1. Es una Unión Temporal de Proveedores. 2. La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generan. 3. El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. 4. La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores, la que no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en las bases de licitación. d. Para el caso de las sociedades que se acojan a la Ley 20.659, que regula el régimen simplificado de constitución y modificación de sociedades comerciales, deberán presentar: 1. Copia del formulario de constitución. 2. Certificado del Registro, en el que conste que las personas jurídicas se acojan a la presente Ley. 3. Certificado de Migración, si corresponde 4. Además de los requisitos establecidos en la letra a) y/o b) de este numeral, según corresponda. 8.3 Re-adjudicación El Instituto dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original, podrá re-adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido en la evaluación de las propuestas, a menos que de acuerdo con los intereses se estime necesario declarar desierto el proceso concursal, en los siguientes casos: a. Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles a la entidad adjudicataria. b. Si la entidad adjudicataria no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en el plazo establecido para estos efectos. c. Si la entidad adjudicataria se desiste de su oferta. d. Si la entidad adjudicataria es inhábil para contratar con el Estado de acuerdo con los requisitos establecidos en las presentes bases, en el numeral 1.1. y/o no se encuentra inscrito y hábil en el Registro de Proveedores de Marcado Público. e. En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores y alguno de sus integrantes estuviese afecto a una inhabilidad para postular o contratar:  La unión temporal deberá informar por escrito, dentro del plazo de 02 días hábiles, si se desiste o si decide ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles.  En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será re-adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.  Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de a UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, pudiendo la licitación ser re-adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. f. Si mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad por parte del adjudicatario, establecido en estas bases de licitación. En todos los casos el Instituto podrá también declarar desierto el proceso por Resolución fundada de la autoridad competente del IPS. 8.4 Inadmisibilidad de las Ofertas o Declaración de Licitación Desierta En conformidad al artículo 9° de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas, el Instituto, declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, el Instituto podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando, en general, éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, ello mediante Resolución fundada de la autoridad competente. En ambos casos, la declaración deberá ser por Resolución fundada de la autoridad competente. 9. DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Y GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 9.1 Redacción del Contrato Notificada la adjudicación, el IPS procederá a redactar el contrato en conformidad al contenido de las presentes Bases, a las consultas formuladas y sus respectivas respuestas, a los documentos aclaratorios intercambiados por las partes, a la oferta del adjudicatario y a las disposiciones pertinentes de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas, y su Reglamento. 9.2 Suscripción del Contrato y Plazo Elaborado el contrato, el Instituto lo disponibilizará a la firma del adjudicatario otorgándole un plazo de 10 días hábiles para suscribirlo, contado desde la fecha en que el IPS le notifique, vía correo electrónico, que el contrato se encuentra a su disposición para tal efecto. En caso de ser necesario, se podrán ampliar el plazo para suscribir dicho contrato de común acuerdo entre el adjudicatario y el Instituto. Al momento de la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Si la entidad adjudicataria se desistiere por cualquier razón de celebrar el contrato o no lo firma dentro del plazo antes indicado, el Instituto estará facultado para adjudicar la licitación al siguiente proponente mejor evaluado o declarará desierto el proceso licitatorio. 9.3 Requisitos para Contratar Al momento de la suscripción del contrato, la entidad adjudicataria debe cumplir con los siguientes requisitos:  No haber sido condenado con la prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, contemplada en los artículos 8 y 10 de la ley N°20.393 sobre Responsabilidad Penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.  No tener vínculo de parentesco con los funcionarios directivos del Instituto, en los términos establecidos en el inciso 1° y 6° del artículo 4 de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.  La entidad adjudicataria debe declarar no estar afecto a la prohibición señalada en el artículo 26, letra d), que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija Normas para la Defensa de la Libre Competencia.  Estar inscrito en el registro de Proveedores de Mercado Publico y, acompañar documentación acreditando – si es personal o jurídica – (en el caso de este último), constitución y personería.  El proveedor adjudicado no podrá haber sido condenado con la inhabilitación regulada en su artículo 33 de la Ley N°21.595, de delitos económicos. Para el caso de la Unión Temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad afectarán a cada integrante individualmente considerado. 9.4 Documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, como asimismo, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de la entidad adjudicataria, deberá al momento de su firma, entregar uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, que aseguren el cobro de dicha caución de manera rápida y efectiva, pagadero a la vista e irrevocable, a primer requerimiento si corresponde, a nombre del "Instituto de Previsión Social", por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato, con una vigencia superior en 3 meses a la terminación del mismo y deberá contener la glosa será: “GARANTÍA DEL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y PAGO DE LAS OBLIGACIONES LABORALES SOCIALES DE LOS TRABAJADORES PARA El SERVICIO DE ALARMA, VIDEOVIGILANCIA Y MONITOREO PARA OFICINAS DEL IPS DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O´HIGGINS AÑO 2025” En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. En caso, que la garantía sea un Vale Vista, la glosa recién mencionada deberá constar al dorso de dicho instrumento. En caso de que la garantía se entregue a través de una póliza de seguro, ésta deberá cumplir con lo siguiente: • Debe excluir cláusula de arbitraje, en los términos del artículo 72 del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, toda vez que debe ser irrevocable, pagadera a la vista y de cobro inmediato. • Debe establecer que se hará efectiva en caso de multas y/o término anticipado, aplicados al contratista. • Debe incluir el pago de remuneraciones y cotizaciones de salud y previsionales de los trabajadores del contratista. • Deben indicar explícitamente en el primer artículo de las condiciones generales "Este seguro corresponde a un seguro de garantía a primer requerimiento de los señalados en el inciso final del artículo 583 del Código de Comercio". La garantía podrá ser tomada por la entidad adjudicataria o un tercero a su nombre. En este último caso, lo señalado deberá quedar explicitado por parte del tercero en el mismo documento de garantía o mediante un documento anexo el que deberá ser adjuntado al momento de presentar la caución dentro del plazo señalado precedentemente en esta cláusula. La garantía será devuelta a la entidad adjudicataria, una vez cumplidas íntegramente sus obligaciones contractuales, debidamente certificadas por el o la Administradora del contrato y vencida su vigencia. Por el contrario, este documento podrá hacerse efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitraria alguna, en caso de término anticipado del contrato, por las causales establecidas en las presentes Bases. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del oferente, sin perjuicio de lo antes expuesto, en el evento que la garantía venza con anterioridad a la regla que dispone “en caso que la garantía venza con anterioridad a los 3 meses después de terminado el contrato”, la entidad adjudicataria deberá entregar en el tiempo dispuesto para ello por el IPS, otra caución, en reemplazo de la anterior, que cubra dicho período y bajo las mismas condiciones de la garantía original. En caso de no entregarse esta nueva caución, el IPS podrá hacer efectiva la garantía original. Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, al menos hasta 3 meses después de culminado el contrato. El documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento se podrá entregar de la siguiente forma: • Si es física: se deberá entregar en el domicilio que se le indique a la entidad adjudicataria al momento de que se le notifique que el contrato se encuentra disponible para su firma. • Si es electrónica: deberá ajustarse a la ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. (No significa escaneada). 10. VIGENCIA, DURACIÓN E INICIO DE LA CONTRATACIÓN El contrato entrará en vigencia a contar de la total tramitación de la resolución que lo apruebe y tendrá un plazo de duración de 12 meses contado de esa fecha – total de tramitación – o del inicio efectivo de los servicios, si este fuese posterior. Sin perjuicio de lo anterior, por razones fundadas de estricta necesidad, el Instituto podrá convenir con la entidad adjudicataria, que inicie la prestación de estos, una vez suscrito el contrato, pero antes de la total tramitación de la Resolución aprobatoria respectiva, no pudiéndose en todo caso, cursar pago alguno por estos, sino hasta la totalidad de la tramitación del acto administrativo que lo apruebe, oportunidad en que se pagarán los servicios prestados hasta esa fecha. Queda expresamente establecido que, de aplicarse esta regla excepcional, todo el tiempo en que se prestaron los servicios con anterioridad a la total tramitación de la resolución aprobatoria, o desde la fecha efectiva de los servicios serán imputado a la de duración del contrato. Para cuyo efecto, el Administrador del contrato levantará un acta, en la que deje constancia de la fecha exacta de inicio de la prestación de los servicios, la que deberá ser firmada por el Coordinador Técnico de la entidad adjudicataria dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la total tramitación de la Resolución que apruebe el contrato. Si no se suscribe el acta de inicio de los servicios por la entidad adjudicataria, entre el día 11° hábil y 20° hábil contados desde la total tramitación de la Resolución que apruebe el contrato o la suscripción del contrato el IPS aplicará una multa de acuerdo con lo indicado en las multas generales. Pasado dicho plazo, el IPS pondrá término anticipado al contrato. Lo anterior, sin perjuicio de las actividades de coordinación y reuniones de trabajo, que podrá sostener el Instituto con el adjudicatario, desde la notificación de la adjudicación. El Instituto de poner término anticipado al contrato en las situaciones que se señalan en estas Bases y/o de conformidad a la respectiva disponibilidad presupuestaria. 10.1 Modificación del Contrato Las partes de común acuerdo podrán modificar el contrato tal como se dispone en el artículo 13 letra a) de la ley N°19.886 y artículo 77 N°1 de su Reglamento, por motivos fundados y en caso de que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades del Instituto. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante del contrato. En ningún caso la modificación podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del valor total del contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste. En este contexto, las partes, de mutuo acuerdo, podrán modificar el contrato, pudiendo disminuir o aumentar el acuerdo. La variación podrá efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos de éste o de hacerse cargo de situaciones imprevistas ocurridas durante su ejecución y que incidan en su normal desarrollo. En este sentido, en caso de que varíen las actuales necesidades institucionales y siempre que no se altere el objeto establecido en las bases de licitación y el contrato respectivo. Las modificaciones contractuales serán solicitadas solo por quien administre, a través de un informe técnico que lo fundamente, y será autorizado si se cuenta con la disponibilidad financiera lo que se acreditará lo que se refleja a través del correspondiente Certificado de Disponibilidad Presupuestaria. En caso de modificación, las partes deberán suscribir un documento en el que consten las condiciones de la misma. En el evento que la modificación importe un aumento del valor del contrato, la entidad adjudicataria, por este mayor valor y para garantizar su fiel y oportuno cumplimiento deberá hacer entrega, al momento de la suscripción de la modificación contractual, de una nueva Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, complementaria de la garantía del contrato original, en las mismas condiciones y porcentaje señaladas en las presentes bases administrativas, de acuerdo al valor total de la modificación del contrato, cuyo término de vigencia será igual a la garantía del contrato original, y deberá contener la glosa: “GARANTÍA DEL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Y PAGO DE LAS OBLIGACIONES SOCIALES Y LABORALES DE LOS TRABAJADORES PARA LOS SERVICIOS DE ALARMA, VIDEOVIGILANCIA Y MONITOREO PARA OFICINAS DEL IPS DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O´HIGGINS AÑO 2025” El pago de los trabajos correspondientes a la modificación del contrato procederá sólo una vez que la resolución correspondiente se encuentre totalmente tramitada. 10.2 Renovación del Contrato Debido a la indispensable necesidad del Instituto de contar permanentemente con los servicios materia de la presente licitación, y en el evento qué habiéndose gestionado un nuevo proceso licitación, éste se retrasare o se declarare desierto, se podrá, previo acuerdo de las partes, renovar el contrato por una sola vez y por un tiempo acotado no superior a 06 meses, o hasta que entre en operaciones el contrato producto del nuevo proceso de compras, evento que ocurra primero, lo que será comunicado por el IPS con una antelación de a lo menos 30 días corridos de la fecha de la renovación. De existir acuerdo con el adjudicatario, éste continuará con la prestación de los servicios, en las mismas condiciones y precio que los especificados en el contrato que se renueva, no obstante, los servicios podrán ser reajustados según lo indicado en las presentes bases de licitación. Para que opere la referida renovación, la entidad adjudicataria deberá entregar, al momento de suscribir el documento que la formalice, un nuevo instrumento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.4. de las presentes Bases, todo lo cual deberá constar en el documento que las partes deberán suscribir al efecto, el que deberá ser aprobado mediante la respectiva resolución aprobatoria, totalmente tramitada, y deberá contener la siguiente glosa: “GARANTÍA DEL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LA RENOVACIÓN DEL CONTRATO SERVICIOS DE ALARMA, VIDEOVIGILANCIA Y MONITOREO PARA OFICINAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O´HIGGINS AÑO 2025” La no renovación oportuna del documento de garantía facultará al “Instituto”, para hacer efectivo aquel que se encuentre vigente en ese momento, sin que sea necesario para estos efectos, requerimiento expreso del “Instituto”, ni la emisión de una resolución que así lo disponga. 10.3 Reajustabilidad y variación del valor de los servicios En caso de renovación, el valor total del servicio será reajustado en el mismo porcentaje en que haya variado el Índice de Precios al Consumidor (IPC) determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, en los doce meses anteriores o por el índice que lo reemplace. Este reajuste se hará efectivo al 13° mes de vigencia del contrato neto. El cálculo se realizará utilizando la calculadora IPC disponible en la página del Instituto Nacional de Estadísticas. El proveedor adjudicado deberá hacer efectivo el reajuste en el estado de pago del 13° mes de vigencia del contrato, adjuntando, además, un documento en el que conste la aplicación de las fórmulas precedentemente indicadas a los valores ofertados. 11. ADMINISTRACIÓN Y PAGO DEL CONTRATO Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento de los servicios prestados por el adjudicatario, el Instituto designará, a dos funcionarios, uno en calidad de Administrador/a Titular y otro en calidad de Administrador/a Suplente, los que tendrán al efecto, las siguientes funciones y responsabilidades: a) Tomar conocimiento del “procedimiento administración de contratos de bienes y servicios”, publicado en la Intranet del IPS, y cumplir estrictamente con las responsabilidades allí asignadas al Administrador/a del Contrato y, especialmente, cumplir con el protocolo de inicio de la prestación contratada, suscribiendo el Acta de Inicio de ésta, así como generar el Check List, las notificaciones de sanciones por incumplimiento e informe de término anticipado del contrato cuando corresponda y, siempre, el informe final del Contrato y la evaluación del proveedor o proveedora. b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del servicio. c) Fiscalizar el estricto cumplimiento de la entrega del servicio y proponer la aplicación de sanciones por incumplimiento, notificando la infracción o incumplimiento, recibiendo los descargos si se presentaren y emitiendo su opinión sobre éstos al despachar los antecedentes para su pronunciamiento de legalidad. d) Revisar y aprobar los estados de pago, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario, considerando los descuentos y sanciones por incumplimiento a que hubiere lugar. e) Certificar la recepción, a entera satisfacción del Instituto de los productos contratados. f) Autorizar la devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o solicitar su renovación o hacerla efectiva si es que procediere. g) Revisar el contenido íntegro de la factura, considerando lo señalado en la Ley N°19.983, Articulo 3°, que indica “se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1) Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2) Reclamando en contra de su contenido dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción. i) Remitir la factura del adjudicatario al Departamento de Finanzas, previa aprobación del correspondiente estado de pago, en un plazo no mayor a 10 días de recepcionada ésta. j) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato. Por su parte, el Adjudicatario deberá designar un Coordinador Técnico que se relacionará con quien administre para todos los efectos señalados. A su turno, el Coordinador Técnico del Contrato del Adjudicatario deberá cumplir, entre otras, con las siguientes funciones: 1. Velar por el estricto cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato. 2. Concurrir a las reuniones a las que el Instituto lo convoque, si corresponde. 3. En general, desarrollar todas las acciones referidas a la gestión que faciliten la ejecución del contrato. Todas las decisiones, definiciones y acuerdos adoptados por quien administre el contrato por parte del IPS y el Coordinador Técnico, deberán constar en Actas firmadas por ambos. Estas decisiones, definiciones y acuerdos, no pueden implicar una modificación de las cláusulas esenciales del contrato. 11.1 Pagos de Servicios El servicio se pagará, en 12 cuotas iguales por mes vencido, en pesos chilenos (CLP), debiendo el adjudicatario presentar un estado de pago al administrador del contrato con el cobro respectivo. Quien administre el contrato por parte del IPS contará con un plazo máximo de 2 días hábiles para efectuar observaciones al Estado de Pago, transcurrido el cual, sin que ellas se hayan formulado, la entidad adjudicataria presentará la factura correspondiente. Si las formulare, las pondrá en conocimiento inmediato de la entidad adjudicataria, la que, sin cargo adicional alguno, deberá satisfacerlas, reemplazando o modificando el Estado de Pago en lo que fuere pertinente. En caso de que este documento presentare diferencias u otros inconvenientes imputables a la entidad adjudicataria, el plazo mencionado se contará desde su reingreso debidamente corregido. El Instituto, en forma previa al pago, exigirá al adjudicatario la certificación o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, a través de los siguientes certificados: Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y/o Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales, emitidos por la Dirección del Trabajo o planillas de pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales, cuyo incumplimiento facultará al Instituto para retener el pago, para efectos de dar cumplimiento a las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario, hasta verificarse su total cumplimiento. En el caso de no contar con el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F-30 y F30-1), debe emitir una declaración jurada simple, declarando que no tiene saldos insolutos de remuneración ni imposiciones previsionales pendientes. El adjudicatario deberá informar al administrador del contrato la emisión de las facturas en el portal del SII el día en que la emita y existirá prohibición de emitirla antes de aprobarse el respectivo estado de pago. Presentada la factura de acuerdo con el Estado de Pago aprobado y, con la recepción conforme de los servicios por quien administre el contrato, el Instituto la pagará por transferencia electrónica de fondos en un plazo no superior a 30 días corridos, para ello la entidad adjudicataria deberá informar al IPS lo siguiente: • Dirección de la entidad adjudicataria • Teléfono de contacto • Correo electrónico de contacto • Cuenta corriente (asociada al RUT de la entidad adjudicataria) • Banco • Tipo de cuenta ** El primer pago, podrá efectuarse sólo una vez tramitada totalmente la Resolución que apruebe el contrato. 12. MEDIDAS POR INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL 12.1 Multas El Instituto aplicará y cobrará sanciones por incumplimiento a la entidad adjudicataria por incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales. Se entenderá por infracciones graves y por consecuencia que serán susceptibles de sancionar las siguientes: Infracción Multa Incumplimiento en la instalación de los equipos y/o puesta en marcha del servicio contratado en un plazo superior al plazo adjudicado 5% del valor neto del mes del incumplimiento, por cada día corrido de atraso Suspensión del servicio de monitoreo de alarma y/o Servicio de Monitoreo de CCTV por activación de alarma, sin causa justificada. 1% del valor neto del mes del incumplimiento, por cada hora de suspensión No cumplir con el servicio de Asistencia Remota 10% del valor neto del mes del incumplimiento, por evento No cumplir con el envío del personal técnico a la sede en que se verifica el problema dentro del plazo establecido para mantenciones correctivas y de emergencia, establecidas en los puntos N°8 y 9 de las bases técnicas. 10% del valor neto del mes del incumplimiento, por evento Entorpecimiento e impedimento para que el administrador de la relación contractual desarrolle su labor inspectora y de control 3% del valor neto del mes del incumplimiento, por infracción El incumplimiento en el desarrollo de alguna de las actividades o requerimientos descritos en las Bases técnicas y/o en la propuesta de la o el oferente, sin perjuicio que la entidad adjudicataria deba cumplir dicha actividad posteriormente. 3% del valor neto del mes del incumplimiento, por infracción No comunicar al administrador del contrato la emisión de la factura en el portal del servicio de Impuestos Internos, o emisión de la factura antes de la aprobación del estado de pago respectivo 3% del valor neto del mes del incumplimiento, por infracción. Atraso en la prestación de servicios técnicos o cambio de equipos en caso de fallas o caídas de los elementos utilizados (sensores o rayos, magnetos, botón de pánico, central de control, GPRS, teclado, sirena, cámaras interiores tipo Bullet HD, Equipo XVR-Disco duro 1 TB, Fuente de poder para XVR, Balun, entre otros) de conformidad a los plazos señalados en propuesta del adjudicatario. 5% del valor neto del mes del incumplimiento, por día hábil. Incumplimiento del inicio efectivo del servicio comprometido, según lo indicado en acta de inicio y con un tope de 10 días corridos. 1% del valor neto total del contrato, por cada día corrido de atraso. Incumplimiento en la suscripción del acta de inicio, desde el 11° día hábil hasta el 20° hábil, desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato 1% del valor neto total del contrato, por cada día hábil de atraso. El monto total de las multas a aplicar no podrá exceder el 20% del total neto facturado de la cuota sobre la que se aplique la multa: Si quedare un saldo pendiente, se descontará de la cuota siguiente hasta completar el valor total de la multa. El monto total de las multas, durante toda la vigencia del contrato, no podrá exceder de un tope máximo equivalente al 30% del monto total del mismo, incluidas las eventuales modificaciones que aumenten o disminuyan la cuantía del contrato. De lo contrario, se producirá el término anticipado de éste. El monto de la multa se descontará del estado de pago respectivo o del siguiente a su aplicación si existiera. En caso de no ser posible, el Instituto podrá exigir su pago directo al adjudicatario, otorgándole un plazo de 10 días hábiles para efectuar el depósito, el que deberá realizarse a nombre del Instituto de Previsión Social, RUT Nº61.979.440-0, en la Cuenta Corriente N°190162427 del Banco Scotiabank, o rebajar el monto de la garantía de oportuno y fiel cumplimiento del contrato. No procederá esta sanción, si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado así por el Instituto, mediante Resolución fundada de la autoridad competente. Las sanciones por incumplimiento se aplicarán sin perjuicio del derecho del Instituto de Previsión Social de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. 12.2 Término anticipado del Contrato El Instituto podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada de la autoridad competente, poner, administrativamente, término al contrato, en forma anticipada e inmediata, por las siguientes causales: a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes. b) Por estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. d) Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. e) Por pérdida de las certificaciones y autorizaciones necesarias para que la entidad adjudicataria pueda funcionar en el giro de su actividad. f) Por incumplimiento del deber de confidencialidad de la información establecido en las presentes bases. g) Por haber sido declarada la entidad adjudicataria como deudora en un procedimiento de liquidación concursal h) No renovación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento, según lo establecido en la cláusula respectiva. i) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. Para estos efectos, se entenderán, especialmente, como incumplimiento grave las siguientes situaciones: 1. Cuando el total de las sanciones por incumplimiento exceda el 30% de la cuantía del contrato. 2. Cuando se curse sanción por incumplimiento en dos meses consecutivos y cada una sea igual al monto máximo autorizado. 3. Cuando en un plazo de seis meses, se cursen tres sanciones por incumplimiento, cualquiera sea su monto. 4. Por incumplimiento injustificado en la prestación del servicio por 3 o más días continuos o 5 días discontinuos en el mes. 5. Si pasados 10° días corridos desde el día en que se debió iniciar el servicio, este no se concreta. 6. Si pasados 20 días hábiles posteriores a la total tramitación de la Resolución que apruebe el contrato, la firma del acta de inicio no se concreta. j) Además, en caso de ser la entidad adjudicataria una Unión Temporal de Proveedores (UTP): 1. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato. 2. Disolución de la UTP. 3. Inhabilidad sobreviniente de uno de los o las integrantes de la UTP, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los o las restantes miembros en los mismos términos adjudicados. 4. De constatarse que los o las integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 5. Retiro de alguna persona integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. k) Por perder la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por causal de inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la ley de compras. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes. l) Por fallecimiento o incapacidad sobreviniente del adjudicatario, en caso de ser persona natural. m) Por disolución de la persona jurídica. n) Por incumplimiento de las obligaciones derivadas del pacto de integridad. o) En el evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N°21.595, de delitos económicos, esto es, que el proveedor sea condenado por sentencia judicial con la inhabilitación para contratar con el Estado. p) Por incumplimiento de las condiciones de subcontratación y cesión establecidas en las presentes bases administrativas. Adoptada esta medida imputable a la entidad adjudicataria el Instituto procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y podrá ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnizatoria de los perjuicios causados. Se pagarán los servicios efectivamente prestados por la entidad adjudicataria hasta la fecha del respectivo término anticipado del contrato. En el caso de término anticipado por la causal de la letra a) (mutuo acuerdo), las partes deberán suscribir un documento que formalice dicha circunstancia. En él, deberá indicarse si existen o no obligaciones pendientes, el monto de éstas y, si correspondiere, la forma en que se realizará el pago de éstas. Respecto de lo señalado en la letra b) como causal de término anticipado “Por notoria insolvencia del proveedor o proveedora”, debe tenerse presente para los fines que corresponda, el artículo 57, N°1, letra c), de la ley Nº 20.720. Para terminar anticipadamente un contrato, el Instituto comunicará por escrito, vía correo electrónico su decisión a la o el prestador, indicando la causal y fundamento de esta, siendo aplicable el procedimiento dispuesto en el numeral 12.4 de estas bases administrativas de licitación. No procederá esta sanción, si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado así por el Instituto, mediante Resolución fundada de la autoridad competente. 12.3 Liquidación del contrato por término anticipado o vencimiento del plazo de duración Para llevar a cabo la finalización de la relación contractual entre el adjudicatario y el IPS, sea por término anticipado o no, el adjudicatario deberá:  Acordar un calendario de cierre con el Instituto de Previsión Social (IPS), en donde se establezca un evento o plazo prudencial a partir del cual se entiende que el contrato entre en etapa de cierre.  Elaborar un protocolo de fin de contrato, que suscribirán ambas partes, y en donde se detallen todas las actividades a realizar y los responsables de cada una de ellas, para lograr un cierre de contrato ordenado.  Si el Instituto de Previsión Social (IPS) así lo requiere, el adjudicatario deberá prestar colaboración y participar en forma coordinada con el nuevo proveedor o proveedora en aquellas labores relativas al objeto de la contratación. 12.4 Procedimiento para la aplicación de medidas por incumplimiento 1. Para la aplicación de medida por incumplimiento, el Instituto comunicará por escrito, vía correo electrónico, su decisión a la entidad adjudicataria, indicando el monto si correspondiere, y su fundamento de esta. 2. La entidad adjudicataria dispondrá de un plazo de cinco 05 hábiles, a contar de la comunicación, para formular los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito, mediante correo electrónico que envíe quien administre le indique al efecto. 3. Con el mérito de dichos descargos, o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, quien administre elaborará un informe detallando el incumplimiento, los medios de verificación, la relación entre los cargos y descargos -si éstos últimos se hubieran evacuado- y la aplicación o no de la medida de incumplimiento, con lo cual el Instituto resolverá sobre el particular, mediante resolución fundada de la autoridad competente, y previa ponderación de los antecedentes, remitiéndose copia del acto administrativo al adjudicatario, vía correo electrónico en un plazo de 03 días hábiles desde la total tramitación de esa resolución, sin perjuicio del procedimiento establecido en la ley 19.880. 4. La entidad adjudicataria podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que aplique la medida por incumplimiento, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, mediante correo electrónico que quien administre el contrato le indique al efecto. 5. El Instituto resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el adjudicatario, o bien rechazará, confirmando la sanción por incumplimiento aplicada, sin perjuicio de los demás recursos dispuestos en la Ley N.º 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado y le notificará al adjudicado vía correo electrónico en un plazo de 03 días hábiles desde la total tramitación de esa resolución, adicionalmente se remitirá carta certificada conforme lo establecido en la Ley de Bases precitada. 13. CUMPLIMIENTO DE LEYES, REGLAMENTOS, ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES El adjudicatario será responsable de cumplir con todas las leyes, reglamentos, ordenanzas, permisos municipales y otras disposiciones vigentes en Chile, que sean necesarias y exigidas para la ejecución del servicio licitado. 14. OTRAS RESPONSABILIDADES DEL CONTRATO Todos los permisos que sean necesarios para la ejecución del servicio, así como todas las sanciones derivadas de dicha ejecución, serán de cargo de la entidad adjudicataria. 15. SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS La entidad adjudicataria no podrá subcontratar los servicios de la presente licitación. 16. CESIBILIDAD DEL CONTRATO El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de las presentes bases ni del contrato. Lo anterior, sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común, según estipula el artículo 74 del Reglamento de la Ley N°19.886 y sin perjuicio del artículo 75 de ese mismo cuerpo legal. La cesión de la o las facturas no liberará al adjudicatario de ninguna de las obligaciones que se establezcan en el contrato. Toda operación de factoring y/o cesión de crédito deberá ser informada al Instituto, a través del administrador contractual. 17. RESPETO POR LA NORMATIVA DEL INSTITUTO Y DEBIDO CUIDADO DE SUS BIENES Para la ejecución del contrato y prestación del servicio, el Instituto permitirá la entrada del personal de la entidad adjudicataria, debidamente acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución del servicio. En tal caso, el personal del proveedor/a deberá acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y será responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o pérdida que puedan sufrir los bienes del Instituto producto de las acciones de sus trabajadores Asimismo, la entidad adjudicataria será responsable y quedará obligado a la reparación de cualquier daño o accidente que se pudiesen provocar producto de la ejecución de los servicios. 18. SOBRE CONDICIONES DE CUMPLIMIENTO El “IPS” queda liberado de toda responsabilidad por daños a terceros que se produjesen con motivo del cumplimiento de la oferta, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del proveedor correspondiente. 19. RESPONSABILIDAD DEL EQUIPAMIENTO DEL ADJUDICATARIO La entidad Adjudicataria deberá procurar el cuidado y resguardo debido del equipamiento de su propiedad, necesario para servir el contrato, en cuanto a su conservación y estado funcionamiento, estando obligado a la reposición cuando presente falla. Todos los permisos que sean necesarios para la ejecución de los servicios, así como sus costos y/o sanciones derivadas de dicha ejecución, serán de cargo del adjudicatario. 20. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DEL ADJUDICATARIO De existir obligaciones laborales y previsionales impagas los primeros Estados de Pago producto del contrato licitado, deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar mediante certificado emitido por la Dirección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. Respecto de la Unión Temporal de Proveedores, el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales se exige respecto de cada uno individualmente considerados. El Instituto exigirá al adjudicatario que efectúe dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario facultará al Instituto para terminar anticipadamente el contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el adjudicatario no podrá participar, en conformidad a lo establecido en el inciso 2º, del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas. 21. CUMPLIMIENTO DE NORMAS SOBRE HIGIENE Y SEGURIDAD LABORAL El Adjudicatario, deberá cumplir fielmente con lo dispuesto en los incisos 1° y 2° del artículo 184 del Código del Trabajo, que disponen: “El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales”. “Deberá, asimismo, prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores, en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica”. 22. SOBRE LA PERMANENTE SUPERVISIÓN AL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS REFERIDAS A LA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Sin perjuicio de las funciones y responsabilidad de quien administre el contrato sobre la materia, los funcionarios y funcionarias del IPS, están facultados para realizar en cualquier momento observaciones respecto de transgresiones a la seguridad, la salud ocupacional y medioambiental, las cuales se pondrán en conocimiento de quien administre el contrato, el cual documentará por escrito, individualizando los hechos y nombres del trabajador involucrado. El administrador o administradora del contrato comunicará lo ocurrido al contratista recomendando las acciones correctivas pertinentes. Dichas acciones, en cuanto a la responsabilidad de la persona, podrán variar desde una simple amonestación verbal a una solicitud formal de reemplazo o término anticipado del contrato con el Instituto, dependiendo de la magnitud o frecuencia de la falta, sin perjuicio de la indemnización a que en derecho al IPS se haga acreedor por los daños producidos. 23. CONTINUIDAD DE LOS SERVICIOS BAJO CONDICIONES ESPECIALES DECRETADAS POR LA AUTORIDAD COMPETENTE Dada la naturaleza y relevancia de estos servicios, el adjudicatario estará obligado a cumplir con el servicio, independientemente de las condiciones ambientales o sociales que se presenten en el futuro, en el país, salvo la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor, calificado así por el Instituto, mediante Resolución fundada de la autoridad competente. Los costos asociados a sus trabajadores, tales como ajustes en la normativa laboral vigente u otros, serán de cargo del adjudicatario. La entidad adjudicataria debe dar cumplimiento, en su caso, de existir modificaciones legales instruidas por la autoridad o promulgación de leyes laborales o de Seguridad Social que el adjudicatario deba implementar para la continuidad de operación del servicio contratado, esta modificación no debe impactar en las funciones y operaciones de los servicios prestados al IPS ni considerar costos adicionales a lo contratado. 24. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL La entidad adjudicataria en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. Se deja constancia que la suscripción del respectivo contrato no significará bajo ningún caso que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con la entidad contratante. 25. CONFIDENCIALIDAD El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. La entidad adjudicataria, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el proceso licitatorio y el respectivo contrato. El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor o proveedora, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada. 26. NOTIFICACIONES DURANTE EL CONTRATO Las notificaciones entre las partes se efectuarán siempre por escrito, vía correo electrónico, pudiendo complementarse mediante carta certificada dirigida al domicilio fijado por el adjudicatario. Las notificaciones se producirán en la fecha que figure en el reporte del correo electrónico respectivo. Para los efectos de toda notificación, salvo las judiciales, el domicilio del Instituto será Plaza de los Héroes N°389, Rancagua. 27. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS El Instituto y el adjudicatario resolverán, de común acuerdo y mediante negociaciones directas, las diferencias que surjan en cuanto a la aplicación del contrato. En el evento que no se logre un acuerdo entre las partes, cualquiera de éstas podrá llevar las controversias al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia, siendo competentes los de la ciudad de Santiago, todo ello en conformidad a la legislación vigente y sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República. 28. AUDITORÍAS El Instituto se reserva el derecho de fiscalizar y/o auditar el desarrollo de los servicios contratados y prestados por el adjudicatario, a través de su Unidad de Auditoría y Control, de la Contraparte Técnica del IPS o de terceros. Para tales efectos, el adjudicatario quedará obligado a otorgar toda la colaboración y facilidades y a proporcionar todos los antecedentes e información que se le solicite, obligación que, de no ser cumplida, facultará al Instituto para aplicar sanciones por incumplimiento. Igual facultad podrá ser ejercida por los Organismos de la Administración del Estado, con competencia para fiscalizar el Instituto. Todo lo anterior, sin perjuicio de las facultades del Administrador del contrato designado por el Instituto y de los requerimientos técnicos o de información que éste realice a través de sus instancias técnicas competentes. 29. DERECHOS E IMPUESTOS Todos los gastos, derechos e impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión del contrato para la ejecución de los servicios y que se originen en el cumplimiento de sus obligaciones serán de cargo exclusivo de la entidad adjudicataria. 30. PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en las presentes bases, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 4. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato. 6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 8. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en las presentes bases de licitación. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad a lo señalado en estas bases de licitación. CAPITULO II: BASES TÉCNICAS 1. El Instituto de Previsión Social, en adelante “el Instituto” o “el IPS”, llama a licitación pública para la contratación de los “SERVICIOS DE ALARMA, VIDEOVIGILANCIA Y MONITOREO PARA OFICINAS DEL IPS DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O’HIGGINS AÑO 2025” 2. Servicio de Alarma con Monitoreo Permanente y Botón de pánico Se requiere servicio de monitoreo de los sistemas de alarmas instalados en las sucursales IPS ChileAtiende de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins, según estas especificaciones, cuya central de alarmas es conectada a través de la red de datos del comunicador GPRS a la receptora de datos de la central de monitoreo. En el evento de verificarse alguna alerta, el adjudicatario debe activar los protocolos respectivos para resguardar la Sucursal y conectarse con carabineros a través del sistema Alpha III u otro que disponga Carabineros. El servicio de Alarma debe incluir la habilitación e instalación de equipos solicitados en Bases técnicas, que permita contar con un servicio integral de Seguridad centrado en un monitoreo constante, de las zonas vigiladas; y reacción oportuna y efectiva, las 24 horas del día, durante los 12 meses que dure el contrato, frente a cualquier emergencia que pueda producirse en las dependencias del IPS, tales como: • Ingresos no autorizados • Robos o intentos de robos • Incendios • Daños o destrozos por vandalismo • Perjuicios • Atentados contra la integridad de nuestros usuarios y/o funcionarios El sistema de alarma y Cámara monitoreada consistente en la instalación de equipos en lugares de nuestras dependencias que se consideren estratégicos desde el punto de vista de la seguridad, y que estén conectados hacia la Central de Monitoreo las 24 horas del día durante los 12 meses que dure el contrato, al igual que el Botón de Pánico. El sistema de vigilancia debe permitir ser revisado por el usuario, previas claves de autorización/privilegio, en forma constante a través de Internet. (uso y horarios de claves de apertura y cierre de locales) Ante hechos de robo, intrusión, Incendio, o situaciones de pánico o emergencia, el Proveedor del Servicio deberá constatar en el lugar con Unidades de reacción Móvil, tomando contacto con el IPS y con sus contactos de Emergencia, alertando a la Unidad de Carabineros de Chile más cercana, a Bomberos o a unidades de Asistencia Médica, según sea el caso. Las unidades de reacción (móviles) quedan sujetas a factibilidades de coberturas. 3. Tecnología a implementar en las dependencias del IPS (Alarmas) • Central de control (via GPRS o mejor calidad). • Sirena • Teclado • Rayos (sensor de movimiento) • Magnéticos • Botón de Pánico (inalámbrico) • Móvil de reacción ante emergencias • Logo La conectividad y costos que signifique debe ser provista por el proveedor adjudicado y esta no debe interferir en los sistemas del IPS. 4. Servicio de Circuito Cerrado de Televisión Instalación en las sucursales señaladas en punto N°10 de estas bases técnicas, de un circuito cerrado de televisión con cámaras con visión nocturna, conectadas a un dispositivo de grabación de vídeo en formato digital que debe tener un disco duro de a lo menos 1 TB. El servicio debe permitir también, revisar las cámaras en forma remota por funcionarios del IPS (administradores de contratos y Jefaturas de CAPRI). Por lo cual la empresa adjudicada debe proporcionar internet a través de Banda Ancha Móvil (BAM) para la visualización de cámaras. 4.1. Elementos a considerar en la instalación y monitoreo de Cámaras: • La instalación de las cámaras de seguridad debe estar separada de la conexión de Internet de la Institución • La instalación de dicho equipamiento NO puede utilizar los rack que actualmente existen en las sucursales y Dirección regional, lo anterior ya que son de exclusivo uso de los servicios internos del área de telecomunicaciones. • Para la instalación de cámaras se debe contactar la empresa adjudicada con el área de Telecomunicaciones del IPS nivel Central. • Se debe considerar la autonomía eléctrica de las cámaras y de los equipos de grabación • La instalación de los equipos de grabación debe ser en un lugar con acceso restringido y en zona a definir con la jefatura del CAPRI respectivo. 5. Capacitación y entrega de documentación Al momento de iniciada la prestación del servicio, el proveedor adjudicado deberá otorgar una capacitación básica de uso para los funcionarios y funcionarias que defina el IPS. Esta, se realizará en cada recinto donde se encuentren instalados los equipos y será consignada en el acta de inicio de la prestación de servicios. Al momento de la capacitación, el proveedor adjudicado deberá entregar al funcionario/a IPS, un documento impreso que contenga todos los contenidos de la capacitación entregada, además de un tutorial para reforzar las instrucciones de uso. De la misma forma, durante el transcurso del contrato, el proveedor adjudicado podrá proponer mejoras al equipamiento existente, las que podrán ser consideradas por el IPS. En caso de que las propuestas sean aceptadas, el proveedor deberá otorgar una nueva capacitación, referente a los equipos nuevos o las mejoras del sistema, si fuera necesario. 6. Servicio de mantención y continuidad operacional El proveedor adjudicado debe proponer un plan del servicio, que incluya mantenciones preventivas y correctivas, a fin de mantener la continuidad de la funcionalidad y operatividad del sistema de alarmas y cámaras, a pesar de posibles problemas que se presenten con imponderables y fallas que se puedan suceder. La mantención deberá considerar la prevención, reparación y reemplazo de dispositivos, piezas, partes y equipos, de acuerdo a la necesidad por desperfectos, componentes dañados u otras fallas que se podrían presentar en problemas generados por agotamiento en el uso de algunos componentes, agentes externos, variaciones violentas de voltaje, mala operación, acciones vandálicas, eventuales siniestros, los cuales tengan como resultado afectar la normal continuidad y funcionalidad del sistema de Alarmas, Botón de Pánico y Cámaras. Los costos asociados a las mantenciones técnicas (de cualquier equipo) tales como ajustes, rectificación, cambio de equipos por fallas, robos u otros, regularización de los servicios y similares, para la continuidad operativa de los servicios, en las condiciones y niveles de servicio requeridos, serán de cargo del adjudicatario. Estas mantenciones no deben impactar en las funciones y operaciones de los servicios prestados al IPS ni considerar costos adicionales a lo contratado. Por tanto, el prestador deberá procurar el cuidado y resguardo debido del equipamiento de su propiedad, necesario para servir el contrato, en cuanto a su conservación y estado de funcionamiento, estando obligado a la reposición cuando presente falla. 7. Mantención Preventiva Se debe proponer un plan de mantención preventivo con visitas programadas, propuesto por la empresa que adjudique el servicio. Informar los protocolos de intervención y pruebas, con una periodicidad mínima de cada tres meses. Las mantenciones preventivas deben contemplar limpieza, ajustes, pruebas de uso y, en general, todas aquellas acciones que aseguren el normal y continuo funcionamiento del sistema y, en la medida de lo necesario, reemplazar el equipamiento durante el período que requiera la mantención para cada una de las instalaciones. Estas mantenciones deberán llevarse a efectos de manera que no altere el normal funcionamiento de los inmuebles, para ello, será necesario acordar las fechas con anterioridad entre el prestador del servicio y el administrador titular/suplente del contrato, pudiendo intervenir en dicha coordinación y/o calendarización la jefatura de la Unidad de Seguridad Física. 8. Mantención Correctiva El proveedor adjudicado , deberá hacerse cargo de reparar los desperfectos y/o fallas que ocurra en el sistema ubicado en algunas de las instalaciones, con motivo del contrato de servicio y, en la medida de lo necesario, reemplazar la parte comprometida y/o el equipo mismo durante su reparación, a fin de mantener, en todo momento, la continuidad operativa y el normal funcionamiento del sistema de alarmas y cámaras. En tales casos, los equipos y/o partes de reemplazo, deberán ser compatibles con la tecnología y funcionalidad del equipamiento que se esté utilizando. El tiempo de respuesta, una vez informado el desperfecto, no podrá superar las 48 horas desde el momento de la notificación hasta la total reparación y normal operatividad del Sistema. Las notificaciones podrán ser mediante correo electrónico, y/o llamado telefónico. 9. Atención de Emergencia Ante eventualidades que involucren fallas en equipos esenciales para el correcto funcionamiento del Sistema, tales como, caídas y/o desperfectos, se establecerá un requerimiento de atención de emergencia, la cual deberá ser atendida en un plazo máximo de 4 (cuatro) horas, desde el momento de la notificación hasta la total reparación y normal operatividad del Sistema de alarmas y cámaras. 10. Dependencias del IPS Región del O´Higgins, donde se debe instalar equipamiento. Sucursal IPS/Dirección/Teléfono Contacto Elementos mínimos requeridos (*) Cantidad Rancagua (CAPRI y DR) Plaza de los Héroes #389. (Piso 1 y subterráneos) Jefatura de CAPRI Central de control 1 Kit Sirena (gabinete,sirena, baliza, botón tamper) 1 Teclado 1 Comunicador GPRS 1 Chip de telefonía 1 Sensores de movimiento 22 Magnéticos 7 Batería de respaldo 1 Botón de Pánico inalambrico 1 Cámaras interiores tipo Bullet HD 3 Equipo XVR-Disco duro 1 TB 1 Fuente de poder para XVR 1 Cámaras exteriores 1 Móvil de reacción 1 Placa de Aviso monitoreo alarma y Camaras 1 Rengo (CAPRI) Urriola #355. (Piso 1) Jefatura de CAPRI Central de control 1 Kit Sirena (gabinete,sirena, baliza, botón tamper) 1 Teclado 1 Comunicador GPRS 1 Chip de telefonía 1 Sensores de movimiento 7 Magnéticos 2 Batería de respaldo 1 Botón de Pánico 1 Cámaras interiores 1 Cámaras exteriores 1 Móvil de reacción 1 Placa de alarma con Logo 1 San Vicente de T.T. (CAPRI) Arturo Pratt #1092. (Pisos 1, 2 y 3) Jefatura de CAPRI Central de control 1 Kit Sirena (gabinete,sirena, baliza, botón tamper) 1 Teclado 1 Comunicador GPRS 1 Chip de telefonía 1 Sensores de movimiento 12 Magnéticos 4 Batería de respaldo 1 Botón de Pánico 1 Cámaras interiores 1 Cámaras exteriores 1 Móvil de reacción 1 Placa de alarma con Logo 1 San Fernando (CAPRI) Manuel Rodríguez #595. (Pisos 1, 2 y subterráneo) Jefatura de CAPRI Central de control 1 Kit Sirena (gabinete,sirena, baliza, botón tamper) 1 Teclado 1 Comunicador GPRS 1 Chip de telefonía 1 Sensores de movimiento 20 Magnéticos 2 Batería de respaldo 1 Botón de Pánico 1 Cámaras interiores tipo Bullet HD 2 Equipo XVR-Disco duro 1 TB 1 Fuente de poder para XVR 1 Cámaras exteriores N/A Móvil de reacción 1 Placa de Aviso monitoreo alarma y Camaras 1 Santa Cruz (CAPRI) Nicolas Palacios #85. (Pisos 1) Jefatura de CAPRI Central de control 1 Kit Sirena (gabinete,sirena, baliza, botón tamper) 1 Teclado 1 Comunicador GPRS 1 Chip de telefonía 1 Sensores de movimiento 10 Magnéticos 3 Batería de respaldo 1 Botón de Pánico 1 Cámaras interiores tipo Bullet HD 1 Equipo XVR-Disco duro 1 TB 1 Fuente de poder para XVR 1 Cámaras exteriores 1 Móvil de reacción 1 Placa de Aviso monitoreo alarma y Cámaras 1 Pichilemu (CAPRI) Aníbal Pinto #279 Oficina 1A. (Pisos 1) Jefatura de CAPRI Central de control 1 Kit Sirena (gabinete, sirena, baliza, botón tamper) 1 Teclado 1 Comunicador GPRS 1 Chip de telefonía 1 Sensores de movimiento 5 Magnéticos 2 Batería de respaldo 1 Botón de Pánico 1 Cámaras interiores tipo Bullet HD 1 Equipo XVR-Disco duro 1 TB 1 Fuente de poder para XVR 1 Cámaras exteriores N/A Móvil de reacción 1 Placa de Aviso monitoreo alarma y Camaras 1 Chimbarongo (CAPRI) Pisagua #106. (Pisos 1) Jefatura de CAPRI Central de control 1 Kit Sirena (gabinete,sirena, baliza, botón tamper) 1 Teclado 1 Comunicador GPRS 1 Chip de telefonía 1 Sensores de movimiento 5 Magnéticos 2 Batería de respaldo 1 Botón de Pánico 1 Cámaras interiores tipo Bullet HD 1 Equipo XVR-Disco duro 1 TB 1 Fuente de poder para XVR 1 Cámaras exteriores N/A Móvil de reacción 1 Placa de Aviso monitoreo alarma y Camaras 1 Balun 2 Cámaras exteriores N/A Móvil de reacción 1 Placa de Aviso monitoreo alarma y Camaras 1 11. Capacitación respecto a protocolos y uso de dispositivos en caso de emergencias, que incluya pruebas o simulacros: (entregar medios de verificación a los Administradores del Contrato) • Ingresos no autorizados • Robos o intentos de robos • Incendios • Daños o destrozos por vandalismo • Perjuicios 12. Generalidades del Servicio A continuación, se enumeran las prestaciones del servicio de monitoreo de Alarma y Cámaras que el proveedor adjudicado debe proporcionar. El Proveedor debe entregar el servicio de internet para la operación de equipos en cada una de las sucursales. El sistema de monitoreo debe estar conectadas a una Central de Monitoreo de la empresa y este debe realizarse las 24 horas del día y los 365 días del año. El Sistema de monitoreo debe contar con conexión a la plataforma de Carabineros de Chile 24/7 los 365 días del año (Alpha III) u otra equivalente que pudiera llegar a existir. Batería de respaldo mínimo 8 horas para señal en caso de corte de energía En caso de falla de los equipos, por deficiencias en la fabricación, calidad de los materiales, partes, piezas y componentes, deberá ser reemplazado o reparado por el contratista sin costo por el IPS. Servicio de Mantenciones sin costo para el IPS, que debe considerar revisiones regulares y actualizaciones de software para garantizar el rendimiento óptimo de su sistema en todo momento. Se requiere que la empresa ponga a disposición del IPS algún sistema virtual (apps o página web o software) que permita a funcionarios autorizados, ver en tiempo real las cámaras de seguridad instaladas. Las cámaras deben grabar en HD y tener visión nocturna. Comunicación inalámbrica (GPRS) Permitir el rescate de grabaciones de forma remota (a lo menos 2 horas) Proporcionar registro mensual de grabaciones de cada una de las sucursales en algún dispositivo de almacenamiento para ser respaldado por el IPS. Móvil de reacción: Las unidades de reacción (móviles) quedan sujetas a factibilidades de coberturas. Debe indicar si tiene o no disponibilidad para cada Dependencia. **NOTA ACLARATORIA: El montaje o la instalación de los equipos considerados en el servicio requerido, no debe ser cobrado de manera adicional al contrato. El valor del equipamiento y montaje debe considerarse en los 12 meses del contrato. Los equipos considerados en el servicio requeridos deberán ser nuevos. IMPORTANTE: • Las marcas, modelos y fabricación que puedan mencionarse son sólo referenciales. El proveedor adjudicado deberá considerarlas como mínimas en los materiales y accesorios que se solicitan en las presentes Bases Técnicas. • Las fechas y horarios para las instalaciones de los elementos, deben ser Coordinados con el Administrador del contrato y Jefaturas de CAPRI y Centros de Atención, correspondientes, según cuadro. ANEXO N°1 “DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE HABILIDADES E INCOMPATIBILIDAD DEL OFERENTE PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIOS DE ALARMA, VIDEOVIGILANCIA Y MONITOREO PARA OFICINAS DEL IPS DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O´HIGGINS AÑO 2025” (ESTE ANEXO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES) Yo, …………………………………………… cédula de identidad N° ………………………, con domicilio en ………………………….……………………….. en representación de …………………………………………………… Rut: ……………………, del mismo domicilio, declaro bajo juramento que: No registro condenas por: • No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. • No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973. • Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393. • No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida. • No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive). • No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad). • Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos quinto y sexto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales. • Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos quinto y sexto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales. • Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos quinto y sexto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales. • No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. Nombre, Firma y Timbre Oferente o Representante Legal Empresa Ciudad de, ……………………………. a, …… de ……………………. 2024 NOTA: Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y sancion por incumplimiento de seis a diez unidades tributarias mensuales.” ANEXO N°2 “DECLARACIONES E IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIOS DE “ALARMA, VIDEOVIGILANCIA Y MONITOREO PARA OFICINAS DEL IPS DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O´HIGGINS AÑO 2025” Nombre o Razón Social Rut Oferente Domicilio oferente Nombre del responsable de la oferta Rut Responsable Teléfono de contacto de la oferta E-mail de contacto oferta A) PRESTAMO SOLIDARIO Declaro bajo juramento, que este proveedor, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 9° de la Ley N°21.323, que establece “Un nuevo bono clase media y un préstamo solidario para la protección de los ingresos de la clase media”; [marque con una (x)] 1) SI, Mantiene deuda por el préstamo solidario 2) No, Mantiene deuda por el préstamo solidario B) DEUDAS CON TRABAJADORES Declaro bajo juramento, no registro saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores o trabajadoras contratados en los últimos 2 años. [marque con una (x)] 1) SI, registro saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social 2) No, registro saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social C) CERTIFICACIÓN SELLO 40 HORAS Declaro bajo juramento que este proveedor; [marque con una (x)] 1) Poseo certificación sello 40 horas 2) No poseo certificación sello 40 horas En caso de respuesta afirmativa, el oferente debe adjuntar a su oferta copia de la certificación Sello 40 horas” emitida por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, vigente a la fecha de cierre de presentación de las ofertas. D) PROGRAMA DE INTEGRIDAD Declaro bajo juramento que este proveedor; [marque con una (x)] 1) Cuenta con Programa de Integridad y es conocido por sus trabajadores 2) No cuenta con Programa de Integridad y es conocido por sus trabajadores En caso de respuesta afirmativa, acreditar lo declarado adjuntando copia de la documentación o certificación en que conste el programa de integridad, además, deberá adjuntar documento que acredite la difusión de éste a sus trabajadores, tales como copia de campañas vía correo electrónico, vía intranet, afiches, volantes, código de ética, u otro que dé cuenta con certeza de la difusión de la política entre los dependientes del oferente. Nombre, Firma y Timbre Oferente o Representante Legal Empresa Ciudad de, ……………………………. a, …… de ……………………. 2024 ANEXO N°3 “INICIATIVAS DE SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL” OFERENTE: RUN/RUT N° MEDIDA MEDIOAMBIENTAL Marque con una "X" frente a la condición que efectivamente acredita en la oferta. 1 Política de eficiencia energética difundida 2 Sello certificación medioambiental 3 Convenios de reciclaje (papel, latas, vidrios, desechos tecnológicos u otros) 4 Inscripción en el Programa Huella Chile NOTA: Será de exclusiva responsabilidad del oferente acreditar el cumplimiento de las medidas señaladas, adjuntando la documentación indicada en las presentes bases. Nombre, Firma y Timbre Oferente o Representante Legal Empresa Ciudad de, ……………………………. A, …… de ……………………. 2024 ANEXO N°4 “OFERTA ECONÓMICA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ALARMA, VIDEOVIGILANCIA Y MONITOREO PARA OFICINAS DEL IPS DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O´HIGGINS AÑO 2025” INFORMACIÓN DEL OFERENTE NOMBRE O RAZON SOCIAL RUT NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL 1.- Precio del contrato: CANTIDAD GUARDIAS DESCRIPCION VALOR NETO MENSUAL MESES VALOR NETO TOTAL 1 SERVICIOS DE ALARMA, VIDEOVIGILANCIA Y MONITOREO PARA OFICINAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O´HIGGINS 12 TOTAL NETO (Valor a ingresar al portal) IVA TOTAL Nombre, Firma y Timbre Oferente o Representante Legal Empresa Ciudad de, ……………………………. a, …… de ……………………. 2024 ANEXO N°5 ANEXO TÉCNICO PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIOS DE ALARMA, VIDEOVIGILANCIA Y MONITOREO PARA OFICINAS DEL IPS DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O´HIGGINS AÑO 2025” INFORMACIÓN DEL OFERENTE NOMBRE O RAZON SOCIAL RUT NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL Los documentos que acrediten los trabajos se deben adjuntar a la Oferta Técnica. Enumerar y describir últimos trabajos realizados (según criterios de evaluación determinados), la dimensión y duración de estos y el contacto para su eventual verificación 1. Experiencia del oferente Institución pública o privada para la cual se desarrolló el servicio Duración del servicio realizado Identificación documento(s) de respaldo (Tipo, N°, fecha) Nombre y cargo de contacto que da fe del trabajo realizado (teléfono – correo electrónico) 2. Plazo de instalación de equipos en las dependencias de IPS Región del Libertador Bernardo O'Higgins Plazo de instalación del equipamiento y operatividad _______________días corridos Se requiere que el oferente informe el plazo final para la instalación de todos los equipos en las sucursales IPS ChileAtiende de la Región del Libertador Bernardo O'Higgins. Es decir, el periodo necesario que el contratista requiere para instalar todo el equipamiento y el sistema se encuentre operativo. (instalación y operatividad del sistema) 3. Tiempo de respuesta de aleta ante activación de alarma: _______________________ 4. Tiempo de respuesta Servicio Técnico: _______________________ Nombre, Firma y Timbre Oferente o Representante Legal Empresa Ciudad de, ……………………………. a, …… de ……………………. 2024
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.